PRECIO 0.015 INCLUDO IGV PRE PRECIO ECIO O POR PPOR PO OR PALABRA: PPALABRA: ALA AL A LLA AB BR BRA RA RA: 00.0 0. 0.015 ..00015 1155 INC IIN INCLUDO NC N CLU LUD UD U DO IIGV GV GV
CRÓNICA CRÓNICA CR C RÓN Ó IC ICA A
JUDICIAL JJUDICIAL JU UD DIIC CIIA AL L
del Chiclayo, 15 00115 015 22015 el 2015 dde rree del bbre mbr ieem iem ptie eeppt ept sseptiembre e septiembre dde 2 de 112 baaaddo 12 ábbad ssábado sá o, o, sábado yyo, la layo cla hhiiccl Chiclayo, Chi Ch C
11
04 de setiembre del 2015
PROCLAMACIÓN DEL COMITÉ DISTRITAL DEL CAFAE-LAMBAYEQUE En acto protocolar, el Comité Distrital de Administración de Fondo de Asistencia y Estímulo del Poder Judicial -CAFAE- Lambayeque, para el periodo 2015-2017, fue proclamado y juramentado, tras ser el ganador del reciente proceso electoral en el que participaron los trabajadores jurisdiccionales y administrativos de este Distrito Judicial. El Comité Electoral proclamó y entregó las credenciales a la lista ganadora conformada por los señores: Karina Mercedes Gonzáles Paredes, Rosa Lucía Atoche Gallardo (primer y segundo miembro titular respectivamente). De igual forma, los señores Luis Alberto Hurtado Lázaro y William Fernando Celis Rivas (primer y segundo miembro suplente). Asimismo, por encargo de la secretaria de actas del Comité Electoral Nacional CAFAE
PJ-2015, Carmen Liliana Cabello Orihuela, se realizó la proclamación y entrega de credencial a la señora María del Pilar Arana Del-
gado, miembro suplente de la lista ganadora del Comité Nacional del CAFAE-PJ, para el periodo 2015-2017. Acto seguido se procedió a
tomar el juramento de Ley, comprometiéndose los integrantes del Comité Distrital a desempeñar fielmente el cargo conferido.
Saludo y votos por su bienestar general:
AL DISTRITO DE LA VICTORIA POR XXXI ANIVERSARIO DE CREACIÓN POLÍTICA La Titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, Mg. Ana Elizabeth Salés del Castillo, saluda de manera especial al Distrito de La Victoria, en este XXXI Aniversario de Creación Política y lo hace a través de su Señor Alcalde, el Lic. Ad. Anselmo Lozano Centurión, formulando votos porque su gestión, con el apoyo de todos los pobladores, siga constituyendo un ejemplo de trabajo para sus homólogos. El citado burgomaestre ha cursado gentil invitación a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, a fin de que participe en las diferentes actividades programadas por este nuevo aniversario. En este marco, destaca la Ceremonia Central y el Desfile Cívico Militar de Aniversario, el día domingo 13 de setiembre, a partir de las 08:45 a.m. (Misa Te Deum), 10:00 a.m. (Paseo de la Bandera), 10:30 a.m. (Izamiento del Pabellón Nacional), 11:00 a.m. ( Desfile Cívico Militar).
EN ESTA EDICIÓN: HOY SÁBADO 12 EN AUDITORIO DE UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA - SEDE JAÉN, COLEGIO DE NOTARIOS PROGRAMA CHARLA SOBRE “LA FUNCIÓN NOTARIAL Y REGISTRAL EN EL DESARROLLO SOCIO- ECONÓMICO DEL PAÍS”; DEL MARTES 20 AL SÁBADO 24 DE OCTUBRE, I CONGRESO NACIONAL DE ESTUDIANTES DE DERECHO; HAGAMOS EL MILAGRO DE LA FAMILIA; ETC.
2
CRÓNICA
Chiclayo, sábado 12 de septiembre del 2015
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
Chiclayo, sábado 12 de septiembre del 2015
1. REMATE JUDICIAL
REMATES BIENES INMUEBLE
Telf: 481030 - 239182
AVISO DE PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE JUDICIAL Expediente N° 1742-2003-0-1701-JCI-4° en las seguidos por SERVICIOS COBRANZAS E INVERSIONES SAC, sucesor procesal de SCOTIABANK PERU S.A.A (antes Banco Wiese Ltdo. y luego Banco Wiese Sudameris), contra EVA DIAZ VASQUEZ, Intervienen en calidad de TERCEROS ACREEDORES NO EJECUTANTES DON LUIS ALBERTO AGUIRRE RAMIREZ, DON SANTOS ANGEL YAPANGO FACUNDO, SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SUNAT, Intendencia de la Provincia de Chiclayo, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, por orden del CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE LA PROVINCIA DE CHICLAYO a cargo del Señor Juez Dr. EDWIN EDUARDO SIADEN DIAZ, Secretario Judicial: Dr. GERMAN SURITA GARCIA. REMATARE en PRIMERA CONVOCATORIA el siguiente bien: Inmueble ubicado en la Avenida Belaunde Terry N° 379 - Urbanización La Primavera II ETAPA - Distrito y Provincia de Chiclayo - Departamento de Lambayeque, cuya área, linderos, medidas perimétricas y dominio se encuentra inscritos en la Partida Electrónica N° 02006105 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II - Sede Chiclayo VALOR DE TASACION: U$ 62,366.64 (sesenta y dos mil trescientos sesenta y seis mil con 64/100 dólares americanos). BASE DEL REMATE: US$ 41.577.7B (CUARENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON 76/100 DOLARES AMERICANOS), que son las dos terceras partes de la Tasación. AFECTACIONESVIGENTES: 1.- HIPOTECA a favor del BANCO WIESE LIMITADO hasta par la suma de US$ 39.336.22; inscrita en el Asiento 4-D de la Ficha Registral N° 7409, hoy Partida Electrónica N° 02006105 del Registra de Propiedad inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. 2.EMBARGO, por Resolución Coactiva N° 0730070018796 de fecha 15/12/05, en la ciudad de Chiclayo, expedida par la Superintendencia de Administración Tributaria, ejecutor coactivo Franco Manuel Vásquez Becerra, se resuelve: TRABAR EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, HASTA POR LA SUMA DE S/. 27.000.00 (VEINTISIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES) sobre el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de la deudora tributaria Eva Diaz Vásquez. Así y más consta en el Exp. 07306019191 sobre Cobranza Coactiva; inscrito en el Asienta D 0001 de la Partida Electrónica N° 02006105 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. 3.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, por Resolución N° 02, de fecha 31/07/08, expedida por el Juez del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Jose Leonardo Ortiz; Especialista Legal Héctor Alejandro Rojas Mendoza, se resuelve: TRABAR MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN sobre el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de Eva Díaz Vásquez hasta por la suma de S/. 90,000.00 Nuevos Soles; inscrito en el
