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Mérida 02 de agosto de 2014. COMITÉ EVALUADOR DEL PRESUPUESTO DE COSTOS Y GASTOS UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO TERESA TITOS. Quienes suscriben, miembros del Comité Evaluador del Presupuestos de Costos y Gastos de la Unidad Educativa Colegio Teresa Titos (que a los efectos de éste escrito denominaremos “El Comité”), ciudadanos: ELIZABETH GUADALUPE MORALES, CARMEN YUDITH SANABRIA DIAZ, LUCIANO ALBERTO DAVILA ARMAS, MILTON ANDRES BERNAL LUGO y GENIS ARBEY NAVARRO SERNA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.020.280, V-13.097.340, V-9.470.965, E-81.480.928 y V-10.713.617 respectivamente, teniendo como fundamento lo establecido en la requisitoria emanada del Ministerio para la Educación, publicada en gaceta oficial signada bajo el número 40.452 de fecha 11 de julio de 2014, específicamente en lo dispuesto en el artículo 4.B, de la referida Requisitoria (que a los efectos de éste escrito denominaremos “La Requisitoria), proceden de seguida a emitir la respectiva opinión sobre el presupuesto de Costos y Gastos presentado para su consideración por la Directiva de la Unidad Educativa Colegio Teresa Titos (que a los efectos de este escrito denominaremos la Unidad Educativa) : -IANTECEDENTES. PRIMERO: En fecha 25 de julio de 2014 se llevo a cabo la Asamblea de Padres y Representantes convocada por la directiva de la Unidad Educativa, con el objeto de someter a la consideración de la citada Asamblea, el presupuesto de Costos y Gastos del año escolar 2014/2015. Ahora bien, luego de varias deliberaciones la Asamblea decidió dar cumplimiento al procedimiento establecido en La Requisitoria y en consecuencia conformar El Comité, procediendo en eses mismo acto a elegir de forma libre y directa a los miembros que conformamos el mismo. SEGUNDO: En fechas 25, 26 y 31 de julio de 2014 y 02 de agosto de 2014, El Comité sostuvo diversas reuniones con la directiva de la Unidad Educativa y procedió a desarrollar el estudio del Presupuesto disponiendo de muy poco tiempo, lo cual imposibilito una revisión mucho mas exhaustiva, y para ello tuvo a su disposición los siguientes instrumentos: Nominas de personal Directivo, Docente, Administrativo, Obrero y Vigilancia; Control de asistencia, constancias o recibos de pago; Contrato de Alquiler entre Congregación Santo Domingo y Asociación Civil Educativa Teresa Titos, Recibos de Servicios Públicos, Vigilancia Privada y Relación de gastos de materiales y suministros de papelería y gastos de mantenimientos y aseo. Durante la revisión de los referidos instrumentos estuvieron presentes la Directora y la Administradora de la Unidad Educativa y la Contadora externa. -IIDEL LA REVISION DE LAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS. PRIMERO: PARTIDAS DE NÓMINA DE PERSONAL: Del presupuesto original se aprecia que las referidas partidas están clasificadas de la siguiente manera: CONCEPTO MONTO Partida de personal Directivo…………………………………………………..2.547.911,03 Partida de personal Docente ………………………………………………… 497.964,52
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Partida de personal Obrero …………………………………………………… 854.477,27 Partida de Personal Administrativo………………………………………… 1.156.368,46 De las referidas partidas, El Comité presenta las siguientes observaciones: 1. Personal Directivo: Al revisar las nóminas del referido personal, El Comité aprecia que dos personas que se relacionan en nómina y que se comprobó con los soportes de pago han percibido puntualmente los mismos, no laboran de forma directa para la Unidad Educativa e incluso al revisar las planillas de asistencia en ninguna de estas se logró comprobar el cumplimiento de horario o asistencia alguna, teniendo conocimiento además, que tales personas no residen en la ciudad de Mérida. El monto aproximado anual de los referidos sueldos y salarios y su impacto integral en el presupuesto de Costos y Gastos sometido a revisión, es la cantidad de Trescientos Siete Mil Trescientos Treinta y Dos Bolívares con Cuarenta y Ocho Céntimos (307.332,48 Bs), que representa el cinco por ciento (5%) del presupuesto anual. El personal al que se ha hecho referencia, realmente cumple funciones para la congregación Santo Domingo, persona jurídica distinta a la Unidad Educativa, razón por la cual El Comité propone a la honorable Asamblea de Padres y Representantes que los pasivos laborales del personal aquí mencionado, sea asumido por la Asociación Civil para la cual efectivamente laboran y que en consecuencia sea deducido del referido presupuesto. 