preguntas y respuestas licitación hemodiálisis

nefrología y los centros dependientes, asumiendo el departamento de salud el ... con grana fluencia de pacientes se cumplirá la razón de un nefrólogo por.
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Lunes 17/10/2016 Pregunta: 1º Consulta: En el apartado 7.1 (del pliego de cláusulas administrativas)”Medios para acreditar la solvencia económica y financiera“ El importe de la cifra de negocios de la empresa que se compara con la (anualidad media x 1,5) ¿ es independiente para cada lote? Si se opta a varios lotes, el sumatorio de las (anualidades medias x 1,5) ¿puede superar el importe total del volumen anual de la empresa? Respuesta: La solvencia se acreditará por Lote. Si presentan oferta a varios lotes ha de sumar la solvencia de cada lote y su volumen anual de negocio deberá ser igual o superior a ese sumatorio. Pregunta: 2º Consulta: Para dar continuidad al trabajo que ha venido haciendo la Asociación durante años y por disponer, XXXXXXX, de cuatro centros, nos vemos obligados a optar a 3 lotes, si queremos seguir conservando, al menos, tres centros. Esto nos lleva a volver a comentar el apartado 7.1 Medios para acreditar la solvencia económica y financiera. En este punto se pide que el empresario deberá acreditar, mediante las cuentas de Pérdidas y Ganancias de los tres últimos años presentados, el volumen anual de esos ejercicios, y de éste, elegir el año de mayor ejecución. Todo esto, con el fin de comparar el volumen anual de mayor ejecución con la tabla que determina si se puede optar a un lote o no. Analizando esto nos surgen dos cuestiones: 1. En primer lugar, entendemos el volumen anual como el volumen de negocios anual. Nuestra organización, al tratarse de una asociación sin ánimo de lucro, dispone como volumen anual, la suma de los dos apartados de nuestra cuenta de Pérdidas y Ganancias: 1. Ingresos de la actividad propia y 2. Ventas y otros ingresos de la actividad mercantil. Según el segundo párrafo del artículo 35.2 del Código de Comercio: “La cifra de negocios comprenderá los importes de la venta de los productos y de la prestación de servicios u otros ingresos correspondientes a las actividades ordinarias de la empresa, deducidas las bonificaciones y demás reducciones sobre las ventas, así como el Impuesto sobre el Valor Añadido, y otros impuestos directamente relacionados con la mencionada cifra de negocios, que deban ser objeto de repercusión”. Así, desde un punto de vista mercantil, la cifra de negocio engloba la venta de productos, la prestación de servicios y los ingresos de las actividades ordinarias de la empresa. Aclarar que en el apartado Ingresos de la actividad propia, se incluyen las subvenciones. En definitiva, estimamos que esos ingresos son necesarios para realizar nuestra actividad de carácter asistencial como Asociación sin ánimo de lucro. ¿Podría XXXXXXX, según el criterio anteriormente expuesto, incluir las subvenciones como volumen anual? Respuesta: Sí que computarían. Pregunta: Por otra parte, estimamos que en el pliego se determina la capacidad que tiene la empresa adjudicataria para generar recursos, a través de la Cuenta de Resultados, sin embargo de esta forma no se tiene en cuenta la solvencia económica y financiera en el momento previo a la contratación. No se tiene en cuenta el Balance de la empresa del que se podría extraer el análisis de la calidad del Patrimonio neto de la misma, nivel de endeudamiento y su liquidez actual, imprescindible para hacer frente a grandes proyectos como lo es este. Si se tuvieran en cuenta estos factores la información económica y financiera sería más fiable y completa. Valorando los puntos 1 y 2. ¿Sería posible un sistema en el que se tuviera en cuenta el volumen anual 1

(incluyendo subvenciones en nuestro caso), la capacidad de endeudamiento y el líquido disponible de una empresa a una fecha dada (concretamente la de la publicación del concurso en el DOCV), por ejemplo? Respuesta: El órgano de contratación haciendo uso de la potestad recogida en el artículo 75 TRLCSP, ha determinado en Anexo de Características al Pliego modelo de Cláusulas Administrativas, como medio de acreditar la solvencia económica y financiera, el volumen anual de negocios. Pregunta: Consulta: Se observa que los requisitos económicos del lote 6 son mayores que los del lote 16, pero sin embargo tiene más sesiones el lote 16 que el 6. ¿Existe algún otro factor de valoración de los requisitos económicos que no sea el número de pacientes y el de sesiones? Respuesta: Ver corrección de errores Lunes 17/10/2016 Estamos interesados en dicha licitación y nos surge una duda sobre la presentación de documentación en el Sobre 1: Documentación administrativa acreditativa del cumplimiento de requisitos previos. En el punto 5 de la página 18 cita “cuando los contratos estén divididos en lotes y cuando los criterios de selección varíen de un criterio a otro, el DEUC deberá cumplimentarse para cada lote (o grupo de lotes al que se apliquen los mismos criterios de selección). Pregunta: Nuestra consulta es: el resto de la documentación que tiene que incluirse en el sobre 1, tiene que presentarse también por cada lote. Es decir, si nos presentáramos a 15 lotes, ¿tendríamos que presentar 15 Sobres 1, uno por lote? Respuesta: No es necesario presentar varios sobres 1 en caso de licitar a varios lotes. En el mismo sobre se incluirá los DEUCs y demás documentación correspondiente a los lotes a los que presenta oferta. Lunes 17/10/2016 Pregunta: En el punto 8.1.1. Información ( del Pliego de Prescripciones técnicas) se indica que “ la unidad deberá disponer en un lugar accesible y a disposición de los pacientes y su familia, de la relación completa de personal sanitario que presta los servicios con el dato de su titulación sanitaria así como de las instalaciones y los medios técnicos con que cuenta para la prestación de este tratamiento”. Nuestra pregunta es si esta información, expuesta en un lugar accesible es necesaria para la prestación del servicio, si aporta un valor añadido o si bastaría con publicar un organigrama del personal del centro fijo, ya que por el régimen de turnos utilizado la lista de profesionales sería larga y seguramente incompleta. Respuesta: De conformidad con la normativa legal vigente debe tener en lugar visible la autorización sanitaria de funcionamiento y la persona responsable del centro, así como que el personal que atienda a los pacientes, este debidamente identificado.

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Pregunta: En el punto 8.1.2 Gestión Clínica ( del Pliego de Prescripciones técnicas) se indica” Por otra parte, y de acuerdo con los servicios de transfusión de los que depende cada uno de los departamentos de salud, los nefrólogos de los centros podrán solicitar sangre o componentes sanguíneos para la realización de transfusiones en el propio centro de hemodiálisis con el fin de evitar desplazamientos de pacientes. A tal fin se seguirán los procedimientos de los servicios de transfusión o, en caso necesario, su atención en el servicio de urgencias del centro hospitalario La empresa adjudicataria será la responsable del transporte de los distintos productos solicitados (concentrado de hematíes, plaquetas, plasma....), siguiendo también las indicaciones del servicio de transfusión. Este tratamiento o soporte transfusional se podrá realizar siempre que haya un acuerdo previo con los servicios de transfusión, nefrología y los centros dependientes, asumiendo el departamento de salud el cargo del coste de dicha terapia. No obstante, las comisiones de seguimiento de cada departamento podrán regular estos mecanismos de remisión de medicación o hemoderivados en su propio ámbito conforme a sus características particulares y siempre para mejorar la atención de los pacientes y facilitar su tratamiento con el menor desplazamiento, coste e incomodidades posibles así como con la mayor seguridad para su salud.” Precisamente en términos de Seguridad del paciente y en el marco de la norma UNE 179.003 conforme a la que nuestros centros están certificados, nos preguntamos si el hecho de practicar una trasfusión de sangre o hemoderivados en un centro ambulatorio, como son los de hemodiálisis, podría complicar el tratamiento del paciente en caso de una reacción adversa durante la transfusión. Respuesta: En las unidades se debe atender integralmente a los pacientes y, si los pacientes son susceptibles de transfusión se debe realizar, siempre que haya acuerdo previo entre el Servicio de Hematología/Centro de Transfusiones, el servicio de nefrología y el centro. En las unidades de hemodiálisis debe haber personal especializado (enfermería, médico) capaz de atender posibles reacciones adversas no sólo de las transfusiones sino también de los procedimientos realizados como la diálisis, que potencialmente se pueden acompañar de más reacciones adversas que la propia transfusión (tanto por frecuencia del procedimiento como por el estado clínico de los pacientes). Martes 18/10/2016 Pregunta: De la forma de presentar la documentación relativa al sobre 1, en el supuesto de concurrir a la licitación para la adjudicación de varios lotes. Respuesta: Se puede presentar un solo sobre 1 en el que se incluya toda la documentación, se deberá presentar un DEUC por cada lote a los que se licite en los que se indique la solvencia económica y técnica o por el contrario un solo DEUC con la solvencia por lote acumulada. Pregunta: De la forma de presentar la documentación relativa al sobre 2, en el supuesto de concurrir a la licitación para la adjudicación de varios lotes. Respuesta: Se puede presentar un solo sobre 2, donde se incluya una oferta técnica completa y diferenciada por lote. La forma de presentación se deja a la libertad de los licitadores que optaran por aquella que les sea más cómoda.

