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NCETUR/V]V|T/DGJCI'T

Lima, 09l|l0.

¿013

11.09.2013, presentado por la empresa 74737¿|-2013-MINCETUR, de fecha 11.09.2013' visto, /isto, el Expediente N" 74737+2O13-MINCETUR,

PACIFICO S.A.C., en el que solicita la renovac¡ón de la autorizac¡Ón expresa para tragamonedas en la sala de .iuegos "PALACIO ROYAL HUANUCO", ubicada en el de máquinas explotac¡ón . Damaso Beraún N" 795 y 28 de Julio N' 1005, D¡slrito, Provinc¡a y Departamento de Huánuco;

Tlvos sLoTs DEL

CONSIDERANDO:

eue, mediante Ley N'27153, y normas mod¡ficator¡as, y su Reglamenlo aprobado med¡ante Decreio Supremo N" OOg-ZOOZ-lr¡lUbef UR, se reguló la explotac¡ón de los iuegos de casino y máquinas.trag€monedas en el país, estableciéndose en el articulo 24' del citado cuerpo legal que corresponde a la DirecciÓn General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas las facuttades adm¡nistrativas de autorización, f¡scalización. supórvisión, evaluación y sanción vinculadas a las explotaciones antes refer¡das; No 009-2002-MINCEfUR' la juegos señalados en él en los establec¡mientos ¡nstaladas renovac¡ón de la autor¡zac¡ón concedida a las salas de procedimiento establec¡do el s¡gu¡endo por se realiza Nó 27196, ta Ley 27153, mod¡ficada la Ley No articulo 60 de para el de Autorización Expresa;

eue, de acuerdo con lo establecido en el artículo l0o del Decreto Supremo

de la Ley antes menc¡onada asi como el artículo 7'de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N" OO+2OOZ-[¡tt,¡CgtUR, establecen los requ¡sitos que los solicitantes deben Que, el artículo

.14"

cumplir para acceder a la menc¡onada auiorización;

Que,medianteExpedienteN"ooo54T.2ooT-M|NcETUR,defecha09.03'2007,|aso|icitante

N" 28945."Ley de acogiéndose al procedimientó de Ráordenamienio y Fomalizac¡ón .establec¡do en la Ley Máqu¡nas de Cas¡no de Juegos Format¡zac¡ón de la Actividaó de Explotac¡ón ñeoi¿enam¡ento' tragamonedas d9 para la explotación Expresá Autor¡zación piesentó de sol¡cilud su tragamonedas', Tqgy[tgs o" ¡uédos ,,PAL¡CIO RO:VIL ffUÁ1,¡UCO', ubibada en Jirón Damaso Beraún N" 795 y 28 de Jul¡o N' -"n É Resolución oirtr¡to, Piovincia y Departamento de Huánuco, la misma que le fuera otorgada mediante ioOs,""U 14 01.2009; fecha de N' 072-2oO+¡¡iNCerUR¡¡¡¡T/DGJCMT, Direcioral

y

y

Que, med¡ante Exped¡ente N. 747374-2ol,MlNcETUR, de fecha 1.'1.09.2013, |a empresa la RECREÁT|úOS SUOTS OÉt_ ÉÁéreico s.Á.c. soticita renovación de la autor¡zac¡ón- _9Ipl9:3 .q"t" el-19-:1a-99.iuegot:"lu!l9-l9llllytL'"o"' o" i""sos oe maquinai trasamonedas 'l Prov¡nc¡a y Departamento de Huánuco; "tprot""ion uuicada en et Jr. oámaso Beraún Ñ" zss"y ze o",trtio N' oo5, D¡strito,

t"q"?1d-t-P:'9-":::!^"I Que, la sol¡citante ha cumplido con presentar la documentac¡ón y/o infomación en la .sala- de-luegos tragamonedas para máquinas explotar concedida la autorizacibn de renovác¡On a ta ;p¡U¡CIO .tr. Damaso Beraún N' 795 y 28 de Julio N' 1005, Distrito, ROYAL HUÁNUCO,;, uUiüJá

