MINISTERIO DE SALUD
No
G62, zolLtjnirysn
QVSIICA osz
Zona
3 de serenar? jet zoly
Visto, el Expediente N° 14086517-001 que contiene el Informe N° 213-2014OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; Y, CONSIDERANDO: Que, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto Supremo N° 304-2012EF, y de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se expidió la Resolución Ministerial N° 810-2013/MINSA, de fecha 20 de diciembre de 2013 que aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PEA) para el Año Fiscal 2014 del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42 del Texto Único Ordenado de Ley N° 28411, establece que las incorporaciones de mayores fondos públicos que se generen como consecuencia de la percepción de determinados ingresos no previstos o superiores a los contemplados en el presupuesto inicial, son aprobados mediante Resolución del Titular de la Entidad cuando provenga de las fuentes distintas a las de Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito que se produzcan durante el año fiscal; Que, el literal i del numeral 192 del artículo 19 de la Directiva N° 005-2010EF/76.01 — "Directiva para la Ejecución Presupuestaria°, aprobada por Resolución Directoral N° 030-2010-EF/78.01 y sus modificaciones, establece que las modificaciones presupuestarias a Nivel Institucional por incorporación de mayores fondos públicos, de acuerdo a lo establecido en el numeral 42.1 del articulo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, procede cuando la captación u obtención de los ingresos superen los ingresos previstos que financian los créditos presupuestarios aprobados e nivel de fuente de financiamiento del presupuesto Institucional y consideradas en las proyecciones financieras de los ingresos que efectúe el Pliego, las cuales muestren un incremento que superen los créditos presupuestarios aprobados;
Oue, mediante Oficio N` 0596-2014-PARSALUDSCG, el Coordinador General de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — PARSALUD II, solicita la incorporación de fondos públicos por mayor recaudación en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, para el financiamiento de gastos operativos de la Unidad Ejecutora: Que, mediante el documento de Visto la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, informa que en atención al pedido formulado resulta necesario incorporar en el presupuesto del Año Fiscal 2014, los mayores recursos recaudados en la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a M Reforma del Sector Salud — PARSALUD II, en la Fuente de Financiamiento 2. Recursos Directamente Recaudados, hasta por la suma de SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (SI. 600 000.00); Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, 213-2014-OGPPa través de la Oficina de Presupuesto, mediante el Informe OP/MINSA, y con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Secretario General; y; De conformidad con lo previsto en el literal a) del numeral 42.1 del articulo 42 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; así como en el literal o) del articulo 10 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, Decreto Legislativo N° 1161; SE RESUELVE: Articulo IN- Autorizar la incorporación de mayores fondos públicos en el Presupueste Institucional del Pliego 011: Ministerio de Salud para el Año fiscal 2014, hasta por la suma de SEISCIENTOS MIL Y 001100 (S/. 600 000,00) de acuerdo al siguiente detalle: INGRESOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 2 RECURSOS DIRECTAMENTE RCAUDADOS Rubro: 09 Recursos Directamente Recaudados (En Nuevos Soles) 1. 1.5 1.5.2 1.5.2,1.6 1O.2 1.6 99
600 000,00 500 000.00 600 000,00 600 000,00 600 000,00 600 000,00
Ingresos Presupuestarios Otros Ingresos Multas y Sanciones no Tributarias Multas y Sanciones no Tributarias Otros Multas Otros Multas
600 000,00
TOTAL INGRESOS: EGRESOS:
(En Nuevos Soles) SECCION PRIMERA PLIEGO
011
UNIDAD EJECUTORA
123
GOBIERNO CENTRAL Ministerio de Salud Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — FARSALUD
ACCIONES CENTRALES PRODUCTO
3999999 Sin Producto
0
MINISTERIO DE SALUD
G52- 201 1111 isi-5,7
DEC Ñ
C,
Vid, 3 dr, 5EITEM8QE ACTIVIDAD
:
0C)./ 201M
5000003 Gestión Administrativa
GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos
600000M0 TOTAL EGRESOS:
600 000,00
Artículo 2.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego OIL Ministerio de Salud, solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público Es codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de ingresos, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 3.- La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Oficina de Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, instruirá a la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud — PARSALUD II para que elabore las correspondientes "Notas para modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4 - Copia de la presente Resolución Ministedal, se presenta dentro de los cinco (5) ellas de aprobada, a los Organismos señalados en el articulo 23, numeral 232 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Registrase y comuníquese
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI Ministra de Salud