El derecho a la información.

Ética y Legislación UNT 2014. • Libertad de prensa. Concepto tradicional. • Libertad frente a los gobernantes absolutos. • Visión política. • Función de control del ...
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El derecho a la información.

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¿A quién pertenece la información? (Carlos Soria).

• Primero fue del Poder Real (Licencia Real); • Luego, de la empresa informativa; • Más tarde, de los periodistas; • En la actualidad, del público.

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Etapas del D.A.F. • Según quienes tenían acceso efectivo al mismo (Desantes Guanter).

• Etapa del sujeto empresario. • Etapa del sujeto profesional. • Etapa del sujeto universal.

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PODER REAL REAL (Siglo (Siglo17) 17) PODER Licencia––privilegio privilegiodiscrecional discrecional Licencia Cuasimonopolio Cuasimonopolio Controlpolítico político Control

Censuraprevia previa Censura

Fuentesinformativas informativasoficiales oficiales Fuentes

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Etapa empresaria empresaria (fines (finessiglo siglo18) 18) Etapa Liberalismo político político Liberalismo Libertad de de empresa empresa Libertad Información==Mercancía Mercancía Información Público==Consumidor Consumidor Público Empresario: mercader mercader de de noticias noticias Empresario: Capitalismoinformativo informativo Capitalismo

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• “Un diario es una empresa privada que no debe nada a un público que no tiene sobre ella ningún derecho. Es propiedad exclusiva de su dueño, que vende un producto manufacturado por su cuenta y riesgo” William P. Hamilton, editor del Wall Street Journal, 1908.

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Etapa profesional profesional (siglo (siglo20) 20) Etapa Tomade deconciencia conciencia Toma Códigosdeontológicos deontológicos Códigos Cláusulade deconciencia conciencia Cláusula Contratode detrabajo trabajocaracterizado caracterizado Contrato Organización sindical sindical Organización Capitaleconómico económico++capital capitalhumano humano Capital Setrabaja trabajapara parala lainformación información Se Ética y Legislación UNT 2014

Etapa universalista universalista (siglo (siglo20) 20) Etapa Art.19 19D.U. D.U.DD DDHH HH(1948) (1948) Art. Informaciónpertenece perteneceal alpúblico público Información Sujetouniversal universal Sujeto Suobjeto objetono noes esuniversal universal (límites) (límites) Su Esuniversal universalrespecto respectode delos losmedios medios Es

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Tránsito histórico, político e ideológico de la libertad de expresión al derecho a la información.

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• Libertad de prensa. Concepto tradicional • Libertad frente a los gobernantes absolutos. • Visión política. • Función de control del poder político. • Óptica de contrapoder (Aznar). Ética y Legislación UNT 2014

Etapa del sujeto universal. • Declaración de los Derechos Humanos, Asamblea General de las Naciones Unidas, París, 10 diciembre de 1948, art. 19.



Eleanor Roosevelt sostiene la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948. Foto © Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos .

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Declaración de los Derechos Humanos, artículo 19: • “Toda persona tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”. Ética y Legislación UNT 2014

• Se reconocen a todos los seres humanos por su sola condición de tales, los derechos de investigar, recibir y difundir informaciones y opiniones.

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Derecho aa la la Información Información Derecho

Investigar-- Buscar Buscar Investigar

Recibir Recibir

Difundir Difundir

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El derecho a la información se vincula con otros derechos humanos tales como:

1. Libertad de opinión 2. Libertad de expresión 3. Libertad de prensa •

No son sinónimos entre sí ni equivalen al DAF, que es más amplio y fruto de un proceso de evolución histórica y jurídica (Loreti).

