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Visto, ellnforme W 146-2015-ERP-ByP, de fecha 28 de enero del 2015, contenido en el Expediente N° 14-082791-001, sobre el cumplimiento de mandato judicial, respecto ala nivelaci6n de la remuneraci6n basica establecido en el Decreto de Urgencia W 105-2001, a favor de don JAIME ALFONSO TORRES PAREDES identificado con DNI W 07814731; CONSIDERAN DO:
Que, mediante Resoluci6n Numero Diez, de fecha dieciseis de mayo del dos mil doce, el Vigesimo Segundo Juzgado Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima (Exp. Judicial W 183422-2009, declar6 fundada en parte la demanda interpuesta por don JAIME ALFONSO TORRES PAREDES contra el Ministerio de Salud, y en consecuencia orden6 que este cumpla con emitir nueva resoluci6n administrativa, disponiendo el pago de los S/. 50.00 Nuevos Soles, previsto en el Decreto de Urgencia W 105-2001 desde su vigencia, mas los intereses legales; Que, mediante Resoluci6n Directoral W 1587-2012-0GGRH/SA de fecha 16 de noviembre del 2012, la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos, reconoci6 a favor de don JAIME ALFONSO TORRES PAREDES la suma de S/. 6,498.33 Nuevos Soles, por concepto de reintegro del Decreto de Urgencia W 105-2001, del periodo comprendido del 01 de setiembre del 2001 al 30 de junio del 2012; Que, mediante Resoluci6n Numero Diez, de fecha diez de junio del dos mil trece, la Segunda Sala Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, confirm6 la Sentencia contenida en la Resoluci6n Numero Diez de fecha veintinueve de mayo del dos mil doce expedida por el Vigesimo Segundo Juzgado Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, conforme a 10 dispuesto en la Resoluci6n Directoral N° 1587-2012-0GGRH/SA, el Ministerio de Salud ha cumplido con abonar el total del monto reconocido en dicho acto resolutivo, a traves del dep6sito realizado en el mes de noviembre del 2012; situaci6n que se puede corroborar en la Planilla Unica de Pago correspondientes a dicho mes; Que, la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos, en estricto cumplimiento de la obligaci6n legal impuesta por el articulo 4 del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS, que dispone que "toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido 0 sus fundamentos, restringir sus efectos 0 interpretar sus alcances, bajo responsabilidad civil, penal 0 administrativa que la Ley senala"; se ha cumplido en parte con 10 ordenado por el Organo Jurisdiccional, mediante Resoluci6n Directoral W 1587-2012-0GGRH/SA, debiendo practicarse la liquidaci6n por los intereses legales generados; 0
Que, conforme a 10 expuesto, de acuerdo al Informe de Visto y la Liquidaci6n W 017-2015-ERP-ByP, expedidos por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, corresponde reconocer a don JAIME
ALFONSO TORRES PAREDES, la suma de S/. 936.11 Nuevos Soles, por concepto de intereses legales laborales, del periodo comprendido del 01 setiembre del 2001 al 30 de junio del 2012, respecto al reintegro del Decreto de Urgencia W 105-2001; Que, en este contexto, resulta conveniente expedir el acto resolutivo mediante el cual se cum pie el mandato judicial expedido por el Vigesimo Segundo Juzgado Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima; Con las visaciones del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gesti6n de Recursos Humanos; y, De conformidad con 10 previsto en el Decreto de Urgencia 105-2001, y el articulo 4° del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgtmica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo W 017-93-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1°._ RECONOCER, a favor de don JAIME ALFONSO TORRES PAREDES, la suma de NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS CON 11/100 NUEVOS SOLES (S/. 936.11), p~r concepto de intereses legales laborales, derivados del pago por reintegro en aplicaci6n del Decreto de Urgencia N° 105-2001, del periodo comprendido del 01 de setiembre del 2001 hasta el 30 de junio del 2012, conforme a 10 expuesto en la parte considerativa de la presente resoluci6n. Articulo 2°._ EI egreso que demande el cumplimiento de la presente resoluci6n, estara supeditado a la disponibilidad presupuestal existente en la Especifica de Gasto: 2.5.51.11 de la Meta: 0064 de la Unidad Ejecutora 001, Pliego 11 - Ministerio de Salud. Articulo 3°._ EI Equipo de Remuneraciones y Pensiones, es el encargado de dar cumplimiento a 10 dispuesto en la presente resoluci6n. Articulo 4°_ Remitir copia de la presente resoluci6n al Procurador Publico del Ministerio de Salud, para su conocimiento y presentaci6n ante el Vigesimo Segundo Juzgado Laboral de la Corte Superior de Justicia de Lima, para su aprobaci6n. \0 Di'?.,,'
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