PERÚ
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Instituto Nacional Penitenciario
Dirección de Tratamiento Penitenciario
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Directiva Nº 11-2016-INPE-DTP
Subdirección de Educación Penitenciaria
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
DIRECTIVA Nº 11-2016-INPE/DTP
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP
TÍTULO: GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA DIRECTORIO Julio César Magán Zevallos Presidente del Consejo Nacional Penitenciario Rubén Oscar Ramón Ramos Vicepresidente Hernán Alcides Taza Pillpinto Director de Tratamiento Penitenciario ELABORACIÓN DIRECTIVA Y MAPRO Edgar William Meza Ninanya Subdirector de Educación Penitenciaria Erasmo Vargas Montoya Especialista de Educación Penitenciaria Giovanna Espinoza Galindo Especialista de Educación Penitenciaria Edifín Efraín Rivera Ocaña Especialista de Educación Penitenciaria María Ysabel Cajan Chávez Profesional de Tratamiento REVISIÓN / EDITORES Edgar William Meza Ninanya Jr. Alberto Baton N° 372 SMP Erasmo Vargas Montoya Jr. Hurtado de Mendoza N°307 Urb. Colonial - Callao ASESORÍA TÉCNICA Comité Internacional de la Cruz Roja Impreso en HECHO EL DEPÓSITO LEGAL EN LA BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ N° 2016-08655 Se terminó de imprimir en julio del 2016 en: Gráfica Vulcano SAC. Calle Germán Carrasco N°2083 Cercado de Lima - Lima Tiraje: 1000 Ejemplares Primera Edición Lima, julio 2016 • Subdirección de Educación Penitenciaria, órgano de línea de la Dirección de Tratamiento del Instituto Nacional Penitenciario (INPE) Jr. Carabaya 456, Lima 1 – Perú Teléfonos: 4261578 anexo 3627 AGRADECIMIENTO. La elaboración y publicación de la normatividad educativa, ha sido posible gracias a la activa participación de los profesionales de la educación que laboran en los establecimientos penitenciarios del Perú, y a la colaboración permanente del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR); a quienes expresamos nuestra especial gratitud y reconocimiento. Se autoriza la reproducción total o parcial siempre y cuando se mencione la fuente. Esta publicación es posible gracias al apoyo del Comité Internacional de la Cruz Roja.
Contenido Prólogo .......................................................................................................................................................................................................................................... 07 Introducción .......................................................................................................................................................................................................................................... 09 PARTE 1: Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N° 082-2016-INPE/P. 1. Directiva N° 011: Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria........................................14 PARTE 2: Resolución Directoral N° 016-2016-INPE/12 1. Manual de Procedimiento N° 005-2016-INPE-DTP. “Admisión del interno en la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario”................................. 55 2. Manual de Procedimiento N° 006-2016-INPE-DTP. “Expedición de Certificado de Cómputo Educativo”......................................................................................................................... 67 3. Manual de Procedimiento N° 007-2016-INPE-DTP, “Expedición de Constancia de Estudio”........................................................................................................................ 77 PARTE 3: Resolución Directoral N° 022-2016-INPE/12. 4. Manual de Procedimiento N° 009-2016-INPE/DTP, “Control de las Actividades Educativas en los Establecimientos Penitenciarios”........................................... 89 5. Manual de Procedimiento N° 010-2016-INPE/DTP, “Registro del Informe de Evaluación Educativa”............................................................................................. 107 6. Manual de Procedimiento N° 011-2016-INPE/DTP, “Ingreso y Control de útiles y materiales de enseñanza-aprendizaje”................................................................... 117 PARTE 4: Resolución Directoral N° 036-2016-INPE/12 7. Manual de Procedimiento N° 013-2016-INPE/DTP, “Evaluación de Aprendizajes”.................................................................................................................................................. 131 8. Manual de Procedimiento N° 014-2016-INPE/DTP, “Promoción Educativa”............. 141 9. Manual de Procedimiento N° 015-2016-INPE/DTP, “Certificación Educativa”.............................................................................................................................................................. 153 PARTE 5: Resolución Directoral N°057-2016-INPE/12. 10. Manual de Procedimiento N° 024-2016-INPE/DTP, “Educación Superior a Distancia”....................................................................................................................................... 163 11. Manual de Procedimiento N° 025-2016-INPE/DTP, “Registro de Información Estadística en Instituciones Educativas”......................................... 173 12. Manual de Procedimiento N° 026-2016-INPE/DTP, “Gestión Educativa de Niños y Niñas menores de 03 años en Establecimientos Penitenciarios”.................. 191 PARTE 6: Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N° 279-2007-INPE/P. 1. Directiva N° 08: Administración de las Bibliotecas Penitenciarias y Fomento de la Lectura.......................................................................................................................205 –5–
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Prólogo
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a presente compilación de normas de educación penitenciaria es el resultado de un arduo trabajo consensuado por el equipo de profesionales de la Subdirección de Educación de la Dirección de Tratamiento del Instituto Nacional Penitenciario, y de ilustres maestros y maestras que laboran en los Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA) y Centros de Educación Técnico Productiva (CETPRO) en los establecimientos penitenciarios del país. Se realizaron consultas y plenarios con distinguidos profesionales de la educación Penitenciaria con la finalidad que el resultado final sea el producto de nuestra realidad educativa. En el entendido que la educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad, como lo indica la Constitución Política; es deber del Estado “asegurar que nadie se vea impedido de recibir educación adecuada por razón de su situación económica o de limitaciones mentales o físicas”, este compilado de normas tiene por objeto establecer los lineamientos de la educación penitenciaria, regula el desarrollo de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios en las etapas, niveles, ciclos, modalidades y formas de atención a favor de personas procesadas o sentenciadas, así como de los niños y niñas menores a tres años de edad cuyas madres se encuentran privadas de libertad condiciones que no son causales para estar al margen de ejercer su derecho a la educación.
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Prólogo Después de un intenso trabajo normativo, la Subdirección de Educación, pone a disposición de la comunidad educativa penitenciaria, el libro denominado: “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” que contiene el texto completo de la Directiva N° 011-2016-INPE/DTP, aprobada mediante Resolución Presidencial del Instituto Nacional Penitenciario N°082-2016-INPE/P, y los manuales de procedimientos: Manual de Procedimiento N° 005-2016-INPE-DTP, denominado “Admisión del interno en la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario”, Manual de Procedimiento N° 006-2016-INPE-DTP, denominado “Expedición de Certificado de Cómputo Educativo”, y Manual de Procedimiento N°007-2016-INPE-DTP, cuyo nombre es “Expedición de Constancia de Estudio”; aprobados mediante Resolución Directoral N°016-2016-INPE/12. También es parte del compendio: el Manual de Procedimiento N°009-2016-INPE/DTP, denominado “Control de las Actividades Educativas en los Establecimientos Penitenciarios”, Manual de Procedimiento N°10-2016-INPE/DTP, denominado “Registro del Informe de Evaluación Educativa” y el Manual de Procedimiento N°011-2016-INPE/DTP, cuyo nombre es: “Ingreso y Control de útiles y materiales de enseñanza-aprendizaje; aprobados por Resolución Directoral N°022-2016INPE/12. Además integra el presente compendio: el Manual de Procedimiento N°013-2016-INPE/ DTP, denominado “Evaluación de Aprendizajes”, Manual de Procedimiento N°014-2016-INPE/ DTP, denominado “Promoción Educativa” y el Manual de Procedimiento N°015-2016-INPE/DTP, denominado “Certificación Educativa”; aprobados por Resolución Directoral N°036-2016-INPE/12. Finalmente es parte integral del presente compendio normativo: el Manual de Procedimiento N°024-2016-INPE/DTP, denominado “Gestión de Educación Superior a Distancia”, Manual de Procedimiento N°025-2016-INPE/DTP, denominado “Registro de Información Estadística en Instituciones Educativas” y el Manual de Procedimiento N°026-2016-INPE/DTP, denominado “Gestión Educativa de niños y niñas menores de 03 años en Establecimientos Penitenciarios”; aprobados por Resolución Directoral N° 057-2016-INPE/12. Con las normas establecidas y el horizonte diseñado, corresponde a los agentes educativos como: Directores de las Instituciones Educativas, Especialistas en Educación, profesores, estudiantes, y otras autoridades de los establecimientos penitenciarios emprender el trabajo de construir una educación de calidad con equidad, sin exclusiones de ningún tipo. Todos debemos comprometernos en esta tarea porque los internos e internas, aún creen en el desafió de iluminar su camino hacia su reincorporación social, haciendo uso de su legítimo derecho a participar activamente en el proceso de la educación penitenciaria que se sustenta en los principios de calidad, equidad, inclusión, disciplina, recuperación y fortalecimiento de valores humanos, conciencia ambiental, diversidad cultural, y prevención del delito. Servicios educativos que también beneficiaran a niños y niñas menores de tres años de edad cuyas madres se encuentran privadas de libertad.
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Introducción
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as normas están orientadas a regular determinada actividad con características de otorgar un producto uniforme de calidad inspirado en la disciplina “como el mejor amigo del hombre” que conlleve a realizar los anhelos y los objetivos. El presente “Compendio de normas de Educación Penitenciaria” elaborado en la Subdirección de Educación de la Dirección de Tratamiento Penitenciario está sustentado en las normas educativas del ministerio de educación y del INPE que buscan la mejora continua, orientada a la articulación social, psicoeducativa, jurídica y criminógena para lograr la resocialización de los internos. El propósito es brindar un instrumento normativo y herramienta de trabajo a la comunidad educativa penitenciaria que permita desarrollar su trabajo con los estándares de calidad en el servicio educativo, respeto a los Derechos Humanos y las Reglas Mínimas de la Naciones Unidas. Tiene por objetivo, establecer procedimientos de gestión y administración de la educación penitenciaria para planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones educativas en el sistema penitenciario nacional a fin de contribuir en el proceso de resocialización del interno. La finalidad es impulsar la gestión administrativa, pedagógica e institucional que promuevan el desarrollo de las
actividades educativas, artísticas, culturales, deportivas y el fomento de lectura, en las diferentes etapas, ciclos, niveles, formas y modalidades del sistema educativo que contribuya al proceso de rehabilitación de los internos e internas y el desarrollo integral de niños y niñas menores de 03 años de edad cuyas madres están privadas de libertad. La presente compilación normativa se sustenta en la Directiva denominada: “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” estructurada en la primera parte, en: aspectos generales, objetivo, finalidad, base legal, alcance, disposiciones generales. La segunda parte contiene aspectos específicos de la normatividad plasmado en los manuales de procedimientos de las siguientes actividades: Admisión del interno a la institución educativa, Control de las actividades educativas, Evaluación de aprendizajes, Promoción Educativa, Expedición de Certificado de Cómputo Educativo, Expedición de Constancias de Estudio, Acreditación y certificación educativa, Informe de evaluación educativa, Ingreso y control de útiles y materiales de enseñanza y aprendizaje, Información estadística – PADIN Educativo, Captación y reversión de recursos propios , Seguridad e higiene en aulas talleres, Administración y gestión de bibliotecas penitenciarias, Servicios educativos, Gestión de las Instituciones Educativas, concluyendo con las responsabilidades, glosario de términos, y anexos.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Directiva-11-2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA Lima, febrero de 2016 Versión # 01
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DIRECTIVA Código
Nombre
DIRECTIVA 11-2016INPE/DTP
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Historial del Documento
Fecha de elaboración / revisión 12-Dic-2015
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por Fecha
Versión
Documento
10-Mar-2016
V 1.0
Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N°082-2016-INPE/P.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
1. Objetivo Establecer procedimientos de gestión y administración de la educación penitenciaria para planificar, organizar, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones educativas en el sistema penitenciario nacional a fin de contribuir en la resocialización del interno. 2. Finalidad Impulsar la gestión administrativa, pedagógica e institucional que promuevan el desarrollo de las actividades educativas, artísticas, culturales, deportivas y el fomento de lectura. En las diferentes etapas, ciclos, niveles, formas y modalidades del área educativa que contribuya al proceso de rehabilitación del interno. 3. Base legal • Constitución Política del Perú (29-Dic-1993). Artículo N° 139°, inciso 22. • Reglas mínimas para el Tratamiento de Reclusos de las Naciones Unidas-1955. • Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes (Reglas de Bangkok). • Ley N° 28044, (29-jul-2003) Ley General de la Educación y su modificatorias las leyes N°28123 (16-dic2003) y 28329 (14-ago-2004). • Ley N° 29944, (25-nov-2012) Ley de Reforma Magisterial. • Ley 28086, (11-oct-2003) Ley de Democratización del Libro y Fomento de la lectura. • Ley N° 27050, (06-ene-1999) Ley General de la Persona con Discapacidad. • Ley N° 27444, (21-mar-2001) Ley de Procedimiento Administrativo General. • Ley 29783, (20-ago-2011) Ley de Seguridad y Salud en el trabajo. • Decreto Legislativo N° 654, (02-ago-1991) Código de Ejecución Penal. • Decreto Legislativo N° 1229, (24-set-2015) Que declara de interés público y prioridad nacional el fortalecimiento de la infraestructura y los servicios penitenciarios. • Decreto Legislativo N° 1239, (26-set-2015) Modifica el Código de Ejecución Penal. • Decreto Supremo N° 015-2003-JUS, (11-set-2003) Reglamento del Código de Ejecución Penal.
• Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, (09-Oct-2007) Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario. • Decreto Supremo N° 004-2013-ED, (03-may-2013) Reglamento de Ley de Reforma Magisterial. • Decreto Supremo N° 028-2007-ED, (09-nov-2007) Gestión de recursos propios y actividades • Decreto Supremo Nº 007-2015-JUS. Aprueba el texto único de procedimientos administrativos del Instituto Nacional Penitenciario (TUPA) • Decreto Supremo Nº 011-2012-ED. Aprueba Reglamento de la Ley General de Educación. • Resolución Ministerial N° 0419-2007-JUS, (07-nov2007) Políticas Penitenciarias del INPE. • Resolución Presidencial Nº 127-2015-INPE/P (08abr-2015) Directiva Nº 003-2015-INPE-OPP “Sistema Estadístico Penitenciario -SEP”. 4. Alcance La presente Directiva es de observancia obligatoria por todos los Órganos del Sistema Penitenciario y Unidades Orgánicas de Educación Penitenciaria del INPE; así como al personal que por razones del cumplimiento de sus funciones participan en la gestión y el desarrollo de las actividades de educación penitenciaria. 5. Disposiciones generales 5.1 La Subdirección de Educación Penitenciaria, es la unidad orgánica del INPE encargada de dirigir, normar, planificar, organizar, supervisar, evaluar, fiscalizar y desarrollar diversas competencias sociales, laborales, técnicas, axiológicas, artísticas, culturales, deportivas, de emprendimiento, de las personas privadas de libertad, que permitan la integración social, convivencia pacífica y conservación del medio ambiente, los cuales constituyen medios básicos para lograr su resocialización y procurar evitar la reincidencia delictiva. 5.2 La Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales del INPE, a través del Especialista de Educación quien deberá gestionar, fiscalizar y supervisar las actividades educativas en las instituciones o áreas educativas en alianzas estratégicas con entidades públicas y privadas en el ámbito de su jurisdicción.
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Estudiantes de la escolta del CEBA "Manuel Gonzalez Prada" del E.P. Lurigancho
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5.3 Las instituciones educativas de los establecimientos penitenciarios planifican, organizan, ejecutan y evalúan la gestión pedagógica, administrativa e institucional para el desarrollo del proceso de enseñanza–aprendizaje.
5.7 El principio específico de la educación penitenciaria, está relacionado a las características peculiares de los internos estudiantes, gestión pedagógica, institucional y administrativa, con un enfoque propio del contexto penitenciario e inclusión social.
5.4 La Educación Penitenciaria, se realiza en un contexto socio-cultural de personas privadas de libertad, desarrollando competencias, capacidades y valores, con metodologías y enfoques educativos mejorados a fin de lograr el desarrollo pleno de las potencialidades como una forma de tratamiento del interno.
5.8 La educación penitenciaria articula sus componentes de gestión y servicios, mantiene coordinación permanente con el Ministerio de Educación, Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa para la certificación, convalidación, subsanación y pruebas de ubicación, a fin de potenciar el servicio educativo a favor de los internos estudiantes.
5.5 La Educación Penitenciaria, tiene al interno como centro y eje fundamental del proceso educativo. Se sustenta en los principios siguientes:
a) Calidad b) Equidad c) Inclusión d) Disciplina e) Recuperación y fortalecimiento de valores humanos f) Conciencia ambiental g) Diversidad cultural y social h) Prevención del delito.
5.6 Los servicios educativos en el sistema penitenciario peruano, se oferta teniendo en cuenta la estructura del sistema educativo nacional y se organiza en función de las etapas, niveles, modalidades, ciclos y programas educativos, siempre y cuando sean pertinentes y exista la correspondiente demanda educativa en los establecimientos penitenciarios. Los principales servicios educativos son:
a) Educación Básica Regular nivel inicial b) Educación Básica Alternativa c) Educación Técnico Productiva d) Educación Superior en la modalidad de Educación a Distancia e) Programa de alfabetización f) Programas de fomento de lectura g) Programa de Tutoría h) Programas artísticos, culturales, deportivas, y religiosos. i) Programa de emprendimiento j) Programa de prevención del delito
5.9 Las instituciones educativas penitenciarias mediante Decreto Legislativo N° 1239 y Decreto Supremo N° 028-2007-ED están facultados de generar recursos económicos los cuales son revertidos para el desarrollo y modernización del servicio educativo. 5.10 Los internos analfabetos y los que no concluyeron la educación primaria, están obligados a continuar sus estudios en programas de alfabetización o Educación Básica Alternativa en los ciclos de inicial e intermedio. 5.11 La junta de clasificación, del establecimiento penitenciario deriva al área educativa a los internos analfabetos y los que no concluyeron la educación básica nivel primaria, o ciclo inicial e intermedio en educación básica alternativa. 5.12 La educación penitenciaria en cualquiera de sus etapas, niveles, modalidades y formas; se desarrolla con una duración de 4 horas cronológicas efectivas, equivalentes a 5 horas pedagógicas diarias (cada hora pedagógica tiene una duración de 45 minutos), a fin de lograr el desarrollo de competencias y el interno estudiante pueda acogerse al beneficio de la redención de la pena por el estudio que faculta la Ley. 6. Disposiciones específicas Directrices de carácter particular y detallado sobre el tema que se quiere normar, acciones administrativas y procedimientos que se van a efectuar y con los que se pretende obtener determinados resultados. Debe tenerse en cuenta que este instrumento no reemplaza al manual de procedimientos, el mismo que se detalla más adelante.
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6.1 Admisión del interno a la institución educativa a) La admisión del interno cumple los procedimientos establecidos en el Manual de Procedimientos (MAPRO) del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado, para la admisión del interno a la institución educativa y del plan de matrícula de cada institución educativa. b)
El Director del Establecimiento Penitenciario, Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento, Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces son responsables de la difusión y promoción de los servicios educativos, promoviendo el plan de matrícula y modelo de solicitud de acceso. (Anexo N°01 Solicitud de Inscripción).
c)
El Director o Jefe del área educativa, elabora el Plan de matrícula anual detallando fechas de difusión, presentación de solicitudes y evaluación; número de vacantes, duración, horario del programa, opción ocupacional, especialidad técnica, grado, ciclo o módulo educativo, que oferta la Institución Educativa.
d)
e)
f)
El Director de la institución educativa solicita al responsable de Registro Penitenciario en forma mensual la información oficial de los datos del interno siendo las siguientes: número de documento de Identidad (DNI), apellidos y nombres, fecha de ingreso al establecimiento penitenciario, fecha y lugar de nacimiento, sexo, grado de instrucción, ocupación laboral, delito específico, delito genérico, número de ingresos a un establecimiento penitenciario, situación Jurídica y otros que sea necesario. Para la Educación Básica Alternativa, el interno debe estar registrado como Analfabeto o Educación Básica incompleta en el área de Registro Penitenciario de ser necesario se aplicarán las pruebas de ubicación en concordancia a las normas sobre evaluación de los aprendizajes en Educación Básica Alternativa, emitidas por el Ministerio de Educación.
6.2 Control de las actividades educativas a) Los estudiantes internos debidamente admitidos a la institución educativa en la etapa, nivel, modalidad, ciclo o programa, que le corresponde; se registra en el Libro de Registro de Educación indicando la actividad educativa que va desarrollar, según formato establecido en la presente directiva. Ver anexo N°10 b)
La actividad efectiva de estudio es registrado diariamente por el docente en el Libro de Planilla de Control Educativo, según formato del anexo N°11, consignando la letra minúscula (a) si el estudiante asistió y cumplió su jornada educativa y la letra efe mayúscula (F) si el estudiante no asistió y no cumplió su jornada de estudios.
c)
El control de la actividad educativa de los días sábados se realiza en el Libro de Planilla de control educativo de los días sábados, según formato aprobado en el anexo N°14, donde se registra únicamente a los internos estudiantes que asistan a las aulas educativas o aulas talleres y cumplan con la actividad programada.
d) El Control de la promoción de la educación básica alternativa, técnico productivo y promoción al área de trabajo penitenciario se registra en el libro de Registro Promocional, según formato del anexo N° 13 consignando el nivel, modalidad, ciclo, grado o actividad laboral que le corresponde ser promovido. e)
El consolidado de los días estudiados y las notas evaluativas de los internos estudiantes se realiza en el Libro de Control de Evaluaciones, según anexo N°12, donde se registra los días estudiados y las evaluaciones mensuales de los estudiantes, en concordancia al registro auxiliar y oficial de evaluación.
f)
Los Libros de Control, de las actividades educativas son elaborados por el docente en original por triplicado, sin borrones ni enmendaduras, son legalizados por la Secretaría del Consejo Técnico Penitenciario y distribuídos: un ejemplar para el archivo de la Dirección de la institución educativa, otro para la Jefatura o responsable de Computo Educativo y el tercero para la Oficina Regional.
La Educación Técnico Productiva, se efectuará de acuerdo a los requisitos de acceso de cada módulo, opción ocupacional y especialidad técnica productiva.
g) La Educación Inicial, se efectuará de acuerdo a los requisitos establecidos por el Ministerio de Educación y las normas de tratamiento penitenciario.
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g) Para el control y facilidad del desplazamiento a las aulas educativas o aulas talleres de los internos estudiantes, el Director o Jefe del área educativa expide un carné de identificación, el cual es de uso personal e intransferible, con vigencia por el tiempo de duración del módulo o periodo promocional, según anexo Nº 02. h) Las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios se prioriza de lunes a viernes en los horarios establecidos, si hubiera personal docente disponible sin perjudicar su carga laboral durante la semana se extiende hasta los días sábados de acuerdo a normatividad vigente. i)
j)
La jornada educativa en las instituciones educativas es como mínimo cuatro horas cronológicas equivalente a cinco (05) horas pedagógicas de lunes a viernes, opcionalmente se desarrollarán los días sábados si existe disponibilidad de personal docente y cumple los requisitos establecidos. Para los efectos de beneficios penitenciarios, se considera como asistencia la permanencia de 05 horas pedagógicas y cumplimiento de las actividades programadas en el plan de estudios.
necesidades de los estudiantes, plan de estudios, proyecto curricular institucional, y proyecto educativo institucional. En los casos que se requiera funcionarán programas de recuperación, ampliación, convalidación y nivelación pedagógica. c)
Para efectos del beneficio de la redención de la pena por educación, la evaluación es mensual los criterios de valoración de la evaluación es vigesimal de 00 a 20, la valoración mínima de aprobación es 11 y si es menor no se considera para el beneficio, debiendo ser registrado en el libro de planillas de control educativo.
d) En la evaluación semestral, para determinar la progresión, regresión o permanencia del interno en las etapas del régimen cerrado ordinario o especial, se efectúa, en base al informe educativo del estudiante. 6.4 Promoción Educativa a) La Educación Penitenciaria asegura la articulación educativa de las etapas, niveles, modalidades y formas del Sistema Educativo Nacional, manteniendo su unidad y respondiendo a los principios y fines de la educación peruana y tratamiento penitenciario.
k) El interno estudiante que no cumple la jornada pedagógica, falta o abandona las actividades educativas, será considerado como falta o inasistencia.
b) La institución educativa otorga certificado de estudios a quien ha cursado estudios regulares en cualquier nivel, modalidad o forma, de acuerdo al grado y ciclo culminado. El certificado tiene carácter oficial para la matrícula, traslado y continuidad de los estudios.
l)
El interno que comete una falta disciplinaria y es sancionado por el Consejo Técnico Penitenciario con aislamiento, no registrará asistencia en las planillas de control educativo mientras dure su sanción disciplinaria. Si la sanción es menor al 30% de inasistencia, continúa estudiando y si es mayor se retira al participante del proceso educativo.
c)
Promoción al área de Trabajo Penitenciario y Comercialización, los estudiantes internos que han logrado su certificación por la aprobación de los módulos de ciclo básico mínimo de 1000 horas de capacitación en el centro de educación técnico productiva y cumplimiento de los requisitos establecidos, serán promovidos al área de trabajo.
6.3 Evaluación de aprendizajes a) La evaluación de los aprendizajes en contexto penitenciario se efectúa de acuerdo a las normas del Sistema Educativo Nacional y del Sistema Penitenciario. b) La Evaluación Pedagógica de los procesos de enseñanza y aprendizaje, es formativa e integral se orienta a mejorar los procesos y se ajusta a las características,
d)
El Director de la institución o Jefe del área educativa, al término del periodo promocional o el año lectivo, remite al área de Trabajo y Comercialización, la relación de los internos estudiantes promovidos para su admisión a los talleres laborales, debiendo permanecer como mínimo un año al término de dicho periodo, pudiendo retornar al área de educación.
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e)
Los Directores de instituciones educativas o quien haga sus veces remiten a la Unidad de Registro Penitenciario la relación de los estudiantes internos que concluyeron sus estudios correspondientes con certificación oficial y que fueron promovidos; a fin de actualizar su legajo personal.
6.5 Expedición de Certificado de Cómputo Educativo a) El Certificado de Cómputo Educativo se expide a solicitud del Consejo Técnico Penitenciario para trámite de beneficio penitenciario; las mismas que deberán adjuntar el recibo de pago del TUPA, informe del área de Registro Penitenciario, indicar el número de matrícula, módulos, programas estudiados por periodos promocionales. Asimismo; podrán ser solicitados por las Direcciones de Medio Libre previo pago del TUPA. b) En la Expedición del Certificado de Cómputo Educativo se exceptúa pago de recibo TUPA en los casos que sean solicitados directamente por la autoridad judicial o la Secretaria Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales.
c)
El Certificado de Cómputo Educativo se expide previa verificación del libro de planilla de control educativo, la cual consigna la evaluación mensual de los estudios con notas aprobatorias, asistencia registrada, firma y huella del estudiante en formato aprobado por la presente Directiva. Ver Anexo N° 06, denominado: “Certificado de Cómputo Educativo”.
d)
El certificado de cómputo educativo debe ser firmado por el responsable de la elaboración, el Director de la Institución Educativa, y visado por el Director de Establecimiento Penitenciario.
6.6 Expedición de Constancias de Estudio a) La Constancia de Estudio, se expiden a solicitud de la autoridad o a solicitud del interno en los siguientes casos: • Para trámites judiciales, derechos de gracia, indultos, conmutación de la pena, beneficios penitenciarios u otros similares, es emitido con el logotipo del INPE y previo pago del TUPA, según el formato del Anexo N° 03, denominada “Constancia de Estudios”.
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• Para efectos educativos o laborales, la constancia de estudio se expide sin logotipo o referencia del establecimiento penitenciario, según formato del Anexo N° 04 denominada “Constancia Educativa”. b)
Están exceptuados del pago del TUPA cuando es solicitado por mandato judicial, Gracia Presidencial, Embajadas para traslados a nivel internacional y del Consejo Técnico Penitenciario para traslados y cuando los internos adolecen de enfermedad grave o terminal.
6.7 Acreditación y certificación educativa a) El Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario expedirá el Certificado Oficial al interno estudiante, luego de haber culminado satisfactoriamente sus estudios, el cual deberá estar visado por el órgano desconcentrado del Ministerio de Educación (DRE, UGEL). b) Los Centros de Educación Técnico Productiva (CETPRO) de los Establecimientos Penitenciarios otorgarán certificados de estudios a los internos que culminan el ciclo básico y aprueban el módulo ocupacional. c)
d)
Los internos que culminan sus estudios del ciclo medio y aprobaron el módulo de la especialidad que respondan a un perfil técnico con un mínimo de 1000 horas de estudio obtendrán el Título de Técnico con mención a la especialidad respectiva.
b) El informe de evaluación semestral del interno es elaborado por el Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces, en base a los informes educativos realizados por el docente responsable, haciendo uso del formato aprobado en la directiva de evaluación semestral. 6.9 Ingreso y control de útiles y materiales de enseñanza y aprendizaje a) El ingreso de materiales de enseñanza y aprendizaje, es tramitado por el docente de la opción ocupacional, especialidad técnica o área curricular de acuerdo al plan de estudio y luego se registra. b)
El ingreso de los materiales educativos se efectúa a través de una solicitud firmada por el docente, visado por el Director de la Institución Educativa y autorizado por el Director del Establecimiento Penitenciario, de acuerdo al Plan de Estudio y su posterior registro.
c)
El ingreso de máquinas, herramientas y equipos adquiridos con recursos propios, donación o transferencia, con fines educativos será autorizado con la firma del Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces, el Docente responsable del curso y el Director del Establecimiento Penitenciario. Los mismos que serán registrados en el “Formato de ingreso de materiales”. Según anexo Nº 08.
d)
El egreso de los trabajos o productos elaborados durante el proceso de enseñanza aprendizaje en los CEBAs o CETPROs de los Establecimientos Penitenciarios se realizará a través del formato denominado “Formato de egreso de productos”, con la autorización del Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces, el Docente responsable del curso y el Director del Establecimiento Penitenciario. Según anexo Nº 09.
Los Centros de Educación Básica Alternativa (CEBA) otorgarán certificados de estudios oficiales por la aprobación satisfactoria de cada ciclo de estudio, de acuerdo a las normas establecidas por el Ministerio de Educación.
6.8 Informe de evaluación educativa a) El informe educativo del estudiante es elaborado por el docente responsable, de acuerdo al plan de estudio de la opción ocupacional, especialidad técnica o ciclo de estudios, en base a las evaluaciones realizadas. Ver Anexo N°05 denominado: “Informe de Evaluación Educativa”.
6.10 Información estadística – PADIN Educativo a) El Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces remite mensualmente a la coordinación de educación de la Oficina Regional que corresponda una copia legible del Padrón de Internos (PADIN) Educativo.
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b)
c)
La recolección de datos en las unidades orgánicas se inicia el primer día calendario y se cierra el último día calendario de cada mes. El área educativa de los Establecimientos Penitenciarios del INPE actualiza su información en ese periodo. Los coordinadores o especialistas de educación de cada región son responsables del consolidado de la información estadística, quienes deben remitir en el plazo de los 07 días calendarios en físico (Formato Regional) y Digital el PADIN a la Sub Dirección de Educación Penitenciaria.
6.11 Captación y reversión de recursos propios a) Las Instituciones Educativas Penitenciarias están facultadas a generar recursos económicos de acuerdo a la normativa del INPE y MINEDU, que tiene por finalidad la implementación, mantenimiento y modernización de las instituciones educativas. b) La captación de recursos propios estará a cargo de un Comité de Gestión de recursos propios, cuya función es planificar, organizar, ejecutar y evaluar los proyectos productivos, proyectos de Innovación pedagógica, proyectos culturales y deportivos. 6.12 Seguridad e higiene en aulas talleres a) Establece medidas de seguridad, protección de la salud y bienestar de los internos y servidores que desarrollan actividades educativas en las diferentes especialidades técnicas productivas, a fin de prevenir los riesgos derivados de su actividad. b)
En cada Institución Educativa se elabora un plan de seguridad e higiene que organice la señalización de las zonas, distribuya en forma adecuada los ambientes, instalaciones, máquinas, herramientas y equipos, y garantice el mantenimiento de los mismos. Ver Anexo N°07 denominado: “Cartilla de Seguridad e Higiene en Aulas Talleres” 6.13 Administración y gestión de bibliotecas penitenciarias a) Las bibliotecas penitenciarias están a cargo del área educativa de los establecimientos penitenciarios, con la finalidad de promover y fomentar la práctica de la lectura como parte del proceso educativo y del tratamiento penitenciario.
b)
La modalidad de atención de las bibliotecas en los establecimientos penitenciarios es por estantería abierta, cerrada y mixta, a fin de lograr la atención de acuerdo al régimen de vida de los internos lectores.
c)
El día de la biblioteca penitenciaria y fomento de lectura se celebra el 26 de octubre de cada año en las instituciones educativas y sedes penitenciarias.
d) La Red Nacional de Bibliotecas Penitenciarias, es el sistema interconectado administrativo y funcional conformado por todas las bibliotecas de los establecimientos penitenciarios que dependen normativa y administrativamente de la Subdirección de Educación. 6.14 Servicios educativos a) Programa de Alfabetización y continuidad educativa • Está dirigido a los internos analfabetos absolutos y funcionales, su objetivo es el desarrollo de capacidades de lectoescritura, de cálculo matemático, con contenido axiológico, socioeducativas, laborales y de emprendimiento. • En los Establecimientos Penitenciarios donde exista Centros de Educación Básica Alternativa-CEBA, se impulsa y desarrolla la Alfabetización y donde no existan, se implementa el programa de Alfabetización y continuidad educativa, es de carácter obligatorio para ambos casos. • La Junta de Clasificación en cada Establecimiento Penitenciario deriva al área educativa a los internos Analfabetos y los que no concluyeron la educación básica (primaria) en EBR, o ciclo inicial e intermedio en EBA. • El Programa de Alfabetización y continuidad educativa, puede iniciar sus labores en cualquier época del año, atiende en forma presencial, de lunes a viernes opcionalmente los días sábados; con una duración diaria de 4 horas cronológicas equivalentes a 5 horas pedagógicas, a efectos de acogerse al beneficio de la Redención de la Pena por el Estudio que faculta la Ley. b)
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Modalidad de Educación Básica Regular – Nivel Inicial • Está dirigida a las niñas y niños menores de tres años cuyas madres se encuentran privadas de libertad en los establecimientos penitenciarios, su objetivo
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es la atención educativa integral que promueva el desarrollo infantil en el aspecto cognitivo, físico, motor, social y emocional. • Las niñas y niños que asisten a los servicios educativos del nivel inicial en los establecimientos penitenciarios serán atendidos además con los servicios complementarios de salud, nutrición, protección, registro legal de identidad a través de programas de atención multisectorial con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. • El servicio educativo del nivel inicial atiende en forma escolarizada, a través de la Cuna y no escolarizada mediante programas de educación integral (Sala de Estimulación Temprana SET o Programa de Estimulación Temprana y otros que se implemente), según disponibilidad de la infraestructura y meta de atención. • En el sistema penitenciario se implementará Instituciones educativas de nivel inicial, o programas para atender a los niños y niñas considerando la infraestructura educativa, horario de atención, personal profesional: docentes, psicólogo, asistente social y otros. • Los programas no escolarizados en el sistema penitenciario tiene las siguientes características: • Es flexible en cuanto al número de niños y niñas participantes, uso del tiempo, espacios, o; ambientes educativos. • Está a cargo del personal docente, o de profesionales de disciplinas a fines. • En los programas de educación inicial, se podrá contar con el apoyo de las madres internas para el cuidado y atención de las niñas y niños, previa evaluación de los profesionales del Órgano Técnico de Tratamiento. c)
d)
e)
Modalidad de Educación Básica Alternativa • Está destinada a internos e internas que no tuvieron acceso oportuno o no culminaron la educación básica, quienes deben continuar sus estudios en la modalidad e insertarse en el sistema educativo nacional. • En las Instituciones Educativas Penitenciarias, se desarrolla el Programa de Educación Básica Alternativa de Jóvenes y Adultos (PEBAJA), organizado en 3 ciclos: • Ciclo Inicial : 1ro y 2do Grado
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• Ciclo Intermedio: 1ro, 2do y 3er Grado • Ciclo Avanzado: 1ro, 2do, 3er y 4to Grado • El acceso a cualquiera de los ciclos y grados del Programa PEBAJA es a solicitud del interno, quien puede solicitar: convalidación, revalidación y aplicación de pruebas de ubicación que permitan reconocer sus aprendizajes alcanzados. • La Educación Básica Alternativa, atiende en forma presencial con la asistencia simultánea de estudiantes y docentes, en horarios y periodos promocionales como mínimo 950 horas pedagógicas para lograr el enfoque resocializador del contexto penitenciario. Modalidad de Educación a Distancia • Está dirigida a los internos estudiantes que garanticen haber concluído su educación básica y deseen continuar sus estudios en la etapa superior para lograr una profesión técnica o universitaria. • Se desarrolla a través de Universidades, Institutos y Escuelas de Educación Superior públicas y privadas; se rigen por la Nueva Ley Universitaria N° 30220, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior N°29394, convenios de cooperación interinstitucional y Directiva de Educación Penitenciaria relacionada con la modalidad educativa. • Los estudios de Educación a Distancia en los Establecimientos Penitenciarios no podrán superar el 50% de los créditos del total de la carrera profesional por tanto se organiza de manera Semi- presencial de acuerdo al estatuto de la Institución que oferta el servicio educativo. Educación Técnico Productiva • Está orientada al desarrollo de competencias laborales, empresariales y de emprendimiento, a fin de que los internos e internas estudiantes puedan reincorporarse a la sociedad en mejores condiciones de acuerdo a la demanda laboral de los sectores productivos y con capacidades de generar su propia empresa. • Se organiza en ciclo básico y ciclo medio, para acceder a ambos ciclos los internos requieren haber culminado su Educación Primaria de Educación Básica Regular (EBR) o el Ciclo Intermedio de Educación Básica Alternativa (EBA). • El Ciclo Básico se organiza a través de módulos ocupacionales convergentes y terminales, orientado
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al desarrollo de capacidades y competencias de los internos con certificación oficial, insertándose a la sociedad como agente productivo, brindando un servicio o generando su propia fuente de trabajo. • El Ciclo Medio se organiza en módulos de especialidad, convergentes y terminales, orientado al logro de competencias laborales necesarias, con certificación oficial, para el ejercicio de una actividad ocupacional especializada que permita a los internos brindar servicio de calidad o generar su propia empresa. f)
Programa de Complementación Educativa • Está dirigido a los internos con la finalidad de ampliar y enriquecer sus competencias personales, sociales, laborales, educativas, para contribuir al desarrollo integral de la persona, así como en la ejecución de programas relacionados con el tratamiento penitenciario. • La participación en los programas de complementación educativa de los internos es voluntaria y busca articular las diferentes actividades de tratamiento en las que participan los internos como parte del proceso de resocialización. • Las actividades a desarrollarse como complementación educativa son los siguientes: • Actividades culturales. • Actividades deportivas. • Actividades de educación ambiental. • Actividades de educación artística. • Actividades de educación sexual y de salud. • Actividades de fortalecimiento de valores humanos. • Actividades de fomento de la lectura y redacción literaria. • Actividades religiosas y espirituales. • Actividades de tutoría y Prevención del delito.
