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14 feb. 2018 - por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, ... colindantes Víctor José Rivera Vallejos,. Helmerk Fernando Tenorio Triveño y ...... Cristhian Diego Alvites Huisa como Asistente Judicial, con el apoyo de personal contratado. CUARTO JUZGADO CIVIL: Sr. Saúl Felipe ...
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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Miércoles, 14 de febrero del 2018

Avisos Judiciales EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Salazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la

presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propietario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colindante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PON-

CE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB). EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Salazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal

Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propietario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colindante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la de-

manda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PONCE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB). EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para

Miércoles, 14 de febrero del 2018

los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Salazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propietario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colin-

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dante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PONCE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB). EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos

mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Salazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe

Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propietario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colindante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PONCE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB).

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EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Salazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los

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colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propietario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colindante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PONCE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Hu-

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ver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB). EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Salazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la

parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propietario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colindante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto

Miércoles, 14 de febrero del 2018

Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PONCE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB). EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Salazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por

el artículo 506° del Código Procesal Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propietario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colindante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja

Miércoles, 14 de febrero del 2018

Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PONCE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB). EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Sa-

La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

lazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propietario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colindante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas

que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PONCE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB). EDICTO Por disposición de la señora Juez del 1o. Juzgado Civil de Tacna, Dra. Carmen Nalvarte Estrada, y actuación de Especialista Legal Miriam Cueva Ojeda; en el PROCESO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO (Expediente No.00278-2017) que se sigue en contra de los sucesores de JOSE LEOPOLDO OVIEDO LIENDO, el Juzgado ha dictado la Resolución No.08, de veintiuno de noviembre del año dos mil diecisiete, que RESUELVE: Notificar mediante EDICTO JUDICIAL a los sucesores de quien en vida fue JULIO DONATO OVIEDO ESTEBAN, a fin de que dentro del plazo de treinta días desde la última publicación se apersonen al proceso, bajo apercibimiento de nom-

brarse curador procesal que los represente. PUBLIQUESE por tres días hábiles, con intervalo de tres días. Firmado Dra. Carmen Nalvarte Estrada.- Miriam Cueva Ojeda Especialista legal. Lo que pongo en conocimiento público para los fines de ley Tacna 31 de Enero de! 2018. (3V/07, 13, 19 FEB). NOTIFICACIÓN POR EDICTO Por ante el Tercer Juzgado Civil de la ciudad de Tacna, que despacha el magistrado Dr. Vladimir Omar Salazar Díaz, se tramita el Proceso N° 02653-2017-0-2301-JR-CI-03, seguido por REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de JUANA RIVERA CASTRO, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, con intervención de la Especialista Judicial Abog. Jennifer Estephanie Hidalgo Benavides; en la cual mediante Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, se dispuso la publicación de un extracto de la resolución en referencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código Procesal Civil. Que, en el presente proceso se expide la Resolución Nro. 02, de fecha diecisiete de enero del dos mil dieciocho, la misma que en su parte resolutiva es como sigue: SE RESUELVE; ADMITIR a trámite en la Vía procedimental del PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, interpuesta por doña REYNA DORIS VALLEJOS RAMOS, en contra de doña JUANA RIVERA CASTRO. En consecuencia, córrase traslado a la parte demandada para que en el plazo de diez días. cumpla con contestar la demanda, bajo apercibimiento de ser declara rebelde. Téngase por ofrecidos los medios probatorios y agréguense a los autos los anexos que se acompañan. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 506° del Código procesal Civil, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por tres veces con intervalo de tres días en la forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Adjetivo. NOTIFIQUESE a los colindantes Víctor José Rivera Vallejos, Helmerk Fernando Tenorio Triveño y Rocío Amparo Barriga Cayo. Tómese Razón y Hágase Saber. FDO. JENNIFER HIDALGO BENAVIDES. SECRETARIO JUDICIAL DEL 3ER JUZGADO CIVIL. TACNA, 31 DE ENERO DEL 2018. (3V//08, 14, 20 FEB). EXTRACTO DE DEMANDA Ante el 4° JUZGADO CIVIL (Ex J. CIVIL T. GREGORIO A.)-SEDE CENTRAL. De Tacna que despacha el Dr. Saul Felipe Arenas Perez, Especialista Legal: Gian Carlos Ponce Huanacuni, Expediente 00254-2012-0-2301-JR-CI-01, recurriendo a su despacho con el fin de interponer demanda de Deslinde, Fijación de hitos demanda interpuesta por Fernando Ninaja Sanga, propie-

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tario del inmueble uno: con un área de 1,381.95m2 y dos.: con 646.40 m2 contiguo al área anterior, propietario de una área total de 2,028.35 m2 todo esto con título de propiedad , ficha y Partidas electrónicas, vecino colindante con la Familia “Ticona Vega”, demandados llamados : Tomasa Gladis Ticona Vega, Laura Ester Ticona Vega, Florencio Alberto Ticona Vega quienes argumentan ser propietarios de un área 5,333.50 m2 sin considerar las demás desmembraciones hechas que obran en las fichas N° 7842, 7882, 7837 y 20805 quedando reducida a un área de 1,695.27 m2. Esto da lugar a un conflicto de linderos que me veo en la obligación de interponer la presente acción de deslinde y fijación de hitos entre ambos propietarios; expidiéndose la Resolución N° 02 de fecha Tacna, treinta de Marzo del dos mil doce, que se RESUELVE: ADMITIR la demanda sobre delimitación de áreas y linderos en via de PROCESO ABREVIADO interpuesto por Fernando Ninaja Sanga en contra de TOMASA GLADIS TICONA VEGA, LAURA ESTER TICONA VEGA y FLORENCIO ALBERTO TICONA VEGA traslado a los demandados por el plazo de Ley, téngase por ofrecidos los medios probatorios, publíquese un extracto de la demanda por la forma y las veces con arreglo a Ley. Efectúese la notificación de la presente por radiodifusión en la forma prevista por Ley Al otrosí digo: Téngase presente. Tómese Razón y Hágase Saber. Saul Felipe Arenas Perez. Juez del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. Corte Superior Justicia de Tacna. Gian Carlos Ponce Huanacuni. Especialista legal del Cuarto Juzgado Civil. Tacna, 07 de Febrero de 2018. GIAN CARLOS PONCE HUANACUNI. Secretario Judicial del Cuarto Juzgado Civil. Sede Central. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA. (3V/13, 19, 23 FEB). CAMBIO DE NOMBRE Ante el Juzgado Mixto de Tarata, en el Exp. 17-2018, señor Juez Dr. Pedro Huver Machaca Condori, Esp. Legal Dra. Zenaida Choque Choqueña, presentados por Audebert Poma Ccorahua y Alicia Huanchi Choque, solicitando cambio de nombre de su menor hijo Angelo Sebastian Huanchi Choque para que en lo futuro figure como LIAM OLIVER HUANCHI POMA, y se señala para la actuación y declaración judicial para el día 20 de Febrero del 2018 a horas 09.00 a.m. Lo que se publica para fines de ley.Tarata, 09 de Febrero del 2018. (1V/14 FEB).

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Miércoles, 14 de febrero del 2018

Crónica Judicial

PODER JUDICIAL CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SALA LABORAL PERMANENTE DE TACNA I.

Se programó durante el mes de OCTUBRE del presente año: 113 VISTAS DE LA CAUSA, las mismas que se llevaron a cabo.

II.

Se solicitó 59 INFORMES ORALES - presencia abogados y/o partes-

III.

GACETA JUDICIAL OCTUBRE 2017: 113 PRODUCCIÓN RESOLUCIÓNES DE VISTA.

SENTENCIAS DE VISTA:

95

AUTOS DE VISTA

36

:

SENTENCIAS DE VISTA 

DESPACHO OCHO DE SETIEMBRE DEL 2017 1.

2.



DESPACHO DOCE DE SETIEMBRE DEL 2017 3. 4.

5.

6.



Expediente N° 00361-2014-0-2301-JR-CI-01 CONFIRMARON la resolución N° 14, que declara Infundada la demanda interpuesta por Julia Elvira Ocharan Alfaro contra la Red Asistencial Tacna - ESSALUD. DISPONE su archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00227-2017-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada la demanda interpuesta por Rosa María del Rosario Valverde Espinoza contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas expedir nueva resolución administrativa que reconozca y otorgue los subsidios por luto y gastos de sepelio. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00227-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 08, que declara Fundada la demanda interpuesta por Isabel Julia Fernández Maurtua contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas con emitir nueva Resolución en la cual reconozcan y otorguen los subsidios por luto y gastos de sepelio. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01325-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada la demanda interpuesta por Lourdes Gregoria Calizaya Pereira contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas con emitir nueva Resolución en la cual reconozcan y otorguen la gratificación por haber cumplido 20 años de servicio. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO TRECE DE SETIEMBRE DEL 2017 7.

8.



