ROMITA, GTO. Análisis de las propuestas de tasas y tarifas

Hoteles, cines, templos, hospitales, bancos, clubes deportivos, estaciones de .... I. De pared y adosados al piso o muro, anualmente, por metro cuadrado:.
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ROMITA, GTO. Análisis de las propuestas de tasas y tarifas aplicables a contribuciones municipales para el ejercicio fiscal de 2017

Contribuciones

Ley Ingresos

Iniciativa

Variación

2016

2017

Nominal

Cuotas al 3%

Comentario

I.- IMPUESTOS a) Predial Tasas: Los inmuebles que cuenten con un valor determinado o modificado: 1. A la entrada en vigor de la presente Ley: a) Inmuebles urbanos y suburbanos con edificaciones b) Inmuebles urbanos y suburbanos sin edificaciones c) Inmuebles rústicos

0.24% 0.45% 0.18%

0.24% 0.45% 0.18%

0.00% 0.00% 0.00%

2. Durante el año 2002 y hasta el año 2016, inclusive: a) Inmuebles urbanos y suburbanos con edificaciones b) Inmuebles urbanos y suburbanos sin edificaciones c) Inmuebles rústicos

0.24% 0.45% 0.18%

0.24% 0.45% 0.18%

0.00% 0.00% 0.00%

3. Con anterioridad al año 2002 y hasta el año 1993, inclusive: a) Inmuebles urbanos y suburbanos con edificaciones b) Inmuebles urbanos y suburbanos sin edificaciones c) Inmuebles rústicos

0.80% 1.50% 0.60%

0.80% 1.50% 0.60%

0.00% 0.00% 0.00%

4. Con anterioridad al año de 1993: a) Inmuebles urbanos y suburbanos con edificaciones b) Inmuebles urbanos y suburbanos sin edificaciones c) Inmuebles rústicos

1.30% 1.30% 1.20%

1.30% 1.30% 1.20%

0.00% 0.00% 0.00%

$241.00

$248.23

3.00%

Cuota mínima anual:

$248.23

b) Sobre traslación de dominio El impuesto sobre traslación de dominio se causará y liquidará a la tasa del___%

c) Sobre división y lotificación de inmuebles I. Tratándose de la división o lotificación de inmuebles urbanos y suburbanos II. Tratándose de la división de un inmueble por la constitución de condominios horizontales, verticales o mixtos III. Tratándose de inmuebles rústicos d) De fraccionamientos El impuesto de fraccionamientos se causará y liquidará por metro cuadrado de superficie vendible, conforme a la siguiente tarifa: I. Fraccionamiento residencial «A» II. Fraccionamiento residencial «B» III. Fraccionamiento residencial «C» IV. Fraccionamiento de habitación popular V. Fraccionamiento de interés social VI. Fraccionamiento de urbanización progresiva VII. Fraccionamiento industrial para industria ligera VIII. Fraccionamiento industrial para industria mediana IX. Fraccionamiento industrial para industria pesada X. Fraccionamiento campestre residencial XI. Fraccionamiento campestre rústico XII. Fraccionamiento turístico, recreativo-deportivo XIII. Fraccionamiento comercial XIV. Fraccionamiento agropecuario XV. Fraccionamiento mixto de usos compatibles e) Sobre juegos y apuestas permitidas El impuesto sobre juegos y apuestas permitidas se causará y liquidará a la tasa del___% f) Sobre diversiones y espectáculos públicos El impuesto sobre diversiones y espectáculos públicos se causará y liquidará a la tasa del ___%, excepto los espectáculos de teatro y circo, los cuales tributarán a la tasa del ___%

No se cambió la denominación del título a "Impuesto sobre adquisición de bienes inmuebles" 0.5%

0.5%

0.00%

0.90%

0.90%

0.00%

0.45%

0.45%

0.00%

0.45%

0.45%

0.00%

$0.47 $0.33 $0.33 $0.19 $0.19 $0.14 $0.19 $0.19 $0.26 $0.48 $0.19 $0.27 $0.48 $0.17 $0.30

$0.48 $0.34 $0.34 $0.20 $0.20 $0.14 $0.20 $0.20 $0.27 $0.49 $0.20 $0.28 $0.49 $0.18 $0.31

2.13% 3.03% 3.03% 5.26% 5.26% 0.00% 5.26% 5.26% 3.85% 2.08% 5.26% 3.70% 2.08% 5.88% 3.33%