2. Personal Docente: Al revisar las nóminas del referido personal, El Comité aprecia que dos (2) personas que se relacionan en nómina, específicamente en los cargos denominados Coordinación y Docente a tiempo completo, se aprecia: 2.1 Cargo Coordinación y Docente a tiempo completo: -La persona que ocupa el cargo mencionado, labora a tiempo completo para el preescolar Teresa Titos como Directora y a su vez como Coordinadora de la Unidad Educativa Teresa Titos, en consecuencia cumple funciones para ambas instituciones en el mismo horario, lo cual es improcedente. - De la revisión efectuada al control de asistencia del personal se puedo verificar que el renglón de suscripción de la asistencia se encuentra en blanco, lo cual indica que las inasistencias han sido permanentes. -La creación del cargo de Coordinador o Coordinadora se efectuó sujeto a la permanencia del referido personal en el horario establecido para el resto del personal docente y de la revisión se aprecia que tal obligación es imposible en su cumplimiento por cuanto se desarrollan actividades en ambas instituciones en el mismo horario. - De acuerdo a la información suministrada por la Directiva de la Unidad Educativa, la persona que ocupa el cargo de la Coordinación se encontraba realizando un proyecto de la Congregación Santo Domingo, razón por la cual el referido pasivo laboral debe ser asumido por esa institución. 2.1 Cargo Docente a tiempo completo: -La persona que ocupa el cargo mencionado, labora como Directora a tiempo completo para la Unidad Educativa Santo Domingo De Guzmán y a pesar de ello sus sueldos y salarios son erogados por la Unidad Educativa Teresa Titos, tal y como se pudo comprobar de la
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revisión de las nóminas y de los comprobantes de pago respectivos. El monto aproximado anual de los referidos sueldos y salarios y su impacto integral en el presupuesto de Costos y Gastos sometido a revisión, es la cantidad de Doscientos Siete Mil Ciento Veintitrés con Sesenta Cinco Bolívares (207.123,65 Bs), que representa aproximadamente el tres con treinta y ocho por ciento (3.38%) del presupuesto anual. El personal al que se ha hecho referencia en uno de los casos realmente labora para el preescolar Teresa Titos y en el otro caso, para la Unidad Educativa Santo Domingo De Guzmán, personas jurídicas distintas a la Unidad Educativa Teresa Titos, razón por la cual El Comité propone a la honorable Asamblea de Padres y Representantes que los pasivos laborales del personal aquí mencionado, sea asumido por las respectivas instituciones y que en consecuencia sea deducido del r presupuesto sometido a evaluacion. 3. Personal Obrero: - De la revisión efectuada a la nómina del personal obrero, se pudo verificar que los respectivos sueldos y salarios los eroga la Unidad Educativa Teresa Titos, cuando verdaderamente laboran ocho (8) horas al día, desarrollando sus actividades laborales para las Unidades Educativas Teresa Titos y la Unidad Educativa Santo Domingo De Guzmán. En la referida materia, se imponen las realidades del hecho del trabajo frente a las formalidades del trabajo y en consecuencia dichos pasivos laborales deben ser asumidos en la proporcionalidad justa por ambas instituciones. - De la revisión efectuada a la nómina del personal obrero, se pudo verificar que por concepto del cargo de vigilante, los respectivos sueldos y salarios los eroga