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Pregunta: De la forma de presentar la documentación relativa al sobre 3, en el supuesto de concurrir a la licitación para la adjudicación de varios lotes. Respuesta: Se puede presentar un solo sobre 3, en el que se incluya una oferta individualizada por lote, no permitiéndose en este expediente las ofertas conjuntas a varios lotes. Pregunta: De la aclaración de los requisitos de solvencia económica y técnica en el Anexo I del Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares (Cláusulas 7.1 y 7.2) en caso de concurrir a la licitación de varios lotes. Respuesta: La solvencia tanto económica como técnica y profesional se acreditará por Lote. Si presentan oferta a varios lotes ha de sumar la solvencia de cada lote y su volumen anual de negocio deberá ser igual o superior a ese sumatorio. Pregunta: Sobre el requisito de nefrólogo titulado y la presencia física en cada centro durante toda la diálisis al que hace referencia la Cláusula 7 (inciso primero) del PPT. Respuesta: Debe haber un especialista titulado de presencia física en cada centro, y en aquellos con grana fluencia de pacientes se cumplirá la razón de un nefrólogo por cada 50 pacientes, en relación con el Apartado 7 Recursos Humanos del Pliego de Prescripciones Técnicas Pregunta: Aclaración sobre el criterio determinación del precio por sesión de hemodiálisis referido a cada centro. Aclaración en relación con el inciso referido en el Anexo I, cada precio de tramo se aplicará el número de sesiones realizadas en cada uno de los tramos en cada departamento, se entiende referida al número de sesiones realizadas en cada centro ofertado y en base a criterios de economía de escala, por lo que la oferta económica a realizar, en aquellos lotes en los que existan varios centros, podrá individualizarse y diferenciarse por centro, aplicándose además los tramos en función del número de sesiones realizadas en cada uno de dichos centros. Respuesta: La oferta económica a realizar será para las sesiones y tramos de sesiones por Lote, en los lotes que haya más de un centro será de aplicación el mismo precio para todos los centros. Pregunta: Aclaración del concepto importe de la licitación contenido en el Anexo I del PCAP. Respuesta: El concepto importe de la licitación es sinónimo al concepto presupuesto recogido en el Apartado 3 del Anexo I del modelo de cláusulas administrativas particulares para la contratación de los servicios de tratamiento de la enfermedad renal crónica avanzada mediante hemodiálisis. Pregunta: Aclaración del mecanismo de valoración de la oferta económica. Respuesta: Con la ofertad el porcentaje de baja, se calculará el importe ofertado por cada uno de los licitadores y se procederá a aplicar la fórmula recogida en el apartado 10.1, ponderación, criterios objetivos, precio del Anexo I del modelo de cláusulas 4

administrativas particulares para la contratación de los servicios de tratamiento de la enfermedad renal crónica avanzada mediante hemodiálisis. Pregunta: Aclaración del mecanismo desproporcionadas o anormales.

de

determinación

de

las

ofertas

Respuesta: Se entenderán por ofertas económicas para la determinación de las ofertas desproporcionadas o anormales el precio ofertado para las sesiones de diálisis y para los accesos vasculares. Martes 18/10/2016 En relación a la solvencia económica y financiera, Pregunta: Hay que presentar el volumen anual de los tres últimos ejercicios, acreditándolo mediante la cuenta de PYG depositadas en el registro, en este caso se refiere AL VOLUMEN ANUAL DE FACTURACION TOTAL de la sociedad mercantil que esté presentando la licitación?? Respuesta; El órgano de contratación haciendo uso de la potestad recogida en el artículo 75 TRLCSP, ha determinado en Anexo de Características al Pliego modelo de Cláusulas Administrativas, como medio de acreditar la solvencia económica y financiera, el volumen anual de negocios, con carácter general. Pregunta: si una misma sociedad mercantil se presenta a varios lotes la cifra a acreditar es la suma mínima establecida para cada una de ellos o con acreditar que la sociedad tiene un volumen anual de facturación total superior a la del lote de mayor importe requerido es suficiente? Es decir, si me quiero presentar al lote 10 y al lote 11 qué debería volumen debería acreditar? o o

(3.636.360 + 2.909.088)= 6.545.448 ó 3.636.360?

Y por otra parte está la solvencia técnica y profesional, en servicios de igual o similar naturaleza (sobre esto de “similar naturaleza” le hemos hecho también una consulta previa para saber a qué tipo de servicios se podrían considerar similares), y la duda es la misma Si una misma sociedad mercantil se presenta a varios lotes la cifra a acreditar es la suma mínima establecida para cada una de ellos o con acreditar que la sociedad tiene un volumen anual de facturación total superior a la del lote de mayor importe requerido es suficiente? Es decir, si me quiero presentar al lote 10 y al lote 11 qué volumen debería acreditar? o o

(1.696.968 + 1.357.574,40)= 3.054.542,4 ó 1.696.968?

Respuesta: La solvencia se acreditará por Lote. Si presentan oferta a varios lotes ha de sumar la solvencia de cada lote y su volumen anual de negocio deberá ser igual o superior a ese sumatorio.