Expediente N° 000891-2013 REVOCARON la resolución N° 11, que declara Infundada la demanda interpuesta por Miriam Moraima Díaz Soto contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. REFORMANDOLA declararon FUNDADA EN PARTE la demanda en consecuencia se declara nula las resoluciones que imponen sanción temporal de 05 meses. IMPUSIERON Sanción Temporal en el servicio sin derecho a remuneraciones por 60 días. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 1050-2015 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Infundada la excepción de incompetencia deducido por la demandada. CONFIRMARON la resolución N° 15 que declara Fundada la demanda interpuesta por Judith Katerine León Estrada contra el Gobierno Regional. Disponiendo la reincorporación de la demandante como contratada permanente en las labores que venía realizando. COLEGIADO GC FA BC

Expediente N° 01298-2015 CONFIRMARON la resolución N° 11, que declara Fundada la demanda interpuesta por Oswaldo Quispe Ramos contra el Gobierno Regional de Tacna. Dispone la reposición del demandante en el cargo de Chofer regido por el D. Leg. N° 276 como empleado contratado permanente. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00045-2003 CONFIRMARON la resolución N° 127, que declara Infundada la demanda interpuesta por Jorge Mamani Siles contra de Electrosur S.A. sobre Cobro de Beneficios Económicos. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO QUINCE DE SETIEMBRE DEL 2017 9. 10. 11.

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Expediente N° 01692-2013 ANULARON la resolución N° 14, que declara fundada la demanda interpuesta por Omar Henry Jiménez Mamani, contra el Gobierno Regional de Tacna sobre reposición laboral. DISPUSIERON que la Jueza emita nueva sentencia. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01111-2015 CONFIRMARON la resolución N° 10, que declara Infundada en todos sus extremos la demanda presentada por Norma Susy Quispe Choque, en contra la Municipalidad Provincial de Tacna. COLEGIADO GC TP AG Expediente N° 01444-2016 REVOCARON la resolución N° 03, que declara Fundada la demanda interpuesta por Eberth Edwin Siña Mamani contra la Municipalidad Provincial de Tacna. REFORMANDOLA declararon IMPROCEDENTE por advertirse caducidad de derecho, en consecuencia nulo todo lo actuado. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 00192-2017 INTEGRARON la sentencia declarando inválidos los contratos administrativos. CONFIRMARON la resolución N° 02, que declara Fundada la demanda interpuesta por Wendy Michell Copaja Loza contra la Municipalidad Provincial de Tacna. Ordena que la demandada cumpla con reponerla en el cargo de Policía Municipal, sujeta al régimen de la actividad privada. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 01474-2016 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Infundada la excepción de incompetencia por razón de territorio e Infundada la oposición contra el cuaderno de asistencia formulada por la demandada. Fundada la demanda interpuesta por Pedro Gerónimo Huancani Mendoza contra la Municipalidad Distrital Alto de la Alianza, Ordena con reponerlo. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 00949-2016 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Infundada la demanda interpuesta por Héctor Gilbert Romero Cano contra la EPS Tacna S.A. sobre pago de los devengados del incremento de S/. 200.00 mensuales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00814-2016 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Fundada en parte la demanda presentada por Sergio Atencio Maquera contra la Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva. Dispone el pago por daño patrimonial de lucro cesante la suma de S/. 11,198.04 y por daño moral S/. 1,000.00 más intereses legales y costos del proceso. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 02434-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 13 que declara Infundada la demanda interpuesta por Jacinto Adrián Choque Pari contra la Municipalidad Provincial de Tacna sobre Proceso Contenciosos Administrativo, ordena archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01677-2010-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 34, que declara Infundada las observaciones realizadas por la demandada al informe pericial. FUNDADA en parte la demanda interpuesta por Sonia Asunta Pari Chura contra la Municipalidad Provincial de Tacna nulo y sin efecto legal las resoluciones administrativas. REVOCARON la misma sentencia en el monto de pago de las Gratificaciones, Escolaridad. DISPUSIERON la demandada cumpla con pagar la suma total de S/. 32,275.04, más el pago de intereses legales laborales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 02124-2015-0-2301-JR-LA-02 ANULARON la resolución N° 15, que declara Improcedente la demanda interpuesta por Grieta Rosario Cornejo Trillo contra la Dirección Regional de Salud de Tacna y la Dirección Ejecutiva de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos sobre Recalculo de la Bonificación Diferencia art. 184° de la Ley N° 25303. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01648-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 11, que declara Fundada la demanda interpuesta por Simón Ticona Ticona contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna, en consecuencia nulas las Resoluciones Administrativas. ORDENA reconozca a la actora los conceptos de Bonificación Diferencial equivalente al 30% de la remuneración total. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00016-2017-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada la demanda interpuesta por Belinda Blanca Cornejo Palza contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Ordena cumplan con emitir nuevo acto administrativo reconociendo y otorgando, el pago de los intereses laborales por el tiempo de 236 meses, por pago de los adeudos otorgamiento de la Bonificación por Preparación de Clases y Evaluación. COLEGIADO GC FA AG

Miércoles, 14 de febrero del 2018

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Expediente N° 74-2009 REVOCARON la resolución N° 78, que declara Fundada la demanda interpuesta por Sonia Esther Pilco Quispe contra el Gobierno Regional de Tacna. REFORMANDOLA declararon INFUNDADA la demanda sobre nulidad de acto administrativo. COLEGIADO GC TV TP

DESPACHO DIECISIETE DE OCTUBRE DEL 2017 45.



Expediente N° 00588-2016-0-2301-JP-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Fundada la demanda interpuesta por Patricia Fernanda Albarracín Palacios contra la Corte Superior de Justicia de Tacna, FUNDADA respecto al pago permanente de los BFJ de las Gratificaciones y CTS a partir del 01/08/15. Establece que la demandada cumpla con pagar la suma de S/. 20,923.22. COLEGIADO GC FA RC Expediente N° 00966-2016-0-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Infundada la demanda interpuesta por Izella Elisa Rios Lanchipa contra la EPS Tacna S.A. sobre pago de devengados incremento de S/. 200.00. COLEGIADO GC FA RC Expediente N° 01533-2016-0-2301-JR-LA-03 ANULARON la resolución N° 02, que declara Fundada la demanda interpuesta por José Luis Marca Mamani contra la Municipalidad Distrital Gregorio Albarracín. Ordena reponerlo en el cargo de Operador de maquinaria. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC FA RC Expediente N° 02051-2015-0-2301-JR-LA-01 ANULARON la resolución N° 15, que declara Fundada la demanda interpuesta por Edgard Portocarrero Saavedra contra Electrosur S.A. Cumpla con reponerlo en el cargo de Técnico de Alumbrado Público, nivel remunerativo “Técnico 01”. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC FA RC Expediente N° 1497-2016-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Fundada la demanda interpuesta por Nelson Alcides Inquilla Mamani contra la Municipalidad Provincial de Tacna. ORDENA cumpla con reponerlo en el cargo de Marife de Camal. COLEGIADO GC FA RC Expediente N° 01524-2016-0-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 02, que declara Fundada la demanda interpuesta por Leonardo Ninachoque Hualpa, ordena cumpla con reponerlo como operador de maquinaria. COLEGIADO GC AG Expediente N° 00739-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la demanda interpuesta por Celso German Mamani Choque contra la EPS Tacna sobre cobro de devengados del incremento de S/. 200.00 mensuales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00154-2016-0-2301-JR-LA-01 ANULARON la resolución N° 07, que declara Infundada la demanda interpuesta por Apaza Pari Ruth Nelly contra la Dirección Regional de Salud de Tacna, sobre desnaturalización de contratos y otros. DECLARARON la insubsistencia de todo lo actuado desde folios 119. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00967-2016 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada la demanda interpuesta por Juan Bautista Ramos Melchor contra la Junta de Usuarios del Valle de Tacna sobre reposición laboral en el cargo de Operador Tornero sujeto al Régimen de la Actividad Privada. COLEGIADO GC AG Expediente N° 01096-2016-0-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Infundada la excepción de prescripción formulada por la demandada. Fundada en parte la demanda interpuesta por Bertha Graciela Barrientos Santos contra la Municipalidad Provincial de Tacna, dispone pago por Daño Patrimonial del lucro cesante S/. 44,200.00 y por Daño Moral S/. 1,000.00 más intereses legales. CORRIGIERON en la que consigna erróneamente a la Municipalidad Distrital de Ciudad Nueva. COLEGIADO GC AG

DESPACHO NUEVE DE OCTUBRE DEL 2017 44.



