protocolo - Conred

1 jul. 2016 - El requerimiento de recursos para atención de damnificados, se debe efectuar en el menor tiempo posible, considerando como mínimo:.
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A DENOMINACIÓN Protocolo de Solicitud Oficial de Recursos–CONRED-.

PROTOCOLO FECHA DE ELABORACION 21 Agosto 2009

FECHA DE ACTUALIZACION 01 Julio 2016

PROPOSITO: Establecer el procedimiento de solicitud oficial de Recursos en situaciones de riesgo, emergencia o desastres –RED-, misma que garantice una respuesta eficaz y eficiente a las necesidades de la población más vulnerable y que a la vez permita rendir cuentas. CONDICIONES DE REGULACION Al presentarse una situación RED en el territorio Guatemalteco debe activarse y cumplir el presente protocolo. Basarse en el decreto 101-97 de la ley orgánica del presupuesto, Decreto 114-97, ley del Organismo Ejecutivo, Reglamento 49-2012 de la ley 109-96 de la CONRED. 1. 2. 3. 4.

5. 6.

7.

Activar las coordinadoras para la reducción de desastres en los diferentes niveles de coordinación (debe realizarse acta de activación) o Centro (s) de Operaciones de Emergencia. Declarar y divulgar el color de alerta, a nivel municipal o departamental (debe realizarse acta de declaratoria). Realizar las evaluaciones de daños locales –EDAL- o Evaluación de daños y análisis de necesidades – EDAN- (Vuelos de reconocimiento, reconocimiento terrestre, encuestas por muestreo). Las evaluaciones efectuadas deben incluir criterios técnicos y contar por lo menos con: 4.1Participación de organizaciones civiles, ONG, representantes locales reconocidas por el sistema. 4.2 Valoración inicial del daño. 4.3 Análisis de necesidades prioritarias de primera respuesta en ayuda o asistencia humanitaria. 4.4 Selección objetiva de beneficiarios. El responsable de la Coordinadora Municipal para la Reducción de Desastres –COMRED- o Coordinadora Departamental para la Reducción de Desastres –CODRED-, según el orden debe compilar los formularios EDAL o EDAN. Una vez superada la capacidad de responder con sus propios recursos por parte de la Coordinadora para la reducción de Desastres o COE activo debe enviar la solicitud de ayuda o asistencia humanitaria al COE permanente de la SECONRED acompañados de al menos uno de los siguientes documentos: EDAN, cuadros de situación e informes de situación (firmado y sellado por la máxima autoridad o persona nombrada oficialmente). El requerimiento de recursos para atención de damnificados, se debe efectuar en el menor tiempo posible, considerando como mínimo: 7.1 Impacto directo del evento (no emergencias o desastres pasados). 7.2 Activación de funciones de soporte según el plan nacional de respuesta y el plan jurisdiccional. 7.3 Recursos prioritarios SOLICITADOS describiendo la cantidad, tipo, ubicación, Acciones desarrolladas por las instituciones, Recursos facilitados localmente, Instalaciones habilitadas, Alertas declaradas.

8. 9. 10. 11. 12. 13.

La SECONRED a través de la Dirección de Respuesta –DRE-, evalúa la solicitud de ayuda y asistencia humanitaria utilizando los lineamientos y criterios establecidos en manuales, normas, procedimientos y protocolos. Cuando la DRE determine que el requerimiento si cumple con los criterios de primera respuesta y los descritos en este protocolo se traslada al numeral catorce (14.) Cuando la DRE determina que el requerimiento esta fuera de los criterios de primera respuesta, será dirigido al despacho superior para su aprobación o no (Numerales 12 y 13). Cuando la DRE determine que el requerimiento no cumple con los criterios de primera respuesta y los criterios descritos en este protocolo serán dirigidos a la coordinadora para la reducción de desastres o COE activo; retornar al numeral cuatro (4.) El despacho superior “no” aprueba se da por finalizado el proceso. El despacho superior “si” aprueba, traslada oficio con Vo. Bo a la DRE para su seguimiento.

14. La DRE a través del COE permanente ingresa al Sistema de Manejo Integrado en caso de Emergencia o Desastre –SISMICEDE-, los requerimientos de ayuda o asistencia humanitaria, dirigiéndolos a funciones de soporte, secciones, oficiales, coordinación, (según PNR y PIR – SECONRED-) de acuerdo a su competencia. 15. Toda vez se esté dando respuesta parcial a los requerimientos, la función, sección, oficiales o coordinación debe informar a la DRE sobre sus acciones, tiempo estimado de entrega, cantidades a entregar, forma de entrega, algún tipo de regulación o requerimientos para su entrega y de la gestión para la obtención de la cantidad restante. 16. Toda vez se dé respuesta total a los requerimientos, la función, sección, oficiales o coordinación debe informar a la DRE sobre sus acciones, tiempo estimado de entrega, forma de entrega, algún tipo de regulación o requerimientos para su entrega. 17. Cuando ya se haya realizado la entrega total de los requerimientos la función sección, oficiales o coordinación debe de asegurar la entrega de informe o documento oficial a la DRE, para su ingreso al SISMICEDE. 18. Al tener toda la documentación y respuesta a los requerimientos se da por finalizado el protocolo.