Gaceta Judicial 14866 jud cus 13 jul


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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

Lunes, 13 de julio de 2015

Avisos Judiciales EDICTO Causa 0924.2015, seguido por RUDICINDA MORA LUCANA DE JOVE, contra PAULINO JOVE AGUILAR, Y OTROS sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO, se ha expedido “Resolución 02.- Cusco, once de Junio del año dos mil quince.— VISTA; (...)SE RESUELVE: ADMITIR y tramitar en la vía del proceso ABREVIADO la demanda interpuesta por RUDICINDA MORA LUCANA DE JOVE, contra PAULINO JOVE AGUILAR, NATIVIDAD JOVE AGUILAR, ROSARIO JOVE AGUILAR, MARGARITA JOVE AGUILAR, ANDRES AVELINO JOVE AGUILAR, NICANOR JOVE AGUILAR; y, ALEJO GUEVARA AGUILAR, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO; CON CITACIÓN de la Municipalidad Provincial del Cusco y de los colindantes Encarnación Mora Ortiz de Orue, Lucio Aguilar Olayunca y Alejandro Sumiré López; en tal virtud notifíquese a los demandados a fin de que dentro del plazo de diez días cumplan con absolver el traslado de la demanda bajo APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADOS REBELDES; estando a la declaración jurada contenida en la demanda, NOTIFÍQUESE MEDIANTE EDICTOS, a las personas de NATIVIDAD JOVE AGUILAR, ROSARIO JOVE AGUILAR, MARGARITA JOVE AGUILAR, ANDRES AVELINO JOVE AGUILAR, NICANOR JOVE AGUILAR; y, ALEJO GUEVARA AGUILAR;(...) publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Judicial del Cusco y en el Diario Oficial “El Peruano” por tres veces con intervalo de tres días.- H.S.” Firma y sello Juez Dra. Sandra Contreras Campana.- Boris Santos de la Gala -Especialista Legal. Cusco, 09 Julio 2015. (13, 17, 23, JULIO) EDICTO JUDICIAL Ante el Primer Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Cusco, a cargo de la señora Juez Dra. Gilda Aurora Zea Núñez y bajo la actuación de la Secretaria Judicial Ketty Conchoy Ochoa, se viene tramitando el proceso Nro. 01154-2015, sobre RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, solicitado por VANESA THIA PALOMINO en representación de su menor hijo ALVARO JHIRE JARA THIA, a fin de que se rectifique los errores incurridos al momento de inscribir su partida de nacimiento, ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, ya que se ha incurrido en los siguientes errores materiales: En el rubro del nombre de su madre se ha consignado el nombre de pila como “DEMETRIA”, cuando lo correcto es “VANESA”, debiendo figurar de forma correcta y completa como: VANESA THIA PALOMINO. Errores que le causan perjuicios. Publicación que se pone a conocimiento del público para los fines de ley.…Cusco, 03 de julio de 2015. (13, JUL) EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del doctor RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se tramita el expediente Nro. 959-2015, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitado por LAXI DRUSILLA VILLANUEVA FLOREZ, a efecto que se rectifique la partida de nacimiento su cónyuge al haber consignado entre sus apellido la letra “y” de tal manera que figura en su referida acta de nacimiento como “Vicente Pascual Cárdenas y Zapata cuando lo correcto es “VICENTE PASCUAL CARDENAS ZAPATA” Se efectúa la presente publicación para los fines pertinentes de ley. Cusco, 06 de Julio del 2105. (13, JULIO) EDICTO JUDICIAL Se hace conocer que ante el Juzgado de Paz Letrado de Tambobamba - Apurimac, a cargo del señor Juez Gabriel Suarez Valencia; en el Proceso Civil N° 021-2015, TEÓFILO SIVIPAUCAR NINA viene solicitando la rectificación de su partida de nacimiento asentada en el Registro Civil de la Municipalidad Provincial de Cotabambas, departamento de Apurimac; respecto a su apellido paterno, registrado por error como “Sivipaucar” cuando lo correcto es 5IPAUCCAR. Se emite el presente EDICTO JUDICIAL para los fines de ley. Secretario Judicial abogado Adolfo Cahuana Huillca. Tambobamba, 03 de julio del 2015. (13, JUL) EDICTO JUDICIAL En el 3o JUZGADO FAMILIA DE CUSCO que despacho el señor juez Edwin Romel Bejar se viene tramitando el proceso 868-2015-FC- sobre Filiación en el que se ha dispuesto la notificación de los demás herederos de TEODOCIA HURTADO DE MENDOZA FERNANDEZ con el auto admisorio de fecha ocho de mayo de dos mil quince que resuelve ADMITIR A TRAMITE en la vía del proceso de CONOCIMIENTO, la demanda de DECLARACION JUDICIAL DE FILIACION EXTRAMATRIMONIAL interpuesta por OSWALDO CONDO HURTADO DE MENDOZA contra la sucesión legal de la fallecida TEODOCIA HURTADO DE MENDOZA FERNANDEZ constituida por WILLI AUGUSTO CONDO HURTADO DE MENDOZA, DARWIN JIMENEZ HURTADO DE MENDOZA, y EDGAR FILIBERTO JIMENEZ HURTADO DE MENDOZA, y demás HEREDEROS LEGALES; con citación del señor representante del Ministerio Público. En consecuencia, córrase traslado de la demanda a los demandados, por el plazo de TREINTA DIAS, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes, (...). H. S. Proceso que se tramita bajo la actuación de la secretaria judicial Joselin Pezo Huallpa Cusco, 9 de julio del 2015. (13, 14, 15, JULIO) EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 117-2015-CI seguido por MAGNOLIA CHOQQUECONZA FRANCO sobre SUCESION INTESTADA de su padre GUILLERMO CHOQQUECONZA TTITO fallecido el 19-03-2015, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley-San Jerónimo, 15-03-2015. (13, JULIO) EDICTO JUDICIAL Ante el JPLSJ-Cusco, en el Exped. N° 116-2015-CI seguido por MAGNOLIA CHOQQUECONZA FRANCO sobre SUCESIÓN INTESTADA de Q.V.F. RITA FRANCO HINOJOSA, se ha dispuesto la publicación del presente para los fines de Ley.- San Jerónimo, 29-05-2015. (13, JULIO) EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil Nro 00020-2015-0-1003-JM-CI-01, Por ante el Juzgado Mixto, Liquidador y Unipersonal de la Provincia de Acomayo, del departamento del Cusco, que Despacha la señora Juez Titular Vanessa Paulina Castillo Cusi, bajo la actuación del Especialista Judicial Luis Enrique Alvarez Cáeeres, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: RESOLUCIÓN N° 02vde fecha dieciocho dé junio del año dos mil quince - Auto admisorio de la demanda; VISTO (...) I, CONSIDERANDO (...), este despacho Judicial dispone: SE RESUELVE: ADMÍTIR A TRÁMITE la demanda interpuesta por TEODORO PAPEL FUENTES, sobre CAMBIO DE NOMBRE, consistente en la supresión del apellido paterno “Papel”, debiendo quedar con los apellidos de su progenitura, como TEODORO FUENTES HUANCA, en el acta de nacimiento N° 70503153 del Registro de Civil de la Municipalidad Distrital de Pillpinto, provincia de Paruro, departamento de Cusco, contra ANTONIO PAPEL ZAMATA, en la vía del PROCESO ABREVIADO; en tal virtud, córrase traslado a la parte demandada por el plazo de DIEZ DIAS a fin de que absuelvan el traslado, bajo apercibimiento de continuarse el proceso en su rebeldía, con citación del representante del Ministerio Público de esta provincia. REALIZAR la publicación del extracto de la presente resolución mediante edicto judicial, en el Diario Judicial “La República” por un día hábil, a costa del actor, para cuyo fin cumpla el actor con apersonarse a la Secretaría del Juzgado Mixto de Acomayo, a recabar el edicto correspondiente; y una vez realizado deberá alcanzar al Juzgado la publicación correspondiente para ser anexada al proceso; así como en las tablillas del Modulo Básico de Justicia de Acomayo y la Municipalidad distrital de Pillpinto, provincia de Paruro, departamento Cusco, dejándose constancia de su publicación, conforme lo disponen los artículos 828° y 167° del C.P.C., lo que se publica para los fines pertinentes de ley. l.Vz. Acomayo, 07 de Julio del 2015. (13, JULIO) EDICTO JUDICIAL En el Juzgado Mixto de Calca - Cusco, Exp. No. 0002-2015-0-1005-JNA¬CI, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 01 del 16-01-2015: “...SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por RAUL ARMANDO

