2
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Miércoles, 26 de abril del 2017
Avisos Judiciales EDICTOS EDICTO QUE, ANTE LA SUB GERENCIA DE INVESTIGACION Y DEPURACION, DE LA GERENCIA DE REGISTRO DE IDENTIFICACIÓN DEL RENIEC, EL CIUDADANO IDENTIFICADO COMO NINA MENDOZA, EMILIO, CON DNI N° 04626232, HA SOLICITADO LA RECTIFICACIÓN DE SU ESTADO CIVIL DE CASADO A SOLTERO, ARGUMENTANDO QUE NUNCA HA CONTRAIDO MATRIMONIO CIVIL CON NINGUNA PERSONA, LO CUAL SE PONE EN CONOCIMIENTO, A FIN DE QUIENES TENGAN MOTIVOS PARA OPONERSE PUEDAN MANIFESTARSE EN LA FORMA Y EL PLAZO PREVISTO EN EL ARTICULO 74° DEL D.S. N°015-98-PCM. A CYO EFECTO SE OFICIARA Y PUBLIQUESE EN EL DIARIO “LA REPUBLICA”, ASI COMO TAMBIEN EN EL DIARIO “ EL PERUANO”. LIMA, 15 DE MARZO DEL 2017. PEDRO J. RAMOS M. ABOAGO. CAM 2010 (26 ABRIL) EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Mariscal Nieto, Expediente N° 00171-2017-0-2801-JP-CI-02, Especialista Legal Abog. Yossely Lizeth Delgado Aquino, en los seguidos por MIRIAM ELIZABETH MAMANI RAMOS, sobre Proceso no Contencioso de Sucesión Intestada, de su Difunta Madres EUFEMIA GERTRUDES RAMOS RAMOS, fallecida el 19 de Diciembre del 2005, en esta ciudad y Distrito de Moquegua y con el objeto, que se proceda hacer Declarada como su legítima y Universal Heredera a su hija MIRAM ELIZABETH MAMANI RAMOS, llamando a las personas, que se crean con Derecho a la Herencia y hagan valer sus Derechos, realizándose la presente publicación para los efectos de Ley. Moquegua, 21 de Abril del 2017. Adrian Lima Aguilar – Abogado – Reg. CAM 272. Cas. Elect. 8421; Yossely Lizeth Delgado Aquino – Tercera Secretaria del Juzgado de Paz Letrado Familia Civil de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia Moquegua. (26 Abril) EDICTO El Juez del Segundo Juzgado de Paz de Moquegua Dr. ESTEFANY ROJAS CORONEL, Secretario Dr. MELISA MANCHEGO, Exp- 045-2017, RESUELVE: ADMITIR A TRAMITE LA DEMANDA DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA interpuesta por MAURA JESUS CHIRE LIPE, NINFA FELICITAS Eugenia CHIRE LIPE DE ALVAREZ y PEDRO ARCADIO CHIRE LIPE, con relación a la identidad de su señor padre JESUS CHIRE, siendo lo correcto MARIANO JESUS CHIRE debiendo tramitarse en Proceso No Contencioso y se fija fecha para la AUDIENCIA DE ACTUACION y DECLARACIÓN JUDICIAL para el día 26 de abril del presente año, a horas DIEZ A.M. REGISTRESE Y HAGASE SABER. AUTORIZA LA TESTIGO ACTUARIO POR PERIODO VACACIIONAL DE LA SECRETARIA JUDICIAL. Moquegua 19 de Abril del 2017. Marcos Noel Calizaya Pinto – Abogado. C.A.M N° 20; Abog. Rita Mamani Apaza – Testigo Actuario. Juzgado de Paz Letrado Familia Civil – Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26 Abril) EDICTO JUDICIAL EDICTO JUDICIAL Ante el Segundo juzgado de Paz letrado Familia- Civil de Mariscal Nieto a cargo de la Dra. ESTEFANY ROJAS CORONEL, especialista Dra. KARINA PANTOS LINARES mediante Resolución N° 01 del 11 de abril del 2017 se resolvió admitir a trámite vía proceso no contencioso la solicitud de rectificación de Acta de Defunción presentada por ERLY FILIMON GUTIERREZ COLANA solicitando la rectificación del estado civil de su madre CRISTINA COLANA DE GUTIERREZ, de tal manera que figure en lo sucesivo
con el nombre de CRISTINA COLANA HERRERA, disponiendo el Juzgado fijar fecha para la actuación y declaración de pruebas el día 18 de Mayo del 2017 a horas doce y quince minutos, se pone de conocimiento de quienes puedan oponerse para hacer valer su derecho conforme a Ley. Moquegua, 21 de Abril del 2017. Boris G. Ocampo Paredes – Abogado. CAM 207; Karina Pantos Linares – Segunda SECRETARIA DEL Juzgado de Paz Letrado Familia – Civil de Mariscal Nieto. Corte Superior de Justicia de Moquegua. (26 Abril) EDICTO JUDICIAL El 2do Juzgado Mixto de la Corte Superior de Moquegua, con intervención de la señora especialista legal Dra. GABY NINA ESCOBAR, mediante resolución N° 2, recaído en el EXPEDIENTE