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Martes 18/10/2016 Pregunta: En relación a los medios para acreditar la solvencia técnica y profesional, se solicita acreditar el importe anual ejecutado en servicios de igual o similar naturaleza, nuestra duda es que entienden ustedes como SERVICIOS DE SIMILAR NATURALEZA? Respuesta: Se refiere a los servicios recogidos dentro del CPV (Common Procurement Vocabulary) vocabulario común de los contratos públicos, especificado en el Apartado 2.3 del Anexo I del modelo de cláusulas administrativas particulares para la contratación de los servicios de tratamiento de la enfermedad renal crónica avanzada mediante hemodiálisis, CPV -85121220-1 Pregunta: La licitación también da la posibilidad de presentar un proyecto a ejecutar en los ocho meses siguientes a ser adjudicado, en ese caso como se tendría que acreditar la solvencia técnica ? Dado que es un proyecto no existe facturación previa. Respuesta: La empresa licitadora puede optar a los lotes con centros que ya cuentan con autorización sanitaria de funcionamiento o bien ofertar la construcción de un nuevo centro, pero siempre para licitar debe contar con la solvencia económica, técnica y profesional exigida para el lote o los lotes a los que se licita. Jueves 20/10/2016 Pregunta: Sobre la documentación aportar en el caso de licitar con un proyecto de centro; confirmar que en caso de que se licite con un centro en proyecto, será suficiente con incluir en el sobre correspondiente la documentación prevista en la cláusula 5.1.1 del PPT, no siendo necesario incluir un proyecto arquitectónico completo y visado conforme a lo establecido en la cláusula 7.4.2 (página 13) del anexo I del PCAP y siendo dicho requisito únicamente exigible al licitador que hubiera presentado la oferta económicamente más ventajosa. Respuesta; Sí, deberán incluir la documentación prevista en la cláusula 5.1.1 del PPT, y solo los propuestos como adjudicatarios deberán presentar la documentación recogida en la Cláusula 7.4.2 Viernes 21/10/2016 Pregunta: Nuestra consulta es referente a la acreditación de la solvencia económica y financiera. En el ANEXO I del Pliego se especifica: “Forma de acreditación: mediante la presentación volumen anual de los tres últimos ejercicios se acreditará mediante la cuenta de pérdidas o ganancias, en los tres últimos ejercicios contables aprobados y depositados en el Registro Mercantil si el empresario estuviera inscrito en dicho en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito”. En nuestro caso, al ser una Asociación Sin Ánimo de Lucro, depositamos las cuentas en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana. Como dato adicional, nuestras cuentas están Auditadas por una Empresa Auditora, y las cuentas siempre se han presentado en el plazo legal establecido para ello. Los tres últimos ejercicios contables aprobados son los correspondientes a los años 2013,2014 y 2015. Cuando depositamos las cuentas se realiza una SOLICITUD DE DEPOSITO de cuentas y cuando estas se revisan por el órgano correspondiente, 6

se emite un comunicado en el que se resuelve DEPOSITAR las cuentas en el Registro Autonómico de Asociaciones de la Comunitat Valenciana. Dicho esto, el Registro de Asociaciones lleva un retraso de varios años y el último documento de RESOLUCIÓN DE DEPOSITO que tenemos es del año 2013. Teniendo de los años 2014 y 2015, únicamente la SOLICITUD DE DEPOSITO. ¿Sería válido este documento, SOLICITUD DE DEPOSITO, sellado por la Consellería de Gobernación y Justicia, para acreditar que se ha realizado el depósito y así poder considerar las cuentas de los años 2013,2014 y 2015 para la acreditación de la solvencia económica? O ¿Por el contrario debiéramos considerar las cuentas del año 2011, 2012 y 2013, de las que disponemos los documentos de RESOLUCION DE DEPOSITO emitido por la citada Consellería? Respuesta: En aplicación del artículo 36.d) de la Ley 14/2008, de 18 de noviembre de 2008, de la Generalitat, de Asociaciones de la Comunitat Valenciana, en relación con las competencias de la Asamblea es “Aprobar el presupuesto anual y la liquidación anual de cuentas.”, no siendo obligatorio el depósito por lo que con las cuentas de los tres últimos ejercicios aprobados por la Asamblea General sería suficiente. Lunes 24/10/2016 Por la presente, y con el objeto de presentarles una propuesta, rogamos nos indique lo siguiente: Pregunta: La clínica Vistahermosa está ubicada en Avenida de Denia nº 103, esquina con Dr. José Babbe Delgado, en la ciudad de Alicante y con código postal 03015. ¿Podrían indicarnos a que Área/zona podríamos Licitar? Respuesta: Siempre que reúna todas las condiciones estipuladas en Pliego de Prescripciones Técnicas, podría licitar al Lote 17 San Juan. Lunes 24/10/2016 Pregunta: Solicitamos nos aclaren si en primer lugar en caso de que la solvencia se necesitara acreditar por medios externos el DEUC debe estar firmado por la empresa que presta su solvencia o por la empresa que presenta el concurso y en segundo lugar para el caso de subcontratación el DEUC lo ha de firmar la empresa que presenta la oferta o la empresa subcontratada Respuesta: En relación con la presentación de la solvencia por medios externos, la empresa licitadora debe indicar en su DEUC este extremo, debiendo cumplimentar la otra empresa un DEUC en los apartados necesarios. En el caso de la subcontratación la mercantil licitante deberá cumplimentar un DEUC en el que se determine la subcontratación y por su parte el subcontratista deberá cumplimentar otro DEUC, de conformidad con el Apartado 24 del Anexo I Martes 25/10/2016 El apartado 10 del Anexo de Características del PCAP establece los criterios de adjudicación distinguiendo entre criterios de adjudicación cuantificables de forma

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automática y criterios valorables de forma subjetiva (es decir, criterio sujetos a juicio de valor). Los criterios valorables de forma subjetiva son: (i) calidad de equipamientos e instalaciones (en el que se valora las condiciones de habitabilidad de la sala y la disposición y características de los otros espacios del centro); (ii) elementos de calidad asistencial. Los criterios cuantificables de forma automática son: (i) precio; (ii) pacientes en hemodiafiltración en línea en un porcentaje superior al 40%; (iii) aislamiento de pacientes VIH/VIC (en el que se valora la realización de hemodiálisis de los pacientes VIH y de los pacientes VHC en sala independiente). Como es sabido, el artículo 150.2 del TRLCSP dispone: “La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello. Las normas de desarrollo de esta Ley determinarán los supuestos y condiciones en que deba hacerse pública tal evaluación previa, así como la forma en que deberán presentarse las proposiciones para hacer posible esta valoración separada”. Y, en este sentido, el artículo 26 del Real Decreto 817/2004 establece: “La documentación relativa a los criterios cuya ponderación dependa de un juicio de valor debe presentarse, en todo caso, en sobre independiente del resto de la proposición con objeto de evitar el conocimiento de esta última antes de que se haya efectuado la valoración de aquéllos”. En atención a ello, cuando un licitador incluye en el sobre correspondiente a los criterios sujetos a juicio de valor información valorable mediante los criterios de valoración automático, la consecuencia que se anuda es la de exclusión de licitador, por infracción del secreto de las proposiciones (resoluciones 191/2011 y 295/2011 del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, Informe 12/2013 de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de Aragón). Pues bien, en el presente caso el PPT dispone (cláusula 5.1.1) que “el licitador presentará planos resumen de situación y emplazamiento, distribución y funcionamiento (cuadro de superficies útiles), organización (accesos y recorridos) y memoria resumen descriptiva de cada centro.” De este modo, al incluir en el Sobre 2 esos planos resumen del centro se estaría anticipando la información valorable conforme al criterio cuantificable de forma automática “aislamiento de pacientes VIH/VIC”, pues se vendría si se oferta una sala independiente para la hemodiálisis de pacientes VIH y una sala independiente para la hemodiálisis de los pacientes VHC (ya de forma expresa -indicando expresamente que uno de los espacios dibujados en el plano es la sala independiente para hemodiálisis de pacientes VIH y que otro de los espacios en la sala independiente para hemodiálisis de pacientes VHC-, ya de forma tácita –al cejar esos espacios en blanco en los planos, sin indicar cuál va ser su función o destino-). Pregunta: En atención a ello solicitamos que se aclare y especifique en qué términos han de prepararse y presentarse los planos resumen para que se entienda que no se 8

está anticipando información sobre la oferta de salas independientes a valorar mediante el criterio cuantificable de forma automática “aislamiento de pacientes VIH/VHC”. Respuesta: Deberían ponerse de forma anónima, como zonas destinadas a la atención de pacientes sin especificar qué tipo de paciente se atiende, para no revelar parte de la oferta sometida a criterios cuantificables de forma automática, o también se puede denominar como “salas de hemodiálisis”