GILT ZAPATA Y MARIA ENEIDA GAMBOA DE GILT, sobre RECTIFICACIÓN DE AREA Y/O LINDERO DEL PREDIO RÚSTICO DENOMINADO “COMUNPAMPA” ubicado en el Distrito de Taray, Provincia de Calca, Departamento del Cusco, contra LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TARAY, IGLESIA DE TARAY o Unidad Catastral Nro. N° 73104, DANIEL HUAROTO SUMARI o unidad Catastral Nro. 73097 en la VIA DEL PROCESO ABREVIADO; en tal virtud, CÓRRASE traslado a los demandados quienes a su vez tienen la condición de colindantes, para que absuelvan el traslado de la demanda, dentro del plazo de diez días, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes. Con CITACIÓN del Procurador Público de la Municipalidad Distrital de Taray. (...)”.- Firma y sello de la señora Juez Elvia Barriga Morón y Secretaria Danitza Páez Medina. Calca, 07 DE JULIO DEL 2015. (13, 17, 23, JULIO) EDICTO JUDICIAL En el Proceso Civil Nro. 01071-2015-0-1001-JR-CI-05 seguido por Emeterio Huallpa Arnedo Con citación del Ministerio Publico Sobre Cambio de Nombre bajo la actuación de la Especialista Legal Vilma Vargas Trujillo, y Dirección de la Sra. Juez Del Quinto Juzgado Civil Del Cusco Dra. Solina Maybee Apaza Béjar Ha Dispuesto La Publicación del siguiente extracto RESOLUCIÓN N° 02 Cusco, 15 de junio de 2015.-(...) a) La recurrente interpone demanda de cambio de nombre en su partida de nacimiento del nombre a efecto de que en lugar de llamarse Emeterio Huallpa Arnedo sea llamado “EMETERIO ARNEDO CORIMANYA”.(...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta por EMETERIO HUALLPA ARNEDO sobre CAMBIO NOMBRE, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO, con citación del Representante del Ministerio Público, en consecuencia córrase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS. (13, julio) EDICTO JUDICIAL En el Juzgado de Paz Letrado de Anta - Cusco, Exp. No. 104-2015, se ha dispuesto publicar el extracto de la Resolución No. 02 del 04-05-2015; “...ADMITIR A TRÁMITE la solicitud no contenciosa sobre SUCESIÓN INTESTADA del QVF. NICOLAS HUILLCA AUCCA, fallecido el 23 de Enero de 1979; presentada por MARCELINA HUILLCA CUSI, debiendo tramitarse la misma en la VÍA DEL PROCESO NO CONTENCIOSO; (...)4) Publicar un extracto de la solicitud en el Diario Oficial El Peruano, en el Diario Judicial La República.”.- Firma y sello del señor Juez Manuel Sánchez Kcana y Secretario E. Álvarez. Anta, 30 de Junio de 2015. (13, JULIO) EDICTO SUCESIÓN INTESTADA Ante mi Oficina Notarial ubicado en el Jirón Espinar No. 114, de esta ciudad, don MACARIO CARPIO AYALA, solicita de quien en vida fue su madre doña AGUSTINA AVALA REINOSO, fallecida el día veintiséis de abril de dos mil nueve, en Hospital Antonio Lorena de Cusco, siendo su siempre habitual y último domicilio Sector Lechepata, S/n jurisdicción de distrito de Occobamba, provincia La Convención departamento de Cusco, fin de que se declare como sus únicos y universales herederos a sus hijos, el solicitante, y sus hermanos nombrados: AUDBERTA, BELEN, JULIA, LUCRECIA, DELIA, FREEDY, ALVARO y SORAYRA; CARPIO AYALA. Se publica por una sola vez, conforme a ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quillabamba 06 de julio del 2015. Dr. Alfredo Cuba Castro Notario – Abogado, Registro N°32. (13, Julio) EDICTO SUCESIÓN INTESTADA Ante mi Oficina Notarial ubicado en el Jirón Espinar No. 114, de esta ciudad, don MACARIO CARPIO AYALA, solicita de quien en vida fue su padre don LUCIANO CARPIO TINOCO, fallecido el día doce de diciembre de dos mil nueve, en Hospital Regional Cusco ciudad, siendo su siempre habitual y último domicilio Sector Lechepata, S/n jurisdicción de distrito de Occobamba, provincia La Convención departamento de Cusco, fin de que se declare como sus únicos y universales herederos a sus hijos, el solicitante, y sus hermanos nombrados: AUDBERTA, BELEN, JULIA, LUCRECIA, DELIA, FREEDY, ALVARO y SORAYRA; CARPIO AYALA. Se publica por una sola vez, conforme a ley, llamando a los que se crean con derecho a la herencia. Quiliabamba 06 de julio del 2015. Dr. Alfredo Cuba Castro. Notario Abogado. (13, Julio) EDICTO SUCESIÓN INTESTADA ANTE LA NOTARÍA DEL DR. NÉSTOR AVENDAÑO GARCIA, SITA EN LA CALLE AYACUCHO N° 200 DE ESTA CIUDAD, LA SEÑORA: LUZ ESPERANZA GASTON FALCON DE BONETT, SOLICITA LA SUCESION INTESTADA, DE QUIEN EN VIDA FUE: DANTE EMIGDIO BONETT YEPEZ, FALLECIDO EN ESTA CIUDAD, EL DÍA 03 DE MARZO DEL 2015, Y HABIENDO SIDO SU ÚLTIMO DOMICILIO EN ESTA CIUDAD DEL CUSCO. SE COMUNICA A FIN DE QUE LOS QUE TENGAN VOCACIÓN HEREDITARIA, HAGA USO DE SU DERECHO DENTRO DEL TERMINO DE LEY. CUSCO, 09 DE JULIO DEL 2015. NESTOR AVENDAÑO G. NOTARIO ABOGADO. (13, 15, 17, 21, 23, JULIO) EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Ocongate, que despacha el Señor Juez, Dr. Bider Coa Suyo; bajo la actuación del Secretario Judicial Alan Barraza Zurita, se tramita el expediente N° 11-2015-OC, seguido por BRESAIDA QUISPE ULLOA, sobre rectificación de la partida de nacimiento de su menor hijo RENZO GUTIÉRREZ QUISPE, bajo el fundamento de que por error se ha consignado en el rubro datos del padre como RAÚL GUTIÉRREZ HUILLCA, debiendo de decir RAÚL GUTIÉRREZ VILLCA, quenado inalterables los demás extremos de la partida. (13, JULIO) EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Ocongate, que despacha el Señor Juez, Dr. Bider Coa Suyo; bajo la actuación del Secretario Judicial Alan Barraza Zurita, se tramita el expediente N° 35-2014-OC, seguido por JUSTA MAYO SALLO, sobre inscripción de partida de defunción del que en vida fue su cónyuge EUSEBIO MERMA CONDORI, fallecido a las catorce horas del día 31 de diciembre de 2014. (13, JULIO) EDICTO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Ocongate, que despacha el Señor Juez, Dr. Blder Coa Suyo; bajo la actuación del Secretario Judicial Alan Barraza Zurita, se tramita el expediente N° 04-2015-OC, seguido por ANGELINO CUCHUIRUMI TURPO, sobre rectificación de partida de nacimiento su menor hija Flor Melina Cuchuirumi Quispe, bajo el fundamento de que por error en la denominación fecha de nacimiento consignado en números se ha escrito 18/19/2010, SIENDO LO CORRECTO 18/09/2009; quenado inalterables los demás extremos de la partida. (13, JULIO) EDICTO CIVIL Sra. LESLIE DELGADO MARTINEZ En el Proceso No. 2015- 00109 sobre cambio de la forma de prestación de alimentos y acumulativamente reajuste de la prestación de alimentos, tramitado ante el Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián, la señora juez, bajo la actuación del secretario Ronald Bomas Guerra, por Resolución No. 04 del tres de julio del año dos mil quince, se ha dispuesto se proceda a su emplazamiento mediante edictos del extracto siguiente,: Cusco, San Sebastián, siete de mayo del año dos mil quince, Resolución No. 01. ADMITASE a tramite la demanda interpuesta por don RAMIRO VALLENAS TARRAGA sobre CAMBIO DE LA FORMA DE PRESTACION DE ALIMENTOS Y ACUMULATIVAMENTE REAJUSTE DE LA PRESTACION DE ALIMENTOS, en contra de LESLIE DELGADO MARTINEZ en la VIA DEL PROCESO UNICO regulada por el Código de los Niños y Adolescentes por su mérito al amparo del articulo 168 del citado cuerpo legal córrase traslado a la parte demandada por el plazo legal, estando al juramento prestado por la parte recurrente respecto a haber agotado las

