gvo 2(o - Ministerio del Ambiente

CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo W 096-2013-PCM se creó la Comisión Multisectorial de. Gestión Ambiental del Medio Marino-Costero, ...
113KB Größe 27 Downloads 4 vistas
~so[ución 9rl.inisteria[ gvo 2 -2016-9rl.I:JV.ft:M. (o ~

Lima,

2 3 SET. 2016

Vistos; el Memorando W 557-2016-MINAMIDVMDERN de fecha 15 de setiembre de 2016, emitido por el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; el Informe W 1712016-MINAM-VMDERN/DGDB de fecha 09 de setiembre de 2016, emitido por la Dirección General de Diversidad Biológica; y, el Informe W 240-2016-MINAM/SG-OAJ de fecha 19 de setiembre de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica y demás antecedentes; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo W 096-2013-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Gestión Ambiental del Medio Marino-Costero, de naturaleza permanente, adscrita al Ministerio del Ambiente, con el objeto de coordinar, articular y monitorear la gestión ambiental en el medio marinocostero; Que, el artículo 4 del citado Decreto Supremo señala que la Comisión Multisectorial de Gestión Ambiental del Medio Marino-Costero estará conformado, entre otros, por un representante del Ministerio del Ambiente, quien lo presidirá; asimismo, en su artículo 5 dispone que la Secretaría Técnica de dicha Comisión Multisectorial será ejercida por el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, a través de la Dirección General de Diversidad Biológica; Que, asimismo el artículo 7 de la mencionada norma establece que cada institución deberá designar a un representante titular y uno alterno mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, mediante la Resolución Ministerial W 265-2013-MINAM de 10 de setiembre de 2013, se designaron a los representantes del Ministerio del Ambiente para presidir la Comisión Multisectorial de Gestión Ambiental del Medio Marino-Costero; así como a los representantes titular y alterno para ejercer la Secretaría Técnica; Que, mediante Memorando W 557-2016-MINAMIDVMDERN, el Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales propone actualizar la designación de los representantes del Ministerio del Ambiente ante la referida Comisión; Con el visado del Viceministerio Oficina de Asesoría Jurídica; y,

de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales y de la

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley W 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo W 096-2013-PCM, que creó la Comisión Multisectorial de Gestión Ambiental del Medio Marino-Costero; y

SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada mediante la Resolución Ministerial W 265-2013-MINAM. Artículo 2.- Designar a los representantes del Ministerio del Ambiente ante la Comisión Multisectorial de Gestión Ambiental del Medio Marino-Costero, quienes la presidirán, de acuerdo al siguiente detalle: El/La Viceministro (a) de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, titular. El/La Viceministro (a) de Gestión Ambiental, representante alterno.

representante

Artículo 3.- Designar a los representantes del Ministerio del Ambiente para ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial de Gestión Ambiental del Medio Marino-Costero, de acuerdo al siguiente detalle: El/La Director (a) General de la Dirección General de Diversidad Biológica, representante titular. El/La Coordinador (a) en Gestión de Instrumentos de la Diversidad Biológica de la Dirección General de Diversidad Biológica, representante alterno. Artículo 4.- Notificar la presente resolución a los funcionarios designados como representantes del Ministerio del Ambiente ante la Comisión Multisectorial de Gestión Ambiental del Medio Marino-Costero en los artículos 2 y 3 de la presente Resolución Ministerial, para los fines pertinentes. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio del Ambiente. Regístrese, comuníquese

y publíquese