La Embajada de la República Federal de Alemania en Lima
informa Hoja informativa sobre la nacionalidad alemana Octubre 2012 (sólo información / sin garantías) Las informaciones contenidas en esa hoja informativa son de título general e informativo y sin garantía. En caso de preguntas adicionales y para plantear su caso particular se sugiere presentarse personalmente en la Embajada Alemana, Sección Consular Av. Arequipa 4210-4238, Miraflores, Lima (entre las 8.30 y 11.30 lunes a viernes), llamar al número 01-212 50 16 o mandar un correo electrónico a la Embajada (
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El Derecho alemán de la nacionalidad está basado fundamentalemente en el principio de descendencia (Ius Sanguinis). En principio – vea las precisiones más adelante - sólo se adquiere la nacionalidad alemana por nacimiento, si padre o madre tiene la nacionalidad alemana, aunque modificaciones legales introdujeron elementos del Ius-Soli (principio del lugar de nacimiento) para hijos nacidos en territorio alemán a partir del 01.01.2000 en adelante. La antigüedad del Derecho de ciudadanía alemán – a pesar de qué durante su existencia hubo muchas e importantes reformas y modificaciones - supera los 130 años. Por lo tanto, estos cambios no solían tener efecto retroactivo, sino se aplicaban y aplican recién a partir de su entrada en vigor, por lo cuál se debe aplicar y tener en cuenta el correspondiente derecho en su versión vigente a la fecha del hecho que fue motivo de la adquisición o pérdida de la nacionalidad alemana (como por ejemplo nacimiento, casamiento, adopción, legitimación etc. según el caso particular). De esta manera leyes del año 1870 (a pesar de haber sido derogados en el año 1913, cuando entró en vigor la “Ley de Nacionalidad y Ciudadania”, RuStAG) pueden tener consecuencias y repercusiones hasta el día de hoy en los casos en que la nacionalidad alemana se deduce de un antepasado imigrante lejano, lo que se explicará en detalle más adelante. En esta hoja informativa Ud. encontrará las informaciónes siguientes:
Sección A: Como se adquiere la nacionalidad alemana Sección B: Como se pierde la nacionalidad alemana Sección C: Información práctica sobre la manera de tramitar la nacionalidad alemana Sección D: Preguntas frecuentes A. Cómo se adquiere la nacionalidad alemana? El Derecho alemán prevé las siguientes causas de adquisición de la nacionalidad alemana, siendo la más destacada la adquisición por ser descendiente de un ciudadano alemán (“ius sanguinis”): Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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1. Descendencia de padre o madre alemán: Hay que distinguir entre hijos legítimos y hijos naturales: 1.1. hijos legítimos: En cuanto a hijos legítimos hay que hacer otras dos distinciones muy importantes:
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entre los hijos que nacieron antes del 01.01.1975, y los que nacieron después del 01 . 01.1975, entre los que nacieron de padre alemán o de madre alemana:
1.1.1.: Hijos legítimos nacidos antes del 01.01.1975 adquieren la nacionalidad alemana únicamente si el padre tenía la nacionalidad alemana en el momento del nacimiento, de ninguna manera de su madre alemana. La madre alemana recién desde el 01.01.1975 puede transmitir la nacionalidad alemana a su hijo (lea sin embargo las explicaciones en 1.1.3) 1.1.2. Hijos legítimos nacidos después del 01.01.1975 derivan la ciudadanía alemana del padre alemán y/o de la madre alemana. 1.1.3. Hijos legítimos nacidos antes del 01.01.1975 de madre alemana y padre no-alemán, que por los motivos explicados en 1.1.1. no pudieron adquirir la nacionalidad alemana por nacimiento, podían adquirir la nacionalidad alemana por declaración durante un plazo de tres años que venció definitivamente el 31.12.1977. La declaración posterior a esta fecha no es posible de ninguna manera; 1.2. hijos naturales (cuyos padres no estaban casados en el momento del nacimiento): Hay que distinguir entre hijos naturales que nacieron antes del 01.07.1993, y aquellos que nacieron a partir del 01.07.1993: 1.2.1 Hijos naturales que nacieron antes del 01.07.1993 derivan la nacionalidad alemana exclusivamente de la madre alemana, pero no del padre alemán - a menos que los padres se hayan casado con posterioridad al nacimiento del hijo (legitimación), pero antes del 01.07.1998 ò si el hijo haya declarado de querer obtener la nacionalidad alemana antes de cumplir los 23 años y solamente si ha residido legalmente en Alemania por un periodo de minimo tres años 1.2.2. Hijos naturales que nacieron después del 01.07.1993 adquieren la nacionalidad alemana por descendencia no solo de la madre, sino también del padre alemán, pero bajo la condición de que el padre reconoció la paternidad del hijo de manera vigente según las leyes alemanas. (Para evaluar si existe un reconocimiento vigente según las leyes alemanas es importante presentar el extracto completo del registro civil del hijo. Para juzgar si se produjo una legitimación válida o no, es muy importante presentar en estos casos no solo el certificado de nacimiento, pero también el extracto completo del registro civil del hijo legitimado.