Asienta D 00002 de la Partida Electrónica N° 020006105 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. 4.- EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, por Resolución N° 02, de fecha 24/10/08, expedida por el Juez del Juzgado Mixto del Módulo Básico de Jose Leonardo Ortiz; Especialista Legal Héctor Alejandro Rojas Mendoza, se resuelve: TRABAR MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN sobre el inmueble inscrito en esta partida de propiedad de Eva Díaz Vásquez hasta por la suma de S/. 180,000.00 Nuevos Soles; inscrito en el Asienta D 00003 de la Partida Electrónica N° 02006105 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. 5.CAMBIO DE DENOMINACION, se deja constancia que el Acreedor de la Hipoteca inscrita en el Asienta 40 de la ficha N° 7409, constituida a favor del Banco Wiese Ltdo. (Luego Banco Wiese Sudameris) Cambia de denominación Social a SCOTIABANK PERU SAA., según consta inscrito Asiento B0001 de la P.E. N° 11000937 del Registro de Personas Jurídicas de Chiclayo. Así y más consta por Escritura Pública N°16454 del 27/11/2008 otorgada por ante NOTARIO PUBLICO RICARDO ORTIZ DE ZEVALLOS VILLARAN en la ciudad de Lima, inscrito en el Asiento D 00004 de la Partida Electrónica N° 02006105 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. 6.- CESION DE GARANTÍA HIPOTECARIA:. SERVICIOS, COBRANZAS E INVERSIONES SAC adquiere la posición da esta Partida, en mérito a la CESION en su favor por el acreedor Originario (CEDENTE): SCOTIABANK, merito al cambio de denominación efectuado. Así y más consta por Escritura Pública N° 16454 del 27/11/2008 otorgada por ante NOTARIO PUBLICO RICARDO ORTIZ DE ZEVALLOS VILLARÁN en la ciudad de Lima, inscrito en el Asiento D 00005 de la Partida Electrónica N° 02006105 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. 7.- RENOVACIÓN DE HIPOTECA:. De conformidad con el Art. 93 del Reglamento General del registro de Predios, se RENUEVA la hipoteca inscrita en el Asiento 4-D de la Ficha N° 7409 que antecede a la presente partida cedida en el asiento D 00005 a favor de SERVICIOS, COBRANZAS E INVERSIONES SAC, al no haber operado aun la caducidad establecida en la Ley 26639. Así consta en la Declaración Jurada de fecha 16/07/2010 otorgada ante Notario Público Renzo Alberti Sierra en la ciudad de Lima y de las copias certificadas del proceso 2003-1742 expedidas por la especialista legal del 4 Juzgado Civil Cecilia Labrín Romero con fecha 12.10.2010 y de conformidad con el Art. 93 del RGRP. inscrito en el Asiento D 00006 de la Partida Electrónica N° 02006105 del Registra de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. DIA Y HORA DEL REMATE: DIA 22 DE SETIEMBRE DEL 2015 A LAS 3:15 P.M. LUGAR DEL REMATE: En en la Sala de Remates de San Jose de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque ubicada en la Calle San Jose Numero 1052 - Sede Antigua de la ciudad de Chiclayo. LOS POSTORES: Oblarán como garantía en efectivo o cheque de gerencia el 10% del Valor de la Tasación, ascendente a US$ 6,236.664 Dólares Americanos presentaran Arancel Judicial por S/. 577.50 indicando, Juzgado, No. de Expediente y DNI- Los Honora-
rios del Martillero Publico serán cancelados por el Adjudicatario de acuerdo a Ley.Chiclayo 20, de Agosto del 2015 JORGE ANDRES ROSAS CALOPINO MARTILLERO PÚBLICO REG. 118 GERMAN SURITA GARCIA SECRETARIO JUDICIAL CUARTO JUZGADO CIVIL PODER JUDICIAL – CSJLA F/ 18033 S/. 66.00 10, 11, 12, 14, 15, 16 Sept. REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA En el Expediente N° 715 - 2013 seguido por SCOTIABANK PERU S.A.A contra FERRETERIA OLIMPO E.I.R.L. sobre EJECUCION DE GARANTIAS REALES, y como tercero no ejecutante BANCO DE CREDITO DEL PERU; el señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub. Especialidad Comercial de Chiclayo, Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, interviniendo como Especialista Legal Betty Varias Céspedes, ha ordenado mediante resolución numero diecinueve de fecha tres de agosto del año dos mil quince, que el suscrito MARTILLERO PUBLICO, realice el remate judicial en TERCERA CONVOCATORIA del inmueble consistente en: 1.- Inmueble ubicado en la Mz. 44 A Lote 20 (actualmente Av. Mariano Cornejo N° 509) del Asentamiento Humano San Lorenzo, del distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, cuya área, linderos y demás medidas perimétricas corren inscritos en la Partida Electrónica N° P10089789 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II sede Chiclayo. TASACION: Comercial en la suma de US$. 129,579.01 (CIENTO VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS SETENTA Y NUEVE con 01/100 DOLARES AMERICANOS). PRECIO BASE: En la suma de US$. 62,413.89 (SESENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS TRECE Y 89/100 DOLARES AMERICANOS), monto que resulta luego de deducir el quince por ciento de la postura anterior. REQUISITOS PARA SER POSTOR: El POSTOR deberá presentar antes del remate una cantidad no menor a US$. 12,957.90 que equivale al 10% del valor de tasación, en efectivo, depósito judicial o cheque de gerencia girado a su nombre, asimismo deberán pagar la tasa judicial con el código del Banco de la Nación N° 07153, por derecho de participación de remate judicial de bien inmueble, indicando el número de expediente, documento de identidad y el juzgado correspondiente, el mismo que deberá estar debidamente validado con el sello respectivo por el área de REPEJ - REMAP de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. GRAVAMENES: 1) HIPOTECA a favor del SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por la suma de S/. 363,611.02 Nuevos Soles, inscrita en el asiento 00009 de la Partida Electrónica N° P10089789 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II sede Chiclayo, 2) HIPOTECA a favor del BANCO DE CREDITO DEL PERU, hasta por la suma de US$. 170,000.00 Dólares Americanos, inscrita en el asiento 00011 de la Partida Electrónica N° P10089789 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral N° II sede Chiclayo. HONORARIOS: El Adjudicatario pagara los honorarios del Martillero, según lo establecido con el D.S. 008-2005-JUS. + igv, y deberán
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV ser cancelados al finalizar el acto de remate. REMATE que se realizara EL DIA JUEVES 24 DE SETIEMBRE DEL 2015 A HORAS 11.30 AM, en el local de la Sala de Remates, ubicada en la calle San Jose N° 1052, cercado de Chiclayo. ALEJANDRO BOCANEGRA CASTRO ABOGADO – MARTILLERO PUBLICO REG. 172 DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL – COMERCIAL – CHICLAYO PODER JUDICIAL – CSJLA F/ 18036 S/. 27.00 10, 11, 12 Sept.
2. EDICTOS CLASIFICADOS INSCRIPCION Y RECTIFICACION DE PARTIDAS RECTIFICACION DE PARTIDA Exp. N° 00321-2015 -0-1710-JP-CI En el Juzgado de Paz Letrado de Jose L. Ortiz que despacha la Dra. Patricia Cueva Sampén, Esp. Leg. Dr. E. Cadena B, en la solicitud de Maria Olivares Vásquez, sobre rectificación de su partida de nacimiento y de defunción, en el extremo que en la partida de Nacimiento inscrita en la Municipalidad Provincial de Chiclayo; se ha consignado erróneamente solo su nombre GERARDO, debiendo ser lo correcto GERARDO GALVEZ OLIVARES; asimismo se ha consignado el nombre de la madre como MARUJA OLIVARES V. siendo lo correcto MARIA NICOLASA OLIVARES VÁSQUEZ; de igual manera se ha consignado erróneamente el nombre de su padre como JOSE DEL CARMEN GALVEZ, siendo lo correcto JOSE CARMEN GÁLVEZ DÍAZ. Asimismo en la partida de Defunción inscrita en RENIEC; en forma errónea no se ha consignado los datos de sus padres; solicitando se consignen en la respectiva partida. proveyéndose lo siguiente: SE RESUELVE: (...) Admitir a trámite proceso NO CONTENCIOSO la solicitud de la antes mencionada sobre rectificación de partida de nacimiento y de defunción (...)CONVOQUESE a audiencia el 22 de septiembre a horas 02.45pm. PUBLIQUESE un extracto por un día en el Diario Oficial “El PERUANO” y “LA REPUBLICA”, Fdo: Dra. Patricia Cueva.-JUEZ y Dr. Cadena.- ESP. LEG.J. L. Ortiz, 31 agosto del 2015 ENRIQUE N. CADENA BANCES SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO PODER JUDICIAL – CSJLA B/ 25515 S/. 4.50 12 Sept.