6.15 Gestión de las Instituciones Educativas a) Comunidad Educativa Penitenciaria • Está integrado por el: Director, docentes, estudiantes internos, población penal, profesionales de tratamiento, personal de administración, seguridad del establecimiento penitenciario y familiares de los internos. • Los integrantes de la comunidad educativa penitenciaria están obligados a apoyar activamente dentro
del ámbito de su competencia, el cumplimiento de los objetivos propuestos por la educación penitenciaria. b)
Consejo Educativo Institucional – CONEI • Tiene por objeto promover, difundir y garantizar la participación democrática de los actores educativos, para fortalecer la autonomía de la Institución Educativa, desarrollando un clima favorable que permita formular propuestas viables para mejorar la calidad Educativa. • Está integrado por el Director de la Institución Educativa (quién lo preside), un representante de los docentes y un representante de los estudiantes elegidos democráticamente en asamblea.
c)
Tutoría y orientación educativa • Está dirigido a todos y cada uno de los estudiantes internos, organizado, diseñado y adaptado metodológicamente en un Plan de Tutoría, para ser aplicada según las necesidades, motivación, y estilo de aprendizaje de cada uno de los estudiantes. • En cada Institución o área educativa del establecimiento penitenciario el personal directivo y docente tienen la obligación de integrar el Comité de tutoría y orientación educativa, quienes son los responsables de elaborar y ejecutar el plan de tutoría. • La actividad de tutoría y orientación educativa es inherente a las actividades curriculares, basada principalmente al acompañamiento socio afectivo, cognitivo, pedagógico, de recuperación y fortalecimiento de valores éticos y morales de los internos estudiantes en un marco formativo y preventivo.
d) Investigación educativa • Las acciones de investigación educativa son actividades científicas que desarrolla la Subdirección de Educación Penitenciaria a fin de implementar y promover la Educación Penitenciaria. Así como también pueden participar el personal Directivo y docentes de las Instituciones o áreas educativas de los Establecimientos Penitenciarios con la finalidad de promover Proyectos productivos, de innovación pedagógica y proyectos culturales, vinculados al desarrollo pedagógico y gestión institucional; con la
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cación Penitenciaria, el Coordinador Regional de Educación, los Directores de las Instituciones o Jefes de Áreas Educativas. • Las Instituciones Educativas, Coordinaciones Regionales, Sub Dirección de Educación contarán con un plan de supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico (opinada e inopinada) a fin de planificar y programar la ejecución de las actividades el cual será difundido oportunamente a toda la comunidad educativa.
necesaria participación de los estudiantes internos en atención a sus necesidades de aprendizaje. • El Instituto Nacional Penitenciario a través de la Subdirección de Educación Penitenciaria y la Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales promoverá la investigación educativa; otorgando el presupuesto financiero, generando espacios de intercambio de proyectos de investigación e innovación educativa y propiciando la edición y publicación del producto o resultados obtenidos. e)
Supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico • Las actividades de supervisión, monitoreo y acompañamiento pedagógico están dirigidas al personal docente, administrativo y directivo de las instituciones educativas penitenciarias y a los coordinadores de educación de las Oficinas Regionales. • Se realiza de manera opinada e inopinada por el personal especializado de la Subdirección de Edu-
f)
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Actividades del plan operativo institucional • Los Especialistas Educativos de cada Oficina Regional en coordinación con los Directores de las Instituciones Educativas Penitenciarias deben proponer y ejecutar las actividades destinadas a la enseñanza aprendizaje, desarrollo y gestión de las actividades educativas para los CETPROs, CEBAs y I.E.I, realizando el informe documentado dentro de un plazo máximo de tres días culminado la actividad.
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7. Responsabilidades 7.1 La Dirección de Tratamiento Penitenciario, a través de la Subdirección de Educación de la Sede Central y de la Subdirección de Tratamiento Penitenciario a través del Coordinador de Educación en las Oficinas Regionales, así mismo en los Establecimientos Penitenciarios a través del Director o Jefe del Área Educativa se encargan de monitorear, supervisar y evaluar las actividades educativas penitenciarias, en observancia y cumplimiento de la presente norma. 7.2 El Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento y el Director o Jefe del área Educativa del Establecimiento Penitenciario, son responsables de planificar, organizar, controlar y evaluar las actividades educativas multidisciplinarias con participación de las demás áreas de tratamiento penitenciario. 7.3 La Dirección de Registro Penitenciario de la Sede Central, Subdirección de Registro Penitenciario de
las Oficinas Regionales y las Áreas de Registro de los Establecimientos Penitenciarios, disponen, monitorean y ejecutan respectivamente el cumplimiento de entrega de información virtual y físico al área de Educación Penitenciaria. 7.4 La Dirección de Seguridad Penitenciaria de la Sede Central, Sub dirección de Seguridad de las Oficinas Regionales y áreas de Seguridad de los Establecimientos Penitenciarios, garantizan el normal cumplimiento de las actividades educativas en las aulas o aulas talleres en el horario establecido, brindando la seguridad al personal docente, estudiantes e instalaciones. 7.5 La Subdirección de Educación Penitenciaria de la Dirección de Tratamiento, es el órgano normativo encargado de monitorear y supervisar las acciones de gestión administrativa, técnico pedagógico, seguimiento y control de las actividades educativas penitenciarias, así como para verificar el cumplimiento
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de la presente Directiva, el Plan Anual de Trabajo y realizar las medidas correctivas del caso. 7.6 Del Coordinador de Educación de la Oficina Regional a) Gestionar, fomentar y evaluar las actividades educativas de las Instituciones Educativas de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdicción. b)
Consolidar los planes operativos anuales elaborados por los responsables de las Instituciones Educativas del Establecimiento Penitenciario para su propuesta a la Subdirección de Educación de la Dirección de Tratamiento.
c)
Realizar acciones para sistematizar la información que se genera por las actividades educativas en los diferentes Establecimientos Penitenciarios de su jurisdicción.
d)
Supervisar la captación y uso adecuado de los ingresos propios generados en las instituciones o áreas educativas de los establecimientos penitenciarios.
e)
Monitorear, supervisar e informar el uso adecuado del presupuesto otorgado por el MINEDU e INPE a las Instituciones educativas por concepto de mantenimiento preventivo de locales escolares.
7.7 Del Consejo Técnico Penitenciario, es responsable de comunicar por escrito y oportunamente al área Educativa las sanciones disciplinarias a los internos estudiantes para su registro en el Libro de Control Educativo. 7.8 La Unidad de Administración de la Oficina Regional, es responsable de atender los requerimientos logísticos formulados por los Directores de las Instituciones Educativas o Jefes de las Áreas de Educación para el desarrollo de actividades educativas durante el año lectivo. 7.9 Del Director o responsable del área educativa, tiene la responsabilidad de cumplir las disposiciones vigentes del Ministerio de Educación y del INPE en los aspectos pedagógicos, institucionales y administrativos que contribuyan a la transparencia de la gestión educativa en el contexto penitenciario.
7.10 Los Profesores del INPE, Ministerio de Educación, u otras instituciones públicas o privadas que desempeñen función docente, por convenios de cooperación interinstitucional en los Establecimientos Penitenciarios en los diferentes niveles, modalidades o Programas de Tratamiento Educativo son responsables de cumplir con las disposiciones de la presente norma y las disposiciones técnico-pedagógicas, administrativas y de seguridad establecidas por el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional Penitenciario. 7.11 El Director de la Institución Educativa, Jefe del área de educación o responsable de Cómputo Educativo, tienen la responsabilidad de cruzar información o coordinar con el responsable de expedir el Cómputo Laboral del Área de Trabajo del establecimiento penitenciario y evitar la simultaneidad en la expedición de certificados de Cómputo Educativo con el de Trabajo. (Art. 47º Código de Ejecución Penal). 7.12 Los Profesores que desempeñan función docente en las aulas educativas y aulas talleres son responsables de cumplir su jornada laboral educativa y hacer cumplir a los estudiantes la jornada de estudios que están establecidas en la presente norma y según la calendarización y programación Curricular o Modular. 7.13 El docente del curso ocupacional y docente tutor del Ciclo y grado de Educación Básica Alternativa según su procedencia institucional son responsables de elaborar: El Libro de Registro de Educación, Libro de Planilla de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones, Planilla de Control Educativo de los días sábados, Libro de Registro Promocional y el informe trimestral del estudiante; sin errores ni enmendaduras y entregados dentro de los cinco días calendarios de culminado el mes de estudio. 7.14 El Director de la Institución Educativa, Jefe del Área de Educación y los profesores son los responsables de la implementación del plan de tutoría, plan lector, plan de gestión de riesgos y desastres; a ejecutarse en la Educación Penitenciaria, con el compromiso y aporte de todos los miembros de la comunidad educativa.
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7.15 La Dirección de Tratamiento Penitenciario, Subdirección de Educación Penitenciaria, Coordinaciones de Educación de las Oficinas Regionales, Directores de los Establecimientos Penitenciarios, Directores de las instituciones educativas y personal del área educativa son responsables de impulsar la gestión, creación, control y evaluación de bibliotecas en los establecimientos penitenciarios. 7.16 La Dirección de Tratamiento Penitenciario, Subdirección de Educación, Subdirección de Tratamiento y Coordinación de Educación Regional, Dirección del Establecimiento Penitenciario, Jefatura del Órgano Técnico de Tratamiento y Dirección de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario son los responsables de gestionar, coordinar, supervisar, controlar y evaluar el desarrollo de la educación superior a distancia, así como el cumplimento de los compromisos asumidos por la institución cooperante de las acciones educativas dirigidas a los internos. 7.17 El Director de la Institución Educativa, Jefe del Área de Educación o el encargado de Cómputo Educativo nombrado o asignado por el Instituto Nacional Penitenciario, son los únicos responsables, para firmar el libro de registro de educación, libro de planilla de control educativo, libro de control de evaluaciones, planilla de control educativo de los días sábados, informe educativo del participante y libro de registro promocional; así como para expedir el certificado de cómputo educativo para beneficios penitenciarios y constancia de estudio para gracias presidenciales, trámites administrativos y judiciales. 7.18 La Subdirección de Educación Penitenciaria, la Coordinación de Educación de la Oficina Regional son responsables de verificar, supervisar y monitorear el cumplimiento del texto único de procedimientos administrativos TUPA, específicamente los aspectos de: Admisión al Área Educativa, Certificado de Cómputo Educativo y Constancia de Estudio. 7.19 El Director de la Institución Educativa, Jefe del área de Educación o el encargado de cómputo educativo según sea el caso, son responsables de llevar un registro Excel por separado y con numeración corre-
lativa de los certificados de cómputos y constancias educativas que han sido expedidas, consignando: Número de orden, Apellidos y nombres del interno solicitante, descripción del documento, fecha de recepción, fecha de expedición, Número del TUPA y motivo de expedición. 8. Disposiciones complementarias y finales 8.1 La Subdirección de Educación Penitenciaria, como órgano normativo diseñará y formulará en base a los procesos identificados, los manuales de procedimientos donde se establecerá una sucesión cronológica de actividades relacionadas entre sí, identificando a los responsables, roles, plazos e indicadores. 8.2 Las modificaciones de los manuales de procedimientos se realizará periódicamente con la finalidad de realizar el mejoramiento continuo ajustar los plazos a tiempos más reales, requisitos e instancias, asimismo establecer indicadores que permitan la toma de decisiones y sobre todo alinear los procedimientos a los cambios del contexto. 8.3 El Director del Establecimiento Penitenciario, bajo responsabilidad remite mensualmente a la Coordinación de educación de la Oficina Regional, una copia legible del Libro de Planilla de Control Educativo y Libro Planilla de Control Educativo de los días sábados en un plazo no mayor a 10 días calendarios contados a partir de la finalización de cada mes. 8.4 El Coordinador de Educación de cada Oficina Regional organizará un archivo del Libro de Planilla de Control Educativo y Planilla de Control Educativo de los días sábados remitido por los Establecimientos Penitenciarios, los cuales deberán ser empastados y foliados con presupuesto de la administración de la Oficina Regional respectiva. 8.5 Las Oficinas Regionales a través de la Subdirección de Tratamiento remite mensualmente a la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, el consolidado de la información estadística de educación de los Establecimientos Penitenciarios de su jurisdicción en los formatos establecidos y aprobados por el Instituto Nacional Penitenciario.
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8.6 La Unidad de Administración de cada Oficina Regional dará apoyo logístico para el desarrollo de las actividades educativas programadas conforme a los requerimientos de las instituciones educativas de los establecimientos penitenciarios. 8.7 El responsable del Área Educativa en coordinación con el Director del Establecimiento Penitenciario, promoverán permanentemente actividades educativas de complementación pedagógica para la población penitenciaria, en concordancia con los dispositivos legales vigente del Ministerio de Educación y el Instituto Nacional Penitenciario. 8.8 El área de Registro Penitenciario del Establecimiento Penitenciario brindará la información requerida por la institución educativa en el ámbito de su competencia. Asimismo, ésta unidad será la responsable de la actualización de los datos respecto al nivel de instrucción que haya alcanzado el interno durante su permanencia en el establecimiento penitenciario. 8.9 Los aspectos no contemplados en la presente Directiva, serán resueltos por la Subdirección de Educación de la Dirección de Tratamiento Penitenciario del Instituto Nacional Penitenciario. 8.10 La presente Directiva deja sin efecto a la Directiva N° 006-2010-INPE, aprobada mediante Resolución Presidencial Instituto Nacional Penitenciario N°
282-2010-INPE/P, y otras disposiciones que se opongan a la presente norma. 8.11 La Resolución de Aprobación y el contenido de la presente Directiva será publicada en la página web del Instituto Nacional Penitenciario, dirección electrónica: www.inpe.gob.pe. 9. Glosario de términos 9.1 Acompañamiento Pedagógico. Proceso técnico de orientación y asesoramiento para optimizar las actividades pedagógicas, centrada en el mejoramiento continuo de los procesos de aprendizaje, el desempeño profesional de los docentes, y para adquirir la oportuna y consistente información para una acertada toma de decisiones. 9.2 Admisión. Proceso de evaluación al interno para acceder al área educativa, se inicia con la presentación y trámite de la solicitud y culmina con la matrícula en el área educativa en el nivel, modalidad, ciclo o grado de estudios que le corresponde. 9.3 Analfabeto Absoluto. Persona privada de libertad que se encuentra en condición de iletrada o que no sabe leer ni escribir; por no haber tenido acceso a la educación básica en su debida oportunidad. 9.4 Analfabetos Funcionales. Personas privadas de libertad que habiendo accedido a la educación básica no culmi-
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naron y por el tiempo transcurrido no pueden utilizar su capacidad de lectoescritura y cálculo matemático en situaciones habituales de la vida. 9.5 Área Educativa. Está conformado por los programas e Instituciones Educativas que funcionan en el interior de los establecimientos penitenciarios bajo administración del Instituto Nacional Penitenciario. 9.6 Carné del Área Educativa. Documento que permite identificar al estudiante interno para acceder a las aulas educativas y aulas talleres en el espacio, tiempo y horario de estudios. 9.7 Certificado de Cómputo Educativo. Documento técnico emitido por el responsable del área educativa, valido para el beneficio de redención de la pena por la educación, donde se registran entre otros datos los días de estudio y evaluación mensual del interno estudiante. 9.8 Consejo Técnico Penitenciario. Equipo colegiado de autoridades de un establecimiento penitenciario, integrado por: el Director del establecimiento penitenciario (quien lo preside), el Administrador, el Jefe de Seguridad Penitenciaria, el Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento y otros profesionales que requiera el Presidente del CTP, (Art. 109 del Código de Ejecución Penal). 9.9 Consejo Educativo Institucional. Es un órgano de participación, concertación y vigilancia, presidido por el Director de la institución educativa e integrado por los subdirectores educativos, representante de los docentes y de los estudiantes. Se constituye en un órgano vinculante entre la Institución Educativa y la Comunidad Educativa, identificando la naturaleza fundamental de cada uno de ellos. 9.10 Constancia de Estudios. Documento técnico emitido por el responsable del área educativa que hace constar el programa, nivel, modalidad, ciclo, grado, fecha de inicio y término de estudios que realizo o está realizando el interno. Se expide bajo dos modalidades: uno con el logotipo del INPE cuando es requerido para trámites judiciales, gracias presidenciales, conmutación de pena, traslados, etc. Y el segundo sin el logotipo del INPE. Cuando es requerido para trámites educativos o laborales.
9.11 Cuadro de Distribución de Horas. Es un instrumento técnico pedagógico complementario al Cuadro de asignación de personal (CAP) de la institución educativa, en él se consigna la carga horaria del personal directivo, jerárquico y docente responsable de viabilizar el proceso educativo en concordancia con el plan de estudios y número de secciones por grados. 9.12 Educación Penitenciaria. Proceso de reeducación dirigida a personas privadas de libertad, procesadas o sentenciadas por estar involucrados en la comisión de un delito; tiene un enfoque sociocultural, conformado por programas, niveles y modalidades educativas existentes en el sistema educativo. 9.13 Educación Técnico Productiva. Forma de educación encaminada a la adquisición y desarrollo de competencias laborales y empresariales orientadas a las necesidades e intereses educativos de los internos. 9.14 Empresa privada. Se refiere a una empresa comercial que es propiedad de inversores privados, no gubernamentales, accionistas o propietarios (generalmente en conjunto, pero puede ser propiedad de una sola persona), y está en contraste con las instituciones estatales, como empresas públicas y organismos gubernamentales. 9.15 Estudiante Interno. Agente fundamental de la educación penitenciaria, matriculado en cualquier etapa, modalidad, nivel, ciclo o programa que imparte la Institución o área educativa del Establecimiento Penitenciario. 9.16 Enseñanza – Aprendizaje. Proceso didáctico para desarrollar aprendizajes significativos, mediante la interacción del estudiante interno y el docente facilitador.
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9.17 Educación Básica Alternativa. Modalidad educativa destinada a estudiantes que no tuvieron acceso o no culminaron la Educación Básica Regular, que en el marco de la educación permanente lo imparten los CEBAS con objetivos y calidad equivalente a la Educación Básica Regular, enfatizando la preparación para el trabajo y el desarrollo de capacidades empresariales. 9.18 Institución Educativa Penitenciaria. Comunidad de aprendizaje -enseñanza, organizada sistemáticamente y con reconocimiento oficial del MINEDU que oferta servicios educativos a los internos en el nivel, modalidad, forma o programa que lo requiera y le corresponda de acuerdo a su grado de instrucción. 9.19 Libro de Registro de Educación. Formato donde se registra a los internos matriculados en la Institución o área educativa en orden alfabético y codificado según las disposiciones del INPE y MINEDU. 9.20 Libro de Planilla de Control Educativo. Formato donde se registra la asistencia diaria del interno estudiante (lunes a viernes), opcionalmente los días sábados, consignando la letra "a" minúscula sí asistió y la efe mayúscula (F) si faltó o no cumplió su jornada de estudios. 9.21 Libro de Control de Evaluaciones. Libro donde se registra los días estudiados y las evaluaciones mensuales de los estudiantes internos, sin perjuicio a llevar también el registro de evaluación dispuesto por el Ministerio de Educación. 9.22 Libro de Control Educativo de los días sábados. Libro donde se registra la asistencia de los días sábados de los estudiantes internos que asistieron y cumplieron su jornada educativa realizando sus trabajos o asignaciones en las aulas educativas o aulas talleres. 9.23 Libro de Registro Promocional. Libro donde se registra a los estudiantes internos del CEBA y CETPRO que han aprobado sus estudios realizados y son promovidos de nivel, modalidad, ciclo, grado, módulo educativo, o actividad laboral en el área de trabajo.
9.24 Monitoreo pedagógico. Recojo y análisis de información de los procesos y productos pedagógicos para la adecuada toma de decisiones haciendo seguimiento a los indicadores que nos permiten comprobar la calidad y logro de los procesos y productos esperados, absolver las dificultades presentadas y brindar las recomendaciones y correctivos vía correo electrónico institucional, teléfono, fax u otros medios. 9.25 Proyecto Educativo Institucional (PEI). Documento de gestión contiene la identidad de la institución educativa, el diagnóstico y conocimiento de la comunidad educativa y su entorno, la propuesta pedagógica y la propuesta de gestión, resultados y el plan de mejora. 9.26 Proyecto Curricular Institucional (PCI). Orienta los procesos pedagógicos y forma parte de la propuesta pedagógica del Proyecto Educativo Institucional.
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9.27 Programa de Alfabetización. Conjunto de actividades educativas que consiste en el aprendizaje de la lecto-escritura y la adquisición de valores para la convivencia social, destinadas a los internos analfabetos dentro de un Establecimiento Penitenciario. 9.28 Plan de Gestión de Riesgo. Programa de actividades que pretende dar a conocer y poner en práctica, estrategias, conceptos y metodologías para poder reducir riesgos, prevenir desastres y responder a posibles desastres que se presenten en el entorno educativo. 9.29 Plan de Contingencia. Conjunto de acciones que sirve para saber anticipadamente como actuar en caso de que se produzca un desastre. 9.30 Plan Anual de Trabajo (PAT). Documento de gestión, concreta los objetivos estratégicos del Proyecto
Educativo Institucional de la institución educativa o programa, en actividades y tareas que se realizan en el año lectivo. 9.31 Programas de Tratamiento. Consiste en la utilización de métodos médicos, biológicos, psicológicos, psiquiátricos, pedagógicos, sociales, laborales y todo aquello que permitan obtener el objetivo de tratamiento de acuerdo a las características propias del interno. 9.32 Reglamento Interno (RI). Documento de gestión que regula la organización y funcionamiento de la Institución Educativa, establece funciones específicas, pautas, criterios y procedimientos de desempeño y de comunicación entre los diferentes miembros de la comunidad educativa.
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9.33 Red de Docentes en Contexto de Encierro. Propuesta de una red docente que se constituye en una herramienta virtual mediante el internet que permite la interconexión de los docentes que laboran en los establecimientos penitenciarios del país y de Latinoamérica, quienes pueden compartir experiencias y prácticas educativas en contexto de encierro. 9.34 Redención de la Pena por la Educación. Beneficio Penitenciario que consiste en reducir la pena impuesta del sentenciado por la asistencia y aprobación mensual de los cursos o módulos educativos. 9.35 Supervisión. Es la visita de campo que se realiza con la finalidad de verificar “in situ” el nivel de avance de las acciones programadas. Para los efectos del caso, previamente se determina el universo, las metas y la muestra específica, así como los criterios de evaluación y los instrumentos de recojo de datos correspondiente. 9.36 Tutoría. Es el acompañamiento socio afectivo, cognitivo, pedagógico de los estudiantes, inherente al currículo y tiene carácter formativo, promocional y preventivo. 9.37 Fomento de la Lectura. Formación de habilidad de leer; labor que apoya los docentes en el contexto de privación de la libertad. Constituye una herramienta fundamental del desarrollo de la personalidad del estudiante- interno. 9.38 TUPA. Proceso que refiere al trámite del Texto Único de Procedimientos Administrativos.
9.40 Programa de Educación Inicial. Dirigidos a niños y niñas menores de 3 años. Se orienta a fortalecer las prácticas de cuidado y acompañamiento al desarrollo infantil. 9.41 Supervisión pedagógica, proceso técnico de orientación y asesoramiento para optimizar las actividades pedagógicas, centrada en el mejoramiento continuo de los procesos de aprendizaje, el desempeño profesional de los docentes, y para adquirir la oportuna y consistente información para una acertada toma de decisiones. 9.42 Presupuesto Operativo Institucional. Presupuesto destinado a desarrollar acciones de gestión y enseñanza aprendizaje, para las acciones en las diferentes modalidades educativas: CEBA, CETPRO, I.E.I. 10. Anexos • Anexo N° 01. Solicitud de inscripción. • Anexo N° 02. Carné del Estudiante. • Anexo N° 03. Constancia de Estudios. • Anexo N° 04. Constancia Educativa. • Anexo N° 05. Informe de Evaluación Educativa. • Anexo N° 06. Certificado de Cómputo Educativo. • Anexo N° 07. Cartilla Seguridad e Higiene en Aulas – Talleres. • Anexo N° 08. Formato de Ingreso de Materiales. • Anexo N° 09. Formato de Egreso de Productos. • Anexo N° 10. Libro Registro de Educación. • Anexo N° 11. Libro de Planilla de Control Educativo. • Anexo N° 12. Libro de Control de Evaluaciones. • Anexo N° 13. Libro de Registro Promocional. • Anexo N° 14. Planilla de Control Educativo de los días sábados.
9.39 Recursos Directamente Recaudados. Son aquellas recaudaciones que realizan las Instituciones Educativas en los Establecimientos Penitenciarios como resultados de las utilidades que generan los Proyectos Productivos, proyectos de innovación pedagógica y cultural, donaciones o aportes de los mismos estudiantes; los cuales son destinados para la implementación modernización y mejoramiento de los servicios educativos.
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ANEXO 01 Solicitud de Inscripción Solicito: Inscripción / Matrícula al área de Educación
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Señor Director del Establecimiento Penitenciario de: SD. Yo, identificado con DNI Nº de nacimiento Delito al E.P
, interno del pabellón, fecha y lugar
, Edad , Nacionalidad Situación Jurídica:(P) (S), fecha de ingreso , Grado de Instrucción Específica:
Analfabeto ( ), Primaria (grado: ), Secundaria (grado: ), Superior Técnico, Completa ( ), Incompleta ( ). Especifique: Pedagógico, Completa ( ), Incompleta ( ). Especifique: Universitario, Completa ( ), Incompleta ( ). Especifique:
Mediante la presente solicito a su despacho otorgarme una vacante en el Área de Educación del E.P. en la modalidad CETPRO ( ), Opción ocupacional/Especialidad turno CEBA ( ) g r a d o/c ic lo turno Comprometiéndome a asistir puntualmente al aula en los horarios establecidos con materiales y útiles de estudios solicitados por el docente, así mismo cumplir con el Reglamento Interno de la Institución educativa y participar activamente en las actividades y otras organizadas por el área educativa. En caso de 03 inasistencias injustificadas consecutivas y/o incumplimiento al reglamento interno acepto el retiro de la opción ocupacional/especialidad/ciclo o modalidad en el periodo educativo así como las sanciones que conlleve la falta disciplinaria. Además declaro no estar registrado actualmente en el área de Trabajo del Establecimiento Penitenciario y no tener impedimento alguno (medidas de seguridad) para asistir a los ambientes educativos.
POR LO TANTO:
Señor Director, ruego a usted atender a mi solicitud por ser de justicia. Lugar,
(Firma, post firma y huella del interno)
– 38 –
de
de 201
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ANEXO 02 Carné del Estudiante
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO “
”
CETPRO/CEBA “
”
ÁREA EDUCACIÓN
CARNÉ DE IDENTIFICACIÓN DEL INTERNO
NOMBRE DEL ESTUDIANTE: PAB. “
”
Se autoriza la salida del interno, al CETPRO/CEBA, “ ”: RETORNO
SALIDA: DÍAS : Lunes a Viernes
El presente carné está vigente del de al de del año Debiendo cumplir con las normas de seguridad establecidas. Se solicita se brinde las facilidades correspondientes. Este Carné es intransferible el cual sólo deberá portar el estudiante, cualquier cambio o adulteración será objeto de sanción por la autoridad competente. Dirección del CETPRO/CEBA
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ANEXO 03
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
CONSTANCIA Nº
- 20
CONSTANCIA DE ESTUDIO El Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario que suscribe, hace constar: Que el (la) interno (a) - estudiante
:
Estudia en el programa, especialidad, grado y/o módulo educativo : Con Código de Matrícula
:
Periodo de Estudio
:
Recibo TUPA Nº
:
Solicitado con documento N° Se expide la presente a solicitud del interesado para los fines que estime.
,
VoBo Director del E.P.
de
de 20
Director de la Institución Educativa
OBSERVACIONES: El presente documento carece de valor para los efectos de “Redención de la Pena”.
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ANEXO 04
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
CONSTANCIA Nº
- 20
CONSTANCIA EDUCATIVA El Director de la Institución Educativa: Hace constar que el alumno/a Con N° de Matrícula: Programa ( )
estudió ( ) o está estudiando ( ) en el: Opción ocupacional/Especialidad ( )
Grado ( )
Módulo educativo ( )
desde el
De Hasta
A pedido del interesado se extiende la presente constancia en la ciudad de días del mes de
a los del año
Para los trámites educativos y laborales que crea por conveniente realizar.
Director de la Institución Educativa
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ANEXO 05 INFORME DE EVALUACIÓN EDUCATIVA (ART.51 Y 176)
OFICINA REGIONAL: _____________________________________________________________________________________________________________ ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO:______________________________________________________________________________________ INSTITUCIÓN EDUCATIVA: ____________________________________________________________________________________________________ I.- DATOS GENERALES: Apellidos y Nombres del Interno:______________________________________________________________________________________________ Edad:_______ Sexo M ( ) F ( ) Grado de Instrucción: _________________________ _ Fecha de Ing. al E.P:_______________________ Delito: ________________________ Situación Jurídica: S (____ ) P (____ ) Ubicación en el E.P___________________________________ Fecha de Matrícula Educativa:_____________________________________ Periodo de Evaluación:_______________A_______________ Motivo de Evaluación: __________________________________________________________________________________________________________ II.- NIVEL O MODALIDAD EDUCATIVA: Nivel \Modalidad\Programa\Opción Ocupacional\Especialidad: ___________________________________________ Grado\Ciclo Número de Orden:___________________________________________________ Código de Matricula:________________________________ Fecha de Inicio:_______________________________________________________ Fecha de Término:___________________________________ III. EVALUACIÓN EDUCATIVA Y RECREATIVA: 3.1. Evaluación Cuantitativa: MESES 1 2 3 PROMEDIO TRIMESTRAL
DÍAS
NOTA
3.2. Evaluación Cualitativa: Características de conducta y hábitos de estudio Respeta la autoridad Educativa y Compañeros de aula Cumple con las tareas del Profesor y Demuestra responsabilidad en el estudio Muestra iniciativa en el aprendizaje Puntualidad Participación en el aula Aseo y Presentación del educando Participación en actividades deportivas, artísticas, culturales y recreacionales IV. RESULTADOS E INTERPRETACION (De la Evaluación cualitativa) Rango de resultado El resultado final del 50 % mas 1 Menores del 50%
SI
Interpretación Favorable Desfavorable
V. CONCLUSIONES DE LA EVALUACIÓN Por tanto la evaluación es: VI. OBSERVACIONES
Firma y Post firma del Director de la Institución Educativa
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Firma y Post firma del Profesor
NO
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ANEXO 06
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Certificado N°
-20
CERTIFICADO DE CÓMPUTO EDUCATIVO
El responsable de la Oficina de Cómputo Educativo de la Institución o área educativa del establecimiento penitenciario de que suscribe: CERTIFICA Que en concordancia al Código de Ejecución Penal, Decreto Legislativo N°654, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes y de conformidad con las planillas que obran en los archivos de esta Institución o área Educativa, se informa que el interno (a) : registra estudios según el siguiente detalle: AÑO
N° DE MATRÍCULA
MES
DÍAS ESTUDIADOS NÚMERO
TOTAL DÍAS:
LETRA
EVALUACIÓN NÚMERO
LETRA
"PROGRAMA/ NIVEL/CICLO/ GRADO/OPCIÓN OCUPACIONAL"
DESCRIPCIÓN DE CAPACIDADES LOGRADAS (Ley N°29881)
SON:
FECHA INGRESO : DELITO : Se expide el presente Certificado en atención a lo solicitado por que lo requirió con para Recibo TUPA N° Nota: El beneficio de la redención de la pena por la educación lo determina la autoridad jurisdiccional. de
del 20
Director de la institución o área educativa Responsable de Cómputo Educativo V°B° Director del Establecimiento Penitenciario
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ANEXO 07 CARTILLA DE SEGURIDAD E HIGIENE EN AULAS TALLERES ESQUEMA DE PLAN DE SEGURIDAD E HIGIENE PARA EL ÁREA EDUCATIVA DE UN ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO
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1.- DATOS GENERALES: 1.1 Establecimiento Penitenciario : 1.2 Institución o Área Educativa : 1.3 Gestión : - Publica INPE ( ) MINEDU Periférico ( ) - Privada ( ) 1.4 Director o Jefe Educativo : 1.4 Docentes Responsables : 1.5 Fecha : 2.- FUNDAMENTACIÓN El presente documento, establece un conjunto de actividades y procedimientos para la eficaz prevención y protección frente a los accidentes, sismos, incendios o enfermedades a las que pueden exponerse los docentes y estudiantes internos del área de educación penitenciaria. 3.- BASES LEGALES a). b). c).4.- OBJETIVO GENERAL 5.- OBJETIVOS ESPECIFICOS a). b). c).6.- META 7. RECURSOS a). b).8.- CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES N°
ACTIVIDADES
FECHAS
RESPONSABLES
01 02 03 04 05 9.- EVALUACIÓN 9.1.- Encuestas 9.2.- Lista de Cotejo
9.3.- Fichas de aplicación 9.4.- Monitoreo
Profesor responsable de la coordinación Profesor miembro de la comisión V°B° Director Institución o área educativa
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ANEXO 08 FORMATO DE INGRESO DE MATERIALES
El Director del Establecimiento Penitenciario de autoriza al interno estudiante de la opción ocupacional / especialidad de Nº
el ingreso de los siguientes materiales:
DESCRIPCIÓN
CANTIDAD
Fecha de ingreso: Familiar del interno: El personal de seguridad debe brindar las facilidades conforme a lo establecido en el Código de Ejecución Penal y su Reglamento, cualquier acto que contradiga las normas jurídicas y éticas por parte del interno o familiar será objeto de sanción por parte del Consejo Técnico Penitenciario o autoridad competente de acuerdo a las normas vigentes.
Director de la I.E.
Director del E.P
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Personal Docente
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ANEXO 09 FORMATO DE EGRESO DE PRODUCTOS El Director del Establecimiento Penitenciario de autoriza al señor(a) de la opción ocupacional / especialidad Nº
el egreso de los siguientes productos: DESCRIPCIÓN
CANTIDAD
Fecha de egreso: Nombre del interno propietario: Nombre del docente: El personal de seguridad debe brindar las facilidades conforme a lo establecido en el Código de Ejecución Penal y su Reglamento, cualquier acto que contradiga las normas jurídicas y éticas por parte del interno, familiar o funcionario será objeto de sanción por parte del Consejo Técnico Penitenciario o autoridad competente de acuerdo a las normas vigentes.
Director de la I.E.
Director del E.P
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Personal Docente
– 47 –
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
Nº de orden
V° B° Director del E.P.
Fecha de Código de Apellidos y Nombres del Ingreso al Matrícula interno – estudiante Penal Sexo
Grado de Ocupación instrucción Laboral
Director de la Institución Educativa
Edad
Lugar y fecha:
Delito Específico
Ubicación Observaciones en el E.P.
Profesor Responsable
Situación Jurídica
PROFESOR (A) : NIVEL, PROGRAMA, OPCIÓN OCUPACIONAL, ESPECIALIDAD MÓDULO: GRADO /CICLO: AULA Y/O PABELLÓN:
ANEXO 10 LIBRO DE REGISTRO DE EDUCACIÓN
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: PERIODO DE CAPACITACIÓN: AÑO:
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– 48 –
15
14
13
12
11
10
09
08
07
06
05
04
03
02
01
N° Ord.
