Enfoque de Género - Midis

Ficha de seguimiento a la implementación de la transversalización del enfoque de género en los ..... ción de la ficha de seguimiento al Programa Social.
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LINEAMIENTOS Y HERRAMIENTAS PARA LA TRANSVERSALIZACIÓN DEL

ENFOQUE DE GÉNERO EN LOS PROGRAMAS SOCIALES DEL MIDIS

DIRECCIÓN GENERAL DE COORDINACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES DIRECCIÓN DE GESTION DE PRESTACIONES SOCIALES

LINEAMIENTOS Y HERRAMIENTAS PARA LA TRANSVERSALIZACION DEL ENFOQUE DE GÉNERO EN LOS PROGRAMAS SOCIALES DEL MIDIS MINISTERIO DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Ministra de Desarrollo e Inclusión Social Paola Bustamante Suárez Viceministra de Prestaciones Sociales Norma Vidal Añaños Director General de Coordinación de las Prestaciones Sociales Renzo César Silva Huerta

ÍNDICE 1. Resolución Viceministerial Nº 001-2016-MIDIS/VMPS........................................... 5 2. Disposiciones para la transversalización del enfoque de género en los programas sociales del ministerio de desarrollo e inclusión social.............. 7 3. Instructivo para la aplicación de la ficha de seguimiento a la implementación de la transversalización del enfoque de género en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social........... 15

I. Objetivo............................................................................................................ 15 II. Alcance............................................................................................................. 15 III. Documento de referencia................................................................................ 15 IV. Definiciones...................................................................................................... 15 V. Desarrollo......................................................................................................... 16

4. Ficha de seguimiento a la implementación de la transversalización del enfoque de género en los Programas Sociales del MIDIS............................... 25

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL

Nº 001-2016-MIDIS/VMPS

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DISPOSICIONES

DISPOSICIONES para la transversalización del enfoque de género en los programas sociales del ministerio de desarrollo e inclusión social Directiva N° 001-2016-MIDIS/VMPS

1. OBJETIVO Establecer disposiciones generales para la transversalización del enfoque de género en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como estrategia para alcanzar la igualdad de género entre hombres y mujeres.

2. ALCANCE Las disposiciones contenidas en el presente documento normativo, son de aplicación obligatoria de todos los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS).

3. BASE LEGAL • Constitución Política del Perú. • Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26260, Ley de Protección contra la Violencia Familiar. • Ley N° 27558, Ley de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales. • Ley N° 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado. • Ley N° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres.

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• Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. • Ley N° 29600, Ley que fomenta la Reinserción Escolar por Embarazo. • Ley N° 29700, Ley que incluye el Trabajo No Remunerado en las Cuentas Nacionales. • Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. • Ley N° 29409, Ley que Concede el Derecho de Licencia por Paternidad a los Trabajadores de la Actividad Pública y Privada. • Resolución Legislativa N° 26583, que aprueba la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención Belem do Pará”. • Resolución Legislativa N° 23432, que aprueba la “Convención Sobre Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer”, aprobada por la Asamblea General de las Naciones unidas por Resolución 34/180 de fecha 18 de diciembre de 1979, y suscrita por el Perú en la ciudad de New York el 23 de julio de 1981. • Decreto Supremo N° 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las Entidades del Gobierno Nacional. • Decreto Supremo N° 0011-2012-MIDIS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. • Decreto Supremo N° 004-2012-MIMP, que aprueba el “Plan Nacional de Igualdad de Género 2014 – 2017”. • Decreto Supremo N°005-2014-JUS, que aprueba el “Plan Nacional de Derechos Humanos 2014 – 2016”. • Decreto Supremo N° 008-2013-MIDIS, que aprueba la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social “Incluir para Crecer”.

4. RESPONSABILIDADES Para asegurar el cumplimiento de las disposiciones emitidas en la presente directiva, se han establecido las siguientes responsabilidades: 4.1 De la Dirección Ejecutiva de los Programas Sociales adscritos al MIDIS: a) Aprobar el Plan Anual para la transversalización del enfoque de género. b) Disponer las acciones que resulten necesarias para garantizar la implementación, seguimiento y monitoreo de la transversalización del enfoque de género en la operatividad y la prestación del servicio del programa social, así como velar por que dicha gestión cuente con los recursos humanos, operativos y económicos necesarios.