2. Naturalización
Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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A través de la naturalización (“Einbürgerung”) un extranjero adquiere la nacionalidad alemana por primera vez y sólo a partir de la fecha en que se le hace entrega de la Carta de naturalización (Einbürgerungsurkunde) correspondiente. La naturalización no tiene efecto retroactivo. A partir del momento de su naturalización el (ahora) ciudadano alemán puede transmitir la nacionalidad alemana a sus hijos que nacen con posterioridad a su naturalización, pero no tienen efectos para hijos que nacieron antes de la naturalización. Existen dos tipos de naturalizaciones muy distintos: 2.1. Una de ellos es que el extranjero puede haber adquirido el derecho a la naturalización por diversos motivos fijados en el Art. 116 (2) de la Constitución Alemana (Grundgesetz). El motivo más común es ser alemán desnaturalizado por las autoridades alemanas por razones raciales, religiosas o politicas entre 1933 y 1945, o ser descendiente de un alemán desnaturalizado por los mismos motivos. Con respecto de Perú este tipo de naturalización se refiere muy frecuentemente a personas de religión judía: El régimen nazi alemán desnaturalizó por decreto del 25.11.1941 (11. Verordnung zum Reichsbürgergesetz del 25.11.1941 ) a todos los alemanes de religión judía residentes en el extranjero. La Constitución Alemana (Grundgesetz) post-guerra en su artículo 116 p. 2 otorgó y sigue otorgando a cualquier persona afectada por esta medida y sus descendientes (hijos, nietos) el derecho de recuperar la nacionalidad alemana, de (re)naturalizarse. Para evaluar si a una persona determinada le corresponde el derecho a naturalizarse en base a esta ley se recomienda que el interesado concurra al Consulado para exponer su caso. Papeles para apoyar tal solicitud serían -por ejemplo- el viejo pasaporte alemán, o certificado de nacimiento alemán de la persona desnaturalizada, Carta de Naturalización de otro miembro de la familia ya naturalizado, u otros documentos que puedan acreditar de que esta persona estaba afectada por tal medida. 2.2. Por otra parte, también existe la posibilidad de la naturalización facultativa o discrecional (Ermessenseinbürgerung) según art. 13 y 14 StAG. Las exigencias legales para que tal naturalización tenga éxito son muy elevadas. Se exige entre otras cosas que el solicitante domine muy fluidamente el idioma alemán, disponga de lazos muy intensivos y fuertes con la cultura alemana y con Alemania, goze de una situación económica sólida, y sobretodo que exista un interés público en su naturalización. Como ejemplo el solo hecho de estar casado con un ciudadano alemán de ninguna manera puede justificar un interés público en la naturalización.
3. Adopción de menores Desde el 01.01.1977, la adopción efectiva y de conformidad con la ley alemana por un ciudadano alemán otorga la nacionalidad alemana a un menor adoptado (antes de qué este cumpla los 18 años de edad). Debe tratarse de una adopción plena. Adopciones pronunciadas por las autoridades peruanas son generalmente reconocidas en Alemania. Para mayor información acerca de adopciones internacionales se recomienda consultar la página web siguiente: http://www.bundeszentralregister.de/bzaa/index.html
Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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4. Casamiento con un ciudadano alemán (hasta 1953) Hasta el 31.03.1953 la mujer extranjera (no-alemana) adquiría la nacionalidad alemana automáticamente al contraer matrimonio con un ciudadano alemán.
