Lima,
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No 040-2018-MtDts
VISTO:
El lnforme N'32-201&M|O|S/SG/OGPPM, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modemización
;
CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N' 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e lnclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, consignándose su rectoria en materia de desanollo social, superación de la pobreza y promoción de la inclusión y equidad social, así como de la protección social de las poblaciones en situación de riesgo, vulnerabilidad y abandono; Que, en tal sentido, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 6 de la citada Ley, son competencias exclusivas del Ministerio de Desarrollo e lnclusión Social, formular, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de desanollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las y los riesgos soc¡ales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la ítica social universal, regular, de competencia sectorial:
Que, mediante Decrelo Supremo
N'
027-2007-PCM,
y
normas modifcatorias, se
las Políticas Nacionales de obl¡gatorio cumd¡miento para las entidades del Gobierno
Que, de acuerdo con el artículo 3 del citado Decreto Supremo N'027-2007-PCM, mediante resolución ministerial del sector respectivo, los Ministerios publicarán las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales de su competencia: Que, según el numeral 7.2.5.de la Directiva N'001-201GPCM/SC, "Lineamientos para la aprobación de indicadores de desempeño y metas de las Políticas Nacionales del Decreto Supremo N" 027-2007-PCM, y sus modif¡catorias, y para la presentación de lnformes de Evaluación', aprobada mediante Resolución Ministerial No 064-20'16-PCM; las Entidades Ejecutoras deberán aprobar mediante resolución ministerial, la matriz que contiene los productos o actividades prioritarias. indicadores y metas:
Que,
la
Oftcina General
de
Planeamiento, Presupuesto
y
Modernización, en
coord¡nac¡ón con diversos órganos de la Sede Central y Programas Sociales adscritos al MlDlS,
ha formulado las metas concretas y los indicadores de desempeño para
evaluar semestralmente el cumplimiento de las politicas nacionales y sectoriales de su competencia durante el año 2018, habiendo tomado en consideración para ello los indicadores, metas y lineamientos establecidos por los Ministerios Supervisores de las citadas Polfticas Nacionales, los cuales han validado dicha información a través del Sistema Nacional de Pollticas Nacionales - SISPNAC, habilitado por la Secretaría de Coordinación de la Presidencia del Consejo de
i.tictl)
Que, por lo expuesto, resulta necesario aprobar lar metas e indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las políticas nacionales y sectoriales de competencia del MIDIS durante el año 2018, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N" 027-2007-PCM, y normas modificatorias, así como por la Resolución Ministerial No 06+201GPCM que aprueba la Directiva N'001-201GPCM/SC:
Que, contando con et visado del Despacho Viceministerial de Polfticas y Evaluación Social, del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, de la Secrelaría General, de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina General de Asesoría Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N'29f 58, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N" 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desanollo e Social, y su Reglamento de Organizac¡ón y Funciones, aprobado por Decreto N' 00G20'17-MlDlS, modificado por Decrelo Supremo N' 008-2017-MlDlS; y el ,f.lor Supremo N' 027-2007-PCM y normas modificatorias, € .'§.
SE RESUELVE:
Artículo l.- Aprobación de Metas e lndicadores de Desempeño Aprobar las metas e indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políücas Nacionales y Sectoriales de competencia del Ministerio de
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Desarrollo e lnclusión Social durante el año 20'18, de acuerdo con lo establecido por el Decreto Supremo No 027-2007-PCM y normas modificatorias, y que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de las melas e indicadores de desempeño aprobados en el artículo precedente, en el Portal lnstitucional del Ministerio de Desarrollo e lnclusión Social 04r'/\4.m!d!s.@.,p9), el mismo dia de la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano, y su remisión a la Secretaría de Coordinac¡ón de la Presidencia del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
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