implementan casillas eléctronicas en la provincia de

5 oct. 2016 - acusados CESAR ESTRADA CHUQUILIN, VICTOR. HUAMAN LOZANO y SEGUNDO ...... de Marín Sánchez Josué. Suscribe el señor juez:.
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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

Miércoles, 05 de Octubre del 2016

Desde el 03 de octubre son carácter obligatorio

I M PL E M ENTAN CASILLA S E LÉ CT RO NIC A S E N LA P ROVINC IA DE C E LE NDÍN

L

os Juzgados de Investigación Preparatoria, Unipersonal, Mixto y Paz Letrado de la Provincia de Celendín, aperturaron las primeras casillas electrónicas, para abogados litigantes, defensores públicos y Ministerio Público. Esto permitirá notificar electrónicamente las resoluciones que se emitan dentro de los procesos judiciales. Celendín es la cuarta

Provincia dentro del Distrito Judicial de Cajamarca en la que se implementa el Sistema de Notificaciones Electrónicas (SINOE), lo que permitirá mayor celeridad en la notificación de las resoluciones y, consecuentemente, en la tramitación de los expedientes judiciales, en beneficio de cientos de litigantes que acuden a los servicios de justicia en esta Provincia.

Las notificaciones electrónicas se realizan en tiempo real, a través de casillas electrónicas que la Corte Superior de Cajamarca brinda a los abogados, defensores públicos y Ministerio Público, quienes pueden acceder a sus notificaciones las 24 horas del día, permitiendo absoluta garantía, seguridad y confidencialidad. El SINOE fue inaugurado por el Presidente

de Corte, Feliciano Vásquez Molocho, quien acompañado del señor Alcalde y autoridades de la ciudad, develó la placa de instalación del sofisticado sistema. El uso de este servicio constituye el primer paso para que en el futuro se tramiten expedientes electrónicos en los juzgados de la Provincia de Celendín.

Oficina de Imagen Institucional Corte Superior de Justicia de Cajamarca, 04 de octubre de 2016

AVISOS JUDICIALES DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

1. REMATES

REMATE BIENES INMUEBLES

EDICTO SEGUNDO REMATE JUDICIAL.- Exp. 074-2013-02001 -JR-CI-03, en los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra BENEDICTO ALTAMIRANO DIAZ, EUFEMIA DIAZ LLANOS Y SANTOS MARTIN ZEGARRA MIRANDA, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS. El Tercer Juzgado Especializado en Civil de Piura que Despacha el Sr. Juez Ricardo Gustavo Casas Senador, Especialista Legal Silvia Cupen Arce; ha dispuesto sacar a remate en SEGUNDA CONVOCATORIA los siguientes bienes inmuebles: 1.-) INMUEBLE: Ubicado en C.N. 9287431/ CE754313, UBIC.RUR. SECTOR TUGUZA/PREDIO BEBEDERO COD.PRED. 7_7509285_83316, Área Ha. 1.2359 U.C. 83316 CHIGUIRIP, Distrito de Chiguirip, Provincia de Chota y Departamento de Cajamarca, inscrito en la Partida N° 02230818, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Chota. 1.1) VALOR DE TASACIÓN asciende a la suma de suma de US$. 34,110.84 (TREINTICUATRO MIL CIENTO DIEZ Y 84/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación menos las deducciones de Ley, la misma que asciende a la suma de US$. 19,329.48 (DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE Y 48/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DIA Y HORA DE REMATE: 12 de octubre del 2016 a horas 3:30 de la tarde. 1.4) CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D0001). Constituido por sus propietarios a favor del BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$. 27,000.00 DOLARES AMERICANOS, según Escritura Pública N° 566, de Fecha 20/02/2010, ante Notario Vicente Acosta Iparraguirre. 2.- INMUEBLE: ubicado en CN 9287757/CE754160 UBIC.RUR. SECTOR TUGUZA/PREDIO PASHGOL COD.PRED. 7_7509285_83344 AREA Ha. 0.8417 U.C.83344 CHIGUIRIP, Distrito de Chiguirip, Provincia de Chota y Departamento de Cajamarca, inscrito en la Partida N° 02249560, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral Chota. 1.1) VALOR DE TASACIÓN asciende a la suma de US$. 23,230.92 (VEINTITRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 92/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.2) BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación menos las deducciones de Ley, la misma que asciende a la suma de US$. 13,164.19 (TRECE MIL CIENTO SESENTICUATRO Y 19/100 DÓLARES AMERICANOS) 1.3) DIA Y HORA DE REMATE: 12 de octubre del 2016 a horas 3:45 de la tarde. 1.4) CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento D0001). Constituido por sus propietarios a favor del BANCO CONTINENTAL, hasta por la suma de US$. 20,000.00 DOLARES AMERICANOS, según Escritura Pública N° 566, de Fecha 20/02/2010, ante Notario Vicente Acosta Iparraguirre. 3.- LUGAR DEL REMATE: Local del Tercer Juzgado Civil de Piura, sito en la Calle Lima N° 997, Segundo Piso, Distrito, Provincia y Departamento de Piura. 4.- LOS POSTORES: Oblaran en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente por cada inmueble a rematar a la orden del Tercer Juzgado Especializado en Civil de Piura, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas. El presente remate estará a cargo del Martillero Público Cesar Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERO será de cargo del adjudicatario según la tabla establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV. CEL. 947400080. Piura, 11 de agosto del 2016 Silvia Giuliana Cupen Arce Secretaria Judicial Tercer Juzgado Civil de Piura Corte Superior de Justicia de Piura CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PÚBLICO REGISTRO N° 241 P. 5530394 - F.P. 03-04-05 Octubre - S/. 19.50

2. EDICTOS CLASIFICADOS

CONSEJO DE FAMILIA

EDICTO JUDICIAL EXP. N° 17-1998-JPL-SC, ante el Juzgado de Paz Letrado de Santa Cruz, en los seguidos por Carlota Huamán Penachi, sobre Alimentos, contra Jeremías Ramos Ticlla, se ha proveído lo siguiente: Resolución N° TRECE (APROBACION DE LIQUIDACION), de fecha dieciséis de febrero del dos mil once: SE RESUELVE: TENER por aprobada la liquidación en la suma de S/.8.475.57, referente a