Lunes, 13 de julio de 2015 gestiones destinadas a conocer el domicilio real del demandado, se dispone se proceda al emplazamiento del demandado mediante edictos a ser publicados en el diario oficial El Peruano y el diario judicial de la localidad asi como en el diario judicial de Puerto Maldonado. H. S. Firma completa de la juez . Bornas Guerra, Secretario. San Sebastián, 08 de julio del 2015. (13, 15, 17, JULIO) EDICTO PARA FINES DEL ART. 506 DEL C.P.C. En el proceso Civil Nro. 2429-2014-0-1001-JR-CI-04, seguido por JULIANA HUAYTA CAHUANA Y GREGORIO MAMANI CCARCCASI con CIRILO CCAHUA CHAINA Y MARIA QUISPE INQUILTUPA sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DE BIEN MUEBLE, bajo la actuación del especialista Legal Arturo Cabrera Orue, la Juez DEL CUARTO JUZGADO CIVIL DEL CUSCO Dra FANNY LUPE PEREZ CARLOS, a dispuesto la publicación edictal siguiente: EXTRACTO DE DEMANDA: JULIANA HUAYTA CAHUANA Y GREGORIO MAMANI CCARCCASI interpone demanda de Prescripción Adquisitiva de dominio de bien mueble contra CIRILO CCAHUA CHAINA Y MARIA QUISPE INQUILTUPA para que se les declare propietarios del bien mueble : vehículo de placa de rodaje Nro. WZ-6744 Mighty, Año 1992, Marca: Hyundai, Clase Camión, Color Blanco, N° de motor D4AFN042177, N° de Serie: KMFGA17FPNU053936..Resolución Nro. 02 Cusco, 03 de Marzo 2015.- (..IVISTO: el escrito que contiene la demanda con los anexos que se adjunta; Y CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda interpuesta (...); DE OFICIO.-Estando a lo previsto en el Artículo 506° del Código Procesal Civil, PUBLÍQUESE un EXTRACTO de la presente resolución, por tres veces con intervalo de tres días, en la forma prevista en los Artículos 167° y 168°, (...)- H.S. Firma completa de la Juez Dr Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Arturo Cabrera Orue, especialista legal. Cusco, 15 de Junio del 2015. (13, JULIO) EDICTO JUDICIAL Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Wanchaq, bajo el Despacho del doctor RAFAEL ENRIQUE SIERRA CASANOVA, y bajo la actuación del Secretario Judicial Dr. Daniel Barrientos Cárdenas, se tramita el expediente Nro. 959-2015, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO solicitado por LAXI DRUSILLA VILLANUEVA FLOREZ, a efecto que se rectifique la partida de nacimiento su cónyuge al haber consignado entre sus apellido la letra “y” de tal manera que figura en su referida acta de nacimiento como “Vicente Pascual Cárdenas y Zapata cuando lo correcto es “VICENTE PASCUAL CARDENAS ZAPATA” Se efectúa la presente publicación para los fines pertinentes de ley.Cusco, 06 de Julio del 2015. (13, Julio) EDICTO JUDICIAL Ante el Tercer Juzgado Civil del Cusco, Despachado por el Juez Doctor Jhon Alfaro Tupayachi, se tramita el Proceso Civil 2015-995, SE RESUELVE: ADMITIR la demanda interpuesta por EFRAIN CASTRO GARCIA, sobre CAMBIO DE NOMBRE, con CITACIÓN del REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PÚBLICO, debiendo de tramitarse bajo los mecanismos del proceso SUMARÍSIMO; Articulo 828 del Código Procesal Civil, publíquese el extracto en el Diario Oficial EL PERUANO y en el DIARIO JUDICIAL LA REPUBLICA. Firmando la especialista legal, por el Señor Juez. H.S. Cusco, 07 de julio del 2015. (13, Julio) EDICTO JUDICIAL En el proceso Civil de familia Nro. 00497-2012-0-1001-JR-FC-03, ante el Tercer Juzgado de Paz Letrado del Cusco, que Despacha la Doctora Judit Tacuri Chavez; bajo la actuación de la secretaria judicial Gloria Justina Mora Lovatón, se ha dispuesto la publicación edictal siguiente: Resolución Nro. 35 de fecha 25 de mayo del año dos mil quince- ordena que la liquidación de los alimentos devengados practicados en autos se cumpla con notificar al demandado CESAR MENDEZ ESCALANTE. Se pone en conocimiento la resolución 34, sobre la liquidación de los alimentos devengados desde el mes de noviembre del año dos mil trece a mayo del año en curso, en la suma total de NUEVE MIL SEISCIENTOS CATORCE CON 20/100 NUEVOS SOLES, por el plazo de tres días para que puedan observar dicha liquidación, caso contrario se dará por aprobado- Por tanto: publíquese el extracto de la presente resolución en el Diario Oficial “El peruano” y en “El Diario Judicial del Cusco”... H.S. Cusco, 11 de junio del año 2015. (13, 15, 17, julio) EDICTO NOTIFICACIÓN POR EDICTOS A la CONGREGACIÓN RELIGIOSA DE LAS MADRES CLAVARIAS, En el Proceso Civil Nro. 01218-2013-0-1001-JR. CI.04, seguida por AMBROSIO ARAGON HUALLPA, sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE PREDIO, bajo la actuación del Especialista Legal JUAN SANTIAGO CALLAÑAUPA SORIA, la señora JUEZ DEL CUARTO JUZGADO CIVIL Dra. FANNY LUPE PEREZ CARLOS, ha dispuesto la publicación edictal siguiente EXTRACTO DE DEMANDA: AMBROSIO ARAGON HUALLPA interpone demanda sobre PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO contra CONGREGACIÓN RELIGIOSA DE LAS MADRES CLAVARIAS, a fin de que se le nombre propietario DEL BIEN INMUEBLE DENOMINADO SECTOR TABLON EXFUNDO LARAPA GRANDE, UBICADO COMO PARTE INTEGRANTE DE LA HACIENDA LARAPA GRANDE DEL DISTRITO DE SAN JERONIMO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO. RESOLUCIÓN NRO. 05.- Cusco, diecisiete de Mayo del Dos mil trece.- (...), VISTO: El escrito que contiene la demanda y los anexos que adjunta; y, CONSIDERANDO: (...) SE RESUELVE: ADMITIR a tramite la demanda interpuesta por (...) en consecuencia PUBLIQUESE un extracto de la presente resolución de forma prevista por los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil.- (...).- H.S. firma completa de la Juez Fanny Lupe Pérez Carlos, ante mi Juan Santiago Callañaupa Soria, Especialista Legal. Cusco, 10 de junio del año 2015. (17, 23, JUNIO. 13 julio) EDICTO JUDICIAL SRES: SUCESORES DE QUIEN FUE ARTEMIO ESCALANTE UNDA.Hago saber a Uds., que dentro del Proceso Civil Nro 00533-2011-0-1001-JR-CI-02 seguido por Artemio Escalante Unda sobre Marina Pacheco Ugarte y otro, tramitado ante el Segundo Juzgado Civil del Cusco, bajo la actuación de la Especialista Legal Saida Chiun Manco, se ha ordenado se notifique por edictos con la Resolución Nro 63. Cusco, uno de junio del dos mil quince.-(...) mediante el cual se anexa el acta de defunción en menciona que corresponde a la persona de ARTEMIO ESCALANTE UNDA, que conforme al articulo 108° del Código Procesal Civil; procédase con la publicación de Edictos, conforme establece nuestra normativa adjetiva civil, a efectos de que se apersonen los sucesores procesales del referido, bajo apercibimiento de nombrársele Curador Procesal conforme a los alcances del articulo 435° de la norma adjetiva ante acotada; SUSPENDIÉNDOSE EL PRESENTE PROCESO por de ley, contados a partir de la publicación correspondiente (...) Hágase. Saber.-Fdo Dr. Eliot Zamalloa Cornejo Juez del Segundo Juzgado Civil Cusco. Saida Chiun Manco Especialista legal.-Cusco, 30 de Junio del 2015.- (07, 09, 13. JULI0) SUCESION INTESTADA EXPEDIENTE N° 00041 -2015-0-1007-JP-CI-02 Ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Canchis - Sicuani, bajo la dirección del Sr. Juez Dr. Aaron Walmor Chávez Choque y la actuación de la Secretaria Judicial Abogada Rosinelia Acó Corrales. Doña MARTA ROSALVINA CIPRIAN VIUDA DE VELASQUEZ, CORINA VELAZQUEZ CIPRIAN y MILAGRO VELASQUEZ CIPRIAN vienen solicitando la declaración de SUCESION INTESTADA del que en vida fue don APOLINAR VELASQUEZ LEON, lo que se pone en conocimiento de los que se crean con derecho a ser incluidos, para que lo hagan valer conforme a ley.- Sicuani, 17 de Junio del 2015. (07, 09, 13. JULIO) REMATE REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA En el expediente N° 00139-2011 seguido Por LIZARDO LUNA LEZAMA en contra de LEONARDA CONDORI RODRIGUEZ, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, la señora Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Dra. Antonina Ponce de León Paguada, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente predio no inscrito: LOTE DE TERRENO NÚMERO Q-14 DE LA ASOCIACIÓN PRO VIVIENDA PARAÍSO DE FÁTIMA DEL SECTOR SAN ANTONIO DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIÁN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, que tiene un área de 135 m2; cuyas colindancias son las siguientes: FRENTE: Con calle sin nombre en línea recta de 9.49ml.,’ DERECHA: Con calle sin nombre en línea recta de 14.00ml.; IZQUIERDA: Con Lote Q-15 en línea recta de 14.00 ml.; FONDO: Con Lote Q-13

