Video educativo y Guía de trabajo: El derecho a la autogestión territorial indígena y experiencias en territorios indígenas en el Ecuador
Programa Regional ProIndígena-GIZ Fortalecimiento de Organizaciones Indígenas en America Latina
Video educativo y Guía de trabajo:
El derecho a la autogestión territorial indígena y experiencias en territorios indígenas en el Ecuador
Contiene CD
Programa Regional ProIndígena-GIZ Fortalecimiento de Organizaciones Indígenas en America Latina
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Video educativo y Guía de trabajo: El derecho a la autogestión territorial indígena y experiencias en territorios indígenas en el Ecuador
Primera edición 2016 Angela Meentzen Directora ProIndígena-GIZ
Elaboración de contenidos
Sede del Programa ProIndígena:
Equipo ProIndígena-GIZ: María Vicenta Andrade Angela Meentzen Regine Mader María Virginia Vivar
Iñaquito E3-124 y Av. Amazonas Casilla 17-07-8721 Quito-Ecuador T + 593 2 2432 589 F + 593 2 2439 907 E
[email protected] I www.giz.de/ecuador
Diseño y diagramación Miguel Vélez, Twisted House
Fotos de portada y páginas interiores © 2015 MAQUIGRAFÍA, para Programa Regional ProIndígena-GIZ
Video elaborado por © 2016 MAQUIGRAFÍA, para Programa Regional ProIndígena-GIZ © 2016 Publicación y video apoyado por la Cooperación Técnica Alemana a través de la Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH, y su Programa ProIndígena, Fortalecimiento de Organizaciones Indígenas en América Latina.
Las opiniones vertidas en este documento y en el video son responsabilidad exclusiva del quienes las emiten y no necesariamente expresan la posición del Programa Regional ProIndígena-GIZ, o de la Deutsche Gesellschaft für Internationale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH. Se autoriza la reproducción total o parcial del presente documento sin fines comerciales, citando adecuadamente la fuente.
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Contenido Saludo de bienvenida Saludo de bienvenida
Parte 1: Guía para usar el video Capítulo 1: ¿Para qué un video sobre la autogestión territorial indígena?
Capítulo 2: Pautas e ideas para usar el video
Parte 2: El derecho a la autogestión territorial indígena en el Ecuador: fundamentos para su ejercicio pleno Módulo 1: El territorio indígena y la autogestión territorial
Módulo 2: La normativa internacional relacionada con el derecho a la autogestión territorial indígena
Módulo 3: El marco normativo nacional en el Ecuador sobre el derecho a la autogestión territorial
Módulo 4: Experiencias de autogestión territorial indígena en el Ecuador
Módulo 5: Requisitos para la conformación de las Circunscripciones Territoriales Indígenas (CTI)
Anexos: Fuentes para consultar
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Este video educativo y la guía de trabajo estarán disponibles en versión digital en el sitio web www.infoindigena.org
Saludo de bienvenida ¡Bienvenida y bienvenido a esta guía de trabajo sobre el derecho a la autogestión territorial indígena! ¿Para qué una guía que acompañe el video sobre la autogestión territorial indígena? Esta guía permite utilizar el video como una herramienta de capacitación: • Sirve de orientación para facilitadores/as de talleres de capacitación sobre el derecho a la autogestión territorial indígena.
Parte 1: Guía para usar el video sobre el derecho a la autogestión territorial indígena
Capítulo 1: ¿Para qué un video sobre la autogestión territorial indígena?
Capítulo 2: Pautas e ideas para usar el video
• Proporciona directrices y pautas metodológicas para compartir e intercambiar conocimientos. • Representa un recurso didáctico para dar a conocer experiencias que generen procesos de reflexión y debate.
¿Qué contiene esta guía? En la primera parte: • El propósito del video y un marco de referencia general para la temática. • Una tipología de experiencias concretas de autogestión territorial indígena en el Ecuador. • Algunas orientaciones metodológicas sobre cómo utilizar el video. • Breve mirada a los cinco módulos del video.
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En la segunda parte: • Información complementaria para trabajar los cinco módulos del video, sobre los siguientes temas: 1. El territorio indígena y la autogestión territorial. 2. La normativa internacional relacionada con el derecho a la autogestión territorial indígena. 3. El marco normativo nacional en el Ecuador sobre el derecho a la autogestión territorial. 4. Experiencias de autogestión territorial indígena en el Ecuador. 5. Requisitos para la conformación de las Circunscripciones Territoriales Indígenas (CTI). En los anexos: Los enlaces a los instrumentos legales y un listado de fuentes bibliográficas que pueden resultar de interés para profundizar aún más los temas tratados.
Parte 2: El derecho a la autogestión territorial indígena en el Ecuador: Fundamentos para su ejercicio pleno
Módulo 1: El territorio indígena y la autogestión territorial.
Módulo 2: La normativa internacional relacionada con el derecho a la autogestión territorial indígena
Módulo 3: El marco normativo nacional en el Ecuador sobre el derecho a la autogestión territorial
Módulo 4: Experiencias de autogestión territorial indígena en territorios del Ecuador
Módulo 5: Requisitos para la conformación de las Circunscripciones Territoriales Indígenas (CTI)
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Parte
Guía para usar el video 8
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Capítulo 1
¿Para qué un video sobre la autogestión territorial indígena?
El video incorpora una mirada a la normativa internacional y nacional sobre el derecho a la autogestión territorial indígena. Busca: • Informar y concientizar sobre los avances y retos que enfrentan los pueblos indígenas en torno al derecho a la autogestión territorial indígena en el Ecuador. • Contribuir a que se conozca la normativa y algunas experiencias concretas con la aplicación de este derecho.
Usted puede encontrar en esta parte información sobre el video y sus contenidos.
• Generar procesos de reflexión y debate sobre cómo se percibe y si se pone en práctica el derecho a la autogestión territorial indígena en el Ecuador.
¿Qué lugar ocupa la autogestión territorial indígena en el marco de los derechos de los pueblos indígenas? El territorio es la piedra angular de las demandas fundamentales de los pueblos indígenas, tanto porque es el espacio en el que se reproducen las condiciones materiales para su existencia, como por el profundo vínculo espiritual que tienen los indígenas con ella. En la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, aprobada en el 2007, la tercera parte de los artículos se refiere a los derechos a la autodeterminación y la autonomía de los pueblos indígenas para autogestionar sus territorios y sus recursos naturales.
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El derecho a la autogestión territorial indígena El ejercicio de sus otros derechos depende en gran medida de las posibilidades de poder autogestionar sus territorios. En el cuadro usted encuentra el lugar que ocupa la autogestión territorial indígena en el marco de otros derechos de los pueblos indígenas.
El derecho a la gestión autónoma del territorio para preservar el legado cultural y la existencia como pueblo.
El derecho colectivo a la tierra y al territorio como base existencial del pueblo indígena.
.
La Autogestión Territorial Indígena
El derecho a la consulta libre, previa e informada en proyectos administrativos o legislativos que puedan afectar los derechos fundamentales .de los pueblos indígenas. . .
El derecho de los pueblos indígenas a decidir autónomamente sobre sus prioridades de desarrollo. .
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El derecho a la participación del uso, administración y conservación de los . en territorios recursos naturales indígenas.
¿Qué tipos de experiencias de autogestión territorial indígena encontramos en el Ecuador? A. Tipo A: Autonomía indígena de hecho sin reconocimiento formal del Estado Desde tiempos ancestrales, los pueblos indígenas autogestionaron sus territorios sobre todo en lugares apartados con poca presencia del Estado. Esto implica que en muchos territorios, sobre todo en la Amazonía, los pueblos indígenas se han autogestionado, sin que esta autonomía haya sido reconocida oficialmente por parte del Estado.
