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Vistosi el lnforme N" 00023-2018-¡¡INAMA/MGAJDGRS-OMM, de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos: el Memorando N" 00794-2018-MINAMA/I\,GA, del Viceminister¡o de Gestión Ambiental: el lnforme No 00754-20'18-MINAM/SG/OGAJ. de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO:

Que, med¡anle Decreto Legislativo N'1013 se crea el Min¡sterio del Ambiente o organismo del Poder Ejecutivo, con personería jur¡dica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer, ejecutar y superv¡sar la politica nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoria con respecto a ella;

Que, mediante Decreto Legislativo N' 1278, se aprueba la Ley de Gestión lntegral Res¡duos Sólidos, la cual t¡ene por objeto establecer derechos, obligaciones, atr¡buc¡ones y responsabilidades de la sociedad en su conjunto, con la final¡dad de propender la maximización constante de la ef¡ciencia en el uso de los materiales y asegurar una gestión y manejo de los residuos sólidos económica, sanitaria y ambientalmente adecuada, con sujeción a las obligaciones, principios y lineamientos DE¿)\eñalados en esta Ley;

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eue, et titerat a) det numerar 24.'l det art¡cuto 24 det Decreto Lesisrativo N" '127E que las Municipal¡dades Distritales, en materia de manejo de iesiduos sólidos, =; "t$laUfece qérui.iñ de \-.i,/",tñ, adecuada a¡1értÉr'l^ prestación n.éstá.ióñ del .l.l servicio .lF limpieza, limni.Tá -.+'tan competentes para asegurar una .r',,".,,.,"i §.on .ómñ.trñtés \«!A!.. fecolección y transporte de residuos en su jur¡sdicción, debiendo garantizar la adecuada disposición finalde los mismos; -.'-É-;i-\ Que, de conformidad con lo establec¡do en el literal p) del artículo 15 del Decreto ,/".\ " Ad;\Legrslativo N' 1278, el M¡nisterio del Ambiente, en su calidad de ente rector a nivel h* "" lnacional para "\\ la gestión y manejo de los residuos, es competente para declarar en \Z- ".dJ" la gestión y manejo de los residuos sólidos, cuyo alcance, criterios y VX¿lDz - -"?/ eñe¡gencia procedimientos soñ definidos en su Reg¡amento; y, coordinar con las autoridades sectoriales nac¡onales, ent¡dades de tiscalizac¡ón ambiental y/o los gobiemos regionales, según sea el caso;

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Que, los l¡terales a) y e) del articulo 125 del Reglamento del Decreto Legislativo 1278, aprobado por Decreto Supremo N" 014-2017-l\rlNAM, señala como causales

para la declaratoria de emergencia en la gestión y manejo de los residuos sólidos, entre otras, el potencial riesgo para la salud de las personas, y el cese total o parcial de las operac¡ones o procesos de gestión y manejo de residuos só¡idos, respectivamente;

Que, de acuerdo al artículo 126 del citado Reglamento, en caso resulte procedente la declaratoria de emergencia, el Ministerio del Ambiente emite la resolución respectiva, en la cual se establece el ámbito territorial, el tiempo de duración, el cual no deberá exceder de sesenta (60) días, pronogables por cuarenta y cinco (45) días; y las medidas inmediatas a ser implementadas por las entidades correspondientes, dentro de las cuales dispondrá la elaboración de un Plan de Acción para la atención de la emergenciai Que, el ¡iteral d) del artículo 74 del Reg¡amento de Organización y Func¡ones del l\rinisterio del Amb¡ente, aprobado por Decreto Supremo N" 002-2017-MlNAM. establece que la Direcc¡ón General de Gestión de Residuos Sólidos (OGRS) tiene la función de evaluar la declarator¡a de emergenc¡a de la gest¡ón y manejo de residuos sól¡dos y coordinar con las entidades competentes, según sea el caso;