JUDICIAL N° 00370-2016-0-2801-JM-CI-02, se ha resuelto admitir la demanda sobre nulidad de acto jurídico, en contra de Juan Oquendo Cutipa, Mario Oquendo Cutipa, Renao German Ari Cruz, Edwin Oquendo Cruz, Buenaventura Oquendo Quispe y la Sucesión de doña Dominga Cruz Ari, en la vía de proceso de conocimiento, traslado de la demanda por 30 días, en dicha resolución, el Señor Juez a dispuesto que se notifique por edictos la resolución N° 2 a la sucesión de la señora DOMINGA CRUZ ARI, bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal, téngase por ofrecido los medios probatorios. Moquegua, 25 de abril del 2017. Francisco Edgar Flores Mita – Abogado. Reg. C.A.M. N°237. Abog. Gaby Edith Nina Escobar – Secretaria Judicial – Segundo Juzgado Mixto de Mariscal Nieto – Corte Superior de Justicia de Moquegua (26-27-28 Abril) EDICTO JUDICIAL DE RECTIFICACION DE PARTIDA Por ante el 1ER JUZGADO MIXTO DE MARISCAL NIETO, que despacha como Juez la Doctora LIDIA JOSEFINA VEGA VALENCIA, Especialista Legal: JAIME TARQUI PEDRAZA, se viene tramitando el Exp. N° 084-2017-0-2801-JM-CI-01, sobre Rectificación de Partida en la modalidad de CAMBIO DE NOMBRE que sigue MARILÚ MARIBEL, SAIRA AMESQUITA, en representación de su menor hija ALISSON SAMARA, PACHECO SAIRA, solicitando su CAMBIO DE NOMBRE, quedando en lo sucesivo como GÉNESIS SAMARA, PACHECO SAIRA. Mediante Resolución N° 03, se ha admitido a trámite la solicitud de CAMBIO DE NOMBRE; - Se ha dispuesto la publicación por una sola vez en la forma prevista en el Artículo 828 del Código Procesal Civil; -- señalando fecha para llevarse a cabo la AUDIENCIA DE ACTUACION Y DECLARACION JUDICIAL para el día DIECIOCHO DE MAYO del año en curso a las DIEZ HORAS, en la Sala del Juzgado. Moquegua, 21 de Abril del 2017. (26-27-28 Abril)
indicada para el día 24 DE MAYO DE 2017 a las 12:00 horas del mediodía en la Sala de Audiencias N° 07 de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicada en Malecón Ribereño S/N – Moquegua, disponiendo además de la notificación ordinaria, la notificación por medio Edictal y por intermedio de la Policía Nacional del Perú en vía excepcional. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 24 de abril de 2017. (26-27-28 Abril) NOTIFICACION POR EDICTO PENAL Expediente Nº 00116-2017-26-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don CARLOS ALBERTO CANAZA CORDOVA identificado con DNI Nº 04432392, que en el proceso inmediato seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales J.F.C.F. representado por Marleni Flores Lazo, mediante Resolución Nº 001 de fecha 10 de febrero de 2017, se ha dispuesto CITARLO a la Audiencia Única de Juicio Inmediato, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia; asimismo que mediante Resolución N° 004 dictada en la Audiencia Única de Juicio Inmediato de fecha 20 de abril de 2017 se ha dispuesto reprogramar la audiencia para el día 26 DE MAYO DE 2017 a las 12:00 horas del mediodía en la Sala de Audiencias N° 07 de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicada en Malecón Ribereño S/N – Moquegua, sin perjuicio de reintentarse la comunicación vía telefónica. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 24 de abril de 2017. (2627-28 Abril) NOTIFICACION POR EDICTO EXPEDIENTE N° 00574-2015-86-2802-JR-PE-01, PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO, JUEZ : Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abog. GEOVANNA MONTOYA TEJERINA, La Señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de llo, hace de conocimiento al sentenciado Williams Curasi Cruz que, se ha REPROGRAMADO la audiencia de revocación de la suspensión de la pena, en la presente causa, para el día DIEZ DE MAYO DEL AÑO 2017 A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias sito en Jr. Matará Nro. 325 de la ciudad de llo, debiendo asistir de manera obligatoria el propio sentenciado. llo, 24 de abril de 2017. (25, 26, 27 Abril).