En el video usted podrá encontrar y analizar tres diferentes tipos o modalidades de autogestión territorial indígena en el Ecuador.
B. Tipo B: Autonomías como municipios con gobierno indígena Este tipo de autonomía se da en municipios cuya población es mayoritariamente indígena, pero se administra como. cualquier otro municipio occidental. Adicionalmente, por decisión del gobierno municipal, implementa políticas públicas orientadas hacia el goce de los derechos de los pueblos indígenas con base en los usos y costumbres del lugar. C. Tipo C: Autonomías en proceso de reconocimiento formal Desde la Constitución de 1998 y con mayor énfasis en la de 2008, se introdujo la figura de las Circunscripciones Territoriales Indígenas (CTI). Algunos pueblos indígenas, sobre todo en la Amazonía, buscan el reconocimiento como CTI, siguiendo los requisitos establecidos en la ley, a través de una consulta popular que se puede realizar a la población del territorio indígena, o sobre la base de una votación a favor del gobierno local correspondiente.
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¿Cómo está estructurado el video? El video contiene cinco módulos: Módulo 1: El territorio indígena y la autogestión territorial (0’24’’)
La relevancia del territorio para los pueblos indígenas y maneras de entender la autogestión territorial indígena.
A continuación encontrará información resumida sobre la estructura del video y el contenido de cada parte del mismo.
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El territorio es un elemento fundamental para la existencia y continuidad histórica de los pueblos indígenas y sus culturas, su autogestión permite que cada pueblo indígena decida sobre su propio desarrollo de acuerdo a sus usos y costumbres.
Módulo 2 : La normativa internacional relacionada con el derecho a la autogestión territorial indígena (1’24’’) Los principales instrumentos internacionales que aseguran el respeto, la protección y el goce pleno del derecho a la autogestión territorial indígena.
Existen varios instrumentos internacionales que respaldan los derechos de los pueblos indígenas, como el Convenio No.169 de la OIT, la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, y varias sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que han generado jurisprudencia en América Latina.
Módulo 3 : El marco normativo nacional en el Ecuador sobre el derecho a la autogestión territorial (2’14’’)
Normativas de respeto, protección y ejercicio del derecho a la autogestión territorial indígena en el Ecuador.
La Constitución del Ecuador de 2008, declara al Ecuador como Estado plurinacional e intercultural, y reconoce la figura de CTI como régimen especial de gobierno autónomo de los pueblos indígenas, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial. La legislación posterior tiende a restringir el alcance de los derechos constitucionalmente reconocidos.
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Módulo 4 : Experiencias de autogestión territorial indígena en el Ecuador (3’30’’)
Presentación de tres casos concretos de autogestión territorial indígena que corresponden a la tipología encontrada.
Ecuador cuenta con una gran diversidad de pueblos indígenas. Algunos de ellos, sobre todo en la Amazonía y Costa, han optado por ejercer su autonomía sin ser reconocidos oficialmente como territorios indígenas. Otros están buscando su reconocimiento oficial como CTI para acceder a la administración de recursos públicos. Otros pueblos, sobre todo en la Sierra, en municipios con población mayoritariamente indígena, buscan su reconstitución como pueblo mediante un gobierno municipal que adicionalmente a las funciones de cualquier municipio, opta por implementar los derechos indígenas.
Módulo 5 : Requisitos para la conformación de las Circunscripciones Territoriales Indígenas (CTI) (14’26’’) Análisis de la legislación de Descentralización del Estado en relación con las Circunscripciones Territoriales Indígenas.
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El Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), regula la conformación de las Circunscripciones Territoriales Indígenas (CTI) con una larga lista de requisitos a ser cumplidas en el camino hacia el reconocimiento formal.
Capítulo 2
Pautas e ideas para usar el video
¿A quiénes está dirigido el video?
1. Líderes, lideresas y técnicos indígenas implicados en procesos de autogestión territorial indígena. 2. Funcionarios públicos a nivel nacional y subnacional que trabajan en políticas públicas para pueblos indígenas. 3. Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) de nivel parroquial, cantonales y provinciales, colegios, iglesias, y otros. 4. Organizaciones no gubernamentales de la sociedad civil en general, empresas privadas y academia. 5. Agencias de cooperación bilateral y multilateral.
¿Qué propósitos tiene capacitar con este video? Algunas propuestas a modo de ejemplo: • Facilitar el acercamiento al derecho a la autogestión territorial indígena. • Conocer algunas experiencias prácticas en el Ecuador. • Profundizar sobre la normativa internacional y nacional relacionada con este derecho. • Analizar y debatir la situación actual legal y su puesta en práctica.
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¿Cómo y en qué espacios utilizar el video? Espacio Asambleas comunitarias
Espacio Talleres diversos de formación
¿Cómo utilizar? • Proyectar el video completo y abrir conversatorio. • Lo primero es reconstruir el video con las y los participantes y asegurar su comprensión. • Preguntas guías: ¿De qué trató el video, qué nos dice, cuáles son los conceptos, los casos, testimonios? ¿Para qué nos sirve este video en nuestro territorio? • Volver a proyectar el video por partes y seguir las preguntas guías de cada parte. ¿Cómo utilizar? • Proyectar el video completo. • Trabajar en grupos y asignar partes del video para analizarlas en base a las preguntas guía. • Animar una reflexión en plenaria: ¿Qué pasa con nuestros territorios? • Elaborar diagnósticos con mapas del territorio / mapas parlantes. • Animar reflexión en plenaria: ¿Qué podemos hacer para autogestionar un territorio?
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Aspectos logísticos sugeridos Elaborar una agenda con actividades, tiempos, recursos y metodología.
Se necesita además: • Internet o DVD del video. • Proyector. • Parlantes. • Una sala apta para proyectar el video.
Posibles preguntas guías: Prepare las respuestas a las posibles preguntas que pueden surgir, por ejemplo: • ¿Qué es el territorio indígena? • ¿Por qué es importante el territorio indígena? • ¿Qué es la autogestión territorial indígena?
Espacio
Clases escolares y universitarias
¿Cómo utilizar?
• Realizar un foro con las/los estudiantes. • Proyectar el video y animar una reflexión en plenaria. • Reflexionar sobre el propio territorio. • Realizar un proyecto de investigación sobre la normativa de los derechos de los pueblos indígenas en relación a la autogestión territorial indígena: La Declaración, el Convenio No.169, el COOTAD, etc.
Grupos de trabajo con mujeres
• Reflexionar sobre las percepciones de las mujeres sobre la autogestión territorial indígena. • Presentar el video. • Generar debate sobre su participación en la autogestión territorial.
Posibles preguntas guías:
• ¿Cuáles son los principales instrumentos internacionales de protección del derecho a la autogestión territorial indígena? • ¿Qué instrumentos de protección y ejercicio del derecho a la autogestión territorial indígena existen en el Ecuador? • ¿Cómo gestionan los distintos pueblos y nacionalidades indígenas sus territorios? • ¿Cuáles son las principales diferencias y coherencias entre los casos mostrados?
• ¿Qué nos cuenta el video?
• ¿Qué son las Circunscripciones Territoriales Indígenas y que competencias tienen?
• ¿Cuáles son sus limitantes para participar en la autogestión territorial indígena?
• ¿Qué requisitos tienen que cumplirse para conformar la CTI?
• ¿Qué desafíos nos proponemos?
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¿Cómo planear actividades y talleres con el video? El video puede resultar una herramienta útil en diversas actividades de capacitación tipo talleres o ejercicios de análisis tanto por parte de funcionarios del Estado como por líderes, lideresas o técnicos indígenas, sobre el tema de la autogestión territorial indígena y otros temas relacionados. La clave para alcanzar un buen resultado al utilizar el video está en la planeación de las actividades y en definir con anticipación los resultados esperados.