la Unidad Educativa. El vigilante incluido en nómina, labora en el horario de las 3:00pm y culmina a 10:00pm. Adicionalmente la Unidad Educativa, también eroga el pago de la empresa privada de Vigilancia que opera durante la semana en horario de 10:00pm a 6:00pm, los fines de semana las 24 horas y días feriados. El monto aproximado anual de los referidos sueldos y salarios del vigilante incluido en nómina y su impacto integral en el presupuesto de Costos y Gastos sometido a revisión, es la cantidad de Setenta y Tres Mil Trescientos Cuarenta y Dos con Noventa y Dos Bolívares (73.342.92 Bs), que representa aproximadamente el Uno con Veinte por ciento (1.20%) del presupuesto anual. Como se ha indicado, el vigilante incluido en nómina de la Unidad Educativa presta sus servicios en el horario en que funciona la Unidad Educativa Santo Domingo De Guzmán y en consecuencia presta sus servicios de vigilancia para tal institución, razón por la cual El Comité propone a la honorable Asamblea de Padres y Representantes que los pasivos laborales del referido vigilante, sea asumido por la institución para la cual realmente presta sus servicios y en todo caso la Unidad Educativa podría asumir un porcentaje justo en proporción a la disposición de las instalaciones que en el turno de la tarde, la citada institución pueda utilizar. El monto aproximado del pago de vigilancia privada anual y su impacto integral en el presupuesto de Costos y Gastos sometido a revisión, es la cantidad de Doscientos Cuarenta Mil Bolívares (240.000,00 Bs), que representa aproximadamente el Tres con Noventa y Dos por ciento (3.92%) del presupuesto anual.
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En cuanto a la vigilancia privada, El Comité propone a la honorable Asamblea de Padres y Representantes, que la contraprestación del servicio sea distribuido en porcentajes iguales para las instituciones que operan en las mismas instalaciones. SEGUNDO: PARTIDA DE SERVICIOS BÁSICOS: De la revisión efectuada se pudo comprobar que los servicios públicos son cancelados en su totalidad por la Unidad Educativa, a pesar de que como se ha dicho en las mismas instalaciones operan dos instituciones educativas. El monto aproximado del pago de servicios públicos anual y su impacto integral en el presupuesto de Costos y Gastos sometido a revisión, es la cantidad de Veintisiete Mil Setecientos Treinta y Cuatro Bolívares (27.304,00 Bs), que representa aproximadamente el Cero con Cuarenta y Cinco por ciento (0.45%) del presupuesto anual. En cuanto a los servicios públicos, El Comité propone a la honorable Asamblea de Padres y Representantes, que la contraprestación de los referidos servicios sea distribuido en porcentajes iguales para las instituciones que operan en las mismas instalaciones. TERCERA: PARTIDA DE MATERIA PRIMA, INSUMOS Y MATERIALES: De la revisión efectuada, no se pudo determinar que los materiales, insumos y materias primas, utilizados en oficina y aulas de clase y cancelado en su totalidad por la Unidad Educativa, sean utilizados de manera exclusiva para la mencionada institución. El monto de la partida en el presupuestos de Costos y Gastos sometido a revisión, es la cantidad de Ciento Veinte y Cinco mil Seiscientos Noventa y Cinco Bolívares (125.695,00 Bs), que representa aproximadamente el Dos con Cero Cinco por ciento (2,05%) del presupuesto anual. En cuanto a la citada partida, El Comité propone a la honorable Asamblea de Padres y Representantes: -Tomar en cuenta que el porcentaje de variación con respecto al presupuesto del año Escolar 2013-2014 se incrementó en un Trescientos Noventa y Cinco por ciento (395%), lo que representa un aumento significativo, que amerita de una revisión exhaustiva a los efectos de la determinación exacta de tal gasto. -Diseñar un sistema de control sobre el material de suministro de educación, que permita ser utilizado de manera óptima y para los fines que originan su adquisición, es decir, para uso exclusivo de la Unidad Educativa. -El costo del material de oficina y de limpieza debe ser proporcionalmente distribuido entre la Unidad Educativa y la Unidad Educativa Santo Domingo De Guzmán. CUARTA: OTROS COSTOS INDIRECTOS Y ASOCIADOS (ALQUILER DE INMUEBLES): De la revisión de la referida partida y del soporte de la misma, El Comité tuvo para su vista, el contrato de Alquiler suscrito entre la Congregación Santo Domingo y la Unidad Educativa, otorgado en fecha 26 de mayo de 2014. Es importante resaltar que la relación entre los Padres y Representantes con la Unidad
