Convocatoria BASF Conectar para Transformar Proceso de Selección de Proyectos de Impacto Social y Am biental – 2017/2018
CONVOCATORIA BASF – Conectar para Transformar Proceso de Selección de Proyectos de Impacto Social y Ambiental 28 de agosto de 2017 ___________________________________________________________________________
I. DESCRIPCIÓN DEL INSTRUMENTO
1.1 Antecedentes y objetivos En BASF creamos química para un futuro sustentable. Como empresa líder en innovación, se combina el éxito económico con la protección ambiental y la responsabilidad social para realizar el propósito: “We create chemistry –creamos química para un futuro sustentable”. BASF completó 152 años de existencia en el mundo y 106 años en América del Sur. Su cartera de productos y soluciones incluye dispersiones y pigmentos, químicos para papel, de performance y para construcción, catalizadores, monómeros, intermedios y petroquímicos, pinturas automotrices y productos para protección de cultivos. Al asumir una relación ética y responsable con todos sus públicos de interés, BASF se c ompromete y busca contribuir con los 17 Objetivos de Desarrollo Sustentable y Derechos Humanos de Naciones Unidas en sus operaciones y en sus relaciones comerciales. Es en este contexto que BASF invita a participar en la edición 2018 de la Convocatoria “Co nectar para Transformar” para el financiamiento de proyectos de Impacto Social y Ambiental en adelante “la Convocatoria”- que tiene por principal objetivo contribuir con el desarrollo de las comunidades donde la empresa está presente.
La inscripción y postulación es gratuita, y se realizará del 28 de agosto al 28 de septiembre de 2017 a través de la página web: www.basf.com.ar
Informaciones adicionales sobre
[email protected]
la
convocatoria
podrán
solicitarse
vía
mail:
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1. 2 OBJETIVOS GENERALES 1.1 La presente convocatoria, en adelante, la “Convocatoria”, tiene como objetivo seleccionar proyectos, en adelante, el o los “Proyecto(s)”, que contribuyan para: a) Empleabilidad y calificación de mano de obra - proyectos que amplíen la empleabilidad de los ciudadanos y/o colectivos desfavorecidos. Es decir, proyectos cuyo propósito sea disminuir el desempleo, especialmente, en sectores vulnerables, mediante la generación de actividades que incrementen las posibilidades de su inserción laboral. b) Educación Científica y Ambiental – apoyo a la educación científica, ambiental, tecnológica, en ingeniería y matemática (STEM). Es decir, proyectos que les permita a los profesores y alumnos adquirir conocimientos ambientales y fortalecer sus bases científicas, impulsando el uso de la tecnología en el ámbito educativo. c) Protección de los recursos naturales y de la biodiversidad. Es decir, proyectos que tengan como propósito la conservación y uso sustentable de los recursos naturales y del patrimonio natural de áreas con alto valor en términos de biodiversidad.
2. CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN 2.1 Podrán participar en esta Convocatoria personas jurídicas de derecho privado legalmente constituidas con o sin fines de lucro, y también emprendedores individuales, en adelante, el “Participante”. 2.2 El Participante, deberá comprobar la existencia legal y la realización de actividades durante un período no inferior a dos años, contados regresivamente desde la fecha de lanzamiento de esta Convocatoria. Los Proyectos de organizaciones cuyo período existencia legal sea menor que el estipulado en esta convocatoria serán automáticamente descalificados. 2.3 Dado el objetivo de esta Convocatoria, no se aceptarán inscripciones de iniciativas con las siguientes características: a) de personas jurídicas de derecho público (entidades gubernamentales en cualquiera de sus jurisdicciones, así como otras entidades de carácter público creadas por ley); b) que demuestren prejuicio por raza, color, orientación sexual, clase social o credo; c) que requieran trabajo infantil o adolescente, o que sean contrarios a la legislación vigente; d) que incentiven cualquier forma de violencia y/o discriminación; e) de cuño religioso-doctrinario; f) de carácter político-partidario; g) que tengan en sus estatutos o en el directorio a empleados de BASF.