Expediente N° 00367-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Fundada la demanda interpuesta por Norma Felipa Sanjinez Pilco contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna, declara nula las Resoluciones Administrativas. ORDENA se reconozca los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% de la remuneración total. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01475-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada la demanda interpuesta por Patricia Alejandrina Mariaca Chambe contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozcan y otorguen los Subsidios por luto. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01851-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 08, que declara Fundada la demanda interpuesta por Lourdes Rosa Yufra Vicente contra la Dirección Regional Sectorial de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Ordena cumplan con reconocer devengados de la Bonificación adicional por desempeño de cargo y preparación de documentos de gestión. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01140-2014-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 13, que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Julio Paucar Moreano contra el Seguro Social de Salud – ESSALUD sobre pago por Bonificación Especial del D. U. N° 037-94. DISPONE su archivamiento. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 02433-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 16, que declara Infundada la demanda interpuesta por Raúl Sebastián Asqui Mamani contra la Municipalidad Provincial de Tacna sobre reconocimiento de nombramiento. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01929-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Infundada la demanda interpuesta por Mariano Maquera Sagua contra la Municipalidad Provincial de Tacna sobre incorporación al D. Ley N° 20530, en consecuencia ordena archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00804-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por María Eugenia del Rosario Becerra Chipana contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. Cumpla con emitir nueva resolución administrativa en la cual reconozca y otorguen la Bonificación Diferencial del 30% del art. 184° de la Ley N° 25303, más el pago de los intereses legales laborales. INFUNDADA en el extremo desde el 01/01/1991. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 02175-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Infundada en todos sus extremos la demanda interpuesta por Celio Juli Chambilla en contra de la ONP, dispone archivo definitivo. IMPROCEDENTE en pago de costas y costos. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00048-2017-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Fundada la demanda interpuesta por Lauro Leonidas Yañez Velarde contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozcan y otorguen la gratificación por haber cumplido 25 y 30 años de servicio. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00453-2016 REVOCARON la resolución N° 06, que declara Infundada la demanda interpuesta por Elvira Alvarado Amones contra la Municipalidad Provincial de Tacna, dispone que la demandada emita acto administrativo que reconozca y otorgue la Bonificación Diferencial Permanente del 60% sobre la remuneración total. REFORMANDOLA declararon Infundada la demanda. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 02453-2013-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 15, que declara Infundada la demanda interpuesta por Julio Coronel Calsin contra la Municipalidad Provincial de Tacna. En consecuencia archivo definitivo. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01391-2011-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 19, que declara Fundada la demanda interpuesta por Juan Antonio Calizaya Merino contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna. Ordena emita nueva resolución administrativa reconociendo el pago de la Bonificación Diferencial Permanente. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00528-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 09, que declara Fundada la demanda interpuesta por Luis Guillermo Rolando Duarte contra la Dirección Regional de Salud de Tacna. Ordena reconozca los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial del 30% sobre la remuneración total más pago de los devengados e intereses a partir del 01/01/1991 hasta el 04/06/2004. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO SEIS DE OCTUBRE DEL 2017 34.



SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Expediente N° 00413-2009 CONFIRMARON la resolución N° 51, que declara Infundada la demanda interpuesta por Santiago Jesús Soto Condori contra el Gobierno Regional de Tacna, sobre reposición laboral, dispone su archivo definitivo. COLEGIADO GC TV CT

DESPACHO DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL 2017 46.

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Expediente N° 039-2017 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Juanita Edith Espinoza Valencia contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozcan y otorguen la Gratificación por haber cumplido 20 y 25 años de servicio además del pago de intereses legales laborales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 0686-2016 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Fundada la demanda interpuesta por María Antonieta Quispe Acero de Ale contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumpla la demandada con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozca y otorguen la Gratificación por haber cumplido 25 años de servicio. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 12-2017 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por La Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna , dispone que los demandados cumplan co emitir nuevo acto administrativo reconociendo y otorgando a favor de la demandante los intereses laborales generados por los Adeudos por el no otorgamiento de la Bonificación por Preparación de Clases y Evaluación. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01521-2016 CORRIGIERON la sentencia designa al demandante como Oscar Angel Monasterio Uchuzara debiendo ser Oscar Angel Monasterio Uchazara. CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna. Ordena cumpla con emitir

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nuevo acto administrativo reconociendo y otorgando el pago de los intereses legales laborales reconocidos por el otorgamiento de la Bonificación D. U. N° 037-94. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00569-2016 CONFIRMARON la resolución N° 08, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Nancy Eugenia Condori Ccallo contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna. Ordena reconozca los reintegros por subsidio por fallecimiento. Infundada en el extremo de nulidad de la Resolución administrativa N° 040-2009-UP-AO-HHUT-DRS.T/G.R.TACNA. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 02603-2013 NULA la resolución N° 10, que declara Infundada la demanda interpuesta por Elver Emiliano Laqui Yufra contra la Dirección Regional de la Producción de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna, sobre reposición laboral. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00033-2016-0-2301-SP-L-01 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Infundada la excepción de oscuridad o ambigüedad en el modo de proponer la demanda deducida por la demandada. CONFIRMARON la sentencia N° 37 interpuesta por Eleazar Noe Laura Álvarez contra la Municipalidad Distrital de Ilabaya sobre Reposición Laboral. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01139-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Delia Teresa Panty Neyra Vda. de Lince contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozcan y otorguen los subsidios por luto y gastos de sepelio. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 00447-2016-0-2301-JR-LA-02 ANULARON la resolución N° 05, que resuelve declarar de oficio la caducidad, se dispone declarar la nulidad de todo lo actuado y dar por concluido el proceso. MANDARON que el Juez emita nueva sentencia, con arreglo a ley. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01739-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Improcedente la demanda interpuesta por Obdulia Mercedes Fernández Portales sobre Bonificación Especial D.U. N° 037-94-PCM, en contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna una vez consentida su archivo definitiva. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00656-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Jesús Teresa Coayla de Valdez contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna, ordena que la demandada reconozca los reintegros por concepto de Bonificación Diferencial equivalente al 30% de la remuneración total más el pago de los devengados e intereses. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00649-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 09, que declara Fundada la demanda interpuesta por José Luis Fernández Cruz contra la Dirección Regional de Educación de Tacna. Ordena de cumplimiento con la Resolución Directoral Regional N° 003591 que otorga la Bonificación Especial por Preparación de Clases y Evaluación por S/. 62,342.15, más los intereses legales laborales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01459-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por María Josefa Aliaga Machaca Vda. de Arroyo contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna, declaran nulas las resoluciones administrativas, lo mismo que resuelve denegar la solicitud de reconocimiento de reintegro de subsidio por Luto y Gastos de Sepelio. . COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00631-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 10, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Luis Escalante Silva contra la ONP , en consecuencia ordena archivo definitivo. Improcedente en pago de costas y costos del proceso. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 02084-2015-0-2301-JR-LA-02 REVOCARON la resolución N° 08, que declara Infundada la demanda interpuesta por Sonia Granda Palomino contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna. REFORMANDOLA declararon Fundada la demanda. Cumpla con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozca y otorgue la Bonificación Diferencial del 30% art. 184° de la Ley N° 25303, además del pago de intereses legales laborales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00353-2017-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Alfredo Chávez Álvarez contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozcan y otorguen la gratificación por haber cumplido 25 y 30 años de servicio. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00372-2017-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada la demanda interpuesta por Ana María Cabrera Marcos contra la Dirección Regional de Educación de Tacna y el Gobierno Regional de Tacna. Cumplan las demandadas con expedir nueva resolución administrativa en la cual reconozcan y otorguen los subsidios por luto y gastos de sepelio. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO VEINTE DE OCTUBRE DEL 2017 63.

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Miércoles, 14 de febrero del 2018

Expediente N° 00007-2017 INTEGRARON la sentencia declarándose inválidos los contratos administrativos. CONFIRMARON la resolución N° 02, que declara Fundada parte la demanda interpuesta por Vicentina Maritza Rodríguez Zuluaga contra la Municipalidad Provincial de Tacna. Ordena que lo reponga en el cargo de Agente de Seguridad Ciudadana sujeta al régimen de la actividad privada a plazo indeterminado. COLEGIADO GC JAG BC Expediente N° 00908-2016 ANULARON la resolución N° 05, que declara Fundada la demanda interpuesta por Wernher Enrique Ward Navarro contra Compartamos Financiera Sociedad Anónima sobre reconocimiento de contrato de trabajo a plazo indeterminado y su reposición laboral en la entidad demandada. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC JAG BC Expediente N° 00743-2016 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Fundada la demanda interpuesta por Henry Choque Laura contra la Municipalidad Provincial de Tacna, dispone pago por daño patrimonial del lucro cesante S/. 25,149.27 y por daño moral S/. 2,000.00 más los intereses legales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01612-2014 CONFIRMARON la resolución N° 15, que declara Improcedente la demanda interpuesta por Adán Alarcón Limache contra la Corte Superior de Justicia de Tacna sobre reposición laboral, reconducirse el proceso para que se solicite la indemnización correspondiente. COLEGIADO GC JAG BC Expediente N° 00957-2015 CONFIRMARON la resolución N° 11, que declara Fundada la demanda interpuesta por Vilma Yenni Loza Quevedo contra el Poder Judicial. Ordena cumpla con pagar la suma de S/. 31,167.00 por Bono por función Jurisdiccional S/. 11,700.00 y su reintegro S/. 19,467.00 más intereses y costos. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 02113-2014 INNECESARIO emitir pronunciamiento del recurso de apelación de resolución N° 29 y siguientes que declara Fundada la demanda interpuesta por Juan Alberto Menéndez Basadre contra el Proyecto Especial Afianzamiento y Ampliación de los Recursos Hídricos de Tacna, sobre reposición laboral. COLEGIADO GC JAG BC Expediente N° 00935-2015 ANULARON la resolución N° 12, que declara Infundada la demanda interpuesta por Raúl Sebastián Asqui Mamani contra la Municipalidad Provincial de Tacna, sobre indemnización por Daños y Perjuicios. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 00387-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por German Luis Coila Mamani contra Zona Registral N° XIII Sede Tacna. Se ordena cumpla con pagar S/. 53,897.78 por reintegro de remuneración como ser vacaciones y C.T.S., con intereses legales y costos. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01648-2014-0-2301-JR-CI-02 ANULARON la resolución N° 24, que declara Infundada en parte la demanda interpuesta por Agapito Salamanca Mamani contra la Municipalidad Provincial de Tacna, sobre indemnización por Daños y Perjuicios. Mandaron que el Juez emita nueva resolución con arreglo a ley. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 01110-2016-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON en parte la resolución N° 02, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Julbert Portugal Paniagua contra la EPS Tacna, dispone el pago por daño patrimonial del lucro cesante por S/. 27,041.67 y por daño moral S/. 1,000.00 más los intereses. REVOCARON la misma sentencia en el pago. REFORMANDOLA se pague S/. 90,666.67 por daño patrimonial del lucro cesante. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 00983-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 12, que declara Fundada la excepción de incompetencia formulada por la demandada. Declarar nulo todo lo actuado a fin de que se califique nuevamente la demanda y remitir el presente proceso seguidos por Miguel César Girón Palomino contra la Sunat al Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Tacna, para que prosiga el trámite del mismo. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 00992-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 15, que declara Fundada la excepción de prescripción formulada por la demandada. Universidad Privada de Tacna. Declarar Nulo todo lo actuado y concluido el proceso seguido por Edgar Julio Pareja Granda contra la Universidad Privada de Tacna sobre indemnización por daños y perjuicios. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 00929-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 17, que declara Infundada la tacha formulada respecto a los medios probatorios ofrecidos por la demandante. Declarar Fundada la demanda interpuesta por Helen Kenny Castellanos contra la Universidad Privada de Tacna. Ordena reponer a la demandante en el cargo desempeñado antes de su despido. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 00973-2016-0-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON en parte la resolución N° 04, Infundada la excepción de litispendencia y la excepción de incompetencia formulada por la demandada. Declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Walter Favio Cañari Yufra contra el SENASA, ordena la reposición en el puesto de cuarentena vegetal categoría de Profesional I. REVOCARON en el extremo que resuelve declarar fundada en parte la demanda sobre nulidad de despido. REFORMANDOLA declararon la reposición en su puesto o en otro de igual jerarquía. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 01655-2011-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 70, que declara Infundada la excepción de cosa juzgada deducida por la demandada. Declarar Infundada la demanda interpuesta por Víctor Gumercindo Vásquez Pérez contra la SUNAT sobre reconocimiento de la categoría sin costos. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO VEINTITRES DE OCTUBRE DEL 2017