12.60%

12.60%

0.00%

6.6%

6.6%

0.00%

4.8%

4.8%

0.00%

$0.48 $0.33 $0.33 $0.19 $0.19 $0.14 $0.19 $0.19 $0.26 $0.49 $0.19 $0.27 $0.49 $0.17 $0.30

g) Sobre rifas, sorteos, loterías y concursos El impuesto sobre rifas, sorteos, loterías y concursos se causará y liquidará a la tasa del___% h) Sobre explotación de bancos de mármoles, canteras, pizarras, basaltos, cal, calizas, tezontle, tepetate y sus derivados, arena, grava y otros similares I.  Por metro cúbico de tezontle II. Por metro cúbico de tepetate III. Por metro cúbico de arena IV. Por metro cúbico de grava

6%

6%

0.00%

$0.23 $0.23 $0.23 $0.23

$0.24 $0.24 $0.24 $0.24

4.35% 4.35% 4.35% 4.35%

$0.23 $0.23 $0.23 $0.23

0-10m3 $77.45 $83.68 $90.78

0-10m3 $84.27 $91.60 $98.78

8.81% 9.46% 8.81%

$79.77 $86.19 $93.50

20% 12% $150.74 $150.74

20% 12% $155.26 $155.26

0.00% 0.00% 3.00% 3.00%

$155.26 $155.26

$61.81

$63.66

2.99%

$63.66

$76.41

$78.70

3.00%

$78.70

Exento $32.52 $176.87 $608.50 $198.10 $107.54

Exento $33.50 $182.18 $626.76 $204.04 $110.77

3.01% 3.00% 3.00% 3.00% 3.00%

$33.49 $182.17 $626.75 $204.04 $110.76

$107.54

$110.77

3.00%

$110.76

$142.91

$147.20

3.00%

$147.19

$192.44 $108.95 $107.54 $152.82

$198.21 $112.22 $110.77 $157.40

3.00% 3.00% 3.00% 3.00%

$198.21 $112.21 $110.76 $157.40

$64.72 $50.92 $55.17 $42.44 $15.56

$66.66 $52.45 $56.83 $43.71 $16.03

3.00% 3.00% 3.01% 2.99% 3.02%

$66.66 $52.44 $56.82 $43.71 $16.02

$294.32

$303.15

3.00%

$303.14

$6,121.86

$6,305.52

3.00%

$6,305.51

$6,121.86

$6,305.52

3.00%

$6,305.51

$612.74

$631.12

3.00%

$631.12

$98.59 $213.39 $42.44 $127.34

$101.55 $219.79 $43.71 $131.16

3.00% 3.00% 2.99% 3.00%

$101.54 $219.79 $43.71 $131.16

II.- DERECHOS a) Por servicios de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición final de aguas residuales a) Base mínima micromedición b) Cuota mínima servicio de micromedición doméstico c) Precio mínimo base en micromedición servicio doméstico d) Cuota mínima fija e) % de indexación f) Servicio de drenaje g) Tratamiento de agua residual h) Precio de contrato de agua potable i) Precio contrato de descarga de agua residual b) Por los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos Los derechos por los servicios de limpia, recolección, traslado, tratamiento y disposición final de residuos, cuando medie solicitud, se causarán y liquidarán a una cuota de $ __ por m3. Por limpieza de lotes baldíos, se cobrará una cuota de $

por m2.

c) Por los servicios de panteones I. Inhumaciones en fosas o gavetas de los panteones municipales: a) En fosa común sin caja b) En fosa común con caja c) Por un quinquenio d) A perpetuidad II. Por exhumación de restos III. Por permiso para colocar lápida en fosa o gaveta IV. Por permiso para construcción de monumentos en panteones municipales V. Por permiso para el traslado de cadáveres para inhumación fuera del Municipio VI. Por permiso para la cremación de cadáveres VII. Por permiso para colocación de floreros en fosa o gaveta VIII. Por permiso para la construcción de gaveta IX. Por permiso para colocar barandal d) Por los servicios de rastro municipal Los derechos por la prestación del servicio público de rastro municipal, por sacrificio de animales, se causarán y liquidarán por cabeza, de acuerdo a la siguiente: TARIFA I. De ganado bovino con traslado II. De ganado bovino sin traslado III. De ganado porcino con traslado IV. De ganado porcino sin traslado V. De ganado ovicaprino e) Por los servicios de seguridad pública Por la prestación de los servicios de seguridad pública, cuando medie solicitud, se causarán y liquidarán derechos por elemento policial, a una cuota de $___ por jornada o evento, con duración máxima de ocho horas.