5. Mediante prescripción adquisitiva La nacionalidad alemana a partir del 28 de Agosto 2007 adquiere la persona, la cual sin su propia culpa ha sido tratada como alemán por las autoridades alemanas por más de 12 años (sobre todo personas con un pasaporte alemán, un documento de identidad alemán o un titulo de nacionalidad aleman)
B. Causas de pérdida de la nacionalidad alemana Hay distintas causas de la pérdida de la nacionalidad alemana. Las más comunes y significativas de perder la nacionalidad alemana son la adquisición de otra nacionalidad por solicitud (naturalización) y de “permanencia no legitimada en el extranjero” (para personas que emigraron de Alemania antes del año 1904). Esta última a pesar de haber sido derogado en el año 1913 sigue teniéndo mucha importancia en todos los casos en que se tramita la nacionalidad alemana por descendencia de un antepasado que imigró al Perú antes del 1913. 1. Adquisición de la nacionalidad de un Estado extranjero por naturalización Quién ha adquirido o adquiere por solicitud una nacionalidad extranjera (naturalización) ha perdido o pierde la nacionalidad alemana a partir de la entrada en vigor de la naturalización (no tiene efecto retroactivo), con la excepción de la naturalizacon por otro país de la Union Europea ò de Suiza. Quién ya no posee la nacionalidad alemana a la fecha del nacimiento de un hijo, tampoco se le puede transmitír. Por tal motivo, cuando la nacionalidad se deriva a través de varias generaciones es necesario demostrar que no se produjo ningún hecho de pérdida de la nacionalidad en toda la línea de sucesión. Por lo tanto el hecho de adquirir otra nacionalidad de manera automática (como por nacimiento en un país donde rige el principio del Ius-Solis como en Perú, o por descendencia de padres de otro país, o la adquisición de la nacionalidad peruana por avecindamiento) no es considerado una naturalización y no causa la pérdida de la nacionalidad alemana. Por lo tanto la persona que está interesada en solicitar la nacionalidad de otro país por naturalización, puede –en casos bien determinados –solicitar el permiso previo de las autoridades alemanas de conservar la nacionalidad alemana (“Beibehaltungsgenehmigung”). La misma se otorga, siempre y cuando exista un vínculo fuerte con Alemania y que la adquisición de la nacionalidad extranjera sea necesaria para evitar importantes perjuicios. Para mayor información es muy conveniente dirigirse a la Embajada antes de iniciar los trámites de la naturalización de otro país. 2. “Permanencia no legitimada en el Alemania antes del año 1904)
extranjero” (para personas que emigraron de
Esta causa de pérdida estaba prevista y regulada en la ley de nacionalidad y de pertenencia al Imperio Alemán del 01.06.1870 (Reichsgesetz über die Erwerbung und den Verlust der Reichsund Staatsangehörigkeit v. 1.6.1870, § 21) y se aplicaba hasta que fue remplazado por la RuStAG el 23.07.1913. Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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A pesar de su antiguedad esta ley sigue siendo de gran importancia en casos en que los solicitantes derivan la nacionalidad alemana del abuelo, bisabuelo o tartarabuelo que llegó al Perú antes del año 1913, y que ningún otro pariente en la familia del solicitante nacido depués de la imigración del antepasado en Perú hasta el momento ha tramitado la nacionalidad alemana. En consecuencia de este reglamento, el ciudadano alemán que residía durante más de 10 años en el exterior sin registrarse cada 10 años en las matrículas consulares del Consulado de Alemania de su circunscripción, o sin solicitar pasaporte alemana o documentación alemana, perdía automáticamente su nacionalidad alemana. Igualmente este reglamente se aplicaba a sus hijos menores de edad. Los Registros Consulares y los registros