Código de Matrícula
V° B° Director del E.P.
Apellidos y nombres del interno - estudiante
CAPACIDAD LOGRADA: 1
2
3
4
5
6
8
Total días
Lugar y fecha:
Evaluación FIRMA DEL (I) Mensual ESTUDIANTE
Profesor Responsable
9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 de Estudio
Director de la Institución Educativa
7
ASISTENCIA DIARIA
PROFESOR (A) : NIVEL, PROGRAMA, OPCION OCUPACIONAL, ESPECIALIDAD MÓDULO: GRADO /CICLO: AULA Y/O PABELLÓN:
ANEXO 11 LIBRO DE PLANILLA DE CONTROL EDUCATIVO
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: MES: AÑO:
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HUELLA
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ANEXO 12 LIBRO DE CONTROL DE EVALUACIONES
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15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
Nº Orden
Código de Matrícula Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Setiembre
CONTROL DE DÍAS Y NOTAS MENSUALES Octubre
Noviembre
Diciembre
Profesor Responsable
Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota
Director de la Institución Educativa
Apellidos y Nombres del Interno - Estudiante
Observación
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: PROFESOR (A) : INSTITUCIÓN EDUCATIVA: NIVEL, PROGRAMA, OPCIÓN OCUPACIONAL, ESPECIALIDAD MES: AÑO: MÓDULO: GRADO/CICLO: AULA Y/O PABELLÓN:
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ANEXO 13 LIBRO DE REGISTRO PROMOCIONAL
– 50 –
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
N° Orden
Código de Matrícula
Fecha de Ingreso al Establecimiento Penitenciario
Director de la Institución Educativa
"Apellidos y nombres (interno - estudiante)" Edad
Sexo
Opcion ocupacional/ especialidad que estudió
Profesor Responsable
Grado de Instrucción Promovido a:
Lugar y Fecha,
Duración (Meses)
Observaciones
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: OFICINA REGIONAL: MES: AÑO:
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1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
N° Orden
Código de Matrícula
V°B° Director del E.P.
Apellidos y nombres del interno - alumno
Año:
Módulo:
Apellidos y Nombres
Firma
5to Sábado Fecha:
Director de la Institución Educativa
Firma del interno Firma del interno Firma del interno Firma del interno Firma del interno
1er Sábado Fecha:
1er Sábado Prof.: 2do Sábado Prof.: 3er Sábado Prof.: 4to Sábado Prof.: 5to Sábado Prof.:
ASISTENCIA DE LOS DIAS SABADOS 2do Sábado 3er Sábado 4to Sábado Fecha: Fecha: Fecha:
ANEXO 14 PLANILLA DE CONTROL EDUCATIVO DE LOS DIAS SÁBADOS
Establecimiento Penitenciario : Institución Educativa : Nivel, programa, opcion ocupacional o especialidad: Profesor: Grado/ciclo : Aula y/o pabellón : Mes:
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
ADMISIÓN DEL INTERNO EN LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO MAPRO Nº 005- 2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, marzo de 2016 Versión 1.0
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PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 052016-INPE-DTP
ADMISIÓN DEL INTERNO A LA INSTITUCION EDUCATIVA DEL ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO
HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha de elaboración / revisión Diciembre 2015
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por Fecha 17-03-2016
Versión V 1.0
Documento Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE-DTP
– 56 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Admisión del interno en la institucion educativa del establecimiento penitenciario
1. Definición El proceso describe el conjunto de actividades que debe ejecutar el Instituto Nacional Penitenciario para que los internos accedan a los servicios educativos de Alfabetización, Educación Básica Alternativa y Técnico Productiva en las Instituciones Educativas de los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional.
de registro penitenciario, jefe de Tratamiento, jefe de Seguridad y Directores de los establecimientos penitenciarios. 5. Límites del proceso
Proveedor: Instituciones Educativas
2. Objetivo Formalizar el ingreso a los servicios educativos de la población penal, a las instituciones educativas de los Establecimientos Penitenciarios, como parte del proceso de tratamiento, oficializando su participación en el Sistema Educativo Peruano regulado por el Ministerio de Educación. 3. Base legal • Decreto Legislativo Nº 654 Artículo, (02-ago-1991), artículos del 69º al 71°, del Código de Ejecución Penal. • Ley N° 28044, (29-jul-2003), Ley General de Educación. • Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, (07-jul-2012), Reglamento de la ley N° 28044, Ley General de Educación. • Ley N° 29944, (25-nov-2012), Ley de Reforma Magisterial. • Convenio marco de cooperación interinstitucional entre el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional Penitenciario. • Resolución Directoral Nº 0562-2010-ED “Evaluación de los aprendizajes en EBA” 4. Alcance El presente proceso es de aplicación y cumplimiento para el personal de las instituciones educativas, área de trabajo, área
Entrada del Proceso: Solicitud
Proceso de Admisión del Interno a la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario
Clientes: Internos Salida del Proceso: Nómina de Matrícula Libro de Registro
6. Requisitos • Solicitud del interno dirigido al Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces en el Establecimiento Penitenciario, el mismo que tendrá valor de declaración jurada. Según Anexo Nº 01. • La copia o número de documento nacional de identidad válido. • Ser estudiante nuevo en el programa, especialidad, opción ocupacional, grado, ciclo y módulo educativo. • No estar inscrito en el Área de Trabajo del Establecimiento Penitenciario • En el caso de CEBA deberá figurar en el área de Registro Penitenciario como analfabeto, o con educación básica incompleta.
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7. Diagrama de flujo MATRÍCULA DEL INTERNO A LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA DEL E.P.
Inicio
1.- Revisar el informe de evaluación
1.- Recepción de la solicitud del interno
Fin
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces
¿Procede?
No
7.- Comunicar al interno la improcedencia de su solicitud
Sí 4.- Dispone su matrícula
Docente de aula
5.- Registra al interno en la Ficha, Nómina de Matrícula y Libro de Registro de Educación
2.- Evaluar la admisión del interno
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6.- Visar la Nómina de Matrícula y Libro de Registro de Educación
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Admisión del interno en la institucion educativa del establecimiento penitenciario
8. Actividades del proceso
Actividad 01
Recepcionar la solicitud del interno
a) Responsable
Director de Institución Educativa o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar la solicitud suscribiendo el cargo respectivo 2. Registrar la solicitud en el “registro de documentos recibidos” 3. Proveer la solicitud 4. Derivar la solicitud al profesor responsable.
c) Datos requeridos para la actividad
Nombre de los docentes responsables de los programas, especialidades, opciones ocupacionales, grados, ciclos y/o módulos educativos.
d) Datos que genera la actividad
Proveído disponiendo su evaluación.
e) Tiempo de ejecución
20 minutos
f) Calificación personal
Conocimientos en trámite documentario
g) Documentos relacionados
Ninguno
Actividad 02
Evaluar la admisión del interno
a) Responsable
Docente de aula
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir la solicitud suscribiendo cargo respectivo. 2. Verificar información en la base de datos proporcionada por registro penitenciario a fin de dar validez a la información consignada por el interno. 3. Constatar que los internos no estén inscritos en el Área de Trabajo. 4. Verificar que el interno sea estudiante nuevo en el programa, especialidad, opción ocupacional, grado, ciclo y/o módulo educativo. 5. Elaborar informe detallando la relación de internos que reúnen los requisitos formales para su matrícula y especificar los motivos de la improcedencia de la solicitud de los internos no admitidos. 6. Remitir el informe al Director de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
1. Información actualizada remitida por registro penitenciario • N° de Documento de Identidad • Nombres y apellidos del interno • Fecha de Ingreso al establecimiento penitenciario. • Fecha de nacimiento • Lugar de nacimiento • Sexo • Grado de instrucción • Ocupación antes de ingresar al establecimiento penitenciario. • Delito Genérico y delito especifico • Número de ingresos al establecimiento penitenciario. • Situación Jurídica • Ubicación en el establecimiento penitenciario. 2. Cruce de información con el área de trabajo para depurar la doble inscripción. 3. Libro de registro de educación, que consigna a los internos matriculados.
d) Datos que genera la actividad
Informe del proceso de evaluación
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e) Tiempo de ejecución
03 horas
f) Calificación personal
Conocimientos de Word y Excel básico Conocimientos de redacción
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Ley General de Educación y su Reglamento
Actividad 03
Revisar el informe de evaluación
a) Responsable
Director de Institución Educativa o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar el informe 2. Revisar el informe de evaluación. 3. Decidir ¿Procede? Si: Continua con la actividad (4) No: Continua con la actividad (7) 4. Consolidar la relación de internos admitidos y no admitidos (especificar los motivos de los no admitidos). 5. Remitir al Director, Jefe de OTT y Seguridad del E.P. la relación de internos admitidos al Área Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Informe del docente de aula
d) Datos que genera la actividad
Relación de internos admitidos
e) Tiempo de ejecución
03 horas Conocimientos de Word y Excel básico Conocimientos de redacción Conocimiento en gestión educativa institucional
f) Calificación personal g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Ley General de Educación y su Reglamento
Actividad 04
Disponer su matrícula
a) Responsable
Director de Institución Educativa o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Disponer la matrícula del interno a través de un proveído 2. Continuar con las actividades (5) y (6)
c) Datos requeridos para la actividad
Relación de internos admitidos
d) Datos que genera la actividad
Proveído
e) Tiempo de ejecución
20 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento en gestión educativa institucional y experiencia como docente en educación penitenciaria
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Ley General de Educación y su Reglamento
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Admisión del interno en la institucion educativa del establecimiento penitenciario
Actividad 05
Registrar al interno en la Ficha y Nómina de Matrícula y Libro Registro de Educación
a) Responsable
Docente de aula
b) Instrucciones de Trabajo
1. Registrar al interno en la ficha de matrícula 2. Elaborar la nómina oficial de matrícula por duplicado y en original. 3. Elaborar el libro de registro de educación. 4. Remitir la ficha y nómina de matrícula y libro registro de educación, firmadas, al Director de la Educación.
c) Datos requeridos para la actividad
Proveído
d) Datos que genera la actividad
Ficha de matrícula, nómina oficial de matrícula y libro registro de educación firmados
e) Tiempo de ejecución
a) Ficha de matrícula: 60 minutos b) Nómina oficial de matrícula y libro registro de educación: 02 días hábiles posteriores al término del proceso de matrícula.
f) Calificación personal
Conocimientos de Word y Excel básico
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Ley General de Educación y su Reglamento
Actividad 06
Visar Nómina Oficial de Matrícula y Libro Registro de Educación
a) Responsable
Director de Institución Educativa o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Revisar la nómina oficial de matrícula y firmar. 2. Tramitar la visación de Nómina Oficial de Matricula en la DRE o UGEL. 3. Remitir un juego de la Nómina Oficial de Matricula a la DRE o UGEL. 4. Archivar un juego visado de la Nómina Oficial de Matrícula. 5. Revisar el Libro Registro de Educación y firmar. 6. Tramitar la visación del Libro Registro de Educación ante el Director del Establecimiento Penitenciario. 7. Tramitar la legalización del Libro Registro de Educación en la Secretaria de Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario 8. Archivar el libro legalizado
1. Fichas de Matrícula c) Datos requeridos para la actividad 2. Nóminas de Matrícula 3. Libro Registro de Educación d) Datos que genera la actividad
1. Ficha y Nómina Oficial de Matrícula 2. Libro de Registro de Educación
e) Tiempo de ejecución
08 horas posteriores a la recepción
f) Calificación personal
Conocimiento en Gestión Educativa Institucional y experiencia como docente en educación penitenciaria
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Ley General de Educación y su Reglamento
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE/12
Actividad 07
Comunicar al interno la improcedencia de su solicitud
a) Responsable
Director de Institución Educativa o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Notificar al interno la improcedencia de su solicitud
c) Datos requeridos para la actividad
1. Datos del interno 2. Relación de internos no admitidos.
d) Datos que genera la actividad
Notificación.
e) Tiempo de ejecución
20 minutos.
f) Calificación personal
Conocimientos en trámite documentario
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Ley General de Educación y su Reglamento
9. Responsabilidades 9.1. El Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento, velará por el cumplimiento del presente Manual de Procedimientos
10. Indicadores Nº Nombre
Periodicidad Forma de cálculo
Unidades
9.2. El responsable de registro penitenciario, remitirá al Director de la institución educativa o a quien haga sus veces en forma mensual la base de datos de la población penal con la siguiente información: Nº de Documento de Identidad (DNI), apellidos y nombres, Fecha de ingreso al establecimiento penitenciario, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo, grado de instrucción, ocupación laboral, delito específico, delito genérico, número de ingresos al E. P., Situación Jurídica.
1
Mensual
Porcentaje (%)
9.3. El interno, puede solicitar su inscripción en la Institución Educativa, después de cinco (05) días de haber ingresado al establecimiento penitenciario.
11. Duración El proceso de matrícula tendrá una duración de cuatro (04) días hábiles.
9.4 El Director de Institución Educativa o quien haga sus veces, debe llevar un registro manual y digital de los internos admitidos y no admitidos, considerando básicamente los siguientes datos: apellidos y nombres del interno solicitante, fecha de recepción de la solicitud, fecha de atención o denegación, módulo, ciclo o programa educativo, observaciones. Generándose la ficha de matrícula, nómina de matrícula y el libro de control educativo deberán ser concordantes entre sí.
12. Supervisión y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición de los procesos la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación y/o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas regionales, realizarán: • Una visita inopinada para verificar el proceso, por lo menos una vez al año. • Solicitará periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del proceso.
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Eficacia
Número de internos admitidos y /Número de internos que solicitan admisión al área de educación.
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Admisión del interno en la institucion educativa del establecimiento penitenciario
13. Glosario de términos a) Institución Educativa.- Centros de enseñanza – aprendizaje en las distintas modalidades, niveles, ciclos y programas educativos que se promocionan y ofertan en los establecimientos penitenciarios y que tiene reconocimiento oficial del Ministerio de Educación. b) Interno-Estudiante.- Interno matriculado en las diferentes etapas, modalidades, niveles, ciclos o programas que promueven y asisten las áreas de educación o las instituciones educativas en los establecimientos penitenciarios.
c) Libro de Registro de Educación.- Libro donde se registrará a los internos estudiantes matriculados en la Institución o área educativa en estricto orden alfabético, codificado según las normas educativas del MINEDU y del INPE. 14. Anexos • Anexo N° 01 Formato de solicitud de inscripción. (Según Directiva de Educación Penitenciaria).
ANEXO 01 SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN Solicito: Inscripción / Matrícula al área de Educación
Señor Director del Establecimiento Penitenciario de: SD. Yo, identificado con DNI Nº nacimiento Delito al E.P
, Nacionalidad
, interno del pabellón, fecha y lugar de
, Edad
Situación Jurídica:(P) (S), fecha de ingreso , Grado de Instrucción Específica:
Analfabeto ( ), Primaria (grado: ), Secundaria (grado: ), Superior Técnico, Completa ( ), Incompleta ( ). Especifique: Pedagógico, Completa ( ), Incompleta ( ). Especifique: Universitario, Completa ( ), Incompleta ( ). Especifique:
Mediante la presente solicito a su despacho otorgarme una vacante en el Área de Educación del E.P. en la modalidad CETPRO ( ), opción ocupacional/especialidad turno CEBA ( ) grado/ciclo turno Comprometiéndome a asistir puntualmente al aula en los horarios establecidos con materiales y útiles de estudios solicitados por el docente, así mismo cumplir con el Reglamento Interno de la Institución educativa y participar activamente en las actividades y otras organizadas por el área educativa. En caso de 03 inasistencias injustificadas consecutivas y/o incumplimiento al reglamento interno acepto el retiro de la opción ocupacional/especialidad ciclo o modalidad en el periodo educativo así como las sanciones que conlleve la falta disciplinaria. Además declaro no estar registrado actualmente en el área de Trabajo del Establecimiento Penitenciario y no tener impedimento alguno (medidas de seguridad) para asistir a los ambientes educativos.
POR LO TANTO: Señor Director, ruego a usted atender a mi solicitud por ser de justicia. Lugar, (Firma, post firma y huella del interno)
Nota: La presente solicitud tiene carácter de Declaración Jurada.
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de
de 201
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE CÓMPUTO EDUCATIVO MAPRO Nº 006- 2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, marzo de 2016 Versión 1.0
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 06-2016INPE-DTP
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE CÓMPUTO EDUCATIVO HISTORIAL DEL DOCUMENTO
Fecha de elaboración / revisión Enero 2016
Versión V 1.0
Subdirección de Educación Penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por
Fecha 17-03-2016
Elaborado/revisado por
Versión V 1.0
Documento Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE-DTP
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Expedición de certificado de cómputo educativo
1. Definición El procedimiento describe el conjunto de actividades que ejecutan las unidades orgánicas involucradas en la Expedición del Certificado de Cómputo Educativo en las Instituciones o Áreas Educativas de los Establecimientos Penitenciarios. 2. Objetivo Establecer criterios uniformes que faciliten la expedición y estandarización del marco normativo para regular la expedición del Certificado de Cómputo Educativo en los Establecimientos Penitenciarios, como parte del proceso de tratamiento, oficializando su participación en el sistema educativo peruano regulado por el Ministerio de Educación. 3. Base legal • Ley N° 27444, (21-mar-2001), Ley del Procedimiento Administrativo General. • Decreto Supremo N° 07-2015-JUS, (29-dic-2015), Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional Penitenciario (TUPA). • Ley Nº 29060, (07-jul-2007), Ley del Silencio Administrativo. • Ley N° 29881, (07-jun-2012), Ley que modifica el art. 49, 50,54 y 55 del Código de Ejecución Penal. • Ley N° 30076, (19-ago-2013), Ley que modifica el art. 50 y 55 del Código de Ejecución Penal modificado por la Ley N° 29881. • Decreto Legislativo Nº 654, (02-08-1991), Código de Ejecución Penal • Decreto Supremo N° 015-2003-JUS, (24-Ene-2012), Reglamento del Código de Ejecución Penal. • Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, (10-Oct-2007), Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario. • Decreto Supremo N° 017-93-JUS, (02-jun-93), Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
4. Alcance Las disposiciones del presente manual comprenden a la Subdirección de Educación Penitenciaria de la Sede Central, Subdirección de Tratamiento de la Oficina Regional, Órgano Técnico de Tratamiento, Instituciones o Áreas Educativas, responsables de Cómputo Educativo de los Establecimientos Penitenciarios. Así como los trabajadores que participan del proceso de expedición del certificado de cómputo educativo. 5. Límite del proceso Usuarios: Internos
Entrada del Proceso: Solicitud
Proceso: Expedición del Certificado de Cómputo Educativo
Beneficiarios: Internos.
Salida del Proceso: Certificado de Cómputo Educativo
6. Requisitos Para solicitar un certificado de Cómputo Educativo se deberá presentar obligatoriamente lo siguiente: • Solicitud de beneficio o gracia presidencial del interno dirigida al Consejo Técnico del Establecimiento Penitenciario. • Solicitud del Jefe de Asistencia Post-Penitenciario y de Ejecución de Penas Limitativas de Derechos. • Recibo original de pago del TUPA expedido por la administración del Establecimiento Penitenciario o el que haga sus veces. • Solicitud de la autoridad judicial competente.
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7. Diagrama de flujo PROCEDIMIENTOS: EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE CÓMPUTO EDUCATIVO
Director del E.P
Consejo Técnico Penitenciario
1.- Recibir, visar y derivar el Certificado
Inicio
1.- Revisar la Solicitud y disponer su elaboración
5.- Revisar, firmar y derivar para su visación
2.- Recibir, registrar y derivar el memorandum
Director de la Institución Educativa
5.- Recibir y remitir el Certificado Fin
3.- Recibir el memorandum y verificar la información
Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces
4.- Procesar la Información
¿Concuerdan? No
Sí
Fin
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Expedición de certificado de cómputo educativo
8. Actividades del procedimiento
Actividad 01
Recepcionar la solicitud y disponer su elaboración
a) Responsable
Presidente del Consejo Técnico Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar, registrar la solicitud y verificar el recibo TUPA. 2. Proyectar memorándum para la atención de lo solicitado, especificando el tipo de beneficio penitenciario, adjuntando el recibo de TUPA original y solicitud del interno. 3. Firmar el memorándum y trasladar al Área Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
1. Solicitud del interno 2. Recibo original de TUPA
d) Datos que genera la actividad
Memorándum
e) Tiempo de ejecución
01 hora
f) Calificación personal
Conocimiento en gestión de beneficios penitenciarios Conocimiento de Word Básico
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento, Directiva de Educación Penitenciaria.
Actividad 02
Recepcionar, registrar y derivar el memorándum
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar y registrar el memorándum. 2. Solicitar mediante documento al área de Registro Penitenciario los datos penológicos del interno. 3. Dar proveído al memorándum. 4. Trasladar el memorándum al Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
c) Datos requeridos para la actividad
1. Memorándum de Consejo Técnico del Establecimiento Penitenciario con documentos sustentatorios. 2. Datos penológicos proporcionados por el Área de Registro Penitenciario.
d) Datos que genera la actividad
Proveído
e) Tiempo de ejecución
8 horas.
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de tramite documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento, Directiva de Educación Penitenciaria.
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Actividad 03
Recibir el memorándum y verificar la información
a) Responsable
Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir y registrar el memorándum y los datos penológicos proporcionados por registro penitenciario. 2. Verificar que la información consignada concuerde con los libros de control educativo. 3. Decidir ¿Concuerda? Si: Continuar con la actividad ( 4 ) No: Proyectar el oficio de devolución al Consejo Técnico Penitenciario.
c) Datos requeridos para la actividad
Documentos sustentatorios (Memorándum, solicitud de interno, recibo original de pago TUPA, datos penológicos), Libro de Registro de Educación, Libro Planilla de Control Educativo.
d) Datos que genera la actividad
Relación de internos aptos para la emisión del certificado de cómputo educativo.
e) Tiempo de ejecución
1 hora
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento, Directiva de Educación Penitenciaria.
Actividad 04
Procesar la información
a) Responsable
Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Buscar la información en los Libros de Control Educativo, para determinar los días estudiados y evaluación obtenida en las actividades educativas. 2. Elaborar el Certificado de Cómputo Educativo. 3. Firmar y trasladar el Certificado a la Dirección de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Documentos sustentatorios (Memorándum, solicitud del interno, recibo original de pago TUPA, datos penológicos). Libro Registro de Educación. Libro de Control de Evaluaciones Libro Planilla de Control Educativo.
d) Datos que genera la actividad
Certificado firmado por el Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
e) Tiempo de ejecución
10 horas.
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario. Conocimiento en Word y Excel básico.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento, Directiva de Educación Penitenciaria.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Expedición de certificado de cómputo educativo
Actividad 05
Revisar, firmar y derivar para su visación
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir, revisar y firmar el certificado de cómputo educativo. 2. Coordinar la visación del certificado con el Director del EP.
c) Datos requeridos para la actividad
Certificado firmado por el Subdirector de la Institución Educativa.
d) Datos que genera la actividad
Certificado de Computo Educativo firmado
e) Tiempo de ejecución
02 horas Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario.
f) Calificación personal g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento, Directiva de Educación Penitenciaria.
Actividad 06
Recepcionar, visar y derivar el certificado
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Visar el Certificado de Cómputo Educativo. 2. Derivar al Director de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Certificado de Cómputo Educativo sin visar.
d) Datos que genera la actividad
Certificado de Cómputo Educativo visado.
e) Tiempo de ejecución
01 hora
f) Calificación personal
Experiencia en Gestión Pública.
g) Documentos relacionados
Políticas y Plan Nacional de Simplificación Administrativa.
Actividad 07
Recepcionar y remitir el certificado
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar y remitir documentadamente el Certificado de Cómputo Educativo al Consejo Técnico Penitenciario.
c) Datos requeridos para la actividad
Certificado de cómputo educativo visado
d) Datos que genera la actividad
GD de remisión del Certificado de cómputo educativo.
e) Tiempo de ejecución
01 hora Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario. Conocimiento de redacción. Código de Ejecución Penal y su Reglamento, Directiva de Educación Penitenciaria.
f) Calificación personal g) Documentos relacionados
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9. Responsabilidades 9.1. Consejo Técnico Penitenciario, solicita el Certificado de Cómputo Educativo, para la organización de expedientes de beneficios penitenciarios.
- Días estudiados (mínimo de 70% de asistencia en el mes), - Nota aprobatoria. - Firma y huella del interno.
9.2. Consejo Técnico Penitenciario, remite mediante documento el certificado de Cómputo Educativo al Consejo Técnico de otros establecimientos penitenciarios, establecimiento de asistencia post-penitenciario y de ejecución de penas limitativas de derechos, autoridad judicial. En ningún caso se hace entrega el Certificado de Cómputo Educativo al interno o liberado, ni a otras personas ajenas al trámite del beneficio.
9.5. El responsable de elaborar el Certificado de Cómputo Educativo, organiza un archivo físico y virtual en Excel de certificados emitidos en orden correlativo, anexando el recibo de pago de TUPA y solicitud del interno, debiendo considerar lo siguiente: • Nº de Registro del Certificado de Cómputo Educativo. • Fecha de recepción del documento. • Nombres y Apellidos del interno. • Nº de recibo de TUPA. • Motivo de la expedición. • Documento de referencia. • Nombre y cargo de la autoridad que solicita el Cómputo Educativo. • Dependencia donde se inicia el trámite. • Fecha de envío o entrega al destinatario. • Observaciones.
9.3. Responsable de Registro Penitenciario, elabora el informe con los datos penológicos del interno y remitir en el día la información a la Dirección de la Institución Educativa, consignando los siguientes datos: • Nombres y apellidos completos del interno estudiante. • Fecha de ingreso al establecimiento penitenciario. • Fechas de Egreso del E.P del interno. • Motivo de egreso • Fechas de Retorno al E.P del interno. • Delito. 9.4. Los responsables de la elaboración del Certificado de Cómputo Educativo del Establecimiento Penitenciario: • Coordinarán permanentemente con el área de trabajo penitenciario, a fin de evitar duplicidad y expedir el Cómputo de manera excluyente, si el interno o liberado ha realizado actividad laboral y educativa en el mismo periodo sólo se podrá expedir el Cómputo de uno de ellos. • El Certificado de Cómputo Educativo se expedirá únicamente a solicitud del Consejo Técnico Penitenciario, medios libres, jueces, fiscales. • El Certificado de cómputo educativo se elaborará de acuerdo al formato aprobado en la Directiva de Educación Penitenciaria. • Para la expedición del Certificado de Cómputo Educativo se considerará válido un mes de estudio si el interno estudiante registra en las planillas de control educativo lo siguiente:
9.6 El Director de la Institución Educativa, es responsable de supervisar, controlar e informar sobre la expedición del Certificado de Cómputo Educativo. 10. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del proceso y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente. Nº Nombre
1
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Eficacia
Periodicidad Forma de cálculo
Mensual
Número de internos admitidos y /Número de internos que solicitan admisión al área de educación.
Unidades
Porcentaje (%)
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Expedición de certificado de cómputo educativo
11. Duración 03 días Este plazo es solo para la información registrada en el establecimiento penitenciario donde el interno se encuentre recluído. 12. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición de los procesos la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, realizarán: • Visitas inopinadas para verificar el proceso, por lo menos una vez al año. • Solicitará periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del proceso. 13. Glosario a) Certificado de Cómputo Educativo.- Documento técnico válido para el beneficio de la Redención de la Pena por el estudio, consigna la información de los datos establecidos según el formato aprobado por la Directiva de Educación Penitenciaria.
b) Libro de Planillas de Control Educativo.- Formato oficial en el que se registran los días asistidos a estudiar, la nota evaluativa mensual obtenida y la firma y huella de los estudiantes internos. c) Libro de Registro de Educación.- Libro dónde se registrará a los internos estudiantes matriculados en la Institución Educativa en estricto orden alfabético, codificado según las disposiciones del Instituto Nacional Penitenciario y Normas complementarias establecidas por el Ministerio de Educación. d) Libro de Control de Evaluación.- Libro donde se registra los días asistidos y la evaluación de todos los meses del año de los internos estudiantes. 14. Anexos • Anexo N° 01: Certificado de Cómputo Educativo (Anexo N° 06.- Formato de Certificado de Cómputo Educativo- Aprobado en la Directiva de Educación Penitenciaria).
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE/12
ANEXO 06
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Certificado N°
-20
CERTIFICADO DE CÓMPUTO EDUCATIVO El responsable de la Oficina de Cómputo Educativo de la Institución o área educativa del establecimiento penitenciario de que suscribe: CERTIFICA Que en concordancia al Código de Ejecución Penal, Decreto Legislativo N°654, su Reglamento y demás disposiciones legales vigentes y de conformidad con las planillas que obran en los archivos de esta Institución o área Educativa, se informa que el interno (a) : registra estudios según el siguiente detalle: AÑO
N° DE MATRÍCULA
MES
DÍAS ESTUDIADOS NÚMERO
TOTAL DÍAS:
LETRA
EVALUACIÓN NÚMERO
LETRA
"PROGRAMA/ NIVEL/CICLO/ GRADO/OPCIÓN OCUPACIONAL"
DESCRIPCIÓN DE CAPACIDADES LOGRADAS (Ley N° 29881)
SON:
FECHA INGRESO : DELITO : Se expide el presente Certificado en atención a lo solicitado por que lo requirió con para Recibo TUPA N° Nota: El beneficio de la redención de la pena por la educación lo determina la autoridad jurisdiccional. de Director de la institución o área educativa
del 20 Responsable de Cómputo Educativo
V°B° Director del Establecimiento Penitenciario
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE ESTUDIO MAPRO Nº 007- 2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, marzo de 2016 Versión 1.0
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 0072016-INPE-DTP
EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE ESTUDIO Historial del Documento
Fecha de elaboración / revisión Enero 2016
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Elaborado por Subdirección de Educación
Naturaleza del Cambio Aprobación
Aprobado por Fecha 17-03-2016
Versión V1.0
Documento Resolución Directoral N°016-2016-INPE-DTP
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Expedición de constancia de estudio
1. Definición El procedimiento describe conjunto de actividades que ejecutan las unidades orgánicas involucradas en la Expedición de Constancia de Estudio en las Instituciones o Áreas Educativas de los Establecimientos Penitenciarios. 2. Objetivo Regular el marco procedimental para la expedición de Constancia de Estudio que acredite la participación del interno estudiante. 3. Base legal • Ley N° 27444, (11-abr-2001) “Ley del Procedimiento Administrativo General”. • Ley Nº 29060, (07-jul-2007) “Ley del Silencio Administrativo” • Decreto Legislativo Nº 654-1991, (02-ago-1991) Código de Ejecución Penal • Decreto Supremo N° 015-2003-JUS, (11-set-2003) “Reglamento del Código de Ejecución Penal. • Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, (10-oct-2007) “Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario. • Decreto Supremo N° 007-2015-JUS, (29-dic-2015) “Texto Único de Procedimientos Administrativos del Instituto Nacional Penitenciario” • Resolución Ministerial N° 0162-2010-JUS, (13-jul-2010) “Reglamento interno de la Comisión de Gracias Presidenciales” 4. Alcance Las disposiciones del presente manual comprenden a la Subdirección de Educación Penitenciaria de la Sede Central, Subdirección de Tratamiento de la Oficina Regional, Órgano
Técnico de Tratamiento, Instituciones o Áreas Educativas, responsables de la Expedición de la Constancia de Estudio en los Establecimientos Penitenciarios. Así como los trabajadores que participan del procedimiento de Expedición de la Constancia de Estudios. 5. Límite del proceso Solicitante: Interno Entrada del Proceso: Solicitud
Proceso de Expedición de Constancia de Estudio
Beneficiarios: Internos. Salida del Proceso: Constancia de Estudio.
6. Requisitos Para la Expedición de la Constancia de Estudio se tomará en cuenta dos aspectos: a) Cuando es solicitado por el interno estudiante: • Solicitud dirigida al Director del Establecimiento Penitenciario. • Recibo original del pago establecido en el TUPA, expedido por la administración del establecimiento penitenciario o quien haga sus veces. b) Cuando es solicitado por el responsable de la Comisión de Derecho de Gracia: • Oficio de la Secretaría Técnica de la Comisión de Gracias Presidenciales. • Memorándum del Director o Presidente del Consejo Técnico Penitenciario.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE/12
7. Diagrama de flujo PROCEDIMIENTO DE EXPEDICIÓN DE CONSTANCIA DE ESTUDIO
Secretaria de la Dirección o quien haga sus veces
1.- Recepcione la solicitud Inicio
Director del EP
Director de la Institución Educativa
2.- Revisar la Solicitud y disponer su elaboración
7.- Recepcionar, visar y derivar la constancia
3.- Recepcionar, registrar y derivar la solicitud
6.- Revisar, firmar y derivar para su visación
4.- Recibir la solicitud y verificar la información
Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces
No
5.- Procesar la Información
Sí
Fin
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8.- Recepcionar y remitir la constancia de estudio
Fin
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Expedición de constancia de estudio
8.Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: Expedición de Constancia de Estudio para internos
Actividad 01
Recepcionar la solicitud
a) Responsable
Secretaria de la Dirección del EP o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar la solicitud del interno. 2. Verificar que adjunte el recibo de pago del TUPA en original, a excepción de la Comisión de Gracias Presidenciales. 3. Registrar en físico y virtual el documento solicitado. 4. Trasladar el requerimiento y hacer de conocimiento del Director del EP.
d) Datos que genera la actividad
Solicitud de requerimiento. Recibo de pago del TUPA en original. A excepción de la Comisión de Gracias Presidenciales. Registro en base de datos y en el cuaderno de documentos recibidos
e) Tiempo de ejecución
15 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento de trámite documentario.
g) Documentos relacionados
Reglamento interno de la Comisión de Gracias Presidenciales Manual de Procedimiento del TUPA.
c) Datos requeridos para la actividad
Actividad 02
Revisar y con proveído derivar la solicitud
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Realizar el despacho del documento recibido. 2. Revisar la solicitud. 3. Derivar con proveído al Área de Educación.
c) Datos requeridos para la actividad
Solicitud debidamente registrada. Recibo de pago del TUPA en original. A excepción de la Comisión de Gracias Presidenciales.
d) Datos que genera la actividad
Registro de la Solicitud con proveído al Área de Educación.
e) Tiempo de ejecución
30 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente.
g) Documentos relacionados
Manual de Procedimiento del TUPA.
Actividad 03
Recepcionar, registrar y derivar la solicitud
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar y registrar la solicitud. 2. Solicitar documentadamente los datos penológicos del interno al área de Registro Penitenciario. 3. Dar proveído a la solicitud 4. Trasladar la solicitud al Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
c) Datos requeridos para la actividad
El Expediente de solicitud de Constancia Educativa registrada.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE/12
d) Datos que genera la actividad
Registro de la solicitud y derivar con Proveído
e) Tiempo de ejecución
180 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de tramite documentario
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento y Directiva de Educación Penitenciaria.
Actividad 04
Recibir la solicitud y verificar la información consignada
a) Responsable
Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir y registrar la solicitud y los datos penológicos proporcionados por el Área de Registro Penitenciario. 2. Verificar que la información consignada concuerde con los libros de control educativo. 3. Decidir ¿Concuerda? Si: Continuar con la actividad ( 5 ) 4. No: Devolver mediante documento al solicitante comunicando las razones de la improcedencia. 5. Notificar la improcedencia del pedido al interno.
c) Datos requeridos para la actividad
Documentos sustentatorios. Libro Registro de Educación. Libro Planilla de Control Educativo.
d) Datos que genera la actividad
Relación de internos aptos para la emisión de la Constancia de Estudio.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos.
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento así como la Directiva de Educación Penitenciaria.
Actividad 05
Procesar la Información
a) Responsable
Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Verificar en los Libros de Control Educativo, para determinar las actividades educativas desarrolladas por el interno. 2. Elaborar la Constancia de Estudio, 3. Remitir al Director de la Institución Educativa para la firma.
c) Datos requeridos para la actividad
Documentos sustentatorios Libro de Registro de Educación. Libro de Control de Evaluaciones Libro de Planilla de Control Educativo.
d) Datos que genera la actividad
Constancia de Estudio para la firma.
e) Tiempo de ejecución
60 minutos
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Expedición de constancia de estudio
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario. Conocimiento en Word y Excel básico.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva de Educación Penitenciaria.
Actividad 06
Revisar, firmar y derivar la Constancia para su visación
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir, revisar y firmar la Constancia de Estudio. 2. Coordinar la visación de la Constancia con el Director del EP.
c) Datos requeridos para la actividad
Constancia Educativa para la firma.
d) Datos que genera la actividad
Constancia firmada.
e) Tiempo de ejecución
25 minutos.
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario.
g) Documentos relacionados
Manual de Procedimiento del TUPA.
Actividad 07
Recepcionar, visar y derivar la Constancia
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Visar la Constancia de Estudio. 2. Derivar al Director de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Constancia de Estudio firmada por el Director de la Institución Educativa.
d) Datos que genera la actividad
Constancia de Estudio visada.
e) Tiempo de ejecución
25 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente.
g) Documentos relacionados
Manual de Procedimiento del TUPA.