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D.A.F. en el ordenamiento jurídico argentino. • Convención Americana sobre Derechos Humanos (“Pacto de San José de Costa Rica”), arts. 13 y 14. • Aprobada por Ley 23.054 (1984). • CSJN, caso “Ponzetti de Balbín” (1984). Posterior tarea de interpretación de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a partir de esa decisión. Ética y Legislación UNT 2014

• En el fallo Servini de Cubría (1992) la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que la libertad de expresión “es un derecho inherente a toda la población y no exclusivo y excluyente de los titulares o permisionarios de los medios de difusión”. • No obstante, reconoció que es evidente la estrecha relación que existe entre los medios de comunicación y el concreto ejercicio de la libertad de expresión, “pues ésta resultaría una mera declaración teórica sin los instrumentos que permitieran publicar las ideas, brindar información o acceder a su conocimiento. Bastaría una simple restricción a la actividad de tales medios, para coartar el pleno ejercicio de esa libertad”. • Así, la Corte admitió que los medios de comunicación “constituyen el ámbito natural para la realización de los actos amparados por la libertad de expresión y que a ese contenido dedican primordialmente su actividad”. Ética y Legislación UNT 2014

Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica). • Artículos 13 y 14.

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Art. 13.- “Libertad de pensamiento y de expresión.” • 1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión. Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección. Ética y Legislación UNT 2014

2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura, sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la Ley y ser necesarias para asegurar: a) El respeto a los derechos o a la reputación de los demás, o b) La protección de la seguridad nacional, el orden público o a la salud o la moral pública. Ética y Legislación UNT 2014

3. No se puede restringir el derecho de expresión por vías o medios indirectos, tales como el abuso de controles oficiales o particulares de papel para periódicos, de frecuencias radioeléctricas o de enseres y aparatos usados en la difusión de información o por cualesquiera otros medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones. Ética y Legislación UNT 2014

4. Los espectáculos públicos pueden ser sometidos por la Ley a censura previa con el exclusivo objeto de regular el acceso a ellos para protección moral de la infancia y la adolescencia, sin perjuicio de lo establecido en el inciso 2.

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5. Estará prohibida por la Ley toda propaganda en favor de la guerra y toda apología del odio nacional, racial o religioso que constituyan incitaciones a la violencia o cualquier otra acción ilegal similar contra cualquier persona o grupo de personas, por ningún motivo, inclusive los de raza, color, religión, idioma u origen nacional.”

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Contenidos del D.A.F. • El concepto del DAF “es complejo porque encierra una gama de facultades y obligaciones tanto para quien produce y emite la información cuanto para quien la recibe, la reconoce y la resemantiza” (Loreti).

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En cuanto al informador: • Derecho a no ser censurado directa o indirectamente. • Derecho a investigar, difundir y publicar informaciones u opiniones. • Derecho a contar con los instrumentos técnicos que le permitan hacerlo. • Derecho a que su mensaje no sea interferido. • Derecho a acceder y al secreto de sus fuentes y al secreto profesional. • Derecho a la cláusula de conciencia. Ética y Legislación UNT 2014

En cuanto al informado (agente activo): • Derecho a recibir informaciones u opiniones. • Derecho a seleccionar los medios y la información a recibir (pluralismo informativo). • Derecho a ser informado verazmente. • Derecho a preservar la honra e intimidad. • Derecho a requerir la imposición de responsabilidades legales. • Derecho de rectificación o respuesta (derecho de réplica). Ética y Legislación UNT 2014

• El DAF responde a una concepción más amplia y moderna que el concepto clásico de la “libertad de prensa”, que no llega a cubrir las necesidades y expectativas del sujeto universal. • La sola libertad de prensa no garantiza, en una sociedad moderna, la información de los ciudadanos. Hoy se afirma una necesidad nueva, el D.A.F. (Loretti). • Esta circunstancia impone una interpretación dinámica o evolutiva de los arts. 14 y 32 de la Constitución Nacional, tarea que en nuestro país ha llevado a cabo desde 1984 la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Ética y Legislación UNT 2014

Bibliografía. • AZNAR, Hugo, “Ética de la comunicación y nuevos retos sociales”, Paidós, 2005, capítulo 1. • BADENI, Gregorio, “Libertad de Prensa”, AbeledoPerrot, Buenos Aires, 1991. • LORETI, Damián M., “El derecho a la información”, Paidós, 1995, capítulo 1. • SORIA, Carlos, “Más allá del capitalismo informativo”

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