4. EDICTOS PENALES EDICTO PENAL EXP. N° 5087-2014-0-1706-TR-PE-30 JCSC EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: DR. VICTOR ADOLFO TORRES SANCHEZ SECRETARIO: JANET CECILIA SANCHEZ CAJO SE NOTIFICA por el presente a SALDANA REYES JUAN ALBERTO, que mediante Resolución N° CINCO de fecha quince de Julio del dos mil quince, se ha Resuelto: CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, PARA EL DIA VEINTIUNO DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACT A), en la sala de audiencia del Tercer Juzga-
CRÓNICA
do de Investigacion Preparatoria, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle José Leonardo Ortiz N° 155- Centro Cívico de Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 01189-2014-0-1706-JR-PE-3° en los seguidos contra SALDAÑA REYES JUAN ALBERTO, por el delito de TRAFICO DE MONEDA FALSA, en agravio del ESTADO - OFICINA CENTRAL DE LUCHA CONTRA LA FALSIFICACION DE NUMERARIOS. Chiclayo, 15 de julio 2015 DR. VICTOR TORRES SANCHEZ JUEZ 3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 12 Sept. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 05541-2014-0-1706TR-PE-7° ACUSADO: VICTOR HUGO CUSQUISIBAN CUSTODIO DELITO: ESTAFA. AGRAVIADO: Empresa DSD Representaciones SAC, representada por el apoderado David Francisco La Torre Alarcón SETIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ: SHILLING MARTIN YVANOV CASTAÑEDA SALAZAR. ESPECIALISTA: Kelly Juliana Puescas Chunga. Por el presente edicto, el Señor Juez del Sétimo Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado VICTOR HUGO CUSQUISIBAN CUSTODIO, con la resolución judicial CUATRO, de fecha diecisiete de agosto del dos mil quince la misma que dispone: 1) REPROGRAMAR la presente audiencia para el día 21 DE SETIEMBRE DEL AÑO 2015 a horas 11:00 AM., en la SALA DE AUDIENCIA ONCE - 2° PISO DE LA C.S.I.L. se NOTIFICA a los asistentes a la presente audiencia. 2) CURSAR OFICIO a la DIRECCION DE LA DEFENSORIA PUBLICA, a fin de que se DESIGNE a un DEFENSOR PENAL PUBLICO, que patrocine en el presente proceso al acusado FERNANDO GIOMAR BASILIO MARTINEZ, a quien se le notificara con copia del requerimiento fiscal y de la presente acta de audiencia, advirtiendo que existe una aparente incompatibilidad en la defensa. 3) NOTIFICAR a: - ACUSADO FERNANDO GIOMAR BASILIO MARTINEZ, en su domicilio real MZ “K” LOTE14EL OLIVAR - PARAMONGA -BARRANCA -LIMA. - ACUSADO VICTOR HUGO CUSQUISIBAN CUSTODIO, mediante EDICTOS JUDICIALES. - AGRAVIADA EMPRESA DSD REPRESENTACIONES SAC, representada por el apoderado David Francisco La Torre Alarcón, en su domicilio en la calle Diego Ferre N° 590 - Oficina 205 -Urbanización el Porvenir - Chiclayo. 4) MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados para su asistencia a la audiencia convocada. SHILLING MARTIN Y. CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SETIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 12 Sept. EDICTO PENAL EXP. N° 01189-2014-0-1706-JR-PE3° JCSC EL TERCER IUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: DR. VICTOR ADOLFO TORRES SANCHEZ SECRETARIO: JANET CECILIA SANCHEZ CAJO
JUDICIAL
Chiclayo, sábado 12 de septiembre del 2015
SE NOTIFICA por el presente a JACOBO CONDORMANGO FELICIANO, que mediante Resolución N° SEIS de fecha diez de Agosto del dos mil quince, se ha Resuelto: CITAR AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, PARA EL DIA VEINTIDOS DE SETIEMBRE DEL DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACT A), en la sala de audiencia del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria, en la sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155- Centro Cívico de Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 01189-2014-0-1706-JR-PE-30 en los seguidos contra JACOBO CONDORMANGO FELICIANO y JHAN CARLOS ZELADA, por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, en agravio de THALIA LISETTE PEREZ DAVILA. Chiclayo, 10 de Agosto 2015 DR. VICTOR TORRES SANCHEZ JUEZ 3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 12 Sept. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 1111-2014 -2°JPLF. SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FERREÑAFE JUEZ: Dra. DOROTHY OROZCO SIGUEÑAS SECRETARIO: Dr. ANDERS WILLIAM ESQUEN RUIZ Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA a MARIELLA JULIA VASQUEZ CORONEL, para comunicarle que se ha dispuesto: ORDENAR LA PRISION PREVENTIVA de la imputada MARIELLA JULIA CAPITAN GUZMAN, solo para efectos de que rindan su declaración en audiencia de juicio por faltas, al haberse así dispuesto en el PROCESO PENAL N° 1111 - 2015, que se sigue contra la precitada en agravio de Elvia Vásquez Coronel, por el delito de FALTAS CONTRA LA PERSONA en su modalidad de LESIONES DOLOSAS. Entendido que de no hacerlo así quedará sujeto a lo que la Ley determine.Ferreñafe, 27 de agosto del 2015 DOROTHY OROZCO SIGUEÑAS JUEZ 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO FALTAS-COMISARIA FERREÑAFE PODER JUDICIAL - CSJLA 12, 14, 15 Sept. EDICTO EXPEDIENTE N°: 4367-2014-1JIPKEPD JUEZ: MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO ESP. DE JUZGADO: NYDIA PRETELL ALEJANDRIA AGRAVIADO: FRANCISCO CUBAS VASQUEZ (REPRESENTANTE LEGAL DE SU HIJA YOBANY CUBAS ALVARADO). La Señora Jueza del Primer Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL AGRAVIADO FRANCISCO CUBAS VASQUEZ (REPRESENTANTE LEGAL DE SU HIJA YOBANY CUBAS ALVARADO), con la RESOLUCION NUMERO TRES De fecha Tres de Setiembre del presente año: SE RESUELVE:DADO CUENTA; con el presente expediente y, escrito presentado por el abogado Yober Navarro Banda: TENGASE por devuelta la cedula de notificación del agraviado Francisco Cubas Vásquez, por las razones que expone en su escrito y, NOTIFIQUESE en su domicilio real a dicho agraviado a fin de que DESIGNE un abogado defensor de su libre elección. Jaén, 08 de Septiembre del 2015 MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN 12, 14, 15 Sept.