NOTIFICACION NOTIFICACION POR EDICTO PENAL Expediente Nº 00212-2017-68-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don ANGEL COLQUE MENESES identificado con DNI Nº 44549186, que en el proceso inmediato seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales S.M.C.G. representado por Patricia Hermelinda Gonzales Colque, mediante Resolución Nº 001 de fecha 20 de febrero de 2017, se ha dispuesto CITARLO a la Audiencia Única de Juicio Inmediato, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia; asimismo que mediante Resolución N° 003 dictada en la Audiencia Única de Juicio Inmediato de fecha 19 de abril de 2017, se ha dispuesto reprogramar la audiencia
NOTIFICACION POR EDICTO PENAL Expediente Nº 00114-2017-74-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don RUSBER NAPOLEON CALLA TALA identificado con DNI Nº 42177483, que en el proceso inmediato seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales C.L.C.P. representado por Lizeth Isabel Paucara Calizaya, mediante Resolución Nº 001 de fecha 21 de abril de 2017, se ha dispuesto CITARLO a la Audiencia Única de Juicio Inmediato, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia; programando la audiencia para el día 07 DE JUNIO DE 2017 a las 14:30 horas en la Sala de Audiencias N° 07 de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicada en Malecón Ribereño S/N – Moquegua. Fdo.
Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 21 de abril de 2017. (25-26-27 Abril) NOTIFICACION POR EDICTO Ante el Juzgado Especializado de Trabajo de Ventanilla, que despacha la Señorita Juez Dra. Narda Katherine Poma Alosilla, con la intervención del Especialista Legal Dr. Marco Antonio Araujo Portocarrero, en el Expediente N°001342011, en los seguidos por FROILAN PERCY GARCIA MADUEÑO contra EMPRESA PESQUERA ISLA DE ONS SAC, EMPRESA PESQUERA SANTA MONICA S.C.R.L. Y COMO LITISCONSORTE A PESQUERA VILLA DEL MAR S.R.L. sobre PAGO DE BENEFICIOS LABORALES; la Judicatura mediante resolución número treinta y uno de fecha veintinueve de marzo de dos mil diecisiete, ha dispuesto se proceda a la notificación por edicto al litisconsorte pasivo PESQUERA VILLA DEL MAR S.R.L. Y LA DEMANDADA PESQUERA SANTA MONICA S.C.R.L., con un extracto del auto admisorio y la resolución veinticuatro de fecha 02 de marzo del 2016m a fin que dentro del término de ley, se apersone al proceso bajo apercibimiento de nombrarse curador procesal. Siendo las transcripciones las siguientes: “Resolución número 01.- Ventanilla doce de setiembre de dos mil once.- (…) ADMÍTASE la demanda interpuesta por FROILAN PERCY GARCIA MADUEÑO contra EMPRESA PESQUERA SANTA MONICA S.C.R.L. Y EMPRESA PESQUERA ISLA DE ONS SAC sobre PAGO DE BENEFICIOS LABORALES, en la Vía de Proceso Ordinario laboral, córrase TRASLADO a las demandadas por el termino de DIEZ días (…). Por otro lado, “RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTICUATRO.- Ventanilla, dos de marzo del dos mil dieciséis.- (…) Primero: Que, mediante escrito de fecha 21 de octubre del 2014, la parte demandante solicita la sucesión procesal de la EMPRESA PESQUERA SANTA MONICA S.C.R.L por la EMPRESA PESQUERA CENTINELA SAC, bajo el fundamento que el presente proceso versa sobre incumplimiento de las disposiciones legales y otros, dirigida contra PESQUERA SANTA MONICA S.C.R.L. Y LA EMPRESA PESQUERA ISLA DE ONS; refiere que la demandada PESQUERA SANTA MONICA S.C.R.L ha sido primera propietaria de la embarcación de pesca industrial “Nancy” de matricula IO- 0944 PM quien transfirió la propiedad de la embarcación a la PESQUERA VILLA DE MAR SRL la misma que la que la transfirió a Pesquera Ribaudo SA, quien a su vez lo transfirió la propiedad de la embarcación a la PESQUERA VILLA DE MAR SRL la misma que la transfirió a Pesquera Ribaudo SA, quien a su vez lo transfirió a Inversiones Alamare SA, quien último lo transfirió a Pesquera Centinela SAC; quien adquirió el dominio y propiedad en virtud de la fusión por absorción celebrada con su anterior propiedad en virtud de la fusión por absorción celebrada con su anterior propietaria, ello conforme al artículo 344 numeral 2 de la Ley General de Sociedades; Quinto: Se desprende de los documentos anexados que obra copia literal de la partida N°50000067 (folio 208), que la empresa pesquera Santa Mónica S.C.R.L, vendió la embarcación pesquera “Nancy” a la pesquera Villa del Mar S.R.L con fecha 23 de noviembre del 2009, siendo que en esa fecha la embarcación “Nancy”, donde señala realizaba sus labores de tripulante, ya pertenecía a la pesquera Villa del Mar S.R.L, por lo que el demandante habría laborado para ésta pesquera por el periodo del 23 de noviembre al 21 de diciembre del 2009, motivo por el cual debe incorporársele en el proceso en la calidad de Litisconsorte pasivo a la pesquera Villa del Mar S.R.L. Que el artículo 108 del Código Procesal Civil señala: “(…) la sucesión procesal cuando: (…) 2. Al extinguirse o fu-