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Educativa, consiste esencialmente en un contrato de servicios educativos, y no en una relación comercial de arrendamiento de las instalaciones del prestatario, ello porque sin duda, uno de los elementos esenciales de la que debe estar dotada toda institución que pretenda prestar servicios educativos, es una planta física donde operar, la cual no necesariamente debe ser financiada por los usuarios. No cabe duda, que del presupuesto presentado para la revisión, la Unidad Educativa, traslada a los usuarios del servicio educativo los costos de su relación arrendaticia, haciéndoles parte indirecta de un contrato de arredramiento y desvirtuando la relación inicial que insistimos consiste en servicios educativos, contrato de Arrendamiento que no fue presentado a la Asamblea de Padres y Representantes para aprobar el impacto económico que el mismo causaría en el presupuesto de Costos y Gastos, que en definitiva sufragan los usuarios de la institución. A pesar de ello, si la justificación de la referida partida es de estricto orden de costos operativos, es importante tomar en cuenta que en las mismas instalaciones objeto del contrato de arrendamiento operan dos Unidades Educativas, a saber Unidad Educativa Teresa Titos y Unidad Educativa Santo Domingo De Guzmán, lo cual conllevaría a determinar con precisión, si el único arrendatario de las instalaciones es la primera de las instituciones mencionadas o por el contrario existen dos contratos de arrendamiento sobre la mismas instalaciones, tomando en cuenta además que el contrato de arredramiento de la Unidad Educativa Teresa Titos no establece un limitante en las horas de arrendamiento. Para el caso de la última hipótesis, tendría que determinarse si el canon de arrendamiento es el mismo para ambas instituciones o por el contrario, uno es superior a otro, y en todo caso de existir un solo contrato es imperioso que frente a un subarrendamiento de hecho por parte de la Unidad Educativa Santo Domingo De Guzmán, la distribución del canon integral sea justo y equitativo. El monto anual de los referida partida y su impacto integral en el presupuesto de Costos y Gastos sometido a revisión, es la cantidad de Doscientos Cuatro Mil Bolívares (204.000,00 Bs), que representa aproximadamente el Tres con Treinta y Tres por ciento (3.33%) del presupuesto anual. En cuanto a la partida objeto de análisis, El Comité propone a la honorable Asamblea de Padres y Representantes, requerir a la Directiva aclarar los siguientes puntos: -Cuantos contratos de arredramiento existen. - De existir un contrato de arrendamiento, cuanto es el canon global por las instalaciones y en función de ello determinar la distribución equitativa y justa del referido canon entre las dos instituciones que utilizan las instalaciones. - De existir dos contratos de arrendamiento, determinar si existen diferencias entre los cánones de arrendamiento y de ser así, aclarar y determinar el canon equitativo y justo para ambas instituciones. De lograrse adecuar el canon de arrendamiento de forma justa y equitativa podría conllevar a una disminución aproximada del cincuenta por ciento (50%) del monto presentado en la actual propuesta de presupuesto, es decir, de Doscientos Cuatro Mil Bolívares (204.000,00 Bs), que representa aproximadamente el Tres con Treinta y Tres por ciento (3.33%) del presupuesto anual, a Cientos Dos Mil Bolívares (102.000,00 Bs) anuales.