Actividad 08
Recepcionar y Remitir la constancia de Estudio
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar documentadamente la Constancia de Estudio firmada. 2. Entregar la Constancia de Estudio al interno previa firma de cargo.
c) Datos requeridos para la actividad
Constancia de Estudio firmada y visada.
d) Datos que genera la actividad
Registro físico y virtual de la Constancia de Estudio entregada o remitida.
e) Tiempo de ejecución
25 minutos.
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario. Conocimiento de redacción.
g) Documentos relacionados
Manual de Procedimiento del TUPA.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE/12
9. Responsabilidades 9.1. Director del Establecimiento Penitenciario a) Efectuar la supervisión del proceso, en cualquiera de sus etapas. b) Derivar al responsable de Registro del Establecimiento Penitenciario para elaborar el informe con los datos penológicos del interno y remitir en el día la información al área educativa, consignando los siguientes datos: • Nombres y apellidos completos del interno estudiante. • Número de DNI. • Fecha de ingreso al Establecimiento Penitenciario. • Fechas de egreso del E.P. del interno. • Motivo de egreso. • Fechas de retorno al E.P. del interno. • Delito.
10. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del procedimiento y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente.
9.2. Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces a) Elaborar la Constancia de estudio de acuerdo al Formato Anexo 03, aprobado en la Directiva de Educación Penitenciaria.
11. Duración El plazo para la entrega de la Constancia de Estudio, será de 480 minutos (01 día) hábil.
9.3. Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces a) Verificar si se encuentra registrado en las planillas de control educativo. b) Organizar un archivo físico y virtual de la Constancia de Estudio emitido, en orden correlativo, anexando la solicitud y el recibo de pago de TUPA al expediente. c) Registrar las Constancias de Estudio en el cuaderno de control y archivo Excel, en orden correlativo, debiendo considerar lo siguiente: • Nº de Registro de la Constancia de Estudio • Fecha de recepción del documento • Nombres y Apellidos del interno • Nº de recibo de TUPA • Motivo de la expedición • Documento de referencia • Nombre y cargo de la autoridad que solicita la Constancia de Estudio • Dependencia donde se inicia el trámite • Fecha de envío o entrega al destinatario
Nº Nombre
Periodicidad Forma de cálculo
Unidades
1
Mensual
Porcentaje (%)
Eficacia
Número de internos admitidos y /Número de internos que solicitan admisión al área de educación.
12. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición del procedimiento, la Dirección de Tratamiento Penitenciario, a través de la Subdirección de Educación o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, realizarán: • Visitas inopinadas de verificación al procedimiento, mínimo una vez al año. • Solicitar periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del procedimiento. • Responsable de la fiscalización posterior solicitará información consolidada del servicio de la expedición de constancia de estudio semestralmente para la selección de una muestra aleatoria. 13. Glosario Constancia de Estudio.- Documento que consigna las actividades educativas realizadas por el interno en materia de estudio. 14. Anexos Anexo N° 3: Constancia de Estudio (Modelo de Constancia de Estudio de la Directiva de Educación).
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Expedición de constancia de estudio
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO
ANEXO 03
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
CONSTANCIA Nº
- 20
CONSTANCIA DE ESTUDIO El Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario que suscribe, hace constar: Que el (la) interno (a) - estudiante
:
Estudia en el programa, especialidad, grado y/o módulo educativo : Con Código de Matrícula
:
Periodo de Estudio
:
Recibo TUPA Nº
:
Solicitado con documento N° Se expide la presente a solicitud del interesado para los fines que estime.
,
V°B° Director del E.P.
de
de 20
Director de la Institución Educativa
OBSERVACIONES: El presente documento carece de valor para los efectos de “Redención de la Pena”.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
CONTROL DE LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS MAPRO Nº 009- 2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, abril de 2016 Versión 1.0
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 0092016-INPE-DTP
CONTROL DE LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha de elaboración / revisión Diciembre 2015
Versión V 1.0
Naturaleza del Cambio
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Elaboración
Aprobado por Fecha 08-04-2016
Versión V. 1.0
Documento Resolución Directoral N° 022-2016-INPE/12
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Control de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios
1. Definición El procedimiento describe el control de las actividades educativas desarrolladas por los internos estudiantes, en las Instituciones o áreas Educativas de los Establecimientos Penitenciarios.
4. Alcance • Director y Subdirector de la Institución Educativa o Jefe del Área Educativa y Personal docente, del Establecimiento Penitenciario. 5. Límite del proceso
2. Objetivo Verificar y registrar en los Libros de Control Educativo el cumplimiento de la asistencia diaria y la evaluación permanente de los estudiantes matriculados en los diferentes niveles, modalidades, ciclos y programas educativos que brindan las Instituciones o áreas educativas de los Establecimientos Penitenciarios a favor de los internos como parte del proceso de resocialización. 3. Base legal • Decreto Legislativo Nº 654, (02- ago-1991) Artículo 69º, 70º y 71º del Código de Ejecución Penal. • Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, (11-09-2003), Artículo 117º, 118º 122º, 176º, 180º y 181 del Reglamento del Código de Ejecución Penal. • Resolución Presidencial N° 082-2016-INPE/P, (10-mar2016), DI-11-2016-INPE/DTP, Gestión y Desarrollo Educativo Penitenciario.
Usuario: Docente Entrada del Proceso: Libros de Control Educativo
Proceso de control de las actividades educativas en los Establecimientos Penitenciarios
Beneficiario: Internos Salida del Proceso: Libros de Control Educativo revisados, registrados y legalizados.
6. Requisitos El interno deberá estar matriculado en la Institución o área educativa del Establecimiento Penitenciario.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
7. Diagrama de flujo CONTROL DE LAS ACTIVIDADES EDUCATIVAS EN LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
9.- Consolida y archiva el Libro de Control Educativo
Oficina Regional
6.- Legaliza los Libros de Control Educativo
Secretaría de Consejo Técnico
5.- Visa los Libros de Control Educativo
Director del E.P.
4.- Firma los Libros de Control Educativo
Director de la IE
Sí
2.-Revisa los Libros de Control Educativo
Sub Director de la IE
Conforme
No
Profesor de la IE
Fin
Inicio
1.-Elabora y remite los libros de Control Educativo
3.- Corrige las observaciones realizadas
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7.- Deriva y remite los Libros de Control Educativo
8.- Consolida y archiva los Libros de Control Educativo
Fin
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Control de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios
8. Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: Control de Actividades Educativas en los Establecimientos Penitenciarios.
Actividad 01
Elaborar y remitir los Libros de Control Educativo.
a) Responsable
Personal docente.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Elaborar en forma manual o digital los Libros de Planillas de Control Educativo que son: Libro de Registro de Educación, Libros de Planillas de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones y Planilla de Control Educativo de los días sábados. sin alteraciones, borrones ni enmendaduras; consignando su firma y post firma como responsable de la elaboración. 2. Verificar que la relación de internos registrados en el libro de planillas de Control Educativo y de los sábados, guarden relación con los registrados en las Nóminas de Matrícula y Actas de Evaluación del Ministerio de Educación. 3. Remitir los Libros de Planillas de Control Educativo al Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
c) Datos requeridos para la actividad
Nómina de matrícula, registro auxiliar, Informe de registro penitenciario y formatos aprobado por la Directiva de Educación.
d) Datos que genera la actividad
Libro de Registro de Educación, Libros de Planillas de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones y Planilla de Control Educativo de los días sábados.
e) Tiempo de ejecución
960 minutos (16 horas).
f) Calificación personal
Título pedagógico, capacitación en elaboración de documentos técnico pedagógicos y administrativos y del sistema de evaluación.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento, Manual de Procedimiento del Texto Único de Procedimientos Administrativos y Normas de Educación Penitenciaria.
Actividad 02
Revisar los Libros de Control Educativo.
a) Responsable
Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Monitorear y asesorar al personal docente para la correcta elaboración de los libros de control educativo. 2. Recepcionar los libros de control educativo de los docentes dentro del plazo que establece la Directiva de Educación Penitenciaria. 3. Revisar y verificar la autenticidad de los Libros de Registro de Educación, Libros de Planillas de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones y Planilla de Control Educativo de los días sábados, que sustentan los días estudiados, y las Notas de evaluación obtenidos por los estudiantes.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Control Educativo en proceso de revisión y verificación. Padrón general de la población penal (POPE)
d) Datos que genera la actividad
Libros de Control Educativo verificados y revisados.
e) Tiempo de ejecución
480 minutos (8 horas).
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f) Calificación personal
Conocimientos en administración y gestión de la educación penitenciaria y sistema de evaluación educativa.
g) Documentos relacionados
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS Gestión y desarrollo de la Educación Penitenciaria - DI-11-2016-INPE-DTP.
Actividad 03
Corregir las observaciones realizadas
a) Responsable
Personal docente.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Elaborar planillas nuevas levantando las observaciones realizadas por el Subdirector o quien haga sus veces.
c) Datos requeridos para la actividad
Nuevos Libros de Control Educativo (Libro de Registro de Educación, Libros de Planillas de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones y Planilla de Control Educativo de los días sábados)
d) Datos que genera la actividad
Nuevos Libros de Control Educativo (Libro de Registro de Educación, Libros de Planillas de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones y Planilla de Control Educativo de los días sábados) sin borrones ni enmendaduras expeditos para la firma de los Directores y legalización de la Secretaría del Consejo Técnico Penitenciario.
e) Tiempo de ejecución
480 minutos (8 horas).
f) Calificación personal
Conocimientos en elaboración de documentos Administrativos y técnicos pedagógicos y sistema de control y evaluación en la educación penitenciaria. Conocimiento en gestión educativa institucional
g) Documentos relacionados
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS Gestión y desarrollo de la Educación Penitenciaria - DI-11-2016-INPE-DTP.
Actividad 04
Firmar los Libros de Control Educativo
a) Responsable
Director de la Institución Educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar los Libros de Control Educativo. 2. Revisar y firmar los Libros de Control Educativo. 3. Derivar los Libros de Control Educativo a la Dirección del EP para el visto bueno.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Control Educativo revisados, verificados y firmados.
d) Datos que genera la actividad
Libros de Control Educativo firmados.
e) Tiempo de ejecución
180 minutos (3 horas).
f) Calificación personal
Conocimientos en elaboración de documentos técnicos pedagógicos y administrativos así como el sistema de control y evaluación en la educación penitenciaria.
g) Documentos relacionados
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS Gestión y desarrollo de la Educación Penitenciaria - DI-11-2016-INPE-DTP.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Control de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios
Actividad 05
Visar los Libros de Control Educativo
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar los Libros de Control Educativo firmados por el profesor y el Director de la Institución o jefe del área educativa. 2. Visar los Libros de Control Educativo. 3. Derivar los Libros de Control Educativo a la Secretaria de Consejo Técnico para su legalización.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Control Educativo firmados por el Director de la IE.
d) Datos que genera la actividad
Libros de Control Educativo visados por el Director del EP.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos (2 horas).
f) Calificación personal
Profesional con conocimiento de Ciencia Penitenciaria y ejecución de la pena.
g) Documentos relacionados
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS Gestión y desarrollo de la Educación Penitenciaria - DI-11-2016-INPE-DTP.
Actividad 06
Legalizar los libros de Control Educativo
a) Responsable
Secretaria de Consejo Técnico Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepciona los Libros de Control Educativo firmados y visados por los responsables. 2. Legaliza los Libros de Control Educativo. 3. Traslada al Director de la IE o quien haga las veces.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Control Educativo visados por el Director del EP.
d) Datos que genera la actividad
Libros de Control Educativo legalizados por el Secretario de Consejo Técnico Penitenciario.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos (2 horas).
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente y Código de Ejecución Penal.
g) Documentos relacionados
Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS Gestión y desarrollo de la Educación Penitenciaria - DI-11-2016-INPE-DTP.
Actividad 07
Derivar y remitir los Libros de Control Educativo
a) Responsable
Director de la Institución o Jefe del área educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar los Libros de Control Educativo legalizados por el Secretario de Consejo Técnico. 2. Derivar un ejemplar a la Subdirección de la institución educativa. 3. Remitir un ejemplar a la Coordinación de Educación Regional
c) Datos requeridos para la actividad
1. Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por los responsables. 2. Relación de internos no admitidos.
d) Datos que genera la actividad
Tres (03) juegos de Libros de Control Educativo legalizados
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e) Tiempo de ejecución
180 minutos (3 horas).
f) Calificación personal
Conocimiento de Trámite Documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS
Actividad 08
Consolidar y archivar los Libros de Control Educativo
a) Responsable
Subdirector de la Institución o jefe del área educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir los Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por el Docente, Director de la Institución o Jefe del Área Educativa, Director del Establecimiento Penitenciario y el Secretario de Consejo Técnico Penitenciario. 2. Archivar los Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por los responsables de acuerdo a su competencia.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por los responsables.
d) Datos que genera la actividad
Archivo y conservación de los Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por los responsables.
e) Tiempo de ejecución
180 minutos.(3 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de Trámite Documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS
Actividad 09
Consolidar y archivar los Libros de Control Educativo.
a) Responsable
Coordinador Regional de Educación
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir los Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por Docente, Director de la IE, Director del EP y el Secretario de Consejo Técnico Penitenciario. 2. Archivar los Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por el Docente, Director de la IE, Director del EP y el Secretario de Consejo Técnico Penitenciario.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por los responsables.
d) Datos que genera la actividad
Archivo y conservación de los Libros de Control Educativo firmados, visados y legalizados por los responsables.
e) Tiempo de ejecución
180 minutos.(3 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de Trámite Documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Control de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios
9. Responsabilidades 9.1 EL PROFESOR encargado del dictado del curso, opción ocupacional o especialidad en el (CETPRO) o programa o ciclo educativo en (EBA), es el responsable de: a) Elaborar en forma manual o digital los libros de control educativo. b) Registrar a los internos estudiantes en orden alfabético, sin enmendaduras y con los datos requeridos en los formatos aprobados por Directiva de educación penitenciaria en sus Anexos 10, 11, 12, 13 y 14. c) Procesar y firmar con lapicero tinta azul los Libros de Control Educativo y elevarlos al Subdirector de la Institución o área educativa o a quien haga sus veces. 9.2 Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces, Responsable de: a) Asesorar al personal docente para la correcta elaboración de los Libros de Control Educativo. b) Recibir los Libros de Control Educativo de los docentes del área educativa y otros programas, revisarlas; y si está correctamente elaborado elevar al Director de la Institución o Jefe del área Educativa para su visación correspondiente. c) Devolver a los docentes los libros de control educativo que hayan sido observados en su elaboración para las correcciones inmediatas. d) Consolidar y archivar los Libros de Control Educativo. 9.3 El Director de la Institución o Jefe del área Educativa, es responsable de: a) Recepcionar y firmar los Libros de Control Educativo b) Solicitar al Director del Establecimiento Penitenciario la visación y legalización correspondiente. c) Recibir los Libros de Control Educativo debidamente visados y legalizado por la secretaría del Consejo Técnico Penitenciario. d) Disponer su archivamiento de un ejemplar en el despacho de la Subdirección y elevar otro ejemplar a la Subdirección de Tratamiento de la Oficina Regional. 9.4 El Director del Establecimiento Penitenciario, es responsable de: a) Recepcionar y visar los Libros de Control Educativo. b) Derivar a la Secretaria del Consejo Técnico Penitenciario para su legalización y trámite correspondiente.
9.5 Secretaría del Consejo Técnico Penitenciario, es responsable de: a) Recepcionar y legalizar los Libros de control educativo b) Devolver al responsable de educación para el trámite correspondiente. 9.6 Coordinador Regional de Educación, es responsable de: a) Monitorear y supervisar a las áreas educativas de los Establecimientos Penitenciarios para el adecuado cumplimiento de las funciones. b) Consolidar y archivar los Libros de Control Educativo. 10. Indicadores del proceso Nº Nombre
Periodicidad Forma de cálculo
Unidades
1
Mensual
• N° Libros de Planillas de Control Educativo firmados, visados y legalizados.
Libro
• N° Libros de Control de Evaluaciones firmados, visados y legalizados.
Libro
Eficacia
• N° de Plani- Planilla llas de Control Educativo de los días sábados firmados, visados y legalizados.
11. Duración El proceso de control de las actividades educativas en los Establecimientos Penitenciarios, tiene una duración de 2,880 minutos (6 días).
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
12. Seguimiento y monitoreo El seguimiento y monitoreo es responsabilidad de la Dirección de Tratamiento a través de la Subdirección de Educación de la Sede Central y la Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, quienes realizarán: a) Una visita de seguimiento y monitoreo por lo menos una vez al año de manera inopinada a fin de revisar el desarrollo del proceso y plantear mejoras. b) Solicitará periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del procedimiento. 13. Glosario 13.1 Libro de Registro de Educación: Es el libro donde se Registra a los internos estudiantes en orden alfabético, sin enmendaduras y con los datos requeridos en el formato aprobado por la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, según Anexo 10. 13.2 Libro de Planilla de Control Educativo: Libro donde se registra manual o digitalmente la asistencia diaria de lunes a sábado y la evaluación mensual de los internos estudiantes, así como los datos requeridos en el formato aprobado por la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” según Anexo 11, se elabora en triplicado y se distribuye un ejemplar para los archivos de la Dirección de la Institución o área educativa, otro para la Subdirección o responsable de cómputo educativo y el tercero se remite a la Oficina Regional en un plazo no mayor a 10 días calendarios contados a partir de la finalización de cada mes. 13.3 Libro de Control de Evaluaciones: Libro donde se registra a los internos estudiantes, su código de matrícula, días estudiados y notas de evaluación de todos los meses del año; de acuerdo al formato aprobado por la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” según Anexo 12. 13.4 Planilla de Control Educativo de los Días sábados: Libro donde se registra mediante la firma de los internos estudiantes su asistencia a las aulas educativas durante los días sábados para desarrollar el temario dejado por los profesores de cada especialidad o curso,
con el asesoramiento del personal docente del INPE. La permanencia en el aula es de cuatro horas cronológicas que equivale a cinco horas pedagógicas. La firma de los estudiantes asistentes o la palabra FALTO de los que no asistieron o abandonaron la clase antes de su culminación; datos que serán registradas en el formato aprobado por la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, según Anexo 14. 13.5 Libro de Registro Promocional: Libro donde se registra a los internos estudiantes que son promovidos de módulo ocupacional en el CETPRO, ciclo o grado de estudios en el CEBA, o que culminaron sus estudios en el área educativa y pasan al área de trabajo para realizar actividades de producción. El registro de los internos promovidos así como los datos adicionales se indica en el formato aprobado por la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” según Anexo 13. 14. Anexos a) ANEXO N° 01 MAPRO “Libro de Registro de Educación” Anexo Nº 10 DIRECTIVA “Libro de Registro de Educación” b) c) d) e)
– 100 –
ANEXO N° 02 MAPRO “Libro de Planilla de Control Educativo” Anexo Nº 11 DIRECTIVA “Libro de Planilla de Control Educativo” ANEXO N° 03 MAPRO “Libro de Control de Evaluaciones” Anexo Nº 12 DIRECTIVA “Libro de Control de Evaluaciones” ANEXO N° 04 MAPRO “Libro de Registro Promocional” Anexo Nº 13 DIRECTIVA “Libro de Registro Promocional” ANEXO N° 05 MAPRO “Planilla de Control Educativo de los Días Sábados” Anexo Nº 14 DIRECTIVA “Planilla de Control Educativo de los Días Sábados”.
– 101 –
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
Nº de orden
V° B° Director del E.P.
Fecha de Código de Apellidos y Nombres del Ingreso al Matrícula interno – estudiante Penal Sexo
Grado de Ocupación instrucción Laboral
Director de la Institución Educativa
Edad
Lugar y fecha:
Delito Específico
Ubicación Observaciones en el E.P.
Profesor Responsable
Situación Jurídica
PROFESOR (A) : NIVEL, PROGRAMA, OPCION OCUPACIONAL, ESPECIALIDAD MÓDULO: GRADO /CICLO: AULA Y/O PABELLÓN:
ANEXO 01 MAPRO / ANEXO 10 DIRECTIVA LIBRO DE REGISTRO DE EDUCACIÓN
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: PERIODO DE CAPACITACIÓN: AÑO:
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Control de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios
– 102 –
15
14
13
12
11
10
09
08
07
06
05
04
03
02
01
N° Ord.
Código de Matrícula
V° B° Director del E.P.
Apellidos y nombres del interno - estudiante
CAPACIDAD LOGRADA: 1
2
3
4
5
6
8
ASISTENCIA DIARIA Total días de
Lugar y fecha:
Evaluación FIRMA DEL (I) HUELLA Mensual ESTUDIANTE
Profesor Responsable
9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 Estudio
Director de la Institución Educativa
7
PROFESOR (A) : NIVEL, PROGRAMA, OPCIÓN OCUPACIONAL, ESPECIALIDAD MÓDULO: GRADO /CICLO: AULA Y/O PABELLÓN:
ANEXO 02 MAPRO / ANEXO 11 DIRECTIVA LIBRO DE PLANILLA DE CONTROL EDUCATIVO
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: MES: AÑO:
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
– 103 –
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
Nº Orden
Código de Matrícula Enero
Febrero
Marzo
Abril
Mayo
Junio
Julio
Agosto
Setiembre
CONTROL DE DÍAS Y NOTAS MENSUALES Octubre
Noviembre
Diciembre
Profesor Responsable
Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota Días Nota
Director de la Institución Educativa
Apellidos y Nombres del Interno - Estudiante
AÑO:
Observación
PROFESOR (A) : NIVEL, PROGRAMA, OPCIÓN OCUPACIONAL, ESPECIALIDAD MÓDULO: GRADO /CICLO: AULA Y/O PABELLÓN:
ANEXO 03 MAPRO / ANEXO 12 DIRECTIVA LIBRO DE CONTROL DE EVALUACIONES
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: MES:
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Control de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios
ANEXO 04 MAPRO / ANEXO 13 DIRECTIVA LIBRO DE REGISTRO PROMOCIONAL
– 104 –
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
N° Código de Orden Matrícula
Fecha de Ingreso al establecimiento penitenciario
Director de la Institución Educativa
"Apellidos y nombres (interno - estudiante)" Edad
Sexo
Especialidad que estudió
Profesor Responsable
Grado de Instrucción Promovido a:
Lugar y Fecha,
Duración (Meses)
Observaciones
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: OFICINA REGIONAL: MES: AÑO:
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
N° Orden
Código de Matrícula
V°B° Director del E.P.
Apellidos y nombres del interno - alumno
Firma
5to Sábado Fecha:
Apellidos y Nombres
ASISTENCIA DE LOS DIAS SABADOS 2do Sábado 3er Sábado 4to Sábado Fecha: Fecha: Fecha:
1er Sábado Prof.: 2do Sábado Prof.: 3er Sábado Prof.: 4to Sábado Prof.: 5to Sábado Prof.:
Director de la Institución Educativa
Firma del interno Firma del interno Firma del interno Firma del interno Firma del interno
1er Sábado Fecha:
Año:
Módulo:
ANEXO 05 MAPRO / ANEXO 14 DIRECTIVA PLANILLA DE CONTROL EDUCATIVO DE LOS DIAS SÁBADOS
Establecimiento Penitenciario : Institución Educativa : Nivel, programa, opción ocupacional o especialidad: Profesor: Grado/ciclo : Aula y/o pabellón : Mes:
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Control de las actividades educativas en los establecimientos penitenciarios
– 105 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
REGISTRO DEL INFORME DE EVALUACIÓN EDUCATIVA MAPRO Nº 010- 2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, abril de 2016 Versión 1.0
– 107 –
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 0102016-INPE-DTP
REGISTRO DEL INFORME DE EVALUACIÓN EDUCATIVA
HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha de elaboración / revisión Diciembre 2015
Versión V 1.0
Naturaleza del Cambio
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Elaboración de MAPRO
Aprobado por Fecha 08-ABR.-2016
Versión V 1.0
Documento Resolución Directoral N° 022-2016-INPE/12
– 108 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro del informe de evaluación educativa
1. Definición Es el informe trimestral del interno estudiante y es elaborado por el docente responsable de la opción ocupacional o especialidad del Centro de Educación Técnico - Productiva (CETPRO) y Programa, Ciclo o Grado de estudios de Educación Básica Alternativa (EBA), en base a los indicadores obtenidos durante las evaluaciones realizadas en el mes de estudio. 2. Objetivo Establecer los procedimientos para la evaluación permanente de carácter valorativo y cognitivo de los internos estudiantes, plasmado en un instrumento de evaluación que coadyuve al seguimiento y evaluación multidisciplinaria expresada en el Informe Integral de Evaluación Semestral. 3. Base legal • Decreto Legislativo Nº 654, (02- ago-1991), Código de Ejecución Penal. • Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, (11-09-2003), Reglamento del Código de Ejecución Penal. • Resolución Presidencial N° 082-2016-INPE/P, (10-mar2016), DI-11-2016-INPE/DTP, Gestión y Desarrollo Educativo Penitenciario.
4. Alcance Directivos o jefes, docentes de las Instituciones o áreas Educativas; así como al personal administrativo, especialistas y Jefes del área de Registro Penitenciario. 5. Límite del proceso
Usuario: Interno Entrada del Proceso: Formato de Informe de evaluación educativa.
Registro del informe de evaluación educativa
Beneficiarios: Internos. Salida del Proceso: Registro de informe de evaluación educativa.
6. Requisitos - Interno Matriculado en la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario. - Libro de Planilla de Control Educativo - Libro de Control de Evaluaciones.
– 109 –
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
7. Diagrama de flujo REGISTRO DEL INFORME DE EVALUACIÓN EDUCATIVA
6.- Recibe los informes y anexa al legajo de los internos
Jefe de Registro Penitenciario o quien haga sus veces
Director de la IE o quien haga sus veces
Inicio
1.- Entrega los formatos de informe
3.- Recibe y revisa los informes de evaluación educativa
Conforme
Sí
No
Profesor de la Institución Educativa
2.- Elabora por duplicado el informe y remite firmado
4.- Corrige las observaciones realizadas
– 110 –
5.- Firma, consolida y remite un ejemplar al Área de Registro Penitenciario
Fin
7.- Organiza el archivo en orden correlativo
Fin
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro del informe de evaluación educativa
8. Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: Registro del Informe de Evaluación Educativa.
Actividad 01
Entregar al Docente los formatos del informe
a) Responsable
Director de la Institución Educativa, o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Entregar a los docentes los formatos del Informe de Evaluación Educativa aprobado por Directiva de manera trimestral 2. Disponer documentadamente la numeración, elaboración y el plazo de entrega de los mismos.
c) Datos requeridos para la actividad
Formato del Informe de Evaluación Educativa, Libro de planilla de Control Educativo y Libro de Control de Evaluaciones.
d) Datos que genera la actividad
Memorando que dispone la actividad
e) Tiempo de ejecución
240 minutos (4 horas )
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS
Actividad 02
Elaborar por duplicado el informe y remitir firmado
a) Responsable
Profesor de la Institución, área o programa educativo.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Evaluar y elaborar en duplicado y trimestralmente el Informe de Evaluación Educativa a cada uno de los estudiantes. 2. Remitir el Informe de Evaluación Educativa al Director de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Formato del Informe de Evaluación Educativa, Libro de planilla de Control Educativo y Libro de Control de Evaluaciones.
d) Datos que genera la actividad
Informe de Evaluación Educativa de cada uno de los estudiantes firmados por el docente.
e) Tiempo de ejecución
480 minutos (8 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D.Leg.654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS.
– 111 –
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
Actividad 03
Recibir y revisar los informes de Evaluación Educativa.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir y revisar los informes presentados. 2. Si está elaborado correctamente, firmar 3. Si tiene errores devolver al docente responsable para su corrección.
c) Datos requeridos para la actividad
Libro de planilla de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones y el Informe de Evaluación Educativa elaborado y entregado por el docente.
d) Datos que genera la actividad
Informe de Evaluación Educativa firmado por el docente y por el Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos (4 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D.Leg.654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). D.S.-007-2015-JUS.
Actividad 04
Corregir las observaciones realizadas.
a) Responsable
Docente de la Institución Educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir el informe de evaluación educativa observado. 2. Corregir las observaciones realizadas. 3. Devolver al Director de la Institución Educativa o quien haga las veces.
c) Datos requeridos para la actividad
Informe de Evaluación Educativa observado, nuevo formato de Informe de evaluación educativa, Libro de planilla de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones.
d) Datos que genera la actividad
Informe de evaluación educativo corregido.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos (4 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D.Leg.654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). D.S.-007-2015-JUS.
Actividad 05
Firmar, consolidar y remitir un ejemplar al área de Registro Penitenciario.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Remitir un ejemplar del informe mediante Oficio al área de Registro Penitenciario. 2. Consolidar el segundo ejemplar del informe en un archivo de la Dirección.
c) Datos requeridos para la actividad
Informes de Evaluación Educativa de los estudiantes evaluados.
– 112 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro del informe de evaluación educativa
d) Datos que genera la actividad
Actualización del legajo con el informe de evaluación educativa de los internos estudiantes en el área de Registro Penitenciario. Mantener al día el archivo del área a educativa con el segundo ejemplar del informe de evaluación educativa.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos (4 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). D.S.-007-2015-JUS.
Actividad 06
Recibir los informes y anexar al legajo de los internos.
a) Responsable
Jefe de Registro Penitenciario o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar los Informes de evaluación educativa 2. Anexar o disponer ser anexado al legajo personal de cada interno
c) Datos requeridos para la actividad
Informe de Evaluación Educativa observado, nuevo formato de Informe de evaluación educativa, Libro de planilla de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones.
d) Datos que genera la actividad
Anexar el informe de evaluación educativa y mantener actualizado el legajo del interno estudiante.
e) Tiempo de ejecución
480 minutos (8 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). D.S.-007-2015-JUS
Actividad 07
Organizar el archivo en orden correlativo.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Organizar en la Dirección de la IE un archivo en orden correlativo con un ejemplar del Informe de Evaluación Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Un ejemplar del Informe de Evaluación Educativa.
d) Datos que genera la actividad
Un file organizado en orden correlativo de los Informes de evaluación educativa de los estudiantes.
e) Tiempo de ejecución
480 minutos (8 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D.Leg.654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
9. Responsabilidades 9.1 El Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces. a) Entregar al personal docente los formatos del Informe de Evaluación Educativa y dispone mediante un documento su elaboración y el plazo de entrega. b) Recepcionar y revisar los informes de evaluación educativa elaborada por los docentes, los firma en señal de conformidad; en caso contrario devuelve al docente responsable para su corrección. c) Consolidar los Informes de evaluación educativa con numeración correlativa y remite un ejemplar al área de Registro Penitenciario para ser archivado en el legajo del interno estudiante. d) Organizar en la Dirección de la IE un archivo en orden correlativo con el segundo ejemplar del Informe de evaluación educativa. 9.2 El docente de la Institución Educativa a) Evaluar y elaborar trimestralmente en duplicado el Informe de evaluación educativa por cada uno de los estudiantes internos de la especialidad, grado o sección bajo su cargo. b) Remitir en duplicado al Director de la Institución Educativa o a quien haga sus veces los informes de evaluación educativa, correctamente procesado sin errores ni enmendaduras, con firma y post firma. 9.3 El Jefe de Registro Penitenciario o quien haga sus veces. a) Recepcionar los Informes de evaluación educativa y anexar o disponer su anexo al legajo personal de cada interno. Instrucciones: a) Los docentes son responsables de elaborar, los Informes de evaluación educativa. b) La numeración de los informes durante el año se realizarán de manera correlativa, evitando la duplicidad. c) La elaboración de los informes se realiza en dos (02) ejemplares ambos originales y de manera trimestral. d) Los datos consignados en el Informe de evaluación educativa deberán ser concordantes, con el Libro de Planilla de Control Educativo, Libro de Control de evaluaciones, y registro de asistencia y evaluación de los aprendizajes. e) El Informe Integral de Evaluación Semestral del interno es elaborada por el Director de la Institución Educativa o quién haga sus veces, a solicitud del Órgano Técnico de
Tratamiento basado en el Informe de evaluación educativa del estudiante elaborado por el docente trimestralmente. 10. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del procedimiento y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente. Nº Nombre Periodi- Forma de cálculo cidad
1
Unidad
Eficacia Mensual Nº de informes de Informes evaluación educativa del estudiante elaborados y organizados.
11. Duración El plazo para la emisión de los informes educativos es de 05 días hábiles de culminado el periodo de evaluación. 12. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y monitoreo del proceso, la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, realizarán: • Una visita de supervisión de manera inopinada al proceso, por lo menos una vez al año. • Solicitará periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del proceso. 13. Glosario 13.1 Informe de Evaluación Educativa: Es un Instrumento de evaluación trimestral que se aplica al interno estudiante, aprobado por la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” Según Anexo N° 05, elaborado por el docente responsable de la opción ocupacional o especialidad, grado, ciclo o sección de la modalidad o programa educativo; en base a los días estudiados y notas de evaluación consignadas mensualmente en el Libro de planilla de Control Educativo y Libro de Control de Evaluaciones. 14. Anexos 14.1 ANEXO Nº 01 MAPRO “Informe de Evaluación Educativa” • Anexo N° 05 DIRECTIVA “Informe de Evaluación Educativa”
– 114 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro del informe de evaluación educativa
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
ANEXO Nº 01 MAPRO / ANEXO Nº 05 DIRECTIVA INFORME DE EVALUACIÓN EDUCATIVA (ART.51 Y 176, D.S.N°015-2003-JUS.)
OFICINA REGIONAL:__________________________________________________________________________ ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO:__________________________________________________________ INSTITUCIÓN EDUCATIVA: ___________________________________________________________________ I.- DATOS GENERALES: Apellidos y Nombres del Interno:________________________________________________________________ Edad:_____ Sexo M ( ) F ( ) Grado de Instrucción: __________________ Fecha de Ing. al E.P:_______________ Delito: ________________ Situación Jurídica: S (__ ) P (___) Ubicación en el E.P________________________ Fecha de Matrícula Educativa:_________________________ Periodo de Evaluación:__________ A__________ Motivo de Evaluación: ________________________________________________________________________ II.- NIVEL O MODALIDAD EDUCATIVA: Nivel \Modalidad\Programa\Opción Ocupacional\Especialidad: _____________________________ Grado\Ciclo Número de Orden:__________________________________ Código de Matricula:_____________________ Fecha de Inicio:_____________________________________ Fecha de Término:________________________ III. EVALUACIÓN EDUCATIVA Y RECREATIVA: 3.1. Evaluación Cuantitativa: MESES 1 2 3 PROMEDIO TRIMESTRAL
DÍAS
NOTA
3.2. Evaluación Cualitativa: Características de conducta y hábitos de estudio Respeta la autoridad Educativa y Compañeros de aula Cumple con las tareas del Profesor y Demuestra responsabilidad en el estudio Muestra iniciativa en el aprendizaje Puntualidad Participación en el aula Aseo y Presentación del educando Participación en actividades deportivas, artísticas, culturales y recreacionales IV. RESULTADOS E INTERPRETACIÓN (De la Evaluación cualitativa) Rango de resultado El resultado final del 50 % mas 1 Menores del 50%
SI
Interpretación Favorable Desfavorable
V. CONCLUSIONES DE LA EVALUACIÓN Por tanto la evaluación es: VI. OBSERVACIONES
Firma y Post firma del Director de la Institución Educativa
– 115 –
Firma y Post firma del Profesor
NO
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
INGRESO Y CONTROL DE ÚTILES DE ENSEÑANZA Y OTROS MAPRO Nº 011- 2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, abril de 2016 Versión 1.0
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 0112016-INPE-DTP
INGRESO Y CONTROL DE ÚTILES DE ENSEÑANZA Y OTROS.
HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha de elaboración / revisión Diciembre 2015
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por Fecha 08-ABR.2016
Versión V 1.0
Documento Resolución Directoral N°022-2016-INPE-DTP
– 118 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Ingreso y control de útiles de enseñanza y otros
1. Definición Es el procedimiento que describe las actividades a seguir para el ingreso al Establecimiento Penitenciario de útiles, materiales y herramientas requeridos por los docentes y los estudiantes para el desarrollo de capacidades y logro de competencias durante el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje de los internos estudiantes. 2. Objetivo Contribuir al desarrollo de la enseñanza-aprendizaje para los estudiantes internos de los establecimientos penitenciarios, de tal forma de contar y distribuir los útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje para los estudiantes internos. 3. Base legal • Decreto Legislativo Nº 654, (02- ago-1991), del Código de Ejecución Penal. • Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, (11-09-2003), del Reglamento del Código de Ejecución Penal. • Resolución Presidencial N° 003-2008-INPE/P. (03-ene2008), Reglamento General de Seguridad del INPE y RP N° 098-2012-INPE/P. (29-feb-2012), modifica los Anexos 8 y 9 del Reglamento de General de Seguridad. • Ley N° 29867 (22-may-2012), Ley que incorpora diversos artículos al Código Penal relativos a la seguridad en los centros de detención o reclusión.
4. Alcance Director y personal docente de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario, Director y Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario, Jefatura y personal de Seguridad del Establecimiento Penitenciario. 5. Límite del proceso Usuario: Interno matriculado
Ingreso y control de los útiles, materiales y herramientas de enseñanzaaprendizaje Entrada del del interno Proceso: Soliciestudiante. tud de ingreso de útiles, materiales y herramientas.