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c) Nombrar a un responsable del seguimiento y evaluación de las acciones implementadas entorno a la transversalización del enfoque de género. d) Brindar la información y/o documentación solicitada en la presente directiva. 4.2 De la Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales (DGDCPS): a) Brindar asistencia técnica y emitir opinión favorable para el diseño e implementación del Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Género formulado por los programas sociales. b) Realizar el seguimiento a la implementación de la transversalización del enfoque de género en las acciones desarrolladas por los programas sociales.

5. DEFINICIONES Para los fines de la presente directiva, se consideran las siguientes definiciones: 5.1 Brechas de género: Expresan las diferencias de acceso a oportunidades, control y uso de los recursos, entre mujeres y hombres, debido a prácticas discriminatorias, sean individuales, sociales o institucionales.1 5.2 Discriminación: Se entiende por discriminación a cualquier tipo de distinción, exclusión o restricción, basada en el sexo, que tenga por objeto o por resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos de las personas, independientemente de su estado civil, sobre la base de la igualdad entre la mujer y el hombre, de los derechos humanos y las libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural o en cualquier otra, en concordancia con lo establecido en la Constitución Política del Perú y en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado peruano. 5.3 Enfoque de derechos humanos: Su propósito es analizar las desigualdades que se encuentran en el centro de los problemas de desarrollo y corregir las prácticas discriminatorias y el injusto reparto del poder que obstaculizan el progreso en materia de desarrollo. Los planes, políticas y procesos de desarrollo, desde un enfoque de derechos humanos, están anclados en un sistema de derechos y deberes establecidos por el derecho internacional lo cual contribuye a promover la sostenibilidad de la labor de desarrollo2.

1. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Conceptos fundamentales sobre el enfoque de género para abordar políticas públicas. Lima: MIMP, Abril, 2012. 2. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Plan Nacional de derechos Humanos 2014-2016. Lima, julio del 2014.

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El enfoque de derechos humanos permite incidir en la promoción y protección de los derechos humanos de las mujeres, identificar aquellos que han sido vulnerados o no realizado, así como identificar las barreras sociales, económicas, culturales e institucionales que limitan su ejercicio.3 5.4 Enfoque de género: El enfoque de género es una herramienta analítica y metodológica que permite integrar las diferentes necesidades, responsabilidades y preocupaciones de mujeres y hombres en cada etapa de su ciclo de vida, de manera que sean relaciones equitativas y justas. Asimismo reconoce otras desigualdades y discriminaciones originadas por la etnia, origen social y orientación sexual, entre otros factores. Las mujeres tienen menos acceso a recursos económicos, sociales y culturales y sus condiciones materiales son más precarias y de menor calidad debido a los roles que les asigna la sociedad y la valoración social y económica que se les otorga. Debido al diferente punto de partida en que se encuentran hombres y mujeres, los resultados y el impacto de las políticas son distintos para cada uno. 5.5 Empoderamiento: El empoderamiento supone el fortalecimiento de la posición social, económica y política de las mujeres. El empoderamiento reconoce que las relaciones de género son, básicamente, relaciones subordinadas de poder, donde todo lo femenino tiene un valor inferior a lo masculino. Por lo cual, para conseguir un verdadero desarrollo para las mujeres es necesario modificar estas relaciones, siendo la adquisición de poder por parte de éstas la forma de equilibrar la balanza. Dentro del ámbito del desarrollo, el empoderamiento se manifiesta como una redistribución del poder entre los géneros. Su objetivo es desafiar el androcentrismo y la ideología patriarcal que refuerza y perpetúa la discriminación de género y la desigualdad social, y capacitar a las mujeres para que logren tener acceso y control sobre los recursos materiales y simbólicos. 5.6 Equidad de género: La equidad de género es la distribución justa de los recursos, las oportunidades y beneficios entre mujeres y hombres para alcanzar su pleno desarrollo y la vigencia de sus derechos humanos. Este concepto implica el reconocimiento de las diferencias y la garantía de la igualdad en el ejercicio de los derechos. 5.7 Género: El concepto de género se refiere al conjunto de conductas y valores aprendidos desde la infancia acerca de la distribución de atributos, roles y espacios entre mujeres y hombres. Todo lo relacionado con los roles, responsabilidades y expectativas son construcciones sociales que se cimentan sobre las personas dependiendo si son mujeres u hombres. Estas construcciones sociales son independientes del sexo biológico de las personas4.