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3. DE LA INSCRIPCIÓN 3.1. Al realizar la inscripción, el Participante: a) reconoce y declara automáticamente que acepta íntegramente las reglas y condiciones establecidas en esta Convocatoria; b) reconoce y declara automáticamente que acepta las decisiones del Comité de Gestión de la Convocatoria para dirimir cuestiones omitidas en la presente Convocatoria (El Comité de Gestión la Convocatoria, es una entidad interna de BASF quien está encargada de determinar el contenido y requisitos aplicables a la presente Convocatoria); c) autoriza a BASF a publicar y divulgar en América del Sur (y otras localidades donde la empresa tenga operaciones) los contenidos y las imágenes de las iniciativas inscriptas renunciando desde ya al pago de algún monto en dinero o equiparable al mismo por las publicaciones o divulgaciones; d) se responsabiliza legalmente por la autenticidad y veracidad de los documentos y materiales presentados; y e) se responsabiliza por las informaciones prestadas como verídicas y actualizadas. 3.2 La inscripción para la presente convocatoria será realizada a través de la documentación disponible en la página web de BASF: www.basf.com.ar. 3.3 Documentación obligatoria para la inscripción: a) Una copia simple del Formulario de Inscripción (Anexo II) debidamente completado, con todas las hojas rubricadas y firmadas por el representante legal de la organización proponente. Solo se aceptarán formularios tipeados y posteriormente impresos. No se aceptarán propuestas manuscritas; b) Una copia simple del Presupuesto (Anexo III) debidamente completado, con todas las hojas rubricadas y firmadas por el representante legal de la organización proponente. Solo se aceptarán formularios tipeados y posteriormente impresos; c) Los proyectos inscritos en esta Convocatoria que pretendan utilizar recursos de incentivos, deben estar en caso que proceda, obligatoriamente, inscritos y aprobados en el régimen correspondiente; d) Copia simple del Documento Nacional de Identidad (DNI) del/de los representante(s) legal/legales del Participante y copia del poder certificado o designación de autoridades que acredite su condición de Representante; e) Copia simple de la Constancia de Inscripción en AFIP y Rentas de la Persona Jurídica o Entidad con o sin fines de Lucro que participa en la presente Convocatoria; f) Copia simple del estatuto social con vigencia y acta de elección de autoridades del Participante.; g) Copia simple de comprobante de la existencia de la cuenta bancaria de la persona jurídica participante de la presente Convocatoria o Constancia de CBU emitida por el banco;
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3.4 Todos los proyectos deberán realizarse de enero a diciembre de 2018 y tener como máximo doce meses de ejecución. 3.5 El valor máximo de financiamiento de BASF para cada Proyecto tendrá un valor de AR$ 120.000 (ochenta mil pesos argentinos). 3.6 El Pliego completo, el Formulario de Inscripción y otras informaciones sobre la Convocatoria estarán disponibles en www.basf.com.ar. 3.7 A criterio de BASF, el plazo de inscripción, previsto en el preámbulo y en el ítem 5.1 podrá ser prorrogado y la comunicación de la prórroga se publicará en la página www.basf.com.ar 3.8 BASF se reserva el derecho de solicitar a las organizaciones proponentes información complementaria y/o documentos adicionales de los proyectos inscriptos, si lo considerará conveniente. 3.9 En el Formulario de Inscripción deberá constar toda la información solicitada y relevante sobre el proyecto
4. RECURSOS PRESUPUESTARIOS DISPONIBLES 4.1 BASF asignará recursos propios y en caso que aplique, aquellos provenientes de leyes de incentivo fiscal para esta Convocatoria. 4.2. BASF financiará proyectos con un valor máximo de AR 120.000. 4.3 El monto total de los recursos destinados a esta Convocatoria será establecido de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria de BASF y en caso que aplique, a reglas de auspicios vía incentivo fiscal durante los ejercicios 2017 y 2018.
5. DEL PLAZO Y DE LAS CONDICIONES DE INSCRIPCIÓN 5.1 El período de inscripción es del 28 de agosto al 28 de septiembre de 2017. Las organizaciones participantes encontrarán información sobre el modo de envío del Formulario de Inscripción disponible en la dirección electrónica www.basf.com.ar, así como de la lista de documentos y constancias. 6. DE LAS ETAPAS DE LA CONVOCATORIA 6.1 La Convocatoria está compuesta por 3 (tres) etapas de selección, de carácter eliminatorio, esto es en caso de no aprobar la Primera Etapa, el Participante no seguirá adelante con la presente Convocatoria:
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Primera Etapa - consistirá en la evaluación técnica de los proyectos presentados, de acuerdo a líneas de apoyo, Empleabilidad, Educación Científica y Ambiental, Protección de recursos naturales y biodiversidad. Se ponderarán aquellas iniciativas que más contribuyan con estos objetivos.
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Segunda Etapa - de control de la documentación de los Participantes, de acuerdo a lo solicitado en el ítem 3.3 En caso de que haya alguna disconformidad, el Participante tendrá 30 días para regularizar la situación.
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Tercera Etapa – validación institucional, para comprender el alineamiento del proyecto con la estrategia de compromiso social de BASF y el impacto en las comunidades beneficiarias.