Dentro de los criterios valorables de forma subjetiva el apartado 10 del Anexo de Características del PCAP agrupa, bajo la denominación “elementos de calidad asistencial”, tres criterios, que fija en los siguientes términos: “- La integración en el personal del centro de equipos multidisciplinares entre los que se encuentren dietistas y especialistas en nutrición, psicólogos y trabajadores especiales de apoyo a los pacientes con horas de dedicación y programas de formación y asesoramiento, así como medios de impartición: 6 puntos. - La existencia de un programa y equipos de seguimiento del acceso vascular. Así como la disponibilidad de un equipo de cirugía vascular especializado en este cometido: 4 puntos. - Establecer un sistema de informatización de la historia clínica del paciente, compatible con el disponible en el Hospital donde se encuentre el Servicio de Nefrología de referencia, y que permita una integración de la información para la consulta “on line” desde dicho centro hospitalario descrito en el punto 8.1.2 del PPT: 4 puntos” Si fueran unos criterios cuantificables de forma automática (no unos criterios valorables de forma subjetiva o criterios sujetos a juicio de valor) se entendería que para obtener los puntos indicados bastaría con ofertar los medios que se indican: es decir, bastaría con ofertar, por ejemplo, el establecimiento de un sistema de informatización de la historia clínica del paciente con las características descritas (esto es, bastaría con indicar si se oferta o si no se oferta, de modo que si se oferta se obtiene los 4 puntos, y si no se oferta se obtiene 0 puntos) Pero se trata de unos criterios sujetos a juicio de valor, con lo que se entiende que habrá un licitador que ofertando esos medios (por ejemplo, el sistema de informatización de la historia clínica del paciente con las referidas características) obtendrá una mayor puntuación (dentro del límite de los 4 puntos máximos) y otro la obtendrá menor. Ahora bien, no se aclara cuáles son las características que permitirán obtener esa mayor puntuación, ni cuáles son las reglas para asignar esa puntuación (esto es, cuáles son los criterios o aspectos que, respecto de cada uno de esos criterios, se consideran más relevantes y cuales menos, y que porcentaje de puntuación se dará a cada uno de ellos). Esa información es algo que deberá suministrar a los licitadores en el momento de preparar y presentar sus ofertas, sirviéndoles de guía para ello, pues así lo exige el principio de transparencia. 9

En este sentido se han pronunciado en numerosas ocasiones los Tribunales administrativos de recursos contractuales: por citar solo los pronunciamientos más recientes, cabe señalar la Resolución 48/2016, de 25 de febrero de 2016, del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía, o la Resolución 5/2015, de 7 de enero de 2015, del Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público. Y esta misma circunstancia concurre en el criterio que, bajo la denominación “calidad en equipamientos e instalaciones, fija el apartado 10 del Anexo de Características del PCAP en los siguientes términos: “La existencia de un espacio multiuso que garantice la privacidad de los pacientes en las diferentes situaciones en que puedan encontrarse todo ello adicionales al mínimo exigido en el pliego de prescripciones técnicas 5.1.3: hasta 3 puntos”. Pregunta: En atención a ello solicitamos que se aclaren y especifiquen cuáles son las características que, respecto a los criterios de adjudicación agrupados bajo la denominación “elementos de calidad asistencial” y respecto del criterio relativo a la existencia de un espacio multiuso, se considera por ese órgano de contratación que permitirán obtener esa mayor puntuación, y cuáles son las reglas para asignar esa puntuación (esto es, cuáles son los criterios o aspectos que, respecto de cada uno de esos criterios, se consideran más relevantes y cuáles menos, y que porcentaje de puntuación se dará a cada uno de ellos). Respuesta: Al criterio de valoración se le da una redacción amplia para que cada uno de los licitadores tenga libertad a la hora de ofertar la solución que cree mejor, valorándose las ofertas en comparación de unas con otras, como se deriva de la Memoria del Tribunal de Cuentas correspondiente al ejercicio 2005 (pág.34) que lo califica de principio básico en materia de contratación, para determinar la oferta que es más ventajosa (artículo 150.1 TRLCSP), y en ese mismo sentido la Resolución del Tribunal 140/2012 recordó “que la valoración de las ofertas resulta de la comparación de unas con otras, en base a los criterios de adjudicación establecidos en el pliego” Los Tribunales administrativos de contratación pública tienen un criterio unánime y común en relación con la necesidad de que las mejoras previstas como criterios de adjudicación vengan fijadas en los pliegos con rigurosa precisión. En este sentido el Acuerdo 12/2015, de 20 de enero de 2015, del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Aragón señala que la doctrina sobre las mejoras se encuentra sintetizada de forma excelente en la Resolución 592/2014, de 30 de julio, del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales, que declara que deben concurrir los siguientes requisitos para la admisión de las mejoras: (i) que se autoricen expresamente por el órgano de contratación;(ii) que guarden relación con el objeto del contrato; (iii) que deberán mencionarlos en el pliego y en los anuncios; (iv) que se detallen con precisión los requisitos mínimos y modalidades de presentación. Y el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, en su Resolución 61/2015, de 23 de abril de 2015, tras recordar que esta doctrina de los Tribunales administrativos trae causa de los pronunciamientos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea al analizar la obligación de que el pliego de cláusulas detalle las condiciones y requisitos de presentación de las mejoras, en aras del principio de igualdad de los licitadores (sentencia 16 de octubre de 2003, asunto Trunfelher GMBH, sentencia de 28 de noviembre de 2008, asunto Alexandroupulis), advierte que, de 10

acuerdo con ello y con el principio de transparencia, el pliego deberá: (i) precisar los aspectos concretos sobre los que pueden presentarse las mejoras, (ii) fijar los requisitos mínimos y modalidades de presentación, (iii) establecer la ponderación que se otorgará a cada uno de los apartados en que se articulen esas mejoras y (iv) fijar los parámetros a considerar para la asignación de los puntos previstos. Dentro de los criterios valorables de forma subjetiva (criterios sujetos a juicio de valor) el apartado 10 del Anexo de Características del PCAP establece, como una de los criterios agrupados bajo la denominación “calidad en equipamientos e instalaciones”, el criterio relativo a las condiciones de habitabilidad de la sala y la disposición y características de otros espacios descritos en el punto 5.1.3 del PPT, así como los elementos que confieren una mayor comodidad y confortabilidad al paciente. Y señala ese apartado 10 que en este criterio “se valorarán entre otras las mejoras en las características de los sillones y camas previstos 5.1.3 del PPT, la dotación en las salas de hemodiálisis de la conexión a internet, TV y mesas de apoyo para materia de lectura y escritura así como para guardar las pertenencias, la mejora en la oferta de 2 o más camas por cada 10 pacientes del punto 5.1.3 del PPT”. Es decir, a la luz de esos términos del pliego, cabría ofertar esas mejoras que se especifican, pero también otras que no se especifican (y que, de acuerdo con el criterio de los Tribunales antes expuesto, deberían especificarse). Y, por otra parte, no se especifica la ponderación o puntuación que corresponderá cada una de esas mejoras o apartados. Pregunta: En atención a ello solicitamos que se aclaren y especifiquen cuáles son esas “otras mejoras” que podrán ofertarse y será valoradas en el referido criterio adjudicación, así como los ponderación o puntuación que corresponderá a cada una de esas mejoras y los parámetros que se van a considerar para asignar esa puntuación. Respuesta: Las mejoras con respecto particularidades como se indica en el PPT

a la

antigüedad,

características

y

El apartado 7.4.2 del Anexo de Características del PCAP establece que, en el caso del lote correspondiente al Departamento de salud de Sagunto, el centro de hemodiálisis deberá estar localizado en Puerto de Sagunto, por ser la localidad de mayor población de ese Departamento de salud. La razón a la que obedece esa previsión es (según el propio apartado 7.4.2 del Anexo de Características del PCAP) procurar una mejor accesibilidad y una menor distancia entre el domicilio del paciente y el centro de tratamiento, pues ello es especialmente importante en los pacientes en tratamiento en hemodiálisis, pues además de ser pacientes con una media de edad avanzada y tener múltiples enfermedades crónicas asociadas con la fragilidad consiguiente, tienen que desplazarse al menos 3 días a la semana, de por vida o hasta trasplante renal en el caso de que esté indicado, para recibir tratamiento con duración diaria de aproximadamente 4 horas. Sin embrago, en el caso del Departamento de salud de Sagunto, la localización del centro en la población de Puerto de Sagunto puede generar el efecto contrario al perseguido. Piénsese que si el centro se ubica en esa población, en la parte más 11