Que, conforme a lo señalado por la DGRS en el lnforme N" 00023-20'18MINAMA/MGA"/DGRS-QRAM, la Dirección General de Salud Amb¡ental e lnocu¡dad Alimentar¡a (DIGESA) del Ministerio de Salud (MINSA) concluye en el lnforme N" 316320'18/DCOVUDIGESA, que la acumulación de residuos sólidos genera efectos severos en la salud pública, situación que se evidencia en el distrito de Villa María del Triunfo, específicamente en los puntos críticos evidenc¡ados en la Av. 26 de noviembre, los cuales se han convertido en focos de infección que podr¡an causar enfermedades y severos daños a la v¡da y la salud de los pobladores; motivo por el cual solic¡ta al Minister¡o del Ambiente declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en la jur¡sdicc¡ón del referido distrito, ante la exposición a los posibles riesgos a la salud y vida de las personasi Que, además, el lnforme N" 00023-2018-MINAM^r'MGA,/DGRS-QM¡iI señala. con relación al servicio de limp¡eza públ¡ca, que a través de la visita técnica realizada el 11 de diciembre de 20'18 por personal de la DGRS y del Organismo de Evatuación y F¡scal¡zación Amb¡ental (OEFA), se pudo constatar la existencia de 50 puntos críticos de -^DE,\,UEJvPu¡llv§9llUlvJuE ¡',,a:)'4¿\acumulación de residuos sólidos distribuidos en distintas zonas del distrito; lo que mot¡vó ,f""y4y'oEo,a'é-\n cese total det servrcio regular de limpieza pública, debido a que tas operaciones de : Er""o,"cción transporte, transferencia y disposición l¡nal, se vienen ejecutando únicamente í -Tn'rO"r, Ia eradicación de dichos puntos criticos y se encuentran condicionadas a pagos 1r\l pendientes por parte de la municipalidad. Además, ind¡can que debido a ta falta de \.,#.1,:qI ¿"li.p¡á." ;íbi;;;;'iiliü;'"''áp,."'""j.-n"" o" puntos criricos de res¡duos sólidos en las v¡as públicas existe Ia proliferación de vectores que pondrian en riesgo la salud de la población;

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Que, en ese sent¡do. el referido inlorme prec¡sa que la situación descr¡ta conf¡gura las causales previstas en los l¡terales a) y e) del artículo 125 del Reglamenio del Decreto Leg¡slativo N' 1278, debido al potencial riesgo para la salud de las personas y al cese total de las operaciones o procesos de gestión y manejo de residuos sólidos; motivo por el cual se configura ¡a exigencia necesaria para declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distr¡to de Villa María de Triunfo, prov¡ncia y departamento de Lima, por un plazo de sesenta (60) días háb¡les, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo N' 1278 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" 0'14-201 7-MlNAlVl;

Con elvisado del Vicem¡n¡sterjo de Gestión Ambiental; de la Dirección General de Gestión de Residuos Sólidos; y, de la Ofic¡na General de Asesoría Juridica;

De conformidad con el Decreto Legislativo N' 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Amb¡ente; el Decreto Legislativo N" 1278, Decreto Leg¡slativo que aprueba la Ley de Gestión lntegral de Residuos Sólidos, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N" 014-2017-M|NAM, y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio delAmb¡ente, aprobado por Oecreto Supremo N" 002-2017-M¡NAM; SE RESUELVE:

Artículo l,- Declarar en emergencia la gestión y manejo de los residuos sólidos en el distrito de Villa l\raria de Triunfo, provincia y departamento de L¡ma, por un plazo de sesenta (60) d¡as hábiles, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- D¡sponer que la Municipalidad Distrital de Villa ¡raría del friunfo, junto con las entidades involucradas, elabore en un plazo máximo de dos (2) dias hábiles un Plan de Acción que contemple, entre otras, las act¡vidades que se desarrollarán a fin de atender la problemática descrita, identificando a los responsables de su ejecución. Artículo 3.- Disponer que la Municipalidad lúefopolitana de L¡ma brinde el apoyo uerido a la Municipal¡dad Distrital de Villa María del Triunfo para la prestación del ic¡o de limpieza púb¡ica, en las operac¡ones de manejo de residuos sólidos que pondan, de acuerdo a lo dispuesto en el arlículo128 del Reglamento de la Ley de Gestión lntegral de Residuos Sólidos; pudiendo ambas entidades coord¡nar con otras instituciones públicas y privadas, el apoyo logístico necesario a fln de atender la problemática identificada. Artículo il.- Las entidades del Estado, en sus tres n¡veles de gobiemo, deberán adoptar acciones complementarias para garanti¿ar la cont¡nuidad de la prestación del servic¡o de limpieza pública en el distrito de Villa ¡raria del Triunfo, conforme a to dispuesto en el artículo 127 del Reglamento de la Ley de cestión lntegral de Residuos Sólidos.

Articulo 5.- La declaratona de emergencia dispuesta en el articulo 1 de la resente Resolución ¡,ilinisterial, no ex¡me de las responsabilidades a que hubiere lugar la inobservancia de funcrones por parte de los seryidores clvtles de Ia ¡runicipalidad istrital de V¡lla lraría del Triunfo Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Min¡sterial en el Portal lnstitucional del Ministerio delAmb¡ente, en la misma lecha de su publicación en el Diario Olicial "El Peruano". Reg¡strese, comuniquese y publiquese.

Ministra delAmbiente