Miércoles, 05 de Octubre del 2016

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

los meses de diciembre del año dos mil a febrero del dos mil once, notifíquese personalmente al demandado en su domicilio real para que cumpla con el pago en el plazo no mayor de tres días hábiles; Resolución N° DIECISIETE, de fecha veinticinco de junio del años dos mil doce: SE RESUELVE: DECLARAR LA NULIDAD DE TODO LO ACTUADO desde la notificación al demandado de la resolución trece de fecha dieciséis de febrero del dos mil once de fojas sesenta inclusive a cuyo estado se repondrá la causa, y renovando al acto procesal viciado: i) NOTIFIQUESE al emplazado con la resolución trece que prueba la liquidación respectiva en el domicilio real donde se realizo dicha notificación defectuosa y que fuera señalado por la propia actora bajo su propia responsabilidad en su escrito de fojas cincuenta y nueve teniéndose en cuenta la formalidad dispuesta en el artículo 161° del Código Adjetivo Civil, bajo responsabilidad funcional (...) iv) PRACTIQUESE liquidación de pensiones devengadas conforme a la propuesta presentada por la actora por escrito de fojas setenta y dos y setenta y tres y cumplido ello notifíquese al demandado conjuntamente con la notificación ordenada precedentemente en el mismo domicilio señalado por la propia actora bajo su propia responsabilidad en dicho escrito; Resolución N° DIECIOCHO, de fecha dieciséis de enero del años dos mil trece: NOTIFIQUESE al demandado Jeremías Ramos Ticlla,(...) con la liquidación practicada desde el mes de marzo del dos mil doce al mes de enero del año dos mil trece en el monto de S/.945.06 y que corre a folios 91(...); Resolución N° VEINTIDOS, de fecha diecinueve de mayo del años dos mil catorce: TENGASE por APERSONADO a LEINEY RAMOS HUAMAN, quien al obtener la mayoría de edad continuara el proceso por ser esta la parte demandante, subrogándose a su madre Carlota Huamán Penachi en el proceso(...); Resolución N° VEINTICINCO, de fecha tres de marzo del año dos mil quince: (...) desde el MES DE FEBRERO DEL AÑO 2013 AL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2015(...) el demandado Jeremías Ramos Ticlla debe actualmente: (S/. 1,031.20) MIL TREINTA Y UNO NUEVOS SOLES Y 20/100 de pensiones alimenticias devengadas; Resolución N° VEINTISEIS (APROBACION DE LIQUIDACION), de fecha catorce de abril del dos mil quince: SE RESUELVE: TENER por aprobada la liquidación en la suma de S/.1,031.20, por el período que va desde febrero del año dos mil trece al mes de febrero del dos mil quince, por consiguiente, requiérase al deudor alimentario Jeremías Ramos Ticlla para que dentro del tercer día de notificado cancele el monto de pensiones devengadas a la demandante (...) bajo apercibimiento de REMITIRSE copias a la Fiscalía Provincial Penal de Santa Cruz para que proceda con arreglo a sus atribuciones (...); Resolución N° TREINTA Y TRES, de fecha catorce de septiembre del dos mil dieciséis: NOTIFIQUESE al demandado JEREMIAS RAMOS TICLLA, MEDIANTE EDICTOS, con la RESOLUCIÓN NÚMERO TRECE, NUMERO DIECISIETE, NUMERO DIECIOCHO, NUMERO VEINTICINCO, NUMERO VEINTISÉIS Y LA PRESENTE RESOLUCIÓN, esto para la debida continuación del presente proceso de alimentos, publicaciones que se deben efectuar bajo riesgo y responsabilidad de la parte interesada; PUBLIQUESE una síntesis de la resolución en el Diario Oficial "La República"- Juez: Dr. Jorge Luis Villegas Puelles - Secretaria Dra. Paola Esmeralda Chuman Castillo. Santa Cruz, 14 de Septiembre del 2016. Paola Esmeralda Chuman Castillo SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO SANTA CRUZ P.5520873 - F.P. 04-05-06 Octubre- S/. 21.00

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 00106-2016-0-0601 -JP-CI-01, en los seguidos por HERMELINDA MORENO LUICHO sobre RECTIFICACION DE PARTIDA, ante el Primer Juzgado de Paz Letrado- Baños del Inca, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO de fecha 14 de setiembre del 2016 : SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del proceso No Contencioso la solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento interpuesta por HERMELINDA MORENO LUICHO, PUBLIQUESE por una vez un extracto de la solicitud en el Diario “La República”, así como en las tablillas del juzgado.OFICIANDOSE con tal fin a la diario la República. NOTIFIQUESE. ELIZABETH ANGULO PORTAL JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA Segundo N. Arteaga Escobar SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO BAÑOS DEL INCA - CAJAMARCA P.5518433-F.P. 03-05 Octubre- S/.4.00

B

EDICTO EXP. N° 697 - 2016 - C -Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, en los seguidos por MARÍA SANTOS MOSQUERA CHUNQUE, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se ha resuelto lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO DOS: Cajamarca, 11 /07 /16. CONSIDERANDO: ADMITASE A TRAMITE en la vía del proceso NO CONTENCIOSO la demanda de Rectificación de la partida de nacimiento, indicando que en el rubro que corresponde a la fecha de nacimiento por error se ha consignado como “ 18 de Setiembre de 1959”, debiendo ser lo correcto el “ 23 de Julio de 1950”.- Así mismo indica que en el rubro que corresponde a los datos del padre, se ha consignado el apellido paterno como “MOSQUEIRA” cuando lo correcto es “MOSQUERA”, debiendo figurar en lo sucesivo como “LORENZO MOSQUERA CARUANAMBO” : PUBLIQUESE: en el diario oficial “GRUPO LA REPUBLICA PUBLICACIONES S. A.” de esta localidad, por el lapso de 1 día .-Fdo. Dr. Díaz, Juez y Fernández Sec. HUGO HOLDEN DIAZ LEON JUEZ QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA GISSEL ABIGAIL FERNANDEZ YEPEZ SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO - CIVIL CAJAMARCA P.5540183 - F.P. 05 Octubre - s/.3.00 EDICTO El Juzgado Mixto de la Provincia de HualgayocBambamarca, Juez Quiroz, Sec. Miranda, en el Exp. N° 2015-037 mediante SENTENCIA N° 0282016 contenida en la resolución número siete, de fecha veintiocho de marzo del dos mil dieciséis, se ha resuelto lo siguiente: DECLARA FUNDADA la demanda interpuesta por Effer Pérez Bustamante, sobre cambio de prenombre, en consecuencia, ORDENÓ el cambio del prenombre de “Effer" por el de "Alex”, quedando su nombre como ALEX PÉREZ BUSTAMANTE. PUBLIQUESE un extracto de la SENTENCIA N° 028-2016 por UN DÍA HÁBIL en el diario Oficial de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca “La República”, lo que hace de su conocimiento Público, a fin de que las personas que creyeran con derecho a oposición lo hagan dentro el termino de Ley. Firmado: Juez. QUIROZ BARRANTES, y Sec. MIRANDA VILLEGAS. FRANCISCO MARTIN QUIROZ BARRANTES JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA INGRUETH M. MIRANDA VILLEGAS SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO MIXTO HUALGAYOC - BAMBAMARCA P. 5538946 - F.P. 05 Octubre S/. 2.50 EDICTO EXP N°: 345-2013-C,Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Cajabamba, a solicitud de SANTOS NEMESIA AVILA FERNANDEZ DE PAZ; se ha resuelto: ADMITIR a trámite la solicitud presentada por la recurrente, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO por aparecer el nombre de su padre en forma incorrecta, como FELIPE SANTIAGO AVILA, debiendo ser lo correcto FELIPE SANTIAGO AVILA SANTOS. Asimismo el nombre de su madre se ha inscrito como MARIA MARTINA FERNANNDEZ, siendo lo correcto MARIA MARTINA FERNANDEZ BARROS, por lo que es necesario se realice la correspondiente Rectificación de Partida de Nacimiento, poniéndose en conocimiento de los interesados para los fines de ley, agréguese, publíquese, cúrsele.- Dra. Lidia Gutiérrez Catacora, Juez del Juzgado de Paz Letrado de Cajabamba.- Carla G. Ordinola Armas, Especialista Legal. Cajabamba, 13 de Mayo del 2016 Lidia Gutierrez Catacora JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA Abg. Carla G. Ordinola Armas SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJABAMBA P. 5538889 - F.P. 05 Octubre - S/. 2.50

SUCESIÓN INTESTADA EDICTO EXP. NO 234-2016-C, JUZGADO PAZ LETRADO DE LA PROVINCIA DE CAJABAMBA, EN SOLICITUD DE NOEMY VARGAS URBINA; SE HA RESUELTO: ADMITIR A TRAMITE LA SOLICITUD QUE SE INTERPONE SOBRE SUCESIÓN INTESTADA DE SU MADRE, LA SRA. JUANA SABINA URBINA AVILA, DEBIENDO DECLARARSE COMO UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES A SUS HIJOS: SAMUEL Y NOEMY VARGAS URBINA, LO QUE SE PONE EN CONOCIMIENTO PUBLICO PARA LOS FINES PERTINENTES, TENGASE; AGREGUESE; PUBLIQUESE; CURSELE.- DR. PIERRE ANTONIO PANTOJA NIÑO DE GUZMAN, JUEZ ENCARGADO DEL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE CAJABAMBA.- ABOG. LUIS

