"LEY Nº 9188. Disponiendo que es obligatorio el consumo de sal

"LEY Nº 9188. Disponiendo que es obligatorio el consumo de sal yodada en todas las zonas bociógenas del país en la proporción y forma que determine el ...
2KB Größe 0 Downloads 1 vistas
"LEY Nº 9188. Disponiendo que es obligatorio el consumo de sal yodada en todas las zonas bociógenas del país en la proporción y forma que determine el Ministerio de Salud Pública EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Por cuanto: El Congreso ha dado la ley siguiente : EL CONGRESO DE LA REPUBLICA PERUANA Ha dado la ley siguiente: Artículo Único.-Es obligación en todas las zonas bociógenas del país, el consumo de sal yodada, en la proporción y forma que determine el Ministerio de Salud Pública. Comuníquese al Poder Ejecutivo, para su promulgación. Dada en la Sala de Sesiones del Congreso, en Lima, a los treinta días del mes de setiembre de mi l novecientos cuarenta E. Montagne, Presidente del Senado. Cados Sayán Álvarez, Presidente de la Cámara de Diputados Raúl A. Pinto, Senador Secretario. Manuel B. Llosa, Diputado Secretario. Al señor Presidente Constitucional de la República Por tanto: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a primero del mes de octubre de mil novecientos cuarent a. MANUEL PRADO. Constantino J. Carvallo"