3
EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 2046-2015-94-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz JULIO CESAR YPANAQUE BALLONA, domiciliado en manzana B lote 13 en Asentamiento Huamano La Alameda en esta ciudad, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo de esta ciudad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 20462015-94 que se le sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de OMAR MOISEIS YPANAQUE CAJUSOL. Lambayeque, 04 de septiembre del 2015 KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 12, 14, 15 Sept. EDICTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE LAMBAYEQUE JUEZ DRA. KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS ESPECIALISTA LEGAL: MATILDE R. SAMPEDRANO DURANGO EXP. N° 623-2015-951-1708-JR-PE-01 Por el pte., cito llamo y emplazo al acusado contumaz AURELIO SEBASTIAN SUCLUPE VIDAURRE, domiciliado en caserío Chepito Bajo en el distrito de Morrope, para que se presente al Juzgado Penal Unipersonal a mi cargo de esta ciudad, a responder por los cargos que le resultan en el Expediente N° 623-2015-95 que se le sigue por el delito de OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR en agravio de MELISSA YANET BANCES INOÑAN. Lambayeque, 04 de septiembre del 2015 KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS JUEZ JUZGADO PENAL UNIPERSONAL LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 12, 14, 15 Sept. EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADO DRA. ZOILA REGALADO GUEVARA Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días consecutivos al imputado SANCHEZ SANTAMARIA MARIA ESTEFANY CON DOMICILIO EN PROL. SAN MARCELO S/N - TUCUME - LAMBAYEQUE CON DNI N° 17599501 CON LA RESOLUCION NUMERO CUATRO DE FECHA VEINTISEIS DE AGOSTO DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: TENGASE: POR PRORROGADO EL PLAZO POR SESENTA DIAS DE LA PRESENTE INVESTIGACION PREPARATORIA, seguida contra EULOGIO PIZARRO BANCES, KEVSLY JHONATTAN SUYON SANDOVAL Y JUAN CARLOS GARCIA MEZA, por la presunta comisión del DELITO CONTRA EL PATRIMONIO, en su modalidad de RECEPTACION AGRAVADA, en agravio de ALEX ALEJANDRO RUIZ JUAREZ, tipificado en el artículo 195° del Código Penal, CONTRA JUAN CARLOS GARCIA MEZA Y JOSE DAVID DAMIAN VALDERA (calidad de autores), ROSA MARIEL DE LA CRUZ SANTAMARIA Y MARIA ESTEFANIA SANCHEZ SANTAMARIA (calidad de cómplices primarios), por la presunta comisión del DELITO CONTRA LA FE PUBLICA, en su modalidad de FALSEDAD IDEOLOGICA, en agravio de ESTADO - PODER JUDICIAL, tipificado en el artículo 427° del Código Penal Y CONTRA JUAN CARLOS GARCIA MEZA por la presunta comisión del DELITO CONTRA EL PATRIMONIO, en su modalidad de ESTELIONATO, en agravio ALEX ALEJANDRO RUIZ JUA-
4
Chiclayo, sábado 12 de septiembre del 2015
REZ, tipificado en el artículo 197° del Código Penal, por haberse ordenado así en la instrucción N ° 2645-2015-01708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito FALSEDAD IDEOLOGICA en agravio de RUIZ JUAREZ ALEX. SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA JUEZ PENAL JUZGADOS DE INVESTIGACION PREPARATIVA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL-CSJLA 12, 14, 15 Sept. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 878-2013-CJPUS-J JUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENA ESP. DE JUZGADO: JOSELITO MEJIA PEREZ El Señor Juez del Cuarto Juzgado Penal Unipersonal de la Provincia de Jaén, mediante el presente edicto NOTIFICA a la acusada: MARILU RIVERA VASQUEZ, con la Resolucion N° 01 de fecho 20 de Agosto del 2015, a fin de que concurra a la Audiencia de Juicio Oral programada para el día DIECISEIS DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, A HORAS NUEVE DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su ubicación y captura en caso de inconcurrencia injustificada. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 878-2013-CJPUS-J, seguido contra MARILU RIVERA VASQUEZ, por el delito de PECULADO DOLOSO, en agravio del ESTADO - UGEL. Jaén, 03 de septiembre del 2015 JOSE LUIS TORRES BALLENA JUEZ CUARTO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA-JAEN 11, 12, 14 Sept. EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 7483-2014-0-1706-JRPE-6 IMPUTADO: RUTLIERY BLADEMIR MERA ROSALES AGRAVIADO: NATANIEL XIMENA MERA MORILLO DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CHICLAYO JUEZ: MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA ESPECIALISTA: KARINA RAMIREZ MIMBELA Por el presente edicto, la Señora Juez del Sexto Juzgado de Investigacion Preparatoria de Chiclayo, ha dispuesto NOTIFICAR al sentenciado RUTLIERY BLADEMIR MERA ROSALES, con la resolución número Cuatro de fecha 05 de Agosto de 2015, que resolvió: CITAR A AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION, la misma que se llevara a cabo el día DIECISIETE DE SETIEMBRE del año dos mil quince a horas ONCE de la mañana (hora exacta), en la sala de audiencias N° 13 del Sexto Juzgado de Investigacion Preparatoria en esta nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155-Centro Cívico de Chiclayo; BAJO APERCIBIMIENTO al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° inciso 1) modificado por la Ley N° 30076 y artículo 144° inciso 2) del Código procesal Penal respectivamente. PRECISESE que durante dicha audiencia: 1) No está permitida la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal, 2) No se admitirá la presentación de escritos. MARIA YOLANDA GIL LUDEÑA JUEZ SEXTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 14 Sept.
CRÓNICA
EDICTO EXPEDIENTE: 06959-2014-O-1706JR-PE-02 JUEZ: VASQUEZRUIZMARISOL ESPECIALISTA: ANGELA MESTANZA GABRIEL MINIST. PUBLICO: LUIS ALBERTO RENTERIAAÑI IMPUTADO: PEREZ HUAMAN, JAIME DELITO: PECULADO DOLOSO AGRAVIADO: INSTITUCION EDUCATIVA 10020 ZAÑA Por el presente se notifica al acusado JAIME PEREZ HUAMAN con la resolución número cuatro en donde se resolvió: TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio 10 DIAS HABILES, del requerimiento de acusación presentado por el señor fiscal en contra del acusado por el presunto delito de peculado doloso; a efectos de que puedan por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. DESIGNESE Abogado defensor Público de Oficio, para que asuma la defensa del imputado, al haberse advertido que no cuenta con defensa técnica, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por Abogado de su libre elección en cualquier momento. Por consiguiente, NOTIFIQUESE AL COORDINADOR de los defensores de oficio en su sede institucional con COPIA DE LA ACUSACION FISCAL, para que cumpla con lo ordenado, bajo apercibimiento de tenérsele por designado a el mismo, en caso de incumplimiento. De otro lado se le notifica con la resolución número SEIS que resolvió: PROCRAMESE fecha de audiencia preliminar de control de acusación para el día DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO EN CURSO A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (hora exacta), en la sala de audiencias numero DOS DEL SECUNDO juzgado de investigación Preparatoria, ubicado en la avenida Jose Leonardo Ortiz, numero ciento cincuenta y cinco -costado de la Sunat-, bajo apercibimiento a los sujetos procesales, que en caso de inconcurrencia injustificada, se procederá, de conformidad con el artículo 85° inciso 1) y 144° inciso 2) del CPP. Para la instalación de la audiencia es obligatoria la presencia del abogado del acusado y del fiscal. No podrán actuarse diligencias de investigación o de prueba específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquiera de las solicitudes señaladas en el artículo 350°. No se admitirá presentación de escritos. Chiclayo, 12 de agosto de 2015 MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ TITULAR 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-CSJLAMB 11, 12, 14 Sept. EDICTO EXPEDIENTE N°: 00673-2015-0-1703JR-PE-02 JUEZ: DR. PARI GONZALES ORLANDO GERMAN ESP. DE JUZGADO: ABOG. LAURA LORELEI FERNANDEZ HERNANDEZ SE HACE SABER A: SERRANO PAUCAR VAPSI ARIZ El Señor Juez segundo Juzgado de Investigaci6n Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICAR AL ACUSADO: SERRANO PAUCAR VAPSI ARIZ, con el requerimiento de acusación con el
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