cercana al mar (lo que supondría ubicar el centro en el límite territorial del Departamento de salud y en un área de accesibilidad muy complicada), la distancia de ese centro con los pacientes de Sagunto o de Canet d’en Berenguer se incrementaría enormemente. E incluso, para los pacientes de Puerto de Sagunto la accesibilidad al centro puede ser mejor (y la distancia y tiempo de desplazamiento menor) si el centro se ubica en un localización que goce de mayor centralidad en el ámbito territorial del Departamento de Salud y de una accesibilidad especialmente adecuada como, por ejemplo, en el Polígono Industrial Canet d’en Berenguer. Pregunta: En atención a ello solicitamos que se aclaren si, en el caso del lote correspondiente al Departamento de salud de Sagunto, el centro podría estar localizad en el Polígono Industrial Canet d’en Berenguer, en atención a su centralidad en el ámbito territorial del Departamento de salud y que su accesibilidad es óptima y especialmente adecuada para los pacientes de las distintas poblaciones incluidas en el Departamento de salud. Respuesta: En el PPT y en el Anexo de Características, en la localización del centro correspondiente al Departamento de Salud Sagunto se indica, Puerto de Sagunto. Pregunta: Cuando se licita a varios lotes, se puede presentar un único Sobre 1: Documentación Administrativa acreditativa del cumplimiento de requisitos previos. Pregunta: Hay que realizar un DEUC por lote al que licitas? Respuesta: Se puede presentar un solo sobre 1 en el que se incluya toda la documentación, se deberá presentar un DEUC por cada lote a los que se licite en los que se indique la solvencia económica y técnica o por el contrario un solo DEUC con la solvencia por lote acumulada.

En la pág. 7 del Anexo I, el primer párrafo indica “ ………. Tal y como dispone la cláusula 8.3.1. del PPT” Pregunta: En el PPT, no existe el apartado 8.3.1., se refieren al apartado 9.3.1.? Respuesta: La remisión correcta es al apartado 9.3.1 del PPT Calidad Asistencial.

En el apartado 7.4. Adscripción de medios en la pág. 12 incluye lo siguiente “Los licitadores presentarán para cada uno de los lotes a los que liciten, una descripción detallada de los centros propuestos para cada lote que se adscribirán a la ejecución del contrato de conformidad con el PPT según la Tabla 1· Pregunta: Se debe realizar una descripción de cada centro, incluyendo, localización, instalaciones y equipamiento, o únicamente una descripción de las instalaciones ofertadas, sin necesidad de describir el equipamiento. Respuesta: Véase apartado 6.1. del PPT en relación con el Apartado 5.1 de mismo PPT

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Pregunta: En este apartado se debe incluir la accesibilidad y la distancia entre el domicilio del paciente y el centro? Respuesta: En el apartado 5.1 se deberá indicar situación y emplazamiento de los centros. Apartado 7. Recursos Humanos, pág. 17 del PPT indica lo siguiente “Respecto al personal médico, se deberá garantizar el control de cada turno por un nefrólogo titulado, así como la presencia física en cada centro durante toda la diálisis. En el caso de nuevas contrataciones, por ampliación o sustitución de personal actual, se exigirá la titulación de especialista en nefrología”. Pregunta: El personal facultativo debe ser nefrólogo titulado, o puede ser un medico con formación específica en diálisis, en presencia física durante el turno de dialisis, bajo el control de este, por un nefrólogo titulado? Respuesta: como se indica en el Punto 7 del PPT “Respecto al personal médico, se deberá garantizar el control de cada turno por un nefrólogo titulado” Apartado 6.4. Equipamiento General Sanitario del PPT, indica lo siguiente: “El material sanitario cortopunzante deberá sustituirse por material de bioseguridad (Orden ESS/1451/2013) Pregunta: Algunos estudios realizados justifican que existe más riesgo con el uso de agujas retráctiles, ¿está contemplada otra opción? Respuesta: Si hay estudios que justifiquen que existe menos riesgos con el uso de otras opciones, habrá que informarlo aportando dichos estudios, y ser aprobado por el servicio de nefrología de referencia del centro.

Apartado 9.3. Calidad Asistencial, del PPT, indica lo siguiente: Las empresas licitadoras presentarán una memoria de actividad en el que, al menos, conste los siguientes indicadores (resultados medios de los últimos 3 años): • • • •

Tasa bruta de mortalidad anual. Porcentaje de pacientes con Hb entre 10-12 g/dl Porcentaje de pacientes con Kt/V (Daugirdas 2ª generación)≥ 1,3 Porcentaje de pacientes con Fosforo < 5 mg/dL.

Pregunta: Entendemos que debería ser: % de pacientes con Hb entre 10 y 12 g/dL en pacientes con Agentes eritropoyéticos (AAEs) y >10 en pacientes sin AAEs. Respuesta: Como dice el texto “al menos”, los indicadores que deberán constar en la memoria de actividad son al menos, los 4 que referencia el apartado 9.3. Si los licitadores quieren aportar más datos y más detallados, no hay inconveniente.

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Anexo C Indicadores del Proceso del PPT. • ANEMIA (calculo treimestral) Hb entre 10-12 g/Dl, en ≥ 80% de los pacientes Número de transfusiones en valor absoluto y / 100 pac Dosis media semanal de Eritropoyetina en U/Kg/ semana1 Dosis media semanal de Darbepoetina en mcg/Kg/ semana1 Dosis media de Metoxi-polietilenglicol-epoatina beta en mcg/Kg/semana1 Porcentaje de pacientes con ferritina entre 200-800 mcg/L, en ≥ 80% de los pacientes2. Indice de saturación de la transferrina ≥ 20, en ≥ 80 % de los pacientes. 1

Estándar por definir.

Pregunta: Al igual que en el punto anterior, entendemos lo mismo: % de pacientes con Hb entre 10 y 12 g/dL en pacientes con Agentes eritropoyéticos (AAEs) y >10 en pacientes sin AAEs. Respuesta: El indicador puede presentarse de forma global y desglosado (por pacientes tratados o no con agentes eritropoyéticos). En las sesiones clínicas entre responsables médicos contempladas en el punto 9.1. se definirán y acordarán todos aquellos indicadores que quieran o deban ampliarse a los contemplados en el pliego técnico. Anexo C. Indicadores de Calidad Asistencial - Indicadores de proceso, del PPT; • ….

(pág. 37 de 38) Pregunta : Respecto al tiempo de tratamiento dialítico el pliego especifica: “mayor”, pero entendemos que es mayor o igual, ¿es correcto? Respuesta: Debe indicar mayor o igual

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Anexo C. Indicadores de Calidad Asistencial - Indicadores de proceso, del PPT ….

(pág. 37 de 38) Pregunta: El primer punto se refiere a los pacientes incidentes, estos son los que nos derivan desde los hospitales, factor que no depende de nosotros, por ello ¿cómo poder conseguir este objetivo? Sólo podemos incidir y realizar las FAVS de aquellos que nos deriven en preHD. Si el paciente nos lo derivan con catéter tb, pero como consideran este paciente? ¿Qué consideran como incidente? Respuesta; El centro y los servicios de nefrología deben trabajar con los mismos objetivos para poder incidir allá donde corresponda en la mejora de los indicadores y objetivos. Este objetivo al igual que el resto, deberá ser evaluado en las sesiones clínicas y sobre todo por la comisión de seguimiento.