Para alcanzar un buen resultado al utilizar el video en estas actividades es importante tomar en consideración los siguientes aspectos y preguntas en la planeación de la actividad: • Sobre el interés para realizar el taller: ¿Quién solicita el taller?, ¿Cuál es el interés de quien solicita el taller?, ¿Cómo surge la idea de trabajar este tema? • Sobre los participantes: ¿Quiénes son?, ¿Mujeres, hombres, jóvenes o mayores?, ¿Provienen del movimiento indígena, de la sociedad civil, de entidades públicas, del ambiente académico?, ¿Tienen experiencias prácticas en el tema de la autogestión territorial indígena? • Sobre el tema de la autogestión territorial indígena: ¿En qué contexto se va a trabajar el tema: hace parte de un evento o un proceso más grande o es la única actividad?
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• Sobre los resultados de la actividad: ¿Qué resultados se espera lograr?, ¿Qué se busca: informar, sensibilizar y motivar?, ¿El grupo se propone analizar con más profundidad algunos aspectos de la autogestión territorial indígena o formular propuestas? • Sobre los objetivos: Los objetivos son guías importantes para mantener los debates centrados en los temas planeados y garantizan desde un principio que los/as participantes entiendan y acepten los resultados esperados del taller. Los objetivos que se propongan están en función del tiempo disponible y de los participantes. • Sobre aspectos logísticos: ¿Cuánto tiempo se dispone para la actividad?, ¿Disponen de los recursos técnicos para la presentación del video?, ¿Tienen el computador y el video proyector o lo van a presentar en un televisor con un reproductor DVD?, ¿En qué lugar se va a realizar la actividad?, ¿Es adecuado para la actividad y para los participantes?
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¿Cómo me preparo como facilitador/a?
En el proceso de preparación del taller o evento, es conveniente tener en cuenta las siguientes recomendaciones: • Vea el video varias veces antes de presentarlo al grupo en su evento educativo. Tenga en cuenta el hecho de que los temas son de gran importancia y algunos son temas jurídicos un poco complejos para las personas que no son especialistas. Prepare las explicaciones o complementos que considere convenientes: para ello puede apoyarse en los capítulos siguientes de esta guía. • En la Parte 2 de esta guía hay algunos ejemplos de preguntas que le pueden servir para orientar análisis y diálogos en torno al video. Además, en los anexos encontrará varias páginas web que le pueden servir de apoyo para la preparación. • Para organizar la sesión tenga en cuenta el tiempo de duración del video (cerca de 15 minutos completo, mientras que cada módulo dura alrededor de 3 a 5 minutos). • Defina el tiempo de preguntas y análisis de cada tema. • Prepare metodológicamente la discusión: las actividades, las preguntas, las exposiciones, entre otros. • Defina de qué manera se puede relacionar los temas que desarrolla el video con la problemática particular del grupo de participantes sea este de funcionarios del Estado o de líderes, lideresas o técnicos de organizaciones indígenas u otros actores.
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Parte El derecho a la autogestión territorial indígena en el Ecuador: Fundamentos para su ejercicio pleno
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Módulo 1 El territorio indígena y la autogestión territorial
(0’24”)
¿Quiénes son los pueblos indígenas? El propósito de este módulo es explicar qué es el territorio indígena, cómo surge históricamente, su significado y qué importancia tienen los derechos territoriales y la autogestión para los pueblos indígenas.
No existe una definición única de quiénes son los pueblos indígenas. José Martínez Cobo, el primer Relator Especial de Naciones Unidas para los Derechos de los Pueblos Indígenas, en su “Estudio del problema de la discriminación contra las poblaciones indígenas” de 19891, estableció cuatro criterios de identificación de los pueblos indígenas muy aceptados internacionalmente, a saber: • Continuidad histórica con las sociedades anteriores a la invasión y precoloniales que se desarrollaron en sus territorios. • Singularidad. • Carácter no dominante. • Determinación de preservar, desarrollar y transmitir a futuras generaciones sus territorios ancestrales y su identidad étnica de acuerdo con sus propios patrones culturales, sus instituciones sociales y sus sistemas legales.
22
1.
[ONU, doc. núm. E/CN.4/Sub.2/1986/87]
Los pueblos indígenas son colectividades que conservan su identidad histórica, idioma y cultura. Viven en un territorio determinado y mantienen sus instituciones y formas tradicionales de organización social, económica, jurídica y política, bajo el ejercicio de su propia autoridad. Para las Naciones Unidas es crucial el criterio de la autoidentificación: si una colectividad se considera a sí misma como pueblo indígena, debe ser reconocida como tal por parte de los Estados.
¿Qué es el territorio indígena? Hay múltiples formas de percepción y comprensión del territorio indígena; el territorio indígena es lo que cada pueblo indígena entiende como tal. Algunas posibilidades de entender y definir el territorio: • No sólo es el espacio geográfico, es también un lugar espiritual donde han vivido los antepasados, donde las plantas y los animales han convivido con las personas. • Es el elemento fundamental donde un pueblo a través de sus instituciones ejerce jurisdicción y goza de sus derechos, y también lo concibe como el espacio sagrado de convivencia con la madre tierra. • La tierra y la naturaleza forman parte de las identidades indígenas y el acceso y uso sostenible de las mismas han formado parte de la historia de muchos pueblos muy diversos. • El territorio está constituido por ejemplo por bosques, agua, biodiversidad, animales, personas (hombres, mujeres), autoridades tradicionales, espíritus. 23
Algunos ejemplos de concepciones indígenas sobre el territorio: • Territorio no solo es el suelo, las parcelas o los recursos que están en la naturaleza para el uso de los seres humanos, sino los montes, los valles, ríos y lagunas que se identifican con la existencia de un pueblo indígena y que le han provisto de sus medios de vida. • La riqueza heredada de sus antepasados y el legado que están obligados a entregar a sus descendientes. • Un espacio en el que cada pequeña parte, cada manifestación de la vida, cada expresión de la naturaleza es sagrada en la memoria y en la experiencia colectiva de ese pueblo y que se comparte en la íntima interrelación con el resto de los seres vivos respetando su natural evolución como única garantía del mutuo desenvolvimiento. • “El ámbito de libertad sobre el que dicho pueblo ejerce su dominio permitiéndole desarrollar sus elementos nacionales esenciales y por cuya defensa o reivindicación estará dispuesto a derramar su sangre cada miembro de ese pueblo, antes que soportar la vergüenza de tener que mirarse en los ojos de su pueblo despojado”2.
2.
24
Chirif, Alberto. García, Pedro. Shase Smith, Richard. El Indígena y su territorio son uno solo. Estrategias para la defensa de los pueblos y territorios indígenas en la cuenca amazónica. Lima, Perú, Oxfam América - Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica, COICA, 1991.
¿Cuál es la deuda histórica que tiene la sociedad ecuatoriana con los pueblos indígenas? • Los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas como el despojo de sus tierras y territorios, la exclusión, discriminación y las mayores brechas de inequidad social y económica. • Los cambios Constitucionales del 2008 en el Ecuador reconocen la plurinacionalidad, la interculturalidad así como un conjunto de derechos colectivos, constituyendo así un avance para compensar en parte la deuda histórica con los pueblos indígenas. • Históricamente, los pueblos indígenas han atravesado luchas largas de reivindicación para lograr que sus territorios sean reconocidos. • Las actividades extractivas, proyectos grandes de infraestructura, el crimen organizado, y el cambio climático, son algunos de los factores que han ejercido presión sobre sus territorios y recursos naturales.