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-IIICONCLUSIONES. PRIMERO: Las partidas presupuestarias que han sido objeto de observaciones en este informe ascienden a la cantidad de Un Millón Ciento Ochenta y Cuatro Mil Setecientos Noventa y Ocho Bolívares con Cinco Céntimos (1.184.798,05 Bs), equivalente al Diecinueve con Treinta Seis por ciento (19.36%) del referido presupuesto. SEGUNDO: El Presupuesto original presentado por la Directiva establecía la suma de Seis Millones Ciento Veinte Mil Doscientos Cincuenta y Tres Bolívares con Noventa y Cuatro Céntimos (6.120.253,94 Bs). A las partidas presupuestarias que han sido objeto de observaciones en este informe al aplicarles las correcciones aquí sugeridas, descargarían o se debitaría del presupuesto original, la cantidad aproximada de Ochocientos Diez Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro Bolívares con Cincuenta y Nueve Céntimos (810.474,59Bs), equivalente a un Trece con Veinticuatro por ciento (13,24 %) del referido presupuesto, quedando como resultado, un presupuesto estimado en la cantidad de Cinco Millones Trecientos Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con Ochenta y Nueve Céntimos (5.309.455,89), lo cual podría equivaler a una cuota mensual por alumno de Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro Bolívares con Ochenta y Cinco (1.474,85 Bs), aclarando que con el referido monto presupuestario estaría cubierto hasta un veinte por ciento (20%), de aumento de sueldos y salarios a futuro, decretado por el ejecutivo nacional. TERCERO: Luego de algunas reuniones con la Directiva de la Unidad Educativa, estas plantearon a El Comité, un nuevo presupuesto que asciende a la cantidad de Cinco Millones Trescientos Catorce Mil Cuatrocientos Un Mil Bolívares con Setenta y Un céntimos (5.314.401,71 Bs.). Ahora bien, El Comité al analizar esta propuesta, concluye que la misma consiste en suprimir la previsión presupuestaria (20%) para futuros aumentos de sueldos y salarios que pudiese decretar el ejecutivo nacional, y obviar o no tomar en cuenta, ni corregir, las observaciones planteadas por El Comité, lo cual conllevaría a mantener las partidas presupuestarias tal y como están, cuando las observaciones planteadas por El Comité han sido claras al respecto. Esto conllevaría no solo a mantener el presupuesto a pesar de las observaciones planteadas, sino además, a que en el futuro, al decretarse aumento de sueldos y salarios, la Directiva podría convocar a los Padres y Representantes para requerirles aportar el complemente del la previsión que la propia Directiva suprimió, concretando de esta forma el presupuesto que originalmente presentaron. La propuesta de presupuesto planteada por El Comité, toma en cuenta el futuro aumento de sueldos y salarios (20%) y corrige las partidas presupuestarias objetadas, logrando un presupuesto de Costos y Gastos justo y suficiente para la regular operatividad económica de la Unidad Educativa y además una disminución significativa de la mensualidad, haciéndola más justa y asequible pata los Padres y Representantes. Reiteramos, que el monto del presupuesto planteado por El Comité, es de Cinco Millones Trescientos Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco con Ochenta y Nueve Céntimos (5.309.455,89), lo cual podría equivaler a una cuota mensual por alumno de Mil Cuatrocientos Setenta y Cuatro Bolívares con Ochenta y Cinco (1.474,85 Bs), aclarando que con el referido monto presupuestario estaría cubierto hasta un veinte por ciento (20%), de aumento de sueldos y salarios a futuro, decretado por el ejecutivo nacional.
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Queda expresada de esta manera la opinión de El Comité y somete a la consideración de la Honorable Asamblea de Padres y Representantes, las presentes propuestas, para su consideración. En la ciudad de Mérida, reunidos en la sede El Comité.
ELIZABETH GUADALUPE MORALES
CARMEN YUDITH SANABRIA DIAZ
MILTON ANDRES BERNAL LUGO
LUCIANO ALBERTO DAVILA ARMAS
GENIS ARBEY NAVARRO SERNA