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MINISTERIO DE SALUD
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Visto, el Expediente W 15-057512-001 , que contiene la solicitud de doña Delmira Rosalvina ASCARRUZ SOSA y el Informe N° 473-2015-EIE-OARH/MINSA de fecha 16 de junio de 2015, emitido por el Equipo de Ingreso y Escalafón de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, sobre devolución de descuento por inasistencia injustificada; y,
CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo W 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público; y su Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM, y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud, establecen que las inasistencias justificadas por motivos particulares y las inasistencias injustificadas, están sujetas al descuento equivalente al valor íntegro de la remuneración total correspondiente al tiempo no laborado, en el mes que se produce la falta ; Que, mediante Resolución Directora! W 0566-2015-0GGRH/SA, de fecha 25 de mayo de 2015, se autorizó el descuento en la Planilla Única de Pagos del mes de mayo de 2015, de las inasistencias y tardanzas de los trabajadores de la Sede Central del Ministerio de Salud, ocurridas en el mes de abril de 2015, en la cual se observa que, se ha descontado un ( 1) día por inasistencia injustificada a doña Del mira Rosalvina ASCARRUZ SOSA, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; Que, mediante Memorando N° 1175-2015-0GGRH-M INSA, de fecha 11 de junio de 2015, la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud , comunica que la inasistencia del día 30 de abril de 2015, de doña Delmira Rosalvina ASCARRUZ SOSA, fue autorizada por su Despacho por compensación de horas extraordinarias, la cual fue justificada mediante papeleta de autorización de ingreso o salida. Por lo que solicita se realice ia devolución del descuento efectuado mediante Resolución Directora! N° 0566-201 50GGRH/SA;
Que, el Equipo de Ingreso y Escalafón con Informe W 473-2015-EIEOARH/MINSA de fecha 16 de junio de 2015, señala que es factible la emisión del acto resolutivo que autorice se efectué la devolución del monto descontado a doña Delmira Rosalvina ASCARRUZ SOSA, teniendo en cuenta la justificación expuesta en el Memorando N° 1175-2015-0GGRRH-MINSA, que la inasistencia del día 30 de abril de 2015, fue autorizada por la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; Que, en mérito a lo señalado en los considerandos precedentes, resulta pertinente adoptar las acciones de personal, a fin de atender la solicitud formu lada por la servidora Delmira Rosalvina ASCARRUZ SOSA; Con la visación de la Jefa de Equipo (e) de Ingreso y Escalafón y del Ejecutivo Adjunto de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley W 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; el Decreto Legislativo W 276 Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo W 005-090-PCM; y la Resolución Ministerial N° 0132-92-SA-P, que aprueba el Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia de los Trabajadores del Ministerio de Salud;
SE RESUELVE: Artículo 1°.- AUTORIZAR, a favor de doña Delmira Rosalvina ASCARRUZ SOSA, identificada con Documento Nacional de Identidad W 07198516, Asistente Ejecutivo 1, Nivel STA, de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; la devolución del descuento de haberes por inasistencia injustificada, efectuado en la Planilla Única de Pagos del mes de mayo de 2015, por la suma de Veintisiete y 24/100 Nuevos Soles (S/.27.24), correspondiendo el 15% al CAFAEMSA (S/. 4.08) y el 85% al Sub - Comité de Fondo de Asistencia y Estímulo (S/. 23.16), por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- TRANSCRIBIR la presente Resolución al: Equipo de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina de General de Gestión de Recursos Humanos, CAFAEMSA y Sub CAFAE, para su conocimiento y demás fines. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Oficina General de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución Directora! en el Portal Institucional del Ministerio de Salud , en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/portada/transparencia/normas/asp. Artículo 4°.- Notificar la presente Resolución Directora! a doña Delmira Rosalvina ASCARRUZ SOSA.
Regístrese y