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

ALBERTO CABANILLAS RUIZ.-SECRETARIO JUDICIAL. Cajabamba, 15 der Setiembre del 2016. PIERRE ANTONIO NIÑO DE GUZMAN JUEZ JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA Luis Alberto Cabanillas Ruiz SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJABAMBA P. 5538889 - F.P. 05 Octubre - S/. 2.50

3.NOTIFICACIÓN POR EDICTOS EDICTO EXP. N° 1997-759-C ante el Juzgado Mixto Cajabamba, Juez Doctor encargado Manuel R. Paredes García, en el Proceso seguido por la Dirección Regional de Reforma Agraria, contra Fernando Narváez Echevarría y otros, sobre Expropiación. Se publica lo siguiente: Resolución Número: CINCUENTA Y SEIS de fecha veintidós de enero de dos mil dieciséis, se indica que se notifique a los posible sucesores de Zoila Bernardita Cortijo Narváez y María Teresa Cortijo Narváez, con un extracto de la resolución Admisoria mediante edictos; se Admite a trámite la demanda interpuesto por Dirección Regional de Reforma Agraria, contra Fernando Narváez Echevarría y otros, sobre Expropiación, del predio rústico “Palo Amarillo'’ ubicado en la Distrito de Condebamba y Provincia de Cajabamba, téngase por ofrecidos los medios probatorios que se indican en el escrito de demanda, a fin de que dentro del plazo de noventa días de realizada la última publicación, se apersonen al proceso y absuelva la presente demanda, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal en caso de incumplimiento a lo antes ordenado, PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución por el término perentorio de TRES con intervalo de TRES días cada publicación.DR. MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL. SECRETARIO JUZGADO MIXTO CAJABAMBA. Cajabamba, 22 de Agosto del 2016. MANUEL R. PAREDES GARCÍA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA MARLON IVAN OTINIANO AMAMBAL SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO CAJABAMBA P.5514698 - F.P. 29 Septiembre 05-11 Octubre S/.9.00 EDICTO JUDICIAL Expediente N° 2016-067-C, en el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por OLIVIA LOZANO RODRÍGUEZ, sobre DECLARACIÓN DE MUERTE PRESUNTA, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO UNO; que RESUELVE: ADMITIR a trámite la solicitud de declaración judicial de muerte presunta planteada por OLIVIA LOZANO RODÍGUEZ, en la vía del proceso NO CONTENCIOSO; EMPLÁCESE mediante edictos a la presunta muerta Margarita Rodríguez Zelada y a sus probables sucesores, los mismos que se publicarán por TRES DÍAS HÁBILES consecutivos en el diario oficial “El Peruano” y diario judicial “La República”, a fin de que en el lapso de TREINTA DÍAS del día siguiente de realizada la última publicación se apersonen y formulen contradicción; SEÑÁLESE fecha para la audiencia de actuación y declaración judicial para el día VEINTICINCO DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, A LAS NUEVE HORAS DE LA MAÑANA, a la que deberán concurrir las partes en forma obligatoria, bajo apercibimiento de concluirse el proceso en caso de inasistencia de ambas partes, y en caso de inconcurrencia de la parte emplazada de tenerse por verdaderas las afirmaciones de la recurrente, de conformidad con lo previsto en el artículo 296° inciso 2) del Código Procesal Civil; PÓNGASE A CONOCIMIENTO del Ministerio Público para los fines pertinentes. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretaria Judicial.- Ana Silvia Espinoza Idrogo. Julissa ASeijas Silva JUEZA TITULAR JUZGADO MIXTO DE CELENDIN CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA CAJAMARCA ANA SILVIA ESPINOZA IDROGO SECRETARIA JUDICIAL - CIVIL JUZGADO MIXTO - CELENDIN P.551977- F.P. 03-04-05 Octubre - S/.10.00 EDICTO EXP. N° 1169-2014 - C- Quinto Juzgado de Paz Letrado Civil, la señora Juez Dra. ANA MARIA VASQUEZ LADAY, en los seguidos por el BANCO FINANCIERO DEL PERÚ- CAJAMARCA contra la sucesión de MARIA OLINDA MEJIA PASTOR sobre Obligación de dar Suma de Dinero, se ha proveído lo siguiente: RESOLUCIÓN NUMERO CINCO: Cajamarca, 20-09-16, CONSIDERANDO: DECLARESE LA SUCESION P´ROCESAL DE LA SEÑORA QUE EN VIDA FUERA MARIA OLINDA MEJIA DE PASTOR: EMPLACESE a la sucesión , a fin de que se apersonen al proceso en el estado en el que se encuentra, se ha dispuesto se notifique mediante edictos a publicarse en el diario oficial “La República” de esta localidad, por el plazo de 3 días consecutivos, a fin de que concurran a esta instancia para ejercer su derecho de defensa, bajo

Miércoles, 05 de Octubre del 2016

apercibimiento de nombrarse Curador Procesal. Ana María E. Vasquez Alday JUEZ QUINTO JUZGADO PAZ LETRADO CORTE SUPERIOR JUSTICIA CAJAMARCA CYNTHIA MUÑOZ POSADAS SECRETARIA JUDICIAL QUINTO JUZGADO DE PAZ LETRADO CAJAMARCA P.5536598 - F.P. 04-05-06 Octubre - S/. 9.00

4.EDICTOS PENALES EDICTO PENAL SALA PENAL LIQUIDADORA - JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE JUDICIAL: JORGE MITCHAEL VILLATY CHONLON EXP: 638-2015-3. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL , a los acusados CESAR ESTRADA CHUQUILIN, VICTOR HUAMAN LOZANO y SEGUNDO WILSON CUEVA LOZANO en el presente proceso seguido en su contra, la misma que se realizará en ACTO PUBLICO el día JUEVES QUINCE DE DICIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado, sito en el Jr. Unión N° 822, Barrio Cumbe Mayo; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial disponiéndose el archivo provisional del proceso . En los seguidos por el delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego en Agravio de El Estado. Suscriben el presente los señores: DIAZ VARGAS, HOLGUIN MORAN, MERINO VIGO y Especialista Jorge Mitchael Villaty Chonlon. Atentamente. CARLOS DIAZ VARGAS Presidente Sala Penal Liquidadora Juzgado Penal Colegiado CSJ. Cjamarca F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL SALA PENAL LIQUIDADORA - JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE JUDICIAL: JORGE MITCHAEL VILLATY CHONLON EXP: 1230-2016-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL , a los acusados JHONATAN BAZAN ALTAMIRANO en el presente proceso seguido en su contra, la misma que se realizará en ACTO PUBLICO el día JUEVES CINCO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado, sito en el Jr. Unión N° 822, Barrio Cumbe Mayo; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial disponiéndose el archivo provisional del proceso . En los seguidos por el delito de Violencia y Resistencia a la Autoridad en Agravio de El Estado. Suscriben el presente los señores: DIAZ VARGAS, HOLGUIN MORAN, MERINO VIGO y Especialista Jorge Mitchael Villaty Chonlon. Atentamente. CARLOS DIAZ VARGAS Presidente Sala Penal Liquidadora Juzgado Penal Colegiado CSJ. Cjamarca F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL SALA PENAL LIQUIDADORA - JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA DE JUDICIAL: PATRICIA LA TORRE ESPARZA EXP: 08-2010-1. SE RESUELVE: 1.- CITAR A JUICIO ORAL , a los acusados JHONATAN BAZAN ALTAMIRANO en el presente proceso seguido en su contra, la misma que se realizará en ACTO PUBLICO el día MARTES VEINTICUATRO DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Juzgado Penal Colegiado, sito en el Jr. Unión N° 822, Barrio Cumbe Mayo; bajo apercibimiento de ser declarado CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial disponiéndose el archivo provisional del proceso . En los seguidos por el delito de Violencia y Resistencia a la Autoridad en Agravio de El Estado. Suscriben el presente los señores: DIAZ VARGAS, ALVARADO LUIS, MERINO VIGO y Especialista Patricia La Torre Esparza. Atentamente. CARLOS DIAZ VARGAS Presidente Sala Penal Liquidadora Juzgado Penal Colegiado CSJ. Cjamarca F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA ESPECIALISTA JUDICIAL: Lorena Carrión Rojas Exp. N° 01797-2015-1-0601-JR-PE-05 SE RESUELVE: 1.- CITAR A AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, en el presente proceso, que se realizará en ACTO PÚBLICO el día MARTES TRECE DE DICIEMBRE DEL DOS MIL DIECISEIS, a las TRES DE LA TARDE, la misma que se llevará a cabo en la Sala de Audiencias número cinco (05) 7mo Piso, de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, ubicada en la Av. La Cantuta cuadra 12, Urb. Villa Universitaria, frente al Complejo Qhapac Ñan (edificio de 9 pisos, con vidrios reflectivos). Debiendo los acusados WALTER MENDOZA