7. DE LA SELECCIÓN 7.1 BASF establecerá un Comité de Evaluación Técnica que será responsable de la selección técnica de los proyectos y de la validación de las organizaciones proponentes. 7.2 El Comité de Evaluación Técnica estará compuesto por empleados de BASF y/o invitados para ese fin. 7.3 La participación del Comité de Evaluación Técnica deberá obedecer a las condiciones de isonomía; se prohíbe a un miembro del Comité la participación en la evaluación de un proyecto en el que: a) haya participado o colaborado para su elaboración o desarrollo; b) tenga parentesco con representantes legales de las organizaciones inscriptas; c) participe de manera efectiva o temporaria del equipo de implementación y/o ejecución del proyecto. 7.4 El miembro del Comité Técnico de Evaluación que tenga cualquiera de los impedimentos descriptos en el ítem 7.3 debe comunicarlo a los demás integrantes del Comité y no podrá participar en la evaluación. 7.5 El Comité de Evaluación Técnica evaluará el mérito de los proyectos presentados a la Convocatoria de acuerdo a los siguientes criterios: •
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Impacto: impacto generado en la comunidad, número de personas alcanzadas directa e indirectamente; número de personas que perciben transformación social efectiva; participación de la comunidad, adecuación al público beneficiado, alineamiento del proyecto a la estrategia de compromiso social de BASF; claridad de resultados, participación de voluntarios de BASF en el proyecto. e indicadores de evaluación y creatividad e innovación, Gestión Financiera: relación costo x personas alcanzadas, viabilidad financiera, capacidad de réplica, continuidad del proyecto después de concluido el financiamiento,
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Alianza y gobernanza: alianzas y colaboración con otras Organizaciones en el ámbito local, municipal y nacional; contrapartida de la organización y/u otros aliados que asuman claras responsabilidades en relación a la ejecución y mantenimiento del proyecto.
7.6 No recibirá apoyo financiero: a) El pago de salarios de los empleados de la organización, de asociados o miembros del directorio de la organización beneficiaria así como tampoco cargas sociales o seguros vinculados con su contratación; b) Utilización de los recursos con otras finalidades que no sean las aprobadas en el Proyecto; c) Realización de gastos en una fecha anterior o posterior al plazo de la Convocatoria; d) Realización de gastos como: tasas bancarias, multas, intereses o corrección monetaria inclusive referidos a pagos o cobranzas fuera de los plazos. 7.7 No tendrá cabida la revisión de los resultados de la selección realizada por el Comité de Evaluación Técnica. 7.8 El resultado será dado a conocer, en orden alfabético, en la página del sitio web de BASF de acuerdo a la categoría línea de apoyo inscripta el día 30 de noviembre de 2017. 8. ADJUDICACIÓN Y PLAZO DE CONTRATO En cualquier momento del proceso de Convocatoria, BASF podrá, a su exclusivo criterio y sin necesidad de justificación de causa, excluir a un proponente de la misma, sin que de ello se derive responsabilidad alguna para BASF. Por lo tanto, por el hecho de participar en esta Convocatoria, los participantes de esta Convocatoria aceptan y asumen desde luego la posibilidad de ser excluidos y renuncian a todo tipo de pretensiones, reclamos y acciones en contra de BASF que pudieren desprenderse de esa circunstancia. 9. OBLIGACIONES DE BASF La entrega de la información por parte de BASF durante el proceso de Convocatoria o la recepción de la misma por parte de un proponente, no obliga a BASF bajo ningún aspecto. BASF no se hace responsable por ningún costo incurrido o expectativa de los participantes durante la preparación, presentación u otra etapa del proceso de Convocatoria. Esta Convocatoria no constituye ninguna oferta o contrato entre BASF y alguno de los Participantes. Los Participantes no obtienen ningún derecho que resulte del intercambio de información ocurrida entre las partes durante la presente propuesta. 10. CONFIDENCIALIDAD DE LAS INFORMACIONES Toda y cualquier información contenida en la presente Convocatoria es de propiedad de BASF y los participantes deberán mantener total confidencialidad del contenido de las informaciones y de las discusiones realizadas.