3 Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017. Lima. MIMP, noviembre, 2012. 4 Ministerio de Mujer y Poblaciones Vulnerables. Conceptos fundamentales sobre el enfoque de género para abordar políticas públicas. Lima, abril de 2012

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5.8 Igualdad de género: Consiste en la igual valoración de las diferentes necesidades, aspiraciones y comportamientos, de los hombres y mujeres. En una situación de igualdad real, los derechos, responsabilidades y oportunidades de los varones y mujeres no dependen de su naturaleza biológica y por lo tanto tienen las mismas condiciones y posibilidades para ejercer sus derechos y ampliar sus capacidades de desarrollo personal, contribuyendo al desarrollo social y beneficiándose de sus resultados5. 5.9 Sexo: El concepto sexo se refiere a las diferencias biológicas, anatómicas y fisiológicas, entre hombres y mujeres. 5.10 Transversalización del enfoque de género: Es el proceso de examinar las implicaciones que tiene cualquier acción planificada, incluyendo legislación, políticas, programas o proyectos para hombres y mujeres en todas las áreas y niveles. Es una estrategia que permite integrar las necesidades, intereses y experiencias tanto de hombres y mujeres en el diseño, implementación, monitoreo y la evaluación de políticas y programas, de manera que hombres y mujeres se beneficien igualitariamente y no se perpetúe la desigualdad.6

6. DISPOSICIONES GENERALES Existen aspectos transversales asociados a la Población en Proceso de Desarrollo e Inclusión Social (PEPI) que son relevantes para el MIDIS y la implementación de la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (ENDIS) “Incluir para Crecer”, entre ellos el enfoque de género. El MIDIS reconoce la rectoría del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en el tema de género. En esa línea, a partir de la ENDIS, el MIDIS contribuye a la consolidación de estos liderazgos a favor de la expansión de oportunidades de la PEPI prestando especial atención a disminuir las desigualdades entre hombres y mujeres. En ese sentido, los programas sociales del MIDIS, a fin de implementar la transversalización del enfoque de género en sus procesos de planificación y ejecución, deben considerar lo siguiente: 6.1 A nivel institucional: Realizar acciones desde la estructura institucional, normatividad y articulación interinstitucional tomando en cuenta el enfoque de género. 6.2 A nivel de planificación: Incluir en el Plan Operativo Institucional (POI) el Plan Anual la Transversalización del Enfoque de Género.

5 Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Plan Nacional de Igualdad de Género 2012-2017. Lima noviembre de 2012 6 Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, 1997.

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6.3 A nivel de gestión del recurso humano: Promover el desarrollo de capacidades y el fortalecimiento de la política laboral desde el enfoque de género. 6.4 A nivel de presupuesto: Se debe tomar en consideración que el presupuesto no debe ser un limitante, dado que con la optimización del ya existente se pueden llevar a cabo actividades concretas y significativas. 6.5 A nivel de la cultura institucional: Promover la no discriminación, el respecto y la igualdad de género a través del fortalecimiento de prácticas y valores institucionales desde el enfoque.

7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS Para el logro de la implementación del enfoque de género en los ámbitos antes mencionados, los programas sociales deben realizar las siguientes tareas: 7.1 A nivel Institucional: a) Promover la valoración del trabajo no remunerado y la labor de cuidado que realizan las mujeres usuarias de los programas sociales. b) Promover la armonización de la responsabilidad de hombres y mujeres en lo que respecta al trabajo y familia, contribuyendo a reducir la reproducción de roles y estereotipos de género. c) Generar instrumentos y/o herramientas para el seguimiento y evaluación de las acciones implementadas para al cumplimiento de las metas y logro de resultados en materia de género. 7.2 A nivel de planificación: 7.2.1 Plan Anual para la transversalización del Enfoque de Género En el marco de la elaboración del Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Género, los programas sociales deberán considerar las siguientes acciones: a) Realizar un análisis de género a nivel de la gestión institucional como a nivel de la prestación de los servicios a los usuarios y usuarias. b) Incorporar información desagregada por sexo, edad y área geográfica en los sistemas de información para su posterior procesamiento y análisis. c) Definir estrategias y mecanismos para la incorporación del enfoque de género en el diseño e implementación de las acciones.