sionarse una persona jurídica, sus sucesores en el derecho discutido comparecen y continúan el proceso (…); por lo expuesto y concurriendo los presupuestos procesales y condiciones de la acción exigidos se considera procedente INCORPORESE EN EL ESTADO DEL PROCESO A LA PESQUERA VILLA MAR S.R.L. EN LA CALIDAD DE LITIS CONSORTE PASIVO, por el término de DIEZ DÍAZ para intervenga en el proceso (…)”. Ventanilla, 12 de abril de 2017 Marco Antonio Araujo Portocarrero – Secretario Judicial – Modulo Corporativo Laboral – NLPT – Corte Superior de Justicia de Ventanilla.(24-25-26 Abril) EDICTO PENAL NOTIFICACION POR EDICTO PENAL Expediente Nº 00212-2017-68-2801-JR-PE-02. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se NOTIFICA a don ANGEL COLQUE MENESES identificado con DNI Nº 44549186, que en el proceso inmediato seguido en su contra por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar en agravio del menor de iniciales S.M.C.G. representado por Patricia Hermelinda Gonzales Colque, mediante Resolución Nº 001 de fecha 20 de febrero de 2017, se ha dispuesto CITARLO a la Audiencia Única de Juicio Inmediato, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su captura a nivel nacional en caso de inasistencia; asimismo que mediante Resolución N° 003 dictada en la Audiencia Única de Juicio Inmediato de fecha 19 de abril de 2017, se ha dispuesto reprogramar la audiencia indicada para el día 24 DE MAYO DE 2017 a las 12:00 horas del mediodía en la Sala de Audiencias N° 07 de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, ubicada en Malecón Ribereño S/N – Moquegua, disponiendo además de la notificación ordinaria, la notificación por medio Edictal y por intermedio de la Policía Nacional del Perú en vía excepcional. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca – Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 24 de abril de 2017. (26-27-28 Abril) EDICTO PENAL Expediente N° 0177-2015-52-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° 177-2015-52-2801-JR-PE-02, seguida en contra de Leonidas Tapullina Vidurrizaga, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de la menor de iniciales MAJTB Rep. por su madre Mirella Teodora Becerra Mamani; el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a LEONIDAS TAPULLINA VIDURRIZAGA, con el Índice de Audiencia de fecha 24 de abril del 2017, mediante la cual SE RESUELVE: REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 25 DE MAYO DEL AÑO EN CURSO a las DIEZ HORAS en la Sala de Audiencias N° 03 de esta Corte Superior de Justicia de Moquegua, quedando la representante del Ministerio Público notificada en el presente acto, DISPONE efectuar la notificación vía edictos al sentenciado inconcurrente; asimismo, dispone efectuar la notificación en su domicilio procesal a la defensa técnica del sentenciado, quien deberá dentro del tercer día de notificado con la presente, presentar justificación debidamente documentada sobre su inasistencia a la presente audiencia, en el entendido que en caso que no justifique su inasistencia, se le aplicará el apercibimiento contenido en la resolución número Diez del año en curso, además de dictarse la exclusión de la defensa y nombrarse o requerírsele al sentenciado que designe abogado particular, bajo apercibimiento de imponérsele un
Miércoles, 26 de abril del 2017
abogado defensor público. REGISTRESE.- FIRMADO: JORGE EDUARDO GARCIA APAZA - JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. Tom Ricardo Palao Villasante - ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 24 de abril del 2017. (26-27-28 Abril) EDICTO PENAL Expediente Nro.: 292-2015-76-2801-JR-PE-03. Juzgado: Tercer Juzgado Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto de la Corte Superior de Justicia de Moquegua. Especialista Legal: Abog. Rosa Barreda Valdivieso. Se hace saber y emplaza: A la imputada EDIZA ALARCON PERALTA, con la resolución N° 14 en la cual SE DISPONE: La reprogramación de la audiencia de Control de Acusación, para el día 24 de Mayo del 2017 a las 15:00 horas en la sala 03.- . Refrendado Magistrado Alberto Arenas Neyra. Moquegua, 19 de Abril de 2017. (25-26-27 Abril) EDICTO PENAL Exp. N° 452-2012-93-2801-JR-PE-02.- PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL. ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO: ABOG. YENY AYDE ANCALLA ROMERO.- En el proceso N° 452-2012-93-2801-JR-PE-02, seguido contra Juan Rolando Serruto Palao y otros, por el presunto delito Colusión, en agravio del Estado Peruano; el señor Juez del Primer Juzgado Penal Unipersonal del Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos al acusado JUAN ROLANDO SERRUTO PALAO con el contenido del índice de audiencia de fecha veinte de abril del dos mil diecisiete, mediante la cual se resuelve: “REPROGRAMAR LA INSTALACION DE JUICIO ORAL para el día QUINCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECISIETE a las 11:30 HORAS (hora exacta) a llevarse a cabo en la Sala de Audiencias Nro. 05, con la presencia obligatoria del Señor Representante del Ministerio Público, y del abogado defensor del imputado, (…), en consecuencia, se dispone la notificación de la presente resolución mediante edictos, al acusado Juan Rolando Serruto Palao, (…).