¿Por qué es importante el territorio para los pueblos indígenas? • El territorio es la base fundamental para la construcción de la identidad cultural. • Para el mundo indígena el territorio tiene una profunda vinculación espiritual; por ello se considera como madre tierra y el ser humano forma parte de ella, al igual que los recursos naturales y biodiversidad. • Territorio es el hábitat de los pueblos indígenas. Separarlos de su territorio, implica terminar con su cultura, sus formas de vida, su subsistencia, su forma de gobierno, el derecho a la libre determinación. También implica poner en riesgo su continuidad histórica y a la existencia misma como pueblos milenarios. 25
• Una colectividad indígena requiere un territorio en el que pueda practicar, conservar y revitalizar sus propios sistemas políticos, económicos, sociales, jurídicos, espirituales y culturales.
“Los pueblos indígenas tienen el derecho a participar en todo lo que les afecta directamente (políticas, planes, normas, leyes, programas, proyectos, inversiones, toma de decisiones, etc)”.
¿Cuál es el rol del Estado?
El rol del Estado es generar las condiciones para que los pueblos indígenas puedan autogestionar sus territorios de acuerdo a sus propias prioridades.
Los Estados se han comprometido en proteger a los territorios indígenas de las múltiples amenazas.
Es importante que el Estado, gobierno, sociedad y academia desarrollen una comprensión más adecuada sobre lo que implica el territorio indígena .
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¿Cuál es el rol del Estado?
Hasta la fecha, en Ecuador no contamos con políticas públicas y programas del
Estado a favor de la autogestión territorial indígena.
Para que al momento de diseñar e implementar políticas y programas de desarrollo, éstos no pongan en riesgo la biodiversidad, la integridad territorial y cultural de una gran variedad de pueblos y nacionalidades indígenas, se debe asegurar la participación activa y efectiva de los pueblos indígenas afectados.
“Los gobiernos deben consultar a los pueblos indígenas previamente de buena fe, deben brindar información y respetar las decisiones libremente tomadas de los pueblos indígenas”.
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¿Qué es la autogestión territorial indígena? • El derecho a la autogestión territorial indígena, también se denomina gobernanza, autonomía, autogobierno, entre otros términos. • Es difícil, si no imposible, tener una solo o única definición de la autogestión territorial indígena, tomando en cuenta la gran diversidad de pueblos y territorios. • La autogestión territorial indígena es la base para el ejercicio de los derechos colectivos de acuerdo a los usos y costumbres de cada pueblo indígena para decidir sobre el uso de sus recursos naturales, para ejercer el derecho propio y gobierno comunitario, y muchos otros aspectos. • El ejercicio de un gobierno comunitario para autogestionar su territorio es una responsabilidad colectiva, las políticas adoptadas por las asambleas las ejecuta la autoridad comunitaria, que se elige con la participación directa de los miembros de la comunidad, representando a diferentes actores internos, de acuerdo a los principios de la democracia basada en el consenso.
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• Por ejemplo, la Confederación de Pueblos Indígenas de Bolivia (CIDOB), define la autogestión territorial indígena como el proceso por el que los pueblos indígenas dueños de un territorio, lo gestionan de forma participativa y en consenso entre las diversas comunidades, ejecutando sus decisiones con el fin de mejorar su nivel y calidad de vida de acuerdo a sus valores culturales, sosteniéndose en el ejercicio de su derecho a la libre determinación. (CIDOB citado en: Zambrano y Silva 2008)3. • La Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE), en su proyecto político del 2001, entiende la “autodeterminación” como un derecho “para elegir y ejercer libremente su propio sistema político y modelo de desarrollo económico, social y científico-cultural, en un territorio plenamente definido dentro del marco del Estado Plurinacional” (CONAIE 2001)4. • En este mismo proyecto, la CONAIE desarrolla el concepto de “autonomía” como “la capacidad de decisión y control propio de las Nacionalidades y Pueblos en nuestros territorios en el orden administrativo, jurídico, político, económico, social y cultural con la existencia y reconocimiento de las autoridades propias en coordinación con las autoridades centrales (sic! Oficiales, N.del E.). Ser autónomo o aspirar a serlo no significa aislamiento, separación o rechazo a otros sectores de la población” (íbid.). • La “autogestión” para la CONAIE es “una estrategia de sobrevivencia económica, política y social que aspira a alcanzar un trato más igualitario y el reconocimiento de nuestros derechos como pueblos” (íbid.).
3. 4.
Zambrano, Gustavo y Cynthia Silva. 2008. Las áreas de conservación comunitarias en el marco de las políticas públicas en Bolivia. Perú, IUCN et.al. URL: http://www.iccaconsortium.org/wp-content/uploads/images/media/grd/iccas_bolivia_report_icca_grassroots_discussions.pdf CONAIE. 2001. Proyecto Político de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador. Aprobado en el I Congreso Nacional de las Nacionalidades y Pueblos Indígenas del Ecuador, 12 de octubre de 2001. URL: http://www.llacta.org/organiz/coms/com862.htm
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Módulo 2 La normativa internacional relacionada con el derecho a la autogestión territorial indígena (1’24”) “Tenemos nuestro territorio pero queremos que éste sea reconocido”. (1’54”)
¿Cuáles son los principales instrumentos internacionales que reconocen los derechos de los pueblos indígenas? Existen varios instrumentos internacionales de protección y salvaguardia de los derechos de los pueblos indígenas, en los que los Estados han reconocido los derechos humanos colectivos e individuales, como pueblos o individuos.
“Los pueblos indígenas tienen derecho a autogestionar sus territorios de acuerdo con sus valores culturales”.
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Convenios, Pactos, Declaraciones y Sentencias internacionales que reconocen los derechos indígenas
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas .
Convenio No 169 de la OIT Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos Convención Americana de Derechos Humanos .
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial .
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer .
Declaración Universal de Derechos Humanos
En los gráficos a continuación usted puede ver los distintos instrumentos internacionales de los derechos de los pueblos indígenas. Otro cuadro permite distinguir la secuencia histórica de su reconocimiento. Finalmente, encontrará un resumen de los principales instrumentos que respaldan el derecho a la Autogestión Territorial Indígena. Si desea conocer esta información a detalle, en el anexo podrá acceder a los enlaces a estos documentos.
.
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales .
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos .
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¿Cuál es la secuencia histórica del reconocimiento de los derechos indígenas a nivel internacional y nacional?
1940
1950
1948 Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Dos fundamentos claves: Igualdad entre todos los seres humanos y no discriminación. Las Convenciones y Pactos internacionales son vinculantes a nivel mundial y están por encima de la ley nacional, mientras que las Declaraciones son de cumplimiento voluntario. Las Sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son obligatorias para los Estados y generan jurisprudencia en el continente americano.
1960
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, ratificado por Ecuador en 1966
Condena la discriminación racial y compromete a los Estados a seguir una política encaminada a eliminarla en todas sus formas.
Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificado por Ecuador en 1981
Instrumento para mujeres indígenas por cuanto insta a la eliminación de todo tipo de discriminación.
1966 Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por Ecuador en 1969
1980
1979
1965
Pacto Internacional de Derechos Políticos y Civiles, ratificado por Ecuador en 1969
32
1970
1989 Convenio No.169 de la OIT, ratificado por Ecuador en 1998
Consagran los derechos de la Declaración Universal, e introducen otros derechos como trabajo, vida digna, salud, educación.
Instrumento que establece una gama amplia de los derechos de los pueblos indígenas así como las obligaciones respectivas de los Estados. Incluye el derecho a la consulta libre, previa e informada.
2000
2010
2016
2020
2007
2013
2014
Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Documento Final de Alta
Documento final de la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas
Instrumento que abarca los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas y las pautas para que éstos sean puestos en práctica, dentro de ellos los relativos a la libre determinación. 2012 Sentencia de la CIDH Sarayaku vs. Ecuador
Obliga al Estado del Ecuador a reconocer a Sarayaku como un territorio indígena y establece parámetros para un proceso adecuado de consulta libre, previa e informada y de buena fe.