Miércoles, 14 de febrero del 2018

78.

79.



Expediente N° 00456-2012 REVOCARON la resolución N° 30 que declara Infundada la demanda interpuesta por Municipalidad Distrital Gregorio Albarracín Lanchipa contra la Dirección Regional de Trabajo y Promoción de Empleo de Tacna. REFORMANDOLA declararon FUNDADA la demanda en consecuencia NULAS las resoluciones. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00544-2015-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05 que declara FUNDADA en parte la demanda interpuesta por Luis Hernán Cortez Zevallos contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna. Cumpla con emitir nuevo acto administrativo en la cual reconozcan y otorguen el pago de los intereses laborales a partir del 01/07/1994 hasta el 30/06/2011, por el pago de los adeudos reconocidos por el otorgamiento de la Bonificación D.U. N° 037-94. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO VEINTICUATRO DE OCTUBRE DEL 2017 80.



SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Expediente N° 01287-2013 ANULARON la resolución N° 16, que declara Fundada la demanda interpuesta por Julia Esther Soto Quispe de Chávez contra la Dirección Regional de Educación de Tacna, sobre Bonificación del 35% por preparación de clases y evaluación. DISPUSIERON que el Juez emita nueva sentencia. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL 2017

81. 82.

83.

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Expediente N° 00148-2017 CONFIRMARON la resolución N° 02, que declara Fundada la demanda interpuesta por Rofran López López contra la Municipalidad Distrital de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, y ordena reponerlo en el cargo de Operador de Maquinaria, sujeto al régimen privado. COLEGIADO GC JT BC Expediente N° 00008-2017 CONFIRMARON la resolución N° 02, que declara Fundada la demanda interpuesta por Marco Antonio Foraquita Flores contra la Municipalidad Provincial de Tacna, ordena cumpla con reponerlo en el cargo de Operador de Motoguadaña, sujeto al régimen privado a plazo indeterminado. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 162-2017 CONFIRMARON la sentencia del 06/03/2016 que declara Fundad la excepción de Caducidad del derecho a la reposición laboral interpuesta por la demandada, interpuesta por Jesús Luis Chambilla Gonzales contra la Universidad Privada de Tacna, sobre reposición laboral. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 01638-2014 ANULARON la resolución N° 24, que declara Infundada la demanda interpuesta por Mariano Encinas Maquera contra la Municipalidad Provincial de Tacna, sobre Indemnización por Daños y Perjuicios. DISPUSIERON que la Jueza emita nueva sentencia. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 01539-2014 CONFIRMARON la resolución N° 28, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por José Marcial Sumarriva Bustinza contra la Universidad Privada de Tacna sobre pago de reintegro de remuneraciones y beneficios sociales y cumpla con pagar la suma de S/. 57,498.40. COLEGIADO GC JT BC Expediente N° 01062-2015 CONFIRMARON la resolución N° 14, interpuesta por Pérez y Naja Servicios Generales EIRL, contra la Gerencia Central de Finanzas de Essalud y EESALUD Red Asistencial Tacna, ordena se declare nulas las resoluciones administrativas y se deje sin efecto el reembolso por la suma de S/. 47,913.00. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 0796-2016 REVOCARON la resolución N° 06. REFORMANDOLA declararon Fundada la excepción de incompetencia interpuesta por la demandada, en consecuencia NULO todo lo actuado. COLEGIADO GC BC RC Expediente N° 01602-2015 ANULARON la resolución N° 12, que declara Improcedente la demanda interpuesta por Carlos Enrique Cornejo Agurto contra la SUNARP sobre derechos laborales. DISPUSIERON que el Juez vuelva a emitir sentencia. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00969-2016-0-2301-JR-LA-03 REVOCARON la resolución N° 03, que declara Infundada la excepción de incompetencia por razón de materia formulada por la parte demandada. Declara fundada la demanda interpuesta por Quenta Siña Elida Dina contra del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. REFORMANDOLA declararon improcedentes. IMPROCEDENTE la demanda. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01184-2016-0-2301-JR-CI-01 REVOCARON la resolución N° 05, que declara Fundada la excepción de prescripción extintiva formulada por la Codemandada. Innecesario respecto a la nulidad de acto jurídico contenido en el convenio de consolidación de conceptos remunerativos suscrito entre ZOTAC y Agustín Suaquita Zapana. En consecuencia nulo todo lo actuado y concluido el proceso. REFORMANDOLA lo declararon infundado. DISPUSIERON que la Judicatura continúe con el trámite procesal. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 01651-2014-0-2301-JR-CI-01 REVOCARON la resolución N° 18, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Vicente Quispe Jinchuña contra la Municipalidad de Tacna, dispone el pago por Daño Patrimonial del Lucro Cesante la suma de S/ 139,444.92 y por daño moral S/. 1,000.00 más los intereses legales determinados en ejecución de sentencia. REFORMANDOLA declararon infundada la demanda. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 01874-2015-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la resolución N° 13, que declara Infundada en parte la demanda interpuesta por Segura Mendoza David Enrique contra la empresa HERMES. REFORMANDOLA declararon Fundada la demanda de reposición laboral, ORDENARON que la demandada cumpla con reponerlo en el cargo de Custodio 2 o en otro similar. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 00515-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON en parte la resolución N° 16, que declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Liliana Vela Villasante contra la Zona Registral N° XIII sede Tacna. REVOCARON el monto total S/. 10,227.51. REFORMANDOLA cumplir con el monto total de S/. 23,435.50 que comprende reintegro de remuneraciones, C.T.S. y Vacaciones Legales. Declarando Infundada la excepción de incompetencia. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 00170-2016-0-2301-JR-LA-01 REVOCARON la resolución N° 11, que declara Infundada la demanda interpuesta por Marlon Oswaldo Maquera Vilca contra EPS Tacna. REFORMANDOLA declararon fundada la demanda. ORDENANDO cumpla con reponerlo en el cargo de Supervisor de Medición con la categoría de T-1. COLEGIADO GC AG RC Expediente N° 01156-2015-0-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 14, que declara Infundada las excepciones de cosa juzgada y oscuridad o ambigüedad de modo de proponer la demanda. Declara Fundada en parte la demanda interpuesta por Soto Gallegos, María del Carmen contra el INABIF , dispone el pago por Daño Patrimonial del lucro cesante S/. 31,173.33y por Daño Moral S/. 1,000.00 más los intereses legales, determinados en ejecución de sentencia. COLEGIADO GC AG RC

AUTOS DE VISTA



DESPACHO QUINCE DE DE SETIEMBRE DEL 2017 1. 2. 3. 4. 5. 6.

7. 8. 9. 10. 11.