de pasaportes correspondientes a los consulados de Alemania en Perú se encuentran en en el archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores alemán en Berlin. Lamentablemente no son completos. Se puede consultar por escrito si hay registros de sus familiares. La respuesta positiva como resultado de la consulta a las matrículas constituye un índice suficientemente fuerte de que su antepasado tenía le nacionalidad alemana, y puede servir de fundamento para tramitar la nacionalidad alemana. Además será indispensable comprobar que este antepasado no se naturalizó peruano mediante un certificado correspondiente emitido por la DIGEMIN, lo qué igualmente se explicará más adelante. Cuando por lo tanto el resultado de la consulta da la matrícula es negativa y tampoco se pude presentar un documento alemán emitido a su antepasado tras su imigración al Perú ya no existe ninguna perspectiva de poder determinar en forma positiva la posesión de la nacionalidad alemana de éste antepasado, y tampoco de sus descendientes. Si su antepasado imigrante ingresó al Perú despues del año 1904 (9 años antes de que la inscripción en las matrículas consulares dejó de ser obligatório) Ud. habrá que presentar un documento emitido por una autoridad alemana, que acredite a este antepasado como ciudadano alemán. Dichos documentos pueden ser por ejemplo: pasaporte alemán antiguo de su abuelo / bisabuelo, o certificado de nacimiento alemán, certificado de bautismo, documentación militar alemana, etc. Estos documentos tendrían que encontrarse en su familia, ya que la Embajada no dispone de registros completos de pasaportes alemanes emitidos más de 20 años atrás. En los registros en Alemania generalmente tampoco se encuentran documentaciones tán antiguas sobre pasaportes emitidos. Para solicitar un certificado de nacimiento de Alemania de su antepasado Ud. tiene que dirigirse por correo electrónico directamente a la Municipalidad de la ciudad en Alemania donde nació este, lo que se explicará más adelante. 3. Otros motivos de la pérdida de la nacionalidad alemana, aunque con menor frecuencia y significado respecto a Perú, son: - Ser menor de edad y ser adoptado por parte de un ciudadano extranjero. - Ingreso a las Fuerzas Armadas de un Estado extranjero (a partir del 01.01.2000) Pierde la nacionalidad alemana quien a partir del 01.01.2000 sin autorización previa de conformidad con el art. Nro. 8 de la Ley de Servicio Militar Obligatorio ingrese en forma voluntaria a las Fuerzas Armadas de un Estado extranjero, cuya nacionalidad también posée. Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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- Renuncia - Legitimación por parte de un extranjero: Los menores de edad extramaritales y legitimados con efecto legal por un extranjero de acuerdo a la legislación alemana en el lapso comprendido entre el 01-04-1953 y el 31-121974 perdían la nacionalidad alemana. No obstante, esta medida se aplicaba a partir del 24-051945 solamente en el caso de que los afectados no quedaran apátridas por su efecto. En caso de los menores nacidos fuera de matrimonio y legitimados con efecto legal por parte de un extranjero a partir del 01-05-1953 ya no acontecía la pérdida de la nacionalidad alemana. Esto se estipuló mediante las sentencias del Tribunal Administrativo Federal de fecha 29-11-2006 (BverwG 5 C 5.05 y 5 C 9.05), de modo que la acepción legal vigente hasta ese momento quedó obsoleta. Personas afectadas quienes han sido aconsejados en el pasado según la situación legal anterior se acerquen por favor a la Sección Consular de esta Embajada. - Matrimonio con un ciudadano extranjero (hasta el 31.03.1953) La mujer alemana que se casó con un ciudadano que no tenía la nacionalidad alemana perdió automáticamente la nacionalidad alemana, hasta el 01.03.1953.