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en línea recta de 9.49 ml.. VALOR DE TASACIÓN: US$ 50,899.17 (Cincuenta mil ochocientos noventa y nueve con 17/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE : US$33,932.78 (treinta y tres mil novecientos treinta y dos con 78/100 Dólares Americanos) GRAVÁMENES Y CARGAS: EMBARGO en forma de depósito sobre el bien inmueble materia de remate, hasta por la suma de US$ 35,000.00 Dólares Americanos, ordenado mediante resolución N° 22 de fecha 29/05/13 dentro del Exp. 00139-2011, emitida por orden de la Dra. Marianella Cárdenas Villanueva - Jueza del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián DÍA Y HORA DEL REMATE: 24 DE JULIO AÑO 2015, A HORAS 2:00 P.M.----------------------LUGAR DEL REMATE: La diligencia se llevará a cabo en el local del Juzgado del Primer Juzgado de Paz Letrado ubicado en la Calle Bolívar N° 713 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco. LOS POSTORES deberán: 1) Oblar mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación; 2) Presentar en original el documento de identidad; 3) Presentar arancel judicial por participación en remate judicial, consignando el juzgado respectivo, número de expediente y número de documento de identidad o RUC (presentar copia del arancel judicial y D.N.I.); 4) En caso de actuar a través de un representante legal deberán acreditarlo con el poder respectivo y el Certificado de Vigencia correspondiente. MARTILLERO PÚBLICO ENCARGADO DEL REMATE: Abog. Elena Lissette Solazar Alcázar, cuyos honorarios en caso de adjudicación serán cancelados por el adjudicatario, conforme a Ley. Cusco, 19 de mayo del 2,015. (10, 13, 14, 15, 16, 17 julio) PRIMER REMATE PÚBLICO- JUDICIAL En el proceso judicial de obligación de dar suma de dinero (Expediente Judicial N°01450-2011-0-1001-JP-CI-04) que sigue EDGAR PINTO GALDO en contra de ARKIDECO MULTISERVICIO SRL REPRESENTADA POR LUIS GARCIA ARROYO; el que despacha el señorita Juez Erika Núñez Orihuela, con intervención de la Especialista Legal / Secretaria Judicial Sita. Evangelina Conza Choque, ha dispuesto sacar a REMATE PÚBLICO en PRIMERA CONVOCATORIA, el bien inmueble de propiedad de ARKIDECO MULTISERVICIOS SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, ubicado en el LOTE N°21 DE LA MANZANA “C DE LA URBANIZACIÓN “LOS SAUCES”, UBICADO EN EL DISTRITO DE WANCHAQ, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, cuyos linderos, medidas perimétricas, y demás características corren inscritas en la PARTIDA REGISTRAL N°02065607, del Registro de la Propiedad Inmueble de la Zona Registra! N° X Sede Cusco. La tasación del bien ha sido aprobada por el juzgado en la cantidad de USDS 379,192.53 (TRESCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y DOS CON 53/100) DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) y será rematado sobre la base de USDS 252, 795.02 (DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 02/100) DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, cantidad equivalente a las dos terceras partes del valor de su tasación. Según ésta tasación, el bien tiene un área de 148 (ciento cuarenta y ocho) metros cuadrados y cuenta con fábrica. AFECTACIONES DEL BIEN: Según Partida Registral premencionada, el bien a rematarse tiene las siguientes afectaciones: Asiento D0012.- HIPOTECA a favor del Banco Interamericano de Finanzas “BIF” hasta por la suma de IJSDS42,000.00 dólares americanos. Asiento D0013.- BLOQUEO REGISTRAL respecto a un contrato de compraventa con cláusula adicional de contrato de crédito con garantía hipotecaria entre Alejandrina Ocampo Astete de Dávila y ARKIDECO MULTISERVICIO SRL. con intervención del Banco Interamericano de Finanzas (BIF). Asiento D0014.- EMBARGO en forma de inscripción a favor de Edgar Pinto Galdo hasta por la suma de USDS 12,800 dólares americanos; en los seguidos en el proceso judicial con Expediente N° 759-2011-37-1001-JP-CI—03 ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado del Cusco. Asiento D0015.- EMBARGO en forma de inscripción hasta por la suma de S/. 27 000,00 nuevos soles, dispuesto por el Ejecutor Coactivo de la SUNAT - Intendencia Regional del Cusco en el expediente N°0930060079270 seguido por SUNAT en contra de ARKIDECO MULTISERVICIOS SRL. DIA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: La diligencia del remate estará a cargo del sr. Juan Pablo Kong Eyzaguirre-Martillero Publico con Registro N°227 el día DIECISIETE DE JULIO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A LAS DIEZ HORAS DE MAÑANA en las instalaciones del SEGUNDO JUZGADO MIXTO-SEDE WANCHAQ, de la corte superior Superior de Justicia de Cusco sito en URBANIZACIÓN LA FLORIDA C-14 PASAJE KANTUS DEL DISTRITO DE WANCHAQ la Ciudad del Cusco. POSTORES: Las personas que deseen participar en el remate deberán depositar en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de del bien USDS 37,919.25 (treinta y siete mil novecientos diecinueve con 25/100) dólares de los Estados Unidos de América, presentando éste ante el Martillero Público. A los postores no beneficiados se les devolverá el íntegro de la suma depositada al terminar el remate. Asimismo, los postores deberán presentar el pago de la tasa judicial (por s/.770 nuevos soles) a la orden del Juzgado respectivo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente (1450-2011) y el acto procesal a realizar (participación en remate de bien inmueble), suscribiéndolo y adjuntando copia fotostática del mismo y de su documento de identidad respectivo. De conformidad con lo dispuesto por el artículo 732° del Código Procesal Civil y por la Ley del Martillero Público, los honorarios del Martillero serán de cargo del adjudicatario y están afectos al IGV. Cusco, treinta de junio del año 2015. (06, 07, 08, 09, 10, 13, 14, 15 JULIO) PRIMER REMATE PÚBLICO En el expediente N° 00351-2007 seguido por ALBERTO BETANCOURT HUILLCA en contra de los CELESTINA GALICIA CCAMA y/o SUS HERREDEROS LEGALES, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, la señora Juez del Juzgado de Paz Letrado San Sebastián Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, bajo la actuación de la Secretaria Judicial Dra. Antonina Ponce de León Paguada, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA EL CINCUENTA POR CIENTO DE DERECHOS y ACCIONES QUE LE CORRESPONDEN A LA DEMANDADA sobre el siguiente bien inmueble: PREDIO RÚSTICO DENOMINADO TULLQUIPATA IDENTIFICADO CON UNIDAD CATASTRAL N° 31885, UBICADO EN EL SECTOR TANCARPATA, VALLE HUATANAY DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO, cuyo dominio corre inscrito en la Partida N° 03003734 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral N° X - Sede Cusco. VALOR DE TASACIÓN: S/. 172,480.00 (Ciento setenta y dos mil cuatrocientos ochenta y 00/100 Nuevos Soles). BASE DEL REMATE: S/. 114,986.67 (Ciento catorce mil novecientos ochenta y seis y 67/100 Nuevos Soles, equivalente a las dos terceras partes de la tasación. ------------------------------------------------------------------------------------GRAVÁMENES Y CARGAS: EMBARGO en forma de inscripción sobre los derechos y acciones de propiedad que sobre ei inmueble tiene la demandada Celestina Galicia Ccama hasta por la suma de S/. 2,500.00 Nuevos Soles en relación al inmueble, que corre inscrito en el asiento 03 de la Partida N° 03003734, por orden de la señora Juez del Juzgado de Paz Letrado de San Sebastián Dra. Marianella Cárdenas Villanueva, dentro del proceso N° 00351-2007..---------------------------------------------------------DÍA Y HORA DEL REMATE: 24 DE JULIO DEL AÑO 2015, A HORAS 3:00 P.M.-LUGAR DEL REMATE: La diligencia se llevará a cabo en el local del Juzgado de Paz Letrado San Sebastián ubicado en la Calle Bolívar N° 713 del Distrito de San Sebastián, Provincia y Departamento del Cusco.-LOS POSTORES deberán: 1) Oblar mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación; 2) Presentar en original el documento de identidad; 3) Presentar arancel judicial por participación en remate judicial, consignando el juzgado respectivo, número de expediente y número de documento de identidad o RUC (presentar copia del arancel judicial y D.N.I.); 4) En caso de actuar a través de un representante legal deberán acreditarlo con el poder respectivo y el Certificado de Vigencia correspondiente.------------------------------------------------ MARTILLERO PÚBLICO ENCARGADO DEL REMATE: Abog. Elena Lissette Solazar Alcázar, cuyos honorarios serán cancelados por el adjudicatario, conforme a Ley. Cusco, 28 de mayo del 2,015. (07, 08, 09, 10, 13, 14 JULIO) AVISO DE PRIMER REMATE PÚBLICO En la causa N° 00794-2011 seguida por el BANCO DE LA VIVIENDA DEL PERÚ EN LIQUIDACIÓN contra LUCIO ESCALAN-