Expediente N° 00408-2017-0-2301-JR-LA-02 DESAPROBARON la resolución N° 01, que declara la Incompetencia del Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente. DISPUSIERON que los autos sean remitidos al Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte de Tacna. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00754-2014-64-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 12, declara Infundada la oposición interpuesta por Gobierno Regional de Tacna contra la medida cautelar a favor de Liseth Ennia Vargas Gonzales. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00569-2014-40-2301-JR-CI-03 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara la Infundada la oposición formulada por la Municipalidad Distrital Gregorio Albarracín contra la medida cautelar de la resolución N° 01. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01154-2015-99-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Infundada la oposición formulada por la Universidad Privada de Tacna contra la resolución N° 01. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00763-2014-0-2301-JR-CI-01 DESAPROBARON la resolución N° 16, DECLARARON competente para conocer la presente causa a la Juez del Primer Juzgado Civil de Tacna. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01455-2014-0-2301-JR-LA-01 APROBARON la resolución N° 08. DISPUSIERON que los autos sean remitidos al Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de la Corte de Tacna. DISPUSIERON la remisión de los actuados ante dicho órgano jurisdiccional para su avocamiento. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01772-2015-68-2301-JR-LA-03 CONFIRMARON la resolución N° 13, que declara la Improcedencia la solicitud de nulidad a lo actuado formulado por la demandada Municipalidad Gregorio Albarracín Lanchipa. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 830-2003-95-2301-JR-LA-01 ANULARON la resolución N° 01, que declara la Improcedencia la medida cautelar solicitada por Timoteo Herrera Flores, dispone archivo definitivo. COLEGIADO GC BC AG Expediente N° 00926-2016-74 CONFIRMARON la resolución N° 01, que declara la Improcedencia la medida cautelar solicitada por C&C Sociedad Anónima Cerrada, dispone archivo definitivo COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00545-2011-40-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 38, que declara Improcedente el pedido de integración de la resolución N° 36 e improcedente su nulidad presentada por la Municipalidad Provincial de Tacna. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01450-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 01, que declara la Improcedencia de la demanda interpuesta por Carmen Luz Rodríguez Mantilla contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna sobre impugnación de actos administrativos. COLEGIADO GC FA AG

La República

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

12. 13.



15.

Expediente N° 01525-2016-57 CONFIRMARON la resolución N° 01, que declara Improcedente la solicitud de la medida cautelar solicitada por Santy Distribuciones S.C.R.L., disponiendo el archivo definitivo. COLEGIADO GC AG RC

DESPACHO DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL 2017 18. 19. 20. 21. 22.

23. 24. 25. 26. 27. 28. 29. 30.

31. 32. 33.

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Expediente N° 411-2009-33 REVOCARON la resolución N° 25, que declara Infundadas las solicitudes sobre cancelación de medida cautelar formulada por la demandada. REFORMANDOLA declararon FUNDADA la solicitud de la medida cautelar. COLEGIADO GC JT BC

DESPACHO DIEZ DE OCTUBRE DEL 2017 17.



Expediente N° 487-2014-26-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 08, resuelve hacer efectivo el apercibimiento de la resolución N° 04 e impone y cumpla la demandada Municipalidad Distrital Gregorio Albarracín multa de 02 URP y requerirle nuevamente se reincorpore provisionalmente a Ganine Edith Gutiérrez Vega, bajo apercibimiento de imponerse multa de 04 URP. COLEGIADO GC AG Expediente N° 02044-2010-94-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Infundada la oposición a la medida cautelar interpuesta por Gobierno Regional de Tacna contra la resolución N° 01, que concede medida cautelar a favor de Carla Magaly Salas Chacón. COLEGIADO GC BC AG

DESPACHO CINCO DE OCTUBRE DEL 2017 16.



Expediente N° 00655-2015-33-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Infundada la Oposición interpuesta por la Municipalidad Distrital de Pocollay contra la medida cautelar dictada a favor de Jackson Arturo Aguirre Ticona. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01062-2012-53-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 41, resuelve hacer efectivo el apercibimiento de la resolución N° 39 e impone y cumpla la demandada Dirección Regional de Transporte y Comunicaciones de Tacna multa de 03 URP y requerir a la misma que dé cumplimiento la resolución N° 26 y expedir acto administrativo que reconoce el pago de las remuneraciones insolutas marzo abril 2011 y 15 días del mes de marzo 2012 dando un total de S/. 3,750.00. bajo apercibimiento de imponerse multa de 04 URP.COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO TRES DE OCTUBRE DEL 2017 14.



Miércoles, 14 de febrero del 2018

Expediente N° 01953-2011 IMPROCEDENTE la apelación interpuesta por José Yarlene Alcázar Alay, contra la resolución N° 23. NULO el concesorio de su propósito. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01039-2016 CONFIRMARON la resolución N° 02, que declara Improcedente la demanda interpuesta por Liberato Flores Pongo contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue sobre impugnación de actos administrativos. . COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01501-2016 CONFIRMARON la resolución N° 01 que resuelve remitir el proceso al Juzgado Especializado en lo laboral en la ciudad de Lima. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 01535-2016 CONFIRMARON la resolución N° 01, que declara Improcedente la demanda interpuesta por Vilma Martina Liendo Martínez contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue sobre Proceso Contenciosos Administrativo, ordena archivo definitivo. COLEGIADO GC FA BC Expediente N° 00764-2015-29-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Infundada la oposición interpuesta por la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa contra la resolución N° 01, que resuelve conceder medida cautelar a favor de José Gilmer Anchapuri Calderón. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01488-2015-7-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la oposición interpuesta por el Gobierno Regional de Tacna contra la resolución N° 01, que resuelve conceder medida cautelar a favor de Edwin Richard Tapia Alave. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01692-2013-77-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 06, que declara Infundada la oposición interpuesta por el Gobierno Regional de Tacna contra la resolución N° 01, que resuelve conceder medida cautelar a favor de Omar Jiménez Mamani. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00007-2015-38-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 15, que aprueba los costos del proceso en un total del S/. 3,150.00 soles. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00186-2014-8-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 05, que declara Infundada la oposición interpuesta por el Gobierno Regional de Tacna contra la medida cautelar a favor de Eugenia Yesenia Gutiérrez Rojas. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01550-2013-42-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara Improcedente el pedido de nulidad de la resolución 01 y 02 formulada por la Municipalidad Distrital Alto de la Alianza. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00694-2015-77-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 07, que declara Infundada la oposición interpuesta por el Gobierno Regional de Tacna contra la resolución N° 01 que declara fundada la medida cautelar a favor de José Wilber Mamani Perca. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01700-2014-87-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 05 que declara Infundada la oposición formulada por el Municipalidad Distrital de Pocollay contra la resolución N° 01. COLEGIADO GC FA TP Expediente N° 01426-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 01, que declara Improcedente la demanda interpuesta por Ynez Eugenia Atencio Calizaya contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue sobre impugnación de actos administrativos. Dejar a salvo su derecho a revisar la ejecución de sentencia N° 00807-2012-0-2301-JR-LA-02. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00927-2016-74-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 01, que declara Improcedente la solicitud de medida cautelar solicitada por la Empresa C & C TRANSPORT AND SERVICES S.R.L. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 01524-2011-73-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 04, que declara Infundada la Oposición a la medida cautelar interpuesta por Gobierno Regional de Tacna contra la medida cautelar dictada a favor de Jorge Condori Huanacuni. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00982-2016-0-2301-JR-LA-02 CONFIRMARON la resolución N° 03, que declara la nulidad de todo lo actuado hasta fjs. 18. Declara Improcedente la demanda interpuesta por Lourdes Casilda Vásquez de Bejarano contra la Dirección Ejecutiva del Hospital Hipólito Unánue de Tacna sobre cumplimiento de norma legal y nulidad de acto administrativo y dejar a salvo su derecho de pretensión de la ejecución de sentencia. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00937-2016-0-2301-JR-LA-02 IMPROCEDENTE el recurso de apelación de la sentencia interpuesto por la demandada. ANULARON el concesorio de su propósito de la resolución N° 07. COLEGIADO GC FA AG Expediente N° 00551-2017-0-2301-JR-LA-02 APROBARON la resolución N° 01, DECLARARON competente al Tercer Juzgado Especializado de Trabajo de Tacna y DISPUSIERON se le remita los actuados. COLEGIADO GC FA AG

DESPACHO TREINTA Y UNO DE OCTUBRE DEL 2017 36.