C. Cómo tengo que proceder para tramitar la nacionalidad alemana desde Perú? Si para Ud. mismo nunca le fue emitido un documento alemán, Ud. deberá comprobar que su padre o su madre respectivamente, o – si ninguno de estos nunca ha tramitado la nacionalidad alemana – otro de sus antepasados en línea directa, como abuelo o bisabuelo - está o estaba en posesión de la nacionalidad alemana. Esta prueba se puede realizar por ejemplo mediante la presentación de un documento emitido por una autoridad alemana que acredite al pariente/antepasado descrito anteriormente como ciudadano alemán, como por ejemplo un pasaporte alemán (aunque vencido desde hace mucho tiempo), una Carta de Ciudadanía Alemana (en alemán Heimatschein o Staatsangehörigkeitsausweis o Einbürgerungsurkunde), un certificado de nacimiento emitido en Alemania (aúnque emitido hoy día) o la inscripción en la matrícula consular (la matrícula consular vale para antepasados que imigraron al Perú antes del 1913. Averigue además, si algun otro miembro de su familia de línea lateral (por ejemplo hermano, primo, tío) ya tramitó la nacionalidad alemana con éxito; En este caso se le sugiere que Ud. se presente en la Embajada con una fotocopia simple de la Carta de Ciudadania Alemana (Staatsangehörigkeitsausweis o Einbürgerungsurkunde) o – excepcionalmente, en caso que no pueda encontrar la Carta de Ciudadanía - el pasaporte alemán de éste pariente, ya que si una de estas personas ya realizó los trámites de la nacionalidad alemana con resultado positivo, es muy probable de que las autoridades competentes en Alemania ya dispongan de antecedentes suficientes acerca de los antepasados más lejanos en Alemania, lo que a su vez puede agillizar el trámite para Ud y reducir la cantidad de papeles a presentar. En caso contrário, si ninguno de sus parientes nacidos en Perú tramitó la nacionalidad alemana todo va a depender de los papeles que Ud. logra conseguir y presentar de su antepasado imigrante (abuelo, bisabuelo, tartarabuelo) de Alemania. En este caso habrá que distinguir si el antepasado del cual Ud. puede eventualmente deducir la nacionalidad alemana, emigró al Perú antes del 1913 o después: Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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- Emigracion de su antepasado de Alemania antes del año 1904 : En el caso de que ninguno de sus antepasados/parientes nacidos en Perú (como padre, madre hermano, etc.) tramitó la nacionalidad alemana hasta el momento, en general la única manera que le queda de tramitar la nacionalidad alemana es deduciéndola de su antepasado que imigró desde Alemania (generalmente abuelo, o bisabuelo o a vezes tartarabuelo según las circunstancias individuales). Si este antepasado emigró de Alemania antes del año 1904, existe la posibilidad de que, en base al § 21 de la antigua Ley sobre la Nacionalidad Alemana vigente en aquella época, hubiera perdido automáticamente dicha nacionalidad por estadía no legitimada de más de diez años fuera de Alemania al no haberse inscrito en las matrículas consulares alemanes, tal como explicado anteriormente. La información sobre la inscripción o no en las matrículares consulares de una persona determinada pide la Embajada del Archivo del Ministerio de Relaciones Exteriores , vea las explicaciones siguientes. Para juzgar si su abuelo / bisabuelo (y como consecuencia Ud) que imigró antes del 1904 tenía y guardó la nacionalidad alemana, se requiere de Ud. uno de los siguientes documentos/informaciones: •
Registración en una matrícula consular de un Consulado alemán en Perú: Las matrículas y los registros de pasaportes incompletas de las representaciones consulares alemanes que nuestro país mantenía en Perú entre el 1875 y el 1935 aproximadamente están conservados en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Berlin. Para poder verificar si su abuelo / bisabuelo/ tartarabuelo se registró en una de las matrículas consulares, se ruega comunicar (personalmente, por correo electrónico, por fax,) a la Embajada los datos siguientes de este antepasado: nombre y appellido completo, fecha y el lugar de nacimiento y el año de llegada (es decir: emigración) a Perú, eventualmente nombres y fecha de nacimientos de los hijos de éste. En caso positivo el Ministerio le emitirá una constancia de la cuál se desprende el número de inscripción matricular, que servirá como base para su solicitud. Al mismo tiempo la Embajada le comunicara los otros papeles que tendrá que juntar a su solicitud.
•
Pasaporte alemán antiguo de su abuelo / bisabuelo, emitido dentro de los diez años desde su llegada a Perú o cualquier otro documento alemán que Ud. pueda conseguir, emitido por una autoridad alemana que lo acredite como ciudadano alemán Este documento tendría que encontrarse en su familia, ya que la Embajada no dispone de registros completos de pasaportes alemanes. Por eso no se puede averiguar el otorgamiento de un pasaporte alemán antiguo a través de la Embajada. En los registros en Alemania generalmente tampoco se encuentran documentaciones tán antiguas sobre pasaportes.