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

HUATAY y JHORDANO MORENO JANAMPA, concurrir obligatoriamente a la audiencia señalada, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito contra el patrimonio en su modalidad de hurto agravado en agravio de Lorenzo Mosqueira Soto. Suscribe el Señor Juez: Domingo Alvarado Luis y la especialista judicial: Lorena Carrión Rojas. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL - CAJAMARCA DOMINGO CELESTINO ALVARADO LUIS JUEZ TITULAR Lorena Ibeth Carrion Rojas ESPECIALISTA JUDICIAL Juzgados Unipersonales y Colegiado MODULO PENAL NCPP CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre

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presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Ibeth Kris Tirado Luis. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 03-04-05 Otubre

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 197 - 2016 ( 134 - 2016- JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: RONALD FERNANDO ROJAS SANCHEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha trece de setiembre del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Ronald Fernando Rojas Sánchez, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Conducción de Vehículo en estado de ebriedad, en agravio de la Sociedad Cajabambina. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 300 - 2015 ( 116 - 2016- JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: JOSE CESAR MONZÓN CRUZ Para hacer de su conocimiento que por resolución de fecha ocho de setiembre del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado José César Monzón Cruz, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Santos Luciano Monzón Sifuentes y otro . Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA

LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 03-04-05 Otubre

LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 03-04-05 Otubre

EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 96 - 2014 ( 182 - 2014- JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: RUBEN LORENZO CERNA HERNÁNDEZ Para hacer de su conocimiento que por resolución número quince de fecha trece de setiembre del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Rubén Lorenzo Cerna Hernández, disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la presente causa, hasta que el acusado contumaz sea ubicado y capturado; DESIGNANDOSE como su Abogado defensor a la Abogada de Oficio doctora Elva Liliana Albújar Nuñez; HAGASE PRESENTE, que conforme lo dispone el artículo 79° inciso 6) del Código Procesal Penal, esta condición procesal solamente cesará con la presentación o puesta a disposición del acusado contumaz y realizadas las diligencias que requieran su intervención, en el proceso que se le sigue por delito contra la Fe Pública, en su modalidad de Falsificación de Documentos, en agravio del Estado representado por el Procurador Público del Ministerio Público. Suscribe el señor Juez Doctor MANUEL RAMON PAREDES GARCIA y especialista Judicial: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA.MANUEL R. PAREDES GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CAJABAMBA LUISA DANNY PAREDES LOAYZA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL JUZGADO PENAL LIQUIDADOR CAJABAMBA F.P. 03-04-05 Otubre EDICTO PENAL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJABAMBA ESPECIALISTA JUDICIAL: LUISA DANNY PAREDES LOAYZA Exp. Nro. 154 - 2016 ( 104 - 2016- JUP) SE CITA Y EMPLAZA AL ACUSADO: JORGE ANTONIO TIRADO MIRANDA Para hacer de su conocimiento que por resolución número tres de fecha ocho de setiembre del dos mil dieciséis, se ha declarado CONTUMAZ al procesado Jorge Antonio Tirado Miranda disponiéndose su ubicación y captura a nivel Nacional y se ORDENA el archivo Provisional de la

EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1518-2016-1-0601-JRPE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS DIEZ DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado CARLOS WILLIAM AGUILAR QU1SPE, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Aguilar Carhuanambo Llecicza Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1509-2016-1-0601-JRPE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado ALEX EVER QUEZADA TELLO, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Receptación en agravio de Flores Quijaite Janet. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1516-2016-1-0601-JRPE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día SEIS DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR Al acusado SANTOS SEVERIANO VEGA VALLEJOS, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Terán Vigo Edita. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1521-2016-1-0601-JRPE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado WILSON GUTIERREZ MARIN, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Gutiérrez Gallardo Geilay. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1395-2016-1-0601-JRPE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca al acusado ALFONSO LOPEZ BACON, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de López Caja María. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1505-2016-1-0601-JRPE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. SE NOTIFICAR al acusado FELIPE CARRASCO RAMOS, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Carrasco Chávez Deysi. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL

Miércoles, 05 de Octubre del 2016

UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1470-2016-1-0601-JRPE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado JORGE LUIS PISCO SALDAÑA, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Conducción en Estado de Ebriedad, en agravio de Sociedad Cajamarquina. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1492-2016-1-0601-JRPE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado NATIVIDAD TUCTO VILCA, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Llamasaqui Hoyos Guillan. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1482-2016-1-0601-JRPE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día CINCO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado CARLOS GILBERTO CHAVEZ VILCA, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Chávez Correa Jhomira. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEDD - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL MEDIENTE ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL.- de fecha quince de setiembre del presente año. SE RESUELVE notificar por edicto al acusado LEIMER LEONEL LINO MERCEDES para que concurra a la audiencia programada para el día 05 de diciembre del presente año a horas 3 de la tarde que se llevara a cabo en juzgado penal unipersonal de Contumaza, a fin de que comparezca al proceso a ejecutar su defensa bajo apercibimiento de declarase reo contumaz el presente proceso penal n° 034-2012 seguido contra JEAN JAIME ZAMORA GARCIA Y OTROS por el delito CONTRA EL PATRIMONIO, en la modalidad de ESTAFA, disponiendo su emplazamiento por edictos a través del diario OFICIAL LA “REPUBLICA”, los mismos que se publicación que se hará con un intervalo de por tres días hábiles consecutivos. Fdo. Dr. Pedro Alejandro Osorio Montoya.- Juez.Fdo. Cinthya Eveling Mondragón Rebaza secretaria Pedro A. Osorio Montoya JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CONTUMAZA

