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MINISTERIO DE SALUD

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DEL ic)

£ina, 42 d SEIreherza

cid 2014

Visto, el Expediente N° 14-089285-002 que contiene el Informe N° 228-2014OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:

D. CÉSPEDES M.

Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012-EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el artículo 38 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece los límites y procedimientos mediante los cuales podrán ser modificados los créditos presupuestarios contenidos en los Presupuestos del Sector Público; Que, el numeral 40.1 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del . Sistema Nacional de Presupuesto, establece que son modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que se efectúan dentro del marco del Presupuesto Institucional vigente de cada Pliego, las habilitaciones y las anulaciones que varíen los créditos presupuestarios aprobados por el Presupuesto Institucional para las actividades y proyectos, y que tienen implicancia en la estructura funcional programática compuesta por las categorías presupuestarias que permiten visualizar los propósitos a lograr durante el año fiscal; Que, el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la Oficina de Presupuesto o de la que haga sus veces en la Entidad, pudiendo el Titular delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa;

Que, el inciso i) del literal a) del artículo 20 de la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral N° 0302010-EF/76.01 y sus modificatorias, establece el modelo de dispositivo para modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático, entre unidades ejecutoras; Que, mediante Resolución Ministerial N° 014-2014/MINSA publicada el 14 de enero de 2014, se delega en la Secretaría General del Ministerio de Salud, durante el Ejercicio Presupuestario 2014, la facultad de aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático que correspondan al Titular del Pliego 011, Ministerio de Salud; Que, mediante Oficio N° 3787-DG-553-OEPE-INSN-2014, la Directora General del Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña, solicita presupuesto para financiar el pago de pensiones al personal pensionista y cesante, en el marco de lo dispuesto en la normatividad de la materia; Que, la Oficina General de Administración del MINSA, mediante Memorando N° 2210-2014-OGA/MINSA, informa que la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos ha realizado la proyección de gastos al mes de diciembre 2014, en la Genérica de Gasto 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios de la Unidad Ejecutora 001: Administración Central, e indica que cuenta con disponibilidad presupuestal por la suma de S/. 1 208 677,00 que podrían ser reorientados para atender lo requerido por la Unidad Ejecutora 010: Instituto Nacional de Salud del Niño - Breña; Que, mediante Oficio N° 667-09/2014-OPE N° 12-RSLN-IV-PP y Oficio N° 66809/2014-OPE N° 013-RSLN-IV-PP, el Director Adjunto de la Red de Salud Lima Norte IV, solicita presupuesto para el pago del personal beneficiado con las valorizaciones priorizadas de Atención Primaria de Salud y Atención Especializada, así como la bonificación por concepto de Guardias Hospitalarias para médicos cirujanos; Que, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el Informe de Visto señala que es necesario efectuar modificaciones presupuestarias en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud en el Nivel Funcional Programático entre unidades ejecutoras, para el pago de pensiones en la Unidad Ejecutora 010: Instituto Nacional de Salud del Niño, hasta por la suma de UN MILLON DOSCIENTOS OCHO MIL SEISCIENTOS SETENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 208 677,00); así como asignar los recursos que corresponden por el pago de las valorizaciones referidas a atención primaria de salud y atención especializada, así como la bonificación por concepto de Guardias Hospitalarias para médicos cirujanos, en la Unidad Ejecutora 141: Red de Salud Lima Norte IV, hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 357 334,00), los cuales han sido asignados en la Unidad Ejecutora 036: Carlos Lanfranco La Hoz; Que, la citada Oficina de Presupuesto manifiesta que, en la modificación presupuestaria propuesta se ha tenido en cuenta las limitaciones a las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dispuestas en los artículos 41 y 80 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, así como las establecidas en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Estando a lo informado por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 228-2014-0GPP-OP/MINSA, y con las

MINISTERIO DE SALUD

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visaciones del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y De conformidad con lo dispuesto en el numeral 40.2 del artículo 40 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, y lo dispuesto en la Directiva N° 005-2010-EF/76.01 "Directiva para la Ejecución Presupuestaria" aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/76.01 y sus Modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar una modificación presupuestaria en el Nivel Funcional Programático en el Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año Fiscal 2014, entre unidades ejecutoras, de acuerdo al siguiente detalle: SECCION PRIMERA PLIEGO

: :

GOBIERNO CENTRAL 011 MINISTERIO DE SALUD

DE LA: UNIDAD EJECUTORA

: 001 ADMINISTRACION CENTRAL— MINSA

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PRODUCTO

:

3999999 SIN PRODUCTO

ACTIVIDAD

:

5000991 OBLIGACIONES PREVISIONALES

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

:

1 RECURSOS ORDINARIOS

GASTOS CORRIENTES 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales

1 208 677,00

zoiLI

A LA: UNIDAD EJECUTORA

: 010 INSTITUTO NACIONAL DE SALUD DEL NIÑO

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS PRODUCTO

: 3999999 SIN PRODUCTO

ACTIVIDAD

: 5000991 OBLIGACIONES PREVISIONALES

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: 1 RECURSOS ORDINARIOS

GASTOS CORRIENTES 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales

1 208 677,00

DE LA: UNIDAD EJECUTORA

: 036 HOSPITAL CARLOS LANFRANCO LA HOZ

ACCIONES CENTRALES PRODUCTO

: 3999999 SIN PRODUCTO

ACTIVIDAD

: 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: 1 RECURSOS ORDINARIOS

GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

357 334,00

A LA: D. CESPEDES M.

:

141 RED DE SALUD LIMA NORTE IV

PRODUCTO

:

3999999 SIN PRODUCTO

ACTIVIDAD

: 5000003 GESTION ADMINISTRATIVA

FUENTE DE FINANCIAMIENTO

: 1 RECURSOS ORDINARIOS

UNIDAD EJECUTORA ACCIONES CENTRALES A. PM ARRERO G.

GASTOS CORRIENTES 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

357 334,00

CJI

Artículo 2.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud instruirá a las unidades ejecutoras, respecto a las Habilitaciones o Anulaciones a efectuar dentro de cada una de ellas a fin que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria".

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Artículo 3.- Remitir copia de la presente ución Secr tarial, dentro de los cinco (5) días de aprobada, a la Dirección General- e Presupuesto blico.

Regístre e y comuníquese.

DANILO PEDR • ESPEDES MEDRANO Se etario General

avala S.