Beneficiario: Internos matriculados Salida del Proceso: Recepción y firma de conformidad de entrega de útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje.
6. Requisitos Solicitud del interno estudiante con matrícula vigente en la institución o área educativa del establecimiento penitenciario.
– 119 –
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
7. Diagrama de flujo INGRESO Y/O CONTROL DE ÚTILES, MATERIALES Y/O HERRAMIENTAS DE APRENDIZAJE DEL INTERNO ESTUDIANTE Inicio
Consejo Técnico Penitenciario
1.- Aprueba el horario de ingreso de materiales educativos mediante acta de Consejo
4.- Deriva mediante proveido la atención de la solicitud
Director del Establecimiento Penitenciario
Director de la IE
2.- Toma conocimiento y comunica el cronograma y disposiciones adicionales a los docentes e internos estudiantes.
5.- Verifica la matrícula y permanencia del interno en el módulo, grado o ciclo educativo.
8.- Visa el formato con ingreso con útiles detallados y coordina con el Jefe de Seguridad para el ingreso.
Conforme
No
Profesor de la Institución Educativa
3.- Solicita el ingreso de útiles, materiales y/o herramientas
6.- Comunica improcedencia de lo solicitado.
– 120 –
Sí 7.- Detalla tipo y cantidad de útiles, materiales y/o herramientas
9.- Recibe, registra, distribuye y utiliza los materiales en el proceso de enseñanzaaprendizaje con los estudiantes
Fin
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Ingreso y control de útiles de enseñanza y otros
8.Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: Ingreso y control de útiles de enseñanza y otros.
Actividad 01
Aprobar el horario de ingreso de materiales educativos mediante Acta de Consejo.
a) Responsable
Consejo Técnico Penitenciario
b) Instrucciones de Trabajo
1. Mediante Acta, el Consejo Técnico Penitenciario establece los días, horario y disposiciones adicionales, para el ingreso de útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje, para los internos estudiantes. 2. Derivar al Director de la Institución o Jefe del área Educativa
c) Datos requeridos para la actividad
Propuesta de horario de ingreso de materiales
d) Datos que genera la actividad
Acta de Consejo que aprueba el horario de ingreso de materiales.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento de las normas de Tratamiento Penitenciario Reglamento General de Seguridad del INPE
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS.
Actividad 02
Tomar conocimiento y comunicar el cronograma y disposiciones adicionales a los docentes e internos estudiantes.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Tomar conocimiento del Acta de Consejo, 2. Comunicar a los docentes e internos estudiantes los horarios establecidos y disposiciones adicionales para el ingreso de útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje.
c) Datos requeridos para la actividad
Acta de Consejo Técnico
d) Datos que genera la actividad
Registro de haber tomado conocimiento lo dispuesto en el acta de Consejo Técnico.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva - Gestión y desarrollo de la Educación Penitenciaria - DI-11-2016-INPE-DTP.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
Actividad 03
Solicitar el ingreso de útiles, materiales y herramientas.
a) Responsable
Profesor responsable del curso.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Solicitar documentadamente el ingreso de útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje, detallando descripción, cantidad, fecha de ingreso, al Director del Establecimiento Penitenciario pedido por el interno o por la autoridad educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Solicitud de ingreso de útiles, materiales y herramientas de enseñanzaaprendizaje.
d) Datos que genera la actividad
Proveído de procedencia o improcedencia de ingreso de útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje.
e) Tiempo de ejecución
60 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva - Gestión y desarrollo de la Educación Penitenciaria - DI-11-2016-INPE-DTP.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS.
Actividad 04
Derivar mediante proveído la atención de la solicitud.
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar la solicitud del interno verificado por el docente 2. Derivar su atención al Director de la Institución Educativa. 3. Autorizar el ingreso de los materiales.
c) Datos requeridos para la actividad
Solicitud de ingreso de útiles, materiales, y herramientas de enseñanzaaprendizaje.
d) Datos que genera la actividad
Deriva atención al Director de la IE. la solicitud de ingreso de útiles, materiales, y herramientas de enseñanza-aprendizaje
e) Tiempo de ejecución
240 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA vigente. Conocimientos de trámite documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D.Leg.654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS.
Actividad 05
Verificar la matrícula y permanencia del interno en el módulo, grado o ciclo educativo.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa
b) Instrucciones de Trabajo
1. Derivar la solicitud del interno al docente responsable de la especialidad ocupacional, Ciclo o grado; previa verificación de matrícula y permanencia. 2. De no cumplir con los requisitos notifica al interno la improcedencia de su pedido y se pasa a la actividad 6. 3. Caso contrario se deriva a la actividad 7.
– 122 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Ingreso y control de útiles de enseñanza y otros
c) Datos requeridos para la actividad
Atención a solicitud de ingreso de útiles, materiales, y herramientas de enseñanza-aprendizaje.
d) Datos que genera la actividad
Verificación de registro de matrícula y permanencia en el área.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos
f) Calificación personal
Conocimiento de la Directiva - Gestión y desarrollo de la Educación Penitenciaria - DI-11-2016-INPE-DTP y Reglamento de Seguridad
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS.
Actividad 06
Comunicar improcedencia de lo solicitado.
a) Responsable
Profesor responsable del curso
b) Instrucciones de Trabajo
1. Notificar al interno la improcedencia de su pedido.
c) Datos requeridos para la actividad
Solicitud de ingreso de útiles, materiales, y herramientas de enseñanzaaprendizaje.
d) Datos que genera la actividad
Devolución de solicitud de ingreso de útiles, materiales y herramientas de aprendizaje al interno, indicando su improcedencia.
e) Tiempo de ejecución
60 minutos
f) Calificación personal
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g) Documentos relacionados
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Actividad 07
Detallar tipo y cantidad de útiles, materiales y herramientas.
a) Responsable
Profesor de la Institución o área educativa responsable del curso.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Atender la solicitud que comunica procedencia de ingreso de útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje. 2. Aprobar la solicitud en cuanto a cantidad y tipo de útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje. 3. Informar al Director de la Institución o Jefe del área educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Verificación de registro de matrícula y permanencia en el área.
d) Datos que genera la actividad
Aprobación de solicitud en cuanto a cantidad y tipo de útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos
f) Calificación personal
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g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
Actividad 08
Visar el formato de ingreso con útiles detallados y coordinar con el Jefe de Seguridad para el ingreso.
a) Responsable
Director de la Institución o jefe del área educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Coordinar y solicitar el Visto Bueno al jefe de seguridad para el ingreso de útiles, materiales o herramientas de enseñanza-aprendizaje. 2. Derivar al docente de la Institución Educativa
c) Datos requeridos para la actividad
Aprobación de solicitud en cuanto a cantidad y tipo de útiles o materiales.
d) Datos que genera la actividad
V°B° de la solicitud para ingreso de útiles, materiales o herramientas de enseñanza-aprendizaje.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos.
f) Calificación personal
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Actividad 09
Recibir, registrar, distribuir y utilizar los materiales en el proceso de enseñanza-aprendizaje con sus estudiantes.
a) Responsable
Profesor de la Institución Educativa responsable del curso.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar y distribuir los útiles, materiales o herramientas de enseñanzaaprendizaje a los internos previo registro de ingreso en el cuaderno de cada especialidad o curso.
c) Datos requeridos para la actividad
VºBº a la solicitud para el ingreso de útiles, materiales o herramientas de enseñanza-aprendizaje.
d) Datos que genera la actividad
Registro en el cuaderno de ingreso de materiales.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos
f) Calificación personal
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g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento D. Leg. 654 y D.S. 015-2003-JUS. Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). DS-007-2015-JUS
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Ingreso y control de útiles de enseñanza y otros
9. Responsabilidades 9.1. Consejo Técnico Penitenciario del Establecimiento Penitenciario a) Mediante Acta de Consejo, establecer el horario o cronograma, así como disposiciones adicionales, para el de ingreso de útiles, materiales, o herramientas de enseñanza-aprendizaje, para los docentes e internos estudiantes. 9.2. El interno estudiante: a) Solicitar mediante documentos el ingreso de los útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje que requiere; detallando la especialidad o curso que estudia, apellidos y nombres del Profesor responsable, descripción de los bienes, cantidad y fecha de ingreso al Establecimiento Penitenciario. 9.3. El Director del Establecimiento Penitenciario: o quien haga sus veces a) Recepcionar la solicitud del interno y derivar a la Institución o área Educativa disponiendo su evaluación y trámite de atención. b) Autorizar el ingreso de útiles materiales y herramientas de enseñanza- aprendizaje, detallados en el formato de ingreso de materiales; aprobado en la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. Según Anexo 08. c) Autorizar el egreso de los productos elaborados durante el proceso de enseñanza-aprendizaje, detallado por el Profesor responsable del curso en el formato de egreso de productos; aprobado en la Directiva “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” Según Anexo 09. 9.4. El Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario. a) Tomar conocimiento del Acta de Consejo, comunica a los docentes e internos estudiantes los horarios establecidos y disposiciones adicionales para el ingreso de útiles, materiales, y herramientas de enseñanza-aprendizaje. b) Derivar la solicitud del interno al docente responsable de la especialidad o curso que dicta, para la verificación de matrícula y permanencia como estudiante.
c) Coordinar ante el jefe de seguridad las facilidades para el ingreso de los útiles, materiales y herramientas de enseñanza-aprendizaje cuyo ingreso fue solicitado por el interno estudiante. d) Disponer la entrega del material al interno estudiante a través del docente responsable del dictado del curso o especialidad ocupacional. 9.5. Profesor de la Institución Educativa a) Recepcionar la solicitud y verificar la matrícula y permanencia como estudiante del interno solicitante así como la cantidad y tipo de útiles, materiales o herramientas de enseñanza-aprendizaje que requieren su ingreso y luego informa. b) Hacer entrega a sus estudiantes los útiles, materiales o herramientas que les permitan desarrollar sus capacidades y competencias y generar sus aprendizajes. Instrucciones a) El estudiante interno solo podrá solicitar el ingreso de útiles, materiales, o herramientas, requeridos para su proceso de enseñanza-aprendizaje por el Profesor responsable del dictado del curso. b) El trámite de ingreso de útiles, materiales, o herramientas de enseñanza-aprendizaje es gratuito y está prohibida su comercialización con fines de lucro. c) En cada establecimiento penitenciario de acuerdo al régimen de vida de los internos se dispondrá el tipo de útiles, materiales o herramienta de enseñanza-aprendizaje que no ingresará como propiedad del interno, si no como bien de la institución o área educativa, para uso del estudiante bajo control del docente. d) El Director de la Institución Educativa aperturará un Cuaderno de Registro de Ingreso y entrega de útiles, materiales y herramientas con los siguientes datos: • Nombre y Apellido del interno receptor del material educativo • Opción ocupacional o Especialidad o curso que estudia • Nombres y apellidos del Profesor responsable • Fecha de ingreso del material educativo • Cantidad de los materiales educativos • Descripción de los materiales educativos • Pabellón dónde se ubica el estudiante interno • Firma y huella de conformidad del interno receptor del material educativo
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
• Nombre del personal que ingresa el material e) El profesor responsable del dictado de la especialidad ocupacional o curso, entregará los materiales educativos al estudiante interno, consignando en el cuaderno de Registro de ingreso y entrega de material educativos. 10. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del procedimiento y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente. Nº Nombre Periodi- Forma de cálculo cidad
1
Eficacia Mensual Nº de solicitudes atendidas/Total de solicitudes tramitadas.
Unidades
Porcentaje (%)
11. Duración El plazo para el trámite de ingreso y entrega del material educativo se realizará en el lapso de 03 días hábiles posteriores a la presentación de la solicitud. 12. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición del proceso, la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, realizarán: • Una revisión de manera inopinada al proceso, por lo menos una vez al año.
• Solicitará periódicamente información de los registros, para su análisis, evaluación y mejora del procedimiento. 13. Glosario a) Materiales Educativos: Son medios, recursos o productos concretos diseñados o adquiridos con intención didáctica, para hacer posible o apoyar el desarrollo del proceso de enseñanza-aprendizaje. b) Formato de Ingreso de Materiales: Instrumento de control donde se indica de manera detallada los tipos y cantidades de los útiles, materiales y herramientas que van a ingresar al Establecimiento Penitenciario con fines única y exclusivamente educativos. c) Formato de Egreso de Productos: Instrumento de control donde se indica de manera detallada los tipos y cantidades de los productos que fueron elaborados durante el proceso de enseñanza-aprendizaje de los estudiantes internos y es necesario comercializarlos a través de los familiares de los estudiantes o de ferias de exposición venta. 14. Anexos 14.1 Anexo N° 01 MAPRO “Formato de Ingreso de Materiales” • Anexo N°08 DIRECTIVA “Formato de Ingreso de Materiales” 14.2 Anexo N° 02 MAPRO “Formato de Egreso de Productos” • Anexo N°09 DIRECTIVA “Formato de Egreso de Productos”.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Ingreso y control de útiles de enseñanza y otros
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
ANEXO 01 MAPRO / ANEXO 08 DIRECTIVA FORMATO DE INGRESO DE MATERIALES El Director del Establecimiento Penitenciario de autoriza al interno estudiante de la opción ocupacional / especialidad de Nº
el ingreso de los siguientes materiales:
DESCRIPCIÓN
CANTIDAD
Fecha de ingreso: Familiar del interno: El personal de seguridad debe brindar las facilidades conforme a lo establecido en el Código de Ejecución Penal y su Reglamento, cualquier acto que contradiga las normas jurídicas y éticas por parte del interno o familiar será objeto de sanción por parte del Consejo Técnico Penitenciario o autoridad competente de acuerdo a las normas vigentes.
Director de la I.E.
Director del E.P
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Personal Docente
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 022-2016-INPE/12
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
ANEXO 02 MAPRO / ANEXO 09 DIRECTIVA FORMATO DE EGRESO DE PRODUCTOS El Director del Establecimiento penitenciario de al señor (a) opción ocupacional / especialidad Nº
DESCRIPCIÓN
autoriza de la el egreso de los siguientes productos: CANTIDAD
Fecha de egreso: Nombre del interno propietario: Nombre del docente: El personal de seguridad debe brindar las facilidades conforme a lo establecido en el Código de Ejecución Penal y su Reglamento, cualquier acto que contradiga las normas jurídicas y éticas por parte del interno, familiar o funcionario será objeto de sanción por parte del Consejo Técnico Penitenciario o autoridad competente de acuerdo a las normas vigentes.
Director de la I.E.
Director del E.P
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Personal Docente
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
EVALUACIÓN DE APRENDIZAJES MAPRO Nº 013- 2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, abril de 2016 Versión 1.0
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº-013 2016-INPE-DTP
EVALUACIÓN DE APRENDIZAJES
HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha de elaboración / revisión Diciembre 2015
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por Fecha
Versión
05 - Mayo - 2016
V 1.0
Documento Resolución Directoral Nº036 -2016-INPE-DTP
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Evaluación de aprendizajes
1. Definición El procedimiento describe el proceso de evaluación educativa del desarrollo de competencias y capacidades para el logro de los aprendizajes de los internos estudiantes, cuyos resultados se evidencian de manera mensual, trimestral o al término del periodo promocional; haciendo uso de instrumentos de evaluación aprobados por el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional Penitenciario.
4. Alcance Al Director, Subdirector y personal docente de las Instituciones o áreas Educativas de los Establecimientos Penitenciarios, Jefe de Registro Penitenciario y Jefatura de Órgano Técnico de Tratamiento. 5. Límites del proceso Usuario: Internos estudiantes
2. Objetivo Verificar y medir el logro de los aprendizajes programados y/o esperados de los internos estudiantes durante el proceso de enseñanza-aprendizaje en las instituciones educativas de los Establecimientos Penitenciarios. 3. Base legal • Ley General de Educación Nº 28044, (29-jul-2003), sus modificatorias las leyes 28123, 28302, 28329. • Decreto Supremo N° 011-2012-ED, (07-jul-2012), Reglamento de la Ley General de Educación. • Decreto Legislativo N° 654, (02- ago-1991), Código de Ejecución Penal y su Reglamento Decreto Supremo N°0152003-JUS, (11-09-2003). • Resolución Presidencial N° 082-2016-INPE/P, (10-mar-2016), Directiva N° 11-2016-INPE-DTP, “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
Entrada del Proceso: (Evaluaciones cuantitativas y cualitativas mensual). Matricula
Proceso de Evaluación de Aprendizajes
Beneficiario: Internos estudiantes Salida del Proceso: Interno capacitado o promovido de módulo o grado inmediato superior. Acta de evaluación y Certificación.
6. Requisitos • El interno deberá estar matriculado oficialmente como estudiante en la Institución o área educativa. • Estar registrado en la nómina de matrícula y en el libro de planilla de control educativo mensualmente.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
7. Diagrama de flujo EVALUACIÓN DE APRENDIZAJE
Aprueba Sí
2.- Recepciona el informe educativo
Director de la Institución Educativa
4.- Promueve al grado inmediato superior
No
Profesor de la Institución Educativa
Inicio
1.- Evalúa competencias y capacidades e informa los resultados
3.- Recuperación académica
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Fin
Fin
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Evaluación de aprendizajes
8. Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: Evaluación de aprendizajes.
Actividad 01
Evaluar el desarrollo de competencias y capacidades e informa los resultados
a) Responsable
Profesor de la Institución Educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Evalúa el proceso de enseñanza-aprendizaje haciendo uso de Instrumentos de Evaluación aprobados por el MINEDU y el INPE. 2. Registra los resultados en el Registro de Evaluación y Asistencia y en el Libro de Planilla de control educativo. 3. Informa los resultados al Director de la Institución Educativa o a quien haga sus veces.
c) Datos requeridos para la actividad
Participación en el proceso de enseñanza-aprendizaje
d) Datos que genera la actividad
• Registro de Notas de evaluación mensual, trimestral o de culminación del periodo promocional, en los Instrumentos de evaluación como el Libro de Planilla de control educativo.
e) Tiempo de ejecución
Permanente
f) Calificación personal
Formación Pedagógica. Capacitación en Educación Penitenciaria.
g) Documentos relacionados
Normas de evaluación educativa del Ministerio de Educación y Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
Actividad 02
Recepciona el informe evaluativo
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepciona, firma o visa los instrumentos de evaluación de los estudiantes elevados por los docentes. 2. Dispone el desarrollo de programas de reforzamiento o nivelación académica para estudiantes desaprobados. 3. Dispone la promoción de los estudiantes que lograron los aprendizajes esperados, mediante actas de evaluación y memorando.
c) Datos requeridos para la actividad
• Registro en el Libro de Planilla de control educativo • Informe de evaluación educativa
d) Datos que genera la actividad
Notas evaluativas mensuales o trimestrales
e) Tiempo de ejecución
Permanente
f) Calificación personal
Formación Pedagógica. Capacitación en Gestión de la Educación Penitenciaria
g) Documentos relacionados
Normas de Educación Penitenciaria Normas del Ministerio de Educación.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 016-2016-INPE/12
Actividad 03
Recuperación académica.
a) Responsable
Profesor de la Institución Educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepciona relación de estudiantes desaprobados que requieren recuperación académica. 2. Desarrolla el programa de reforzamiento y nivelación académica. 3. Consolida los resultados de evaluación del desarrollo del programa y remite al Director de la institución educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Relación de estudiantes desaprobados que requieren recuperación.
d) Datos que genera la actividad
Registro de evaluación del programa de recuperación con notas aprobatorias.
e) Tiempo de ejecución
Permanente
f) Calificación personal
Formación Pedagógica. Capacitación en Educación Penitenciaria
g) Documentos relacionados
Normas de Educación Penitenciaria Normas del Ministerio de Educación.
Actividad 04
Promueve al módulo o grado inmediato superior.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibe el informe evaluativo con notas aprobatorias, y 2. Dispone la promoción al grado inmediato superior a los estudiantes aprobados en el Ciclo Promocional de EBA 3. Dispone la promoción a otro módulo ocupacional o del ciclo inicial al ciclo medio a los estudiantes del CETPRO. 4. Dispone la promoción al área de trabajo penitenciario para los que culminaron satisfactoriamente sus estudios ocupacionales en el CETPRO.
c) Datos requeridos para la actividad
Instrumentos de evaluación educativa con notas aprobatorias.
d) Datos que genera la actividad
• Inicio de estudios en el grado inmediato superior, mediante ficha de matrícula • Egresado del ciclo o módulo educativo según corresponda al interno estudiante, mediante actas de evaluación y certificación.
e) Tiempo de ejecución
Permanente
f) Calificación personal
Formación Pedagógica. Capacitación en Educación Penitenciaria
g) Documentos relacionados
Normas de Educación Penitenciaria Normas del Ministerio de Educación.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Evaluación de aprendizajes
9. Responsabilidades 9.1. Profesor responsable del programa educativo a) Evaluar de manera permanente el desarrollo de competencias y capacidades, así como los aprendizajes logrados por el interno estudiante. b)
c)
Registrar mensualmente los resultados de la evaluación que han obtenido los estudiantes en el Libro de Planillas de Control Educativo, aprobado mediante la Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. Anexo 11. Registrar trimestralmente los resultados de la evaluación que obtuvieron los estudiantes en el Informe de Evaluación Educativa. Aprobado por Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. Anexo 05
9.2. Director de la Institución Educativa. a) Promover al grado inmediato superior o confiere la condición de egresado del respectivo nivel, grado o módulo educativo, según corresponda al interno estudiante que haya logrado los aprendizajes esperados y hayan obtenido nota aprobatoria. b)
10.2 La evaluación de los aprendizajes tiene tres funciones básicas que son: Función diagnóstica, Formativa y Sumativa, los docentes informan de manera periódica y oportuna a los internos estudiantes, sobre los logros y dificultades de su aprendizaje, brindándoles las orientaciones que permitan mejorar el proceso. 11. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del procedimiento y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente.
Nº Nombre Periodicidad Forma de cálculo Unidades
1
Si el interno estudiante aún se encuentra en Proceso de Aprendizaje, disponer la Recuperación académica o la continuidad en el grado, ciclo o módulo educativo hasta el logro de los aprendizajes esperados.
10. Instrucciones 10.1 La evaluación del desarrollo de competencias y capacidades para lograr los aprendizajes esperados de los estudiantes internos, es: permanente, flexible, formativa y continua. Los resultados se evidencian en los instrumentos de evaluación aprobados por el Ministerio de Educación y el Instituto Nacional Penitenciario, de la siguiente manera: a) En el Registro de Asistencia y Evaluación Educativa, otorgado por el MINEDU se registran las evaluaciones del módulo o periodo promocional. b) En el Libro de Planilla de Control Educativo, aprobado por el INPE se consolida la evaluación mensual de manera cuantitativa y vigesimal. c) En el Informe de Evaluación Educativa, aprobado por el INPE se consolida la evaluación trimestral de los estudiantes de manera cuantitativa.
Eficacia Mensual
Porcenta•Número je (%) de internos estudiantes promovidos al grado inmediato superior. •Número de internos estudiantes aprobados •Número de internos estudiantes desaprobados •Número de internos estudiantes retirados. Todos ellos entre el total de internos matriculados x 100.
12. Duración La evaluación del desarrollo de competencias y capacidades para lograr los aprendizajes programados y/o esperados de los estudiantes es parte del proceso de enseñanza- aprendizaje; por tanto se realiza de manera permanente durante todo el proceso educativo.
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la toma de decisiones para fortalecer al estudiante sobre sus saberes previos, motivación, estrategias de aprendizaje; regular los procesos de acción pedagógica y reajustar la metodología respecto a las estrategias de enseñanza – aprendizaje, medios y materiales y el tiempo que finalmente permiten el logro.
13. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición de los procesos la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación, la Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales a través de los Especialistas en Educación y el Equipo Técnico conformado por el Director del Penal, Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento y el Director o Jefe del área educativa realizarán: • Una revisión de manera inopinada al proceso, por lo menos una vez al año, con el objeto de implementar el mejoramiento continuo. • Solicitará periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del proceso, con el objeto de implementar la simplificación administrativa.
b)
Evaluación Diagnóstica: Permite obtener información del estado inicial de los estudiantes en las áreas de desarrollo humano: cognoscitiva, socio afectiva y psicomotriz con el fin de facilitar la aplicación de las estrategias pedagógicas correspondientes.
c)
14. Glosario a) Evaluación de aprendizajes: Es un proceso mediante el cual se observa, recoge y analiza información del proceso de aprendizaje del estudiante, con el propósito de reflexionar y emitir juicios de valor orientados a
Evaluación Formativa: Brinda la información necesaria y oportuna para tomar decisiones que reorienten los procesos de aprendizaje de los estudiantes y las estrategias didácticas utilizadas.
d)
Evaluación Sumativa: Fundamenta la calificación y la certificación de los aprendizajes alcanzados por los estudiantes.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
PROMOCIÓN EDUCATIVA MAPRO Nº 014-2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, abril de 2016 Versión 1.0
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PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 0142016-INPE-DTP
EXPEDICIÓN DE CERTIFICADO DE CÓMPUTO EDUCATIVO HISTORIAL DEL DOCUMENTO
Fecha de elaboración / revisión Diciembre 2015
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Elaborado por la Subdirección de Educación penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por Fecha
Versión
05-May-2016
V 1.0
Documento Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE-DTP
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Promoción educativa
1. Definición Es el proceso de incorporación de los internos estudiantes al ciclo, grado o módulo educativo inmediato superior, por haber logrado los aprendizajes esperados y obtenido nota aprobatoria, culminando satisfactoriamente los estudios de Educación Básica Alternativa (CEBA) en el cual estuvieron matriculados. Así mismo es el proceso de transferencia del Ciclo Inicial al Ciclo Medio o al área de Trabajo Penitenciario a los internos que culminaron satisfactoriamente los módulos ocupacionales o lograron obtener Título de Técnico con mención en una especialidad ocupacional al haber estudiado en un Centro de Educación Técnico Productiva (CETPRO) quedando acreditados para pasar al área de producción de trabajo penitenciario.
• Decreto Supremo N° 017-93-JUS, (02-jun-93), Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 4. Alcance Personal Directivo y docentes de la Institución o Área Educativa, al Director del Establecimiento Penitenciario, Consejo Técnico Penitenciario, Jefe del Área de Trabajo y Jefe de Registro Penitenciario del Establecimiento Penitenciario. 5. Límite del proceso Usuario: Interno promovido
2. Objetivo Promover al ciclo o grado inmediato superior en el Centro de Educación Básica Alternativa e insertar a los internos egresados de una opción ocupacional y especialidad técnica del CETPRO al Área de Trabajo Penitenciario de los Establecimientos Penitenciarios. 3. Base legal • Ley General de Educación Nº 28044, (29-jul-2003), sus modificatorias las leyes 28123, 28302, 28329. • Decreto Supremo N° 011-2012-ED, (07-jul-2012), Reglamento de la Ley General de Educación. • Decreto Legislativo N°654, (02- ago-1991), Código de Ejecución Penal y su Reglamento Decreto Supremo N°015-2003-JUS, (11-09-2003). • Resolución Presidencial N° 082-2016-INPE/P, (10mar-2016), Directiva N°11-2016-INPE-DTP, “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. • Decreto Supremo N° 015-2003-JUS, (24-Ene-2012), Reglamento del Código de Ejecución Penal. • Decreto Supremo N° 009-2007-JUS, (10-Oct-2007), Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario.
Entrada del Proceso: Libro de registro promocional
Procedimiento para la promoción educativa.
Beneficiario: Internos Salida del Proceso: Interno promovido de grado, ciclo, módulo o al área de trabajo penitenciario. Con certificado de estudios.
6. Requisitos 6.1 Culminar satisfactoriamente con nota aprobatoria el periodo promocional, Ciclo o Grado de estudios de Educación Básica Alternativa. 6.2 Culminar satisfactoriamente el módulo educativo, Ciclo básico o Ciclo medio en el Centro de Educación Técnico Productiva. 6.3 Contar con la acreditación o título de la especialidad técnica otorgado por el Centro de Educación Técnico Productiva.
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7. Diagrama de flujo PROMOCIÓN EDUCATIVA 5.- Visa el Libro de Registro Promocional
Director del Establecimiento Penitenciario
Secretaria de Consejo Técnico
6.- Legaliza el Libro de Registro Promocional
Fin
Jefe de Registro Penitenciario
10.- Actualiza el grado de instrucción y capacitación ocupacional del interno
Fin
Jefe del Área de Trabajo
9.- Incorpora a los promovidos en los talleres de soporte o producción
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces
4.- Firma el Libro de Registro Promocional
Sí
Subdirector de la IE o quien haga sus veces
2.- Revisa el Libro de Registro Promocional
Conforme
No
Profesor de la IE
Inicio
1.- Elabora y emite el Libro de Registro Promocional
3.- Corrige las observaciones realizadas
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7.- Recepciona el Libro de Registro Promocional legalizado
8.- Remite 2 ejemplares del Libro Promocional
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Promoción educativa
8. Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: “promoción educativa”.
Actividad 01
Elaborar y remitir el Libro de Registro Promocional
a) Responsable
Profesor de la Institución o área educativa
b) Instrucciones de Trabajo
1. Elaborar y remitir el Libro de Registro Promocional, por triplicado, inscribiendo a los internos que han culminado satisfactoriamente el Ciclo o Grado de estudios en el CEBA, al Subdirector de la Institución Educativa. 2. Elaborar y remitir el Libro de Registro Promocional, por triplicado, inscribiendo a los internos que han culminado satisfactoriamente el Módulo, Ciclo básico o Ciclo medio en el CETPRO, al Subdirector de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Libro de Registro Promocional.
d) Datos que genera la actividad
Libro de Registro Promocional consolidado por triplicado.
e) Tiempo de ejecución
480 minutos. (08 horas)
f) Calificación personal
Formación Profesional Pedagógica y Técnica Conocimientos de Educación Básica Alternativa Conocimientos de Educación Técnico Productiva
g) Documentos relacionados
Normas del Ministerio de Educación, Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N°0082015-INPE-DTP. “ Desarrollo de Gestión Laboral”
Actividad 02
Revisar el Libro de Registro Promocional
a) Responsable
Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Asesorar a los docentes en elaboración del Libro de Registro Promocional. 2. Recibir y revisar los Libros de Registro Promocional 3. Si es observado regresar al docente quien levantará las observaciones en Actividad 3. 4. Si es conforme pasar a la actividad 4 para la firma del Director de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Registro Promocional elaborados por el docente.
d) Datos que genera la actividad
Libro de Registro Promocional revisado.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos. (4 horas)
f) Calificación personal
Formación Profesional Pedagógica y/o Técnica Conocimientos de Educación penitenciaria.
g) Documentos relacionados
Normas del Ministerio de Educación, Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N°0082015-INPE-DTP. “ Desarrollo de Gestión Laboral”
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
Actividad 03
Corregir las observaciones realizadas
a) Responsable
Profesor de la Institución Educativa.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir los Libros de Registro Promocional observados. 2. Reelaborar los Libros de Registro Promocional levantando las observaciones y remitir al Director de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Registro Promocional observados.
d) Datos que genera la actividad
Libros de Registro Promocional reelaborados.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos. (4 horas)
f) Calificación personal
Formación Profesional Pedagógica y/o Técnica Conocimientos de Educación Básica Alternativa Conocimientos de Educación Técnico Productiva
g) Documentos relacionados
Normas del Ministerio de Educación, Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N°0082015-INPE-DTP. “ Desarrollo de Gestión Laboral”
Actividad 04
Firmar el Libro de Registro promocional
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir los Libros de Registro Promocional revisado. 2. Firmar los Libros de Registro Promocional. 3. Remitir al Director del Establecimiento Penitenciario para la visación.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Registro Promocional revisado.
d) Datos que genera la actividad
Libros de Registro Promocional firmados.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos. (2 horas)
f) Calificación personal
Formación Profesional Pedagógica y/o Técnica Capacitación en Gestión y Administración Penitenciaria Conocimientos de Educación Básica Alternativa y Técnico Productiva
g) Documentos relacionados
Normas del Ministerio de Educación, Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N°0082015-INPE-DTP. “ Desarrollo de Gestión Laboral”
Actividad 05
Visar el Libro de Registro Promocional
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir los Libros de Registro Promocional firmados por el Director de la Institución Educativa 2. Visar los Libros de Registro Promocional. 3. Derivar a la Secretaría de Consejo Técnico para la legalización correspondiente.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Registro Promocional firmados.
d) Datos que genera la actividad
Libros de Registro Promocional firmados y visados.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Promoción educativa
e) Tiempo de ejecución
120 minutos. (2 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA Conocimiento de trámite documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su reglamento, Directiva N°11-2016-INPEDTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N°008-2015-INPE-DTP. “Desarrollo de Gestión Laboral”.
Actividad 06
Legalizar el Libro de Registro Promocional
a) Responsable
Secretario del Consejo Técnico.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar los formatos de Registro Promocional firmados y visados. 2. Legalizar y devolver al Director de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Libros de Registro Promocional firmados y visados.
d) Datos que genera la actividad
Libros de Registro Promocional firmado, visado y legalizado.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos. (2 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA Conocimiento de la normatividad penitenciaria Conocimiento de trámite documentario.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su reglamento, Directiva N° 11-2016-INPEDTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N°008-2015-INPE-DTP. “Desarrollo de Gestión Laboral”.
Actividad 07
Recepcionar el Libro de Registro Promocional legalizado
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar los libros de Registro Promocional debidamente firmados, visados y legalizados. 2. Archivar un ejemplar en la Institución o área educativa 3. Derivar dos juegos a la actividad 8 4. 01 ejemplar al Área de Trabajo penitenciario 5. 01 ejemplar al Área de Registro Penitenciario
c) Datos requeridos para la actividad
Tres ejemplares de Libros de Registro Promocional
d) Datos que genera la actividad
Registro de 01 ejemplar en la Dirección educativa y pase de 02 ejemplares a la actividad 08.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos. (4 horas)
f) Calificación personal
g) Documentos relacionados
Formación Profesional Pedagógica y/o Técnica Capacitación en Gestión y Administración Penitenciaria Conocimientos de Educación Básica Alternativa y Técnico Productiva Normas del Ministerio de Educación, Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N° 008-2015-INPE-DTP. “ Desarrollo de Gestión Laboral”
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
Actividad 08
Remitir 02 ejemplares del Libro de Registro Promocional.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Remite mediante documento 01 ejemplar al Área de Trabajo penitenciario 2. Remite mediante documento 01 ejemplar al Área de Registro Penitenciario
c) Datos requeridos para la actividad
Dos ejemplares de Libro de registro Promocional legalizado.
d) Datos que genera la actividad
Cargo del documento que dio trámite al área de trabajo y Registro penitenciario respectivamente.
e) Tiempo de ejecución
120 Minutos. (2 horas).
f) Calificación personal
Formación Profesional Pedagógica y/o Técnica Capacitación en Gestión y Administración Penitenciaria Conocimientos de Educación Básica Alternativa y Técnico Productiva
g) Documentos relacionados
Normas del Ministerio de Educación, Directiva N° 11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N° 008-2015-INPE-DTP. “ Desarrollo de Gestión Laboral”
Actividad 09
Incorporar a los promovidos en los talleres de soporte o producción.
a) Responsable
Jefe del Área de Trabajo
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar 01 ejemplar del Libro de Registro Promocional. 2. Inscribir a los internos promovidos por el área de Educación en los talleres de soporte o producción según corresponda.
c) Datos requeridos para la actividad
01 ejemplar del Libro de Registro Promocional con relación de internos capacitados en el CETPRO.
d) Datos que genera la actividad
Inscripción de los internos promovidos en los Talleres de trabajo penitenciario.
e) Tiempo de ejecución
240 Minutos. (4 horas).
f) Calificación personal
Conocimientos del TUPA Conocimientos de Trámite Administrativo.
g) Documentos relacionados
Directiva N°11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”, Directiva N°008-2015-INPE-DTP. “Desarrollo de Gestión Laboral”
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Promoción educativa
Actividad 10
Actualizar el grado de Instrucción y Ocupacional del Interno.
a) Responsable
Jefe de Registro Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir 01 ejemplar del Libro de Registro Promocional. 2. Actualizar el Grado de Instrucción y las Capacitaciones alcanzadas en el legajo de los internos.
c) Datos requeridos para la actividad
01 ejemplar del Libro de Registro Promocional
d) Datos que genera la actividad
Actualización del grado de instrucción y capacitaciones alcanzadas en el legajo de los internos.
e) Tiempo de ejecución
120 Minutos. (2 horas).
f) Calificación personal
Conocimiento del TUPA
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su reglamento, Directiva N°11-2016-INPEDTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”
9. Responsabilidades 9.1 Profesor de la Institución Educativa: a) Elaborar el Libro de Registro Promocional por triplicado, inscribiendo a los internos que han culminado satisfactoriamente los Ciclos, Grados o módulos educativos de Educación Básica Alternativa o de Educación Técnico Productiva; haciendo uso del Formato aprobado por la Directiva N°11-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” según Anexo 13. 9.2 Subdirector de la Institución Educativa o quien haga sus veces. a) Orientar y asesorar a los docentes para la correcta elaboración de los Libros de Registro Promocional. b) Recibir y revisar los Libros de Registro promocional elaborados por los docentes de cada Ciclo, Grado o Modulo educativo. c) En caso de ser observado devolver al docente responsable el Libro de Registro Promocional para su reelaboración. d) En caso de no existir Observaciones elevar el Libro de Registro Promocional al Director de la Institución Educativa para la firma correspondiente. 9.3 Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces a) Recibir y firmar los formatos de Libro de Registro Promocional elaborado por los docentes y revisado por el Subdirector
b)
c) d)
e)
Remitir al Director del Establecimiento Penitenciario y la Secretaría de Consejo Técnico solicitando la visación y legalización correspondiente. Recepcionar el libro debidamente visado y legalizado. Consolidar y archivar un ejemplar del Libro de Registro Promocional en la Dirección de la Institución o área educativa. Remitir mediante Documento un ejemplar del Libro de Registro Promocional al área de Trabajo y otro al área de Registro Penitenciario.