Expediente N° 00986-2017-33-2301-JR-LA-01 CONFIRMARON la resolución N° 01 que declara IMPROCEDENTE la solicitud cautelar dentro del proceso presentado por Wendy Noelia Vargas Salazar. COLEGIADO GC FA AG

Miércoles, 14 de febrero del 2018

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

ROL DE AUDIENCIAS PROGRAMADAS EN EL MODULO PENAL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA Fecha: LUNES 12 DE FEBRERO del 2018 Nro. Expediente 1 2013-01532-57 2 2017-00304-35 3 2017-02628-9 4 2015-00211-95 5 2015-02540-34 6 2013-00735-84 7 2018-00195-13 8 2013-00871-22 9 2009-01434-80 10 2010-01350-27

Organo Jurisdiccional SALA DE APELACIONES - Sede Central 1° JUZ. UNIPERSONAL - Sede Central 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED 2° JUZG. UNIPERSONAL - FLAGRANCIA, OAF Y CEED JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL

Sala AudienciaHora SALA 01 PENA 15:30 SALA 1 JUNI -2 08:30 SALA 2 JUNI - 09:00 SALA 2 JUNI - 09:30 SALA 2 JUNI - 10:00 SALA 2 JUNI - 10:30 SALA 2 JUNI - 11:30 SALA 2 JUNI - 12:00 SALA NUEVO 08:00 SALA NUEVO 12:50

Delito Falsificación de documentos. Daños Omisión de asistencia familiar Apropiación ilícita. Omisión de asistencia familiar Peculado doloso Omisión de asistencia familiar Peculado doloso Lavado de Activos Violación sexual de menor de edad

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Miércoles, 14 de febrero del 2018

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE TACNA SALA ESPECIALIZADA PENAL DE APELACIONES SEMANA DEL 12 AL 16 DE FEBRERO DEL 2018 TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 12 DE FEBRERO DEL 2018 Nro. Expediente Hora Organo Juris Sala AudiencTipo de Audi Delito 1 2016-0010610:00 JUZGADO PESALA 01 PENCONTINUACISecuestro 16:00 JUZGADO PESALA 01 PENINTERVIENE EViolación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad) 2 2016-010493 2016-0104916:00 JUZGADO PESALA 01 PENINTERVIENE EViolación de la libertad sexual (Tipo base). 09:00 JUZGADO PESALA 03 PENAUDIENCIA DPromoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 4 2017-0083716:00 JUZGADO PESALA 03 PENOJO DEBE IN Violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad) 5 2016-010496 2016-0104916:00 JUZGADO PESALA 03 PENOJO DEBE IN Violación de la libertad sexual (Tipo base). 08:15 1° JUZ. UNIPESALA 1 JUNI INICIO VIDEOUso de documentos falsos. 7 2016-017748 2017-0171709:00 1° JUZ. UNIPESALA 1 JUNI TRAFICO DE Tráfico de moneda falsa 10:00 1° JUZ. UNIPESALA 1 JUNI AUD DE CONLesiones leves 9 2015-0095709:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI APERTURA DOmisión de asistencia familiar 10 2017-0155109:30 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI LECTURA DE Falsa declaración en proceso administrativo. 11 2014-0108308:30 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA DOmisión de asistencia familiar 12 2018-0030213 2018-0030309:00 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCA Omisión de asistencia familiar 15:00 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA Omisión de asistencia familiar 14 2018-0030615:30 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA Omisión de asistencia familiar 15 2018-0030708:30 JUZGADO PESALA NUEVOAUTODEFEN Violación sexual de menor de edad (menor de 10 años) 16 2010-0135008:45 JUZGADO PESALA NUEVOOJO ESTA AUPromoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 17 2013-0097318 2013-0097308:45 JUZGADO PESALA NUEVOOJO ESTA AUFormas agravadas de tráfico ilícito de drogas. TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 13 DE FEBRERO DEL 2018 Nro. Expediente Hora Organo Juris Sala AudiencTipo de Audi Delito 12:00 1° JUZ. UNIPESALA 1 JUNI AUD DE JUIC Omisión de denuncia. 1 2013-020292 2013-0202912:00 1° JUZ. UNIPESALA 1 JUNI AUD DE JUIC Incumplimiento de deberes funcionales. 09:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI OAF EDICTOSOmisión de asistencia familiar 3 2017-0230509:30 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CONTINUACIEstafa agravada 4 2015-0144109:30 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CONTINUACIDefraudaciones, fraude procesal,abusode firma en blanco. 5 2015-0144110:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI ALEGATOS FIFabricación o falsificación de sellos o timbres oficiales. 6 2014-016517 2014-0189111:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CONT Falsedad ideológica. 11:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CONT Peculado doloso 8 2014-0189108:30 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA Omisión de asistencia familiar 9 2018-0031909:00 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA Lesiones leves por Violencia Familiar 10 2018-0032009:30 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA Omisión de asistencia familiar 11 2018-0032112 2017-0122910:00 5° JUZGADO SALA 5 JIP- L AUD DE CONLibramientos de cobro indebido 12:00 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA Omisión de asistencia familiar 13 2018-0032612:30 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA Omisión de asistencia familiar 14 2018-0032715:00 2° JUZ. INV. PSALA 5 JIP- L AUDIENCIA Omisión de asistencia familiar 15 2018-0032808:00 JUZGADO PESALA NUEVOSENTENCIA Receptacion Aduanera 16 2015-0062217 2015-0062208:00 JUZGADO PESALA NUEVOSENTENCIA Contrabando 08:45 JUZGADO PESALA NUEVOSENNNNNNNContrabando 18 2010-0168009:00 JUZGADO PESALA NUEVOSENTENCIA I Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 19 2012-0057209:00 JUZGADO PESALA NUEVOSENTENCIA I Formas agravadas de tráfico ilícito de drogas. 20 2012-00572TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 14 DE FEBRERO DEL 2018 Nro. Expediente Hora Organo Juris Sala AudiencTipo de Audi Delito 09:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI INICIO J.O. - POmisión de asistencia familiar 1 2017-0262809:30 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI LECTURA INTApropiación ilícita. 2 2015-0021110:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI JUICIO ORAL Omisión de asistencia familiar 3 2015-025404 2013-0073510:30 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CONTINUACIPeculado doloso 11:30 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI REPROGRAMOmisión de asistencia familiar 5 2018-0019512:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CONTINUACIPeculado doloso 6 2013-0087112:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CONTINUACIPeculado 7 2013-0087112:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CONTINUACIExacción ilegal o cobro indebido. 8 2013-0087108:00 JUZGADO PESALA NUEVOINTEGRA Lavado de Activos 9 2009-0143408:00 JUZGADO PESALA NUEVOINTEGRA Transporte, traslado, ingreso o salida por terriotorio nacional de dinero o títulos valores de origen ilícito 10 2009-0143408:00 JUZGADO PESALA NUEVOINTEGRA Rehusamiento, retardo y falsedad en el suministro de información 11 2009-0143408:00 JUZGADO PESALA NUEVOINTEGRA Omisión de comunicación de operaciones o transacciones sospechosas 12 2009-0143408:00 JUZGADO PESALA NUEVOINTEGRA Consecuencias accesorias aplicables a personas jurídicas 13 2009-0143414 2009-0143408:00 JUZGADO PESALA NUEVOINTEGRA Agravantes y atenuantes 08:00 JUZGADO PESALA NUEVOINTEGRA Actos de ocultamiento y tenencia 15 2009-0143408:00 JUZGADO PESALA NUEVOINTEGRA Actos de conversión y transferencia 16 2009-01434TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 15 DE FEBRERO DEL 2018 Nro. Expediente Hora Organo Juris Sala AudiencTipo de Audi Delito 09:00 SALA DE APESALA 01 PENINFUNDADA Omisión de asistencia familiar 1 2012-0203010:00 SALA DE APESALA 01 PENAPELACION DPromoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 2 2015-0182210:00 SALA DE APESALA 01 PENAPELACION DFormas agravadas de tráfico ilícito de drogas. 3 2015-0182211:00 SALA DE APESALA 01 PENSENTENCIA CPromoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 4 2016-017355 2016-0097512:00 SALA DE APESALA 01 PENAPELACION DViolación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad) 15:00 1° J.INVESTIGSALA 01 PENAUDIENCIA DPromoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 6 2017-0220616:00 3° J.INVESTIGSALA 02 PENREPROGRAMActos contra el pudor en menores (edad víctima: 10-14 años). 7 2016-0254416:00 3° J.INVESTIGSALA 02 PENREPROGRAMFormas Agravadas de la Trata de Personas 8 2016-0254410:00 JUZGADO PESALA 03 PENSENTENCIA Formas Agravadas de la Trata de Personas 9 2016-0083910 2014-0140312:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI LECTURA INTUsurpación 12:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI LECTURA INTUrsurpación Agravada 11 2014-0140315:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CON JUICIO Colusión 12 2008-0177509:00 4° JUZGADO SALA 4 JIP - 1ACUSACION Violación sexual de menor de edad (mayor de 10 y menor de 14 años de edad) 13 2017-0001209:00 5° JUZGADO SALA 5 JIP- L AUDIENCIA Lesiones graves 14 2017-0051315 2017-0051309:00 5° JUZGADO SALA 5 JIP- L AUDIENCIA Lesiones culposas 10:00 5° JUZGADO SALA 5 JIP- L AUDIENCIA Lesiones graves 16 2017-0106511:00 5° JUZGADO SALA 5 JIP- L AUDIENCIA Violación sexual de menor de edad (menor de 10 años) 17 2018-00164TABLA DE VISTAS DE LA CAUSA DEL MARTES 16 DE FEBRERO DEL 2018 Nro. Expediente Hora Organo Juris Sala AudiencTipo de Audi Delito 16:00 1° JUZ. UNIPESALA 02 PENJUICIO ORAL Fabricación, suministro o tenencia ilegal de armas o materiales peligrosos 1 2017-0165416:30 1° JUZ. UNIPESALA 02 PENBENEFICIO P Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 2 2012-0091009:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI CON JUICIO OColusión 3 2008-0177515:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI LECTURA INTUso de documentos falsos. 4 2015-018625 2015-0186215:00 2° JUZG. UNI SALA 2 JUNI LECTURA INTFalsedad ideológica. 09:00 4° JUZGADO SALA 4 JIP - 1SOBRESEIMIEDefraudaciones, fraude procesal,abusode firma en blanco. 6 2017-0225809:00 4° JUZGADO SALA 4 JIP - 1SOBRESEIMIEApropiación ilícita. 7 2017-0225815:00 JUZGADO PESALA 5 JIP- L REVOCACIONHomicidio por emoción violenta 8 2008-0004209:00 JUZGADO PESALA NUEVOOJO ALEGAT Promoción o favorecimiento al tráfico ilícito de drogas. 9 2013-0097310 2013-0097309:00 JUZGADO PESALA NUEVOOJO ALEGAT Formas agravadas de tráfico ilícito de drogas.