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11. DEL RESULTADO DE LA CONVOCATORIA PARA PROYECTOS DE PROMOCIÓN SOCIAL Y AMBIENTAL 11.1 BASF celebrará un contrato con las organizaciones proponentes seleccionadas, en adelante la(s) “Organización(es) Proponente(s) Seleccionada(s)”, para la realización de los proyectos de promoción social y ambiental y el aporte se realizará a través de una transferencia bancaria en la cuenta bancaria señalada por el Participante según lo establecido en el numeral 3.3 letra g de la presente Convocatoria, de acuerdo a las etapas del proyecto que recibirá apoyo, a favor de cada organización proponente seleccionada. El contrato se firmará dentro del plazo de 60 días contados desde el aviso al Participante que ha sido seleccionado como una organización proponente seleccionada. La trasferencia de los fondos se efectuará en un plazo de 30 días contados desde la emisión de la Factura. 11.2 Las Organizaciones Proponentes Seleccionadas deberán presentar la primera rendición de cuentas cuando la ejecución financiera del proyecto llegue al 30% del presupuesto previsto o luego de tres meses de trabajo (lo que primero ocurra) y la segunda rendición de cuentas será cuando la ejecución financiera del proyecto alcance el 60% del valor aportado por BASF o 7 meses de trabajo (lo que primero ocurra). Las Organizaciones Proponentes Seleccionadas deberán rendir cuentas de la totalidad de los recursos aportados por BASF durante el mes siguiente a la finalización de la ejecución del proyecto. 11.3 BASF se reserva el derecho de solicitar a las Organizaciones Proponente Seleccionadas información sobre el uso de los recursos, en cualquier momento.
12. DE LAS DISPOSICIONES GENERALES 13.1 BASF promoverá un Encuentro para Consultas sobre la Convocatoria en el curso del mes de septiembre, en el Municipio de Malvinas Argentinas. La presencia de las organizaciones que pretenden inscribirse en esta Convocatoria no será obligatoria y todos tendrán libre acceso a los encuentros, no es necesario inscribirse previamente: Localidad
Fecha
Horario
Lugar
Tortuguitas
Septiembre
10h00
Av. de los Constituyentes 1758 (B1667FYF) Tortuguitas Teléfono: (54-2320) 330000
(Malvinas Argentinas)
13.2 Los plazos de cada etapa de esta Convocatoria están en el siguiente cuadro. Cualquier modificación se dará a conocer en la página web www.basf.com.ar.
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Plazos límite: 28 de agosto
Lanzamiento e inicio de las inscripciones de la Convocatoria de Proyectos de Impacto Social y Ambiental
Septiembre
Encuentros para Consultas (ver ítem 13.1)
28 de septiembre
Cierre de la inscripción
30 de noviembre
Difusión de los resultados
30 de noviembre al 30 de diciembre de 2017
Contratación y planificación de los proyectos
13.3 BASF cuenta con una metodología de evaluación y medición de impacto que pondrá a disposición de las instituciones que tengan sus propuestas seleccionadas para su uso como herramienta de gestión. 13.4 BASF realizará el seguimiento y la fiscalización de todos los actos de la presente Convocatoria, pudiendo tomar las medidas correspondientes, en cualquier momento, en caso de constatar eventuales irregularidades. 13.5 El incumplimiento de las obligaciones previstas en esta Convocatoria y/o eventuales irregularidades relacionadas con los requisitos de participación, constatadas por BASF en cualquier momento darán lugar a la descalificación de la organización proponente. 13.6 El Participante será el único responsable de la veracidad de los documentos entregados, eximiendo a BASF de toda responsabilidad civil o penal. 13.7 El material presentado a los fines de la inscripción, en ningún caso será devuelto al Participante, independientemente del resultado de la selección. 13.8 Las situaciones no previstas en esta Convocatoria serán decididas por la Comisión de Gestión de la Convocatoria. 13.9 No habrá cabida a reclamos de ningún tipo relacionados con las decisiones tomadas o deliberaciones de la Comisión de Gestión de la presente Convocatoria y por el Comité de Evaluación de Proyectos. 13.10 Las dudas referidas a esta Convocatoria serán respondidas en los Encuentros para Consultas sobre la Convocatoria y por medio del e-mail:
[email protected] hasta el día 28 de septiembre de 2017. Las principales preguntas y las respuestas estarán disponibles en el ítem “Preguntas frecuentes”, en la página de la Convocatoria .
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13.11 Todas las noticias e informaciones relativas a esta Convocatoria de Proyectos de Promoción Social y Ambiental serán divulgadas en la página del sitio web de BASF . 13.12 BASF Argentina S.A. podrá, en cualquier momento y a su exclusivo criterio, hacer ajustes en estas condiciones, comprometiéndose a comunicar inmediatamente a todos los participantes inscriptos los cambios que resultaren de dichos ajustes. 13.13 La participación es facultativa conforme a los criterios establecidos por este reglamento. La misma, no caracteriza bajo ningún aspecto ni hipótesis un vínculo laboral entre BASF y los participantes, ni cualquier relación de sociedad, solidaridad o subsidiariedad sea al título que sea como así tampoco cualquier promesa o expectativa de derecho. 13.14 Los Tribunales Ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires serán competentes para resolver cualquier controversia relativa o derivada de esta Convocatoria, renunciando expresamente a cualquier otro foro. Buenos Aires, 28 de agosto de 2017.
Cristiana Brito Directora de Relaciones Institucionales y Sustentabilidad de BASF