F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL PRIMER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LA CORTE DE CAJAMARCA ESPECIALISTA: JUAN BRIONES ÁLVAREZ. Exp. N° 00505-2012-1-0601-JR-PE-03 SE RESUELVE: CITAR A JUICIO ORAL, en la presente causa, que se realizará en acto público el día DIEZ DE ENERO DEL DOS MIL DIECISIETE, a horas TRES DE LA TARDE, ( 3.P.M.), la misma que se llevará a cabo en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO COLEGIADO ( 8vo Piso) del nuevo local de la sede de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca ubicado en la Av. La Cantuta Cdra 12 Urb. Villa Universitaria frente del Complejo Gran Qhapac Ñan. ( Edificio de 9 pisos con vidrios reflectivos), debiendo concurrir el acusado CARLOS CÉSAR CANCHUCAJA ARAUJO BAJO APERCIBIMIENTO de ser declarado REO CONTUMAZ, en caso de inconcurrencia, previa verificación en la audiencia, con la subsecuente disposición de ordenarse su ubicación y captura por la fuerza policial en los seguidos en su contra por el delito de Omisión, Rehusamiento o Demora de Actos Funcionales en agravio del Estado.- Suscribe el Señor Juez José Francisco León Izquierdo y el especialista Judicial Juan Briones Álvarez. Atentamente F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1911-2015-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza a los agraviados: PABLO ROJAS RAMOS, LORENZO HUATAY SOTO Y SUSANA HUAMÁN CHILÓN DADO CUENTA con el presente proceso; CITESE para el día dieciocho de octubre del año en curso a horas nueve de la mañana (9:00 Hrs) para la realización de audiencia preliminar de control de acusación que se llevará a cabo en la sala de audiencias número TRES, quinto piso, de los juzgado de Investigación preparatoria, ubicado en la Avenida la Cantuta cuadra doce (referencia Frente al Complejo Qhapac Ñan) con la presencia obligatoria del representante del Ministerio Público y de los acusados Ángelo Huaccha Huingo, Carlos Martin Vásquez Vásquez y Merardo Saldaña Bada, bajo apercibimiento del primero de los nombrados de poner en conocimiento su conducta al Órgano de Control para que proceda conforme a sus atribuciones en caso de inconcurrencia injustificada, y para el abogado defensor de excluirlos de la defensa y designar a un abogado defensor público DISPONGO la notificación de los agraviados PABLO ROJAS RAMOS, LORENZO HUATAY SOTO Y SUSANA HUAMAN CHILON por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días con la presente resolución; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 28 de setiembre del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4°JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1188-2016-4-0601-JR-PE-05 QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: FIDEL SANCHEZ RIOS Se Cita, Notifica y Emplaza a: JORGE MANUEL MÁRQUEZ DÍAZ Para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, si lo tiene por conveniente dentro del plazo de TRES DÍAS HÁBILES más el término de la distancia, DESIGNE ABOGADO DEFENSOR DE SU LIBRE ELECCIÓN, bajo apercibimiento de nombrársele abogado Defensor Público, en caso de incumplimiento; en el proceso que se le sigue por el delito de Asociación Ilícita para Delinquir, en agravio de El Estado. Cajamarca, 28 de Setiembre del 2016. CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA TATIANOVA ABANTO TAFUR JUEZ TITULAR F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 299-2014-1-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza al sentenciado: SEGUNDO RICARDO CHUAN CUEVA EL SEÑOR JUEZ DEL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA en audiencia de registro de revocatoria de la suspensión de la pena ha resuelto lo siguiente: DECLARAR frustrada la instalación de audiencia la no haber sido notificado el sentenciado; SAÑALESE que el sentenciado SEGUNDO RICARDO CHUAN CUEVA debe ser notificado en las direcciones que han sido señaladas en juicio oral, esto es en la dirección Jr. Pumacahua N°. 402 de esta ciudad; sin perjuicio de ello la representante del Ministerio Público ha señalado como dirección Pasaje Mateo Pumacahua N°. 412 referencia espaldas de la caseta de serenazgo pasando la avenida Perú, entre Ciro Alegría y San Sebastián; REPROGRAMAR la audiencia de revocatoria de pena para el

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

día DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de audiencia número tres (quinto piso) de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca (sede Qhapac Ñan) con la concurrencia del representante del ministerio Público, bajo apercibimiento de tenerse por no presentado el requerimiento de revocatoria; con la presencia obligatoria del sentenciado, caso contrario solo se llevará a cabo la audiencia con la participación de la defensa técnica, se notifique a la parte agraviada para su conocimiento; DISPONGO la notificación del sentenciado SEGUNDO RICARDO CHUAN CUEVA por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días con el extracto de la resolución número quince; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 29 de setiembre del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4°JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 1062-2016-1-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza a los imputados: JORGE SINDULFO LOZANO MEJIA, NILO MARINO LEON COLLANTES Y MARIA ANGELA RAMIREZ REQUELME. DADO CUENTA con cuenta con el cuaderno de actor civil, y estando a la devolución de cédulas y notificación y conforme a lo informado por el notificador judicial quien indica , que el domicilio de los procesados no se encuentra en la zona señalada y preguntado a los moradores no conocen a los procesados, en consecuencia a fin de no dejar en estado de indefensión a los acusados de conformidad con lo dispuesto por el artículo 128° del Código Procesal Penal; DISPONGO la notificación de los imputados JORGE SINDULFO LOZANO MEJIA, NILO MARINO LEON COLLANTES Y MARIA ANGELA RAMIREZ REQUELME por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días con el extracto de la resolución número dos que dispone la notificación con el escrito de requerimiento de constitución en actor civil, precisando que teniendo en cuenta el daño generado por la comisión del delito resulta prudente establecer un monto por la restitución de los bienes y/o caudales apropiados solicitando la restitución del monto afectado, así como la reparación civil de cien mil soles como quantum indemnizatorio a favor del Estado que deberán pagar los acusados; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 29 de setiembre del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4°JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO PENAL Exp. N° 383-2014-0-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza a la imputada: DAMARIS DELGADO BURGA. DADO CUENTA con la devolución de cédula de notificación destinada a la acusada DAMARIS DELGADO BURGA; y, advirtiéndose de la razón emitida por el notificador judicial del distrito de Puente Piedra- Lima quien indica lo siguiente “(…) no se ubica la numeración indicada en el jirón Ayacucho – Puente Piedra – Lima (…)”en consecuencia a fin de no dejar en estado de indefensión a la referida acusada y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128° del Código Procesal Penal, que a su tenor indica: “(…) cuando se ignore el lugar donde se encuentre la persona que deba ser notificada, la resolución se hará saber por edicto (…)”,. DISPONGO la notificación de la acusada DAMARIS DELGADO BURGA por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días con el extracto de la resolución número tres y requerimiento fiscal, en el que se corre traslado el requerimiento acusatorio solicitado por el representante del Ministerio Público, en el que solicita se le imponga la pena privativa de libertad de SIETE MESES y al pago de quinientos nuevos soles por concepto de reparación civil, en favor del agraviado; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 29 de setiembre del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4°JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. - CAJAMARCA F.P. 03-04-05 Octubre EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 00179-2016-0-0601-JR-FT-03, en los seguidos por FIDELA GUEVARA GUERRERO contra HUGO CESAR TERRONES SALAZAR sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Tercer Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO de fecha 18 de marzo del 2016 : RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Fidela Guevara Guerrero, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada don Hugo Cesar Ter-

DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

rones Salazar, está prohibido de agredir física y psicológicamente a su conviviente y de protagonizar escenas de violencia en presencia de su menor hijo, 2). El demandado está prohibido de llegar a su domicilio en estado de ebriedad así como está prohibido de tomar represalias contra la agraviada por los hechos denunciados; medidas que se imponen al demandado bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. NOTIFIQUESE en este acto al abogado representante de la agraviada las parte agraviada, quien dijo: Estoy Conforme, advirtiéndose de autos que no se ha podido notificar al denunciado NOTIFIQUESE con la presente mediante edictos en el Diario la República por dos días interdiarios. HENNA MERCADO CALDERON JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA F.P. 03-05 Octubre EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 00898- 2016-0 -0601 -JR-FP-03, en los seguidos por MARIA TEOFILA VASQUEZ LOZANO y VICTOR CERDAN BECERRA en agravio de JHON ANTHONY CERDAN VASQUEZ sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Tercer Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: CUATRO de fecha 13 de julio del 2016 : RESUELVE: CONCEDER a favor de los agraviados denunciados Víctor Cerdán Becerra y María Teófila Vásquez Lozano, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que los denunciados – agraviados Víctor Cerdán Becerra y María Teófila Vásquez Lozano, están prohibidos de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de ellos mismos, 2). Ambos denunciados – agraviados están prohibidos de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta uno en contra del otro, 3). El denunciado Jhon Anthony Cerdan Vásquez está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de su padre 4). ORDENO que don Víctor Cerdán Becerra, María Teófila Vásquez Lozano y Jhon Anthony Cerdan Vásquez se sometan a terapia psicológica a cargo de la psicóloga de esta Corte por el tiempo que esta profesional lo disponga; medidas que se imponen a los denunciados – agraviados bajo apercibimiento de ser denunciados por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. RESOLUCION NUMERO: CUATRO de fecha 13 de julio del 2016 ADVIRTIENDOSE de autos que no se ha logrado notificar a las partes procesales con la resolución número tres en consecuencia a fin de que tomen conocimiento de las medidas dictadas NOTIFIQUESE vía edictos a los mismos, la resolución tres y la presente. NOTIFIQUESE. HENNA MERCADO CALDERON JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA