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Corte Superior de Justicia de Tacna PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 0085-2018- P-CSJT-PJ Tacna, doce de enero del año dos mil dieciocho.VISTA: La Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha trece de diciembre del año dos mil diecisiete y la propuesta presentada por los señores administradores de la Corte Superior de Justicia de Tacna; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Mediante la Resolución Administrativa de la vista, se dispone que las vacaciones en el Año Judicial 2018, para Jueces y personal auxiliar se harán efectivas del 1 de febrero al 2 de marzo del año dos mil dieciocho. SEGUNDO: El artículo tercero de la Resolución Administrativa de vista, establece que durante el mes de vacaciones de jueces y personal auxiliar a que se refiere el artículo primero de la presente resolución, funcionarán órganos jurisdiccionales de emergencia que designen los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, los cuales seguirán conociendo y tramitando los procesos a su cargo; así como además atenderán exclusivamente las siguientes materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones: Penal: Hábeas Corpus, calificación de denuncias con detenidos, trámite de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones; Civil: Acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso; Familia: Consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores; así como medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el Equipo Multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los Juzgados de Familia en materia tutelar y en las Salas Superiores; Laboral: Consignaciones laborales; y, todas aquellas solicitudes que los jueces de acuerdo a su facultad discrecional consideren de urgente atención en materia Contencioso Administrativo, Constitucional y Previsional, u otras que estimen conveniente. TERCERO: Asimismo, el artículo cuarto, de la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ, señala que en cada Juzgado Penal el personal que se encuentre gozando de vacaciones en el mes de febrero próximo, se designará un técnico judicial o asistente judicial, a fin de que previo inventario y bajo responsabilidad, reciba y tenga a su cargo los expedientes en giro y en archivo, para que se dé trámite a asuntos materia de requerimiento inmersos dentro de lo previsto en el artículo tercero de la Resolución antes mencionada. Al vencimiento del periodo vacacional el técnico judicial o asistente judicial aludido precedentemente deberá retornar, también bajo inventario, los procesos que recibió. CUARTO: El artículo quinto de la Resolución Administrativa de la vista, señala que los jueces y personal auxiliar que no tengan el récord laboral exigido no saldrán de vacaciones y conformarán los órganos jurisdiccionales de emergencia, previa designación del Presidente de la Corte Superior. Los órganos jurisdiccionales de emergencia que recaigan en Juzgados Mixtos, deben cubrirse en forma prioritaria con los referidos jueces. QUINTO: El artículo octavo de la resolución administrativa de la vista, dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, designarán al personal mínimo necesario para el eficaz funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia, quedando facultados a conformar otros que se requieran. Así como adoptar las acciones que resulten convenientes en los casos no previstos. SEXTO: Asimismo, el artículo décimo de la resolución administrativa de la vista, dispone que a partir de la vigencia de la presente resolución, los órganos jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para evitar perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del período vacacional, bajo responsabilidad funcional; motivo por el cual, las audiencias, informes orales y otras actuaciones judiciales fijadas para el mes de vacaciones se reprogramarán de oficio, preferentemente, para el mes de marzo. Las Salas Superiores Penales y Mixtas que se encuentran con audiencias en giro y que no puedan ser concluidas antes de ingresar al período vacacional, deberán hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de los mismos, bajo responsabilidad funcional. SEPTIMO: El artículo undécimo de la resolución administrativa referida, dispone que los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia en las cuales se encuentra vigente el Código Procesal Penal; así como la nueva Ley Procesal del Trabajo, adopten las acciones que resulten convenientes para que el proceso de implementación se cumpla adecuadamente; OCTAVO: Es preciso tener en cuenta que los distintos órganos jurisdiccionales, al 31 de enero de cada año, deben encontrarse en un 9% de avance real de expedientes resueltos en trámite, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Administrativa 419-2014-CE-PJ, por lo cual los magistrados deben velar por el cumplimiento de lo dispuesto en la referida resolución. Por tanto, conforme a la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ, y los artículos 90° y 246° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: PRIMERO: Designar al personal mínimo necesario que tendrá a su cargo el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia durante el periodo vacacional, el cual se hará efectivo del 01 de febrero al 02 de marzo del año dos mil dieciocho: PROVINCIA DE TACNA: SALA PENAL DE APELACIONES EN ADICIÓN A SUS FUNCIONES COMO SALA PENAL LIQUIDADORA DE TACNA, SALAS CIVILES Y SALA LABORAL: Que atenderá los procesos a su cargo en forma integral, y en adición a sus funciones atenderá los procesos correspondientes a la 1° Sala Civil Permanente, 2° Sala Civil Permanente y Sala Laboral Permanente, solo en las materias señaladas en la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ, en lo que corresponda. El órgano jurisdiccional estará integrado por los magistrados: Sr. Gonzalo Fernán Zegarra Ramírez (Presidente), Sr. Manuel Guido Vicente Aguilar y Sr. Luis Antonio Ayca Gallegos, quienes contarán con el siguiente personal auxiliar jurisdiccional: La servidora Jenny Lidia Laqui Alvarado, Especialista de Sala quien en adición a sus funciones se desempeñará como Secretario de Sala de la 1° Sala Civil Permanente, 2° Sala Civil Permanente, Sala Penal Liquidadora y Sala Laboral Permanente, con apoyo de personal contratado a plazo fijo. La servidora Ana María Cerdeña Del Águila, Relatora (e) de la Segunda Sala Civil quien en adición a sus funciones se desempeñará en la Sala Penal de Apelaciones, Sala Penal Liquidadora, 1° Sala Civil Permanente y Sala Laboral. SEGUNDO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL: Sr. Saúl Santos Pastor Tapia, Juez Supernumerario, quien atenderá su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Primer y Tercer Juzgado Penal Unipersonal; e integrará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. Auxiliares jurisdiccionales: Gladys Cecilia Santos Cutipa, como Especialista Judicial de Juzgado, quien se hará cargo del Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Unipersonales, con el apoyo del personal contratado. QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACIÒN PREPARATORIA: Sr. Juan Alonso Portugal Vega, Juez Titular, quien atenderá su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Primer, Segundo, Juzgados de Investigación Preparatoria y el Juzgado de Investigación Preparatoria de Gregorio Albarracín Lanchipa; e integrará el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. Auxiliares jurisdiccionales La servidora Gina Luz Cusco Díaz como Especialista Judicial de Juzgado con apoyo de personal contratado.