- NOTIFIQUESE”.FDO. DR. ERWIN ALEXI RODRIGUEZ BARREDA, JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE MARISCAL NIETO.- FDO. ABOG. YENY AYDE ANCALLA ROMERO, ESPECIALISTA JUDICIAL DE JUZGADO.- Moquegua, 20 de abril del 2017. (25-26-27 Abril) EDICTO PENAL Expediente N° 0276-2013-12-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. En el proceso N° Nº 276-2013-12-2801-JR-PE-02, seguida en contra de José Luis Rodríguez Seminno, por el delito de Estafa Generica, en agravio de Sabina Ramos Chipana y otros.; el señor Juez encargado del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto SE NOTIFIQUE por Edictos a los agraviados, OLIVER JOEL CALIZAYA GUTIERREZ, SANDRA ZULEMA MAMANI CONDORI Y EDISON DANIEL TORRES PARPASI, con la resolución número 01 de fecha 12 de abril del 2017, mediante la cual se resuelve: 1) Dar inicio a la Etapa de Ejecución de Sentencia, en consecuencia fórmese el cuaderno de ejecución con copia certificada de la resolución N° 10 (Sentencia Nro. 04-2017) de fecha nueve de febrero del dos mil diecisiete (la cual fue corregida mediante la resolución N° 13 de fecha veintitrés de marzo del 2017) y las demás piezas procesales pertinentes; y se dispone el archivo definitivo del expediente y demás cuadernos que se hayan generado, debiendo ser remitidos al Archivo Central de la Corte Superior de Justicia de Moquegua para su conservación y custodia. 2) Exhortar a los sentenciados MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ SEMINO, JOSE LUIS RODRIGUEZ SEMINO y MARIA DEL CARMEN RODRIGUEZ SEMINO, que cumplan durante el periodo de prueba de DOS AÑOS, con las siguientes reglas de conducta: 1) Los sentenciados no cometerán nuevo delito doloso.2) Comparecer personal y obligatoriamente al Juzgado de Ejecución cada sesenta días para informar y justificar sus actividades. 3) La prohibición de
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
concurrir a bares, cantinas, casa de cita casas de juego y similares donde pueda gastar o dilapidar sus bienes. 4) Cumplir con el pago íntegro de la Reparación Civil. En caso de incumplirlas reglas de conducta impuestas, previo requerimiento del Fiscal, se aplicara lo dispuesto en el artículo 59 del Código Penal. Asimismo ofíciese a la Policía Judicial de Moquegua a fin que vigile el cumplimiento de las reglas de conducta impuestas en la sentencia. 3) Se le REQUIERE al sentenciado que cumplan con asistir al Juzgado cada sesenta días (el último día hábil del mes que le corresponde) a fin de registrar su firma. 4) Se REMITA copias certificadas al Ministerio Público respecto de la persona de GODOFREDO GUILLERNO VILLEGAS MENDEZ, conforme lo dispuesto en la resolución N° 10 (Sentencia Nro. 04-2017) de fecha nueve de febrero del dos mil diecisiete. REGÍSTRESE Y HÁGASE SABER.FIRMADO. JORGE EDUARDO GARCIA APAZA JUEZ SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. VANESSA MALAGA BUSTAMANTE ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 12 de abril del 2017. (25-26-27 Abril) EDICTO PENAL Expediente N° 0214-2017-0-2801-JR-PE-02. PRIMER JUZGADO DE PROCESO INMEDIATO PARA DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN DE MARISCAL NIETO. En el proceso Nº 214-2017-0-2801-JRPE-02, seguida en contra Matium Leonel Mamani Becerra, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de los menor de iniciales L.M.L.M.V. representados por Bianca Patsy Winie Valdivia Navarro; el señor Juez encargado del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, ha dispuesto mediante acta de audiencia de fecha once de abril del presente año, NOTIFIQUESE por Edictos a MATIUM LEONEL MAMANI BECERRA, con el acta de audiencia de fecha 11 de abril del 2017, mediante la cual se DISPONE: 1) REPROGRAMAR la presente audiencia para el día ONCE DE MAYO del año en curso, a las DIEZ HORAS, Sala de Audiencias N° 003 de la Corte Superior de Justicia de Moquegua 2) La NOTIFICACIÓN vía edictos al investigado Matium Leonel Mamani Becerra con la reprogramación de la presente y un extracto del requerimiento fiscal del Requerimiento de Incoación a Proceso Inmediato: Que, de conformidad con lo establecido en los artículo 446° numeral 4 del Código Procesal Penal, acudo a su despacho para efectos de requerir la instauración del Proceso Inmediato en la presente investigación preliminar, seguida en contra de Matium Leonel Mamani Becerra, por delito Contra la Familia en la modalidad de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el Primer Párrafo del Artículo 149° del Código Penal en agravio del menor de iniciales L.M.L.M.V. representada