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EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 00958 -2016- 0-0601 -JR-FP-03, en los seguidos por MARIA ORTIZ PAISIG y ESTELITA MANTILLA ORTIZ contra GILBERTO HERRERA CHUGNAS sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Tercer Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES de fecha 17 de mayo del 2016 : RESUELVE: CONCEDER a favor del agraviado Gilberto Herrera Chugnas, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada Estelita Mantilla Ortiz y María Ortíz Paisig, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de su conviviente y yerno respectivamente Gilberto Herrera Chugnas, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra del agraviado por los hechos denunciados, medidas que se imponen a las demandadas bajo apercibimiento de ser denunciadas por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. NOTIFIQUESE en este acto a la abogada de la agraviada, quien dijo: conforme REMITASE copia certificada de la presente a la Policía Nacional de Cajamarca para la ejecución de las medidas de protección y evidenciándose del resultado de la evaluación médica que los hechos no constituyen delito, sin embargo no obrando en autos aún los resultados de la evaluación psicológica, RESERVESE la remisión del expediente a la Fiscalía Penal hasta que se tenga a la vista dicho resultado en consecuencia OFICIESE a la División Médico Legal a fin de que a la brevedad posible REMITA a este Juzgado dicho resultado y RESOLUCION NUMERO: CUATRO de fecha 13 de julio del 2016 REMITASE los actuados a la Fiscalía Penal de Turno para los fines de ley, dejándose copia certificada de las piezas principales en este Juzgado, asimismo advirtiéndose que no se ha logrado notificar a las partes procesales con el acta de emisión de medidas de protección NOTIFIQUESE a las mismas vía edicto con el contenido del acta antes indicada. HENNA MERCADO CALDERON JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA

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EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 01128- 2016- 0- 0601-JR-FP-03, en los seguidos por DULCELINA HUARIPATA GOICOCHEA contra JORGE MORENO CHUAN sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Tercer Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo sigu-

Miércoles, 05 de Octubre del 2016

iente : RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS de fecha 03 de junio del 2016 RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Dulcelina Huaripata Goicochea, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada Jorge Moreno Chuan, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de Dulcelina Huaripata Goichea, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, así como está prohibido de realizar actos que perturben la tranquilidad de la agraviada, 3). DISPONGASE que tanto la denunciante como el denunciado se sometan a terapia psicológica a cargo de la Psicóloga de esta Corte por el tiempo que esta profesional lo estime pertinente; medidas que se imponen al demandado bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. NOTIFIQUESE en este acto al abogado de la agraviada, quien dijo: conforme OFICIESE a la Policía Nacional de Baños Del Inca para la ejecución de las medidas de protección adjuntándose copia certificada de la presente y REMITASE los actuados a la Fiscalía Penal de Turno para que inicie el proceso penal conforme a ley, dejándose copia certificada de las piezas principales en este Juzgado. RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha 13 de julio del 2016 A CONOCIMIENTO de las partes interesadas y advirtiéndose de autos que no se ha logrado notificar al denunciado con la audiencia de medidas de protección NOTIFIQUESE al mismo VIA EDICTOS el acta antes indicada y la presente resolución. NOTIFIQUESE. HENNA MERCADO CALDERON JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA

F.P. 03-05 Octubre

EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 00329 -2016- 0-0601 -JR-FT-01, en los seguidos por KARINA LISETH ROMERO CASAS contra MREGILDO GONZALES OCAS sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Primer Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS de fecha 29 de marzo del 2016 RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Karina Liseth Romero Casas, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada Meregildo Gonzales Ocas, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de su esposa Karina Liseth Romero Casas, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, 3). DISPONGASE que la denunciante como el denunciado se sometan a terapia psicológica en el establecimiento de salud y/o centro de atención público o privado más cercano a sus domicilios; medidas que se imponen al demandada bajo apercibimiento de ser denunciada por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. NOTIFIQUESE en este acto al abogado de la agraviada, quien dijo: conforme REMITASE copia certificada de la presente a la Policía Nacional de Cajamarca para la ejecución de las medidas de protección teniendo en cuenta que aún no obran en autos los resultados de la evaluación física y psicológica, RESEVESE la remisión de los actuados a la Fiscalía Penal hasta que se tenga a la vista dichos resultados y RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES de fecha 07 de abril del 2016 RESUELVE: PONGASE a disposición de la parte agraviada a fin de que haga valer su derecho ante el Juez de Paz Letrado de Faltas. Asimismo teniendo en cuenta que no se ha logrado notificar a la agraviada ni denunciado con las resoluciones emitidas en el presente NOTIFIQUESE vía edicto a los mismos con un extracto de cada resolución en el Diario La República por el plazo de dos días incendiarios. NOTIFIQUESE. CECILIA M. VELEZ CALDERON JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA F.P. 03-05 Octubre EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 00234- 2016 -0-0601 -JR-FT-02, en los seguidos por MARIA ANITA DE LA CRUZ MANTILLA contra SEGUNDO VICENTE HUAMAN ANYAYPOMA sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: TRES de fecha 31 de marzo del 2016 : RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada María Anita De La Cruz Mantilla, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada don Segundo Vicente Huamán Anyaypoma, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de su esposa María Anita De La Cruz Mantilla, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, 3). DISPONGASE que la denunciante como el denunciado se sometan a terapia psicológica en el establecimiento de salud y/o centro de atención público o privado mas cercano a sus domicilios; medidas que se imponen al demandado bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. NOTIFIQUESE en este acto al abogado de la agraviada, quien dijo: conforme, el denunciado dijo: estoy conforme. REMITASE copia certificada de la presente a la Policía Nacional de Cajamarca para la ejecución de las medidas de protección y evidenciándose