Si resulta de su (bis-/tartar-) abuelo no está ní inscrito en las matrículas consulares ní se puede presentar algún otro documento alemán que indique de que éste tenía la nacionalidad alemana, este antepasado perdió muy probablemente su nacionalidad alemana. En consecuencia, él no habría podido traspasarla a sus descendientes / sus futuras generaciones, es decir, a Usted. - Emigración de su antepasado imigrante a Perú después del 1904 En el año 1913 la inscripción en las matrículas consulares dejó de ser obligatoria. Si su antepasado imigrante ingresó al Perú despues del año 1904 Ud. tendrá que presentar un documento emitido por una autoridad alemana, que acredite a este antepasado como ciudadano alemán. Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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Documentos aptos para acreditar la nacionalidad alemana de su antepasado pueden por ejemplo ser: • viejo pasaporte alemán antiguo de su abuelo / bisabuelo, • certificado de nacimiento alemán, • certificado de bautismo (emitido en Alemania), • documentación militar alemana (Wehrpass, Soldbuch...), • cualquier constancia emitida por un consulado alemán, etc. Tal documento tendría que encontrarse en su familia, ya que la Embajada no dispone de registros de pasaportes alemanes emitidos más de 15-20 años atrás. En los registros de las municipalidades en Alemania misma generalmente tampoco se encuentra documentación tán antigua sobre pasaportes. Si Ud. no dispone de ningún papel de su antepasado le informamos que algunos consulados alemanes en Perú en aquel entonces mantenían abierta la posibilidad de inscribirse en las matrículas consulares aún después del 1913, año en que la inscripción en las matrículas consulares dejó de ser obligatória. En cuanto Ud. presente uno de los papeles mencionados en la Embajada, ésta estudia la documentación presentada. En caso de llegar a la conclusión de que constituyen una base suficientemente sólida para la tramitación de la nacionalidad alemana se le entregará los formulários correspondientes y le comunicará los otros papeles que tendrá que juntar a la solicitud. Como obtener documentos/datos acerca de sus antepasados: En el Peru, usted puede dirigirse al Archivo General de la Nación, ubicado en Manuel Cuadroa s/n - costado del Palacio de Justicia - Lima - Tel. 427 5930 y solicitar que se busque el nombre de su antepasado en el Registro de Inmigrantes (un registro basado en los censos antes de 1940 de los inmigrantes en el Peru). Además puede dirigirse al Sr. Arrese (Guillermo) Godbersen – Tel. 5787535, 96527340 (
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En cuanto Ud. presente uno de los papeles mencionados en la Embajada, ésta evalúa la documentación presentada. En caso de llegar a la conclusión de que constituyen una base suficiente para la tramitación de la nacionalidad alemana se le entregará los formulários correspondientes y le comunicará los otros papeles que tendrá que juntar a la solicitud. No se recomienda tramitar otros papeles antes de su primera visita a la Embajada. Sin embargo le comunicamos a título informativo cuales podrían ser – en caso de que la documentación presentada acerca de sus antepasados sea considerada suficiente - los otros papeles que en una segunda fase debería juntar a su solicitud: Del antepasado emigrado deberá - además de la documentación arriba descrita – presentar una constancia de qué éste no se nacionalizó peruano, que se tramita en la DIGEMIN (Dirección General de Migraciones y Naturalización, Unidad de Información y Estadisticas, Av. España cuadra 7, Lima) vea lo explicado en el punto 6, y el “Registro de Emigración” (de primera inscripción), que se tramita en el, y además todos los certificados de nacimiento y de matrimonio de toda su línea de descendencia entre el antepasado emigrante y Ud. Una vez depositada la solictud y la documentación completa en la Embajada, ésta las transmite al servicio competente en Alemania, el Bundesverwaltungsamt en Köln que estudia la documentación profundamente y toma la decisión final y emite en caso positivo una carta de ciudadanía (Staatsangehörigkeitsausweis) que constituye una prueba legal de que una persona determinada tiene la nacionalidad alemana. D. Preguntas frecuentes: Hasta qué generación se puede deducir la nacionalidad alemana? No existe ley que diga que solo hasta una generacíón determinada se puede deducir la nacionalidad alemana. Así que teóricamente puede ser absolutamente posible deducir