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d) Alinear los procesos e instrumentos de gestión con el enfoque de género. e) Incorporar competencias para la gestión orientada hacia la igualdad de género en los planes de desarrollo de las personas (talleres, pasantías, capacitaciones, etc.). f) Optimizar recursos presupuestales para el financiamiento de estrategias, planes y acciones en torno a la transversalización del enfoque de género. g) Generar acciones que fortalezcan el desarrollo de una cultura institucional respetuosa de las diferencias de género, garantizando la igualdad de oportunidades, sin discriminación en el ejercicio de los derechos, el acceso a oportunidades y participación en el desarrollo. h) Promover la participación activa de usuarios y usuarias en las actividades de los Programas Sociales, así como en las de su comunidad, tomando en cuenta el contexto sociocultural de los mismos. i) Usar el lenguaje inclusivo en las acciones y materiales dirigidos a la población usuaria, así como en toda documentación formal. 7.2.2 Los Planes Anuales para la transversalización del Enfoque de Género deben ser aprobados dentro de los primeros 20 días hábiles del mes de enero de cada año, en concordancia con el Plan Operativo Institucional (POI) y mediante resolución de su Director Ejecutivo tomando en cuenta los siguientes criterios: a) Para el diseño: • Considerar que el Plan Anual debe ser incluido en el POI del programa social. • Considerar como contenido mínimo: resumen ejecutivo, objetivos, metas, alcance, estrategia, productos, actividades, cronograma, indicadores y un plan de monitoreo y mejora continua. b) Para la implementación: • Asignar los recursos humanos y financieros necesarios según la normativa vigente en materia del Sistema de Presupuesto Público. c) Para el seguimiento y monitoreo: • Generar indicadores para el seguimiento y evaluación en materia del cumplimiento del Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Género, con el fin de medir los avances correspondientes.

Estos indicadores deben coincidir o ser complementarios a los aprobados en el marco del Decreto Supremo N° 027-2007-PCM y sus modificatorias, que define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional.



Asimismo, el contenido del referido plan considerará los Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género en las políticas del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social.

• Realizar reportes de seguimiento semestrales del Plan Anual, que coincidan con los plazos del POI, considerando a su vez los plazos definidos en el marco de lo establecido en el Decreto Supremo N°

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027-2007-PCM y sus modificatorias, que define y establece las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional. Estos reportes son remitidos al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS.

• La DGDCPS consolida la información recibida de los programas sociales y la reporta al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS en forma semestral. d) Para la mejora continua: • Realizar evaluaciones del Plan Anual que coincidan con las evaluaciones realizadas del POI. • Incorporar en el Plan Anual las mejoras identificadas en la revisión, mediante resolución de la Dirección Ejecutiva. • La DGDCPS realiza el respectivo seguimiento y evaluación de resultados.

8. DISPOSICIONES FINALES 8.1 El Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Género del presente año que se haya aprobado con anterioridad a la aprobación de este documento normativo, continúa con la ejecución respectiva, adecuándose al marco normativo estipulado en la presente norma. 8.2 Ninguna de las acciones implementadas significan mayores recursos de los ya asignados a cada uno de los programas sociales.

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INSTRUCTIVO

INSTRUCTIVO para la aplicación de la ficha de seguimiento a la implementación de la transversalización del enfoque de género en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Instructivo N° 004-2016-MIDIS/VMPS

I. OBJETIVO Brindar las pautas para el correcto llenado de la ficha de seguimiento a la implementación de la transversalización del enfoque de género en los Programas Sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS), a fin de incorporar el enfoque de género en los procesos de gestión del Programa Social y sus prestaciones.

II. ALCANCE Las pautas contenidas en el presente instructivo son de aplicación y cumplimiento para todos los Programas Sociales del MIDIS.

III. DOCUMENTO DE REFERENCIA • Resolución Viceministerial N° 001-2016-MIDIS/VMPS que aprueba la Directiva 001-2016-MIDIS/VMPS, “Disposiciones para la transversalización del enfoque de género en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”.

IV. DEFINICIONES Para efectos de la aplicación del presente instructivo debe tenerse en cuenta lo siguiente: La Dirección General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales - DGDCPS, se denomina actualmente Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales - DGCOPS, según el Decreto Supremo N° 005-2016-MIDIS

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Criterios de calificación: Para la evaluación de los componentes de la ficha de seguimiento a la implementación de la transversalizacion del enfoque de género, se tendrán en cuenta los criterios de calificación, los cuales se basan en un escalonamiento progresivo de cuatro niveles que se detallan a continuación: a) Incipiente: El Programa Social no alcanza el nivel básico en todos los criterios. La ejecución de los criterios no responden a un enfoque sistémico, sino a acciones aisladas. b) Básico: El Programa Social ha implementado acciones para el cumplimiento de los criterios de forma esporádica, encontrándose que la mayoría se logra a nivel inicial y algunos se tienen avances preliminares c) Intermedio: El Programa Social ha implementado acciones para el cumplimiento de los criterios de forma periódica. Gran parte de los criterios evaluados se logran a nivel intermedio y algunos a nivel avanzado, siendo excepcional que algunos criterios se encuentren en nivel básico. d) Avanzado: El Programa Social ha implementado acciones para el cumplimiento de los criterios de forma permanente y sistémica.