por su progenitora Bianca Patsy Winie Valdivia Navarro, ello al haber omitido dolosamente pagar las pensiones alimenticias en el proceso N° 00413-2011-0-2801 a favor de su menor hijo, pensiones alimenticias que comprenden al periodo del mes de junio del 2012 al mes de diciembre del 2014, y que ascienden a la suma de S/9344.39 soles, pese a que por Resolución N° 20 de fecha 18 de marzo del 2015 fue requerido debidamente a fin de que pague dicho monto en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Público en caso de incumplimiento. FIRMADO: DR. ERLY ALEJO CRUZ - JUEZ DEL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO. Y ABOG. PAOLA WIRLLOS KOC, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 21 de abril del 2017. (25-26-27 Abril) EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 110-2017-0-2802-JR-PE-01, Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de lío - Corte Superior de Moquegua Juez: Abog. Edgardo Carpio Yzaguirre, Especialista Legal: Abog. Geovanna Montoya Tejerina, El señor Juez del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de 110, que suscribe ha dispuesto NOTI-
FICAR a: con la resolución N° 04 QUE RESOLVIO: SE RESUELVE: Primero Declarar por no instalada la audiencia de incoación de proceso inmediato fijada para el día de la fecha, por defectos de notificación a la parte incoada. Segundo Téngase por modificado el requerimiento de incoación inmediata postulada por el Ministerio Publico con fecha 13 de febrero de 2017, considerando dentro de las generales de ley de la parte imputada como domicilio real de éste último a Enrique Milla N° 133 Los Olivos departamento de Lima, además debe notificarse a este incoado vía edictos. Tercero Reprográmese la realización de la audiencia de incoación de proceso inmediato para el día VEINTICUATRO de ABRIL del año dos mil diecisiete a horas NUEVE de la mañana, en la sala de audiencias sito en la calle Matará N° 325 de la ciudad de llo, fecha que se consigna en razón de la ubicación geográfica del domicilio real del incoado. Cuarto Se ordena que el día la especialista encargada de tramitar la presente causa efectúe las notificaciones de rigor a la parte incoada, así como también a los demás sujetos procesales que no hayan asistido a esta audiencia. Quinto se precisa tanto el Ministerio Publico como la Defensa Técnica de la parte incoada, así como la parte agraviada asistente quedan notificados para que asistan a la audiencia de incoación de proceso inmediato ya fijado, dejando claro que queda subsistentes los apremios contenidos en la resolución Nro. 01 de fecha 13 de febrero del año 2017. llo, 20 de marzo de 2017. (24, 25, 26 Abril). EDICTO PENAL EXPEDIENTE N° 00574-2015-86-2802•JR-PE-01, PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ILO JUEZ: Abog. JACKIE MARLENE MARIÑAS ZOTO, ESPECIALISTA: Abog. JEIMY LIDIA SILVA ZEGARRA, La Señora Juez, del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de llo, que suscribe, ha dispuesto mediante resolución 14 de fecha 04 de abril de 2017, NOTIFICAR A WILLIAMS CURASI CRUZ: Estando a la solicitud presentada por Sandra Odila Limachi Muñoz, Fiscal Provincial del Primer Despacho de Decisión Temprana de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de llo, sobre Revocación de la Suspensión de la Pena y hacerla efectiva, se señala fecha para la AUDIENCIA DE EJECUCION, para el día VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL DIECISIETE, a las DIEZ DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizará en la Sala de Audiencias Nro. 01 del Juzgado de Investigación. Preparatoria de Ilo, ubicada en la Calle Matará N° 325. Con la asistencia obligatoria de la Fiscal, bajo apercibimiento de comunicar a la Oficina de Control Interno del Ministerio Público y del abogado defensor del sentenciado, bajo apercibimiento de imponer multa de una unidad de referencia procesal (1 URP) y de comunicar a su Superior; ambos en caso de inasistencia injustificada, disponiéndose la notificación del sentenciado a través de edictos judiciales. llo, 06 de abril de 2017. (24, 25, 26 Abril). EDICTO PENAL Expediente N° 0228-2017-0-2801-JR-PE-02. SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE PROCESO INMEDIATO PARA DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN DE MARISCAL NIETO. En el proceso Nº 228-2017-0-2801-JR-PE-02, seguida en contra Ruben Mamani Ramos, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de los menor de iniciales C.J.M.R. representada por Bernandina Ramos Quispe; el señor Juez del Segundo Juzgado Unipersonal de Proceso Inmediato para delitos de Flagrancia, Omisión a la Asistencia Familiar y Conducción en Estado de Ebriedad o Drogadicción de Mariscal Nieto, ha dispuesto se notifique vía edictos al PROCESADO RUBEN MAMANI RAMOS con el contenido de la Resolución N° 01 (de fecha siete de abril del dos mil diecisiete). DADO CUENTA: Por recibido los actuados remitidos por el Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto mediante Oficio Nro. 357-2017-1°JIPMNCSJMO- PJ; por lo que siendo su estado, y de con-