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La República

SUPLEMENTO JUDICIAL CUSCO

TE VILLACORTA y PAULINA VALENCIA DE ESCALANTE, sobre Ejecución de Garantía Hipotecaria, la señora Juez Titular del Primer Juzgado Civil - Módulo Corporativo Civil de la Corte Superior de Justicia de Cusco Dra. Sandra Contreras Campana, bajo la actuación de la Especialista Legal Dra. Isabel Cretina Huamán Sequeiros, ha dispuesto sacar a REMATE EN PRIMERA CONVOCATORIA los derechos y acciones que corresponden a los ejecutados sobre et inmueble signado como FUNDO DENOMINADO RETAMAYOC - HUAYCO DEL DISTRITO DE SAN SEBASTIAN, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DEL CUSCO (Urb. Tancarpata Lote N° 4 del Fundo Retamayoc Huayco). cuyo dominio corre inscrito en la Partida Electrónica N° 02045111 del Registro de Predios de la Zona Registral N° X. - Sede Cusco. VALOR DE TASACIÓN: S/. 63,415.90 (Sesenta y tres mu cuatrocientos quince con 90/100 Nuevos Soles). BASE DEL REMATE: S/. 42,277.27 (Cuarenta y dos mil doscientos setenta y siete y 27/100 Nuevos Soles), equivalente a las dos terceras partes del valor comercial del inmueble. -------------------------------GRAVAMENES Y CARGAS: HIPOTECA constituida a favor del Banco de la Vivienda del Perú Sucursal Cusco, que corre inscrita en el asiento 16 de la citada Partida N° 02045111, la misma que ha sido rectificada en los asientos 110 y 116 de la misma partida. DÍA Y HORA DEL REMATE VEINTIDOS DE JUUO DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA. LUGAR DEL REMATE: Oficina de Administración del Modulo Corporativo Civil Laboral que es parte del local del Juzgado, ubicada en el Segundo Nivel de la Corte Superior de Justicia del Cusco, ubicado en la Av. B Sol S/N Cercado del Cusco.--------------------------------------------------------------------------------- LOS POSTORES: 1) Oblar mediante depósito en efectivo o cheque de gerencia una cantidad no menor al diez por ciento del valor de tasación; 2) Presentar en original el documento de identidad; 3) Presentar arancel judicial por participación en remate judicial, consignando el juzgado respectivo, número de expediente y número de documento de identidad o RUC (presentar copia del arancel judicial y D.N.I.); 4) En caso de actuar a través de un representante legal deberán acreditarlo con el poder respectivo y el Certificado de Vigencia correspondiente.------------------------------------------------ EL ADJUDICATARIO: Los Honorarios del Martillero Público serán cancelados por el adjudicatario, conforme a Ley. MARTILIERO PÚBLICO A CARGO DE LA DILIGENCIA: Abog. Elena Lissette Solazar Alcázar con Reg. De Martillero Público N° 248. Cusco, 18 de mayo del año 2015. (07, 08, 09, 10, 13, 14 JULIO) EDICTOS PENALES Juzgado Penal Supraprovincial Colegiado de Machupicchu, La Convención y Echarate EDICTO JUDICIAL (ECHARA TE) JUZGADO COLEGIADO SEDE ECHARATE.- Cita a al acusado VIVIANO LlZARBE YUCRA (con mandato de requisitoria), a efecto de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, a verificarse en La Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de La Convención - Quillabamba, el día 11 DE AGOSTO del 2015, a las 08:00 A.M. (hora exacta), en el Proceso Penal Nro 239-20 13-39-PE-1 01 O-JR-PE-O 1, seguido contra Viviano Lizarbe Yucra, por la presunta comisión del delito de Tráfico llicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y disponer su conducción compulsiva, en caso de su inconcurrencia.- Firma Sr. Juez Pedro Vargas.- Secretaria Rocío Callaymara. 3v. Echarate, 02 de julio del 2015. (09, 10, 13 JULIO) Juzgado Penal Supraprovincial Colegiado de Machupicchu, La Convención y Echarate EDICTO JUDICIAL (ECHARATE) JUZGADO COLEGIADO SEDE ECHARATE.- Cita a al acusado MARCELlNO CURASI CUTIPA (Reo Libre), a efecto de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, a verificarse en La Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de La Convención - Quillabamba, el día 11 DE AGOSTO del 2015, a las 09:00 A.M. (hora exacta), en el Proceso Penal Nro 1582013- -PE-1010-JR-PE-01, seguido contra Marcelino Curasi Cutipa, por la presunta comisión del delito de Violación sexual de Menor, en agravio de La menor de iniciales RO.LA.PA. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y disponer su conducción compulsiva, en caso de su inconcurrencia.- Firma Sr. Juez Pedro Vargas.- Secretaria Rocío Callaymara. 3v. Echarate, 02 de julio del 2015 (09, 10, 13 JULIO) NOTIFICACION SOBRE ABANDONO DE MENOR. Expediente: Nro. 2014-570. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención se tramita la Investigación Tutelar Nro.-2014-570, interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra doña TRILCE MELANIE CAVERO YLLA sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL del menor PATRICK ALDAIR MEZA CAVERO, se ha dispuesto su notificación mediante edictos la siguiente resolución cuyo tenor literal es como sigue: SE RESUELVE: SE RESUELVE: Admitir a TRÁMITE la demanda TUTELAR SOBRE ABANDONO MORAL Y MATERIAL interpuesta por el Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Civil, Familia y Prevención del delito de La Convención, en contra de TRILCE MELANIE CAVERO YLLA a favor del menor PATRICK ALDAIR MEZA CAVERO (01 año 02 MESES), Y como medida de protección se dispone la entrega provisional del menor en favor de su abuela materna doña MARLENE YLLA HUAMAN hasta la resultas de la presente investigación, y para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la notificación a los padres y/o familiares de dicho menor a efecto de que hagan valer sus derechos, oponerse, apersonarse y prestar sus declaraciones conforme a ley, bajo apercibimiento de declararse el estado de abandono con fines de adopción.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Dra. Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 24 de Septiembre del 2015. (09, 10, 13 JULIO) ¬ DIARIO JUDICIAL CUSCO EDICTO JUDICIAL Edicto Familia Tutelar: El Sr. Juez del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate , de la Provincia de La Convención, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, HACE SABER que, en el Expediente No.00141-2011-0-1010JM-FT-01, se ha dispuesto notificar a la demandada NATIVIDAD CHALLCO CCASA, y al agraviado ANICETO PALOMINO OROSCO, con el extracto del AUTO DE CONCLUSION DEL PROCESO Resolución No.17, de fecha 26-06-2015.- FALLO.1.- Declarando CONCLUIDO EL PROCESO sin declaración sobre el fondo, sobre Violencia Familiar, consistente en MALTRATO PSICOLOGICO,.- 2.- ORDENANDO, su archivo en caso de no ser apelada. H. S.-. LO QUE NOTIFICO A UD., para su conocimiento y fines de le. (09, 10, 13 JULIO) EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Jennifer Tupayachi Ayala, en el Expediente 109-2012-79, seguido contra QUINTIN HUAMAN OSCCO, por el presunto delito homicidio simple, en agravio de los herederos legales de Q.E.V.F Nemesio Quispe Pacco, se ha dispuesto se efectúe la presente publicación notificando a la parte agraviada herederos legales de Q.E.V.F Nemesio Quispe Pacco, con el siguiente: Resolución Nro.: 01 Quillabamba, trece de Diciembre del año dos mil doce. DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo estipulado en el Art. 344°, inciso 1°, y; CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 345° del Código Procesal Penal indica que el Juez de la investigación Preparatoria una vez que recibe el requerimiento del Fiscal de Sobreseimiento correrá traslado a los demás sujetos procesales por el plazo de diez días, quienes podrán formular su oposición a la solicitud dentro del plazo establecido. La oposición bajo sanción de inadmisibilidad será fundamentada y podrá la realización de actos