V. DESARROLLO El presente instructivo tiene como anexo la ficha de seguimiento a la implementación de la transversalización del enfoque de género en los Programas Sociales del MIDIS, la cual ha sido diseñada para medir el nivel de cumplimiento de la Directiva N° 001-2016-MIDIS/VMPS, “Disposiciones para la transversalización del enfoque de género en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”. 5.1 Responsables La ficha de seguimiento debe ser aplicada por la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales (DGCOPS) del MIDIS. De la misma forma cada Programa Social debe hacer uso autónomo de la ficha de seguimiento para revisar el avance de la transversalización del enfoque de género al interior del programa. 5.2 Periodicidad La aplicación de la ficha de seguimiento, a realizar por la Dirección General de Coordinación de Prestaciones Sociales, tiene carácter semestral.

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5.3 Instrucciones de aplicación a) La DGCOPS comunica al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales el cronograma de la aplicación de la ficha de seguimiento al Programa Social. b) El Viceministerio de Prestaciones Sociales comunica al Programa Social el cronograma de aplicación de la ficha de seguimiento. c) El Programa Social coordina que haya un representante al momento de la visita del equipo de la DGCOPS. d) La DGCOPS aplica la ficha de seguimiento, pudiendo requerir su movilización a diferentes áreas vinculadas a las actividades de transversalizacion del enfoque de género. e) La aplicación de la ficha de seguimiento implica la observación directa, y en otros casos la verificación de evidencias físicas por parte del personal de la DGCOPS. f) Concluida la aplicación de la ficha de seguimiento se analiza la misma y como resultado se formula las recomendaciones que el caso amerite. g) Al finalizar la visita el representante de la DGCOPS con el representante del Programa Social firman la ficha de seguimiento, en señal de conformidad. h) La DGCOPS entrega una copia de la ficha de seguimiento debidamente suscrita al representante del Programa Social. i) La DGCOPS procede al análisis de la información recogida, para elaborar un informe con las conclusiones de la evaluación. Este informe debe recoger un resumen de la revisión efectuada indicando los criterios evaluados a detalle, evidencias y recomendaciones. j) La DGCOPS remite la ficha de seguimiento e informa sobre su resultado al Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales a efectos de socializar con el Programa Social las brechas identificadas. 5.4 Descripción de la ficha de seguimiento La ficha de seguimiento tiene como objetivo verificar el cumplimiento de la implementación de acciones para la transversalización del enfoque de género en los Programas Sociales. La ficha de seguimiento se divide en dos partes: a) Componentes Los cuales están referidos a lo establecido en la Directiva N° 001-2016-MIDIS/VMPS, “Disposiciones para la transversalización del enfoque de género en los programas sociales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”. b) Medios de Verificación Obtención de medios físicos para sustentar del cumplimiento de los componentes de los criterios.

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5.5 Calificación de la Ficha de Seguimiento: La calificación y los resultados del puntaje de la ficha se realizan sobre la base de 0 y 1, donde 0 significa “no cumple” y donde 1 significa “sí cumple”. El puntaje total de la ficha debe sumar 15 puntos como nota final, para lo cual debe señalarse la cantidad de puntos cumplidos, como por ejemplo: El Programa Social ha cumplido 10 puntos de 15, número sobre el cual se calculará el porcentaje de cumplimiento de acuerdo a la siguiente ecuación: (10/15) X100= 67%. Si fuera el caso de que alguno de los criterios, y sus componentes, no aplica para el seguimiento del Programa Social, este no debe ser considerado dentro del puntaje total, entendiéndose que no debe ser considerado ni a favor ni en contra. Sobre la base del puntaje total obtenido, y para efectos de la evaluación, se considera que el grado de transversalización de conformidad a la Directiva señalada en el documento de la referencia, se determina en la escala de calificación según el porcentaje obtenido, ver tabla N° 01:

Tabla N° 01: Escala de calificación Escala de calificación

Porcentaje obtenido

Incipiente

0% a 30%

Básico

31% a 60%

Intermedio

61% a 80%

Avanzado

81% a 100%

5.6 Instrucciones para el llenado de la Ficha de Seguimiento A efectos de completar la ficha de seguimiento se detalla en la Tabla N° 02, los criterios para elegir la calificación.