f) Por el servicio público de transporte urbano y suburbano en ruta fija I. Por el otorgamiento de concesión para la explotación del servicio público de transporte en las vías de jurisdicción municipal II. Por la transmisión de derechos de concesión sobre la explotación del servicio público de transporte III. Por refrendo anual de concesiones para la explotación del servicio público de transporte urbano y suburbano IV. Por permiso eventual de transporte público, por mes o fracción de mes V. Por permiso para servicio extraordinario, por día VI. Por constancia de despintado VII. Por revista mecánica semestral obligatoria o a petición del propietario

VIII. Por autorización por prórroga para uso de unidades en buen estado, por un año g) Por los servicios de tránsito y vialidad I. Por elemento, por jornada de hasta ocho horas o evento particular II. Por expedición de constancias de no infracción h) Por los servicios de estacionamientos públicos Los derechos por la prestación del servicio de estacionamientos públicos, se causarán y liquidarán a razón de $__ por hora o fracción que exceda de 15 minutos. Tratándose de bicicletas se pagará una cuota de $__ por día i) Por los servicios de obra pública y desarrollo urbano I. Por permiso de construcción: a) Uso habitacional: 1. Marginado, $__ por vivienda. 2. Económico, $__ por vivienda. 3. Media, $__ por m2. 4. Residencial o departamentos, $__ por m2. b) Uso especializado: 1. Hoteles, cines, templos, hospitales, bancos, clubes deportivos, estaciones de servicio y todos aquellos inmuebles en los que se introduzca infraestructura especializada, $__ por m2. 2. Áreas pavimentadas, $__ por m2. 3. Áreas de jardines, $__ por m2. c) Bardas o muros: $__ por metro lineal. d) Otros usos: 1. Oficinas, locales comerciales, salones de fiesta y restaurantes que no cuenten con infraestructura especializada, $__ por m2. 2. Bodegas, talleres y naves industriales, $__ por m2. 3. Escuelas, $__ por m2. II. Por permiso de regularización de construcción, se cobrará el _____ % adicional a lo que establece la fracción anterior de este artículo. III. Por prórroga de permiso de construcción, se causará solamente el _____ % de los derechos que establece la fracción I de este artículo. IV. Por autorización de asentamiento de construcciones móviles, por m2. V. Por peritaje de evaluación de riesgos, por m2 de construcción. En los inmuebles de construcción ruinosa o peligrosa, por m2 de construcción. VI. Por permiso de división. VII. Por permiso de uso de suelo, alineamiento y número oficial: a) Uso habitacional, $__. b) Uso industrial, $__. c) Uso comercial, $__. Tratándose de predios ubicados en zonas marginadas y populares que no formen parte de un desarrollo, se cubrirá la cantidad de $ _____ por obtener este permiso. VIII. Por autorización de cambio de uso de suelo aprobado, se pagarán las mismas cuotas señaladas en la fracción VII. IX. Por certificación de número oficial de cualquier uso. X. Por certificación de terminación de obra y uso de edificio: a) Por uso habitacional, $__. b) Para los demás usos distintos al habitacional, $__. Tratándose de predios ubicados en zonas marginadas y populares que no formen parte de un desarrollo, se exentará este concepto. j) Por servicios de práctica y autorización de avalúos I. Por avalúos de inmuebles urbanos y suburbanos, se cobrará una cuota fija de $ ___ más ___ al millar sobre el valor que arroje el peritaje. II. Por el avalúo de inmuebles rústicos que no requieran levantamiento topográfico del terreno: a) Hasta una hectárea, $__. b) Por cada una de las hectáreas excedentes, $__. c) Cuando un predio rústico contenga construcciones, además de la cuota anterior se aplicará lo que dispone la fracción I de este artículo sobre el valor de la construcción sin la cuota fija. III. Por el avalúo de inmuebles rústicos que requieran el levantamiento del plano del terreno: a) Hasta una hectárea, $__. b) Por cada una de las hectáreas excedentes hasta 20 hectáreas, $__. c) Por cada una de las hectáreas que excedan de 20 hectáreas, $__. IV. Por validación de avalúos de inmuebles urbanos, suburbanos y rústicos, se cobrará una cuota fija del _____ % sobre la cantidad que resulte de aplicar las fracciones I, II y III de este artículo.