del resultado de la evaluación médica que los hechos no constituyen delito, sin embargo no obrando en autos aún los resultados de la evaluación psicológica, RESERVESE la remisión del expediente a la Fiscalía Penal hasta que se tenga a la vista dicho resultado. RESOLUCION NUMERO: CUATRO de fecha 25 de abril del 2016 PONGASE el presente expediente a disposición de la parte agraviada a fin de que haga valer su derecho ante el Juez de Paz Letrado de Faltas si lo cree pertinente. Asimismo verificándose que no se ha logrado notificar a la agraviada y denunciado, NOTIFIQUESE a los mismos vía edictos la resolución tres y cuatro, por dos días interdiarios, OFICIANDOSE con tal fin a la diario la República. NOTIFIQUESE. LORENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA F.P. 03-05 Octubre EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 00435 -2016-0-0601 -JR-FT-02, en los seguidos por FAUSTINA MORALES QUISPE contra LUIS ALBERTO ROBLES LEIVA sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS de fecha 20 de abril del 2016 : RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Faustina Morales Quispe, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada Luis Alberto Robles Leiva, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de Faustina Morales Quispe, 2). La parte denunciada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, así como está prohibido de protagonizar escenas de violencia en presencia de su menores hijos y de realizar actos que perturben la tranquilidad de la agraviada y de sus menores hijos, 3). DISPONGASE que la tanto la denunciante como el denunciado y sus menores hijos Jelen y Kenlly Robles Morales se sometan a terapia psicológica a cargo de la Psicóloga de esta Corte por el tiempo que esta profesional lo estime pertinente, 4). EXHORTESE al denunciado cumpla con su obligación alimentaria respecto de sus menores hijos, medidas que se imponen al demandado bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha 19 de mayo del 2016 A CONOCIMIENTO de las partes para los fines pertinentes. NOTIFIQUESE al denunciado con la resolución dos y tres vía edictos. RESOLUCION NUMERO: CUATRO de fecha 13 de julio del 2016 REMITASE los actuados a la Fiscalía Penal de Turno para los fines de ley, dejándose copia certificada de las piezas principales en este Juzgado. CUMPLASE con notificar la resolución tres y la presente al denunciado VÍA EDICTOS. NOTIFIQUESE. LORENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA F.P. 03-05 Octubre EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 00538- 2016-0 -0601-JR-FP-02, en los seguidos por BERTILA CHAVEZ ALVARADO contra CASILDA QUIROZ GUTIERREZ sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS de fecha 30 de marzo del 2016 : SE RESUELVE : CONCEDER a favor de la parte agraviada Bertila Chávez Alvarado, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada doña Casilda Quiroz Gutiérrez, está prohibida de incurrir en cualquier tipo de violencia física y psicológica en agravio de su cuñada Bertila Chávez Alvarado, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados; medidas que se imponen a la demandada bajo apercibimiento de ser denunciada por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. Asimismo observándose de la cédula de notificación de la denunciada, esta no ha sido diligenciada por no ubicar el domicilio NOTIFIQUESE vía edictos con la presente resolución en el Diario a República por DOS DÍAS INTERDIARIOS a la denunciada. LORENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA F.P. 03-05 Octubre EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 001139 -2016-0- 0601-JR-FP-02, en los seguidos por WINI DANICA BENDEZU ARANA contra SEGUNDO JUAN ALONSO FAUTINO CASTILLO sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS de fecha 03 de junio del 2016 : RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Wini Danica Bendezu Arana, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada Segundo Juan Alonso Faustino Castillo, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia psicológica en agravio de Wini DAnica Bendezu Arana, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, 3). DISPONGASE que tanto la denunciante como el denunciado se sometan a terapia psicológica a cargo de la psicóloga de esta Corte por el tiempo que dicha profesional lo determine; medidas que se imponen al demandado bajo apercibimiento

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

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de ser denunciado por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. NOTIFIQUESE en este acto a la abogada de la agraviada, quien dijo: conforme OFICIESE a la Policía Nacional de Cajamarca para la ejecución de las medidas de protección adjuntándose copia certificada de la presente y no contando aún con la evaluación psicológica de la agraviada RESERVESE la remisión del expediente a la fiscalía penal hasta que se tenga a la vista dicho resultado, OFICIESE con tal fin a la División Médico Legal. RESOLUCION NÚMERO: TRES de fecha 02 de agosto del 2016 ADVIRTIÉNDOSE del proceso que no se ha logrado notificar a las partes con las medidas de protección a fin de continuar con el trámite del presente NOTIFIQUESE a las mismas vía edictos la resolución número dos y la presente resolución, a fin de que tomen conocimiento de su contenido. NOTIFIQUESE. LORENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA F.P. 03-05 Octubre EDICTO JUDICIAL En el Exp. N° 01429 -2016-0 -0601-JR-FP-02, en los seguidos por ROSA MERCEDES ESLAVA MORALES contra VICTOR SAUL AYAY CHILON sobre VIOLENCIA FAMILIAR, ante el Segundo Juzgado Especializado de Familia, ha resuelto lo siguiente : RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS de fecha 04 de julio del 2016 : RESUELVE: CONCEDER a favor de la parte agraviada Rosa Mercedes Eslava Morales, las siguientes medidas de protección: 1) Ordeno que la parte denunciada Víctor Saúl Ayay Chilon, está prohibido de incurrir en cualquier tipo de violencia psicológica en agravio de Rosa Mercedes Eslava Morales, 2). La parte demandada está prohibida de tomar represalias ya sea de forma directa o indirecta en contra de la agraviada por los hechos denunciados, asimismo está prohibido de protagonizar escenas de violencia en presencia de su menor hija, 3). DISPONGASE que tanto la denunciante como el denunciado se sometan a terapia psicológica a cargo de la psicóloga de esta Corte por el tiempo que esta profesional lo estime pertinente; medidas que se imponen al demandado bajo apercibimiento de ser denunciado por el delito de resistencia o desobediencia a la autoridad. NOTIFIQUESE en este acto al abogado de la agraviada, quien dijo: conforme. OFICIESE a la Policía Nacional de Cajamarca para la ejecución de las medidas de protección adjuntándose copia certificada de la presente y no contando aún con los resultados de la evaluación psicológica RESERVESE la orden de remitir el expediente a la Fiscalía Penal hasta que se tenga a la vista dichos resultado. OFICIESE con tal fin a la División Médico Legal. RESOLUCION NUMERO: TRES de fecha 29 de agosto del 2016 A CONOCIMIENTO de las partes para los fines pertinentes. Y advirtiéndose de autos que hasta la fecha no se logra notificar a las partes con la resolución número dos NOTIFIQUESE a las mismas vía edicto con la resolución antes indicada y con la presente. LORENZO CASTOPE CERQUIN JUEZ PAOLA CESPEDES SAENZ SECRETARIA F.P. 03-05 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1391-2016-1-0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día SIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. al acusado LUIS EVERT VILLAR DILAS, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Villar Castañera Amy. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1182-2016-1-0601-JR-PE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON CUARENTA Y CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado JOSE ANUNCIACION LAMA VARGAS MACHUCA; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza

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DR. FELICIANO VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTE

policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Marín Sánchez Josué. Suscribe el señor juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1498-2016-1-0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso -Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. al acusado SEGUNDO EUSEBIO DIAZ CHAVEZ, bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Terán Vigo Edita. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1464-2016-1-0601-JR-PE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. SE NOTIFICAR al acusado JOSE CRHISTIAN LLAMASAQUI BARDALES, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Llamasaqui Hoyos Guillan. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1336-2016-1-0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECIOCHO DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso - Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado WILFREDO DE LA CRUZ RAMOS, mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de De La Cruz Chaupe Jhon. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1038-2016-1-0601-JR-PE-02 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS OCHO CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso- Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR al acusado LIZARDO CUEVA CABANILLAS mediante EDICTOS JUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción

Miércoles, 05 de Octubre del 2016

compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Carrasco De Cueva Graciela. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO JUDICIAL EXPEDIENTE Nº 2015-48-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra JAVIER PELAEZ SILVA, sobre VIOLENCIA FAMILIAR en agravio de MARIA ELENA SANCHEZ TANTALEAN, se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO: DOCE (SENTENCIA), que RESUELVE: DECLARAR FUNDADA EN PARTE la demanda de violencia familiar en su modalidad de maltrato psicológico interpuesta por el representante del ministerio público, contra JAVIER PELÁEZ SILVA en agravio de María Elena Sánchez Tantalean, en consecuencia: ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN DEFINITIVAS a favor de la parte agraviada las siguientes: 1) abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física (bofetadas, lesiones con objetos, patadas u otros golpes) y/o Psicológica (insultos, amenazas, degradaciones, humillaciones, vejaciones, entre otros); 2)obtenerse de tomar cualquier tipo de represalias en forma directa o indirecta en agravio de la agraviada antes mencionada; bajo apercibimiento de remitirse copias de los actuados a la Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias a que proceda a investigarlo por el delito de desobediencia a la autoridad en caso de incumplimiento; FIJO como reparación civil a favor de la agraviada María Elena Sánchez Tantalean la suma de TRESCIENTOS SOLES (S/. 300.00) por el maltrato psicológico sufrido; suma que será cancelada por el demandado en el plazo de dos meses, a razón de S/. 150.00 por mes, siendo el primer pago a fines del mes de agosto y el segundo a fines del mes de septiembre del año en curso, montos que deberán ser cancelados mediante depósito judicial en el Banco de la Nación y presentados con un escrito ante este juzgado. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Manuel Salazar Salazar. F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-102-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido por el Ministerio Público – Fiscalía Provincial Mixta de Miguel Iglesias, contra Natividad Mego Bustamante sobre Violencia Familiar en agravio de Reyna Leyva Correa, se ha emitido la RESOLUCIÓN NÚMERO CINCO, que RESUELVE: se NOTIFIQUE vía edictos a la parte agraviada con lo dispuesto en la resolución número uno. RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO, que RESUELVE: ADMITASE a trámite la demanda contra NATIVIDAD MEGO BUSTAMANTE sobre VIOLENCIA FAMILIAR, en su modalidad de MALTRATO FÍSICO, en agravio de su esposa REYNA LEYVA CORREA; como pretensiones accesorias se disponga las medidas de protección definitivas señaladas por el representante del Ministerio Público; y el