Lunes, 13 de julio de 2015

de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes Vencido el plazo de traslado, el Juez citará al Ministerio Público y a los demás sujetos procesales para una audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento. SEGUNDO: La resolución 0090-6-2006-CJ¬PJ, de fecha 22 de julio; que contiene el Reglamento de Expedientes Judiciales en el capitulo 2° denominado del Cuaderno de la Etapa intermedia en el Art 18° establece que las actuaciones y trámites que se realicen en la etapa intermedia generaran un cuaderno cuya denominación será cuaderno de la Etapa Intermedia; que el órgano Jurisdiccional competente ordenará su formación una vez que reciba la acusación fiscal o el pedido de Sobreseimiento; el Cuaderno de la Etapa Intermedia contendrá los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional así como las actas que registren las actuaciones judiciales; en el artículo 19 del mencionado Reglamento se establece que el cuaderno de la Etapa intermedia tendrá como anexo el Expediente Fiscal así como los objetos y cosas que en caso estos hayan sido introducidos como prueba anticipada. TERCERO: Por los anteriores considerandos y al socaire de lo dispuesto en el artículo 345 del Código Procesal Penal y en la resolución 0090-6-2006-CJ-PJ en el capítulo 2° denominado del Cuaderno de la etapa intermedia, es que el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. RESUELVE: A) CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el PLAZO DE DIEZ DÍAS para que procedan conforme al articulo 345° acápite 2 del Código Procesal Penal; B) FORMAR el cuaderno de la etapa intermedia, con el requerimiento del sobreseimiento fiscal, los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el Órgano Jurisdiccional, así como las actas que registren actuaciones judiciales. NOTIFÍQUESE a las partes conforme a Ley. (09, 10, 13 JULIO) EDICTO PENAL Se cita y emplaza a los IMPUTADOS GALDYS MONTALVO PAUCAR, TRIFON SANTOS PIÑARES ESPINOZA, HILADA MONTIVILLER V ASQUEZ, MARIO CONCEPCIÓN GUEV ARA P AUCARMA YT A, OLGA NINACO TERAN, MODESTO QUIÑÓNEZ CARRASCO, y ANET HUILLCA GUZMAN, WILBER GUEV ARA MELLADO, BENITO BRAVO FARFAN, ZENAIDA SEQUEIROS SALAS, ABRAHAM MANUEL SALAS CONDE, MARCO ANTONIO MAMANI CABRERA, VILMA BARRIENTOS AY ALA, FREDY MIRKO AMUDIO ZAPATA, JOSE MANUEL LUNA VILLAFUERTE, MARLENY POZO BARRIENTOS, MARCO ANTONIO ARAOZ GAMBOA, MERY ONTON PALIZA, JOSE CASTILLO DIAZ, WILBERT GONZALO ROQUE V ASQUEZ, ASUNCIÓN HUAMANRICRA LAURA, JORGE EDWIN MOLINA OROSCO, ALEX CURI LEON, DONATO YANQUE MARTINEZ, FORTUNATO ECHEV ARRIA CEV ALLOS, HEBERT P A YE LUNA, KROMER CARDENAS RUIZ, GABRIEL ARMANDO HUAMANI SALHUA, EVA BRIGIDA CONDORI QUISPE, WILLIAM ALFARO ANA YA, SUSANA GONZALES GALLEGOS, PEPE HUILLAS LLOCLLA, PAUL EDWARS LATORRE ELORRIETA, AYNER ARONE CASTILLO GALINDO, EDGAR VEGA NEYRA, DINA FUENTES CACERES y JULIO CESAR ARIAS BRAVO en el proceso 00199-2011-44, seguido contra GLADYS MONT AL VO P AUCAR y OTROS, por el presunto delito de PECULADO DOLOSO, en agravio del Estado, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 30 de junio de12015. (09, 10, 13 JULIO) EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Jennifer Tupayachi Ayala, en el Expediente 101-2012-0, seguido contra DANIEL TAPIA TAYPE, por el presunto delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub. tipo Violación de Menor de diez años de edad, en agravio de MARLENI HURTADO CCAMA, se ha dispuesto se efectúe la presente publicación notificando a el imputado DANIEL TAPIA TAYPE, con el siguiente: Resolución W: 01 Quillabamba, veintitrés de Mayo del año dos mil doce. DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de acusación directa, presentado por el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por considerar que las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del imputado en su comisión, y conforme a lo previsto en el articulo 3500 del CPP; CORRAS E TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6} ofrecer prueba para el juicio, 7} objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8}, proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9} proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10} plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. SE IMPONE la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado DANIEL TAPIA TAYPE, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada. Quillabamba 8 de junio del 2015. (09, 10, 13 JULIO) EDICTO PENAL. EXPEDIENTE PENAL N° 0123-2009-14-1001-SP-PE-O1. SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Se cita, y emplaza a la acusada ALICIA QUISPE ROJAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito de abigeato, en agravio de Vicentina Oviedo Capará. Cusco 03 de Julio 2015. (09, 10, 13 JULIO) EDICTO PENAL Exp. 2233-2014-15 -1001-IR-PE-03. SEÑOR: EDGAR AUGUSTO CASTRO ROMERO. Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se CITA Y EMPLAZA al acusado EDGAR AUGUSTO CASTRO ROMERO, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 2233-2014-15 -1001-}R-PE-03, que se le sigue por delito Omisión de Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales L.B.C.C., en la Audiencia de Juicio programado para el día 20-AGO-2015, a HS. 08.00. en la 10 sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 07 de julio del 2015. (09, 10, 13 JULIO) EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogado Eric Alexander Núñez Villa, en el Proceso N° 00168-2015-79-1010-JR-PE-01, seguido contra Antonio Huaman Roca, por la presunta comisión del Delito CONTRA LA LIBERTAD, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL, sub. tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, tipificado en el último párrafo del articulo 173° del Código Penal, concordado con el numeral 2 del mismo artículo en agravio de las menores de iniciales A.M.Q.A. y YO. QU.AL. representados por su progenitora CARMEN ACLLA VILLA AGRAVIADA; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 03, dieciocho de junio del año dos mil quince VISTOS Y OIDOS: PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA. Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA, señalada para el día dieciocho de junio del año dos mil quince, a horas cuatro y quince de la tarde, básicamente por no haber sido devuelta las cédulas de notificación a los sujetos procesales, en consecuencia DECLARAR FRUSTRADA la presente

Lunes, 13 de julio de 2015 audiencia------------------------------------------------SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA, para el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE Y TREITA DE LA MAÑANA, se dispone la notificación de los sujetos procesales en sus domicilios señalados en autos.------------------------------------------------------------------------TERCERO.- SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN del imputado ANTONIO HUAMÁN ROCA, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial del Cusco, a fin de que se publique con el extracto del acta de Audiencia Frustrada, sin perjuicio de ello requerir al Especialista de causa, a fin de que recabe los edictos respecto a la Resolución N° 03, DONDE se notifica nueva fecha, día y hora para audiencia pública de requerimiento de prisión preventiva, subsistiendo los apercibiendo decretados en autos. HAGASE SABER.------------------------------------(09, 10, 13 JULIO) Juzgado Penal Supraprovincial Colegiado de Machupicchu, La Convención y Echarate EDICTO JUDICIAL (ECHARA TE) JUZGADO COLEGIADO SEDE ECHARATE.- Cita a al acusado VIVIANO LlZARBE YUCRA (con mandato de requisitoria), a efecto de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, a verificarse en La Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de La Convención - Quillabamba, el día 11 DE AGOSTO del 2015, a las 08:00 A.M. (hora exacta), en el Proceso Penal Nro 239-20 13-39-PE-1 01 O-JR-PE-O 1, seguido contra Viviano Lizarbe Yucra, por la presunta comisión del delito de Tráfico llicito de Drogas, en agravio del Estado Peruano. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y disponer su conducción compulsiva, en caso de su inconcurrencia.- Firma Sr. Juez Pedro Vargas.- Secretaria Rocío Callaymara. 3v. Echarate, 02 de julio del 2015. (10, 13, 14 JULIO) Juzgado Penal Supraprovincial Colegiado de Machupicchu, La Convención y Echarate EDICTO JUDICIAL (ECHARATE) JUZGADO COLEGIADO SEDE ECHARATE.- Cita a al acusado MARCELlNO CURASI CUTIPA (Reo Libre), a efecto de que concurra a la AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, a verificarse en La Sala de Audiencias del Juzgado Penal Unipersonal de La Convención - Quillabamba, el día 11 DE AGOSTO del 2015, a las 09:00 A.M. (hora exacta), en el Proceso Penal Nro 1582013- -PE-1010-JR-PE-01, seguido contra Marcelino Curasi Cutipa, por la presunta comisión del delito de Violación sexual de Menor, en agravio de La menor de iniciales RO.LA.PA. Bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz y disponer su conducción compulsiva, en caso de su inconcurrencia.- Firma Sr. Juez Pedro Vargas.- Secretaria Rocío Callaymara. 3v. Echarate, 02 de julio del 2015 (10, 13, 14 JULIO) NOTIFICACION SOBRE ABANDONO DE MENOR. Expediente: Nro. 2014-570. Ante el Juzgado de Familia de la Provincia de la Convención se tramita la Investigación Tutelar Nro.-2014-570, interpuesta por la Representante del Ministerio Público contra doña TRILCE MELANIE CAVERO YLLA sobre ABANDONO MORAL Y MATERIAL del menor PATRICK ALDAIR MEZA CAVERO, se ha dispuesto su notificación mediante edictos la siguiente resolución cuyo tenor literal es como sigue: SE RESUELVE: SE RESUELVE: Admitir a TRÁMITE la demanda TUTELAR SOBRE ABANDONO MORAL Y MATERIAL interpuesta por el Fiscal Provincial de la Fiscalía Provincial Civil, Familia y Prevención del delito de La Convención, en contra de TRILCE MELANIE CAVERO YLLA a favor del menor PATRICK ALDAIR MEZA CAVERO (01 año 02 MESES), Y como medida de protección se dispone la entrega provisional del menor en favor de su abuela materna doña MARLENE YLLA HUAMAN hasta la resultas de la presente investigación, y para efectos legales pertinentes se ha dispuesto la notificación a los padres y/o familiares de dicho menor a efecto de que hagan valer sus derechos, oponerse, apersonarse y prestar sus declaraciones conforme a ley, bajo apercibimiento de declararse el estado de abandono con fines de adopción.- H. S. Lo que se publica para los fines de ley. Firma de la Juez Dra. Mariliana Cornejo Sánchez. Arnaldo Bustamante Gamarra. Secretario Judicial. Quillabamba, 24 de Septiembre del 2015. (10, 13, 14 JULIO) DIARIO JUDICIAL CUSCO EDICTO JUDICIAL Edicto Familia Tutelar: El Sr. Juez del Juzgado Mixto y Unipersonal de Echarate , de la Provincia de La Convención, bajo la actuación del Secretario Judicial Francisco Puma Molina, HACE SABER que, en el Expediente No.00141-2011-0-1010JM-FT-01, se ha dispuesto notificar a la demandada NATIVIDAD CHALLCO CCASA, y al agraviado ANICETO PALOMINO OROSCO, con el extracto del AUTO DE CONCLUSION DEL PROCESO Resolución No.17, de fecha 26-06-2015.- FALLO.1.- Declarando CONCLUIDO EL PROCESO sin declaración sobre el fondo, sobre Violencia Familiar, consistente en MALTRATO PSICOLOGICO,.- 2.- ORDENANDO, su archivo en caso de no ser apelada. H. S.-. LO QUE NOTIFICO A UD., para su conocimiento y fines de le. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Jennifer Tupayachi Ayala, en el Expediente 109-2012-79, seguido contra QUINTIN HUAMAN OSCCO, por el presunto delito homicidio simple, en agravio de los herederos legales de Q.E.V.F Nemesio Quispe Pacco, se ha dispuesto se efectúe la presente publicación notificando a la parte agraviada herederos legales de Q.E.V.F Nemesio Quispe Pacco, con el siguiente: Resolución Nro.: 01 Quillabamba, trece de Diciembre del año dos mil doce. DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de sobreseimiento de la causa, de conformidad con lo estipulado en el Art. 344°, inciso 1°, y; CONSIDERANDO: PRIMERO: El artículo 345° del Código Procesal Penal indica que el Juez de la investigación Preparatoria una vez que recibe el requerimiento del Fiscal de Sobreseimiento correrá traslado a los demás sujetos procesales por el plazo de diez días, quienes podrán formular su oposición a la solicitud dentro del plazo establecido. La oposición bajo sanción de inadmisibilidad será fundamentada y podrá la realización de actos de investigación adicionales, indicando su objeto y los medios de investigación que considere procedentes Vencido el plazo de traslado, el Juez citará al Ministerio Público y a los demás sujetos procesales para una audiencia preliminar para debatir los fundamentos del requerimiento de sobreseimiento. SEGUNDO: La resolución 0090-6-2006-CJ¬PJ, de fecha 22 de julio; que contiene el Reglamento de Expedientes Judiciales en el capitulo 2° denominado del Cuaderno de la Etapa intermedia en el Art 18° establece que las actuaciones y trámites que se realicen en la etapa intermedia generaran un cuaderno cuya denominación será cuaderno de la Etapa Intermedia; que el órgano Jurisdiccional competente ordenará su formación una vez que reciba la acusación fiscal o el pedido de Sobreseimiento; el Cuaderno de la Etapa Intermedia contendrá los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano jurisdiccional así como las actas que registren las actuaciones judiciales; en el artículo 19 del mencionado Reglamento se establece que el cuaderno de la Etapa intermedia tendrá como anexo el Expediente Fiscal así como los objetos y cosas que en caso estos hayan sido introducidos como prueba anticipada. TERCERO: Por los anteriores considerandos y al socaire de lo dispuesto en el artículo 345 del Código Procesal Penal y en la resolución 0090-6-2006-CJ-PJ en el capítulo 2° denominado del Cuaderno de la etapa intermedia, es que el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención. RESUELVE: A) CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el PLAZO DE DIEZ DÍAS para que procedan conforme al articulo 345° acápite 2 del Código Procesal Penal; B) FORMAR el cuaderno de la etapa intermedia, con el requerimiento del sobreseimiento fiscal, los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el Órgano Jurisdiccional, así como las actas que registren actuaciones judiciales. NOTIFÍQUESE a las partes conforme a Ley. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL

