REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN DISONARTE 2017 Disonarte Colombia es un encuentro empresarial y artístico de diferentes agentes e instituciones que han realizado alianzas estratégicas para impulsar el desarrollo de la industria musical y la cultura digital. En el festival se congregan agrupaciones de diversos géneros y lugares del país. En el 2015 contamos con más de 14 agrupaciones en escenario del país de Venezuela, de Ibagué, Santa marta, Cartagena y Barranquilla; con más de 60 músicos, diversos productores musicales, gestores, ingenieros, realizadores audiovisuales, diseñadores gráficos, entre otros; y alrededor de 800 asistentes al concierto principal en Ibagué. En 2016 se realizó la Gira Disonarte Tolima. En esta gira se llevó el festival a varios municipios, lo que permitió la circulación de más de 15 agrupaciones y la integración de diversos colectivos culturales y artísticos que fomentaron e impulsaron los microcircuitos. Para el año 2017 contaremos con un cartel nacional e internacional producto de la gestión y procesos de emprendimientos realizados por las organizaciones y empresas que hacen parte del festival Disonarte, buscando el crecimiento y la expansión de fronteras en que la música de Ibagué y el Tolima puedan llegar. Este proceso se realizara en las siguientes etapas.
GIRA COLOMBIA 2017 CALI-MANIZALES-PEREIRA-BOGOTÁ En cada una de las ciudades se seleccionará una agrupación y/o circuito local como enlace para la réplica y coordinación del evento Disonarte. En este evento se convocarán y tocarán tres (3) agrupaciones locales de las cuales se seleccionará una (1) a través de un concurso interactivo llamado #mibandagira para participar en el concierto de cierre de la gira en la ciudad de Ibagué.
IBAGUE 2017 Conciertos y Feria Empresarial En esta etapa se desarrollará la circulación de las agrupaciones ganadoras en el Disonarte Circuito Colombia entre Bogotá, Manizales, Pereira y Cali, así como cuatro agrupaciones ganadoras de la ciudad de ibagué. En Disonarte Ibagué circularán las agrupaciones de Colombia y Perú, más la participación de las agrupaciones nacionales designadas por los festivales de la red. En este espacio se contará con una feria empresarial, con exponentes en el área de nuevas tecnologías, productoras, espacio para emprendimiento, gastronomía, entre otros. El festival Disonarte es creado por EcoMusicSound y DarkDragon Productions, empresas de la ciudad de Ibagué, las cuales en su proceso de emprendimiento por crear espacios y generar música hacen parte de las agrupaciones MadTime e Impromtus Ad Mortem, quienes son las cabezas locales de las giras y quienes participan activamente del festival en sus diversas fechas invitando a los músicos de la región a unirse a este proceso cultural y empresarial. Estas agrupaciones podrán o no hacer parte de cada festival según disposición del cartel y de los miembros que pueden manifestar su intención o imposibilidad de participar de alguna de las actividades que el festival organiza. Los siguientes requisitos se aplican a la convocatoria del festival Disonarte 2017. Sin embargo, los participantes deberán revisar cuidadosamente los requisitos específicos de participación de la convocatoria con el fin de determinar si aplica alguna excepción a los lineamientos que a continuación se establecen.
1. MODALIDADES DE ENTREGA DE ESTÍMULOS DISONARTE IBAGUE 2017 Aplica unicamente para agrupaciones del departamento del Tolima Número de estímulos: Hasta cuatro (4) agrupaciones Fecha de apertura: 01 de agosto de 2017 Fecha de cierre: 13 de agosto de 2017 Estimulos:
Las propuestas que queden seleccionadas en el proceso de convocatoria tendrán los siguientes incentivos por su participación en festival. 1.1. Estímulo económico: Estímulo que se otorga para suplir gastos de transporte y preparación del show que realizaran en el festival. Este monto corresponde a la suma de Cuatrocientos mil (400.000) pesos m/cte. 1.2. Grabación de Audio: Disonarte cuenta con el apoyo técnico y logístico para realizar la captura de audio en vivo con el fin de entregarles a las agrupaciones al menos un (1) tema de los que interpreten, el cual será mezclado y masterizado. 1.3. Grabación de Video Live: La agrupación tendrá material audiovisual en formato FULLHD de su presentación, el cual será difundido en los canales oficiales del festival. 1.4. Asesoramiento: Las agrupaciones ganadoras tendrán asesorías de producción, gestión y circulación para fortalecer sus proyectos musicales.