En este documento se formulan recomendaciones para la Conferencia Mundial sobre los Pueblos Indígenas, a realizarse por primera vez en 2014.
2016 Declaración Americana sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas Aprobado el 15 de junio 2016 por la OEA
Tras 17 años de debate, la OEA aprueba esta Declaración que reafirma el derecho a la libre determinación de los pueblos indígenas.
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¿Cuál es la secuencia histórica del reconocimiento de los derechos indígenas a nivel internacional y nacional?
2000
2010
Mecanismos de la ONU de protección de los derechos indígenas 2000
2001
2007
Foro Permanente de la ONU para las Cuestiones Indígenas
Relator(a) Especial sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Mecanismo de Expertos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
Está conformado por 16 expertos nombrados por ECOSOC, quienes hacen seguimiento al cumplimiento del sistema de Naciones Unidas de los instrumentos internacionales sobre asuntos indígenas.
Visita a los países (si es invitado/a), monitorea la situación de los pueblos indígenas presenta recomendaciones e informes públicos al Consejo de Derechos Humanos y la Asamblea General sobre la situación de los derechos indígenas, y promueve la Declaración y los instrumentos internacionales.
Un grupo de 5 expertos, nombrados por el Consejo de DDHH de ONU, y lo asiste con la elaboración de propuestas relativas a los derechos de los pueblos indígenas, para que el Consejo las considere.
Desde la Conferencia Mundial de los PPII y sus recomendaciones (2014) se debate la posible ampliación de estos tres mecanismos.
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1990
2000
2010
Legislación ecuatoriana
Reformas constitucionales en el Ecuador
El reconocimiento de los derechos indígenas se debe a la lucha larga del movimiento indígena y sus aliados en Ecuador y a nivel mundial.
1998 Constitución del Ecuador Reconocimiento de los pueblos indígenas en un Estado pluricultural y multiétnico. 2008 Constitución del Ecuador La Constitución establece derechos de los pueblos indígenas en un Estado plurinacional e intercultural.
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¿En qué normas nacionales e internacionales se fundamentan los derechos a la Autogestión Territorial Indígena? Constitución del Ecuador de 2008
Reconoce los derechos a...
« Los recursos naturales renovables de sus tierras y terrritorios. . « La consulta previa respecto a recursos no renovables.
« Conservar y desarrollar sus propias formas de convivencia y organización social. « Poder crear y aplicar su derecho propio. « Participar en la definición de las políticas públicas que les conciernen. « Conformar Circuncripciones Territoriales Indígena. Convenio No 169 OIT de 1989
Reconoce los derechos a...
« La propiedad y posesión de las tierras tradicionalmente ocupadas. « No ser trasladados contra su voluntad de las tierras que ocupan. « Decir sus propias prioridades de desarrollo. « Conservar sus propias instituciones y costumbre.
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« Utilizar, administrar y conservar los recursos naturales existentes en sus tierras y territorios.
« Ser consultados libre, previa e informadamente sobre todas medias administrativas o legislativas que los afectan directamente. Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de 2007
Reconoce los derechos a...
« Determinar libremente su condición política. « Perseguir libremente su desarrollo econónomico, social y cultural. « Poseer, utilizar, desarrollar y controlar sus tierras, territorios y recursos. « Mantener y fortalecer su relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, costas y otros recursos. « Determinar y elaborar las prioridades y estrategias para el desarrollo o la utilización de sus tierras o territorios y otros recursos.
¿Los derechos indígenas están solo en el papel? Si bien los derechos de los pueblos indígenas han sido incluidos en la Constitución del Ecuador y en algunas otras cartas constitucionales en América Latina, existen numerosos problemas de orden jurídico, técnico, operativo y político aún por resolver antes de poder decir que se haya logrado su goce pleno. Se ve amenazado el derecho a la autogestión territorial por muchos factores, por ejemplo cuando va en contra de los intereses económicos nacionales o de particulares, y especialmente cuando se trata de los recursos naturales, como petróleo, gas, agua o minerales. 37
Módulo 3 El marco normativo nacional en el Ecuador sobre el derecho a la autogestión territorial
(2’14”)
¿Qué instrumentos de protección y ejercicio del derecho a la autogestión territorial indígena existen en el Ecuador? En este módulo encontrará información adicional sobre el marco jurídico-normativo en el Ecuador, relacionado con el derecho a la autogestión territorial.
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La Constitución de la República, vigente desde el 2008, declara al Ecuador como un Estado plurinacional e intercultural.
Constitución de la República del Ecuador (2008) El legado de nuestros antepasados y pueblos ancestrales Art. 1: "El Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico. Se organiza en forma de república y se gobierna de manera descentralizada".
Art. 4.- "El territorio del Ecuador constituye una unidad geográfica e histórica de dimensiones naturales, sociales y culturales, legado de nuestros antepasados y pueblos ancestrales".
Estado Plurinacional Art. 56.- "Las comunidades, pueblos, y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano, el pueblo montubio y las comunas forman parte del Estado ecuatoriano, único e indivisible".
Art. 60.- "Los pueblos ancestrales, indígenas, afroecuatorianos y montubios podrán constituir circunscripciones territoriales para la preservación de su cultura. La ley regulará su conformación".
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¿Por qué el Ecuador se define como Estado plurinacional? La demanda histórica de los pueblos indígenas fue el reconocimiento de la plurinacionalidad para construir una sociedad que respeta y valora la diversidad cultural. Esto implica la profunda transformación y democratización de las estructuras coloniales del Estado-Nación. El Estado plurinacional e intercultural se basa en el reconocimiento de la diversidad cultural, de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y busca generar relaciones respetuosas y equitativas entre todos los pueblos y culturas que habitan en él.
En los gráficos a continuación puede observar la estructura actual del Estado ecuatoriano con base en la nueva Constitución del Ecuador del 2008, que define el país como plurinacional.
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¿Cómo se reestructuró el Estado ecuatoriano a partir de la nueva Constitución del 2008? Una novedad importante de la Constitución del 2008, fue el esfuerzo por avanzar en el proceso de descentralización a través de la organización territorial que comprende la conformación de regiones, provincias, cantones y parroquias rurales. Se definió la organización político-administrativa como sigue:
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En este marco, por razones de conservación ambiental, étnico culturales o de población, se incluyeron los siguientes regímenes especiales de gobierno: 1. Distritos metropolitanos. 2. Consejo de Gobierno de la provincia de Galápagos. 3. Circunscripciones territoriales de pueblos y nacionalidades indígenas, afroecuatorianos y montubias (CTI). De este modo, según la Constitución del 2008, profundizar la descentralización y la autonomía implica reconocer también las formas de autogobierno de los pueblos ancestrales.
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Para hacer efectiva la descentralización en el Ecuador se creó la figura del Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) en cada circunscripción territorial, con la finalidad de garantizar su autonomía política, administrativa y financiera. La descentralización supone un esquema de asignación de competencias y regulaciones específicas, además de la precisión de funciones para cada nivel de gobierno (regional, provincial, municipal y parroquial-rural). DESCENTRALIZACIÓN DE COMPETENCIAS POR NIVEL DE GOBIERNO
GAD: GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO
“Cada circunscripción territorial tendrá un gobierno autónomo descentralizado para la promoción del desarrollo y la garantía del buen vivir, a través del ejercicio de sus competencias”. (Art. 28 COOTAD)
Gobierno Parroquial Rural
Gobierno Municipal
Gobierno Central Gobierno Provincial
Gobierno Regional
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¿Cómo se concretan los derechos a la autogestión territorial indígena constitucionalmente reconocidos en la legislación ecuatoriana? En varios países de la región andina, y en el Ecuador en particular, se puede observar que si bien los derechos indígenas son ampliamente reconocidos constitucionalmente, la legislación aprobada años más tarde, tiende a restringir estos derechos. Se puede observar una tendencia de aumentar los requisitos para el reconocimiento oficial de cada territorio indígena y también las obligaciones de sus autoridades.