siguiente tenor: en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 159° inciso 5 de la carta magna, en los artículos 1°,5° y 11° de la ley orgánica del Ministerio Publico, y en uso de la facultad procesal conferida por el artículo 349° del código Procesal Penal, con la RES N° 01 de fecha 26 de junio del año dos mil quince, y la reprogramación de audiencia de fecha 31/07/2015 en donde se ordena NOTIFICAR al acusado SERRANO PAUCAR VAPSI ARIZ , para que concurra a la audiencia de control de acusación para el día DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS DIEZ DE LA MANANA . HORA EXACT A: Diligencia que se llevara acabo en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén. Por haberse ordenado así en el Expediente N° 00673-2015-0-1703-JR-PE02, seguido contra SERRANO PAUCAR VAPSI ARIZ por el delito de CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de LA SOCIEDAD. Jaén, 10 de agosto del 2015 DR. ORLANDO GERMAN PARI GONZALES JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN 11, 12, 14 Sept. EDICTO PENAL EXP. N° 2302-2012-69-1706-JR-PE7°-JIP-SCL EL QUINTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: SHILLING MARTIN CASTAÑEDA SALAZAR SE CITA Y EMPLAZA por el presente COICO MORALES DOMAR RAMON Y SALINA COAHUILA JORGE WILFREDO CONFIERASE TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de diez días hábiles, a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad (Principio de oportunidad o Terminación anticipada), 6) ofrecer prueba para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio. Y A LA VEZ se CITA v EMPLAZA A COICO MORALES DOMAR RAMON Y SALINA COAHUILA JORGE WILFREDO, para que tome conocimiento de la programación de la AUDIENCIA DE PRELIMINAR DE CONTROL DE REQUERIMEINTO MIXTO, para el día DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO 2015 A LAS 8:05 AM (HORA EXACTA) EN LA SALA DE AUDIENCIAS NUMERO ONCE del SETIMO Juzgado de Investigacion Preparatoria, ubicado en el segundo piso de la nueva sede de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, esto es en la calle Jose Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico de Chiclayo. Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 2302-2012-69-1706-JR-PE que se sigue contra ANDONAYRE PISFIL ALEX AMERICO Y OTROS por el delito de DEFRAUDACIONES, FRAUDE PROCESAL -ABUSO DE FIRMA EN BLANCO en agravio del ESTADO Y OTROS. SECRETARIA: DENNISE CIEZA y SAMILLAN. Chiclayo, 01 de Agosto del 2015 SHILLING MARTIN Y. CASTAÑEDA SALAZAR JUEZ SETIMO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL – CSJLA
11, 12, 14 Sept. EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MIXTO -CUTERVO. CUADERNO: 110-2015-JPUM-CCSJLA/PJ JUEZ: DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ. ESPECIALISTA: LILY MARLENY REAÑO CAMPOS El Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la ciudad de Cutervo, juez DR. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ, CITA Y EMPLAZA: JOSE DOMINGO FLORES FERNANDEZ, a que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, derivado del EXPEDIENTE N° 110-2015-JPUM-C, por el delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio MIREYLI ROXANA FLORES URIARTE Y OTRO. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolucion N° 03, de fecha veinticuatro de agosto del año dos mil quince, se ha resuelto: CITAR A JUICIO ORAL, para el DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas DOCE DEL MEDIODIA (12:00 PM) BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, ser declarado reo contumaz, y se ordena su ubicación y captara a nivel nacional. CARLOS ERNESTO LAZO GUTIERREZ JUEZ DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL MIXTO CUTERVO 11, 12, 14 Sept. EDICTO EXPEDIENTE N°: 627-2015-79-lJIPKEPD JUEZ: MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO ESP. DE JUZGADO: NYDIA PRETELL ALEJANDRIA IMPUTADO: POLICARPIO SANTOS GARCIA La Señor Jueza del ler Juzgado de Investigacion Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO POLICARPIO SANTOS GARCIA con la RESOLUCION NUMERO DOS De fecha Veinticuatro de Agosto del presente año: SE RESUELVE REPROGRAMAR ESTA AUDIENCIA PARA EL DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE A HORAS ONCE DE LA MAÑANA (10:00AM), Quedando debidamente notificado las partes procesales aquí presentes, se dispone notificar al imputado, mediante VIA EDICTOS, se mantienen los apercibimiento decretados, NOTIFIQUESE. Asimismo con el Requerimiento de Prisión Preventiva ,donde la SANCION A EVIPONERSE por el delito contra la vida el cuerpo y la salud en la figura de Homicidio Calificado previsto y sancionado por el inciso 1 y 3 del artículo 108 del código penal prescribe no menor de QUINCE ANOS, estando a la naturaleza del hecho delictivo imputado en contra de POLICARPIO SANTOS GARCIA y los suficientes elementos de convicción detallados ,1a gravedad del caso hace proporcional la aplicación de la medida cautelar requerida. Jaén, 26 de Agosto del 2015 MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO JUEZ 1° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ-NCPP-JAEN 11, 12, 14 Sept. EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADODRA. ZOILA REGALADO GUEVARA. Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días consecutivos AL INVESTIGADO ANDER CAJUSOL FARRONAN CON DNI N° 47447755 , NAT RAL DE LAMBAYEQUE CON DOMICILIO EN CASERIO CAMPIÑA MUY FINCA - MOCHUMI - LAMBAYEQUE CON LA RESOLUCION NUMERO UNO DE FECHA
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV DIECISEIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando sus actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados , y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Así mismo por el principio de celeridad y economía procesal: CITESE a la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día DIECISIETE DE SEPT1EMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS ONCE Y TREINTA DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle San Martin N° 600 - Lambayeque; y con presencia obligatoria del señor fiscal Provincial Penal y de los Abogados Defensores del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente, por haberse ordenado así en la instrucción N ° 42202015-00-1708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito CONTRA LA FAMILIA en agravio de CAJUSOL BALDERA JOSE ALEXANDER. Lambayeque, 25 de Agosto del 2015 SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 14 Sept. EDICTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE LAMBAYEQUE ESPECIALISTA DE JUZGADODRA. ZOILA REGALADO GUEVARA. Por el presente edicto, CITO, LLAMO Y EMPLAZO por tres días consecutivos al Investigado GIL ZENA DAMIAN CON DNI N° 41052487 CON DOMICILIO EN CALLE LAMBAYEQUE 105- PUEBLO JOVEN SANTA ROSALAMBAYEQUE, NATURAL LAMBAYEQUE CON LA RESOLUCION NUMERO UNO DE FECHA DIECISEIS DE JULIO DEL AÑO EN CURSO QUE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS, a efectos de que puedan por escrito 1) Observar formalmente la acusación, 2) Deducir excepciones y otros medios de defensa, 3 Solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) Pedir el sobreseimiento, 5) Instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) Ofrecer prueba para el juicio, 7) Objetar la reparación civil ofreciendo los medios de medio de prueba pertinentes, 8) Proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando sus actuación probatoria en juicio, 9) Proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados , y 10) Plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Así mismo por el principio de celeridad y economía procesal: CJTESE a la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACION para el día DIECISIETE DE
CRÓNICA