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SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACIÒN PREPARATORIA: A partir del 01 al 11 de febrero del presente año la Sra. Gina Pamela Tapia Liendo, Juez Titular, quien se hará cargo de su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Tercer, Cuarto Juzgados de Investigación Preparatoria y el Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza; e integrara el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÒN PREPARATORIA: A partir del 12 de febrero al 02 de marzo del presente año el Sr. Yuri Orlando Maquera Rivera, Juez Titular, quien se hará cargo de su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Tercer, Sexto Juzgados de Investigación Preparatoria y el Juzgado de Investigación Preparatoria de Alto de la Alianza; e integrara el Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial. Auxiliares jurisdiccionales El servidor Percy Juan Nina Quiso como Especialista Judicial de Juzgado con apoyo de personal contratado. JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL: Auxiliares jurisdiccionales Guadalupe Daysi Yucra Maldonado como Especialista Judicial de Juzgado con el apoyo de personal contratado. MESA DE PARTES DEL NUEVO CÒDIGO PROCESAL PENAL: Fiorella Carmen Solorzano Gonzales quien será responsable de dicha área, con el apoyo de personal contratado. Personal Especialista Judicial de Audiencias Susana Margot Pinto Zegarra, Laydy Petronila Villar Aquepucho, Carolina Jarro Espinoza, con el apoyo de personal contratado, quienes se encargarán de llevar a cabo las audiencias que se desarrollen en el Módulo Penal y en todo el distrito judicial de acuerdo a necesidad. TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO DE TRABAJO PERMANENTE DE TACNA: Sra. Sandra Miranda Pérez, Juez Titular quien atenderá su despacho y en adición a sus funciones se hará cargo del 1° Juzgado Especializado de Trabajo, 2° Juzgado de Trabajo Especializado de Tacna y Juzgado de Trabajo Transitorio en lo que respecto a materia laboral señalada en la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ, en lo que corresponda, contando con el siguiente personal jurisdiccional: Auxiliares jurisdiccionales: Mery Flores Luque como Secretario Judicial del Área de Apoyo a las Causas, Alicia Maita Cruz como Secretario Judicial en Área de Apoyo al Juez, con el apoyo de personal contratado. CUARTO JUZGADO DE FAMILIA DE TACNA: Sra. Yovana Isabel Zegarra Torres, Juez Titular, atenderá su despacho en forma integral, y en adición a sus funciones atenderá los procesos del Tercer Juzgado de Familia y, a partir del 01 al 15 de febrero del presente año en adición a sus funciones atenderá el Primer Juzgado de Familia y Segundo Juzgado de Familia; en lo que respecta a materia de familia, sólo en las señaladas en la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ. PRIMER JUZGADO DE FAMILIA DE TACNA: A partir del 16 de febrero al 02 de marzo del presente año la Sra. Paola Lourdes Castillo Vicente, Juez Provisional, atenderá su despacho en forma integral, y en adición a sus funciones atenderá los procesos del Segundo Juzgado de Familia y el Juzgado Mixto de Alto de la Alianza en lo que respecta a las materias señaladas en la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ. Auxiliares jurisdiccionales: Segundo Juzgado de Familia: Rossmery Juana Tumba Chura quien se desempeñará como Secretaria Judicial en los juzgados antes mencionados con el apoyo de personal contratado. Equipo Multidisciplinario: Sera atendido por el Psicólogo Rafael Enrique Azocar Prado en forma integral, por la Asistente Social Sra. María Edith Pérez Cohaila del 01 al 15 de febrero del presente año, y por el Asistente Social Sr. Ángel Miguel Díaz Yañez del 16 de febrero al 02 de marzo del presente año. Asistente de Comunicaciones: Sera atendido por el Sr. Juan Alfredo Castro Calderón. PRIMER JUZGADO CIVIL: Sra. Carmen Esperanza Nalvarte, Juez Titular, atenderá su despacho en forma integral, y en adición a sus funciones atenderá los procesos del Segundo Juzgado Civil y Tercer Juzgado Civil; en lo que respecta a materia civil señaladas en la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ, en lo que corresponda, y contará con el siguiente personal auxiliar jurisdiccional: Auxiliares jurisdiccionales: Cristhian Diego Alvites Huisa como Asistente Judicial, con el apoyo de personal contratado. CUARTO JUZGADO CIVIL: Sr. Saúl Felipe Arenas Pérez, Juez Titular, atenderá su despacho en forma integral, y en adición a sus funciones atenderá los procesos del Juzgado Civil Transitorio y a partir del 01 al 15 de febrero del presente año y a partir del 04 al 15 de febrero, el Juzgado Mixto de Alto de la Alianza; en lo que respecta a las materias señaladas en la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ, en lo que corresponda, y contará con el siguiente personal auxiliar jurisdiccional: Auxiliares jurisdiccionales: Gian Carlos Ponce Huanacuni como Secretario Judicial, con el apoyo de personal contratado. PRIMER JUZGADO DE PAZ LETRADO: A partir del 01 al 15 de febrero del presente año la Sra. Kati Verónica Antonio Damián, Juez Supernumerario, quien se hará cargo de su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Segundo, Tercer Juzgado de Paz Letrado, Juzgado de Paz Letrado Laboral y el Juzgado de Paz Letrado de Tarata, solo en las materias señaladas en la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ. JUZGADO DE PAZ LETRADO E INVESTIGACIÒN PREPARATORIA DE TARATA: A partir del 16 de febrero al 02 de marzo del presente año el Sr. Jorge Enrique Rodríguez Tanta, Juez Supernumerario, quien se hará cargo de su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Primer, Segundo y Tercer Juzgado de Paz Letrado y Juzgado de Paz Letrado Laboral, solo en las materias señaladas en la Resolución Administrativa N° 340-2017-CE-PJ, en lo que corresponda. Auxiliares jurisdiccionales: Elizabeth Ríos Cárdenas como Secretario Judicial, con el apoyo de personal contratado a plazo fijo. JUZGADO MIXTO DE TARATA: Sr. Pedro Huver Machaca Condori, Juez Supernumerario, quien se hará cargo de su despacho en forma integral y en adición a sus funciones atenderá el Juzgado Mixto de Jorge Basadre y a partir del tres de febrero al dos de marzo, el Juzgado Mixto de Candarave, solo en las materias señaladas en la Resolución Administrativa N° 340-2017CE-PJ, con el siguiente personal auxiliar jurisdiccional: Auxiliares jurisdiccionales: Oswaldo Javier López Flores como Secretario Judicial, Miguel Angel Yufra Quesocalla como Asistente de Comunicaciones, con el apoyo de personal contratado a plazo fijo. MESA DE PARTES ÙNICA Del 01 al 15 de febrero del presente año a cargo de la Sra. Jacqueline Ofelia Silva Zegarra, del 16 de febrero al 02 de marzo del presente año a cargo del Sr. Carlos Muñoz Ortega, con apoyo del siguiente personal: Rosa Guissela Noa Tamara, Rómulo Donato Ale Yunga y personal contratado. CENTRO DE EMISIÒN DE REPORTES DE ORIENTACIÒN AL PUBLICO DE LOS JUZGADOS ESPECIALIZADOS (CIVIL, LABORAL Y FAMILIA) Y PAZ LETRADO; Y ARCHIVO DE LOS JUZGADOS CIVILES Y LABORAL: Sr. Gabriel Jorge Angelo Huamani. REGISTRO DISTRITAL DE CONDENAS Del 01 al 10 de febrero del presente año a cargo de la Sra. Elva Janampa Ramirez, del 11 de febrero al 02 de marzo del presente año a cargo del Jefe de la Oficina de Administración Distrital, con el apoyo del personal contratado. CENTRAL DE NOTIFICACIONES Del 01 al 07 de febrero del presente año a cargo del Sr. Roberto Jaime Choque Chura, del 08 de febrero al 02 de marzo del presente año a cargo del Sr. Carlos Muñoz Ortega con apoyo del Sr. Luis Valeriano Apaza Condori como Auxiliar Administrativo I y personal contratado. AREA DE INFORMÀTICA: Claudia Mercedes Mamani Rodríguez con personal de apoyo contratado quien además se hará cargo del área de informática del Módulo Penal. ADMINISTRADOR DEL MÒDULO BASICO DE JUSTICIA DEL DISTRITO ALTO DE LA ALIANZA: A partir del 01 al 15 de Febrero Nelly Ada Torres Valdez y, desde el 16 de Febrero al 02 de Marzo Beatriz Elvira Limache Arocutipa.

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SUPLEMENTO JUDICIAL TACNA

Miércoles, 14 de febrero del 2018

CENTRO DE DISTRIBUCIÒN MODULAR DEL MÒDULO BASICO DE JUSTICIA DEL DISTRITO DE ALTO DE LA ALIANZA Y ÀREA DE ATENCIÒN AL PÙBLICO DEL JUZGADO DE LA INVESTIGACIÒN PREPARATORIA DE ALTO DE LA ALIANZA Y CIUDAD NUEVA: A partir del 01 al 15 de Febrero Nelly Ada Torres Valdez y, desde el 16 de Febrero al 02 de Marzo Beatriz Elvira Limache Arocutipa; con el apoyo de personal contratado. OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA: Sr. Renzo Manuel Medina Chávez, Jefe de ODECMA, atenderá su despacho en forma integral, contando con el apoyo del personal contratado. SEGUNDO: Los jueces y personal auxiliar que trabajen del uno de febrero al dos de marzo del dos mil dieciocho, harán uso de vacaciones según las necesidades del servicio entre los meses de abril a noviembre del mismo año, previa autorización del Presidente de la Corte Superior, siempre y cuando hayan cumplido el récord laboral exigido. TERCERO: Los jueces y personal auxiliar que no salieron de vacaciones en el año dos mil diecisiete, harán uso de su derecho durante el presente año; no obstante, de ninguna manera podrán acumular el goce vacacional de los dos períodos en forma consecutiva. CUARTO: Los órganos jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para evitar perjuicios procesales y materiales a las partes como consecuencia del periodo vacacional, bajo responsabilidad funcional. Motivo por el cual, las audiencias, informes orales y otras actuaciones judiciales fijadas para el mes de vacaciones se reprogramarán de oficio, preferentemente, para el mes de marzo del presente año. QUINTO: La Sala Penal de Apelaciones y los Juzgados Unipersonales, que se encuentren con audiencias en giro y que no puedan ser concluidas antes de ingresar al periodo vacacional, deberán hacer uso de los mecanismos procesales vigentes para evitar el quiebre de los mismos, bajo responsabilidad funcional. SEXTO: Las solicitudes de licencias indebidas que sean presentadas con el fin de evadir el cumplimiento de las labores encomendadas en los órganos de emergencia, serán comunicadas al órgano de control y, de ser el caso, al Ministerio Público. SETIMO: Los jueces y personal auxiliar que gozarán de vacaciones en el mes de febrero próximo, deberán realizar la entrega de cargo correspondiente a los magistrados y auxiliares jurisdiccionales que laborarán en los órganos de emergencia para que se dé trámite a asuntos materia de requerimiento que se encuentren dentro de lo previsto en el segundo considerando de la presente resolución, bajo apercibimiento, en caso de incumplimiento, de ponerse en conocimiento del Órgano de Control para el correspondiente proceso disciplinario. OCTAVO: Por necesidad de servicio y a fin de garantizar adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales de emergencia se podrá desplazar a los servidores y servidoras hacia los órganos que así lo requieran. NOVENO: Póngase en conocimiento la presente Resolución Administrativa al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, al Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Tacna, a la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, al Colegio de Abogados de Tacna, a los Órganos Jurisdiccionales del Distrito Judicial, a la Oficina de Administración Distrital y de quienes corresponda. Disponiéndose además su publicidad en el Diario Judicial. Regístrese, Comuníquese y Publíquese. Jorge Alberto De Amat Peralta Presidente Corte Superior de Justicia de Tacna