pago de CUATROCIENTOS SOLES, por concepto de reparación civil por el maltrato físico ocasionado, a favor de la agraviada, que deberá ser cancelada por la parte demandada en forma solidaria; TRAMÍTESE el presente proceso en la vía procedimental del PROCESO ÚNICO.CÓRRASE TRASLADO a la parte demandada por el plazo de CINCO DÍAS para que comparezca al proceso y conteste la demanda, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incumplimiento. A lo solicitado por el representante del Ministerio Público, lo señalado en el artículo 10° y 21° del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar - DECRETO SUPREMO Nº 002-98-JUS, ORDENO como MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la agraviada REYNA LEYVA CORREA las siguientes: 1) El demandado NATIVIDAD MEGO BUSTAMANTE, deberán abstenerse de realizar cualquier tipo de agresión física y/o psicológica en contra del agraviado, debiendo evitar insultar, humillar, agredir, gritar y/o amenazarla; medida que se otorga de manera provisional y en tanto se resuelva el presente proceso en forma definitiva; las que deberán cumplir el demandado bajo apercibimiento de imponerse una multa ascendente a TRESCIENTOS SOLES y/o remitirse copias a la Fiscalía Provincial Penal de Miguel Iglesias a fin de que sean investigados por el delito de desobediencia a la autoridad, en caso de incumplimiento por parte del demandado. NOTIFÍQUESE. COMUNÍQUESE a dichas partes que pueden concurrir al Juzgado en el plazo perentorio de TRES DÍAS, más el término de la distancia, a fin de fotocopiar los anexos y ejerzan su derecho de defensa en el modo y forma de ley, de conformidad con el último párrafo del artículo 17° del Reglamento del TUO de la Ley de Protección frente a la Violencia Familiar - DECRETO SUPREMO Nº 002-98-JUS; debiendo la parte demandada realizar el pago de la tasa por concepto de copia simple; NOTIFIQUESE.Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva. Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO JUDICIAL Expediente Nº 2016-230-F, En el Juzgado Mixto de la Provincia de Celendín, que despacha la señorita Juez, Dra. Julissa Aseijas Silva, en el proceso seguido contra JORGE LUIS VILLALOBOS ESPINOZA, sobre Violencia Familiar en agravio de la Menor M. T. M., representada por su padre Antonio Tacilla Vásquez se ha emitido la: RESOLUCIÓN NÚMERO CUATRO, que RESUELVE: REPROGRAMAR la fecha para la Audiencia Única para el día DOS DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016, a horas 10:15 DE LA MAÑANA (hora exacta), EN EL LOCAL DEL JUZGADO, UBICADO EN LA ESQUINA DE LA AVENIDA TÚPAC AMARU Y JIRÓN BOLOGNESI, con la concurrencia obligatoria de ambas partes procesales, bajo apercibimiento de llevarse a cabo con la parte que concurra o de disponerse el archivamiento del proceso, en caso de inasistencia de ambas partes; de conformidad con el artículo 203° del Código Procesal Civil; se señala esta fecha para la audiencia por la recargada labor del Juzgado, como se puede apreciar de la agenda respectiva; NOTIFIQUESE con un extracto de la presente resolución a las partes procesales los mismos que se publicarán en el diario oficial La República, por el plazo de tres días consecutivos. Juez.- Dra. Julissa Aseijas Silva Secretario Judicial.- Lenin Salazar Salazar. F.P. 04-05-06 Octubre

PRECIO POR PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV

EDICTO PENAL Exp. N° 970-2016-1-0601-JR-PE-04 CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAJAMARCA Especialista: MARCIA DENYS ÁLVAREZ FIGUEROA Se cita y emplaza imputado: ROGER WILFREDO ARTEAGA MURGA. DADO CUENTA con la devolución de cédula de notificación destinada Al imputado Roger Wilfredo Arteaga Murga; y, advirtiéndose de la razón emitida por el notificador judicial quien indica lo siguiente “(…) que la enumeración indicada en la cédula no existe en la Avenida Tahuantinsuyo (…)” en consecuencia a fin de no dejar en estado de indefensión al imputado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 128° del Código Procesal Penal, que a su tenor indica: “(…) cuando se ignore el lugar donde se encuentre la persona que deba ser notificada, la resolución se hará saber por edicto (…)”,. DISPONGO la notificación del procesado ROGER WILFREDO ARTEAGA MURGA por intermedio de EDICTOS en el diario oficial de esta Corte, Diario “ La República” por el lapso de tres días con el extracto de la resolución número tres que corre traslado a las partes procesales con la constitución en actor civil presentado por la Procuraduría Pública Especializada en delitos de corrupción de funcionarios, por el plazo de tres días se pronuncien al respecto si lo creen conveniente; OFICIÁNDOSE con tal fin.. Cajamarca, 03 de octubre del 2016. EDUARDO RAMON UCEDA FLORES JUEZ PENAL TITULAR 4° JUZGADO INVESTIGACION PREPARATORIA N.C.P.P. CAJAMARCA F.P. 04-05-06 Octubre EDICTO PENAL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CAJAMARCA Expediente N° 1515-2016-1-0601-JR-PE-06 RESUELVE: CITAR A LA AUDIENCIA ÚNICA DE JUICIO INMEDIATO, la que se realizará el día SIETE DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias del Tercer Juzgado Unipersonal de Flagrancia, ubicado en la NUEVA SEDE DE LOS JUZGADOS DE FLAGRANCIA - Primer Piso Urbanización Villa Universitaria Cajamarca. NOTIFICAR Al acusado JOSE ALFONZO YUPANQUI MALAVER, mediante EDICTOSJUDICIALES; bajo apercibimiento de ser declarado reo CONTUMAZ en caso de inconcurrencia, ordenándose su ubicación y conducción compulsiva a nivel nacional por la fuerza policial, disponiéndose el archivo provisional del proceso, en los seguidos en su contra por el delito de Omisión de Asistencia Familiar, en agravio de Yupanqui Cueva José. Suscribe el señor Juez: Leoncio Cachi Ramírez y el especialista judicial Esp. Medalyt Silva Díaz. LEONCIO CACHI RAMIREZ JUEZ TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL FLAGRANCIA, OAF Y CEED CAJAMARCA F.P. 05-06-07 Octubre

DR. FELICIANO FELICIANO VÁSQUEZ VÁSQUEZMOLOCHO MOLOCHO- PRESIDENTE - PRESIDENTE DR.

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PRECIO POR PALABRA: PRECIO S/. 0.01 INC. Lunes, 1 de agosto Miércoles, Octubre 2016 POR IGV PALABRA: S/. 0.01 INC. IGV Lunes, Ludel nes,2016 105dedeagosto del del 2016 

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1 de agosto del 2016 DR. FELICIANO VÁSQUEZ de Octubre del 2016 DR.MOLOCHO FELICIANO- PRESIDENTE VÁSQUEZ MOLOCHO - PRESIDENTEMiércoles, L05unes,

PRECIO POR PRECIO PORPALABRA: PALABRA:S/. S/.0.01 0.01 INC. INC. IGV