SEPTIEMBRE DEL PRESENTE AÑO A HORAS DIEZ Y DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA). en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparatoria de Lambayeque, sito en Calle San Martin N° 600 - Lambayeque; y con presencia obligatoria de’ señor Fiscal Provincial Penal y de los Abogados Defensores del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado, y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artículo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente, por haberse ordenado así en la instrucción N ° 4226-2015-0-1708-JR-PE-01, seguido en su contra por el delito CONTRA LA FAMILIA en agravio de SANTISTEBAN CHAPOÑAN MARIA DORIS. SEGUNDO B. ADRIANZEN CIEZA JUEZ PENAL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 14 Sept. EDICTO PENAL Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA a RUTH ELIZABETH PINCE LEMA, para comunicarle que ha dispuesto PROSRAMAR la fecha para LA CITACION A JUICIO, y SEÑALANDOSE LA AUDIENCIA el día DIECISIETE DE SETIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, para que se Nueve a cabo el Juicio por Faltas, al haberse así dispuesto en el PROCESO PENAL N° 1784 - 2015, que se sigue contra CARLOS MIGUEL CORNETERO TELLO en agravio de Ruth Elizabeth Pince Lema, por el delito de FALTAS CONTRA LA PERSONA en su modalidad de LESIONES DOLOSAS. Entendido que de no hacerlo así quedará sujeto a lo que la Ley determine. Ferreñafe, 13 de julio del 2015 DOROTHY OROZCO SIGUEÑAS JUEZ 2° JUZGADO DE PAZ LETRADO FALTAS – COMISARIA FERREÑAFE PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 14 Sept. EDICTO JUDICIAL En el Expediente N° N° 106-2008, seguido por el Ministerio Publico, sobre IVESTIGACION TUTELAR-ABANDONO MORAL y MATERIAL del menor DE LA CRUZ DE LA CRUZ N, la señora juez del Juzgado Mixto-Penal Unipersonal del Distrito de Motupe, Dra. Silvia Melendez García, interviniendo como especialista Legal Edgardo Asenjo Tamay, mediante resolución número cinco de fecha dieciocho de marzo del año dos mil quince; SE DISPUSO: l) REPROGRAMAR la declaración de dona Juanita De la Cruz De la Cruz, para el día DIECISIETE DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE horas ONCE DE LA MAÑANA , bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia de presidirse de su declaración y continuar el proceso conforme a su estado; a quien se le debe notificar en su domicilio real (según ficha RENIEC), ubicado en: la calle Morrupe S/N del Distrito de Salas y mediante edictos en el diario la Republica, debiéndose cursor el oficio correspondiente; 2) CURSESE OFICIO, al Albergue” Santa Maria Josefa de Corazón de Jesús del Distrito de Ferreñafe, a efecto de que emita un informe Psicológico y / o otro, del menor DE LA CRUZ DE LA CRUZ N, en donde señale la su estado, permanencia, situación, evolución, en el área de salud física y psicológica. Al escrito de fecha 20 de enero de 2015, presentado por el Albergue Santa Maria Josefa de Corazón de Jesús, mediante el cual solicita externamiento del menor tutelado. PONPASE LOS AUTOS A DESPACHO, para resolver. Notifíquese conforme a ley a todas las partes procesales y a la Unidad de Adopciones Lambayeque en su domicilio legal ubicado en la calle Los Laureles N° 179-primer piso, Urb Los Libertadores -Chiclayo. Motupe, 23 de marzo del 2015.
JUDICIAL
Chiclayo, sábado 12 de septiembre del 2015
SILVIA MELENDEZ GARCIA JUEZ TITULAR JUZGADO MIXTO UNIPERSONAL MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA EDGARDO H. ASENJO TAMAY ESPECIALISTA DE JUZGADO JUZGADO MIXTO PENAL UNIPERSONAL MOTUPE PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 14 Sept. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 1696-2014-JFLLY JUZGADO DE PAZ LETRADO: DE LAMBAYEQUE JUEZ: Dra. LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA SECRETARIO: Dra: CARMEN DOLORES SANTAMARIA DE VERA Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA al acusado GARY ALEXANDER BELTRAN GARCIA, para comunicarle que ha dispuesto que se presente a este despacho el día 17 DE SETIEMBRE del año 2015 a las once $ cuarenta de la mañana, bajo apercibimiento en caso de inasistencia de ser obligado con arreglo a ley a los efectos indemnizatorios que se fije mediante sentencia. Por haberse así dispuesto en el Expediente N° 1696-2014, seguida en su contra por FALTAS CONTRA LA PERSONA RECIPROCAS., en agravio de RUTH JAQUELINE BELTRAN GARCIA. Entendido que de no hacerlo así, quedara sujeto a lo que la Ley determine. Lambayeque, 04 de mayo del año 2014 ABOG. CARMEN D. SANTAMARIA DE VERA SECRETARIA JUDICIAL JZUGADO DE PAZ LETRADO – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 14 Sept. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°. 364-2015-JPLLY JUZGADO DE PAZ LETRADO DE LAMBAYEQUE JUEZ: Dra. LEILA ESTELA MARIN MOSQUERA SECRETARIO: Dra: CARMEN DOLORES SANTAMARIA DE VERA Por el presente edicto se CITA, LLAMA y EMPLAZA a la agraviada NELY MARIN RIVERA quien domicilia en la CALLE YAHUARHUACA N° 933 - LA VICTORIA - CHICLAYO; para comunicarle que se ha dispuesto que se presente a este despacho el día 17 DE SEPTIEMBRE del año 2015 a horas NUEVE Y MEDIA de la mañana en el local del Juzgado de Paz de la Provincia de Lambayeque sito en la calle San Martin NRO. 600, a efecto de que se lleve a cabo la audiencia de enjuiciamiento con la concurrencia obligatoria bajo apercibimiento de ley.Por haberse así dispuesto en el Expediente N° 364-2015-JPLLY, seguida contra CRISTIAN JUNIOR CHAPONAN DAMIAN por FALTAS CONTRA EL PATRIMONIO - HURTO., en agravio de NELY MARIN RIVERA.Lambayeque, 06 de mayo del año 2015 ABOG. CARMEN D. SANTAMARIA DE VERA SECRETARIA JUDICIAL JZUGADO DE PAZ LETRADO – LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL – CSJLA 11, 12, 14 Sept. EDICTO PENAL Oficio N° 5717-2013-22-1706-JR-PE OCTAVO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: MIGUEL GUZMAN CARRANZA CITA Y EMPLAZA; a la TESTIGO de autos LINA MARGOT SALAZAR GUEVARA, para que concurra a la diligencia de continuación en el proceso penal ND 5717-2013-22-1706-JR-PE05, seguido contra la acusada CAROL LESLIE TELLO CUBAS, como presunto autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de ESTAFA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal, en
5
agravio de CLARA ARACELI OCANA IZQUIERDO, LUCIANA GUERRERO BALAREZO, LINA MARGOT SALAZAR GUEVARA, STEPHANIE CLAUDIA PRISCILLA SALAZAR GASCO, ROSIE EILEEN ESTELA HERNANDEZ y ANSHY NAYHIRA PINEDO LARREA, notificándosele para que concurra a la diligencia de continuación JUICIO ORAL reprogramada para el día ONCE DE SETIEMBRE del año dos mil QUINCE a horas UNA CON QUINCE DE LA TARDE, (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número DIECISEIS (16), de los Juzgado Penales unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. Jose Leonardo Ortiz N° 115 - Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5717-2013-22-1706JR-PE-05, seguido contra la acusada CAROL LESLIE TELLO CUBAS, como presunto autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de ESTAFA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de CLARA ARACELI OCANA IZQUIERDO, LUCIANA GUERRERO BALAREZO, LINA MARGOT SALAZAR GUEVARA, STEPHANIE CLAUDIA PRISCILLA SALAZAR GASCO, ROSIE EILEEN ESTELA HERNANDEZ y ANSHY NAYHIRA PINEDO LARREA, Notificándose bajo apercibimiento de ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. JORGE ASBEL ROJAS CUBAS JUEZ 8° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 10, 11, 12 Sept. EDICTO PENAL Oficio N° 5717-2013-22-1706-JR-PE OCTAVO JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE CHICLAYO JUEZ: JORGE ASBEL ROJAS CUBAS ESPECIALISTA: MIGUEL GUZMAN CARRANZA CITA Y EMPLAZA; a la TESTIGO de autos ANSHY NAYHIRA PINEDO LARREA, para que concurra a la diligencia de continuación en el proceso penal N° 5717-2013-22-1706-JR-PE05, seguido contra la acusada CAROL LESLIE TELLO CUBAS, como presunto autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de ESTAFA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de CLARA ARACELI OCANA IZQUIERDO, LUCIANA GUERRERO BALAREZO, LINA MARGOT SALAZAR GUEVARA, STEPHANIE CLAUDIA PRISCILLA SALAZAR GASCO, ROSIE EILEEN ESTELA HERNANDEZ y ANSHY NAYHIRA PINEDO LARREA, notificándosele para que concurra a la diligencia de continuación JUICIO ORAL reprogramada para el día ONCE DE SETIEMBRE del año dos mil QUINCE a horas UNA CON QUINCE DE LA TARDE, {hora exacta), la misma que se realizara en la sala de audiencia número DIECISEIS (16), de los Juzgado Penales unipersonales, ubicada en el segundo piso de la nueva sede judicial de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, sito en la Av. Jose Leonardo Ortiz N° 115 - Centro Cívico - Chiclayo. Por haberse dispuesto así en el cuaderno de debates N° 5717-2013-22- 1706JR-PE-05, seguido contra la acusada CAROL LESLIE TELLO CUBAS, como presunto autor del delito CONTRA EL PATRIMONIO en su modalidad de ESTAFA, ilícito previsto y sancionado en el artículo 196° del Código Penal, en agravio de CLARA ARACELI OCANA IZQUIERDO, LUCIANA GUERRERO BALAREZO, LINA MARGOT SALAZAR GUEVARA, STEPHANIE CLAUDIA PRISCILLA SALAZAR GASCO, ROSIE EILEEN ESTELA HERNANDEZ y ANSHY NAYHIRA PINEDO LARREA, Notificándose bajo apercibimiento de ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. JORGE ASBEL ROJAS CUBAS JUEZ 8° JUZGADO PENAL UNIPERSONAL PJ-NCPP-CSJLAMB 10, 11, 12 Sept.