$765.56

$788.53

3.00%

$788.52

$305.65 $52.35

$314.82 $53.92

3.00% 3.00%

$314.81 $53.92

$7.00

$7.00

0.00%

$7.21

$2.81

$3.00

6.76%

$2.89

$63.66 $261.78 $4.21 $5.65

$65.57 $269.63 $4.34 $5.82

3.00% 3.00% 3.09% 3.01%

$65.56 $269.63 $4.33 $5.81

$7.06

$7.27

2.97%

$7.27

$2.51 $1.24 $1.39

$2.59 $1.28 $1.43

3.19% 3.23% 2.88%

$2.58 $1.27 $1.43

$4.16

$4.28

2.88%

$4.28

$1.08 $1.08

$1.11 $1.11

2.78% 2.78%

$1.11 $1.11

50%

50%

0.00%

50%

50%

0.00%

$4.16 $2.51

$4.22 $2.59

1.44% 3.19%

$4.28 $2.58

$4.16

$4.28

2.88%

$4.28

$145.74

$150.11

3.00%

$150.11

$294.34 $955.21 $636.78

$303.17 $983.87 $655.88

3.00% 3.00% 3.00%

$303.17 $983.86 $655.88

$36.78

$37.88

2.99%

$37.88

$49.50

$50.99

3.01%

$50.98

$333.95 $607.81

$343.97 $629.04

3.00% 3.49%

$343.96 $626.04

Exento

Exento

$48.56

$50.02

3.01%

$50.01

0.06%

0.06%

0.00%

$128.76 $4.21

$132.62 $4.34

3.00% 3.09%

$132.62 $4.33

$1,004.73 $128.76 $105.94

$1,034.87 $132.62 $109.12

3.00% 3.00% 3.00%

$1,034.87 $132.62 $109.11

30%

30%

0.00%

k) Por servicios en materia de fraccionamientos y desarrollos en condominio I. Por la revisión de proyectos para la expedición de constancias de compatibilidad urbanística, $ ____ por m2 de superficie vendible. II. Por la revisión de proyectos para la aprobación de traza, $ ____ por m2 de superficie vendible. III. Por la revisión de proyectos para la expedición del permiso de obra: a) Tratándose de fraccionamientos de tipo residencial, de urbanización progresiva, popular y de interés social, así como en conjuntos habitacionales y comerciales o de servicios, $ ___ por lote. b) En fraccionamientos de tipo campestre rústico, agropecuarios, industriales y turísticos, recreativo-deportivos, $___ por m2 de superficie vendible. IV. Por la supervisión de obra con base al proyecto y presupuesto aprobado de las obras por ejecutar se aplicará: a) El ___ en los fraccionamientos de urbanización progresiva, aplicado sobre el presupuesto de las obras de introducción de agua y drenaje, así como instalación de guarniciones. b) El ___ tratándose de los demás fraccionamientos y desarrollos en condominio. V. Por el permiso de venta, $__ por m2 de superficie vendible. VI. Por el permiso de modificación de traza, $ ____ por m2 de superficie vendible. VII. Por la autorización para la construcción de desarrollos en condominio, $_____ por m2 de superficie vendible. l) Por la expedición de certificados, certificaciones y constancias I. Certificados de valor fiscal de la propiedad raíz II. Certificados de estado de cuenta por concepto de impuestos, derechos y aprovechamientos III. Constancia de propiedad IV. Constancia de no propiedad V. Certificaciones que expida el Secretario del Ayuntamiento VI. Constancias que expidan las dependencias y entidades de la administración pública municipal, distintas a las expresamente contempladas en la presente Ley

m) Por servicios en materia de acceso a la información pública I. Por consulta, y la expedición por las primeras 20 hojas simples II. Por la expedición de la hoja simple vientiuno en adelante, por cada copia III. Por la impresión de documentos contenidos en medios magnéticos, por hoja IV. Por la reproducción de documentos en medios magnéticos Por la expedición de copias certificadas, hasta 5 hojas $___, y las subsecuentes $__ por cada hoja n) Por la expedición de permisos eventuales para la venta de bebidas alcohólicas Los derechos por la expedición de permisos eventuales para la venta de bebidas alcohólicas, se causarán y liquidarán a una cuota de $__ por día.