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Se cita y emplaza a los IMPUTADOS GALDYS MONTALVO PAUCAR, TRIFON SANTOS PIÑARES ESPINOZA, HILADA MONTIVILLER V ASQUEZ, MARIO CONCEPCIÓN GUEV ARA P AUCARMA YT A, OLGA NINACO TERAN, MODESTO QUIÑÓNEZ CARRASCO, y ANET HUILLCA GUZMAN, WILBER GUEV ARA MELLADO, BENITO BRAVO FARFAN, ZENAIDA SEQUEIROS SALAS, ABRAHAM MANUEL SALAS CONDE, MARCO ANTONIO MAMANI CABRERA, VILMA BARRIENTOS AY ALA, FREDY MIRKO AMUDIO ZAPATA, JOSE MANUEL LUNA VILLAFUERTE, MARLENY POZO BARRIENTOS, MARCO ANTONIO ARAOZ GAMBOA, MERY ONTON PALIZA, JOSE CASTILLO DIAZ, WILBERT GONZALO ROQUE V ASQUEZ, ASUNCIÓN HUAMANRICRA LAURA, JORGE EDWIN MOLINA OROSCO, ALEX CURI LEON, DONATO YANQUE MARTINEZ, FORTUNATO ECHEV ARRIA CEV ALLOS, HEBERT P A YE LUNA, KROMER CARDENAS RUIZ, GABRIEL ARMANDO HUAMANI SALHUA, EVA BRIGIDA CONDORI QUISPE, WILLIAM ALFARO ANA YA, SUSANA GONZALES GALLEGOS, PEPE HUILLAS LLOCLLA, PAUL EDWARS LATORRE ELORRIETA, AYNER ARONE CASTILLO GALINDO, EDGAR VEGA NEYRA, DINA FUENTES CACERES y JULIO CESAR ARIAS BRAVO en el proceso 00199-2011-44, seguido contra GLADYS MONT AL VO P AUCAR y OTROS, por el presunto delito de PECULADO DOLOSO, en agravio del Estado, para que asista a la audiencia de control de acusación y se defienda de los cargos formulados en su contra, audiencia que se llevará a cabo el día CUATRO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE A HORAS OCHO DE LA MAÑANA (08.00 A.M), en la primera sala de audiencia de este Juzgado, ubicado en el primer nivel del Jr. Espinar Nro. 140-148 de la ciudad de Quillabamba (Palacio de Justicia de Quillabamba). Quillabamba, 30 de junio de12015. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de La Convención, que despacha el señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación de la Especialista Jennifer Tupayachi Ayala, en el Expediente 101-2012-0, seguido contra DANIEL TAPIA TAYPE, por el presunto delito contra la Libertad, en la modalidad de Violación de la Libertad Sexual, sub. tipo Violación de Menor de diez años de edad, en agravio de MARLENI HURTADO CCAMA, se ha dispuesto se efectúe la presente publicación notificando a el imputado DANIEL TAPIA TAYPE, con el siguiente: Resolución W: 01 Quillabamba, veintitrés de Mayo del año dos mil doce. DADO CUENTA con el requerimiento fiscal de acusación directa, presentado por el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de La Convención, por considerar que las diligencias actuadas preliminarmente establecen suficientemente la realidad del delito y la intervención del imputado en su comisión, y conforme a lo previsto en el articulo 3500 del CPP; CORRAS E TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de 10 DÍAS UTILES, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (principio de oportunidad o terminación anticipada), 6} ofrecer prueba para el juicio, 7} objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio prueba pertinentes, 8}, proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9} proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10} plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. SE IMPONE la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado DANIEL TAPIA TAYPE, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la Policía. PRECÍSESE que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada. Quillabamba 8 de junio del 2015. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL. EXPEDIENTE PENAL N° 0123-2009-14-1001-SP-PE-O1. SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Se cita, y emplaza a la acusada ALICIA QUISPE ROJAS, para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el proceso que se le sigue por el delito de abigeato, en agravio de Vicentina Oviedo Capará. Cusco 03 de Julio 2015. (10, 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Exp. 2233-2014-15 -1001-IR-PE-03. SEÑOR: EDGAR AUGUSTO CASTRO ROMERO. Ante el Segundo Juzgado Penal Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Dr. Edwin Del Pozo Condori, bajo la actuación del Especialista de Causa Severino Huamán Huamanttica, se CITA Y EMPLAZA al acusado EDGAR AUGUSTO CASTRO ROMERO, a efecto de que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Expediente N° 2233-2014-15 -1001-}R-PE-03, que se le sigue por delito Omisión de Asistencia Familiar, en agravio del menor de iniciales L.B.C.C., en la Audiencia de Juicio programado para el día 20-AGO-2015, a HS. 08.00. en la 10 sala de Audiencias, sito en el 3er. nivel del Palacio de Justicia de Cusco. Cusco, 07 de julio del 2015. V(10, 13, 14 JULIO)