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Módulo 4 Experiencias de autogestión territorial indígena en el Ecuador
(3’30”)
En este módulo puede observar los tres ejemplos de autogestión territorial indígena en el Ecuador, que corresponden a la tipología de los tres casos encontrados.
¿Dónde viven los pueblos indígenas en el Ecuador? Según el último censo poblacional del 2010, en el Ecuador, 7 de cada 100 habitantes se autoidentifican como indígenas lo que representa una colectividad total de más de 1 millón de habitantes indígenas. Las provincias con mayor concentración de población indígena son Napo, Pastaza, Morona Santiago, Chimborazo, Bolívar, Cotopaxi, Imbabura y Orellana. En el Ecuador hay 14 nacionalidades indígenas: Tsáchila, Chachi, Epera, Awa, Kichwas, Shuar, Achuar, Shiwiar, Cofán, Siona, Secoya, Zápara, Andoa, y Waorani, siendo la nacionalidad Kichwa el grupo más representativo en números.
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Fuente: http://gruposetnicosecu.blogspot.com/2013/04/ecuador-pais-plurinacional-e.html
¿En qué parte del Ecuador podemos encontrar ejemplos para los tres tipos de autogestión territorial indígena? Caso 1: El territorio indígena Kichwa de Pastaza en búsqueda de su reconocimiento formal como Circunscripción Territorial Indígena (CTI) (3’31”). Tipo: Autonomía indígena en proceso de reconocimiento formal La nacionalidad Kichwa de Pastaza está conformada por 160 comunidades Kichwa organizadas a lo largo y ancho de su territorio, con una extensión aproximada de 1’150 mil hectáreas, en la provincia amazónica de Pastaza. Las comunidades Kichwa de Pastaza han reivindicado el reconocimiento de una institucionalidad propia para ejercer sus derechos colectivos como pueblo en su territorio ancestral.
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Un hito en este proceso de lucha ha sido la marcha de Puyo a Quito del año 1992, liderada por la Organización de Pueblos Indígenas de Pastaza (OPIP), que culminó con la adjudicación de aproximadamente 1’085 mil hectáreas a nombre de las comunidades kichwas filiales de la OPIP, por parte del gobierno del presidente Rodrigo Borja; sin embargo, no se reconoció la posibilidad de establecer gobiernos autónomos. Basándose en las nuevas condiciones jurídicas y políticas del país, después de la declaratoria de la Constitución de 2008 y la vigencia del COOTAD en 2010, la nacionalidad Kichwa ha decidido emprender la conformación de la Circunscripción Territorial de la Nacionalidad Kichwa de Pastaza para acceder a los recursos provenientes del presupuesto estatal. Para este fin, los Kichwas de Pastaza elaboraron su Estatuto constitutivo de gobierno y un Plan de Sumak Kawsay, que contiene la visión, principios, lineamientos y estrategias fundamentales del gobierno propio. A partir de 2010, junto con otras cinco nacionalidades vecinas, los Kichwa de Pastaza impulsaron un proceso para crear una región continua de parroquias rurales conforme a los territorios indígenas.
Con base en estas nuevas parroquias indígenas, se buscaba constituir una CTI para cada territorio. Dado que este proceso no repercutió en la aprobación por parte de las instancias competentes, los Kichwas de Pastaza en el año 2014, optaron por autodeclararse como Circunscripción Territorial Kichwa de Pastaza y buscan su reconocimiento oficial por parte del Estado, gestión que no ha tenido respuesta hasta la fecha. 48
¿Cuál es el rol de las mujeres indígenas en la autogestión territorial? • Testimonio de Alexandra Aguinda, Comunidad Nina Amarum, CTI Kichwa de Pastaza (4’06”):
Conozcamos la opinión de mujeres y hombres Kichwas sobre su rol en la autogestión de su territorio, la importancia de los saberes ancestrales y los recursos naturales.
“Nos levantamos temprano para hacer cerámicas, mientras los hombres entonan sus flautas y enseñan a los hijos varones, esperamos que los niños también se conviertan en buenos intérpretes de música”. “También los padres enseñan a sus hijos las faenas de hombres, y las madres a sus hijas las tareas de mujeres, que son los saberes y tradiciones ancestrales”. “Así vivimos, nosotras las mujeres, somos muy solidarias entre las familias”. “Cuando hay visitas por las mañanas compartimos la chicha, cuando hay mingas en el día compartimos entre todos el trabajo, luego nos trasladamos a los hogares para compartir la chicha y la comida, al final del día todos nos vamos a nuestros hogares para descansar ahí”. (6’53”) 49
• Testimonio de Juana Merino, Comunidad Nina Amarum, CTI Kichwa de Pastaza (5’05). “En la directiva puede estar cualquier mujer, no es necesario que solo estén los hombres. Van alternados, igual en las actividades”.
¿Qué rol juegan los saberes en la autogestión territorial indígena? • Testimonio de Juana Merino, Comunidad Nina Amarum, CTI Kichwa de Pastaza “Hemos tenido que emigrar a la ciudad, en ese sentido tratamos de que nuestros niños en la actualidad intercambien o se preparen tanto en la parte científica del conocimiento de los saberes occidentales, y también de nuestros saberes ancestrales de nuestros padres y abuelos. Ese también ha sido un gran sueño y objetivo de todos los líderes para fortalecer nuestra educación bilingüe”. (5’52”) • Testimonio de Alexandra Aguinda, Comunidad Nina Amarum, CTI Kichwa de Pastaza “Nuestro buen vivir siempre ha sido mantener los saberes y conocimiento de nuestros ancestros, sobre toda la biodiversidad, de la misma manera como nosotros hemos construido un plan de manejo para el buen vivir. Así mismo, nuestros hijos deben seguir manteniendo hacia el futuro. Cuando ellos sean ancianos transmitirán a sus hijos, y ellos a sus hijos, así por siempre”. “Todavía vivimos para cuidar nuestros territorios para que no se extingan sus recursos, esta visión debe mantenerse de generación en generación. Así como nosotros crecimos conociendo toda la diversidad, nuestros hijos también deben conocer en su vida”. “Con esas visiones estamos viviendo aquí, que no se extinga, que nada se altere, y que otras generaciones sigan manteniendo y cuidando todo lo que existe en nuestro territorio, nosotros lo heredamos de nuestros abuelos y lo pasamos a nuestros hijos”. (6’53”) 50
¿Cuál es la importancia de los recursos naturales para los pueblos indígenas? • Testimonio de Kisto Aguinda, Presidente Comunidad Nina Amarum, CTI Kichwa de Pastaza (5’05”) “Mi comunidad es Nina Amarum, todos los que han venido a visitar me han felicitado en este lugar. Dicen que es hermoso porque hay bastantes animales, en otras comunidades no hay, y me dicen ustedes tienen que mantener. Nosotros mantenemos el lugar para que nuestros nietos vean”.
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¿Qué significa la CTI para la autogestión territorial indígena? • Testimonio de Tito Merino, Comunidad Nina Amarum, CTI Kichwa de Pastaza (6’21”) “La CTI es una propuesta del ejercicio del autogobierno. Hemos planteado al Estado que nos reconozca nuestro derecho de gobernar nuestro territorio, planificar con nuestras propias visiones de vida”. “La autonomía no significa poner límites ni barreras, sino empezar a armonizar las diferentes formas de vida en las comunidades y en diferentes espacios de territorio”.