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Tabla N° 02: Criterios para calificación



Componentes

Medio de verificación

Como calificar “Si cumple” (1 punto)

1

El Programa promueve acciones para que los colaboradores valoren el trabajo no remunerado y la labor de cuidado que realizan las usuarias de los programas sociales.

Informe de actividad de capacitación y/ o, sensibilización que incorpora contenidos para la valoración del Trabajo No Remunerado y la Labor de Cuidado.

Se revisa y constata que en los contenidos de la capacitación se puede identificar temática sobre Trabajo No Remunerado y la Labor de Cuidado.

Se revisa y constata que en los contenidos de la capacitación no se puede identificar la temática sobre Trabajo No Remunerado y labor de Cuidado.

2

El Programa Social promueve una cultura institucional respetuosa de las diferencias de género y la no discriminación, realizando acciones para fortalecer el respeto y la igualdad de género en su gestión y la prestación del servicio para sus usuarios.

Acciones de cultura organizacional, desarrolladas por la Unidad de Recursos Humanos, en las que incorpora el respeto a las diferencias de género y la no discriminación.

En la revisión de la documentación vinculada a actividades para fortalecer la cultura institucional se puede identificar los temas de respeto a las diferencias de género y la no discriminación.

En la revisión de la documentación vinculada a actividades para fortalecer la cultura institucional NO se identifican los temas de respeto a las diferencias de género y la no discriminación.

3

El Programa Social ha establecido canales para reportes o quejas por discriminación de género tanto para los usuarios como para el personal.

Canales de quejas del Programa Social, con mecanismos de respuesta para casos de discriminación de género tanto para usuarios como el personal.

En la revisión del canal de queja se verifica que se ha habilitado un mecanismo de respuesta que acoge casos de discriminación.

En la revisión del canal de queja NO se ha habilitado un mecanismo de respuesta que acoge casos de discriminación.

Como calificar “No cumple” (0 puntos)

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6

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Como calificar “Si cumple” (1 punto)

Como calificar “No cumple” (0 puntos)

Componentes

Medio de verificación

El Programa Social realiza un análisis de Género a nivel de la gestión institucional así como de la prestación del servicio a usuarios.

Reporte de análisis o diagnóstico de Género a nivel de gestión institucional así como de la prestación del servicio. Este análisis o diagnostico se realiza por lo menos cada dos años.

El Programa cuenta con un análisis o diagnóstico de género.

El Programa no cuenta con un análisis o diagnóstico de género.

Reportes desagregados por sexo, edad y área geográfica.

Se verifica que el Programa Social cuenta con información desagregada y la utiliza para reportes, informes, publicaciones, entre otros (sistemas de información).

Se verifica que el Programa Social no cuenta con información desagregada y la utiliza para reportes, informes, publicaciones, entre otros (sistemas de información).

El Programa Social incorpora información desagregada por sexo, edad y área geográfica, de los usuarios, en los sistemas de información.

El Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Género (PTEG) está incluido en el Plan Operativo Institucional (POI) del Programa Social.

POI del Programa Social. Informe de Evaluación del POI.

De la revisión del contenido del POI aprobado se identifican las actividades del PTEG. De la revisión del Informe de Evaluación de POI se verifica el cumplimiento de las actividades programadas.

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De la revisión del contenido del POI aprobado no se identifican las actividades del PTEG. De la revisión del Informe de Evaluación de POI no se verifica el cumplimiento de las actividades programadas.

Medio de verificación

Como calificar “Si cumple” (1 punto)

Como calificar “No cumple” (0 puntos)

7

El PTEG aprobado incluye resumen ejecutivo, objetivos, metas, alcance, estrategia, productos, actividades, cronograma, indicadores y un plan de monitoreo y mejora continua.

Resolución Directoral de aprobación del PTEG.

El Programa cuenta con Resolución que aprueba el PTEG que incluye de manera detallada: resumen ejecutivo, objetivos, metas, alcance, estrategia, productos, actividades, cronograma, indicadores y un plan de monitoreo y mejora continua.