Apartado 5. Organización en la prestación del servicio geográfica, del PPT ….

5.1.2 Accesibilidad

(pág. 6 de 38) Pregunta: en el pliego vienen determinadas las localidades (aquellas de mayor población de cada uno de los Departamentos de Salud) donde deben estar ubicados los centros objeto de este contrato. Nuestra consulta radica en el caso concreto de Puerto de Sagunto, 15

ya que, nos encontramos con la dicotomía de que al disponer de un centro en Canet d’En Berenguer (Sagunto), a poca distancia de Puerto de Sagunto, que cuenta con unas instalaciones nuevas, amplias y capacitadas para poder continuar con la prestación de la actividad (ya consolidada) solicitada, desconocemos si: -es requisito imprescindible para optar a la adjudicación, ofrecer un centro en la localidad especificada: Puerto de Sagunto, - es posible presentarse con el centro existente, optando a la misma posibilidad de adjudicación, - es posible presentarse con el centro existente, pero las oportunidades de adjudicación disminuyen. Respuesta: En el PPT y en el Anexo de Características, en la localización del centro correspondiente al Departamento de Salud Sagunto, se indica Puerto de Sagunto. Es requisito imprescindible ofrecer los centros en las localizaciones que especifica el PPT.

Pregunta: Hay que presentar un Anexo IV (oferta económica) por cada lote licitado. Respuesta. Se puede presentar un solo sobre 3, en el que se incluya una oferta individualizada por lote licitado.

10. Criterios de adjudicación

(pág. 16) Pregunta: a efectos de que sea valorable, y por tanto objeto de otorgamiento de puntuación, ¿es suficiente con la presentación de una declaración firmada por el licitador -persona que representa- o sería necesario el acuerdo o contrato?. Respuesta: Al tratarse de un criterio de valoración no es necesario ni acuerdo ni contrato, solamente el propuesto como adjudicatario, debe ejecutar el contrato conforme a su oferta técnica realizada

Martes 25/10/2016 Pregunta: En el DEUC en la Parte IV: Criterios de Selección en el apartado 1b) hay que indicar el importe del operador económico por año o el total del periodo de 16

referencia por operador económico. Otra duda es como indicar si el contrato sigue en vigor en la columna de fecha. Respuesta: Se debe cumplimentar en la solvencia económica el apartado 1.a) y en la solvencia técnica y profesional el apartado 1.B), las solvencias que se citen deben ser de contratos ejecutados en el momento de la presentación de las ofertas por lo que el concepto en vigor, no se puede indicar puesto que solo podrán utilizar el importe ejecutado hasta la presentación de la oferta. Jueves 27/10/2016 Pregunta; Especificaciones de MONITORES DE DIALISIS: En la página 13 del documento titulado pliego de prescripciones técnicas referido en el punto 6.2 MONITORES DE HEMODIALISIS en las especificaciones técnicas de los monitores nos surge la duda en el punto 4 titulado: ¨los monitores de hemodiálisis modernos deberán cumplir con los siguientes requisitos: sensores integrados control de variación del volumen sanguíneo y diálisis iónica o similar en un 20%¨ . ¿ Es correcto esa especificación técnica? ¿Es excluyente , si no se dispone esa especificación técnica? Actualmente, monitores con esa especificación técnica queda muy acotado .¿Podrían justificar o argumentar el motivo de esa condición? Respuesta; La especificación es correcta. No es excluyente ya que se pide “similar” como dice el punto 6.2. ("Sensores integrados...o similar en un 20%"), y no se solicita un tipo de sensor específico que mida algún parámetro en concreto o con una tecnología específica. Bibliografía al respecto: http://www.revistanefrologia.com/es-monografias-nefrologia-dia-articulo-monitoreshemodialisis-biosensores-33 http://cdn.intechopen.com/pdfs/21270/InTechAutomated_blood_volume_regulation_during_hemodialysis.pdf Pregunta: ESPACIOS: En la página 15 del documento titulado Anexo I , en el punto 10.1 PONDERACION en el apartado B CRITERIOS VALORABLES DE FORMA SUBJETIVA , CALIDAD EN EQUIPAMIENTO E INSTALACIONES. ¿Podrían , por favor, explicar con más detalle o más explícitamente ¨ la existencia de un espacio multiuso que garantice la privacidad en las diferentes situaciones en que puedan encontrarse¨? Respuesta: Al criterio de valoración se le da una redacción amplia para que cada uno de los licitadores tenga libertad a la hora de ofertar la solución que cree mejor, valorándose las ofertas en comparación de unas con otras, como se deriva de la Memoria del Tribunal de Cuentas correspondiente al ejercicio 2005 (pág.34) que lo califica de principio básico en materia de contratación, para determinar la oferta que es más ventajosa (artículo 150.1 TRLCSP), y en ese mismo sentido la Resolución del Tribunal 140/2012 recordó “que la valoración de las ofertas resulta de la comparación de unas con otras, en base a los criterios de adjudicación establecidos en el pliego”

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Jueves 27/10/2016 Pregunta: Nos ha surgido la siguiente duda a la hora de rellenar el documento DEUC: En la parte I, apartado A, se indica en el caso de que los procedimientos de contratación en los que se haya publicado una convocatoria de Licitación en el Diario Oficial de la Unión Europea, la información exigida en la parte I se obtendrá automáticamente, siempre que se utilice el servicio DEUC electrónico para generar y cumplimentar el DEUC. Podrían por favor, comunicarnos la referencia del anuncio pertinente publicado en el DOUE? DOUE S número, fecha y página, así como Número del anuncio en el DOUE S. Respuesta: Fecha de publicación 7 de octubre de 2016, DOUE 2016/S 194-350229

Viernes 28/10/2016 Pregunta: Aclaración de los apartados del DEUC que deben cumplimentarse: Parte II (todo menos subcontratación), parte III (completo), Parte IV (criterios de selección sección A, sección B sección C), Parte V (no debe cumplimentarse),Parte VI (declaraciones finales cumplimentar completo) y en caso de subcontratación por parte del licitador (parte II y IV) y por parte del subcontratista (parte II, III. Respuesta; Sí.

Pregunta; Aclaración sobre la solvencia económica (sobre el objeto del contrato¿?) Respuesta; El órgano de contratación haciendo uso de la potestad recogida en el artículo 75 TRLCSP, ha determinado en Anexo de Características al Pliego modelo de Cláusulas Administrativas, como medio de acreditar la solvencia económica y financiera, el volumen anual de negocios, con carácter general. Pregunta: Cumplimentación del requisito de solvencia técnica en el DEUC. Respuesta; Se debe cumplimentar una línea por cada receptor del servicio hasta que se llegue a la cifra de solvencia necesaria, si en la relación de servicios se necesitarán más filas para obtener la solvencia necesaria, podrán presentar un Anexo al DEUC en el que se recoja la información fijada en el DEUC.

