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pFR. J. DEL CARMEN. 2. 28 (41 elofrevo. 201y. Visto el Expediente N° 14-008282-004, promovido por la Dirección General de. Promoción de la Salud;.
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Visto el Expediente N° 14-008282-004, promovido por la Dirección General de Promoción de la Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo N° 001-2003-ED, se creó la Comisión Multisectorial de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales, encargada de proponer y concertar políticas y acciones para el cumplimiento de los objetivos establecidos en la Ley N° 27558, Ley de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales;

J. DEL CARMEN

Que, el artículo 2° del precitado Decreto Supremo, establece que la referida Comisión Multisectorial estará conformada entre otros miembros por un representante del Ministerio de Salud; asimismo, la representación de los comisionados debe contar con un miembro alterno y en el caso de las instituciones del Sector Público la designación se realiza a través de la Resolución Ministerial; Que, con la Resolución Ministerial N° 262-2011/MINSA, se designaron a los representantes del Ministerio de Salud ante la precitada Comisión Multisectorial; Que, a fin de actualizar la representación del Ministerio de Salud ante dicha Comisión Multisectorial, es necesario emitir el acto resolutivo que permita sus designaciones; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud; Con el visado del Director General de la Dirección General de Promoción de la Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública, y; De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud;

SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la Profesora de Educación Secundaria Dalia Inés Ponce Tejada y a la Licenciada en Enfermería María Teresa Arana Zegarra, de la Dirección General de Promoción de la Salud, como representantes titular y alterna del Ministerio de Salud, respectivamente, ante la Comisión Multisectorial de Fomento de la Educación de las Niñas y Adolescentes Rurales. Artículo 2°.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 262-2011/M INSA. Artículo 3°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial en el Portal de Internet del Ministerio de Salud, en M dirección electrónica: www.minsamob.pe/portadadransparencia/normas.asp Regístrese y comuníquese.

MIDORI DE HABICH ROSPIGLIO Ministra de Salud