El Programa Social no cuenta PTEG aprobado por Resolución Directoral, o el PTEG no cuenta con el detalle requerido.

8

El Director Ejecutivo ha designado a un responsable a cargo de las acciones del PTEG.

Designación de responsable por el Director Ejecutivo (por correo electrónico, memorándum, o resolución directoral).

Se identifica al responsable a cargo de las acciones del PTEG, designado por el Director Ejecutivo.

No se identifica a un responsable a cargo de las acciones del PTEG.

9

El Programa Social asigna y optimiza los recursos financieros (según la normatividad vigente del sistema de Presupuesto Público) y recursos humanos, para la implementación del plan.

En la revisión del POI se identifican los recursos financieros y humanos para las actividades propuestas en el PTEG.

En la revisión del POI no se identifican los recursos financieros y humanos para las actividades propuestas en el PTEG.

10

Generar indicadores para el seguimiento y evaluación en materia de cumplimiento del PTEG y vinculados al DS N° 027-2007-PCM, y la Ley de Igualdad de Oportunidades (LIO).

El PTEG cuenta con cuadro de indicadores los cuales se complementan con la información para reporte LIO.

El PTEG no cuenta con cuadro de indicadores o no se complementan con la información para reporte LIO.



Componentes

Documentos POI y PTEG

Indicadores para el PTEG.

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Componentes

El Programa Social incorpora competencias para gestión orientada hacia la igualdad de género en los Planes de Desarrollo de las Personas (PDP) y el enfoque de género.

El Programa Social promueve la participación de los usuarios y usuarias en las actividades del Programa.

13

El Programa evita el uso de estereotipos y usa lenguaje inclusivo en sus materiales dirigidos a usuarios y en la documentación formal del Programa.

14

El Programa Social realiza acciones de seguimiento y evaluación semestral para analizar el avance del PTEG.

Como calificar “Si cumple” (1 punto)

Como calificar “No cumple” (0 puntos)

El PDP considera acciones, como talleres, pasantías, capacitaciones, entre otros, en los que se ha incorporado el enfoque de género. Se han realizado acciones como talleres, pasantías, capacitaciones, entre otros, en los que se ha incorporado el enfoque de género.

El PDP no considera de acciones, como talleres, pasantías, capacitaciones, entre otros, en los que se ha incorporado el enfoque de género. No se han realizado acciones como talleres, pasantías, capacitaciones, entre otros, en los que se ha incorporado el enfoque de género.

Se verifica en la revisión de los procedimientos, Protocolos, Guías, entre otros, que cuenten con acciones orientadas a promover la participación de los usuarios y usuarias en las actividades del Programa.

En la revisión de los procedimientos, Protocolos, Guías, entre otros, no se identifican acciones orientadas a promover la participación de los usuarios y usuarias en las actividades del Programa.

Material para uso de usuarios y documentación formal.

El Programa Social cuenta con material dirigido a los usuarios, y documentación formal, donde se aprecia que no se utilizan estereotipos y se usa el lenguaje inclusivo.

El Programa Social cuenta con material dirigido a los usuarios, y documentación formal, donde se aprecia que utilizan estereotipos y no se utiliza el lenguaje inclusivo.

Reporte semestral remitido al Despacho Viceministerial

Se verifica que se ha elaborado el reporte y se ha remitido al Despacho Viceministerial.

Se verifica que no existen reportes elaborados, o estos no han sido remitidos al Despacho Viceministerial.

Medio de verificación

Plan de Desarrollo de las Personas Registro de acciones, como talleres, pasantías, capacitaciones, entre otros.

Procedimientos, Protocolos, Guías, entre otros.

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Componentes

El Programa Social incorpora en el PTEG anual las mejoras identificadas en la revisión y evaluación.

Medio de verificación

Plan Anual que incorpora mejoras.

Como calificar “Si cumple” (1 punto)

Como calificar “No cumple” (0 puntos)

Mejoras identificadas han sido incorporadas en el Plan Anual, las cuales podrán darse durante la ejecución del Plan Anual o en el diseño para el siguiente año.

Mejoras identificadas no han sido incorporadas en el Plan Anual.

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FICHA DE SEGUIMIENTO

FICHA DE SEGUIMIENTO a la implementación de la transversalización del enfoque de género en los Programas Sociales del MIDIS.

