N' lSOB -20r7-MtNcETUR/vMT/ocJcMT Lima, tU Jüi,Af v¡sto, la Resotución Directorat N" l602-2011-MTNCETURA/MT/DGJCMT de .t3.06.20i1;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley 27693--se crea ra unidad de rnter¡gencia Financiera der perú, urF- perú, encargada de recibir, anarizar, tratar, evaruar y transm¡tir infirmación para ra cetecciñ J"r r"uáoo de activos y/o der f¡nanciamiento del tenorismb, asicoro, Je loa¿vuva' a ra-¡mpL.ie"i*¡i. p", parte de ros sujetos obrigados, der sistema para detectar of"r"",onu. sospechosas de ravado de activos y/o del f¡nanciamiento del terrorismo,
.
Que, asimismo, ra Ley 2903g d¡spuso_ra incorporación de ra urF-perú a ra superintendencia
^ B:T"' seguros y 99 . especializada para
Adminishadoias privadas ¿e rón¿os de pens¡ones, como unidad ejercer ras competencias, atribuc¡ones y funciones estaoreóioás en a ily y 27693 normas modificatorias, comptementarias y ,e!f"rántárár; Que, acorde con ro disouesto,en er. numerar 1 1) der aftfcuro go de ra Ley 27693 y ar artfcuro de la Ley 29038, se encuentran obr¡gados a ir"porá¡J""ii.r.mación a ra urF-perú, entre otros, los casinos, las casas de juego, los tra-gamoneba, y oirá. ii.ir-.r""; 30
!:-*.)r.
Que,-ra Ley 271s3 consagra como su objeto, er evitar que ra exprotación de ros juegos de
"}.,{NffiiilJÉüJ:¡Jl'ffü:::Í;1::ffiT'^i".1',"'"'"Til#i*:1""'¿s':taru+n:i:*,'mi; para autorizar, fiscalizar, supervisar, evaluar y sancionar la citada actividad; Que, en ese sentido, de 99lfgrlidad con lo d¡spuesto en el artfculo 3. de la mediante Resorución sBS N" 169s-2016, prevención se aprobó É ñorr" p"r" ra
Ley
27693,
de Lavado de
u'.rd;;.;' il; ñr"i"; ;ffi : ;: :::1": Jl TT,,?,i:. j:^ *!!1,:ji'I o ap ica b r! a ras pe Áonás rá pr."uán"üni;"1;#;;;ffi'""s:y;; ;::,l"i"tj?"*Hl',T.:'.?"r:T:::1T^1.!1,1":pI',.'á, del terrorismo en ra exprotac¡ón de ros juegos de cas¡no ráquina. I
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La mencionada Norma ha ¡mpuesto que ros titurares de saras de juego -en
sujetos obligados- deben designar un oficiar de cumprimiento responJaoe su condición de oe r" observancia e ¡mprementación áe ros controres y rec"riii.oi necesarios dentro der marco de s¡stema de prevención de lavado de activos y/o fin'anciamiento del terrorismo;
""i'p"i
Que, para tal f¡n, los titulares de salas de juego deben solicitar al MINCETUR la aprobación de la designac¡ón de su Of¡cial de Cumplim¡ento, Corporativo o de Dedicación no Exclus¡va;
N"
en ese
1602-2011sentido med¡ante Resolución Directoral Que, MINCETUR¡/MT/DGJCMT de 13.06.201 1, se autorizó a la empresa COLMENA INVERSIONES RECREATIVAS S.A.C. a contar con un Oficial de Cumplimiento a Dedicación No Exclusiva;
Que, sin embargo,
a la
fecha COLMENA INVERSIONES RECREATIVAS S.A.C. no
continúa s¡endo sujeto obligedo del SPLAFT, deb¡do a la revocatoria de su autorización para la explotación de máqu¡nas tragamonedas la sala de juego "Co¡mena", ubicada en Av. Nicolás de P¡érola N' 756 - 760 - 762, Cercado de L¡ma, Departamento de Lima, por medio de la Resolución Directoral
N' 1523-2015-MINCETURA/MT/DGJCMT de 28.05.2015;
Que, en consecuencia y al amparo de lo dispuesto en el Numeral 212.1.2 del articulo 212' del Texto tilnico Ordenado de la Ley del Procedim¡ento Admin¡strativo General, aprobado mediante Decreto Supremo 006-2017-JUS, corresponde que la ResoluciÓn D¡rectoral N' 1602-2011-
MINCETUR /MT/DGJCMT de 13.06.201 1 , sea deJada sin efecto al no requerir COLMENA INVERSIONES RECREATIVAS S.A.C. de la autorización de la D¡rección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas para contar con un Oficial de Cumplimiento a DedicaciÓn No Exclusiva;
De conformidad con la Ley 27153 Ley que regula la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Admin¡strativo General, apro-bado mediante Decreto Supremo 006-2017-JUS' la Ley 27611- Ley q.u-e^ -cle9- la UIF-perú, ius normas modificatorias y reglamentarias y la Resolución SBS. N' 1695-2016, estando a lo opinado en el Informe N'047-2017.m9a.
-
SE RESUELVE:
Artículo 1..- Revocar la autorización otorgada por medio de la ResoluciÓn Directoral N" IOOz-zTIffi-IUCeTURA/MT/DGJCMT de 13.06.2011, a la empresa coLMENA INvERSIONES de RECREATIVAS S.A.C. para contar con un oflcial de cumplimiento a Dedicación No Exclusiva, acuerdo con las razones expuestas en la presente ResoluciÓn D¡rectoral
Artlculo
2..-
Artfculo
3..-
Rem¡tir a la Unidad de lnteligencia Financiera Resolución para su conoc¡miento y fines que correspondan
La presente
ResoluciÓn entrará
Regfstrese,
6,Gñ? BENAVENTE MANUEL de Casino de Juegos General Director y Máquinas Tragamonedas
Edg. ¿616¿{B
UIF-PERÚ la presente
en vigencia al dfa siguiente de
notif¡cación.
1.,,l;!l!N
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