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N2 148-20O6-7IVIEND#
Lim a, 06 de Junio de 2006 Vistos el Inform e NO 001-2005-02-5303 - Exam en Especial a las exoneraciones de los procesos de selecciôn Periodo 2003 - 2004 y la Resolucidn M inisterialNO343-2O05-VlVIENDA' ,
CO NSIDERANDO :
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I osproQu ces eo,scd oe ns 0e 0l 1e c 2c0i é 0n 5-P 0e 2r5 i o3d0o32-00 E3 xame nEsel peOr qia laI ade sex onetr ac on eer sd e 2004, gano Audi or iai Int na -
considera que habria responsabilidad administrativa enelDirectorEjecutivo deI PARSSA;
Q ue,eladiculo 29O deIReglam ento de Organizaciôn y Funciones deI PARSSA aprobado por Resolucidn Ministerial NO O55-2000-PRES establece
que su personal estâ sujeto al régimen Iaboral de la actividad privada, asim ismo,de conform idad con lo dispuesto en eladiculo 56Ode su Reglam ento
Interno de Trabajo, las recomendaciones de los 6rganos de controiseràn
' %ô.% 'C*'*z ;)uestas porelCom ité de Honornom brado para este proceso' , .
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Que,enraz:ndequeelDirectorEjecutivode1ProgramadeApoyoaIa
dp ,,(s yso o'n-- eform a deI Sector Saneam iento - PARSSA ostenta el nivel F5, es decir,
ejerce elmâs alto rango de!citado Programa,y siendo necesario que estos funcionarios sean procesados poruna Comisi6n de Ia mâs alta jerarquîa del Sector, con Resoluci6n M inisterial NO 055-2004-V1VIENDA se designa al * 6 0 ** . $> dklvm ité de Honor encargado de llevaradelante es'to: procesos, elcualestarà
N--'-v- cAbformado por el viceministro de construcci6n y saneamiento como
dente elviceministro de vivienda y Urbanismo y elDirectorGeneralde f , XR/ > isciplinario que hubiese cometido en elejercicio de sus funciones dentro de ;Y wa términos seöalados en el adiculo anterior, aûn en el caso que haya .
t:pREsl eAN FTEg ncluidosuvinculo laboralconelEstado' , 1Soz y 4e 4 e.
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N2 148-2006-VIkIE%DA
respecto de Ias observaciones de Ios postores no admitidas por Ia entidad, demora aproxim adamente 3 meses,de m anera que frente a esta situacidn 88 dias resultaban insuficientes' ,
Que, Iuego deIanâlisis juridico a las observaciones deIInforme de vistos,revisarlos hechos y cotejarlos con Ios descargos presentados por el procesado,elComité de Honorllega a Ia conclusiôn que elDirectorEjecutivo deIPARSSA no es susceptible de sanciôn adm inistrativa por no considerar
esta Comisi6n Especialque haya existido daöo patrimonialen perjuicio deI
Estado resultante de Ia declaratoria de urjencia para la contrataciön de Ia
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supervisiôn,debido a que la afirm aci6n de1organo de controlde que se haya puesto ''en riesgo a Ia Entidad de no contratarservicios de calidad y a un costo
adecuado'',es una afirmaci6n subjetiva,pues se esté sugiriendo sin prueba alguna que el servicio contratado era de m ala calidad o sus costos fueron sobrevalorados,en ese sentido,sielörgano de control hubiese encontrado indicios razonables que ello fuera asi, debiera haberlo determ inado en el informe de control y establecido Ias responsabilidades civil o penal a que hubiere Iugar,cosa que no ha sucedido' , '
De conform idad con I o dispuesto por elDecreto Legislativo NO 276 y el Decreto Suprem o N*005-90-PCM ;
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SE RESUELVE:
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Articulo 1> .
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Declarar NO HA LUGAR Ia im posici6n de sanci6n
inistrativa Contra elDiredor Ejecutivo de1PARSSA,porno encontrérsele onsabilidad conform e a Ios fundam entos expuestos en Ia parte
kgt. q* etaq esdoisiderativadeIapresente Resoluciôn. p* p-. ,
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