DISONARTE COLOMBIA 2017 Bogotá, Manizales, Pereira y Cali. Aplica unicamente para agrupaciones del departamento del Tolima Número de estímulos: Hasta cuatro (4) agrupaciones Fecha de apertura: 01 de agosto de 2017 Fecha de cierre: 13 de agosto de 2017 Estimulos:
Las propuestas que queden seleccionadas en el proceso de convocatoria tendrán los siguientes incentivos por su participación en festival. 1.1.
Participación: Hacer parte de minimo uno (1) de los conciertos de la gira COLOMBIA 2017 Bogotá, Manizales, Pereira y Cali.
1.2.
Estímulo de transporte: Estímulo que se otorga para solventar gastos de transporte e hidratación en la ciudad donde se realice el festival.
1.3.
Prensa y publicidad:
1.4. Asesoramiento: Las agrupaciones ganadoras tendrán asesorías de producción, gestión y circulación para fortalecer sus proyectos musicales.
2. ¿QUIÉNES PUEDEN PARTICIPAR Las convocatorias del festival Disonarte de la ciudad de Ibagué están dirigidas a agrupaciones de músicas urbanas alternativas. Los interesados deberán revisar el perfil específico que se exige, de conformidad con las particularidades de cada convocatoria (edad, localización, trayectoria, entre otros). 2.1. Agrupaciones: Se entiende por agrupación un conjunto de personas mayores de 18 años, reunidas informalmente que presentan una propuesta en la que participan activamente en su creación o ejecución. Estas personas deberán
nombrar un representante, el cual será el canal de comunicación con el Festival Disonarte y asumirá las funciones respectivas para efectos de la convocatoria. Todos los integrantes de la agrupación deben tener absoluta disponibilidad para asumir los compromisos propios de la aceptación del estímulo en caso de resultar ganadores, y ser solidariamente responsables de su estricto cumplimiento. Los integrantes de la agrupación deberán ser residentes y/o estar domiciliados en la ciudad de Ibagué, excepto en aquellas convocatorias que establezcan lo contrario. Nota: Cada participante (sea persona natural, persona jurídica o agrupación) podrá presentar una (1) única propuesta en cada convocatoria. En este sentido, un integrante de una agrupación o de una persona jurídica, no podrá ser parte de más de una (1) propuesta en una (1) misma convocatoria. Así mismo, quien participe como persona natural no podrá presentarse como parte de una agrupación o de una persona jurídica de manera simultánea en la misma convocatoria.
3. ¿QUIÉNES NO PUEDEN PARTICIPAR? No podrán participar en las convocatorias del Festival Disonarte: 3.1. Personas menores de edad. 3.2. Personas que no cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria. 3.3. Las personas que formen parte del jurado, en la misma convocatoria que evalúan, así como su cónyuge o compañero(a) permanente, sus parientes hasta el segundo grado de consanguinidad (hijos, padres, abuelos, nietos,hermanos), segundo de afinidad (yerno, nuera, suegros, abuelos del cónyuge,cuñados), o primer grado de parentesco civil (padres adoptantes e hijos adoptivos).
4. DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA PARTICIPAR Para participar en las convocatorias del Festival Disonarte, el interesado deberá presentar los siguientes documentos de conformidad con las condiciones y en los plazos establecidos para cada convocatoria en particular. Nota: Tenga en cuenta que el proceso de participación se deberá realizar a través del correo electrónico oficial del festival, razón por la cual toda la documentación requerida se diligenciará y recibirá a través de dicha plataforma.
4.1. Documentos formales Son comunes a todas las convocatorias y de carácter subsanable. Los participantes deberán ingresar al siguiente vínculo: https://goo.gl/vY7hiC y diligenciar en línea el formulario único de inscripción y aceptación de condiciones de participación, de participante a través del cual presenta su propuesta. Finalizado este proceso se entiende que el participante aceptó las condiciones y los términos de participación. 4.2. Condiciones de participación: - El participante deberá contar con una trayectoria artística mínima de dos (2) años. - Un músico podrá inscribirse sólo con una (1) propuesta a esta convocatoria 4.3. Documentos técnicos para evaluación: 4.3.1. Documento en formato PDF que contenga: A. Nombre de la agrupación. B. Hoja de vida artística o reseña de la agrupación. 4.3.2. Requerimientos Técnicos: Broshure Documento en formato PDF con la descripción de las necesidades técnicas requeridas por el participante, que contenga: A. Listado de canales (input list): indicar el número de canales en relación con Instrumentos, tipo de micrófono o cajas directas por canal, tipo de base para micrófono o accesorio. B. Plano de ubicación en tarima (stage plot): señalar las posiciones de instrumentos, intérpretes y demás elementos sobre el escenario. *Para el diseño del rider técnico, se recomienda consultar el Manual de Creación de Portafolios Musicales del Ministerio de Cultura, resaltando que estos deben corresponder a su propuesta y no ser la copia de estos ejemplos. http://www.mincultura.gov.co/proyectoeditorial/Documentos%20Publicaciones/CP M/CPM.pdf
4.4. Soportes de trayectoria Documento en formato PDF que contenga los soportes de trayectoria con las siguientes características: Adjuntar mínimo cuatro (4) soportes de trayectoria de los últimos dos (2) años: dos (2) de ellos durante el año 2015 y dos (2) entre enero de 2016 y el 30 de junio de 2017; los soportes deben contener nombre de la agrupación (este debe corresponder exactamente al nombre inscrito en esta convocatoria), fecha de presentación (mes y año) y datos de quien certifica (si aplica). Como soportes se
podrán aportar: Reseñas periodísticas, entrevistas, crónicas, artículos, programas de mano, flyers, afiches, entre otros (estos soportes podrán provenir de medios nacionales, internacionales, locales, alternativos, en línea y/o impresos). Vínculos (Links) de las redes sociales y/o plataformas digitales en internet. 4.5. Vínculos web de audio y video Los vínculos deben ser diligenciados en los campos habilitados en la plataforma para tal fin, de la siguiente manera: - Dos (2) vínculos (direcciones o links) y contraseñas (si aplica) de archivos de audio de dos (2) temas musicales interpretados por la agrupación previamente cargados en plataformas como soundcloud, deezer, itunes, spotify, goear entre otras. - Un (1) vínculo (dirección o link) y contraseña (si aplica) de archivo de video que muestre en un tema completo, la puesta en escena en vivo de la agrupación previamente cargado en plataformas como: youtube, vimeo entre otros (No se aceptarán videoclips, ni videos promocionales). Los documentos técnicos para la evaluación NO son subsanables; es decir, no presentarlos, presentarlos incompletos o presentarlos sin el cumplimiento de las condiciones previstas en este documento al momento de la inscripción implica que la propuesta será rechazada.
5. ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA PARTICIPAR Las inscripciones para participar se realizará únicamente a través del formulario de Google oficial del Festival Disonarte cuyo link encontrará al final de este documento. La recepción de información estará habilitada hasta el trece (13) de agosto de 2017. Hasta esta fecha siendo las 11:59 PM se permitirá recibir inscripciones. Una vez cerrada la convocatoria se verificará el cumplimiento de requisitos de participación de cada propuesta de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente documento. Aquellas propuestas que cumplan con los requisitos generales y específicos de participación de cada convocatoria, serán remitidas a evaluación por parte de los jurados designados. Una vez concluido el proceso de verificación, el resultado será publicado en las redes oficiales del Festival Disonarte de acuerdo con el cronograma establecido para dicho efecto de convocatoria. Es responsabilidad de los participantes hacer el seguimiento y verificación del estado de su propuesta en estas plataformas. Las propuestas serán clasificadas en los siguientes estados:
i. Propuestas habilitadas: presentan la totalidad de la documentación requerida (documentación formal y el contenido técnico para evaluación) y cumplen con las condiciones de participación general y específica. ii. Propuestas rechazadas: no presentan la documentación requerida o no cumplen con los requisitos de participación generales o específicos. iii. Propuestas con documentos por subsanar: no aportaron en el momento de la inscripción la documentación subsanable. Nota: El Festival Disonarte se reserva el derecho de realizar correcciones, cuando a ello hubiere lugar, sobre los estados o causales de rechazo publicadas, en cualquier etapa del proceso. 5.1. Subsanación y observaciones Publicado el listado de propuestas habilitadas, rechazadas y con documentos por subsanar, los participantes que no hayan presentado alguno de los documentos formales subsanables, contarán con un plazo de tres (3) días calendario para presentar el documento requerido. Si cumplido el término establecido no se lleva a cabo la subsanación, se procederá a rechazar la propuesta. Los participantes que consideren necesaria una aclaración sobre el proceso de verificación de sus documentos, podrán realizar una solicitud de aclaración del estado de su propuesta, antes de la fecha de envío de propuestas a evaluación de jurados, de acuerdo con el cronograma establecido para cada convocatoria. 5.2. Causales de rechazo: El Festival Disonarte aplicará el principio constitucional de la buena fe respecto de las manifestaciones efectuadas por los participantes en relación con el cumplimiento de las condiciones, los términos y los requisitos aquí establecidos. No obstante, rechazará las propuestas que incumplan con alguno de los requisitos de participación y de manera enunciativa en los siguientes casos: 5.2.1. El participante presentó dos (2) o más propuestas a la misma convocatoria. En ese caso ambas serán rechazadas. La prohibición se hace extensiva a presentar dos (2) o más propuestas, o dos (2) veces la misma propuesta, a cualquiera de los ciclos o categorías de una misma convocatoria. 5.2.2. El tipo de participante o el perfil del mismo no corresponden al ofertado en la convocatoria a la que aplica. 5.2.3. El participante no entregó alguno de los documentos formales solicitados durante el periodo subsanación.
5.2.4. Al participante se le solicitó alguna información a modo de aclaración y la misma no fue suministrada dentro del plazo establecido en la solicitud. 5.2.5. El participante no adjuntó uno o más documentos técnicos de la propuesta solicitados para evaluación del jurado. 5.2.6. El participante ha suministrado información que no es veraz o no corresponde a la realidad, con el fin de cumplir con un requisito de participación o mejorar la propuesta presentada para efectos de la evaluación. Lo anterior, sin perjuicio de que el Festival Disonarte adelante las acciones legales a que haya lugar. 5.2.7. El participante entrega documentos técnicos que no permiten su lectura, reproducción o la revisión completa de su contenido.
6. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Realizada la verificación de cumplimiento de requisitos (generales y específicos de participación), las propuestas que cumplan con los mismos serán evaluadas por un jurado compuesto por un número impar de expertos que deliberará y recomendará la selección de los ganadores de cada convocatoria. 6.1. Jurados El Festival Disonarte designará un número de expertos externos de reconocida trayectoria e idoneidad, quienes en calidad de jurados evaluarán las propuestas que cumplieron con los requisitos, emitirán un concepto escrito de las mismas, deliberarán y recomendarán la selección de los ganadores, previa suscripción de un acta en la que se dejará constancia de los criterios aplicados para efectuar la recomendación de ganadores, con argumentos técnicos claros, necesarios y suficientes. El jurado seleccionado tendrá las siguientes facultades: 6.1.1. Efectuar la recomendación de selección por unanimidad o mayoría simple. Su recomendación de selección será inapelable. 6.1.2. Recomendar que la convocatoria se declare desierta en su totalidad o en alguna de sus categorías o ciclos, si durante la deliberación encuentra por unanimidad que las propuestas evaluadas no ameritan el otorgamiento del estímulo. En este caso, el jurado expondrá las razones que tuvo en cuenta para tomar esta decisión. 6.1.3. Definir suplentes de los ganadores para los casos de inhabilidad, impedimento o renuncia. 6.1.4. Recomendar el otorgamiento de menciones a aquellas propuestas que considere, las cuales consignará en el acta de recomendación de ganadores. 6.1.5. Realizar recomendaciones a las propuestas ganadoras para que sean tenidas en cuenta durante la ejecución.
Nota: Si la convocatoria específica así lo determina, los participantes seleccionados por los jurados deberán asistir a sustentación en la fecha, hora y lugar determinados por el Festival Disonarte. En caso de que el representante de la agrupación o de la persona jurídica no pueda asistir a la sustentación convocada por el jurado, deberá delegar por escrito a uno de los integrantes de la propuesta. La no asistencia a la sustentación generará el rechazo de la propuesta. 6.2. Obligaciones de los jurados Con la aceptación de su nombramiento como jurado, el experto adquiere los siguientes compromisos que garantizan que su decisión se enmarque en los principios de transparencia y objetividad que soportan la convocatoria pública: 6.2.1. Leer detenidamente los requisitos generales y específicos de participación de la convocatoria de la cual es jurado, los cuales serán entregados por el Festival Disonarte. 6.2.2. Presentar por escrito a la entidad encargada, con la debida anterioridad, las consultas y solicitudes de aclaraciones sobre la convocatoria que debe evaluar (en ningún caso la entidad absolverá inquietudes formuladas verbalmente). 6.2.3. Una vez recibido el material para evaluación, verificar que se encuentre la totalidad de los proyectos asignados e informar cualquier inconsistencia a la entidad responsable de la convocatoria. 6.2.4. Declararse impedido, como mínimo cinco (5) días hábiles antes de la deliberación, para evaluar proyectos frente a los cuales identifique la existencia de impedimento, inhabilidad o conflicto de intereses, o frente aquellos en los que considere que no puede emitir un concepto objetivo. 6.2.5. Leer y evaluar, previamente a la deliberación, los proyectos de la convocatoria para la cual fue seleccionado como jurado. 6.2.6. Tener en cuenta para la evaluación de los proyectos los criterios de evaluación establecidos para cada convocatoria, y realizar la selección de conformidad con los principios de objetividad, trasparencia y autonomía. 6.2.7. Cumplir éticamente las obligaciones encomendadas como jurado, procurando siempre la observancia de los principios de igualdad, buena fe y dignidad humana consignados en la Constitución. 6.2.8. Mantener confidencialidad en el manejo de la información del proceso y del resultado de la convocatoria evaluada. 6.2.9. Abstenerse de hacer uso de la información a que accede en su condición de jurado, para cualquier objetivo diferente de la evaluación, respetando siempre los derechos de autor del participante. 6.3. Recomendación del jurado El Festival Disonarte acogerá la recomendación de selección de los ganadores efectuada por el jurado y para el efecto expedirá un acto administrativo. Nota 1: Una vez conocida la recomendación de los jurados, el Festival Disonarte revisará las inhabilidades, restricciones e incompatibilidades de los participantes seleccionados como ganadores. De encontrarse alguna causal que impida que el
participante sea acreedor del estímulo, procederá a retirarlo y a otorgar el estímulo a aquel que haya ocupado la suplencia, si a ello hubiese lugar. Nota 3: El Festival Disonarte no se hace responsable por las interpretaciones que realicen terceros respecto del contenido de las propuestas seleccionadas como ganadoras por el jurado experto.