6
Chiclayo, sábado 12 de septiembre del 2015
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
Hoy sábado 12 en Auditorio de Universidad Nacional de Cajamarca - Sede Jaén
COLEGIO DE NOTARIOS PROGRAMA CHARLA SOBRE “LA FUNCIÓN NOTARIAL Y REGISTRAL EN EL DESARROLLO SOCIO- ECONÓMICO DEL PAÍS” Con la finalidad de capacitar a los profesionales del derecho y teniendo como soporte de desarrollo; la modernización, simplificación, integración y la especialización de la función registral, en beneficio de la sociedad, el Colegio de Notarios de Lambayeque invita a los señores Magistrados, personal jurisdiccional y administrativo de las provincias de Jaén y San Ignacio, a participar de la Charla Informativa denominada “La Función Notarial y Registral en el Desarrollo Socio- Económico del País”. Esta actividad académica se desarrollará el día sábado 12 de setiembre del año en
curso, en horario de 9 de la mañana a 1 de la tarde, en el Auditorio de la Universidad Nacional de Cajamarca - Sede Jaén y tiene el carácter de gratuita. Cabe mencionar que según información vertida por el Decano del citado Colegio Profesional, Abog. Henry Macedo Villanueva, dicha charla de capacitación obedece al plan de trabajo signado para el presente año. Para tal efecto, las personas que deseen mayor información, podrán hacerlo a través del correo electrónico
[email protected] ó en su defecto, comunicarse a los teléfonos 074-273810 / 074-223295.
Del martes 20 al sábado 24 de octubre:
I Congreso Nacional de Estudiantes de Derecho El Presidente de La Escuela Jurídica de Investigación y Capacitación a Estudiantes, Graduandos & Abogados (INCEGA); Abog. Alex Constantino Senmache, en convenio con la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo y en coordinación con la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, que preside la Mg. Ana Elizabeth Salés del Castillo; invita a los Magistrados de todas las instancias y personal jurisdiccional de esta institución, así como a funcionarios, abogados litigantes y estudiantes de derecho, a participar del I Congreso Nacional de Estudiantes de Derecho – I CONEDE, que se realizará en la
Explanada de la Casa Comunal de la Juventud de esta ciudad, desde el martes 20 al sábado 24 de octubre del año en curso. Por tal motivo, la Presidenta de la CSJLA, Mg. Salés del Castillo, ha dispuesto para la realización de este mencionado evento, brindar las facilidades requeridas, previa coordinación con el Personal de apoyo, de seguridad y resguardo de esta Corte, Sr. Julio Muñoz Lazarte. Informes: Calle Manuel María Izaga Nº 714 3er piso. RPM *0171793 - 979665471 Email:
[email protected] / Página web: www.incega.edu.pe
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE COMUNICADO Se pone de conocimiento a todos los Magistrados, personal jurisdiccional y administrativo de este distrito judicial, que el día jueves 17 del mes y año en curso, en horario de 8 de la mañana a 5 de la tarde, el personal del Banco de la Nación – sede Chiclayo, instalará un Módulo de Atención en el Primer piso de la Nueva Sede de la CSJLA (Av. José Leonardo Ortiz Nº 155); a efectos de brindar las facilidades para el cambio de la Tarjeta Multired Global Débito Visa clásica, por la de Chip, a quienes aún no han realizado dicha migración. Los requisitos para el cambio son: portar DNI original y fotocopia de éste, así como la tarjeta a cambiar. Este cambio será totalmente gratuito. Es preciso indicar que el dispositivo Chip almacena información del usuario, certificando sus operaciones con mayor seguridad al momento de realizar transacciones y dificultando la clonación de tarjetas. Además, se se informa que este cambio tiene como plazo máximo para ejecutarse hasta fines de este mes (setiembre), toda vez que a partir de octubre del año en curso, el uso de la Tarjeta Multired Global Débito Visa Chip es obligatorio.
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
CRÓNICA
JUDICIAL
Chiclayo, sábado 12 de septiembre del 2015
7
HAGAMOS EL MILAGRO DE LA FAMILIA Cuando una sociedad comienza a perder sus valores, podemos empezar a hablar de su agonía. Los rasgos de esa agonía son fácilmente identificables: aumento de la violencia intrafamiliar, inseguridad social, matrimonios deshechos, hijos abandonados, embarazos de adolescentes, irresponsabilidad, abortos, suicidios, parricidios, drogadicción ... Es una agonía triste y trágicamente dolorosa. Cada uno de esos factores no son abstractos sino que tienen nombres y apellidos concretos; a veces los vemos en la televisión, otras veces los escuchamos en la radio, otras más los leemos en la prensa o, quizá, conocemos casos de personas o familias si no es que nosotros mismos lo estamos viviendo. ¿Qué está detrás de esta agonía? La crisis de las virtudes y de los valores. Virtudes y valores como el respeto, la justicia, la fuerza de voluntad, la unidad, la responsabilidad, la continencia, la madurez, la esperanza, los valores espirituales y muchas otras están a la baja no porque hayan perdido su valía sino porque se les ha vaciado de sentido, se les ha relegado o se ha hecho aparecer como aburridas o anticuadas. Ciertamente la crisis de los valores no es algo aislado, es la consecuencia de algo aún más profundo: la crisis de la familia. Y es que si la familia está mal, todo en la sociedad lo estará pues la familia es su núcleo vital, su centro natural. Natural porque, lo sabemos, sólo de la unión de un hombre con una mujer nace una nueva vida. Si la raíz del árbol está mal, lo estarán también el tronco, las ramas y las hojas. La familia es una escuela de virtudes y valores: en ella aprendemos las nociones del bien y del mal, del respeto, la madurez, la ecuanimidad, la coherencia, el amor, etc. Recordemos, tengamos presente la belleza de la familia, lo que supone la unidad familiar! No podemos perder el sentido del aprecio hacia esa belleza que nos hace valorar más a la verdadera familia. ¿Quién no se siente edificado por esas familias donde el padre y la madre se aman fielmente y con detalle? ¿Qué padre o madre no experimenta el dulce sabor interior al escuchar por vez primera el “papá” o. “mamá” del hijo que empieza a balbucear sus primeras palabras? ¿Cuántos hijos hemos agradecido la cercanía de nuestros padres en los momentos de dolor y alegría, justo cuando los necesitábamos? ¿Cuánto hemos aprendido del testimonio vivo de nuestras familias desde la tierna infancia? ¿Quién no valora la caricia materna, el consejo de papá, la cercanía de los hermanos, el afecto de los abuelos, la amistad de los primos, el amor de la esposa, el apoyo de los tíos, la filial y sana dependencia de los hijos?