9.4 Director del Establecimiento Penitenciario. a) Recepcionar los formatos de Registro Promocional, visa y deriva a Secretaría de Consejo Técnico Penitenciario para su legalización. 9.5 Secretaria de Consejo Técnico Penitenciario a) Recepcionar los formatos de Registro Promocional, legaliza y devuelve al Director de la Institución Educativa.
9.6 Jefe de Trabajo del Establecimiento Penitenciario a) Inscribir a los internos promovidos por el área de Educación en los talleres de soporte o producción según corresponda. 9.7 Jefe de Registro Penitenciario a) Actualizar el Grado de Instrucción y las Capacitaciones alcanzadas en el legajo de los internos.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
10. Indicadores del proceso 10.1 El Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento del Establecimiento Penitenciario garantiza la inclusión de los internos promovidos por el área de Educación a los talleres laborales de Trabajo Penitenciario. 10.2 Los internos promovidos deberán permanecer un año como mínimo en el área de trabajo penitenciario, pudiendo retornar al área educativa para capacitarse en otra opción ocupacional. 10.3 El Libro de Registro promocional deberá elaborarse al término del Ciclo, grado, módulo o periodo promocional calendarizado por la Institución o área educativa. 11. Duración Los indicadores que permiten evaluar la Promoción Educativa deberán ser reportados una vez culminado y aprobado el periodo promocional o módulo de aprendizaje respectivo. Nº Nombre
1
Eficacia
Periodicidad Forma de cálculo
Anual
Número de estudiantes promocionados al Ciclo, grado, modalidad educativa o al área de Trabajo.
Unidades
Estudiantes promovidos
12. Seguimiento y monitoreo Las actividades de Promoción Educativa de los internos estudiantes se realizará en un periodo de duración total de (2040 minutos) (34 horas) (4 días, 2 horas). Con la finalidad de efectuar el seguimiento y control del proceso, la Dirección de Tratamiento Penitenciario a través de la Sub Dirección de Educación del INPE y los especialistas de educación regional, realizará la supervisión y monitoreo de manera inopinada sobre el cumplimiento del proceso, por lo menos una vez al año, con el objeto de realizar el mejoramiento continuo e implementar la simplificación administrativa. 13. Glosario a) Promoción Educativa: Es el reconocimiento que se le hace a un estudiante por haber culminado satisfactoriamente el ciclo inicial, intermedio y avanzado en Educación Básica Alternativa y el Ciclo inicial y medio en Educación Técnico Productiva. 14. Anexo • ANEXO N° 01 MAPRO “Libro de Registro Promocional”. • Anexo Nº 13 DIRECTIVA “Libro de Registro Promocional”.
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ANEXO 01 MAPRO / ANEXO 13 DIRECTIVA LIBRO DE REGISTRO PROMOCIONAL
– 151 –
15
14
13
12
11
10
9
8
7
6
5
4
3
2
1
N° Código de Orden Matrícula
Fecha de Ingreso al penal
Director de la Institución Educativa
Apellidos y nombres (interno - estudiante) Edad
Sexo
Especialidad que estudió
Profesor Responsable
Grado de Instrucción Promovido a:
Lugar y Fecha,
Duración (Meses)
Observaciones
ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN EDUCATIVA: OFICINA REGIONAL: MES: AÑO:
SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Promoción educativa
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
CERTIFICACIÓN EDUCATIVA MAPRO Nº 015-2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, abril de 2016 Versión 1.0
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº -0152016-INPE-DTP
CERTIFICACIÓN EDUCATIVA Historial del Documento
Fecha de elaboración / revisión Diciembre 2015
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por Fecha
Versión
05-May-2016
V 1.0
Documento Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE-DTP
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Certificación educativa
1. Definición Es el reconocimiento público y temporal de las competencias adquiridas dentro o fuera de las Instituciones Educativas para ejercer funciones profesionales o laborales. La certificación de competencias profesionales se realiza a las personas naturales que demuestren un conjunto de competencias laborales y profesionales adquiridas dentro o fuera de una Institución Educativa. Se realiza a través de un “Certificado” que viene a ser el testimonio o evidencia de hechos concluidos o constatados. 2. Objetivo Certificar académicamente las competencias educativas o laborales adquiridas por el interno estudiante, al término del ciclo o grado de educación básica alternativa, o modulo ocupacional de capacitación recibida en la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario. 3. Base legal • Ley Nº 28740, (23-may-2006) Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa. (SINEACE). • D.S. N° 018-2007-ED (10-jul-2007) Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa. • Ley General de Educación Nº 28044, (29-jul-2003), sus modificatorias las leyes 28123, 28302, 28329. • Decreto Supremo N° 011-2012-ED, (07-jul-2012), Reglamento de la Ley General de Educación. • Decreto Legislativo N°654, (02- ago-1991), Código de Ejecución Penal y su Reglamento Decreto Supremo N°015-2003-JUS, (11-set-2003). • Resolución Presidencial N° 082-2016-INPE/P, (10mar-2016), Directiva N°11-2016-INPE-DTP, “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. • Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, (10-oct-2007) Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario.
4. Alcance Al personal docente, administrativo, directivo y jerárquico de la Institución o área Educativa. 5. Límite del proceso Usuario: Interno Entrada del Proceso: Documentación Técnica Pedagógica del ciclo, grado o módulo educativo
Certificación Educativa.
Beneficiario: Internos Salida del Proceso: Certificado.
6. Requisitos Internos estudiantes que hayan concluido y aprobado satisfactoriamente un ciclo, grado, nivel en la modalidad de Educación Básica Alternativa y módulo educativo en el caso de Educación Técnico Productiva.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
7. Diagrama de flujo CERTIFICACIÓN EDUCATIVA
Director de la IE o quien haga sus veces
2.- Recibe, revisa y firma el certificado de estudios
Conforme
Sí
No
Profesor de la IE
1.- Elaboración de certificado de estudio
3.- Corrige los certificados de estudios observados
Inicio
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4.- Firma y remite a la UGEL/DRE para su visación
5.- Recepciona y entrega el certificado educativo visado por la UGEL/ DRE
Fin
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Certificación educativa
8.Actividades del procedimiento A continuación se detallan todas las actividades del Proceso: “Certificación Educativa”
Actividad 1
Elaborar el Certificado de Estudio.
a) Responsable
Profesor de apoyo administrativo
b) Instrucciones de Trabajo
1. Elaborar el certificado de estudio de conformidad al acta de evaluación. 2. Remitir al Director de la Institución Educativa.
c) Datos requeridos para la actividad
Formato de Certificado de Estudio
d) Datos que genera la actividad
Certificado de Estudio elaborado.
e) Tiempo de ejecución
60 minutos (1 hora)
f) Calificación personal
Conocimiento de las Normas Educativas del INPE y el Ministerio de Educación.
g) Documentos relacionados
Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su modificatoria las leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329. Y su reglamento D. S. N°011-2012-ED Código de Ejecución Penal Dec Leg. N° 654 y su Reglamento D.S. N° 015-2003-JUS. Directiva N°011-2016-INPE-DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”
Actividad 2
Recibir, revisar y firmar el Certificado de Estudio
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Verificar la correcta elaboración del Certificado de Estudios. 2. Disponer su corrección en caso de ser observado, pasando a la actividad tres (03). 3. Si es conforme firmar el Certificado de Estudios. 4. Remitir a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) o a la Dirección Regional de Educación (DRE) solicitando su visación.
c) Datos requeridos para la actividad
Certificado de estudio elaborados
d) Datos que genera la actividad
Certificado de estudio revisados
e) Tiempo de ejecución
120 minutos (2 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de las Normas Educativas del INPE y el Ministerio de Educación.
g) Documentos relacionados
Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su modificatoria las leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329. Y su reglamento D. S. N°011-2012-ED Código de Ejecución Penal Decreto Leg. N° 654 y su Reglamento D.S. N° 015-2003-JUS. Directiva N°011-2016-INPE-DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
Actividad 3
Corregir los Certificados de Estudios observados.
a) Responsable
Profesor de apoyo administrativo
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar los Certificados de estudios observados 2. Revisar y corregir los Certificados de Estudios 3. Remitir al Director para su firma
c) Datos requeridos para la actividad
Certificado de estudio observado
d) Datos que genera la actividad
Certificado de estudio corregido.
e) Tiempo de ejecución
60 minutos (1 hora)
f) Calificación personal
Conocimiento de las Normas Educativas del INPE y el Ministerio de Educación.
g) Documentos relacionados
Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su modificatoria las leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329. Y su reglamento D. S. N°011-2012-ED Código de Ejecución Penal Decreto Leg. N° 654 y su Reglamento D.S. N° 015-2003-JUS. Directiva N°011-2016-INPE-DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
Actividad 4
Corregir los Certificados de Estudios observados.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Verificar la correcta elaboración del Certificado de Estudios. 2. Si es conforme firmar el Certificado de Estudios 3. Remitir a la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) o a la Dirección Regional de Educación (DRE) solicitando su VISACIÓN.
c) Datos requeridos para la actividad
Certificado de estudio firmado
d) Datos que genera la actividad
Documento de remisión de certificados firmado por UGEL o DREC como cargo.
e) Tiempo de ejecución
240 minutos (4 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de las Normas Educativas del INPE y el Ministerio de Educación.
g) Documentos relacionados
Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su modificatoria las leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329. Y su reglamento D. S. N°011-2012-ED Código de Ejecución Penal Decreto Leg. N° 654 y su Reglamento D.S. N° 015-2003-JUS. Directiva N°011-2016-INPE-DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Certificación educativa
Actividad 5
Recepcionar y entregar el certificado educativo visado por la UGEL/DRE.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar el certificado educativo visado 2. Entregar el certificado educativo visado al interno promovido o egresado.
c) Datos requeridos para la actividad
Certificado educativo visado
d) Datos que genera la actividad
Registro de entrega de certificado educativo.
e) Tiempo de ejecución
30 minutos (½ hora)
f) Calificación personal
Conocimiento de las Normas Educativas del INPE y el Ministerio de Educación.
g) Documentos relacionados
Ley Nº 28044, Ley General de Educación y su modificatoria las leyes Nº 28123, Nº 28302 y Nº 28329. Y su reglamento D. S. N°011-2012-ED Código de Ejecución Penal Decreto Leg. N° 654 y su Reglamento D.S. N° 015-2003-JUS. Directiva N° 011-2016-INPE-DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
9. Responsabilidades 9.1 Profesor de apoyo administrativo o quien haga sus veces a) Archivar y consolidar los documentos técnicos pedagógicos (Actas de evaluación) de los estudiantes que culminaron, el ciclo, grado o módulo educativo de conformidad a los lineamientos del Ministerio de Educación. b) Remitir al término del ciclo, grado o módulo educativo, al Director de la Institución Educativa, la relación de estudiantes aptos para la Certificación Educativa. c) Remitir al Director de la Institución Educativa o a quien haga sus veces la relación de los internos que culminaron sus estudios de Educación Básica Alternativa EBA o de Educación Técnico Productivo CETPRO. Para la Certificación respectiva. 9.2. El Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces. a) Recibir y revisar la conformidad de la documentación técnico pedagógico que acredita la certificación de los estudiantes, devolviendo para su reelaboración en caso de ser observado. b) Una vez revisado, firmar los Certificados de estudios y tramitar ante la UGEL de su jurisdicción para visto bueno correspondiente.
c)
Tramitar y expedir por única vez y en forma gratuita el Certificado de Estudios a los internos que culminaron sus estudios de Educación Básica Alternativa EBA o de Educación Técnico Productivo CETPRO. d) El trámite y expedición del Certificado de Estudios por duplicado se realiza a solicitud de parte, adjuntando el recibo de pago del monto establecido en la normatividad para tal fin. e) Recepcionar los Certificados de Estudios visados en la UGEL del sector, registrar en el cuaderno de control de emisión de Certificados y Títulos de la Institución Educativa y entregar a los internos beneficiados. Instrucciones: a) La elaboración, trámite y expedición de los Certificados oficiales de estudios por única vez a los internos que culminaron sus estudios es de oficio y completamente gratuito. b) La elaboración, trámite y expedición de los Certificados oficiales de estudios por duplicado es a solicitud de parte, previo pago del monto establecido por la normatividad educativa. c) Para la expedición del Certificado de Estudios se harán uso de los formatos autorizados por las normas
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 036-2016-INPE/12
del Ministerio de Educación o del Instituto Nacional Penitenciario. d) El Director de la Institución Educativa gestionará oportunamente los formatos Técnico Pedagógicos oficiales o en su defecto solicitara autorización de la UGEL de la jurisdicción a fin de utilizar formatos impresos si la normatividad educativa permite. e) Los Certificados de Estudios expedidos en la Institución Educativa, no llevará el membrete institucional y los sellos que use el Director o quien haga sus veces para firmarlos prescindirán de toda referencia al Establecimiento Penitenciario. 10. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del procedimiento y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente. Nº Nombre
1
Eficacia
Periodicidad Forma de cálculo
Mensual
Certificados de estudios entregados
Unidades
Cantidad de Certificados
11. Duración El plazo para la elaboración y remisión de los Certificados de Estudios a la UGEL del sector es de 510 minutos, (8.5 horas), (1 día 30 minutos)
12. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición de los procesos, la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, realizarán: • •
Una revisión de manera inopinada al proceso, por lo menos una vez al año. Solicitar periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del proceso, con el objeto de realizar el mejoramiento continuo y la simplificación administrativa.
13. Glosario 13.1 Certificado de estudios: Documento técnico administrativo oficializado por el Ministerio de Educación a través del cual la Institución Educativa certifica las calificaciones finales obtenidas en dada asignatura por los estudiantes. 13.2 Certificación: Es la aprobación satisfactoria de cada módulo ocupacional, ciclo básico o ciclo medio; precisando la competencia laboral, capacidades terminales logradas, cantidad de horas efectivas de aprendizaje, Nombre de la institución y el lugar donde se ha realizado la práctica pre profesional que habilita para el desempeño laboral.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
EDUCACIÓN SUPERIOR A DISTANCIA MAPRO Nº 024-2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, junio de 2016 Versión 1.0
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 057-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 0242016-INPE-DTP
EDUCACIÓN SUPERIOR A DISTANCIA
HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha de elaboración / revisión Junio 2016
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por Fecha 01-JUL.2016
Versión V 1.0
Documento Resolución Directoral N°057-2016-INPE-DTP
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Educación superior a distancia
1. Definición El proceso describe el conjunto de actividades a realizarse para el desarrollo de la educación a distancia, la cual es una modalidad transversal, soporte de la educación permanente que complementa, refuerza o reemplaza la educación presencial y amplía la cobertura de la oferta sin límites geográficos ni temporales. Emplea medios de comunicación escritos y tecnológicos para el acceso a la educación y tiene un sistema de tutoría que promueve, organiza, orienta, motiva y evalúa a los estudiantes.
4. Alcance Dirección de Tratamiento Penitenciario, Subdirección de Educación Penitenciaria, Direcciones Regionales, Coordinador Educativo de la Oficina Regional, Director del Establecimiento Penitenciario, Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento, Director de la Institución Educativa y servidores que participan en el procedimiento (Especialistas de Educación y personal docente 5. Límite del proceso
2. Objetivo Normar los procedimientos para la coordinación, supervisión, control y evaluación de las actividades desarrolladas en la ejecución de la Educación a Distancia, efectuados por la entidad Cooperante dirigidos a los internos de los Establecimientos Penitenciarios a nivel nacional canalizados a través de Convenios de Cooperación Interinstitucional. 3. Base legal • Constitución Política del Perú de 1993. • Decreto legislativo Nº 654, (02-ago-1991), “Código de Ejecución Penal” • Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, (11-set-2003), “Reglamento del Código de Ejecución Penal” y su modificatoria. • Ley 28044, (29-jul-2003), Ley general de educación y su reglamento D.S. Nº 011-2012-ED, (07-jul-2012) • Directiva Nº011-2016-INPE/DTP, (10-marz-2016), “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”
Usuario: Interno Entrada del Proceso: Solicitud del interno.
Proceso de desarrollo de la educación a distancia.
Beneficiario: Internos matriculados Salida del Proceso: Registro de internos estudiantes de Educación a Distancia. Certificación y Acreditación.
6. Requisitos • Convenio de Cooperación Interinstitucional. • Solicitud de interno. • Documentos y procesos requeridos por la entidad cooperante según el convenio.
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7. Diagrama de flujo
DESARROLLO DE EDUCACIÓN A DISTANCIA
Director del E.P. o quien haga sus veces
Secretaría de Consejo Técnico Inicio
Profesor tutor
6.- Recibe la relación de matriculados en educación a distancia
3.- Recepciona y deriva la solicitud
1.- Difunde los requisitos para el proceso de admisión a carreras profesionales o especialidades técnicas
2.- Presenta solicitud del interno de admisión al concurso
4.- Participa en el proceso de concurso de admisión en forma coordinada con la entidad cooperante
Solicitud de admisión
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5.- Comunica resultados del proceso de admisión
7.- Elabora el registro de internos estudiantes y monitorea el proceso de educación a distancia
Fin
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Educación superior a distancia
8. Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: Desarrollo de Educación a Distancia.
Actividad 01
Difundir los requisitos para el proceso de Admisión a las carreras profesionales o especialidades técnicas.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Difundir los alcances del Convenio de Cooperación Interinstitucional a la población penitenciaria. 2. Difundir el cronograma y requisitos para el proceso de admisión a la población penitenciaria. 3. Disponer la publicación de las carreras profesionales o especialidades técnicas ofertadas por la entidad cooperante para la población penitenciaria.
c) Datos requeridos para la actividad
Convenio de Cooperación Interinstitucional.
d) Datos que genera la actividad
1. Comunicación de requisitos y cronograma de inscripción para el concurso de admisión.
e) Tiempo de ejecución
90 minutos (hora y media)
f) Calificación personal
Conocimiento en normas de educación pública y penitenciaria.
g) Documentos relacionados
Convenio de Cooperación Interinstitucional. Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva Nº011-2016-INPE/DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”
Actividad 02
Presentar la solicitud de admisión del interno al concurso.
a) Responsable
Profesor Tutor de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario
b) Instrucciones de Trabajo
1. Asesorar a los internos interesados de participar en el concurso 2. Verificar la correcta elaboración de la solicitud de admisión 3. Presentar solicitud del interno postulante adjuntando los requisitos al Director del Establecimiento Penitenciario.
c) Datos requeridos para la actividad
Convocatoria al concurso, cronograma de inscripción y requisitos de acceso.
d) Datos que genera la actividad
Presentación de solicitud documentada.
e) Tiempo de ejecución
90 minutos (hora y media) Conocimiento en normas de educación pública y penitenciaria.
f) Calificación personal g) Documentos relacionados
Convenio de Cooperación Interinstitucional. Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva Nº011-2016-INPE/DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”
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Actividad 03
Recepcionar y derivar la solicitud.
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Disponer la recepción de la solicitud a través de trámite documentario 2. Derivar la solicitud al Director de la Institución Educativa. 3. Brindar las facilidades de ingreso al Establecimiento Penitenciario a los docentes y tutores de la entidad cooperante 4. Otorgar un carné o constancia de autorización de ingreso a los docentes o tutores asignados por la entidad cooperante. 5. Disponer las facilidades de infraestructura para el cumplimiento de sus funciones de los tutores y docentes asignados por la entidad cooperante.
c) Datos requeridos para la actividad
Solicitud documentada del interno.
d) Datos que genera la actividad
Solicitud del interno con sello de recepción y proveído del director.
e) Tiempo de ejecución
30 minutos (media hora)
f) Calificación personal
Conocimiento en Normas de Educación Penitenciaria y trámite documentario
g) Documentos relacionados
Convenio de Cooperación Interinstitucional. Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA.
Actividad 04
Participar en el proceso de concurso de admisión en forma coordinada con la entidad cooperante.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar y consolidar las solicitudes de los internos que deseen postular. 2. Remitir a la entidad cooperante las solicitudes y demás documentos presentados por los solicitantes. 3. Coordinar y brindar facilidades para la aplicación del examen de admisión por la entidad cooperante para los internos aptos. 4. Recepcionar la relación oficial de internos ingresantes y matriculados oficialmente por la entidad cooperante. 5. Coordinar con representantes de la entidad cooperante sobre la relación, horarios y funciones de los docentes, tutores y administrativos. 6. Coordinar con el Director del Establecimiento Penitenciario para brindar facilidades a los docentes, tutores y administrativos de la Entidad Cooperante.
c) Datos requeridos para la actividad
Solicitudes documentadas de los internos concursantes.
d) Datos que genera la actividad
Relación de internos ingresantes y matriculados oficialmente
e) Tiempo de ejecución
2400 minutos (40 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento en Normas de Educación Penitenciaria – Ley, reglamento y estatuto de la entidad cooperante.
g) Documentos relacionados
Convenio de Cooperación Interinstitucional. Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Educación superior a distancia
Actividad 05
Comunicar resultados del proceso de Admisión
a) Responsable
Director de la Institución Educativa
b) Instrucciones de Trabajo
1. Comunicar al Director del establecimiento penitenciario el resultado del concurso de admisión, de los internos ingresantes y matriculados. 2. Comunicar a los internos el resultado del concurso.
c) Datos requeridos para la actividad
Relación de internos postulantes.
d) Datos que genera la actividad
Relación de internos ingresantes
e) Tiempo de ejecución
90 minutos (hora y media)
f) Calificación personal
Conocimiento en Normas de Educación Penitenciaria
g) Documentos relacionados
Convenio de Cooperación Interinstitucional. Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA.
Actividad 06
Recibir la relación de matriculados en educación a distancia.
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recepcionar la relación de internos matriculados en Educación Superior a Distancia. 2. Otorgar un carné de identificación al personal de la entidad Cooperante detallando: Nombre de la entidad, apellidos y nombres del personal, función a desempeñar, día, fecha y hora de ingreso.
c) Datos requeridos para la actividad
Relación de ingresantes y matriculados.
d) Datos que genera la actividad
Carné de identificación al personal de la entidad cooperante.
e) Tiempo de ejecución
480 minutos (seis horas)
f) Calificación personal
Conocimiento en Normas de Educación Penitenciaria
g) Documentos relacionados
Convenio de Cooperación Interinstitucional. Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA.
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Actividad 07
Elabora el registro de internos estudiantes y monitorea el proceso de Educación a Distancia
a) Responsable
Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Elaborar el Registro digital de internos estudiantes de educación a distancia. 2. Elaborar el Registro físico de internos estudiantes de educación a distancia. 3. Monitorear, evaluar e informar al Director del Establecimiento Penitenciario el proceso de educación superior a distancia de los internos. 4. Registrar e informar al Director del Establecimiento Penitenciario el resultado final de los estudios realizados por los internos en la modalidad de Educación a Distancia.
c) Datos requeridos para la actividad
Relación de internos matriculados.
d) Datos que genera la actividad
Registro de internos estudiantes de Educación a Distancia.
e) Tiempo de ejecución
90 minutos (hora y media)
f) Calificación personal
Conocimiento en Normas de Educación Penitenciaria
g) Documentos relacionados
Convenio de Cooperación Interinstitucional. Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. • Nombre de la carrera profesional • Ciclo de estudios (inicio y término) • Pabellón • Delito • Situación Jurídica • Evaluación (aprobado, desaprobado, retirado) • Observaciones (en caso de retiro detallar el motivo) • Nivel alcanzado (egresado, bachiller, titulo)
9. Responsabilidades 9.1. Instituto Nacional Penitenciario.- Promover la educación a distancia en la etapa de educación superior universitaria y no universitaria, tiene como objetivo complementar, reforzar o reemplazar la educación presencial atendiendo las necesidades y requerimientos de las personas privadas de libertad. 9.2. Director del Establecimiento Penitenciario.Brindar facilidades de ingreso al Establecimiento Penitenciario a los docentes y tutores de la entidad cooperante, otorgando un carné o constancia de autorización de ingreso y disponer las facilidades de infraestructura para el cumplimiento de sus funciones 9.3. Personal Directivo y Docente de las Instituciones educativas de los Establecimientos Penitenciarios.Son responsables de elaborar un registro físico y virtual de internos estudiantes de educación a distancia consignando los siguientes datos: • Nombre de la Entidad Cooperante • Periodo de vigencia (Inicio y término) • Nombre del coordinador de la entidad cooperante • Apellidos y nombres del estudiante • Código de matrícula
10. Responsabilidades compartidas: INPE-Entidad Cooperante 10.1. Concurso de admisión y matrícula en la modalidad educativa: a) El Concurso de admisión de los internos en la modalidad de educación a distancia será en la etapa de educación superior universitario o no universitario a través de convenios de cooperación interinstitucional y sujetos al reglamento de admisión y estatutos de la Entidad Cooperante. b)
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La Matrícula es un proceso de registro de internos que lograron postular, ingresar y cumplieron los requisitos exigidos por la institución de educación superior universitaria o no universitaria que tiene convenio con el INPE, cuyo proceso es responsabilidad: • Del personal acreditado por la entidad cooperante de
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y no Universitaria públicas y privadas, consideradas como instituciones educativas cooperantes, para desarrollar acciones educativas en la modalidad de educación a distancia en los establecimientos penitenciarios deberán acreditar a su personal docente, tutores y administrativos presentando lo siguiente: • Relación del personal docente, tutores y administrativos • Copia legalizada del documento nacional de identidad (DNI) • Funciones específicas a desempeñar en el interior de los Establecimientos Penitenciarios. • Dos fotografías a colores para su carné de identidad
acuerdo a la normatividad y requisitos establecidos. • Corresponde la matrícula para aquellos internos que hayan cumplido con los requisitos establecidos por la entidad cooperante según convenio suscrito. • En el caso que el interno estudiante sea trasladado a otro establecimiento penitenciario, podrá conservar su matrícula y continuar sus estudios siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por la entidad cooperante. 10.2. Evaluación y Acreditación Educativa a) Evaluación educativa.- Permite verificar o medir el logro de competencias y capacidades de los internos estudiantes de acuerdo a los estándares de exigencias establecidas por la entidad cooperante. • Los procedimientos de la evaluación para esta modalidad se regirá por las normas establecidas en el Ministerio de Educación, Sistema de Educación Superior, y estará a cargo del personal de la entidad cooperante. • Los internos que por razones de diligencias hospitalarias, judiciales o traslados a otro establecimiento penitenciario no fueron evaluados oportunamente, podrán solicitar la reprogramación sustentando en forma documentada ante la entidad cooperante. • El resultado de las evaluaciones serán remitidas por la entidad cooperante a la dirección de la Institución Educativa del establecimiento penitenciario dentro de los cinco días hábiles posteriores a su aplicación. b)
Acreditación de los estudios.- Es la certificación de competencias profesionales otorgada por la entidad cooperante en concordancia a los estándares establecidos por la SUNEDU, el CONEAU y el CONEACES como órganos operadores del SINEACE. • La entidad cooperante otorgará boletas de notas, constancias y certificados de estudios oficiales a los internos estudiantes de la modalidad a distancia, a solicitud de parte y pago de derechos que correspondan. • La entidad cooperante otorgará: certificados de estudios, grados académicos, títulos profesionales o técnicos; a los internos que hayan concluido satisfactoriamente la carrera profesional o técnica superior.
b)
En la dirección del establecimiento penitenciario existirá un padrón o registro del personal acreditado de la entidad cooperante que ingresará al establecimiento, indicando: apellidos y nombres, día, fecha, hora y motivo de ingreso, y; hora de salida.
10.4. Beneficio de la Redención de la Pena por la Educación: a) El 50% de los estudios que realizan los internos bajo esta modalidad es exclusivamente a distancia sin la posibilidad de acogerse al beneficio de la redención de la pena por la educación por no existir presencia física o interacción entre el docente o tutor con los estudiantes. b)
El 50% de los créditos profesionales establecidos por Ley bajo la modalidad de educación a distancia debe desarrollarse con presencia física e interacción entre docente o tutor con los estudiantes en estos casos los estudiantes se beneficiarán con la redención de la pena por la educación si cumplen los siguientes requisitos: • Haber permanecido (04) horas cronológicas efectivas mínimas al día en el aula de clase del Profesor o cuando se lleve a cabo la tutoría presencial. • Estar registrado en el Libro de Planilla de control de asistencia: los días asistidos, nota evaluativa aprobatoria, firma y huella digital del interno estudiante.
c)
De darse el caso el Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces elaborará el Libro de Planilla de Control Educativo para registrar a los internos estudiantes que cumplen los requisitos, haciendo uso del Anexo N°011, formato aprobado por Directiva N°011-2016-INPE/DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria.
10.3. Acreditación del personal de la entidad cooperante a) Las Instituciones de Educación Superior Universitaria
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10.5. Coordinación y Supervisión a) El Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario mantendrá en forma permanente coordinaciones con la entidad cooperante para llevar el control adecuado de los internos estudiantes. b)
El Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario informará mensualmente a la Oficina Regional de su jurisdicción y ésta a su vez a la Subdirección de Educación de la Sede Central INPE, sobre las acciones educativas que viene desarrollando la entidad cooperante en beneficio de la población penal bajo la modalidad de educación a distancia.
c)
La Dirección de Tratamiento a través de la Subdirección de Educación Penitenciaria realizará el monitoreo y supervisión de las acciones que realizan las entidades cooperantes de la modalidad de educación a distancia.
d)
La Subdirección de Tratamiento de la Oficina Regional realizará un informe anual de evaluación a la entidad cooperante respecto al cumplimiento de los compromisos asumidos en el convenio de cooperación interinstitucional.
11. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del procedimiento y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente. Nº Nombre
Periodi- Forma de cálculo cidad
Unidades
1
Mensual Solicitudes Presentadas.
Cantidad
Eficacia
Internos matriculados como estudiantes Internos aprobados
Cantidad
Cantidad
12. Duración 3270 minutos equivalentes a 54 horas y media. (6 días, 6 horas 30 minutos). El tiempo indicado está relacionado con los plazos que utilizan los operadores del INPE, al realizar las actividades que permitan el desarrollo de la educación a distancia. El tiempo de duración de los estudios de las carreras profesionales o técnicas está determinado por el reglamento o estatuto de la entidad cooperante. 13. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición de los procesos, la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, realizarán: • Una revisión de manera inopinada al proceso, por lo menos una vez al año. • Solicitará periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del proceso. • Evaluar el procedimiento para realizar el mejoramiento continuo. 14. Glosario • Autoinstructivo: Acciones educativas que realiza el alumno individualmente con el apoyo y utilización de los materiales educativos y tutoría en forma periódica del profesor. • Entidad Cooperante: Universidades, Institutos y Escuelas de Educación Superior, públicas o privadas que han suscrito convenios con el Instituto Nacional Penitenciario para desarrollar actividades de educación superior bajo la modalidad a distancia y forma educativa semi-presencial. SUNEDU: Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria. CONEACES: Consejo de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Superior no Universitaria. SINEACE: Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la calidad educativa. CONEAU: Órgano Operador del Sistema Nacional de la Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa (SINEACE) encargado de definir los criterios, indicadores y estándares de medición para garantizar en las universidades públicas y privadas niveles aceptables de calidad.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
REGISTRO DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS MAPRO Nº 025-2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, junio de 2016 Versión 1.0
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PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 0252016-INPE-DTP
REGISTRO DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA EN INSTITUCIONES EDUCATIVAS
HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha de elaboración / revisión Junio de 2016
Versión V 1.0
Naturaleza del Cambio
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Elaboración
Aprobado por Fecha 01-JUL.2016
Versión V 1.0
Documento Resolución Directoral N°057-2016-INPE-12
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro de información estadística en instituciones educativas
1. Definición Consiste en recabar y consolidar información estadística de las Instituciones o áreas educativas de los Establecimientos Penitenciarios haciendo uso de formatos aprobados por norma del Sistema Estadístico Penitenciario. 2. Objetivo Orientar las actividades de digitalización o procesamiento de información estadística de las Instituciones Educativas, para facilitar su acopio, actualización y administración, que permita brindar información confiable, veraz y oportuna relacionada a las acciones educativas en los Establecimientos Penitenciarios a nivel Nacional. 3. Base legal • Constitución Política del Perú - 1993. • Decreto legislativo Nº 654, (02-ago-1991), “Código de Ejecución Penal”. • Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, (11-set-2003), “Reglamento del Código de Ejecución Penal” y su modificatoria. • Ley 28044 – Ley general de educación y su reglamento, D.S. Nº 011-2012-ED • Directiva Nº003-2015-INPE-OPP - Sistema Estadístico Penitenciario (SEP) • Directiva Nº011-2016-INPE/DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”.
4. Alcance Al personal docente de la Institución Educativa, Subdirector de la Institución Educativa, Responsable de biblioteca o quien haga las veces, Director de la Institución Educativa o quien haga las veces, Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento, Subdirector de Tratamiento de la Oficina Regional, Coordinador de Educación de la Oficina Regional, Subdirección de Educación, Unidad de Estadística de la Sede Central. 5. Límite del proceso
Usuario: Interno Entrada del Proceso: Directiva Nº003-2015INPE-OPP
Registro de información estadística de las Instituciones Educativas
Beneficiario: Internos matriculados Salida del Proceso: Registro estadístico educativo en las Instituciones Educativas.
6. Requisitos Información de Libros de Control Educativo (Libro de Registro de Educación, Libro de Planilla de Control Educativo, Libro de Control de Evaluaciones, Planilla de control educativo de los días sábados).
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7. Diagrama de flujo REGISTRO DE INFORMACIÓN ESTADÍSTICA DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Unidad de Estadística de la Sede Central
7.- Revisa y procesa la información estadística a nivel nacional.
Fin
6.- Recibe los formatos, revisa y consolida la información a nivel nacional.
Sub Director de Educación Penitenciaria
5.- Recibe los formatos, revisa, consolida la información y remite ala Subdirección de Educación y a la Unidad de Estadística de la Sede Central
Sub Director de Tratamiento (Especialista de Educación)
Director de la IE o quien haga sus veces
4.- Revisa los formatos BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y Datos de la IE
3.- Registra los formatos BD2, BD5, BD6, BD7, BD8 y Datos de la IE
Responsable de Biblioteca
2.- Procesar formatos BD3 y BD4
Profesor de la IE Inicio
1.- Registra el formato BD1
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro de información estadística en instituciones educativas
8. Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: Registro de información estadística en Instituciones Educativas.
Actividad 01
Registrar en el formato BD1 “Base de Datos y control educativo de los internos estudiantes.
a) Responsable
Profesor responsable de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Registrar en el Formato “BD1” en archivo Excel los datos de los libros de Registro de Educación, Libros de Planilla de Control Educativo, Libros de Control de Evaluaciones, Planillas de control educativo de los días sábados. 2. Remitir el formato “BD1” al Director o quien haga sus veces de la Institución Educativa mensualmente hasta el tercer día hábil de culminado el mes académico, en archivo virtual.
c) Datos requeridos para la actividad
Formato BD1 – “Base de datos y control educativo de los internos estudiantes”
d) Datos que genera la actividad
Formato Procesado BD1- “Base de datos y control educativo de los internos estudiantes”
e) Tiempo de ejecución
720 minutos (12 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del software Excel para digitalizar la información estadística de educación.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva N°011-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. Directiva Nº003-2015-INPE-OPP - Sistema Estadístico Penitenciario (SEP
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Actividad 02
Procesar en el formato BD3, BD4 “Consolidado de préstamos de textos de la biblioteca” y “Datos de la Biblioteca”.
a) Responsable
Responsable de Bibliotecas del Establecimiento Penitenciario
b) Instrucciones de Trabajo
1. Procesar datos de los cuadernos de registro de materiales bibliográficos y no bibliográficos al Formato BD3 “Consolidado de préstamos de textos de la biblioteca” y BD4 “Datos de la Biblioteca”. 2. Remitir mensualmente de manera virtual los Cuadros BD3 y BD4 debidamente consolidados al Director de la Institución Educativa, dentro de los tres primeros días hábiles del mes siguiente.
c) Datos requeridos para la actividad
Formatos BD3 “Consolidado de préstamos de textos de la biblioteca” y BD4 “Datos de la Biblioteca”; por procesar
d) Datos que genera la actividad
Formato procesado del BD3-“Consolidado de préstamos de textos de la biblioteca” y BD4 “Datos de la Biblioteca”.
e) Tiempo de ejecución
720 minutos (12 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del software Excel para digitalizar la información estadística de educación de los Establecimientos Penitenciarios.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento. Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva N° 011-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. Directiva Nº 003-2015-INPE-OPP - Sistema Estadístico Penitenciario (SEP).