Pregunta; Aspectos relativos al DEUC en caso de existir subcontratación. Respuesta; En el caso de la subcontratación la mercantil licitante deberá cumplimentar un DEUC en el que se determine la subcontratación y por su parte el subcontratista deberá cumplimentar otro DEUC, de conformidad con el Apartado 24 del Anexo I

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Pregunta; Número de DEUCs a presentar en caso de licitar a varios lotes. Respuesta; En el presente contrato los criterios de selección varían de un Lote a otro, pues las solvencias son diferentes según el importe del Lote, por lo que se debe presentar un DEUC por Lote al que se licita o por el contrario, presentar un DEUC indicando los lotes a los que se licita, debiendo la solvencia de cada lote y su volumen anual de negocio ser igual o superior a ese sumatorio. Pregunta; Interpretación de la cláusula 5.3.2, del Índice del Pliego Modelo. Respuesta; En el Apartado 7.4 del Anexo I, se determina la adscripción de medios necesaria para la prestación del servicio, que se hará mediante una declaración firmada del licitador, debiendo acreditar documentalmente este compromiso solo el licitador propuesto como adjudicatario. Viernes 28/10/2016 Con respecto al ANEXO IV Modelo de Oferta Económica, tenemos dos dudas: Pregunta; ¿Dónde hay que incluir el número de lote que se oferta? Respuesta: El número del Lote al que se licita se debe incluir en el Apartado denominación del expediente. Pregunta: En la última frase del citado modelo “En caso de subcontratación Importe Económico:”, en el caso de querer subcontratar el 100 % de los accesos vasculares, ¿habría que incluir en este apartado la cantidad total presupuestada* para ese lote? *Entendemos que según el ANEXO I, hay un importe global presupuestado de 878.436,00 para todos los lotes, y por otra parte conocemos los pacientes teóricos asignados a cada lote, si queremos optar un lote y subcontratar el 100 % de los accesos vasculares ¿Sería en este caso la proporción del total presupuestado sobre el número de sesiones asignadas a cada lote? En el caso de no tratarse de este importe, les rogamos que nos indiquen a que se refiere la citada frase. Respuesta: En aplicación del artículo 227.2,e) del TRLCSP, el límite máximo para la subcontratación es el 60%, este porcentaje se aplicará al lote o lotes que se licite.

Lunes 31/10/2016 Pregunta: Según se indica en el apartado 7.4 del Anexo I del Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de servicios de tratamiento de la enfermedad renal crónica avanzada mediante hemodiálisis: “De acuerdo con lo señalado en el artículo 151.2 del TRLSP el licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa deberá acreditar 19

documentalmente que dispone los medios materiales a los que se comprometió mediante la presentación de la documentación siguiente: - Título de jurídico que acredite la titularidad o disponibilidad de uso del local. - Autorización sanitaria de apertura y funcionamiento como centro sanitario expedido por Administración competente en la materia de acuerdo con la normativa vigente. - En caso de licitar con un proyecto arquitectónico, éste deberá ser compatible con el local y contar con el visado del colegio profesional de arquitectos. En este caso, se aportarán planos de las instalaciones y descripción detallada de las mismas y de su equipamiento. Deberá adjuntarse un cronograma previsto de actuaciones con el compromiso de puesta en funcionamiento en un plazo no superior a ocho meses desde la adjudicación, garantizando su adecuación a las condiciones establecidas en las cláusulas del PPT”. Así pues, el licitador no necesariamente deberá contar con un centro sanitario, siendo posible acudir a la licitación con un proyecto arquitectónico de centro. En este caso, es decir, en el supuesto de licitar con un proyecto de centro, no debe presentarse autorización sanitaria de apertura y funcionamiento de resultar ser la oferta económicamente más ventajosa, pues este requisito sólo se exige para el caso de licitadores que cuenten con un centro sanitario en el momento de presentar oferta. Respuesta; En efecto, esta documentación deberá presentarse cuando el centro entre en funcionamiento, en un plazo no superior a 8 meses desde la adjudicación. Lunes 31/10/2016 Pregunta: ¿La documentación de cada sobre debe enviarse en formato papel, y pdf mediante pen drive? Respuesta: La documentación del sobre 1 y 3 en formato papel, y la del sobre 2 en formato papel y pdf mediante pen drive. Pregunta: En el Anexo II parte I; solicitan nº + fecha + página del DOUE , ruego nos lo faciliten, ya que solo puedo encontrar el anuncio en el BOE. Nº 254 + Fecha 20.10.2016 + Página Sec.V-A 63155.Respuesta: Fecha de publicación 7 de octubre de 2016, DOUE 2016/S 194-350229 Pregunta: Contenido de los sobres: => En el sobre nº 1: Medios materiales: La Clínica Vistahermosa tiene prevista una ampliación de las instalaciones actuales. Dicha ampliación hay que presentarla ya de inicio con planos visados, o sería suficiente una declaración responsable explicativa? Respuesta: No es necesario que se presente la ampliación, siempre que el centro actualmente cuente con los requisitos establecidos en el PPT.

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Lunes 31/10/2016 Pregunta: En el pliego técnico En control de calidad del agua y líquido de diálisis “El control de todos los contaminantes químicos, especificados en el punto 1.1.2” No se encuentra el punto 1.12 2. Los equipos modernos de tratamiento de agua para hemodiálisis deben ser capaces de producir agua con las siguientes características: Conductividad corregida para la temperatura de 1,1 microS.cm(en lugares donde el agua de aporte sea muy dura, de forma transitoria, se puede admitir conductividades menores de 20 microsS. cm). En la Guía de gestión de calidad de líquido de diálisis (segunda edición ,2015) apartado 4.2 “El agua purificada deberá tener una conductividad máxima de 5 micro S•cm&87221 a 25 &9702C (anexo 5). En causa del aumento de la conductividad (evidencia nivel C, 2). Si a pesar de contar con un tratamiento del agua con doble ósmosis en serie o una ósmosis más un electrodesionizador en serie no se alcanza 5 micro S•cm&87221 de conductividad y todos los contaminantes químicos medidos, especificados en el apartado 4.1.2, están en niveles correctos, se fijará el nivel de conductividad existente como de referencia, siempre inferior a 20 microS•cm&87221. En esos casos se identificara la causa del aumento de la conductividad, como puede ser dióxido de carbono, pH, Na, etc. Una vez fijado el nivel de referencia, tanto si permanece en valores inferiores a 5 S•cm&87221 como en la excepción mencionada, aumentos significativos de la conductividad, en más de un 30 de la de referencia, implicarán la determinación de todos los contaminantes químicos, el control de la calidad del agua de aporte y se identificará la causa del aumento de la conductividad.” Respuesta: El punto 1.1.2 se refiere a la tabla de la página 6 del documento el punto 1.1.2 de las guías de gestión de calidad del líquido de diálisis de la SEN (primera edición, descargable en http://dev.nefro.elsevier.es/es-publicacion-nefrologia-pdf-guasde-actuacin-clnica-de-la-sen-X0211699504029931). El PPT se elabora en un determinado momento incluyendo todos los avances técnicos y tecnológicos de ese momento (en este caso en base a la primera edición de la guía referida), pero son de aplicación al mismo los posibles avances posteriores científicotécnicos (en este caso la segunda edición de la Guía referida), que serán tenidos en cuenta, tal y como se contempla en el punto 5.3. del PPT: "Al igual que en el resto de las prestaciones, si durante la vigencia del contrato o sus prórrogas, por razón de los avances científicos surgieran nuevas técnicas de reparación de fístulas..." Lunes 31/10/2016 Pregunta: Dado la importante disminución de la prevalencia de los pacientes con HC positivo tras la introducción de los nuevos tratamiento antivirales se podría considerar la posibilidad de que mientras no exista un problema de espacio el poder dializar en un box a pacientes con HC y con HIV siempre y cuando NO COINCIDAN en el mismo turno y que cada patología vírica se dialice siempre en turnos distintos y por supuesto con una enfermera dedicada en exclusiva a estos pacientes .En el caso de que hubiera un incremento de pacientes con HC positivos ( o HIV) y estuvieran ocupados todos los puestos disponibles en el Box en cada turno entonces se tendrían que dializar en 2 box distintos y diferenciado de los pacientes seronegativos

