CUMPLE LO ORDENADO ILUSTRE TERCER TRIBUNAL AMBIENTAL Emanuel Ibarra Soto, en representación de la Superintendencia del Medio Ambiente, en autos sobre reclamo de ilegalidad caratulado “Canteras Lonco S.A. con Superintendencia del Medio Ambiente”, rol R-67-2018, al Ilustre Tercer Tribunal Ambiental respetuosamente digo: Que por este acto, vengo en dar cumplimiento a lo ordenado por S.S. Ilustre mediante resolución de 14 de agosto de 2018, acompañando los siguientes documentos: a) "Informe Geotécnico Final de Estabilidad de Talud Botadero Sur", de Canteras Lonco S.A., elaborado por la empresa EMPRO Ltda. b) Ord. N° 862, de 26 de abril de 2016, del Servicio Nacional de Geología y Minería, que sirvió de base para la dictación de la Resolución Exenta N° 7/2016, que modificó el Programa de Cumplimiento propuesto por Canteras Lonco S.A. c) Copia del expediente administrativo de fiscalización del Programa de Cumplimiento presentado por la empresa Canteras Lonco S.A. POR TANTO, Solicito a S.S. Ilustre: Tener por cumplido lo ordenado y por acompañados los documentos individualizados en el presente escrito.
Emanuel Ibarra Soto
Firmado digitalmente por Emanuel Ibarra Soto Nombre de reconocimiento (DN): c=CL, st=METROPOLITANA - REGION METROPOLITANA, l=santiago, o=Superintendencia del Medio Ambiente, ou=Terminos de uso en www.esign-la.com/acuerdoterceros, title=Abogado, cn=Emanuel Ibarra Soto,
[email protected] Fecha: 2018.08.17 13:24:24 -03'00'
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