formidad al Acuerdo Plenario Extraordinario N° 2-2016/CIJ- 116 de fecha 01 de junio de 2016; SE DISPONE; CITAR A AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, a los sujetos procesales: a) Acusado: RUBEN MAMANI RAMOS; identificado con DNI N° 80214405, quien deberá ser notificado vía edictos en el diario de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz o ausente y disponerse su CAPTURA a nivel nacional, en caso de inasistencia. b) Defensor de Acusado; abogado defensor público JAIME HENRRY CHIRINOS; deberá ser notificado y citado en su casilla electrónica señalada en autos, bajo apercibimiento en caso de inasistencia, de imponérsele MULTA ascendente a 3 URP (Unidades de Referencia Procesal), sin perjuicio de, ponerse en conocimiento de su institución y Colegio Profesional, el abandono de la defensa, así como disponerse su subrogación del caso, debiendo emitirse cédula de notificación a nombre de dicho profesional. c) Ministerio Público; fiscal JOSE ANTONIO HERNANI NEYRA ZEVALLOS, del Primer Despacho de Decisión Temprana de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Mariscal Nieto, bajo apercibimiento, de disponerse su exclusión y requerirse su reemplazo al Fiscal Superior en grado sin perjuicio de poner en conocimiento de su Órgano de Control, debiendo ser notificado en su casilla electrónica señalada. d) Agraviado(a): MENOR DE INICIALES C.J.M.R. representado por su madre BERNARDIBA RAMOS QUISPE; quien deberá ser notificado en su domicilio real señalado en autos. SE SEÑALA fecha para llevarse a cabo la audiencia el día 27 DE ABRIL DEL 2017 a las 09:30 HORAS, en la sala de Audiencias Nro. 03 del Módulo Penal de Mariscal Nieto, sito en Av. Malecón Ribereño S/N – Moquegua. Se previene a las partes que en verificarse que concurren después de la hora programada, motivando la dilación de la instalación de la audiencia, se impondrá multa ascendente a 1 URP (Unidad de Referencia Procesal), sin perjuicio de ponerse en conocimiento de su Órgano de Control, de ser el caso. Asimismo un extracto del requerimiento Acusatorio: ARTURO ELOY PACHECO VILLAGRA, Fiscal Provincial Penal del Primer despacho de Decisión Temprana de la Fiscalía Penal Corporativa de Mariscal Nieto del Distrito Judicial de Moquegua. Que, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 159° inciso 1) y 5) de la Constitución Política del Estado, concordante con los artículos 1) y 11) del D. Leg. N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y dentro de los alcances previstos en los artículo 336°, inciso 4) y 349° del Código Procesal Penal, acudimos a su digno despacho para formular acusación en contra de RUBEN MAMANI RAMOS por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, previsto en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal, en agravio del menor de iniciales C.J.M.R. representando por su progenitora Bernardina Ramos Quispe, HECHO ATRIBUIDO AL ACUSADO: Se atribuye al imputado RUBEN MAMANI RAMOS haber omitido dolosamente pagar las pensiones alimenticias fijadas en el proceso de alimentos N° 00653-2013-0-2801-JP-FC-02 a favor de su menor hijo de iniciales C.J.M.R. representando por su progenitora Bernardina Ramos Quispe, pensiones alimenticias que comprenden al periodo del mes de diciembre del 2013 al mes de marzo del 2016, y que ascienden a la suma de S/ 9,763.06 soles, pese a que por resolución N° 16 de fecha 12 de mayo del 2016 fue requerido debidamente a fin de que pague dicho monto en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de remitirse copias al Ministerio Público en caso de incumplimiento. TIPIFICACIÓN DEL HECHO.- Para la calificación jurídica del delito vamos a precisar el ilícito incurrido por el autor analizando sus presupuestos típicos a) TIPO PENAL: Omisión a la Asistencia Familiar, conducta prevista en el artículo 149° primer párrafo del Código Penal “El que omite cumplir su obligación de prestar los alimentos que establece una resolución judicial será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años, o con prestación de servicios comunitarios de veinte a cincuenta y dos jornadas, sin perjuicio
3
