fr*¿o#n;Ao 9,fuertooof n"
?Af
Llma,
.2or z-MrNcEruR/vMT/DcJcMr
2
2
|t[t.
20n
Visto, la Resotución Oireclorat N. 362-20i 3-MtNCETUR/VMT/DGJCMT de 1A.O2.2O1gi
CONSIDERANDO:
,.
Que, med¡ante Ley 27693 se crea la Un¡dad de Intetigenc¡a Financiera del penl, UIF_ perú, encaÍgada de rec¡bir, analizar, lralar, evaluar y transmitir información para la detección del lavado de act¡vos y/o del f¡nanc¡am¡ento del terrorismo, asi como, de coadyuvar a la ¡mplementación por parle de los sujetos oblig€dos, del sistema para detectar operaciones sospechosas de lavado de aaivoi y/o del f¡nanciamiento del terrorismol
Que, asimismo, la Ley 29038 d¡spuso la ¡ncorporación de la UIF-perú a la Superintendencia de _ Banca, seguros y Administradoras Privadas de Fondos de pensiones, como unidad especial¡zada para ejercer las competencias, atr¡buciones y funciones establec¡das en la Ley 27693 y noimas mod¡f¡cator¡as, complementar¡as y reglamentarias;
Que, acorde con lo d¡spuesto en el numeral 11) del artfcuto
Bo
de la Ley 27693 y al articuto go de
la Ley 29038, se encuentran obl¡gados a proporcionar informac¡ón a la UIF-perú, entre otros,
cas¡nos, las casas dejuego, los tragamonedas y otras sim¡lares;
.
los
Que, la Ley 27153 consagra como su objeto, el evitar que la explotación de los juegos de casino
y máquinas tragamonedas sea empleada para propósitos illcitos y as¡m¡smo estableóe á b Dirección General de Juegos de casino y Máquinas Tragamonedas - DGJCMT como la autoridad competente para autor¡zar, fsc€lizar, supervisar, evaluar y sancionar la citada act¡vidad;
Que, en ese sent¡do, de conformidad con lo d¡spueslo en el artfculo
3. de la Ley 27693, N' 1695-2016, se aprobó la Norma para la prevención de Lavado de activos y financ¡amiento del terrorismo aplicable a las personas jurfd¡cas que exp¡otan juegos de casino y/o med¡ante Resoluc¡ón sBs
máqu¡nas tragamonedas" a fin de opt¡mizar la prevención de lavado de activos y/o financiamiento del terror¡smo en la explotación de los juegos de cas¡no y máqu¡nas tragamonedas;
La menc¡onada Norma ha impuesto que los titulares de salas de juego -en su condición de sujetos ob¡igados- deben designar un Of¡cial de Cumpl¡miento responsable de velar por la observancia e implementación de los controles y mecanismos necesar¡os dentro del marco de sistema de p¡'evención de lavado de act¡vos y/o financ¡amienlo del terrorismo;
Que, para tal f¡n, los titulares de salas de juego deben solic¡tar al MINCETUR la aprobación de la des¡gnación de su Of¡cial de Cumplimiento, Corporalivo o de Dedicación no Exclusivai
Que, mediante Resolución Oirectoral N. 362-20i 3-ñIINCETURA/MT/DGJCNIT de 19.02.2013, se autorizó a la empresa HUARI sLor s.A.c. a contar con un oflc¡al de cumplimiento a Dedicación No Exclus¡va;
s¡n embargo, a la fecha HUARI SLOT S.A.C. no cont¡núa s¡endo sujeto obtigado del ^. Que, s¡stema de Prevención del Lavado de Activos y F¡nanciam¡ento del rerror¡smo, deoido a la
transferenc¡a d€ las sigu¡entes salas de juego: a) 'R¡chman Game777", ubicada en J¡.. Crespo y Castillo N.233, Cercado de L¡ma, transferida a favor de sol y Luna servic¡os Generales s.A.c. en virtud de ra Resorución oirectorar N' 171g201 1 -MINCETURA/MT/DGJCMT de 23.06.201 I ; b) "Richaman Game 777", ubicáda en Av. Los Dom¡n¡cos Mz. A, Lote 1, Urb. Alb¡no Herrera 'lera. Etapa, Prov¡ncia Constituc¡onal del Callao, transfer¡da a favor de Electronic Company S.C.R.Ltda. en v¡rtud de ta Resotución Direciorat N. 339-2013-MINCETURA/MT/DGJCMi d; 't4.O2.2013ii
c) d)
"R¡ch Game", ub¡cada en Av, Tinpas Vakke B" 3435, provinc¡a Const¡tucional del Caltao, transferida a favor de Inversiones Jormac s.A.c. en virtud de la Resolución D¡rectoral N'6692015-MINCETURA/MT/DGJCMT de 10.03.201st y, 'R¡chaman Games 777", ubidada en Av. 1ro. de Mayo N" 736, Distr¡to de Carmen de ta Legua Reynoso, Provincia Constituc¡onal del Callao, transfer¡da a favor de Inversiones Ben¿r¡s S.A.C. en v¡rtud de la Resolución Directoral N.32i3-2016-MTNCETURA/MT/DGJCMT de 19.10.2016.
Que, en consecuenc¡a, corresponde que Resolución Direcloral 362-2013MINCETUR /MT/OGJCMT de 18.02.20'13, sea dejada s¡n efeclo at no requerir HUARI SLOT S.A.C. de la autorización de la D¡rección General de Juegos de Casino y N4áqu¡nas Tragamonedas para contar
la
N.
con un Of¡cial de Cumpl¡m¡ento a Dedicación No Exclusiva;
-
De conformidad con la Ley 27153 Ley que regula la explotación de juegos de casino y máquinas tragamonedas, la ley 27444 - Ley del Procedim¡ento Adm¡nistrativo General, la Ley 27693 Ley que crea la UIF-Perú, sus normas modificatorias y reglamentarias y la Resoluc¡ón SBS. N. 16952016, estando a lo op¡nado en el Informe N" 020-2017.m9a.
-
SE RESUELVE:
l'.-
ArtÍculo Revocar la autorización otorgada por medio de la Resoluc¡ón D¡rectoral N. 362-2013-MINCETURA/MÍ/DGJCMT de 18.02.2013, a ta empresa HUARI SLOT S.A.C. para que contara con un Oficial de Cumplim¡ento a Ded¡cación No Exclus¡va, de acuerdo con las razones expuestas en la presente Resolución Directoral.
0
Artfculo
2'.-
Remit¡r
a la
Unidad
de
Intet¡gencia Financiera
Resolución para su conocimiento y fnes que correspondan.
Artículo
3".-
-
UtF-pERtJ
la
presente
La presente Resoluc¡ón entrará en v¡gencia aldía siguiente de su not¡f¡cación.
Reglstrese,
./..: -,.:,tú iiir\ / ¡' ' :''cl¡ ¡.; cc\ b Ía{':tj ,."..."" ..,' "\ MANUEL
SENAVENTE
D¡reclor General de de Casino y Máquinas Tragamonedas
apr€''t+tt?3'
tüi:á iÉ iii.'"*e"' i¿
,.u'6J
\;;;,¡':$*/