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año, según cronograma), garantizando el cumplimiento de las corresponsabilidades agregando la capacitación en agroforestería familiar y adaptación al ...
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Las Directrices Voluntarias para la realización progresiva del Derecho a la Alimentación fueron aprobadas en 2004 a raíz de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación: cinco años después. Se constituyó en el primer esfuerzo por interpretar un Derecho Económico, Social y Cultural para recomendar medidas prácticas que llevaran a la realización progresiva de este derecho. Implica un conjunto de recomendaciones para orientar el trabajo de los gobiernos en el esfuerzo por alcanzar las metas políticas relativas a la superación del hambre y la desnutrición. Las Directrices no solo tienen un valor técnico, sino además político y ético, por medio del cual la sociedad civil de los países puede desarrollar instrumentos para la incidencia política y monitorear las acciones estatales contra el hambre. En Guatemala este compromiso político se tradujo en la creación del Sistema Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional, SINASAN, que en abril de 2005 cobra vida e implica un reordenamiento de las estructuras vinculadas a la temática alimentaria y nutricional. Este hecho implicó un hito en la historia de las políticas públicas nacionales, a raíz del reconocimiento político de que la Alimentación es un Derecho de todas las personas. Una década después se reconocen múltiples avances en la mayoría de países del mundo, que en gran medida han logrado encaminarse a alcanzar los Objetivo de Desarrollo del Milenio. Sin embargo en países como Guatemala las acciones implementadas no logran alcanzar cambios sostenibles, ante la evasión al abordaje de las problemáticas estructurales que multiplican el hambre y la desnutrición. El Colectivo Social por el Derecho a la Alimentación presenta su informe anual con el objeto de apoyar los esfuerzos de las organizaciones sociales, que luchan por superar el hambre y la desnutrición en Guatemala, desde un enfoque de integral y mediante la consolidación del Sistema Alimentario nacional.

INFORME ALTERNATIVO DEL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN EN GUATEMALA M onitoreo de las D irectrices V oluntarias para el D erecho a la A limentación 2014 - 2015

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Informe Alternativo del Derecho a la Alimentación en Guatemala Monitoreo de las Directrices Voluntarias para el Derecho a la Alimentación 2014 - 2015

Autoras y Autores Alexandra Praun: Nutricionista independiente, colaboradora de la REDSAG. Antonio González: Estudiante de Antropología, miembro de la REDSAG. Byron Garoz: Sociólogo, miembro del Colectivo de Estudios Rurales Ixim. Juan Pablo Ozaeta: Historiador y Comunicador Social, miembro del Colectivo de Estudios Rurales Ixim. Magali Cano: Estudios de Ciencias Jurídicas y Sociales, Educadora Popular, Educadora en Derechos Humanos, Coordinadora de la Campaña Guatemala sin Hambre. Mygdalia Mérida: Ingeniera agrónoma, miembro de la REDSAG. Ricardo Zepeda: Sociólogo. Investigador social sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales; analista de políticas sociales, agrarias y alimentarias. Ronnie Palacios: Ingeniero Agrónomo, Coordinador REDSAG. Victoria Mogollón: Licenciada en Nutrición. Especialista en Seguridad Alimentaria y Nutricional y Derecho a la Alimentación. Wolfgang Krenmayr: Sociólogo e Informática de Negocios. Magister en Derechos Humanos. Investigador social de FUNDATIERRA sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales; conflictividad agraria, laboral y ambiental; analista de políticas sociales, agrarias y alimentarias.

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NOTA: En este documento se han respetado estilo y criterios de cada autor. No se permite su uso para actividades lucrativas ni comerciales de personas ajenas a la realización de este informe así como la promoción y gestión para fines de particulares. Se permite su reproducción total o parcial siempre que se cite la fuente.

Guatemala, abril del 2015.

CONTENIDO TEMA

PRESENTACIÓN ...............................................................................

PÁGINA

5

DIRECTRIZ 3 ESTRATEGIAS ...........................................................................................................

13

DIRECTRIZ 4 SISTEMAS DE MERCADO .....................................................................................

39

DIRECTRIZ 7 MARCO JURÍDICO .................................................................................................

59

DIRECTRIZ 8B TIERRA .......................................................................................................................

83

DIRECTRIZ 8D RECURSOS GENÉTICOS PARA LA ALIMENTACIÓN Y LA AGRICULTURA ..............................................................................................

111

DIRECTRIZ 18 INSTITUCIONES NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS ...................

127

Presentación

PRESENTACIÓN

Ricardo Zepeda Las Directrices Voluntarias para la realización progresiva del Derecho a la Alimentación1 fueron desarrolladas a raíz de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación: cinco años después, que en su declaración final recomienda al Consejo de la FAO la creación de un Grupo de Trabajo Intergubernamental con el objeto de apoyar los esfuerzos de los Estados miembros para alcanzar de forma progresiva el derecho a una alimentación adecuada. Este grupo de trabajo se creó en 2002 con la participación activa de personas expertas del Sistema de Naciones Unidas, sociedad civil y miembros de las partes interesadas y tras dos años de intenso trabajo presentan al Consejo de la FAO su propuesta, que es aprobada en noviembre de 2004. Se constituyó en el primer esfuerzo por interpretar un Derecho Económico, Social y Cultural para recomendar medidas prácticas que llevaran a la realización progresiva de este derecho. Esto implica un conjunto de recomendaciones que orientaran el trabajo de los gobiernos en el esfuerzo por alcanzar las metas políticas relativas a la superación del hambre y la desnutrición. El sentido de “voluntario” reconoce la autonomía de las naciones para tomar las decisiones más adecuadas para su implementación, pero se basan en compromisos políticos asumidos por la mayoría de los gobiernos del mundo, mediante instrumentos jurídicos internacionales. En tal sentido las Directrices no solo tienen un valor técnico, sino además político, por medio del cual la sociedad civil de los países puede desarrollar instrumentos para la incidencia política y monitorear las acciones estatales contra el hambre. Las Directrices se fueron constituyendo en el eje de trabajo de los gobiernos, pero además de la misma sociedad civil y los movimientos sociales por encauzar las políticas sociales hacia un objetivo común. Se plantean como un lenguaje común entre gobiernos y sociedad civil para encontrar los mejores abordajes de las problemáticas, así como de complementariedad de las acciones. A partir de las múltiples orientaciones y metas derivadas de las Directrices, el trabajo en los países se fue adecuando hacia formatos cada vez más especializados y reconociendo las diversidades y complejidades que la realidad de cada nación enfrenta y asume. Una

1

Las Directrices Voluntarias en apoyo a la realización progresiva del derecho a una alimentación adecuada en el contexto de la seguridad alimentaria nacional fueron aprobadas por el Consejo de la FAO en su 127 periodo de sesiones en noviembre de 2014. Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Roma, 2005.

Monitoreo de las directrices voluntarias para el Derecho a la Alimentación 2014-2015

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