Actividad 03
Registrar en el Formato BD2, BD5, BD6, BD7, BD8 y Datos de la Institución Educativa.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario o quien haga sus veces
b) Instrucciones de Trabajo
1. Registrar en el Formato BD2 “Relación de documentos recibidos y remitidos” 2. Registrar en el Formato BD5 “Personal de Educación Penitenciaria” 3. Registrar en el Formato BD6 “Registro de niños según tipo de asistencia educativo” 4. Registra en el Formato BD7 “Base de datos de estudiantes de Educación a Distancia” 5. Registrar en el Formato BD8 “Plan Operativo Institucional” 6. Registrar los “Datos de la Institución Educativa Penitenciaria” 7. Remitir los formatos a la Subdirección de Tratamiento Regional en el plazo máximo de 05 días hábiles del mes siguiente.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro de información estadística en instituciones educativas
c) Datos requeridos para la actividad
Formato BD2, BD5, BD6, BD7, BD8 y Datos de la Institución Educativa. Por procesar.
d) Datos que genera la actividad
Formatos procesados BD2, BD5, BD6, BD7, BD8 y Datos de la Institución Educativa.
e) Tiempo de ejecución
720 minutos (12 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento de software Excel para digitalizar la información estadística de educación de los Establecimientos Penitenciarios.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva N°011-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. Directiva Nº003-2015-INPE-OPP - Sistema Estadístico Penitenciario (SEP)
Actividad 04
Revisar los formatos BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8, y Datos de la Institución Educativa Penitenciaria.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa del Establecimiento Penitenciario o quien haga las veces.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Verifica que la información del archivo Excel que contiene los cuadros BD1 coincida con la información el Libro Planilla de Control Educativo, Libro Registro de Educación y Libro de Control de Evaluaciones, de encontrar conformidad se consolida, de lo contrario devuelve para su corrección y reelaboración adecuada. 2. Recibir, revisar y consolidar los cuadros BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7 y BD8; si es observado devuelve para su corrección y orientar su reelaboración. 3. Remitir los formatos debidamente consolidados a la Subdirección de Tratamiento de la Oficina Regional en el plazo máximo de 05 días hábiles del mes siguiente.
c) Datos requeridos para la actividad
Formatos por consolidar en Excel de los cuadros BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa Penitenciaria.
d) Datos que genera la actividad
Registro de Formatos consolidados en Excel de los cuadros BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7 y BD8.
e) Tiempo de ejecución
720 minutos (12 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del software Excel para digitalizar la información estadística de educación de los Establecimientos Penitenciarios.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva N°011-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. Directiva Nº003-2015-INPE-OPP - Sistema Estadístico Penitenciario (SEP)
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Actividad 05
Recibir los formatos, revisar, consolidar la información y remitir a la Subdirección de Educación y a la Unidad de Estadística de la Sede Central.
a) Responsable
Subdirector de Tratamiento (Especialista en Educación Regional)
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir y revisar los formatos debidamente procesados de cada Establecimiento Penitenciario. 2. De no ser observado consolidar la información a nivel regional, si es observado devolver al establecimiento penitenciario de origen para su corrección. 3. Remitir en archivo virtual y físico los formatos debidamente consolidados a nivel regional a la Subdirección de Educación dentro de los siete (07) primeros días calendarios del mes siguiente. 4. Remitir en archivo virtual y físico los formatos debidamente consolidados a nivel regional a la Unidad de Estadística de la Sede Central dentro de los siete (07) primeros días calendarios del mes siguiente.
c) Datos requeridos para la actividad
Formatos en Excel de los cuadros BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa remitidos de los Establecimientos Penitenciarios.
d) Datos que genera la actividad
Registro de Formatos consolidados a nivel regional en Excel de los cuadros BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa.
e) Tiempo de ejecución
720 minutos (12 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del software Excel para digitalizar la información estadística de educación de los Establecimientos Penitenciarios.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva N°011-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. Directiva Nº003-2015-INPE-OPP - Sistema Estadístico Penitenciario (SEP)
Actividad 06
Recibir los formatos, revisar y consolidar la información a nivel nacional
a) Responsable
Subdirector de Educación Penitenciaria (Sede Central)
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir los formatos en virtual y físico debidamente procesados de cada una de las Oficinas Regionales. 2. Devolver a la Oficina Regional en caso de ser observada la información para las correcciones. 3. Consolidar la información educativa a nivel nacional. 4. Remitir a la Unidad de Estadística para contrastar, revisar y procesar la información de los formatos a nivel nacional.
– 180 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro de información estadística en instituciones educativas
c) Datos requeridos para la actividad
Formatos en Excel por consolidar de los cuadros BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa Penitenciaria remitidos de las Oficinas Regionales.
d) Datos que genera la actividad
Registro de Formatos en Excel consolidados de los cuadros BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa Penitenciaria remitidos de las Oficinas Regionales.
e) Tiempo de ejecución
720 minutos (12 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del software Excel para digitalizar la información estadística de educación de los Establecimientos Penitenciarios.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva N° 011-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. Directiva Nº 003-2015-INPE-OPP - Sistema Estadístico Penitenciario (SEP).
Actividad 07
Revisar y procesar la información estadística a nivel nacional
a) Responsable
Jefe Unidad de Estadística (Sede Central)
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir y revisar los formatos de cada una de las Oficinas Regionales. 2. Devolver a la Oficina Regional en caso de ser observada la información para sus correcciones. 3. Consolidar la información a nivel nacional. 4. Utilizar la información.
c) Datos requeridos para la actividad
Formatos en Excel por procesar de los cuadros BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa Penitenciaria remitidos de las Oficinas Regionales.
d) Datos que genera la actividad
Registro de Formatos en Excel procesados a nivel nacional de los cuadros BD1, BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa Penitenciaria remitidos de las Oficinas Regionales
e) Tiempo de ejecución
480 minutos (8 horas)
f) Calificación personal
Conocimiento del software Excel avanzado para procesar o digitalizar la información estadística de educación de los Establecimientos Penitenciarios.
g) Documentos relacionados
Código de Ejecución Penal y su Reglamento Manual de Procedimiento del TUPA. Directiva N° 011-2016-INPE-DTP. “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. Directiva Nº 003-2015-INPE-OPP - Sistema Estadístico Penitenciario (SEP)
– 181 –
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 057-2016-INPE/12
9. Responsabilidades 9.1. Profesor de la Institución Educativa a). Registrar en archivo Excel el Formato “BD1” denominado “Base de datos y control educativo de los internos estudiantes” b). Registrar en el Formato “BD1” los datos de los libros de Registro de Educación, Libros de Planilla de Control Educativo, Libros de Control de Evaluaciones, Planillas de control educativo de los días sábados. c).
Remite el formato “BD1” al Director de la Institución Educativa o a quien haga sus veces, en archivo virtual y dentro de los tres primeros días hábiles siguientes de cada mes estudiado.
9.2. Responsable de la Biblioteca a). Registrar las actividades de lectoescritura, materiales bibliográficos y no bibliográficos que posee la biblioteca a través de un cuaderno de registro de materiales debidamente aperturado. b). Procesar datos de los cuadernos de registro de materiales bibliográficos y no bibliográficos al Formato “BD3” denominado “Consolidado de préstamos de textos de la biblioteca”. c). Procesar la información en el Formato “BD4”, denominado “Datos de la Biblioteca”. d). Remitir mensualmente y de manera virtual al Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces los Cuadros BD3 y BD4 debidamente consolidados, dentro de los tres primeros días hábiles del mes siguiente de labor académica. 9.3. Director de la Institución Educativa o quien haga sus veces a). Recibir y revisar el archivo Excel que contiene los Formatos BD1, contrastándolo con el Libro Planilla de Control Educativo, Libro Registro de Educación y Libro de Control de Evaluaciones. b)
Si no existen observaciones consolidar la información del Formato BD1, caso contrario devuelve al Profesor responsable para su reelaboración.
c)
Elaborar o delegar la función de elaboración de los formatos BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa Penitenciaria.
d)
Recibir, revisar y si no hay observaciones consolidar los cuadros BD2, BD3, BD4, BD5, BD6, BD7, BD8 y datos de la Institución Educativa Penitenciaria caso contrario es devuelto al responsable para su reelaboración.
e)
Remitir en virtual y físico los formatos debidamente consolidados a la Subdirección de Tratamiento de la Oficina Regional.
9.4. Subdirector de Tratamiento de la Oficina Regional a). Derivar al Especialista de Educación Regional los formatos debidamente procesados de cada Establecimiento Penitenciario para su consolidación en caso de no existir observaciones. b). Remitir en calidad de devolución al establecimiento penitenciario de origen para su corrección en caso que sea observado. c). Remitir en archivo virtual y físico los formatos consolidados a nivel regional a la Subdirección de Educación dentro de los siete (07) primeros días calendarios del mes siguiente. d). Remitir en archivo virtual y físico los formatos debidamente consolidados a nivel regional a la Unidad de Estadística de la Sede Central dentro de los siete (07) primeros días calendarios del mes siguiente. 9.5. Subdirector de Educación Penitenciaria de la Sede Central a). Recibir los formatos en virtual y físico debidamente procesados de cada Oficina Regional. b). Devolver a la oficina regional en caso de ser observada la información disponiendo un plazo perentorio para las correcciones que ameriten. c). Consolidar la información educativa a nivel nacional.
– 182 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro de información estadística en instituciones educativas
d). Remitir a la Unidad de Estadística para contrastar, revisar y procesar la información de los formatos a nivel nacional. 9.6. Jefe de la Unidad de Estadística de la Sede Central a). Recibir, revisar y contrastar los formatos remitidos por las Oficinas Regionales y la Subdirección de Educación de la Sede Central. b). Devolver a la Oficina Regional en caso de ser observada la información para sus correcciones c).
Consolidar la información a nivel nacional
d). Difundir y publicar la información estadística a través de la página institucional. 10. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del procedimiento y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente. Nº Nombre
Periodicidad Forma de cálculo
Unidades
1
Mensual
PADIN mensual
Eficacia
Padrón de internos estudiantes
13. Glosario • SEP: Sistema Estadístico Penitenciario • PADIN de estudiantes: Padrón de internos estudiantes. • Formato BD1: “Base de Datos y control educativo de los internos estudiantes” • Formato BD2: “Relación de documentos recibidos y remitidos” • Formato BD3: “Consolidado de préstamos de textos de la biblioteca” • Formato BD4: “Datos de la biblioteca” • Formato BD5: “Personal de Educación Penitenciaria” • Formato BD6: “Registro de niños según tipo de asistencia educativo” • Formato BD7: “Base de datos de estudiantes de Educación a Distancia” • Formato BD8: “Plan Operativo Institucional” 14. Anexo ANEXO N° 01: Formato 01 MAPRO “Estadística de las actividades de Asistencia Educativa” Formato 03 DIRECTIVA N°003-2015-INPE-OPP. “Estadística de las actividades de Asistencia Educativa”
11. Duración El plazo para la elaboración y remisión de Formatos Estadísticos en las Instituciones Educativas es de diez (10) días hábiles (80 horas), desde el inicio hasta el final del procedimiento. 12. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición de los procesos, la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, realizarán: • Una revisión de manera inopinada al proceso, por lo menos una vez al año. • Solicitarán periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del proceso.
– 183 –
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CICLO INICIAL (ALFABETIZACIÓN)
1er. Grado
2do. Grado
CICLO INTERMEDIO
1er. Grado
2do. Grado
3er. Grado
CICLO AVANZADO
1er. Grado
2do. Grado
3er. Grado
4to. Grado
EDUCACIÓN TÉCNICO PRODUCTIVA (FAMILIAS PROFESIONALES)
Administración y Comercio I
Administración y Comercio II
Actividades Agrarias I
Actividades Agrarias II
Artes Gráficas I
Artes Gráficas II
Artesanía y Manualidades I
Artesania y Manualidades II
Computación e Informática I
Computación e Informática II
Construcciones I
Construcciones II
Cuero y Calzado I
Cuero y Calzado II
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0
0
0
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0
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0
0
0
0
0
0
MUJ
SENT.
TOTAL MATRICULADOS
EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA (EBA)
TOTAL
MODALIDAD Y/O TIPO DE SERVICIO EDUCATIVO
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO DIRECCIÓN DE TRATAMIENTO PENITENCIARIO SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
0
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0
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0
0
0
MUJ HOMB MUJ
SENT.
DESAPROBADOS PROC.
0
0
0
TOTAL
ANEXO 01 MAPRO / FORMATO 03 DIRECTIVA ESTADÍSTICA DE LAS ACTIVIDADES DE ASISTENCIA EDUCATIVA ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO: INSTITUCIÓN O PROGRAMA EDUCATIVO: CUADRO 1. INTERNOS ESTUDIANTES SEGÚN CONDICIÓN JURÍDICA Y SEXO POR TIPO DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA Y CONDICIÓN DE EVALUACIÓN
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0
0
0
MUJ
SENT.
RETIRADOS PROC.
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 057-2016-INPE/12
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Electricidad y Electrónica II
Estética Personal I
Estética Personal II
Hostelería y Turismo I
Hostelería y Turismo II
Industrias Alimentarias I
Industrias Alimentarias II
Mecánica y Metales I
Mecánica y Metales II
Mecánica y Motores I
Mecánica y Motores II
Textil y Confección I
Textil y Confección II
Idiomas
EDUCACIÓN SUPERIOR A DISTANCIA
– 185 – 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
Administración y Negocios Internacionales
Ciencias Contables y Financieras
Ciencias de la Comunicación
Contabilidad y Finanzas
Derecho y Ciencias Políticas
Economía
Educación
Periodismo
Psicología
Otra
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AÑO
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0
0
0
0
Firma del Director del E.P Firma del Director de la I.E.
0
0
Administración
0
0
0
Electricidad y Electrónica I
OFICINA REGIONAL: MES
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0 0 0 0 0 0 0
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Firma del Responsable de Elaboración
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BD1
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Registro de información estadística en instituciones educativas
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Director (a)
Subdirector
Coordinador
Jefe de Talleres
Secretaria
Técnico Administrativo
Docente de Aula
Responsable de Biblioteca
Personal de Servicio
Otro
CEBA
– 186 –
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
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CETPRO
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IEI
TOTAL DE PERSONAL
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TOTAL
TOTAL
FUNCIÓN O CARGO
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INPE
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CEBA
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
CETPRO
MINEDU
CUADRO 2. PERSONAL DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA, SEGÚN SU FUNCIÓN O CARGO
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
IEI
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
CEBA
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
CETPRO
OTROS
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
0
IEI
BD5
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro de información estadística en instituciones educativas
CUADRO 3. PERSONAL DE LA I.E., SEGÚN EL GRADO DE INSTRUCCIÓN Y GÉNERO BD5 GRADO DE INSTRUCCIÓN
TOTAL
TOTAL PERSONAL
INPE
MINEDU
OTROS
HOMBRE
MUJER
HOMBRE
MUJER
HOMBRE
MUJER
HOMBRE
MUJER
TOTAL
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Doctor
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Magister
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Licenciado en Educación
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Profesor
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Bachiller en Educación
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Bachiller en otra especialidad
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Profesional con estudios pedagógicos
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Profesional sin estudios pedagógicos
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Técnico
0
0
0
0
0
0
0
0
0
Otro
0
0
0
0
0
0
0
0
0
– 187 –
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CUADRO 4. Nº DE PERSONAL, SEGÚN LA ESPECIALIDAD DEL TÍTULO OPTADO ESPECIALIDAD DEL TÍTULO
TOTAL ESPECIALIDAD DEL TÍTULO
BD5
TOTAL
TOTAL
0
E.S. CC.HH. Sociales
0
Educación Inicial
0
E.S. Idiomas
0
Educación Primaria
0
E.S. Educación Religiosa
0
E.P. Intercultural Bilingüe
0
E.T. Artes Industriales
0
Educación Especial
0
E.T. Comput. e Informática
0
Educación Física
0
E.T. Carpintería/Ebanista
0
Educación Artística
0
E.T. Mecánica de Producción
0
E.S. Lengua y Literatura
0
E.T. Mecánica Automotriz
0
E.S. Comunicación
0
E.T. Electricidad
0
E.S. Matemática y Física
0
E.T. Electrónica
0
E.S. Matemática
0
E.T. Agropecuaria
0
E.S. CC.SS. y Filosofía
0
E.T. Ind. del Vestido / Confecciones y Textiles
0
E.S. Ciencias Naturales
0
E.T. Ind. Alimentaria
0
E.S. Biología y Química
0
Otra Espec. Pedagógica.
0
E.S. Historia y Geografía
0
Otra No Pedagógica
0
– 188 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Registro de información estadística en instituciones educativas
CUADRO 5. Nº DE INTERNOS BENEFICIADOS DEL POI SEGÚN TAREAS Y/O ACCIONES EDUCATIVAS
BD8
TAREAS Y/O ACCIONES EDUCATIVAS
TOTAL EDUCACIÓN BÁSICA Educación Básica Regular - Nivel Inicial 1) Taller de coordinación motora gruesa y fina. 2) Desarrollo de proyectos básicos de Educación Inicial. EDUCACIÓN BÁSICA ALTERNATIVA Ciclo Inicial (Grado: 1º y 2º) 3) Taller de destreza motora. 4) Taller de lecto escritura y cálculo matemático. Ciclo Intermedio (Grado: 1º, 2º y 3º) 5) Taller de comprensión lectora. 6) Taller de cuidado y recuperación del ambiente. 7) Desarrollo de prog. audiovisual y de expresión artística. 8) Desarrollo de proyectos básicos en Educ. para el Trab. Ciclo Avanzado (Grado: 1º, 2º, 3º y 4º) 9) Taller de redacción y comprensión lectora. 10) Taller de oratoria. 11) Desarrollo de proyectos básicos en Educ. para el Trab. EDUCACIÓN TÉCNICO PRODUCTIVA 12) Taller de capacit. en planeamiento y gestión de MYPES. 13) Taller de elab. de proyectos product. y control de calidad. 14) Taller de productos terminados y marketing. 15) Expoferia de productos elab. Por internos (local - regional). EDUCACIÓN NO FORMAL PROGRAMA SOCIAL Y CULTURAL 16) Campeonato deportivo 17) Taller y exposición de dibujo y pintura. 18) Taller de danza. 19) Taller de poesía. 20) Taller de canto. 21) Taller de teatro. 22) Otros Talleres de actividades artísticas y culturales. PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA BIBLIOTECA 23) Implementación con textos y material audiovisual. 24) Concurso de redacción lit. y producción intelectual. 25) Taller de fomento de lectura de textos lit. y no lit.
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(i) BENEFICIADOS
Nº DE TAREAS Y/O ACCIONES
0
0
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0 0
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CUADRO 6. EDUCACIÓN, NIVEL INICIAL (NIÑOS/AS) BD6 MODALIDAD DE ATENCIÓN
TOTAL NIÑOS/AS
TOTAL
NIÑO
NIÑA
TOTAL
0
0
0
I.E.I.
0
0
0
CUNA
0
0
0
CUNA-JARDÍN
0
0
0
SET
0
0
0
PIET
0
0
0
WAWA PUKLLANA
0
0
0
OTRO
0
0
0
CUADRO 7. DOCUMENTOS EMITIDOS
BD2
TIPO DE DOCUMENTO
CANT.
TOTAL
0
CONSTANCIA DE ESTUDIO
0
CÓMPUTO EDUCATIVO
0
INFORME EDUCATIVO
0
CERTIFICADO DE MÓDULO DE LA ESPECIALIDAD
0
CERTIFICADO DE ESTUDIO
0
TÍTULO DE AUXILIAR TÉCNICO
0
TÍTULO DE TÉCNICO
0
OTRO
0
CUADRO 8. SOLICITUDES PARA MATRÍCULA MODALIDAD DE ATENCIÓN
BD2
PRESENTADO
ATENDIDO
TOTAL
0
0
CETPRO
0
0
CEBA
0
0
CETPRO/CEBA
0
0
Firma del Director de la I.E.
Firma del Director del E.P.
– 190 –
Firma del Responsable de Elaboración
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA
MANUAL DE PROCEDIMIENTOS
GESTIÓN EDUCATIVA DE NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 03 AÑOS EN ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS MAPRO Nº 026-2016-INPE-DTP SUBDIRECCIÓN DE EDUCACIÓN PENITENCIARIA
Lima, junio de 2016 Versión 1.0
– 191 –
DIRECTIVA N° 08-2007-INPE/P | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
– 192 –
DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACION DE LAS BIBLIOTECAS PENITENCIARIAS Y FOMENTO DE LA LECTURA
– 193 –
DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 057-2016-INPE/12
PROCEDIMIENTO Código
Nombre
MAPRO Nº 0262016-INPE-DTP
GESTIÓN EDUCATIVA DE NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 03 AÑOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
HISTORIAL DEL DOCUMENTO Fecha de elaboración / revisión Junio 2016
Versión V 1.0
Elaborado/revisado por Subdirección de Educación Penitenciaria
Naturaleza del Cambio Elaboración
Aprobado por Fecha 01-JUL-2016
Versión V 1.0
Documento Resolución Directoral °057-2016-INPE-DTP
– 194 –
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Gestion educativa de niños y niñas menores de 03 años en establecimientos penitenciarios
1. Definición El Manual de Procedimientos describe el conjunto de actividades a realizarse para la atención de los servicios educativos de Educación Inicial a niños y niñas menores de 03 años, cuyas madres se encuentran privadas de libertad en los establecimientos penitenciarios. El INPE y el MINEDU asumen el compromiso y responsabilidad multisectorial por ser un servicio prioritario que contribuye al desarrollo integral teniendo en cuenta el aspecto social, afectivo, cognitivo, expresión oral, artística y desarrollo psicomotriz, atendiendo necesidades de salud y nutrición en el marco del respeto de sus derechos fundamentales. 2. Objetivo Normar los procedimientos para la inscripción, matricula, atención educativa, alimentación y nutrición, dichas actividades son vinculantes con los servicios de Educación Inicial, dirigido a los niños y niñas menores de tres años de edad cuya madre se encuentra privada de libertad en los Establecimientos Penitenciarios. 3. Base legal • Constitución Política del Perú de 1993 • Decreto legislativo Nº 654, (02-agost-1991), Código de Ejecución Penal • Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS, (11-set-2003), Reglamento del Código de Ejecución Penal. • Ley N° 28044, (29-jul-2003), Ley general de educación • Decreto Supremo Nº 011-2012-ED, (07-jul-2012) reglamento de la Ley general de educación • Directiva Nº011-2016-INPE/DTP, (10-marz-2016), Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria.
4. Alcance Dirección de Tratamiento Penitenciario, Subdirección de Educación Penitenciaria, Direcciones Regionales, Coordinador Educativo de la Oficina Regional, Director del Establecimiento Penitenciario, Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento, Director de la Institución Educativa, docentes y personal que participa en el procedimiento. 5. Límite del proceso Usuario: Niños y niñas menores de 3 años Entrada del Proceso: Registro de niños y niñas con madres privadas de libertad). Solicitud de la madre.
Gestión educativa de niños y niñas menores de 03 años en los Establecimientos Penitenciarios.
Beneficiario: Niños y niñas menores de 3 años. Salida del Proceso: Gestión educativa de niños y niñas (Registro y atención de niños y niñas en fichas de matrícula, nóminas y actas de evaluación).
6. Requisitos • Solicitud de la madre dirigida al Director del Establecimiento Penitenciario • Acta de Nacimiento y Documento Nacional de Identidad del menor. • Pasaporte (en caso de niños o niñas de madres extranjeras)
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7. Diagrama de flujo ATENCIÓN DE NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS
2.- Recibe el expediente (solicitud) y coordina su atención multidisciplinaria del niño o niña
Órgano Técnico del Tratamiento
Director del EP
Inicio
1.- Recibe y deriva la solicitud de admisión de la madre del niño o niña al área educativa
Solicitud de admisión
Director de la IEI o quién haga sus veces
3.- Registro y matrícula en el área educativa según la edad cronológica del niño o niña
Docente de la IE o quien haga sus veces
4.- Elabora y remite la ficha y nómina oficial, asignando el código único de matrícula
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5.- Archiva las fichas y remite las nóminas de matrícula a la UGEL o DRE del sector
Fin
GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Gestion educativa de niños y niñas menores de 03 años en establecimientos penitenciarios
8. Actividades del procedimiento A continuación las actividades del procedimiento: “Gestión educativa de niños y niñas menores de 03 años en los establecimientos penitenciarios”
Actividad 01
Recibir y derivar la solicitud de admisión de la madre del niño o niña al área educativa.
a) Responsable
Director del Establecimiento Penitenciario
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir la solicitud adjuntando copia de acta de nacimiento y Documento Nacional de Identidad del niño o niña. 2. Derivar al Órgano Técnico de Tratamiento o a quien haga sus veces. Disponiendo su evaluación, atención e informe.
c) Datos requeridos para la actividad
Expediente solicitando atención educativa para el niño o niña.
d) Datos que genera la actividad
Informe del Jefe de Órgano Técnico de Tratamiento o quien haga sus veces
e) Tiempo de ejecución
120 minutos
f) Calificación personal
Conocimientos sobre dirección y gestión de los establecimientos penitenciarios, Régimen de vida, derechos y obligaciones de las internas, niña o niño.
g) Documentos relacionados
• Declaración Universal de los Derechos del niño • Reglas de Bangkok
Actividad 02
Recibir el expediente (solicitud) y coordina su atención multidisciplinaria del niño o niña.
a) Responsable
Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir la solicitud y verificar los documentos que adjunta. 2. Coordinar y derivar el original del expediente al área educativa, una copia a las áreas: Social, Psicológica y Salud para su atención en el ámbito de su competencia.
c) Datos requeridos para la actividad
Expediente solicitando atención educativa para el niño o niña.
d) Datos que genera la actividad
Derivar el expediente a las áreas de tratamiento penitenciario.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos
f) Calificación personal
Profesional de cualquiera de las áreas de Tratamiento Penitenciario.
g) Documentos relacionados
• Código de Ejecución Penal y su Reglamento • Directiva Nº011-2016-INPE/DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria” • Declaración Universal de los Derechos del niño • Reglas de Bangkok
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Actividad 03
Registrar y disponer la matricula en el área educativa según la edad cronológica del niño o niña.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa Inicial o quien haga sus veces del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Recibir y verificar la conformidad de los documentos adjuntos a la solicitud. 2. Aperturar un libro de ingresos y egresos de niños y niñas 3. Registrar en el Libro a los niños y niñas según datos que obran en los documentos del expediente. 4. Disponer la ubicación y atención educativa del menor en el aula que corresponda según su edad cronológica y los años cumplidos hasta el 31 de marzo. 5. Asesorar a los docentes para la elaboración de la ficha y nómina de matrícula así como para la asignación del código.
c) Datos requeridos para la actividad
Expediente derivado de la Jefatura del Órgano Técnico de Tratamiento del Establecimiento Penitenciario.
d) Datos que genera la actividad
Memorando de Ubicación en el aula y profesor que corresponda.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos
f) Calificación personal
Profesora de Educación Inicial.
g) Documentos relacionados
• Código de Ejecución Penal y su Reglamento. • Directiva Nº011-2016-INPE/DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. • Declaración Universal de los Derechos del niño. • Reglas de Bangkok.
Actividad 04
Matricular y remitir la ficha y Nómina asignando código único de matrícula.
a) Responsable
Profesor de la Institución Educativa Inicial del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Inscribir en la Ficha Única de Matricula de la IEI, Cuna, PIET o SET. Asignándole un código que se relacione con su DNI o SIAGIE. 2. Elaborar por duplicado la nómina de matrícula acorde a su edad cronológica. 3. Remitir al Director de la Institución Educativa Inicial o quien haga sus veces la ficha y nómina de matrícula debidamente codificada. 4. Adjuntar copia de ficha y nómina de matrícula en su carpeta pedagógica 5. Atender con los servicios educativos acorde con el diseño curricular, el contexto educativo y necesidades del niño o niña.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Gestion educativa de niños y niñas menores de 03 años en establecimientos penitenciarios
c) Datos requeridos para la actividad
Memorando de Ubicación expedido por el director de la IEI o quien haga sus veces.
d) Datos que genera la actividad
Ficha única y nómina de Matrícula del niño o niña.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos
f) Calificación personal
Profesora de Educación Inicial. (Docente de aula).
g) Documentos relacionados
• Código de Ejecución Penal y su Reglamento. • Directiva Nº011-2016-INPE/DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. • Diseño Curricular Nacional y Norma Técnica de orientación y desarrollo del año escolar.
Actividad 05
Archivar las Fichas y Remitir las Nóminas de Matrícula a la UGEL o DRE del Sector.
a) Responsable
Director de la Institución Educativa Inicial o quien haga sus veces del Establecimiento Penitenciario.
b) Instrucciones de Trabajo
1. Organizar y archivar las Fichas y nóminas de Matrícula verificando su correcta elaboración y codificación. 2. Remitir las Nóminas de Matrícula al Órgano desconcentrado del MINEDU (DRE-UGEL). 3. Gestionar la educación inicial durante su permanencia en el E.P. 4. Emitir los informes y evaluaciones periódicas correspondientes.
c) Datos requeridos para la actividad
Ficha Única de Matrícula y Nómina de Matrícula.
d) Datos que genera la actividad
Oficio de remisión de Nómina de Matricula a la DRE-UGEL del Sector.
e) Tiempo de ejecución
120 minutos
f) Calificación personal
Profesora de Educación Inicial. (Directora o Jefe).
g) Documentos relacionados
• Código de Ejecución Penal y su Reglamento • Directiva Nº011-2016-INPE/DTP “Gestión y Desarrollo de la Educación Penitenciaria”. • Declaración Universal de los Derechos del niño. • Reglas de Bangkok.
9. Responsabilidades 9.1. Director del Establecimiento Penitenciario a). Disponer la verificación de los documentos y recepcionar el expediente solicitando admisión al área educativa del niño o niña menor a 03 años de edad presentada por la madre. b). El expediente con el cual la madre interna solicita admisión del menor al área de educación inicial debe contener los siguientes documentos:
• Solicitud de admisión al área de educación inicial. • Acta de nacimiento o Constancia de nacimiento del niño o niña. • Copia de Documento Nacional de Identidad (DNI) • Tarjeta de Vacunación (si lo tuviera). • Certificado médico del niño o niña (si lo tuviera). c). Derivar al Órgano Técnico de Tratamiento y a la directora de la Institución Educativa de Educación Inicial o quien haga sus veces disponiendo su evaluación, atención e informe.
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DIRECTIVA 11-2016-INPE/DTP | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE Resolución Directoral Nº 057-2016-INPE/12
d). Los resultados de las acciones realizadas dar cuenta a la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central del INPE, al Fiscal y al Juzgado de Familia. 9.2. Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento a) Recibir el expediente y verificar los documentos que adjunta la madre interna solicitante. b) Derivar el original del expediente al área educativa, una copia al área social, Psicología y Salud para su atención del niño o niña en el ámbito de su competencia. c) Coordinar con el responsable del área de Salud para su evaluación, en casos que el niño o niña no cuente con tarjeta de atención y Certificado Médico. d) Coordinar con el responsable del área de Psicología para evaluar a las internas madres que estén dispuestas apoyar en el cuidado y desarrollo del proceso educativo de los niños y niñas menores de 03 años de edad. e) Coordinar con la responsable del área de Servicio Social para tramitar el DNI de los niños o niñas que no cuenten con el documento o nacieron en el interior del Establecimiento Penitenciario. 9.3. Director de la Institución Educativa Inicial o quien haga sus veces a). Recibir y verificar los documentos del expediente de solicitud de admisión a los servicios educativos derivado por el Director del Establecimiento Penitenciario o Jefe del Órgano Técnico de Tratamiento. b) Aperturar un libro de registro de ingreso al área educativa de niños y niñas, físico y virtual consignando los siguientes datos: • Datos filiativos del niño o niña • Fecha de ingreso del menor • Nombre y apellidos de la madre • Nombre y apellidos del padre • Número de DNI del padre • Dirección domiciliaria del padre • Número de teléfono del padre. • Dirección del trabajo del padre • Condición laboral del padre • Nombre de dos familiares directos • Dirección domiciliaria, número de teléfono fijo y móvil de familiares directos. • Firma y huella de la madre.
c). Disponer la ubicación, matrícula y atención educativa del menor en el aula que corresponda según su edad cronológica con años cumplidos hasta el 31 de marzo. d). Asesorar a los docentes para la elaboración de la ficha y nómina de matrícula así como para la asignación del código. e). Gestionar ante la DRE-UGEL del Sector el visado de las Nóminas de Matrícula y organizar un archivo de Nóminas y Fichas de Matrícula. f). Aperturar un libro de registro de egreso del área educativa de niños y niñas, físico y virtual consignando los siguientes datos: • Nombre y apellidos del niño o niña • Nombres y apellidos de la madre • Motivo de egreso • Fecha de egreso • Edad del niño • Remisión del DNI, Partida de nacimiento original, Tarjeta de control de crecimiento y desarrollo del niño o niña menor de 03 años. • Nombres y apellidos del familiar o tutor que se va a hacer cargo del niño hasta la libertad de la madre (En caso de egreso a solicitud de la madre) • Número de DNI del familiar o tutor (En caso de egreso a solicitud de la madre) • Dirección del domicilio del familiar o tutor (En caso de egreso a solicitud de la madre) • Firma y huella de conformidad de la madre y/o familiar g). La presentación del control de vacunas, partida de nacimiento, documento nacional de identidad o pasaporte son fundamentales, pero esto no impide la matrícula del niño o niña con cargo a regularizar por la madre del menor en el transcurso del primer semestre académico. h). Coordinar con el área de Servicio Social del establecimiento penitenciario para que apoye en los trámites de obtención del documento Nacional de Identidad y otros documentos que requiera el niño o niña para su normal proceso educativo i). Establecer alianzas estratégicas a fin de articular la Educación Inicial de los niños menores de 03 años con las Instituciones asistenciales de la comunidad que promuevan el desarrollo integral, de acuerdo a las necesidades de los niños y niñas.
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GESTIÓN Y DESARROLLO DE LA EDUCACIÓN PENITENCIARIA Gestion educativa de niños y niñas menores de 03 años en establecimientos penitenciarios
9.4 Profesores de la Institución Educativa: a). Inscribir en la ficha única de matrícula de la Institución Educativa Inicial o Programa no escolarizado de Educación Inicial PIET o SET. Asignándole un código único de matrícula que se relacione con el número de su documento nacional de identidad (DNI). b). Elaborar por duplicado la nómina de matrícula acorde a la edad cronológica del menor y remitir al Director o Jefe del programa educativo inicial debidamente codificada. c). Insertar en su carpeta pedagógica una copia de la ficha y nómina de matrícula firmada por el Director o Jefe del programa no escolarizado de Educación Inicial. d). Atender con los servicios educativos acorde con el diseño curricular, contexto educativo y necesidades del niño o niña. e). Proponer estrategias para la participación de las madres de familia apoyando en el cuidado y proceso educativo de los menores niños. 10. Indicadores del proceso Los indicadores permiten evaluar el comportamiento del procedimiento y son el resultado de la relación cuantitativa de algunas de las variables que a continuación detallamos, las mismas que deberán ser reportadas mensualmente. Nº Nombre Periodicidad Forma de cálculo
Unidades
1
Cantidad
Eficacia Mensual
Niños o niñas matriculados en la IEI, Cuna o Programa no escolarizado.
12. Seguimiento y monitoreo Con la finalidad de efectuar el seguimiento y la medición de los procesos, la Dirección de Tratamiento Penitenciario de la Sede Central, a través de la Subdirección de Educación o Subdirección de Tratamiento de las Oficinas Regionales, realizarán: • Una revisión de manera inopinada al proceso de gestión educativa de niños y niñas en los establecimientos penitenciarios, por lo menos una vez al año. • Solicitará periódicamente información de los registros, para su análisis y evaluación del proceso. • Realizar el mejoramiento continuo. 13. Glosario 13.1 Institución Educativa Inicial (IEI): Es la Institución Educativa ubicado en los Establecimientos Penitenciarios de mujeres, para los hijos menores de tres (03) años de edad. 13.2 Cuna Penitenciaria: Son Centros de Educación Inicial Escolarizados creados y ubicados en el interior de un establecimiento penitenciario con la finalidad de brindar atención educativa integral promoviendo el desarrollo cognitivo, físico, motor, social y emocional. 13.3 PIET: Programa Integral de Estimulación Temprana, el cual tiene como objetivo la atención educativa y cuidado de niños y niñas menores de 03 años de manera no escolarizada. 13.4 SET: Salas de Estimulación Temprana cuyo objetivo es la atención educativa y cuidado de reducidos números de niños y niñas menores a los 03 años de edad.
11. Duración 600 minutos, 10 horas El tiempo es el utilizado por los operadores del INPE al realizar las actividades que permitan desarrollar los servicios educativos en las Cunas o Programas no escolarizados de educación Inicial. El tiempo de estudios de los niños o niñas está considerado mientras dure su permanencia en el Establecimiento Penitenciario y no haya cumplido los tres años de edad.
– 201 –
– 203 –
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DIRECTIVA N° 08-2007-INPE/P.
DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LAS BIBLIOTECAS PENITENCIARIAS Y FOMENTO DE LA LECTURA Introducción
A
nte el avance de la ciencia, tecnología y la modernidad, es imprescindible la modernización de las bibliotecas penitenciarias para facilitar el proceso de cambio organizacional, funcionamiento, gestión y promoción, con una adecuada planificación y distribución del tiempo para la cultura e investigación y contribuir con la sociedad peruana, por ello existe la necesidad y obligación de crear y establecer centros alternativos como la creación de las bibliotecas penitenciarias y fomento de la lectura en la instituciones Educativas Penitenciarias y dependencias del INPE. Las bibliotecas penitenciarias y fomento de la lectura están fundamentadas en la Constitución Política del Perú, Código de Ejecución Penal, Ley General de Educación, Ley de la democratización del libro y de fomento de la lectura, Reglamento del Código de Ejecución del penal, que establece: Promover, fomentar las actividades artísticas y culturales. El derecho del interno a la información, disponer de los libros, periódico, revistas y efectuar estudios a distancia, dentro del ámbito doctrinario de la resocialización, en concordancia con la política del Instituto Nacional Penitenciario. Construir Bibliotecas Penitenciarias, es dar un lugar preferencial y columna vertebral de la enseñanza – aprendizaje para contribuir en el desarrollo de la persona y resocialización del interno. El objetivo fundamental del presente documento es norma y establecer bases y estilos administrativos para el ejercicio formal de todas las acciones realizadas por las bibliotecas penitenciarias, teniendo en cuenta que cada una de ella es diferente, para ello se ha establecido una estructura secuencial-lógica que parte de las técnicas, principios, criterios y procedimientos para realizar la implementación de la biblioteca penitenciaria, desde la organización de los espacios, las colecciones, los servicios y actividades a desarrollarse en el ámbito penitenciario. El objetivo fundamental del presente documento en normar y establecer bases y estilos administrativos para el ejercicio formal de todas las acciones realizadas por las bibliotecas penitenciarias, teniendo en cuenta que cada de ella es diferente, por ello se ha establecido una estructura secuencial-lógica que parte de las técnicas, principios, criterios y procedimiento para realizar la implementación de una biblioteca penitenciaria, desde la organización de los espacio, las colecciones, los servicios ya actividades a desarrollarse en el ámbito penitenciario. Los desafíos que debemos abordar en el ámbito de la bibliotecología están dirigidos a la necesidad de desarrollar una visión clara de las tareas fundamentales que deben desempeñar las bibliotecas y fomento de la lectura en el Sistema Penitenciario, en función del propósito para el cual fue establecido y elevar la calidad de los servicios, brindar y aumentar el nivel de satisfacción de los usuarios y elevar la imagen institucional.
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DIRECTIVA N° 08-2007-INPE/P | MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS | INPE
Visión
Misión
Constituir al INPE en una organización eficiente, líder en administración, gestión y fomento de la lectura en el ámbito del Sistema Penitenciario Latinoamericano en el proceso integral que implica la resocialización del interno; asimismo, motivar el real cambio del interno en su actitud y autoestima, con una adecuada capacitación, orientación y asistencia profesional, garantizando el respeto a los valores éticos de la persona y los derechos humanos.
Es misión del Instituto Nacional Penitenciario – INPE, dirigir y controlar técnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional asegurando una adecuada política penitenciaria orientada a: • •
– 206 –
La reeducación, rehabilitación y reincorporación del interno a la sociedad. El establecimiento y mantenimiento de la infraestructura penitenciaria, así como del marco de seguridad necesaria para el tratamiento a través de los procesos y programas que ejecuta.
DIRECTIVA PARA LA ADMINISTRACION DE LAS BIBLIOTECAS PENITENCIARIAS Y FOMENTO DE LA LECTURA
Antecedentes
L
a educación penitenciaria se enmarca en el Art. 139° numeral 22 de la Constitución Política del Perú y tiene por objetivo la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad; asimismo, el Código de Ejecución Penal en su Art. 69° establece que “En cada Establecimiento Penitenciario se promueve la educación del interno para formación profesional o capacitación ocupacional. Los programas que se ejecutan están sujetos a la legislación vigente en materia de Educación”. El derecho del interno a realizar o continuar sus estudios por correspondencia lo establece el Art. 72° del Código de Ejecución Penal. La administración penitenciaria da facilidades al interno para que realice sus estudios por correspondencia, radio o televisión. Actualmente las instituciones educativas en los niveles primaria, secundaria y superior están
brindando el servicio educativo a distancia, el INPE cuenta con experiencia mediante el Convenio de Cooperación Interinstitucional con la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, Facultad de Ciencias Económicas y Administrativas, habiendo egresado diferentes promociones de internos de los diferentes establecidos penitenciarios y para reforzar su proceso de capacitación, se requiere contar con una biblioteca debidamente organizada. El derecho a la información que tienen los internos. Establece el Art 74° del Código de Ejecución Penal el derecho a la información y a disponer de los libros, revistas, periódicos y revistas y ser informados a través de audiciones radiofónicas, televisión y otros análogos. Mediante Resolución N° 100-93 INPE/ CNP/P. de la Presidencia del Consejo Nacional Penitenciario, se aprueba el convenio entre el instituto Nacional Penitenciario y la Biblioteca Nacional del Perú.
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1. Finalidad Establecer una Directiva que sirva de instrumento de gestión institucional que permita la implementación de bibliotecas y el fomento de la lectura en los internos de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional. 2. Objetivos 2.1 Generales a) Promover la integración de la comunidad penitenciaria fomentado la conciencia pública de la función, protección, valor del libro y fomento de la lectura como medio fundamental en el desarrollo integral de la persona y consolidación de la identidad nacional y la práctica de valores, que favorezcan la resocialización del interno. b) Establecer la organización, funcionamiento, administración, gestión, supervisión y control de las bibliotecas penitenciarias en las instituciones educativas penitenciarias y dependencias conexas del Instituto Nacional Penitenciario. c) Contribuir a la constitución y desarrollo de la Red Nacional de Bibliotecas Penitenciarias. 2.2 Específicos a) Proporcionar los procedimientos normativos para la administración y gestión de bibliotecas penitenciarias y fomento de la lectura. b) Promover la óptima utilización de los servicios bibliotecarios, propiciando su incorporación al desarrollo de los programas educativos, asistenciales, sociales y psicológicos. c) Fomentar, propiciar y estimular a la práctica de la lectura y la investigación en los internos estudiantes en al ámbito nacional y en la comunidad penitenciaria. d) Proporcionar a los internos estudiantes y a la comunidad penitenciarios los medios para desarrollar sus capacidades críticas a través de la búsqueda, selección y tratamiento de información en cualquier tipo de soporte, formato o medio. e) Habituar a los usuarios en la utilización de la biblioteca penitenciaria con finalidades recreativa, informativa y de educación permanente. f) Monitorear, supervisar y evaluar las actividades desarrolladas en las bibliotecas penitenciarias de las instituciones Educativas y otras del sistema penitenciarias.
g) Realizar campañas a nivel institucional y nacional “Pro libro y fomento de la lectura”. 3. Base legal 3.1 Constitución Política del Perú. 3.2 Reglas Mínimas de Tratamiento de la Organización de las Naciones Unidas. 3.3 Manifiesto de la UNESCO para las Biblioteca Escolares. 3.4 Ley N° 28044 “Ley General de Educación”. 3.5 Ley N° 28086 “Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura”. 3.6 Decreto Legislativo N° 654 “Código de Ejecución Penal”. 3.7 Decreto Supremo N° 015-2003- JUS “Reglamento del Código de Ejecución Penal”. 3.8 Resolución Ministerial N° 040-2001-JUS “Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario”. 4. Alcance Las disposiciones de la presente Directivas tienen alcance a la Oficina General de tratamiento, Oficina de Trabajo y Educación, Dirección Regional, Dirección Regional de Tratamiento, Dirección de los Establecimiento Penitenciarios Establecimientos, Establecimientos de Ejecución Penal, Instituciones Educativas Penitenciarias, Oficina de Asistencia Post Penitenciarias, unidades y dependencias del INPE. 5. Disposiciones generales 5.1 La Oficina de Trabajo y Educación en coordinación con el Director de la Institución Educativa, son responsables de reglamentar, planificar, ejecutar, evaluar y difundir las políticas, estrategias de administración, gestión de las bibliotecas y fomento de la lectura. 5.2 Las Direcciones Regionales conformarán un comité de coordinación Regional, presidido por el Jefe Regional de Bibliotecas Penitenciarias elegido entre los Directores de las Instituciones Educativas de la Dirección Regional e integrado por profesionales de tratamiento y administración y se encargará de reglamentar, planificar, ejecutar, monitorear y evaluar las acciones de administración, gestión y fomento de la lectura de las bibliotecas penitenciarias, adecuándose a las características propias de su región, Establecimiento
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Penitenciario e Institución Educativa. 5.3 Los Directores de los Establecimientos Penitenciarios, Establecimientos de Ejecución Penal, Oficinas de Asistencia Post Penitencias del INPE en coordinación con los Director de las Instituciones Educativas Penitenciarias, incorporan en el Plan Operativo Institucional, Plan Anual de Trabajo y Proyecto Educativo Institucional, Administración y Gestión de las Bibliotecas y el fomento de la lectura como proceso de resocialización. 5.4 Las Direcciones Regionales, promoverán la implementación y equipamiento de las bibliotecas y la suscripción de convenios y alianzas estratégicas con las instituciones públicas o privadas de su región. 6. Disposiciones específicas 6.1 De las bibliotecas penitenciarias. a) La Biblioteca Penitenciaria. Es el centro de conservación encargada de organizar, clasificar, almacenar y difundir información para la lectura estar a cargo del área de educación penitenciaria en los establecimientos penitenciarios. b) La Biblioteca virtual. Es el centro en Internet u otra vía virtual que posee una sección especializada que contiene un número considerable de los libros virtuales o productos editoriales afines, ordenador para su lectura, en una ambiente debidamente acondicionado con las medidas de seguridad respectivas. Su implementación en los establecimientos penitenciarios será condicionada a las características del establecimiento penitenciario, previa aprobación del Consejo Técnico Penitenciario. 6.2 Formas de Administración de las bibliotecas penitenciarias. a) Por la institución Educativa. La administración, gestión, atención y servicio está a cargo del personal responsable de la institución educativa del INPE. b) Por las Instituciones Religiosas. La administración y gestión estará a cargo de las instituciones o grupos religiosos, su atención y servicios la realizará con el apoyo de los internos o de la misma institución. c) Por convenios de cooperación interinstitucional. La administración, gestión, atención y servicio se realizara de acuerdo a los compromisos establecidos con las instituciones cooperantes.
6.3 Funcionamiento a) La Oficina de Trabajo y Educación en coordinación con el Director de las institución Educativa, son responsables de reglamentar, planificar, ejecutar, evaluar y difundir las políticas y estrategias de administración, gestión de las bibliotecas y fomento de la lectura. b) Las Direcciones Regionales a través de la Dirección de Tratamiento en coordinación con la Oficina de Trabajo y Educación, Directores de Instituciones Educativas y Encargados de Bibliotecas, ejecutarán las acciones de promoción, difusión y campañas para la implementación, equipamiento y fomento de la lectura. c) En cada institución educativa del establecimiento penitenciario, el responsable de la biblioteca elaborará el Plan Operativo de la biblioteca y del fomento de la lectura que articule al Proyecto Educativo Institucional (PEI). En los establecimientos penitenciarios donde no se brinda el servicio educativo, el director o quien haga sus veces designará un responsable. d) Las bibliotecas de la Instituciones Educativas Penitenciarias y las bibliotecas a cargo de las Instituciones públicas o privadas conforman la Red Nacional de Bibliotecas Penitenciarias y del Sistema Nacional de Bibliotecas. e) Las Bibliotecas Penitenciarias por su naturaleza pedagógica, dependen de la Dirección de la Institución Educativa de cada establecimiento penitenciario o dependencia del INPE. f) En los establecimientos penitenciarios donde no funciona institución educativa, el Director o quien haga sus veces asignará un responsable de la biblioteca. Obligatoriamente se implementará la biblioteca penitenciaria en todos los establecimientos penitenciarios. g) La estructura organizacional, administrativa y funcional de las bibliotecas penitenciarias será considerara como parte de la institución educativa. h) Cada biblioteca penitenciaria tendrá una declaratoria de visión, misión y sus metas serán compatibles con el sistema penitenciario nacional. i) En el Plan Operativo Anual del establecimiento penitenciario y el Proyecto Educativo Institucional de la Institución Educativa, se contemplarán las actividades orientada a la organización, mejoramiento, funcionamiento, implementación, gestión y promoción de la biblioteca. Las instituciones organizadas de la localidad,
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públicas y privadas, apoyarán con la implementación bibliográfica y de los otros materiales. Se promoverá el fortalecimiento de las bibliotecas en todos los establecimientos penitenciarios a través de las diversas estrategias, campañas, convenios y alianzas estratégicas con las instituciones de la localidad en busca de una mejor administración y fomento de lectura, para lograr la reincorporación del interno a la sociedad, con una mejor calidad de vida.
6.4 Funciones del personal a) Las bibliotecas penitenciaras contarán con personal calificado y con el perfil orientado a la práctica bibliotecaria, pedagógica y social. b) El bibliotecario penitenciario debe asumir con responsabilidad su cargo, y afrontar los nuevos roles y exigencias de la modernidad, imprescindible en actuales circunstancias. Debe ser especialista en información, tanto en lo técnico como en lo pedagógico, promotor de lectura, asesor de los internos, profesores y miembros de la comunidad penitenciaria. c) El bibliotecario es responsable de funcionamiento, organización, gestión y evaluación de los servicios bibliotecarios; así como del mantenimiento y conservación de las colecciones y equipos de la biblioteca penitenciaria. d) Si el establecimiento penitenciario no cuenta con bibliotecólogo, el director de la institución educativa designará a un profesor responsable. e) El personal auxiliar deberá cumplir tareas relacionadas con los servicios de un bibliotecario, el docente bibliotecario o servidor bibliotecario, será responsable de la conducción de la biblioteca. f) Los Directores de las Instituciones Educativas coordinarán con los Directores de los Establecimientos y Directores Regionales, para garantizar la permanencia de los responsables de las bibliotecas penitenciarias.
6.4.1 Funciones del bibliotecario penitenciario. a) Técnicas organizativas • Recopilar la información existente en la institución educativa y establecimiento penitenciario; así como, materiales y recursos didácticos relevantes del soporte bibliográfico.
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• Organizar, ordenar y mantener los recursos para que sean fácilmente accesibles y utilizables. Hacer posible su uso, mediante un sistema de información centralizada y actualizada. • Establecer canales de difusión de la información en el establecimiento penitenciario, contribuyendo a la creación de una fluida red de comunicación interna. • Actuar como enlace con otras fuentes y servicios de información externos: red de biblioteca penitenciaria, biblioteca nacional, biblioteca de las instituciones públicas y privadas. • Asegurar y garantizar la organización, mantenimiento y la adecuada utilización de los recursos documentales de la biblioteca. • Informar periódicamente al Jefe de Educación y a las instancias correspondiente sobre el desenvolvimiento de la biblioteca. b) Pedagógicas. • Diseñar y llevar a cabo un proyecto de biblioteca institucional. • Diseñar actividades que favorezcan el uso de la biblioteca y contribuyan a su dinamización. • Elaborar materiales diversos (reglamentos, formación de usuarios y contribuir con la institución educativa para la elaboración del Proyecto Educativo Institucional, Proyecto Curricular del Centro, Plan Anual del Trabajo y Proyecto Institucional Pedagógico). • Coordinar con las instituciones para mantener al día la biblioteca en cuanto a novedades, revistas, monografías, publicaciones y catálogos de editoriales. • Coordinar con la dirección de la institución educativa para la información de diferentes soportes para satisfacer las necesidades curriculares, culturales y complementarias. • Constituir el ambiente adecuado para que los internos adquieran las capacidades necesarias para el uso de las distintas fuentes de información. • Promocionar la lectura como medio de entretenimiento y de ocio en los internos y comunidad penitenciaria en general.
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6.5.4 Préstamo de las colecciones. a) Préstamo de materiales al aula. Se realiza teniendo en cuenta la necesidad de información de los usuarios y de acuerdo al desarrollo de la currícula. El préstamo se realiza previa coordinación con el docente y el registro de los materiales en un cuaderno o base de datos. b) Préstamo a los pabellones. Permite a los usuarios internos solicitar material bibliográfico en coordinación con los delegados de cultura a los pabellones o fuera del local de la biblioteca, siempre y cuando existan varios ejemplares de un mismo título, el servicio será reglamentado. • La biblioteca penitenciaria elaborará su reglamento de servicio interno y préstamo de material bibliográfico a pabellones teniendo en consideración las características propias de cada Establecimiento Penitenciario • No habrá préstamos de las obras de referencia y aquellas que tengan un valor especial por su antigüedad o por contener grabados o láminas de imposible reposición o fácil deterioro. • La duración del préstamo puede varias para los diferentes tipos de documentos y de lectores. Para los textos escolares el préstamo seria de dos días y para las obras literarias por 15 días. c) Préstamo inter bibliotecas. Es un préstamo reciproco entre bibliotecas del mismo establecimiento, con otros establecimientos penitenciarios o instituciones públicas o privadas, previo acuerdo o suscripción del convenio.
• Coordinar con las jefaturas de trabajo, psicología y asistencia social para que programen 01 hora de lectura como mínimo al día para los internos en sus programas. 6.5 Servicios de atención en las bibliotecas penitenciaras 6.5.1 Servicios El servicio a brindar en la biblioteca penitenciara deberá satisfacer las necesidades de los internos-estudiantes y usuarios en general, así como elevar la calidad de su servicio en la medida de sus posibilidades. a) Biblioteca de estudio individual. Es el servicio de consulta a los usuarios (internos, servidores) o grupos de estudio, para realizar trabajos de investigación y apoya tanto la adquisición de conceptos como la práctica de procedimientos y el fomento de la lectura. b) Biblioteca con programa variado. Ofrece un variado programa de servicios: • Servicio de consulta y referencia. • Servicio de lectura. • Préstamo del material bibliográfico. o Préstamo a pabellones. o Préstamo Inter. Pabellones. o Préstamo Inter. Bibliotecas. o Préstamo interinstitucional. • Internet. • Reprografía.
6.5.2 Servicio de consulta y referencia. Es el servicio de ayuda a los usuarios a localizar la información de forma rápida, precisa y oportuna ya sea general o especializada. 6.5.3 Servicio de lectura. Es la atención de lectura en la sala, permite a los usuarios a consultar todos los materiales que están disponibles para utilizarlo dentro del local de la biblioteca, como: Libros, videos, mapas, casetes, CD-ROM, bases de datos, web, la posibilidad real de consulta en la sala de soportes distintos hace que no cierre la labor investigadora, autónoma y de construcción del aprendizaje del interno estudiante. Una vez concluido, los usuarios devuelven al bibliotecario lo utilizado o dejan en el lugar correspondiente.
6.5.5 Internet. Es el servicio complementario que ofrece la biblioteca en los establecimientos que cuenten con las condiciones mínimas y necesarias de seguridad, equipamiento e implementación con la debida autorización del Consejo Técnico Penitenciario.
El servicio de biblioteca contará con los instrumentos necesarios de investigación, que serán implementados, progresivamente y previa aprobación del Consejo Técnico Penitenciario, sin afectar la seguridad de los establecimientos penitenciarios. En sedes extramuros del INPE, se implementará dentro de la medida de sus posibilidades para difundir la imagen institucional.
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6.5.6 Reprografía Es el servicio que ofrecerá la reproducción y reprografía, permitiendo la copia parcial de los documentos. La reproducción de obras esta legislada y existen normas legales que indican que se puede reproducir señalando porcentajes y respetando el derecho de autor. Su servicio se reglamentará con una tarifa correspondiente, la cual se regulará según la TUPA y en los establecimientos penitenciarios requerirá la aprobación del Consejo Técnico Penitenciario.
6.6 Organización de la biblioteca penitencia 6.6.1 Local a) Área de la biblioteca penitencia. Es el espacio físico de la biblioteca y debe ajustarse a las recomendaciones técnicas internaciones, bajo criterios pedagógicos y académicos. Se implementaran de acuerdo a su desarrollo y el de la institución educativa y la realidad del establecimiento penitenciario. b) Ubicación de la biblioteca. Se ubica en un lugar adecuado, seguro, cómodo y preferentemente en áreas administrativas de la primera planta del pabellón, de fácil acceso a los usuarios. c) Especificaciones técnicas para los discapacitados. Para atender a los discapacitados, las bibliotecas penitenciarias consideran la Ley Nª 27050 Ley General de la persona con discapacidad. d) Las Instalaciones. Deben ser adecuadas y suficientes para que cubran las necesidades de los usuarios, con acceso eléctrico y el sistema de red. e) La biblioteca debe disponer de las medidas de seguridad correspondientes. f) El establecimiento penitenciario que no disponga de un local exclusivo para bibliotecas, habilitará un ambiente adecuado, considerando las especificaciones técnicas del presente.
6.6.2 Distribución de las áreas a) La biblioteca debe tener tres áreas debidamente diferenciadas: • Área de lectura y trabajo en sala. • Área de animación a la lectura. • Área para depósito de libros.
• Área de materiales audiovisuales • Área de revistas y periódicos. • Área de materiales creados por los internos estudiantes. • Área de crítica y opinión (buzón de sugerencias). • Área de referencias y consultas. • Área para trabajo administrativo. 6.6.3 Iluminación. Las instalaciones de las bibliotecas penitenciarias deben de contar con iluminación natural y artificial. La iluminación artificial se da por medio de fluorescente de tubo largo y con luz blanca, favoreciendo las condiciones mínimas de temperatura, evitando el deterioro del material bibliográfico y el daño de la vista de los usuarios.
6.6.4 Ventilación. La biblioteca debe contar con una buena ventilación, para la protección de los usuarios y material bibliográfico, puesto que el aire viciado favorece la proliferación de varios enemigos del papel y soportes digitales como insectos, mohos, hongos etc.
6.6.5 Pintado y Ambientación. a) El pintado de los ambientes de las bibliotecas penitenciarias debe ser con tonos claros que favorezcan a la buena iluminación. b) La decoración de los ambientes de la biblioteca debe ser acogedora, sencilla y motivadora para el usuario y fomento de la lectura.
6.6.6 Señalización. a) La señalización interna y externa es importante en una buena biblioteca para orientar a los internos como esta organizada la biblioteca, la distribución de ambientes, la ubicación de colecciones, los servicios que se brinda y las zonas seguras en casos de emergencia. b) Tipos de señales en las bibliotecas, son de 3 tipos: • Señales de ubicación y orientación. • Señales externas: Orientan a los usuarios de la ubicación de la biblioteca desde diferentes puntos. • Señales internas: Orientan a los usuarios sobre la distribución de las áreas en que está dividida y los distintos servicios que ofrecen. • Señales normativas.
b) Área alternativas • Área de novedades
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Son símbolos establecidos sobre las normas de la biblioteca, como horario de atención, requisitos para ser usuario, plano del local, normas y reglamentos. • Señales de contenido. Son símbolos propios de la biblioteca que facilitan la información sobre las colecciones y su organización en las estanterías.
6.6.7 Seguridad Las bibliotecas penitenciarias funcionarán en un local adecuado con las características propias de una biblioteca, si fuera el caso debe contar con certificado de INDECI, a su vez debe contar con las medidas mínimas de seguridad: a) Instalaciones eléctricas. Los cables eléctricos deben estar tendidos por conductos empotrados, aislados y tapados. b) Los enchufes. Deben estar instalados a una altura suficiente, empotrados, aislados y tapados. c) El mobiliario. Debe estar en buenas condiciones de uso. No deben tener aristas afiladas, clavos salientes o astillas. d) Medidas de seguridad: • Contar con extinguidor en lugar visible y de fácil acceso. • Mantenimiento preventivo del sistema de agua contra incendios. • Contar con sistema de alarma para emergencia.
6.6.9 Equipos a) En las bibliotecas los equipos cumplen una función importante e indispensable, su implementación como equipos electrónicos, informáticos y audiovisuales son necesarios para el acceso y consulta de todos los soportes documentales. b) El equipamiento debe incluir en lo posible acceso a Internet, de acuerdo a las características del establecimiento penitenciario y disponibilidad de ambiente de seguridad y con autorización del Consejo Técnico Penitenciario en los establecimientos penitenciarios intramuros. c) La biblioteca debe contar con equipos audiovisuales como televisor, DVD, etc.
6.7 De la colección bibliográfica. La biblioteca debe disponer de calidad, cantidad y actualidad bibliográfica a satisfacción de los usuarios. Los textos deben abarcar todos los ámbitos del conocimiento y deben ser variados equilibrados y actuales.
6.6.8 Mobiliario a) Las bibliotecas deben contar con mobiliario sólido, practico funcional y de material resistente a los agente químicos y externos. b) El mobiliario deber ser seleccionado de acuerdo al número y tipo de usuarios, condiciones del local y disponibilidad económica. c) El mobiliario básico para la biblioteca: estantes, mesas, sillas, ficheros, pizarras, paneles de madera y vitrinas. d) Las dimensiones de las estanterías son relativas, su capacidad promedio es de 180 a 200 libros. e) Las mesas pueden ser de diferentes formas y clases: cuadradas, rectangulares, redondas o modulares según tipo de usuario, servicio, actividades y espacio disponible. f) Las sillas, su altura y tamaño se ajustaran de acuerdo a las mesas y a la comodidad del usuario.
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6.7.1 Tipos de Colección. a) Variada temática y diferentes soportes. • Documentos impresos: presentan información sobre papel pueden ser textuales (libros, publicaciones periódicas, folletos) o gráficos (carteles, mapas, laminas, postales). • Documentos audiovisuales: Contienen imágenes y sonido registrados mediante técnicas fotográficas, analógicas o digitales (diapositivas, transparencias, cintas, videos, cassettes, disco de audio o video). • Documentos electrónicos: programas de ordenador, sistemas de almacenamiento masivo de datos, documentos multimedia que contienen información en discos y cintas magnéticas, soportes ópticos digitales que pueden integrar texto, imagen fija y/o móvil, sonido (CD ROM, CD-1, DVD y sistemas en línea) y base de datos. Se implementará solo en las instalaciones penitenciarias extramuros, en intramuros previa autorización del Consejo Técnico Penitenciario y características del establecimiento. b) Colección por información, formación, recreación y la utilización principal de documentos. • Obras de referencia: Estructura y organizadas para consulta rápida y puntual de información (diccio-
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narios, enciclopedias, directorios, anuarios, bibliografías, atlas, bases de datos). Colección General: Comprende todo material de lectura complementaria para cada una de las áreas en que se encuentre dividido el conocimiento humano teniendo en cuenta a los usuarios que va a servir. Colección Infantil: Escritos en un lenguaje especialmente para niños como cuentos, fabulas, poesías, biografías de grandes personajes, leyendas, historietas, libros de juego, ciencia-ficción, CDS, cassettes, videos y juegos lúdicos. Colección de publicaciones periódicas: Material constituido principalmente por revistas de tipo generales o especializadas en un área literaria, política, educación, agricultura, ciencia y técnica, arte, deporte, diarios nacionales, locales, regionales y extranjeros. Textos escolares: por cada nivel (inicial, primaria, secundaria y superior) y modalidad.
6.7.2 Organización, técnica de la colección. La biblioteca debe organizarse de acuerdo a las siguientes etapas o procesos: a) Selección. Una comisión conformada por los profesores y jefes de áreas del establecimiento penitenciario, efectuaran la selección del material bibliográfico. b) Adquisición. Es la incorporación de un nuevo texto por compra, donación o por gestión para la obtención de suscripción gratuita a revistas. c) El Ingreso. Es una operación de consiste en incorporar la unidad bibliográfica como patrimonio de la biblioteca, para ello se realizan los siguientes pasos: • Sellar cada unidad bibliográfica en dos partes importantes: reverso a la portada y en una página clave elegida por el responsable de la biblioteca. • El sello debe tener forma ovalada con nombre de la institución y nombre de la biblioteca, así como el símbolo en la parte central del mismo, numerar correlativamente cada unidad bibliográfica, en el reverso de la portada y en la página clave, en ambos casos al centro del sello. d) El registro. Es la identificación de las colecciones, el instrumento fundamental para el análisis cualitativo de lo que contiene la biblioteca, sirve para control y seguimiento de las unidades documentarias. • Si la biblioteca no está formalizada, el registro se
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hará en un cuaderno foliado, cada una de las paginas se encuentran divididas en columnas donde se anotaran los datos esenciales para la identificación de la unidad documental. La primera columna es la entrada: En ella se hace constar el número de registro que será siempre correlativo. A continuación y en columnas sucesivas se anotaran los siguientes datos: Autor (apellidos y nombre), titulo, pie de imprenta (lugar, editorial, año) procedencia (d = donación, c =compra), fecha de ingreso y observaciones. • El registro de un instrumento vivo, que sirve para anotar las incidencias que sufre una unidad documental a lo largo de su vida útil. En la columna final de observaciones se anotará el deterioro, pérdida, sustitución y depuración, así como cualquier otra circunstancia que considere importante para el control. • La biblioteca utilizara dos cuadernos, uno para el registro de materiales bibliográficos y el segundo para el registro de los materiales no bibliográficos. e) La clasificación. • La clasificación sirve para asignar un código y distribuir los libros y materiales especiales en los estantes, permite identificarlos, ponerlos al servicio y devolverlos al mismo lugar. La separación por materias permite el agrupamiento de libros y materiales especiales referidos a un mismo asunto. • La clasificación de la colección bibliográfica se realiza de acuerdo con el sistema que servirá de base en el ordenamiento inicial que realizará el encargado de la biblioteca. • Como resultado del proceso de clasificación, se obtiene el código de identificación o signatura topográfica del libro o unidad documental. El código está constituido por varios elementos. - Pre-signatura. Es el símbolo que identifica al tipo de colección por ejemplo: R (Obras referenciales) F (Folletos) TI (Textos de educación inicial) TP (Textos de educación Primaria) - Número de clasificación. Es el código que identifica a la materia. Ejemplo: 320 matemáticas. - Notación interna. Se forma con las primeras letras del apellido paterno del autor que se confronta con la tabla Málaga de notación interna para formar el número que le corresponde, y la
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solidar los hábitos de lectura, lograr su desarrollo creativo, imaginativo e investigador para contribuir en el proceso de la resocialización.
letra que inicia el título. No se tiene en cuenta los artículos: el, la, los, las, un, etc. f) La catalogación: descripción bibliográfica. Es un proceso que consiste en hacer la descripción de cualquier documento en forma normalizada para su recuperación, se elabora asientos bibliográficos en fichas normalizadas de 12.5x7.5 cm. de acuerdo con las reglas de catalogación o también se registra la información de una base de datos siendo recomendable el MICROSIS. g) La automatización en la biblioteca. • Para la automatización de la biblioteca se toma en consideración aspectos que integran el proyecto, ya que el proceso no consiste tan solo en informatizar el trabajo documental manual, sino requiere de una transformación metodológica. • Las contribuciones de nuevas tecnologías a la Biblioteca son cooperación inter bibliotecaria, acceso a fuentes de información externa y correo electrónico, mejora de la gestión de recursos documentales y mejora de la gestión de la biblioteca.
b) Propósito. La promoción de la lectura busca relacionar a los internos con la lectura y escritura como actividades íntimamente relacionadas a la vida y necesidad obligada para el desarrollo personal, familiar y social. c) Actividades para el fomento de la lectura. • Las Jefaturas de Educación, Trabajo, Psicología y Asistencia Social, dentro de sus actividades programaran al menos 01 una hora de lectura, previa coordinación con el área educativa y el responsable de la biblioteca. • En los establecimientos penitenciarios que no ofrecen el servicio educativo, el responsable de la biblioteca en coordinación con la dirección del penal programaran horas de lectura. • Los internos que no asistan a las actividades educativas, laborales o programas artísticos, deportivos y culturales, obligatoriamente se dedicaran a la lectura, monitoreado por el personal de seguridad. Bajo responsabilidad del Director, ningún interno permanecerá sin actividad en el horario administrativo. • En cada establecimiento penitenciario, se organizaran concursos de lectura, redacción y creación poética. Dichos documentos quedaran como archivo patrimonial.
6.8 Horario. La biblioteca penitenciaria estará abierta durante todo el día asegurando que la comunidad penitenciaria acceda a la misma; su apertura y atención diaria es un derecho contemplado en todas la normas educativas. Cada biblioteca reglamentara su horario de atención al público según sus propias características. 6.9 De la Capacitación. a) Se promoverán y desarrollaran acciones de capacitación, dirigidos a los encargados de la biblioteca, así como a los Jefes y bibliotecarios. b) El personal capacitado conformara el equipo de especialistas. 6.10 Del fomento de la lectura. El fomento de la lectura en el INPE constituye una acción sociocultural resocializadora que privilegia al interno y al uso del libro, con el objetivo de generar cambios en la personalidad del interno y descubrir su interés por la lectura. a) Objetivos. Incentivar, fomentar, brindar y estimular la lectura en la comunidad penitenciaria, para con-
d) El “Día de la Biblioteca Penitenciaria y Fomento de la Lectura” se celebra el 26 de octubre de cada año, en todas las Instituciones Educativas y Sedes Penitenciarias, con actividades orientadas a destacar la importación de la biblioteca penitenciaria y fomento de la lectura. 7. Responsabilidades 7.1 La Oficina General de Tratamiento en coordinación con la Oficina de Trabajo y Educación Penitenciaria, Jefatura Nacional de Bibliotecas Penitenciarias, Directores de Tratamiento de las Regiones, Directores de los Establecimientos Penitenciarios, Directores de Establecimientos de Ejecución Penal y Jefes de las
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Oficinas de Asistencia Post Penitenciaria, Directores de las Instituciones Educativas y Personal del Área Educativa, son los responsables de velar por el cumplimiento de las disposiciones de la presente Directiva.
9.4 Distribuidor de libros. Persona encargada de la distribución de los libros en coordinación con los delegados de pabellones.
7.2 El Director Regional en coordinación con los Directores de las Instituciones Educativas de los establecimientos penitenciarios, dispondrán el control y evaluación permanente.
9.6 Editor. Persona natural o jurídica, en virtud del contrato con el autor adquiere facultad de utilizar y explorar la obra intelectual, asumiendo la iniciativa y la responsabilidad de editarla en forma de libro o formatos editoriales.
7.3 El responsable de la Biblioteca en cada establecimiento penitenciario es el encargado de coordinar para el funcionamiento y apoyo a las bibliotecas.
9.7 Feria del libro. Evento organizado de manera permanente u ocasional, orientado a la difusión del libro y productos editoriales afines, mediante procesos propios de la industria gráfica.
8. Disposiciones complementarias 8.1 El funcionamiento de las bibliotecas en los establecimientos penitenciarios está sujeto a la autorización de la educación penitencia o mediante convenios de cooperación interinstitucional. 8.2 Las actividades artísticas, culturales, creaciones poéticas y literarias dirigidas a los internos, serán canalizados por el área de educación en concordancia con el presente y los dispositivos legales del Sistema Nacional de Bibliotecas y del Instituto Nacional Penitenciario. 8.3 La Oficina de Administración de las Direcciones Regionales darán apoyo logístico de acuerdo a los requerimientos de las Instituciones Educativas y Jefatura de la biblioteca penitenciaria de los Establecimientos Penitenciarios, para el desarrollo normal de las actividades educativas y bibliotecológicas. 9. Glosario de términos 9.1 Área Educativa. Está conformada por las Instituciones Educativas que funcionan dentro de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional. 9.2 Autor. Creador intelectual de una obra. 9.3 Biblioteca. Lugar donde se conservan los libros ordenados para la lectura.
9.5 Edición. Proceso técnico, que conduce y financia el proyecto editorial hasta darle forma de libro.
9.8 Instituciones Educativas. Son los Centros de Educación Básica regular nivel inicial, Básica Alternativa niveles primaria y secundaria y los Centros de Educación Técnico Productivo. 9.9 Interno – Estudiante. Interno oficialmente matriculado en las diferentes etapas, niveles, modalidades, ciclos y programas educativos de las Instituciones Educativas que funcionan dentro de los Establecimientos Penitenciarios. 9.10 Lector. El que usa el libro para informarse o deleitarse con lo que lee. 9.11 Libro. Es el medio unitario, no periódico, a través del cual el autor comunica su obra con el fin de transmitir conocimientos, opiniones, experiencias y/o creaciones científicas, artísticas o literarias. 9.12 Libro electrónico. Texto editado y reproducido por medios electrónicos para su transmisión, utilización y explotación total o parcial a través de Internet u otras vías informáticas. 9.13 Libro viejo. Libro usado puesto nuevamente en circulación comercial. 9.14 Programas Educativos. son conjuntos de acciones educativas cuya finalidad es atender las demandas y responder a las expectativas de los internos - alumnos, pueden ser programas de alfabetización, recreación y deportes, actividades artísticas, programadas no escolarizados, etc.
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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Instituto Nacional Penitenciario
Directiva Nº 11-2016-INPE-DTP
Subdirección de Educación Penitenciaria
Dirección de Tratamiento Penitenciario