7. OTORGAMIENTO DE LOS ESTÍMULOS El Festival Disonarte publicará en su sitio web el acta de recomendación de ganadores y la resolución por la cual se acoge dicha recomendación. Es responsabilidad de los participantes revisar la publicación de los documentos mencionados. 7.1. Documentación requerida El ganador de la convocatoria será notificado del acto administrativo que lo declara como beneficiario del estímulo vía correo electrónico, según autorización dada al momento de realizar la inscripción digital. La copia del acto administrativo recibida por el ganador vía correo electrónico surte todos los efectos jurídicos de acreditación de la calidad de ganador del Festival Disonarte. Es responsabilidad de los interesados revisar el correo electrónico suministrado para estos efectos. Una vez recibido el correo electrónico con la notificación, cuenta con cuatro (4) días hábiles para aportar los siguientes documentos en físico:
Copia del Documento de identidad del representante legal. Fotocopia del certificado de Registro Único Tributario (RUT) legible y actualizado. Un CD que contenga reseña biográfica del ganador de máximo dos (2) párrafos, reseña de la propuesta presentada de máximo dos (2) párrafos, y una fotografía reciente del ganador con resolución 300 dpi en formato JPG, para efectos de divulgación y memoria del proceso.
Estos documentos son indispensables para el desembolso del estímulo económico y la ejecución de la propuesta. No presentarlos dentro del término otorgado, se entenderá como la no aceptación del estímulo. En ese caso el Festival Disonarte adelantará los trámites administrativos a los que haya lugar, salvo en casos de fuerza mayor demostrables. Nota: La entidad otorgante podrá solicitar documentos adicionales, de acuerdo con la naturaleza de la convocatoria en particular, con el fin de garantizar la exitosa ejecución de las propuestas. 7.2. Desembolso estímulo económico Con la entrega a satisfacción por parte de los ganadores de los documentos requeridos, se iniciarán los trámites administrativos pertinentes que permitirán
realizar el desembolso del estímulo económico, el cual se efectuará de conformidad con lo establecido por el festival para las agrupaciones. Los desembolsos se harán previa certificación de cumplimiento expedida por la entidad otorgante, y estarán sujetos a la disponibilidad de recursos y a la programación de pagos que realice el festival Disonarte en el Programa Anual de Caja. 7.3. Derechos de los ganadores Son derechos de los ganadores de las convocatorias del Festival Disonarte: 7.3.1. Recibir el estímulo en los montos y condiciones señalados en la convocatoria. 7.3.2. Gozar de las acciones de divulgación que el Festival Disonarte realice dentro del ámbito de sus funciones y conforme a la disponibilidad de recursos con que cuenten las entidades otorgantes para tal efecto. 7.3.3. Recibir el monto del estímulo sin que se realice retención en la fuente. 7.3.4. Los que establezca la convocatoria a la que se presenta, de manera particular. Nota: En ningún caso el Festival Disonarte se hará responsable de intermediaciones o negociaciones privadas que los ganadores realicen con terceros, con relación a los recursos otorgados con el estímulo. En el mismo sentido, no se hace responsable de las negociaciones internas entre los integrantes de las agrupaciones con relación a los estímulos otorgados. 7.4. Deberes de los ganadores Los ganadores adquieren, con la aceptación del estímulo, los siguientes deberes ante las entidades que integran el Festival Disonarte: 7.4.1. Informar por escrito y con la debida anticipación a la entidad correspondiente, en caso de renunciar al estímulo otorgado. 7.4.2. Presentar la documentación requerida para el otorgamiento del estímulo en los plazos establecidos. Cuando no sea aportada en dichas fechas se entenderá como renuncia del estímulo, caso en el cual la entidad otorgante adelantará los trámites administrativos a los que haya lugar, salvo en casos de fuerza mayor demostrables. 7.4.3. Asistir puntualmente a las reuniones, audiciones, actividades de divulgación, prensa, presentaciones públicas o privadas que sean acordadas con el Festival Disonarte. 7.4.4. Participar en las actividades de seguimiento y evaluación que solicite el Festival Disonarte. 7.4.5. Aportar la documentación requerida por el Festival Disonarte para efectos de divulgación, compilación de memorias (textos explicativos de la propuesta, imágenes, fichas técnicas), seguimiento y evaluación, entre otros, en las fechas señaladas por el Festival Disonarte.