la nacionalidad alemana incluso de un tartarabuelo. Por lo tanto todo depende de la documentación que Ud. presenta de este antepasado, o si - en el caso de emigrar de Alemania antes del 1913 – si estaba inscrito en las matrículas consulares, vea las explicaciones en la parte C al respecto. Hace una diferencia si soy de padre o de madre alemana? Los hijos/hijas legítimos de madre alemana y de padre no-alemán con fecha de nacimiento anterior al 01.01.1975 ya no pueden adquirir la ciudadanía alemana por la madre. Solo los hijos que nacieron a partir del 01.01.1975 en adelante pueden derivar la ciudadanía alemana del padre o de la madre; antes de esta fecha el acceso era posible únicamente por el padre. Lo mismo vale si se pretende derivar la ciudadanía alemana por ejemplo de la abuela o la bisabuela alemana. Estas tampoco transmitieron su ciudadanía alemana a sus hijos y consecuentemente tampoco a sus nietos y bisnietos. El § 4 RuStAG (vigente hasta al 31.12.1974) dice textualmente: “ Durch die Geburt erwirbt das eheliche Kind eines Deutschen die Staatsangehörigkeit des Vaters, das uneheliche Kind die Staatsangehörigkeit der Mutter.” (Trad.: “Por nacimiento el hijo legítimo de un alemán adquiere la ciudadanía del padre, el hijo natural la ciudadanía de la madre”) Esta ley cambió el 01.01.1975; al mismo tiempo se introdujo un plazo legal vigente hasta el 31.12.1977, durante el cuál hijos nacidos antes del 01.01.1975 de madre alemana y de padre no-alemán pudieron, mediante simple declaración, optar por la nacionalidad alemana. Este Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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plazo se terminó definitvamente el 31.12.1977 y no fue prolongado. En el caso de que se omitió hacer esta declaración se perdió definitivamente la ciudadanía alemana. Al contrario los hijos de madre alemana soltera (en el momento de nacimiento del hijo) siempre pudieron y pueden adquirir la ciudadanía alemana de la madre, lo que significa que los hijos naturales de madre alemana pudieron acceder a la ciudadanía alemana aúnque hayan nacido antes del 1975. Cuanto tiempo dura el trámite de determinar si soy alemán? Cuando Ud. deposite la solicitud completa la Embajada la transmite al servicio competente en Alemania, el Bundesverwaltungsamt de Köln. A partir del momento en que Ud. deposita la solicitud completa en la Embajada hay que calcular hasta dos años, lo que se debe al gran número de solicitudes que provienen de todos los países del mundo. Es posible bajar los formulários de Internet? Si Ud. necesita más formulários puede Bundesverwaltungsamt, www.bva.bund.de.
conseguirlos
en
la
página
web
del
Quisiera tramitar la nacionalidad alemana para mí y mis hijos. Es preferible que tramite la nacionalidad primero yo, y después, cuando la obtenga, la tramiten mis hijos u otros familiares? En el caso de que varias personas dentro de la misma familia o incluso parientes laterales (hermanos, primo) - que derivan la nacionalidad alemana del mismo antepasado - desean tramitar la nacionalidad alemana, se aconseja que se depositen las solicitudes de todos los interesados al mismo tiempo. De esta manera se podrá evitar que sus hijos u otros parientes tengan que volver a presentar los mismos papeles de los antepasados cuando hagan la solicitud más tarde y el tiempo de espera se ganará tiempo. En Alemania las solicitudes se tramitan según el orden de ingreso en el servicio competente de Alemania. Mi carta de ciudadanía (Staatsangehörigkeitsausweis) tiene una validez de diez años. Al vencer este plazo tengo que renovarlo?
Al vencer la carta de ciudadanía Ud. no necesita renovarla. La nacionalidad alemana no se pierde con el vencimiento de la carta de ciudadanía. Incluso una carta de ciudadanía vencida le puede servir para comprobar de qué Ud. tiene la nacionalidad alemana. Es posible tramitar el pasaporte alemán a pesar de qué la carta de ciudadanía ya no tiene validez.
Nota: Todas las indicaciones de esta hoja informativa corresponden al grado de conocimiento en el momento de su redacción. Sin embargo, no se garantiza ni su integridad ni su exactitud, dado que se podrían haber producido cambios posteriores. Embajada Alemana, Av. Arequipa 4238, Miraflores, Lima 18,(Horario de atención al público: Lunes a Jueves:8:30 – 11:30 hrs, Viernes: 8:00 – 11:00 hrs) Tel.: (0051 1) 203 59 50/-51 (Horario de atención telefónica: 12.00 - 13.00 hrs), Fax: 440 40 48, E-mail:
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