Conforme han ido pasando los años, muchas de las sanas costumbres y perennes valores han decaído a consecuencias de un falso progreso. Las consecuencias más visibles de esa herida a la familia las estamos viviendo en nuestra sociedad al grado de hablar incluso de esta agonía. ¿ Todo está perdido entonces? No, no lo está. ¿Qué se puede hacer? ¿Cómo se puede actuar? Es verdad que las agonías son la antesala de la muerte, pero no es menos verdad que los milagros existen. Y en el caso concreto del tema de la familia nosotros podemos ser copartícipes y protagonistas de ese milagro que necesita nuestra sociedad, que necesita el mundo. Es un deber apoyar iniciativas que diseñen, promuevan y propongan políticas públicas integrales para la atención de la familia, esa familia que va desarrollándose por descendencia, por grados de parentesco (es decir, por personas que sin descender unas de otras, proceden de un tronco común; primos, tíos, abuelos, etc.), por afinidad (el contraído por el matrimonio, entre el varón y los parientes de la mujer y viceversa). Apoyar a la familia es apoyarnos a nosotros mismos y a todos los hombres pues todo estamos incluidos en una relación de familia vivamos o no juntos en el mismo domicilio. Apoyar a la familia no es cuestión de ideologías, credos religiosos o pertenencias políticas. La familia es la raíz del árbol frondoso de la vida humana que está en riesgo de secarse y no podemos permitirlo pues su muerte supondría la nuestra. De ahí también que cualquier iniciativa ideológica, religiosa y política, mientras lleve la impronta de la verdad y de la búsqueda del bien común, sea siempre bienvenida. La gran mayoría de los países desarrollados cuentan con un Instituto Estatal para garantizar el cuidado de la familia. No podemos dejar que unos pocos decidan por el bien de la mayoría, eso sí sería totalitarismo. Quienes han tenido tristes experiencias familiares en sus vidas deben comprender que la inmensidad de los habitantes de una ciudad, estado o país, queremos que se defienda nuestro derecho a gozar y disfrutar de la belleza de una familia; tenemos el derecho a que el milagro de la familia se prolongue por siempre. Así como hay reservas ecológicas donde se defiende la naturaleza, debemos abogar por la defensa de ese otro medio ambiente más inmediato en el que nos desenvolvemos todos los días. ¡Necesitamos una reserva para la familia! Esa reserva es todo el mundo, nuestro único hogar. Hagamos el milagro de la familia defendiéndola. No estamos solos! Mons. Ángel Ortega Trinidad Capellán de la Corte Suprema de la República
8
Chiclayo, sábado 12 de septiembre del 2015
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE COMUNICADO Se comunica a los servidores judiciales de este Distrito Judicial, que para la presentación de licencia, ya sea, por salud, por motivos personales y/o particulares, capacitación oficializada/no oficializada, por matrimonio, por maternidad/paternidad, por fallecimiento de familiar directo, etc., que superen un [01] día, deberán ser dirigidas a la Oficina de Presidencia, conforme lo indica el artículo 23º del Reglamento Interno de Trabajo: “Licencia es la autorización otorgada para dejar de asistir al trabajo. Puede ser expedida por la Oficina de Administración Distrital o quien haga sus veces, la Presidencia del Distrito Judicial o la Gerencia General de corresponderle. Se otorgan por plazos mayores a un (01) día laborable, a través de la Resolución Administrativa o Documento Autoritativo respectivo. Para el otorgamiento de licencias con goce de haber se deberá tener en cuenta las restricciones legales o presupuestales que se encuentren vigentes. Las licencias sin goce de haber suspenden el contrato de trabajo de manera perfecta”. En caso de solicitar licencia por salud mayor a un día deberá ser dirigido a la Oficina de Presidencia con el visto bueno de su jefe inmediato, en atención al Oficio Circular N° 017-2010-GPEJ-GG/PJ - artículo 10° que prescribe: “Toda licencia ya sea por enfermedad, por motivos personales y/o particulares, capacitación oficializada, por matrimonio, por fallecimiento de familiar directo, maternidad, etc., requiere el visto bueno del jefe inmediato, de lo contrario los días no laborados se consideraran como inasistencias injustificadas”. Para ello, el recurrente debe haber comunicado previamente de sus inasistencias a su jefe inmediato, artículo 13º y 14º del Reglamento Interno del Trabajo que señala: “(…) las inasistencias que pudieran producirse, independientemente de las causas que las originen, deberán ser comunicadas, en la forma más inmediata posible, al jefe inmediato superior, a la Oficina de Administración Distrital o la Gerencia de Personal (…)”. “La Gerencia General y las Oficinas de Administración Distrital, calificarán las inasistencias de personal de acuerdo a los medios de prueba que el propio trabajador se servirá presentar en forma oportuna, y en cada situación concreta, dentro de los plazos y límites que establezca la legislación laboral vigente”, asimismo, el artículo 16° de la norma acotada indica que: “Tratándose de inasistencias por motivo de salud, estas serán justificadas con la presentación del Certificado Médico o el CITP debidamente expedidos por las dependencias competentes. La justificación deberá realizarse en el plazo no mayor a tres [03] días útiles”. Finalmente el artículo 17° del mismo cuerpo normativo señala: “si el trabajador presentara los certificados en forma extemporánea, éstos serán evaluados por la Oficina de Administración Distrital, o dependencia administrativa, para el trámite del reintegro correspondiente ante la Gerencia General, haciéndose el trabajador merecedor a una amonestación escrita”. Cabe mencionar que si el servidor es atendido por clínica particular por contar con EPS, deberá adjuntar conjuntamente con el Certificado médico particular: la indicación médica, el diagnóstico dado por el médico, boletas y facturas de compras de medicina, en original, a fin de acreditar el descanso médico otorgado, en razón a que no se exigirá la visación del certificado. En caso de solicitar licencia sin goce de haber por asuntos de índole personal, el servidor deberá presentarla ante el órgano competente con una anticipación mínima de siete días hábiles, dicha licencia, podrá ser otorgada hasta por un periodo máximo de seis meses. En ese sentido, no se admitirán nuevas solicitudes de licencia hasta que no hayan transcurrido seis meses de trabajo efectivo, contados a partir de su reincorporación. Sólo después de dicho periodo se podrán evaluar nuevas peticiones, debiendo contar con el V°B° del jefe inmediato [RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 060-2014-CE-PJ - Establecen lineamientos en relación al otorgamiento de licencias sin goce de haberes que soliciten trabajadores para atender asuntos de índole personal o particular]. Chiclayo, Septiembre de 2015 Oficina de Presidencia PODER JUDICIAL - CSJLA