7.4.6. Acoger las observaciones que realice el jurado en el acta de recomendación de ganadores, y las que realice el Festival Disonarte durante la ejecución de la propuesta. 7.4.7. Informar oportunamente al Festival Disonarte en caso de efectuar alguna modificación a la propuesta ganadora por motivos de fuerza mayor. Para ello, debe presentar comunicación escrita haciendo la solicitud de modificación, argumentando la necesidad de los cambios. El Festival Disonarte se reserva la potestad de aprobar o no dichas solicitudes. En caso de ser necesario se solicitará una reunión con el ganador para revisar el tema. 7.4.8. Contar con el visto bueno del área encargada de Comunicaciones de la entidad otorgante, cuando se generen piezas de comunicación, con el fin de dar un adecuado uso a la imagen institucional. 7.4.9. Dar los créditos al Festival Disonarte en todas las actividades, eventos, entrevistas y demás acciones de divulgación que se desarrollen en la ejecución de la propuesta ganadora y en las piezas comunicativas que se generen en torno a ella. 7.4.10. Remitir, a la finalización del proceso, la encuesta de satisfacción diligenciada. 7.4.11. Los demás que señale la convocatoria en específico. Nota: En caso de que un ganador incumpla con alguno de los deberes estipulados en el presente documento, la entidad otorgante lo requerirá para que de las explicaciones pertinentes, para lo cual debe presentarse únicamente la persona natural ganadora, el representante legal de la persona jurídica o el representante de la agrupación, según corresponda al tipo de participante. De no atender dicho requerimiento dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes o no cumplir los compromisos acordados, la entidad procederá a retirar el estímulo de manera unilateral mediante acto administrativo, declarando su incumplimiento y se establecerá que el ganador no podrá participar por el término de los dos (2) años siguientes en las convocatorias del Festival Disonarte. En el caso de declaratoria de incumplimiento, la entidad otorgante solicitará mediante acto administrativo el reintegro de la totalidad de los recursos girados junto con sus intereses y actualizaciones, dentro de los treinta (30) días calendario siguiente de la notificación de dicho acto, y remitir copia de la consignación. En caso de no recibir el reintegro de los recursos en el plazo otorgado, la entidad otorgante agotará el procedimiento administrativo de cobro coactivo correspondiente.
8. FECHAS DE LA CONVOCATORIA
8.1. Apertura de inscripciones: Primero (01) de Agosto de 2017 8.2. Cierre de inscripciones: Trece de (13) de agosto de 2017 8.3. Cierre subsanaciones de documentos: Dieciséis (16) de agosto de 2017 8.4. Publicación de ganadores de la convocatoria: Veintisiete (27) de agosto de 2017
8.5. Entrega Documentación Requerida en el punto 7.1: Treinta uno (31) agosto de 2017
Link del formulario de inscripción: https://goo.gl/vY7hiC
Correo oficial del festival:
[email protected]
Plataformas oficiales: https://www.facebook.com/disonarte https://twitter.com/disonartefest https://www.youtube.com/disonartefestival http://instagram.com/disonartefest/
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