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Caso 2: La experiencia de autogestión territorial del pueblo Shuar Arutam (8’04”) Tipo: Autonomía indígena de hecho En la Cordillera del Cóndor, en la provincia amazónica de Morona Santiago, en una región de difícil acceso, el pueblo Shuar Arutam ejerce su autonomía desde hace mucho tiempo sin ser reconocido oficialmente. Entre 2001 a 2003, el pueblo Shuar Arutam autodeclaró su territorio como Circunscripción Territorial Shuar Arutam (CT-SHA) y busca consolidarlo mediante la posesión del territorio ancestral y la recuperación del control político de su territorio con una extensión aproximada de 200 mil hectáreas.
Escuchemos las voces de algunos hombres y mujeres del Pueblo Shuar Arutam sobre su visión de autogestión territorial.
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El pueblo Shuar Arutam forma parte de otras cinco asociaciones Shuar (Santiak, Mayaik, Sinip, Nunkui y Shurubia), que aspiran conformar un territorio Shuar integral más amplio. El territorio del pueblo Shuar Arutam se considera un espacio de uso y de vida, controlado y gobernado en forma autónoma. Sin haber obtenido el reconocimiento oficial como territorio autónomo, el pueblo Shuar Arutam ejerce su autonomía de hecho en diversos aspectos. Más que buscar el reconocimiento del Estado, el pueblo Shuar Arutam optó por fortalecer primero las condiciones internas de su gobierno autónomo, definiendo el modelo de vida que el pueblo desea perseguir y las políticas relacionadas con el mismo. Sobre este trasfondo, elaboraron su estatuto de gobierno autónomo, sus normas de manejo forestal, sus normas de caza, pesca y recolección, sus normas de conducta, entre otros, logrando así avanzar en el control sobre su territorio.
¿Cuál es la visión del pueblo Shuar Arutam con respecto a la autogestión territorial? • Testimonio de Patricio Chumbia, Pueblo Shuar Arutam (8’48”) “Si usted está maltratando a ese árbol o a ese animal, está maltratando a su ancestro, a su vecino, a su pariente, a su padre, por eso es que nuestros abuelos enseñaban a pedir permiso para tumbar a un árbol. Mi ilusión en Pueblo Shuar es auténtico, un pueblo que no mendiga, un pueblo que tiene su territorio, con su idioma, con sus vestidos, orgulloso de ser Shuar, hablando shuar, con sus medicinas, cantando, conviviendo”. • Testimonio Vicente Tsakimp: Pueblo Shuar Arutam (10’11”) “Enseñar a nuestros hijos las normas, cultura y cómo comportarse cuando sean grandes, rescatando nuestras costumbres, esa es nuestra tarea como padres, maestros o como autoridades”. 54
¿Qué significa la Circunscripción Territorial para el Pueblo Shuar Arutam? • Testimonio de Consuelo Ankuash, Pueblo Shuar Arutam (9’28”) “Veo bien que nos constituyamos en CTI. Así como gobiernos autónomos y cantones. Sería importante para que los recursos ingresen acá, y así sostener a las familias, para que nosotros, la familia, dentro del ámbito social y en la educación nos podamos desarrollar.” “Constituirnos en CTI, para nosotros, es un paso más que todo el pueblo Shuar desea tener”. “Compartiendo al mundo de que el Pueblo Shuar sí está aportando algo al mundo, con la conservación, medicinas, saberes.” (10’53”)
• Testimonio de Vicente Tsakimp, Pueblo Shuar Arutam (10’00”) “La organización Shuar Arutam no recibe ningún ingreso económico del Estado. Nosotros hemos hecho una autogestión como autoridades, haciendo un pequeño proyecto, algún convenio con las diferentes instituciones para captar recursos, con la finalidad de brindar apoyo a los socios que tenemos en las comunidades”.
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Caso 3: El Gobierno Autónomo Descentralizado Intercultural de Cayambe (11’11”) Tipo: Un municipio con población mayoritariamente indígena y autoridades municipales indígenas En el área andina, los asentamientos indígenas, a diferencia de los territorios amazónicos, no representan espacios físicos continuos, sino son fragmentados y dispersos. En el caso del municipio de Cayambe, que es un gobierno local como cualquier otro, las autoridades indígenas se han propuesto gobernar su municipio como si fuera un territorio indígena. Promueven la reconstitución de su identidad Kichwa y trabajan con formas de organización y representación que les permiten ejercer sus derechos colectivos y garantizar las condiciones para un desarrollo futuro como pueblos. Para los pueblos indígenas, contar con autoridades indígenas es una oportunidad para autogestionar sus territorios y trabajar a fin de concretar la plurinacionalidad y la interculturalidad. Esta decisión la han tomado sin reconocimiento formal como territorio indígena y sin buscar ser reconocidos como CTI. En 1995, a través de la consulta popular promovida por el entonces presidente Sixto Durán Ballén, se aprobó la participación de los movimientos políticos independientes en los procesos electorales, lo que facilitó la posterior creación del Movimiento Político Pachakutik como estrategia del movimiento indígena ecuatoriano para participar con candidatos propios en procesos electorales.
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A partir de esta fecha participan en elecciones y han logrado acceder a las prefecturas, alcaldías y juntas parroquiales. La estrategia promovida por los pueblos indígenas era llegar a los poderes locales desde las bases sociales a fin de construir el Estado plurinacional y una sociedad intercultural.
La peculiaridad de los gobiernos locales liderados por indígenas está en promover el trabajo respetando las particularidades y especificidades de cada pueblo indígena, para activar la participación de la diversidad de actores urbanos y rurales en la planificación, presupuestación y rendición de cuentas, sin que estas formas de gobierno indígena hayan sido reconocidas legalmente. 57
¿Qué significa e implica la autogestión territorial indígena para el pueblo Cayambe? • Testimonio de María Inlago, Pueblo Cayambe (12’17”) Escuchemos las opiniones de algunos comuneros y comuneras del Pueblo Cayambe.
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“Cuando me levanto rezo y agradezco a Dios por darme la sabiduría, a la Madre Tierra que nos da los alimentos y el resto del día siembro hortalizas, con los animales y con los pacientes cuando vienen en pareja”.
• Testimonio de Guillermo Churuchumbi, Alcalde del Gobierno Autónomo Descentralizado de Cayambe (12’17”) “Necesitamos apostar en el cambio de la mentalidad de nuestra gente por más que sean preparados, comuneros, gobernantes, si no están preparados en su mentalidad (porque este es un esquema mental que nos impone en la institucionalidad, en la sociedad, en nuestras costumbres) para que avancemos en la institucionalidad plurinacional y en la sociedad intercultural”. • Testimonio de Agustín Cachipuendo, Presidente de la Confederación del Pueblo Cayambe (13’29”) “Siempre he aspirado que los pueblos tengan comida, que recuperen su semilla, recuperen su tierra, el agua. En uno o dos años quisiéramos ver eso y que con la recuperación de estos derechos podamos tener un pueblo autodeterminado, podamos hacer nuestra autodeterminación. Que la gente, los guaguas cambien de mentalidad, que tengan valoración en la cultura, en los saberes, que recuperen los saberes de los mayores, cuándo sembrar, cuándo cosechar, cuándo deshierbar”
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Módulo 5 Requisitos para la conformación de las Circunscripciones Territoriales (3’30”) Indígenas (CTI) Usted encuentra en este módulo información sobre las CTI, sus competencias, y los requisitos para su conformación.
¿Qué son las Circunscripciones Territoriales Indígenas y qué competencias tienen?
Las CTI son regímenes especiales de gobiernos autónomos descentralizados. (14’21”)
Las Circunscripciones Territoriales Indígenas (CTI) ya fueron consideradas por la Constitución de la República del Ecuador de 1998, y reforzadas por la del 2008, que da lineamientos adicionales acerca de cómo se pueden conformar.