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Respuesta; No es obligatorio separar a los VHC y VIH del resto, ni entre ellos mismos, es decir se pueden dializar al mismo tiempo en una sala pero situándose todos juntos (no alternando un seronegativo, un VHC...) y teniendo un personal específico asignado, aunque si que es un criterio de valoración, por lo que el contrato se deberá ejecutar conforme a la oferta te´cnica presentada. Pregunta: 4. Una empresa licitadora puede dar un precio distinto para cada lote Por ejemplo la empresa XX oferta por los lote 1 200 Euros por sesión y por el Lote 2 140 Euros por sesión o tiene que ofertar de forma homogénea en los lotes de la Comunidad Respuesta: Las ofertas son por lote, no se tiene que ofertar de forma homogénea en todos los lotes, los importes pueden variar de uno a otro. Lunes 31/10/2016 Pregunta: Respecto a la valoración "cuantitativa" del espacio multiusos incluido en los parámetro se incluye dentro de la "subjetividad". Entiendo que lo tendrá que definir la mesa de contratación. Se podría valorar la amplitud, mobiliario, disponibilidad de medios audiovisuales y/o ordenador, división en varios espacios (sala común, despacho pequeño para informar...)... Respuesta: Al criterio de valoración se le da una redacción amplia para que cada uno de los licitadores tenga libertad a la hora de ofertar la solución que cree mejor, valorándose las ofertas en comparación de unas con otras, como se deriva de la Memoria del Tribunal de Cuentas correspondiente al ejercicio 2005 (pág.34) que lo califica de principio básico en materia de contratación, para determinar la oferta que es más ventajosa (artículo 150.1 TRLCSP), y en ese mismo sentido la Resolución del Tribunal 140/2012 recordó “que la valoración de las ofertas resulta de la comparación de unas con otras, en base a los criterios de adjudicación establecidos en el pliego”. Valorándose todo aquello que sea una mejora respecto de lo exigido en el PPT. Miércoles 2/11/2016 Pregunta: En cuanto a los criterios cuantificables de forma automática Tanto la HDF on line como el aislamiento de pacientes están aludidos en los puntos 5 y 6 del pliego técnico como características técnicas cuya valoración se realizará mediante juicio de valor, sin embargo en el pliego administrativo indica expresamente que en el sobre 3 se aporte la doc. técnica para los criterios valorables de forma automática, que serán estos mismos. La pregunta es, si como indica el índice del pliego modelo, punto 5; “la inclusión de cualquier información sobre el contenido de la proposición en sobres distintos al que corresponda y que suponga quiebra del carácter secreto de la misma, determinará la exclusión de la oferta” ¿Se puede hacer mención a la HDF on line y a la posibilidad de tener previsto el aislamiento de los pacientes con virus sin vulnerar el carácter secreto? En ese caso, se abundaría en detalles y porcentajes en el sobre 3, para la valoración automática y baremación.

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Respuesta: Oferta incluida en el sobre 2, no deberá revelar ningún aspecto de la oferta sometida a criterios objetivos (sobre3). Deberían ponerse de forma anónima, como zonas destinadas a la atención de pacientes sin especificar qué tipo de paciente se atiende, para no revelar parte de la oferta sometida a criterios cuantificables de forma automática, o también se puede denominar como “salas de hemodiálisis” Pregunta: Nuestra entidad es Asociación sin ánimo de lucro y declarada de utilidad pública ¿Podemos incluir estas consideraciones en el sobre 2 para la valoración en caso de empate? Respuesta: Los criterios de desempate se incluyen en el Apartado 12 del Anexo I, los cuales deben incluirse en el sobre 1 documentación administrativa. Miércoles 02/11/2016 En relación con la licitación del expediente 231/2016 “Servicios de Tratamiento de la enfermedad renal crónica avanzada mediante Hemodiálisis”, tenemos las siguientes preguntas: Pregunta; En el caso de licitar a lotes diferentes con criterios de valoración distintos como es el caso del lote 8. A la hora de organizar la documentación de los sobres y con el propósito de facilitar la evaluación por parte del Órgano de Contratación, teníamos pensado en documentar cada lote de manera independiente pero dentro del mismo sobre, es esto correcto o debemos de presentar sobres B y C por cada lote ofertado. En el caso del Sobre A, entendemos que es común para la licitación. Respuesta: Se puede presentar un solo sobre 1 en el que se incluya toda la documentación, se deberá presentar un DEUC por cada lote a los que se licite en los que se indique la solvencia económica y técnica o por el contrario un solo DEUC con la solvencia por lote acumulada. Se puede presentar un solo sobre 2, donde se incluya una oferta técnica completa y diferenciada por lote. Se puede presentar un solo sobre 3, en el que se incluya una oferta individualizada por lote. Pregunta; En cuanto a la Solvencia Económica y Financiera es necesario aportar documentación, como puede ser volúmenes de facturación, certificados, cuentas anuales si estoy presentado el DEUC, de la misma manera tampoco sería necesario aportar la documentación anteriormente señalada en el caso de que base mi solvencia y medios de otras entidades del grupo. Respuesta: Si presentan el DEUC, no deben aportar documentación alguna, sólo en el caso de ser requeridos como posibles adjudicatarios. Miércoles 02/11/2016 Pregunta: Tras la lectura de los Pliegos y Anexos que han de regir la licitación del contrato de prestación del servicio de hemodiálisis ambulatoria solicitamos confirmación del siguiente extremo:

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Según se indica en el apartado 7.2 del Anexo I del Pliego Modelo de Cláusulas Administrativas Particulares para la contratación de servicios de tratamiento de la enfermedad renal crónica avanzada mediante hemodiálisis: “El importe anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado, en el año de mayor ejecución del periodo antes indicado en servicios de igual o similar naturaleza que los del contrato será igual o superior a las cantidades abajo relacionadas por lote. (70% de la anualidad media)”. Así pues, el importe anual que el empresario debe acreditar es el 70% de la anualidad media de cada uno de los lotes a los que presente oferta y no el 70% de la anualidad media acumulada de todos ellos. Es decir, si el licitador se presenta, por ejemplo, al lote 1 y al lote 2 deberá acreditar como ejecutado 921.211,20 euros en relación al lote 1 y 3.167.673,60 euros en relación al lote 2 y no 4.088.884,8 euros, resultado de sumar las dos cantidades indicadas. Respuesta: La solvencia se acreditará por Lote. Si presentan oferta a varios lotes ha de sumar la solvencia de cada lote y su volumen anual de negocio deberá ser igual o superior a ese sumatorio

Miércoles 02/11/2016 Pregunta: En relación con el lote 8 (Requena) rogamos aclaren si la limpieza de las instalaciones (unidad de diálisis, despachos, sala espera, aseos de pacientes) está incluida dentro de los servicios que figuran a cargo de la administración. Respuesta: De acuerdo con el Anexo 2 Correspondiente al Centro de hemodiálisis de Requena, la limpieza de las dependencias puestas a disposición para la prestación del servicio corresponde a los Adjudicatarios del servicio de hemodiálisis, quedando solo a cargo del Hospital lo que se indica en el párrafo 7º “Junto a la cesión de uso del local, el hospital asume el suministro de electricidad, agua, oxígeno, el mantenimiento del circuito de vacío, aire acondicionado, grupo electrógeno y dispositivos anti incendios. Igualmente asume en conjunto con el resto de servicios del hospital, la retirada de residuos, la lavandería y la desinfección. Las reparaciones específicas de los equipos instalados son por cuenta de la empresa” Miércoles 02/11/2016 Pregunta: Si deben incluirse en el sobre 1 (Documentación Administrativa) documentos justificativos de los casos de preferencia de adjudicación en caso de empate: - personal con discapacidad - plan de igualdad - haberse constituido como entidad sin ánimo de lucro Respuesta: No, está información se solicitará a los licitadores seleccionados como adjudicatarios.

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Viernes 04/11/2016 Pregunta: En el DEUC, parte II, en la sección C. En la pregunta ¿se basa el operador económico en la capacidad de otras entidades para satisfacer los criterios de selección contemplados en la parte IV y los criterios y normas contemplados en la parte V? ¿Se refiere solamente a las Uniones Temporales de Empresa (UTE) o también a los subcontratistas? Respuestas: Solo a la solvencia, en los casos de subcontratista hay un apartado específico para la subcontratación.

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