Ficha de seguimiento a la implementación de la transversalización del enfoque de género de los programas sociales del MIDIS Programa Social:

Responsable:

Dirección:

Cargo:

Objetivo: La ficha de seguimiento permite verificar el cumplimiento en la implementación de la transversalización del enfoque de género. Instrucciones de llenado: Bajo el criterio de conciencia, debe anotarse una valoración respecto a los criterios de cumplimiento. La valoración debe responder sobre la base de 0 y 1 donde 0 significa “no cumple” y donde 1 significa “si cumple”.

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1

2

3

26

Componentes El Programa promueve acciones para que los colaboradores valoren el trabajo no remunerado y la labor de cuidado que realizan las usuarias de los programas sociales.

Medio de verificación

Si (1)

Informe de actividad de capacitación y/o, sensibilización que incorpora contenidos para la valoración del Trabajo No Remunerado y la Labor de Cuidado.

El Programa Social promueve una cultura institucional respetuosa de las diferencias de género y la no discriminación, realizando acciones para fortalecer el respeto y la igualdad de género en su gestión y la prestación del servicio para sus usuarios.

Acciones de cultura organizacional, desarrolladas por la Unidad de Recursos Humanos, en las que incorpora el respeto a las diferencias de género y la no discriminación.

El Programa Social ha establecido canales para reportes o quejas por discriminación de género tanto para los usuarios como para el personal.

Canales de quejas del Programa Social, incluyen los mecanismos de respuesta para casos de discriminación de género tanto para usuarios como el personal.

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No (0)

No aplica

Observaciones

Componentes

Medio de verificación

4

El Programa Social realiza un Análisis de Género a nivel de la gestión institucional así como de la prestación del servicio a usuarios.

Reporte de análisis o diagnóstico de Género a nivel de gestión institucional así como de la prestación del servicio. Este análisis o diagnostico se realiza por lo menos cada dos años.

5

El Programa Social incorpora información desagregada por sexo, edad y área geográfica, de los usuarios, en los sistemas de información.

Reportes desagregados por sexo, edad y área geográfica.

6

El Plan Anual para la Transversalización del Enfoque de Género (PTEG) está incluido en el Plan Operativo Institucional (POI) del Programa Social.

7

El PTEG aprobado incluye resumen ejecutivo, objetivos, metas, alcance, estrategia, productos, actividades, cronograma, indicadores y un plan de monitoreo y mejora continua.



Si (1)

No (0)

No aplica

Observaciones

POI del Programa Social. Informe de Evaluación del POI.

Resolución Directoral de aprobación del PTEG.

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Componentes

8

El Director Ejecutivo ha designado a un responsable a cargo de las acciones del PTEG.

9

El Programa Social asigna y optimiza los recursos financieros (según la normatividad vigente del sistema de Presupuesto Público) y recursos humanos, para la implementación del plan.

10

Generar indicadores para el seguimiento y evaluación en materia de cumplimiento del PTEG y vinculados al DS N° 027-2007-PCM y la Ley de Igualdad de Oportunidades (LIO).

11

El Programa Social incorpora competencias para gestión orientada hacia la igualdad de género en los Planes de Desarrollo de las Personas (PDP) y el enfoque de género.

Medio de verificación

Si (1)

Designación de responsable por el Director Ejecutivo (por correo electrónico, memorándum, o resolución directoral)

Documentos POI y PTEG

Indicadores para el PTEG

Plan de Desarrollo de las Personas Registro de acciones, como talleres, pasantías, capacitaciones, entre otros.

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No (0)

No aplica

Observaciones

Medio de verificación



Componentes

12

El Programa Social promueve la participación de los usuarios y usuarias en las actividades del Programa.

Procedimientos, Protocolos, Guías, entre otros.

13

El Programa evita el uso de estereotipos y usa lenguaje inclusivo en sus materiales dirigidos a usuarios y en la documentación formal del Programa.

Material para uso de usuarios y documentación formal.

14

El Programa Social realiza acciones de seguimiento y evaluación semestral para analizar el avance del PTEG.

Reporte semestral remitido al Despacho Viceministerial.

15

El Programa Social incorpora en el PTEG anual las mejoras identificadas en la revisión y evaluación.

Plan Anual que incorpora mejoras.

Si (1)

No (0)

No aplica

Observaciones

TOTAL Porcentaje de Cumplimiento

Recomendaciones

1. 2. 3. 4. 5.

Seguimiento realizado por

Nombre y firma

Representante del Programa Social

Nombre y firma

Fecha

Hora

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