de cumplir el mandato judicial”. FIRMADO. DR. JALIXTO SUCAPUCA RAUL EMILIANO, JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE PROCESO INMEDIATO PARA DELITOS DE FLAGRANCIA, OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR Y CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DROGADICCIÓN. ABOG. VANESSA CARLA CHOQUECAHUA CCAMA, ESPECIALISTA JUDICIAL MODULO PENAL.- Moquegua, 07 de abril del 2017. (21-2425 Abril) EDICTO PENAL Expediente N°0167-2017-68. TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE MARISCAL NIETO – MOQUEGUA. Se cita, emplaza y notifica al señor Gregorio Jesús Vilca Mamani, con la Resolución Nro.01 de fecha 03 de febrero 2017, que dispone: CORRER TRASLADO por el termino de TRES DÍAS ÚTILES con el requerimiento de Levantamiento de Secreto de las Comunicaciones solicitado por el representante del Ministerio Público, ello de conformidad con lo establecido en el Artículo 203° inciso 2 del Código Procesal Penal con el objeto de que las empresas de servicio público de telecomunicaciones NEXTEL, SAC; TELEFONICA MOVIL SAC; TELEFONICA DEL PERU SAC, AMERICA MOVIL PERU SAC Y CLARO informen respecto de: 1) Datos de Filiación de de los afectados, 2) Registro de datos de las comunicaciones: números telefónicos móviles y fijos que registren los afectados con la medida, fecha, hora y duraciones de las comunicaciones; número telefónico, y datos (nombre completo) del interlocutor, tipo y dirección de la comunicación; datos del lugar del que se comunicaron los afectados con la medida (nombre dirección código), y todo aquel otro dato de la comunicación que registre. 3) Mensaje de texto enviados y/o recepcionado entre las líneas que registren los afectados 4) los titulares de las líneas con las que se mantuvo comunicación. 5) Reporte de llamadas realizadas entre las personas cuya autorización se solicita. Información que se requiere del periodo comprendido desde 01 de marzo del 2011 hasta el 30 de junio de 2011, todo, Dr. Alberto Fernando Arenas Neyra – Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Mariscal Nieto, Abog. Lisker Germán Falcón Flores, Especialista Legal de Causas – Modulo Penal. Moquegua, 12 de Abril de 2017. (21-24-25 Abril) EDICTO PENAL Expediente Nº 00633-2016-98-2801-JR-PE-01. Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Especialista: Juan Carlos Espinoza Chipana. Se cita y emplaza a don VICTOR QUINTIN MAYTA MAMANI, identificado con DNI Nº 41509918, de sexo masculino, nacido el 04 de enero de 1980, de 36 años, de estado civil soltero, natural de San Cristobal – Mariscal Nieto - Moquegua, hijo de Quintin y Rutti, a efecto de que se ponga a derecho, debido a que mediante Resolución Nº 02 de fecha 12 de abril de 2017 ha sido declarado Reo Contumaz, disponiéndose su conducción compulsiva por parte de la Policía Nacional del Perú, institución que deberá proceder a su ubicación y captura a nivel nacional, una vez hecho, deberá ponerlo a disposición del juzgado, a fin de que afronte la audiencia única de juicio inmediato en su contra; sin perjuicio de que se informe cada sesenta días de las acciones realizadas tendientes al cumplimiento del mandato judicial, bajo responsabilidad. Se nombra como abogado defensor del acusado contumaz al abogado Francisco Edgar Flores Mita, quien viene patrocinando al mismo. SE DISPONE la citación del acusado contumaz mediante edictos a fin de que se ponga a disposición de la autoridad competente para afrontar la audiencia única de Juicio Inmediato en su contra. SE DISPONE el archivo provisional de la causa en tanto sea puesto a disposición del juzgado el acusado contumaz. Fdo. Raul Emiliano Jalixto Sucapuca - Juez Provisional del Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Mariscal Nieto. Abog. Juan Carlos Espinoza Chipana - Especialista Legal.- Moquegua, 12 de abril de 2017. (21-24-25 Abril)
4
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Miércoles, 26 de abril del 2017
Miércoles, 26 de abril del 2017
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
5
! " # $ "
$ # % $
!
"
!# #
6
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Miércoles, 26 de abril del 2017
Miércoles, 26 de abril del 2017
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
PODER JUDICIAL DEL PERU CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA OFICINA DESCONCENTRADA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA “Unidad Desconcentrada De Quejas E Investigación Y Visitas” "Ano del Buen Servicio al Ciudadano"
Moquegua, 11 de Abril del 2017
La Oficina Desconcetrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Moquegua, de conformidad con el cronograma establecido mediante Resolución Administrativa N° 003-2017-J-ODECMA-CSJMO-PJ del 18 de Enero del 2017, realizara durante el mes de abril del 2017, la siguiente Visita Judicial Ordinaria:
Organo Jurisdiccional
Fecha
Hora de Inicio
Juzgado de Paz Letrado
Miiércoles 26 de Abril del
08.00 horas
Penal de Mariscal Nieto
2017
La Visita Ordinaria programada se realizara en el día y hora indicados. Durante su realización los señores abogados y justiciables podrán formular pedidos y/o quejas concernientes a los magistrados y/o servidores del órgano jurisdiccional visitado, directamente en el local visitado. La labor jurisdiccional del órgano jurisdiccional visitado proseguirá con sus diligencias programadas.
FREDY FERNANDEZ SÁNCHEZ MAGISTRADO CONTRALOR DE ODECMA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MOQUEGUA
7
8
La República
SUPLEMENTO JUDICIAL MOQUEGUA
Miércoles, 26 de abril del 2017