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La Constitución del Ecuador de 2008 reconoce explícitamente el derecho de conformar CTI indígenas dentro de su ámbito territorial: • Para ejercer competencias por principios de interculturalidad y plurinacionalidad. • De acuerdo a sus derechos colectivos. • Con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio. Sin embargo, este reconocimiento no es inmediato. Tiene que ser solicitado y reconocido formalmente caso por caso.
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En el 2010 se promulgó el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) que aborda cuestiones más específicas para organizar la descentralización del Estado. Las CTI son consideradas parte de los regímenes especiales de gobierno para administrar el territorio, constituidas por razones de población, étnico culturales o de conservación ambiental. Sin embargo, la legislación ecuatoriana solo permite que las CTI reemplacen a los gobiernos locales, sin otorgarles competencias adicionales. El COOTAD establece que las CTI asuman las competencias y capacidades normativas que corresponden al nivel de gobierno en el que se enmarcan (parroquias rurales, cantones o provincias). Las CTI no fueron incluidas como entidades adicionales al Estado de Ecuador. Por lo tanto, no cuentan con competencias específicas para ejercer su autonomía en la realidad. Tampoco cuentan con reglas específicas para poder recibir y administrar fondos públicos como CTI, para canalizarlos de acuerdo a sus usos y costumbres y para definir sus propias prioridades de desarrollo. Solo en caso de reemplazar a un gobierno local recibirían fondos públicos en las mismas condiciones que cualquier otro gobierno local.
Requisitos para conformar una CTI 62
¿Qué requisitos tienen que cumplirse para conformar una CTI? Las CTI no cuentan con competencias específicas, pero tienen que cumplir una larga lista de requisitos para lograr su reconocimiento oficial. Para constituirse como CTI deben: 1. Presentar firmas del 10% de la población al Consejo Nacional Electoral (CNE) para consulta popular. 2. En el caso del GAD, ¾ de los integrantes del consejo deben votar a favor. Solicitar al Consejo Nacional Electoral convocar a consulta popular. 3. El CNE debe realizar la convocatoria para la consulta en los siguientes 45 días a la solicitud presentada. 4. Si el resultado de la consulta es positivo (si más del 50% votan a favor), puede entrar en vigencia una vez que el Consejo Nacional Electoral proclame los resultados. 5. De ser negativo el resultado, la iniciativa puede ser retomada después de dos años. Con la reforma del COOTAD en 2014, se incluyó otro requisito adicional: el Estatuto constitutivo de la CTI deberá contar con el dictamen favorable de la Corte Constitucional previo a la realización de la consulta popular convocada por el CNE. Si bien algunas nacionalidades indígenas, sobre todo de la Amazonía, tomaron la iniciativa de conformarse como CTI, y ya cumplieron con la elaboración de sus Estatutos constitutivos y los otros requisitos mencionados arriba, hasta el momento esperan las aprobaciones respectivas por parte de la Corte Constitucional y el Consejo Nacional Electoral. 63
Algunas preguntas para la reflexión ¿Qué opina usted? • ¿Qué me enseñó el video? • ¿Encontré novedades? ¿Cuáles? • ¿Es necesario el reconocimiento de las CTI? ¿Para qué sí? ¿Para qué no? • ¿Las CTI son autonomías restringidas? Sí es así, ¿En qué sentido?
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Anexos
Fuentes para consultar
Instrumentos legales Convención Americana sobre Derechos Humanos, URL:https://www.oas.org/dil/esp/tratados_B-32_Convencion_Americana_sobre_Derechos_ Humanos.html
Los siguientes anexos servirán como fuentes de consulta sobre los temas tratados en esta Guía
Convención sobre la eliminación de las formas de discriminación contra la mujer, URL: http://www.un.org/womenwatch/daw/cedaw/text/sconvention.html
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, URL: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CERD.aspx
Convenio No 169 de la OIT, sobre Pueblos Indígenas y Tribales, URL: http://www.oit.org.pe/WDMS/bib/publ/libros/convenio_169_07.pdf
Corte Interamericana de Derechos Humanos. Sentencia del 27 de Junio de 2012. Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku vs. Ecuador, URL: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/resumen_245_esp.pdf
Declaración de las Naciones Unidas sobre el Derecho de los Pueblos Indígenas, URL: http://www.un.org/esa/socdev/unpfii/documents/DRIPS_es.pdf
Declaración Universal de Derechos Humanos, URL: http://www.un.org/es/documents/udhr/
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Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, URL: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CCPR.aspx
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, URL: http://www.ohchr.org/SP/ProfessionalInterest/Pages/CESCR.aspx
República del Ecuador. Código Orgánico de Organización Territorial y Descentralización (2010), URL:http://www.pichincha.gob.ec/phocadownload/leytransparencia/literal_a/normasdecreacion/ cootad.pdf
República del Ecuador. Constitución de la República del Ecuador de 2008, URL: www.asambleanacional.gov.ec/documentos/constitucion_de_bolsillo.pdf
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Otras fuentes bibliográficas Chirif, Alberto. 2014/ 2015. Estudio Regional: Comparación de la normativa sobre los territorios indígenas y de su implementación. Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Paraguay. Cooperación Alemana - GIZ, Ecuador. URL:http://www.infoindigena.org/2015-01-15-18-06-41/2015-01-16-16-15-01/425-estudioregional-comparacion-de-la-normativa-sobre-losterritorios-indigenas-y-de-su-implementacion-bolivia-colombia-ecuador-peru-y-paraguay.html
Chirif, Alberto. 2014. La normativa sobre territorios indígenas y su implementación en el Ecuador. Cooperación Alemana - GIZ, Ecuador, URL:http://www.infoindigena.org/2015-01-15-18-06-41/2015-01-16-16-15-01/331-lanormativa-sobre-territorios-indigenas-implementacion-en-ecuador.html
Chirif, Alberto y Pedro García Hierro. 2007. Marcando Territorio. Progresos y limitaciones de la titulación de territorios indígenas en la Amazonía. IWGIA, Copenhague, URL:http://www.iwgia.org/iwgia_files_publications_files/0302_MARCANDO_TERRITORIO.pdf
Chirif, Alberto. García, Pedro. Shase Smith, Richard. El Indígena y su territorio son uno solo. Estrategias para la defensa de los pueblos y territorios indígenas en la cuenca amazónica. Lima, Perú, Oxfam América - Coordinadora de las Organizaciones Indígenas de la Cuenca Amazónica, COICA, 1991.
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CIDH. 2009. Derechos de los Pueblos Indígenas y Tribales sobre sus Tierras Ancestrales y Recursos Naturales. Normas y jurisprudencia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. URL: http://www.oas.org/es/cidh/indigenas/docs/pdf/tierras-ancestrales.esp.pdf
CIDH. 2016. Pueblos Indígenas, Comunidades Afrodescendientes, Industrias Extractivas. URL: www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/IndustriasExtractivas2016.pdf
Garcia Hierro, Pedro. 2013. Gobernanza y Pueblos Indígenas. En: Orientaciones. IWGIA, Copenhague. URL:http://www.iwgia.org/iwgia_files_publications_files/0624_briefing_-_Hierro.pdf
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Agradecimientos Pueblo Shuar Arutam Vicente Tsakimp Abilio Shakai Patricio Chumbia Consuelo Ankuash Pueblo Cayambe Guillermo Churuchumbi Agustín Cachipuendo Pacha Cabascango María Inlago Nacionalidad Kichwa de Pastaza Antonio Vargas Tito Merino Kisto Aguinda Graciela Aguinda Ana Alexandra Aguinda Juana Graciela Merino
… y a todas las autoridades y miembros de los pueblos y nacionalidades indígenas que hicieron posible la grabación del video. 69
Con el apoyo de:
Programa Regional ProIndígena-GIZ Fortalecimiento de Organizaciones Indígenas en America Latina