EDICTO PENAL Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Convención, que despacha el Señor Juez Carlos Reinaldo Huañac Contreras, bajo la actuación del especialista Judicial Abogado Eric Alexander Núñez Villa, en el Proceso N° 00168-2015-79-1010-JR-PE-01, seguido contra Antonio Huaman Roca, por la presunta comisión del Delito CONTRA LA LIBERTAD, en la modalidad de VIOLACIÓN SEXUAL, sub. tipo VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, tipificado en el último párrafo del articulo 173° del Código Penal, concordado con el numeral 2 del mismo artículo en agravio de las menores de iniciales A.M.Q.A. y YO. QU.AL. representados por su progenitora CARMEN ACLLA VILLA AGRAVIADA; se ha dispuesto efectué la presente publicación NOTIFICANDO CON LA RESOLUCIÓN N° 03, dieciocho de junio del año dos mil quince VISTOS Y OIDOS: PARTE CONSIDERATIVA: Se deja registro en audio. PARTE RESOLUTIVA. Se transcribe: SE RESUELVE: PRIMERO.- DECLARAR POR NO INSTALADA VALIDAMENTE AUDIENCIA PÚBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA, señalada para el día dieciocho de junio del año dos mil quince, a horas cuatro y quince de la tarde, básicamente por no haber sido devuelta las cédulas de notificación a los sujetos procesales, en consecuencia DECLARAR FRUSTRADA la presente audiencia------------------------------------------------SEGUNDO: SEÑALAR NUEVA FECHA Y HORA PARA AUDIENCIA PÚBLICA DE PRISIÓN PREVENTIVA, para el día VEINTISIETE DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE Y TREITA DE LA MAÑANA, se dispone la notificación de los sujetos procesales en sus domicilios señalados en autos.------------------------------------------------------------------------TERCERO.- SE DISPONE LA NOTIFICACIÓN del imputado ANTONIO HUAMÁN ROCA, mediante EDICTOS JUDICIALES tanto en el Diario Oficial El Peruano y el Diario Judicial del Cusco, a fin de que se publique con el extracto del acta de Audiencia Frustrada, sin perjuicio de ello requerir al Especialista de causa, a fin de que recabe los edictos respecto a la Resolución N° 03, DONDE se notifica nueva fecha, día y hora para audiencia pública de requerimiento de prisión preventiva, subsistiendo los apercibiendo decretados en autos. HAGASE SABER.------------------------------------(10, 13, 14 JULIO) Sala Apelaciones Transitoria del Cusco EDICTO PENAL. EXPEDIENTE PENAL N° 0030-2006-0-SP-PE-03 SALA PENAL LlQUIDADORA TRANSITORIA DEL CUSCO. SECRETARIO: Yohanna Gallegos Paucar. Por disposición del Colegiado de la Sala Penal Liquidadora tral1sitoria del Cusco se, cita y emplaza a los acusados AL-

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BERTO NEGRON ARIAS y GRIMALDO CALDERÓN VERA, a fin que se ponga a derecho o y responda los cargos formulados en su contra en el proceso penal N° 030-2006-0-1001-SP-PE-03, acusado por el delito contra el patrimonio el, su modalidad de robo de ganado en agravio de incolaza Cutida Sacsi y otros. Cusco 07 de Julio del 2015. (10. 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL EXP. N° 725-2014-14-1001-JR-PE-01 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica al imputado EDILBERTO GUALTERO TRUJILLO, RENÉ GOYO GÓMEZ GÓMEZ y LEÓN UBALDO GÓMEZ CHIARA la resolución N° 15, de fecha 07 de julio de 2015, mediante el cual, SE DISPONE: CITAR para el día miércoles 12 de agosto de 2015 a horas 08:30 de la mañana (hora exacta), la audiencia preliminar de control de Requerimiento Mixto (Sobreseimiento - Acusación), la realización de la audiencia se llevará a cabo en la sala de audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria especializado en Delitos Ambientales de Cusco, ubicado en el inmueble N° 239 de la avenida el Sol de ésta ciudad, Palacio de Justicia sede de la Corte Superior de Justicia del Cusco, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada del representante del Ministerio Publico de comunicar de tal hecho a su Superior. COMUNÍQUESE a las partes que la carpeta fiscal, se encuentra en la oficinas del Juzgado, y que con motivo de la audiencia podrán entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal o devueltas directamente a la parte oferente en caso no se hayan encontrado incorporadas en la carpeta fiscal. PRECÍCESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderán notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1 ° Y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las Normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006CE-P J. PREcíCESE además que la inasistencia injustificada del abogado defensor de la parte imputada a la audiencia programada motivara que el operador judicial aplique lo dispuesto por el inciso 3 del artículo 85 del CPP modificado por Ley N° 30076. (10. 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL EXP. N° 445-2014-0-1001-JR-PE-O1 Ante el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio Especializado en Delitos Ambientales del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Cusco, que despacha el Señor Juez Dr. Edson Ormachea Acurio, se notifica a los imputados JULIO LUNA CARRASCO, EMILIO CRUZ CARDENAS y GILMAR CABRERA OLLACHICA, con la Resolución N° 01, Recepción de la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria; mediante la cual se dispone, TÉNGASE por comunicada la Disposición de Formalización y Continuación de la Investigación Preparatoria declarada compleja; en la investigación seguida contra Emilio Cruz Cárdenas, Julio Luna Carrasco y Gilmar Cabrera Ollachica, por la presunta comisión del delito de Tráfico de insumos químicos y maquinarias destinados a la Minería Ilegal (segundo párrafo), ilícito previsto y sancionado en el articulo 307-E del Código Penal, en agravio del Estado Peruano. Y con la Resolución N° 11, de fecha 07 de julio del 2015, mediante la cual, da cuenta a la Disposición N° 02 que antecede, de conclusión de la investigación preparatoria presentada por la Fiscalía Especializado en Materia Ambiental de Madre de Dios, en la investigación seguida contra Julio Luna Carrasco, Gilmar Cabrera Ollachica y Emilio Cruz Cárdenas, por la comisión del delito de Tráfico Ilegal de Insumos Químicos y Maquinarias destinados a la Minería Ilegal, en agravio del Estado Peruano, en consecuencia, TÉNGASE por recepcionada la comunicación fiscal y DESE por concluida la investigación preparatoria, exhortando al representante del Ministerio Público actuar dentro de los términos establecidos para los supuestos de ley. Y conforme a la Resolución N° 10, cúmplase con notificar mediantes edictos. En el Proceso Penal N° 445-2014-0-1001-JR-PE-01. (10. 13, 14 JULIO) EDICTO PENAL Expediente N° 00248.2015.0.2701.JR.PE.01 3° Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata Juez: Carlos Adalberto Román Gil Especialista Judicial: Alicia Ríos Lima. Avenida Ernesto Rivero N” 722 Puerto Maldonado - Tambopata . Madre de Dios (082) 582060, anexo 32043 Mediante la presente se NOTIFICA: al acusado FLORENCIO UCHUPE LIMA, con la RESOLUCIÓN N° 06, dictada en audiencia de fecha treinta de junio del año dos mil quince, por el cual se reprograma la AUDIENCIA DE ACUSACION para el VIERNES 17 DE JULIO DEL 2015 A HORAS 07:30 AM, la misma que se verificara en la sala de audiencias del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Tambopata, sito en la Av. Ernesto Rivero W 722, de la ciudad de Puerto Maldonado, en la investigación que se le sigue por delito de Homicidio Culposo, en agravio de QEVF. Nelson Vega Alpiri representado por sus herederos legales. Puerto Maldonado, 30 de junio del 2015.¬ (10. 13, 14 JULIO) NOTIFICACIÓN VIA EDICTO JUDICIAL Exp. Penal Nro. 1887-2013, seguido en contra de Walter Tito Quispe, por la presunta comisión del delito contra la Familia, en su modalidad de Omisión de Asistencia Familiar, sub tipo incumplimiento de Obligación alimentaría, en agravio de las menores de iniciales B.J.T.H. y J.E.T.H. representados por Justina Herrera Churata, tramitado ante el Segundo Juzgado Unipersonal de Cusco, que despacha el señor Juez Edwin del Pozo, se ha dispuesto NOTIFICAR al imputado WALTER TITO QUISPE, con la resolución Nro. 3 de fecha 29-04-15 (...) SE RESUELVE: 1. Declarar FRUSTRADA la presente audiencia por inconcurrencia injustificada del acusado Walter Ttito Quispe. 2. Declarar reo Ausente al acusado WALTER TTITO QUISPE, con DNI. N° 24703907, sexo masculino, nacido en fecha dieciocho de enero del mil novecientos sesenta y nueve, de cuarenta y cinco años de edad, estado civil soltero, ocupación Panadero, grado de instrucción superior, nacido en la Provincia de Sicuani, Provincia de Canchis, Departamento de Cusco, hijo de Fernando y Mercedes, con domicilio en Urb. Santa Beatriz A-9, Wanchaq - Cusco. 3. Nombrar como abogada defensora del declarado reo ausente a la defensora pública MIRELA CORONEL MOLERO, quien debe hacer. Valer los derechos que corresponde a su patrocinado. 4. Ordenar se giren los oficios para la conducción compulsiva: