ADENDA (30 de agosto de 2019) CÓDIGO DE CONDUCTA DEL ESTUDIANTE – CICLO ESCOLAR 2019-2020 Coordinador conductual escolar: United ISD es un distrito de innovación y está exento de la Sección 37.0012. El distrito publicará en su portal uisd.net el correo electrónico y el número de teléfono de las personas que supervisarán la conducta de los estudiantes en cada escuela. Evaluación de Amenazas y Equipo Escolar de Seguridad y de Apoyo: El administrador escolar trabajará en estrecha comunicación con el equipo de evaluación de amenazas y de seguridad escolar y de apoyo para implementar la política y procedimientos de evaluación de amenazas del distrito, como lo requiere la ley, y tomará la acción disciplinaria pertinente de acuerdo con el Código de Conducta. Trabajo de curso durante una suspensión: El distrito se asegurará de que el estudiante tenga acceso al trabajo de curso de los cursos básicos del plan de estudios mientras el estudiante sea colocado en suspensión dentro o fuera de la escuela, incluyendo al menos un método para recibirlo que no requiera el uso del internet. El estudiante retirado del salón de clases regular a suspensión dentro de la escuela o a cualquier otro entrono, aparte de DAEP, tendrá la oportunidad de completar, antes de iniciar el próximo ciclo escolar, cada curso en el que estaba inscrito al momento en que fue retirado del salón de clases regular. El distrito le dará la oportunidad por cualquier método disponible, incluyendo cursos por correspondencia, otra opción de aprendizaje a distancia o por clases de verano. El distrito no cobrará al estudiante por ningún método para completar cursos proporcionados por el mismo. DELITOS OBLIGATORIOS QUE REQUIEREN EXPULSIÓN Delitos adicionales que requieren expulsión: (Dentro o relacionados con la escuela): El estudiante será expulsado de la escuela si, en propiedad escolar o mientras asiste a un evento o actividad patrocinada o relacionada con la escuela, dentro o fuera de su propiedad: … Código Penal de Texas: Llevar o portar lo siguiente sobre su persona, como lo define el Código Penal de Texas: #4. Un garrote, como lo define la ley estatal. (Ver glosario). Servicios de transición: De acuerdo con la ley y procedimientos del distrito, el personal escolar proveerá servicios de transición al estudiante que regrese al salón de clases regular de un programa de educación alternativa, incluyendo DAEP. Ver política FOCA(LEGAL) para más información. Escritorios y casilleros de los estudiantes: Los escritorios y casilleros, de los estudiantes, tecnología proporcionada por el distrito y artículos similares son de su propiedad y se proporcionan para uso y comodidad de los estudiantes. La propiedad del distrito está sujeta a inspecciones y revisiones en cualquier momento, sin previo aviso, sin importar si el estudiante está presente o no. son propiedad de la escuela y permanecen bajo su control y jurisdicción, aun cuando sean asignados a un estudiante en particular. Los estudiantes son completamente responsables de la seguridad y el contenido de los escritorios, casilleros, la tecnología y artículos similares asignados. Los alumnos deben estar seguros de que el casillero esté bajo llave y que la combinación no esté disponible para los demás. Se pueden llevar a cabo inspecciones y revisiones de escritorios o casilleros en cualquier momento en que existan causas razonables para creer que contienen artículos o materiales prohibidos por el distrito, sin importar si el estudiante está presente o no. El padre será notificado si se llegan a encontrar artículos prohibidos en el escritorio o casillero del alumno. PERSONAL DE SEGURIDAD: Para garantizar la seguridad y protección pertinente de estudiantes, personal y propiedad, la mesa directiva emplea a policías y personal de seguridad. De acuerdo con la ley, la mesa directiva se ha coordinado con empleados del distrito para garantizar que se asignen las tareas apropiadas de aplicación de la ley al personal de seguridad. Los deberes de aplicación de la ley de los oficiales del orden público del distrito se enumeran en la política CKE(LOCAL). Los deberes de cumplimiento de la ley del personal del orden público del distrito incluyen, pero no se limitan a: 1. Patrullar las áreas asignadas en las escuelas. 2. Disuadir a visitantes no deseados que ingresen a las escuelas, identificando a todas las personas en el puesto de guardia en la entrada. 3. Asistir a los administradores escolares en la aplicación de las reglas y políticas del distrito escolar. 4. Denunciar cualquier posible actividad criminal a la administración escolar y a la policía. 5. Asistir al departamento de policía de UISD en la disuasión del crimen al mantenerse visible en todas sus áreas asignadas. 6. Permanecer alerta ante riesgos de seguridad, disturbios, infracciones de tráfico y actos sospechosos o personas en propiedad del distrito. 7. Mantener un ambiente seguro para todos los visitantes en propiedad del distrito escolar al denunciar y mantener una vigilancia constante ante riesgos de seguridad. 8. Denunciar cualquier incumplimiento de seguridad mientras patrullen las áreas asignadas en la escuela a la policía de UISD. 9. Presentar registros diarios de actividades y declaraciones escritas al ayudar a las administraciones y a la policía del distrito.
Las responsabilidades del personal de seguridad nocturno itinerante incluyen, pero no se limitan a: 1. Patrullaje de áreas asignadas. 2. Llevar a cabo una revisión física del edificio en todas las escuelas e instalaciones de UISD dentro de las áreas asignadas. 3. Responder a las llamadas de alarma enviadas de la estación de vigilancia de la compañía de alarmas. 4. Denunciar cualquier posible infracción delictiva que pudiera haber ocurrido en propiedad del distrito al oficial de policía de guardia de UISD. 5. Permanecer alerta ante riesgos de seguridad, disturbios, infracciones de tráfico, riesgos de incendio y actos sospechosos o personas en propiedad del distrito. 6. Denunciar cualquier infracción de seguridad en escuelas o instalaciones del distrito mientras patrullen por la noche.
GLOSARIO SUSTANCIAS CONTROLADAS y DROGAS PELIGROSAS: Las sustancias controladas o las drogas peligrosas incluyen, pero no se limitan a, marihuana; cualquier y todo tipo de drogas narcóticas, alucinógenos, estimulantes, depresivos, anfetaminas, barbitúricos o medicamentos recetados. (FNCF Local) Una sustancia, incluyendo una droga, un adulterante y un diluyente, enumerados en los anexos 1 al V o en el grupo de sanciones 1, 1-A, 2, 2-A, 3 o 4 de la Ley de Sustancias Controladas de Texas. El término incluye el peso agregado de cualquier mezcla, solución u otra sustancia que contenga una sustancia controlada. El término no incluye marihuana, como lo define el Código 121.001 de Agricultura o tetrahidrocannabinol (THC) en la marihuana. DROGA PELIGROSA: está definida por el Código 483.001 del Código de Salud y Seguridad como un dispositivo o medicamento que no es seguro para auto-medicarse y que no está incluido en los anexos 1 al V o en el grupo de sanciones 1 al 4 de la Ley de Sustancias Controladas de Texas. El término incluye un dispositivo o medicamento que la ley federal prohíba surtir sin receta o restrinja su uso o por órdenes de un veterinario certificado. ACOSO: Incluye 1. Conducta que cumple con la definición establecida en las políticas DIA(LOCAL) y FFH(LOCAL) del distrito o 2. conducta que amenace con ocasionar daño o lesiones corporales a otra persona, incluyendo a un estudiante del distrito, empleado, miembro de la mesa directiva o voluntario; es conductas sexualmente intimidante, ocasiona daños físicos a la propiedad de otro alumno, somete a otro estudiante a una reclusión o inmovilización física o perjudica maliciosa y considerablemente la salud o seguridad física y emocional de otro alumno, como se define en la Sección 37.001(b)(2) del Código de Educación, o 3. Conducta que se castiga como un delito según el Código Penal 42.07, incluyendo los siguientes tipos de conducta si se lleva a cabo con la intención de acosar, molestar, alarmar, abusar, atormentar o avergonzar a otros: a. Iniciar una comunicación y, en el curso de la misma, hacer un comentario, solicitud, sugerencia o propuesta que sea obscena, como lo define la ley; b. Amenazar, de una manera que razonablemente pueda alarmar a la persona que recibe la amenaza, infligir una lesión corporal a la persona o cometer un delito grave contra la persona, un miembro de su familia o contra su hogar o su propiedad; c. Comunicar, de una manera que razonablemente pueda alarmar a la persona que recibe la denuncia, una denuncia falsa que el denunciante sabe que es falsa, que otra persona ha sufrido la muerte o lesiones corporales graves y d. Enviar comunicaciones electrónicas repetidas de una manera que razonablemente pueda acosar, molestar, alarmar, abusar, atormentar, avergonzar u ofender a otros. MANOPLA: Como lo define el Código Penal de Texas 46.01, Significa cualquier instrumento que consista de anillos o protecciones hechas de una sustancia dura y diseñado o adaptado para ocasionar lesiones corporales graves o la muerte al golpear a una persona con la manopla en el puño. SOSPECHA RAZONABLE: Es lo que una persona común de inteligencia promedio y en su sano juicio creería. El Capítulo 37 requiere ciertas decisiones disciplinarias cuando el superintendente o persona asignada tenga sospecha razonable de que el estudiante participó en conducta que se castiga como delito grave. Al formarse tal sospecha razonable, el superintendente o persona asignada podría Determinación tomada por el superintendente o persona asignada que sugiera razonablemente una infracción al Código de Conducta del Estudiante u otras políticas o reglas escolares/del distrito utilizando utilizar toda la información disponible incluyendo el aviso del arresto de un estudiante según el Artículo 15.25 del Código de Procedimiento Criminal.
MANUAL DEL ESTUDIANTE - CICLO ESCOLAR 2019-2020 Promoción/retención: … En los grados 6-8, el avance al siguiente nivel de grado estará basado en el promedio general de 70 en una escala de 100, basado en los estándares del nivel de curso y del nivel de grado (conocimiento y habilidades esenciales) para las siguientes materias: inglés, lectura inglés y lectura (ELAR), matemáticas, ciencias y ciencias sociales. (Ver EIE LOCAL). Para los estudiantes de inglés (EL), la calificación del curso de gramática será determinada al promediar solamente la calificación del curso de inglés y de ESL. (ver política LOCAL EIE).
A los estudiantes que cursen de 6to a 8vo grado se les permitirá tomar cursos de verano para nivelación en no más de tres de las siguientes materias: inglés, lectura inglés y lectura (ELAR), matemáticas, ciencias y ciencias sociales.