o) Por la expedición de licencias o permisos para el establecimiento de anuncios I. De pared y adosados al piso o muro, anualmente, por metro cuadrado: a) Adosados b) Autosoportados espectaculares c) Pinta de bardas II. De pared y adosados al piso o muro, anualmente, por pieza: a) Toldos y carpas b) Bancas y cobertizos publicitarios III. Permiso semestral por la colocación de cada anuncio o cartel en vehículos de servicio público urbano y suburbano IV. Permiso por día para la difusión fonética de publicidad a través de medios electrónicos en la vía pública: a) Fija b) Móvil: 1. En vehículos de motor 2. En cualquier otro medio V. Permiso por la colocación de cada anuncio móvil, temporal o inflable: a) Mampara en la vía pública, por día b) Tijera, por mes c) Comercios ambulantes, por mes d) Mantas, por mes e) Inflables, por día p) Por los servicios en materia ambiental

$0.12

$0.12

0.00%

$0.12

$0.12

$0.12

0.00%

$0.12

$1.88

$1.94

3.19%

$1.93

$0.12

$0.12

0.00%

$0.12

0.6%

0.6%

0.00% 0.00%

0.9%

0.9%

$0.12

$0.12

0.00%

$0.12

$0.12

$0.12

0.00%

$0.12

$0.12

$0.12

0.00%

$0.12

$32.52

$33.50

3.01%

$33.49

$76.40

$78.69

3.00%

$78.69

$32.52 $32.52 $76.40

$33.50 $33.50 $78.69

3.01% 3.01% 3.00%

$33.49 $33.49 $78.69

$32.52

$33.50

3.01%

$33.49

Exento

Exento

$0.74

$0.76

2.70%

$0.76

$1.39

$1.43

2.88%

$1.43

$30.90

$31.83 $78.69 $5.00

3.01%

$31.82

$1,567.97

$1,615.01

3.00%

$1,615.00

$486.72 $70.30 $64.90

$501.32 $72.41 $66.85

3.00% 3.00% 3.00%

$501.32 $72.40 $66.84

$688.14 $99.50

$708.78 $102.49

3.00% 3.01%

$708.78 $102.48

$87.61

$90.24

3.00%

$90.23

$30.90

$31.83

3.01%

$31.82

$76.41 $7.62

$78.70 $7.85

3.00% 3.02%

$78.70 $7.84

$15.29 $45.26 $76.41 $45.26 $60.31

$15.75 $46.62 $78.70 $46.62 $62.12

3.01% 3.00% 3.00% 3.00% 3.00%

$15.74 $46.61 $78.70 $46.61 $62.11

I. Permiso para podar árboles, por árbol II. Permiso para derribar árboles, por árbol III. Dictamen forestal sobre árboles que se encuentren en propiedad particular, a petición de parte, por dictamen q) Por los servicios de casa de la cultura I. Por talleres artísticos, por mes II. Por curso de verano r) Por los servicios de asistencia social y salud pública Por los servicios de salud: a) Por consulta general b) Por consulta psicológica c) Por sesión de terapia de rehabilitación

$32.36 $32.36

$33.33 $33.33

3.00% 3.00%

$33.33 $33.33

$152.82

$157.40

3.00%

$157.40

$43.87 $144.34

$45.19 $148.67

3.01% 3.00%

$45.18 $148.67

$43.87 $43.87 $43.87

$45.19 $45.19 $45.19

3.01% 3.01% 3.01%

$45.18 $45.18 $45.18

s) Por servicios de alumbrado público I. Mensual $88.28

-100.00%

$176.56

-100.00%

II. Bimestral

APROVECHAMIENTOS a) Recargos: 1. Sin prórroga 2. Con prórroga b) Gastos de ejecución

3% 2% 2%

3% 2% 2%

0.00% 0.00% 0.00%

Se sugiere verificar las tasas por este concepto en la $90.92 iniciativa, ya que se encuentran dos tarifas referenciadas por periodo. Se sugiere verificar las tasas por este concepto en la iniciativa, ya que se encuentran dos tarifas $181.85 referenciadas por periodo.