Provincia y Departamento de Huánuco:

"n "i

Que,deconform¡dadcon|odispuesioene|articu|o5ode|aLeyNo2TlS3ynormasmodif¡catorias|os

pueden enconlrarse a menos de establecimiento destinados a la eiplotación de máqu¡nas fagamonedas no tráns¡to peatonal posible de mín¡mo puerta el Jiguiendo pueña á ciento cincuenta (1bO) me¡,os, rá¡¿oi ¿" y primaria secundaria; ¡nicial, educación imparte se donde tempfoi ylo centrds dá estudios de Que, según consta en el Informe Técnico N' 962-2013-MINCETUR /MT/DGJCMT/DFCS-NSRT' OO1-2007-MINCETURA/MT/DGJCMT, N" Directiva la en Je b esiablecido amparo at tectra O¿.ti-ZOlg, 29.01 2007' se meO¡anie Resotución O¡rectoral No 038-2007-MINCETUR /MT/DGJCMT, de fecha aproLaOa

u"|'it"óqu"|asa|adejuegosnocump|econ|oestab|ecidoene|aftícu|o50de|aLeyNo27.|53ynormas

modif¡calorias, loda vez que se encuentra ubicáda

a

menos de c¡ento cincuenta (150) metros contados

s¡gu¡endo el mín¡mo tráns¡to peatonal de la Institución Educativa "María Molimari";

Que, al respecto cabe señalar que, según Resolución D¡rectoral N.

072-2OOg-

MINCETUR r'MT/DGJCMT, de fecha 14.01.2009, el mencionado centro de estud¡os no contaba con Licencia Municipal de funcionam¡ento al momento de la emis¡ón de la Resoluc¡ón de Autorizac¡ón Expresa para explotar máqu¡nas tragamonedas en el inmueble ub¡cado en el Jr. Damaso Beraún N' 79s y 2g de ¡úl¡o t¡" ioos, D¡sk¡lo, Provincia y Departamento de Huánuco, por lo que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 15. de la Direct¡va N" 001-2007-MINcETUR, aprobado mediante Resolución 38-2007-MtÑCETUR/VMT/DGJcMf, de fecha 29.01.2007, por lo que, a la solicitante no le resulta apl¡cable la prohib¡c¡ón estabtecida en el artículo S' de la Ley No 27153 y normas modit¡catorias;

qgl gtro lado, según el Informe Técn¡co N" 962-2O.t lMtNCETUR /MT/DGJCMT/DFCS-NSRT, de -Ou9: fecha 04.11.20'13, la sala de juegos cumple con los requisitos técnicos exigibles para la ¡nstalación y

funcionamiento de una sala de juego de máqu¡nas tragamonedas;

Que, as¡mismo cabe señalar que, med¡ante Resolución D¡rectoral N.

MINCETUR/VMT/DGJCMT,

de fecha 2't.1't.2013, a ta empresa REcREATtvos

slors

3335-2013_

DEL pAcíFtco

S.A.C' se le autorizó la últ¡ma modmcac¡ón a su Autorización Éxpresa por ta explotac¡ón de ochenta y siere (S7) láS.rilT-tr:q?Tgnedas- y -do_s_c¡enlas setenta y tres (273) memorias de sóio tectura en la sata de juegos "PALACIO ROYAL HUANUCO,, y que son tas mismas que a la fecha viene exptotando;

etnpres,a cumple con adjuntar a su solicitud copia del Certificado de Inspección Técn¡ca de ^ ..OY",enlaoefensa seguÍdad Civil de Detalle N" 04-2012, de lecha 23.01.2012, y det Informe Técn'ico Su.trnt"iório N" 052-201 1-GRH/ODCSC, emitido por la Ofic¡na de.Defensa civil y Seguridad c¡udadana oer Oooiemo Eegiánar de Huánuco, en el que de acuerdo con lo establec¡do en el becÉto supremo No oogzooi-pc¡¡, iJ oe¡a

constancia que la sala de iuegos de la solic¡tante cumple con las cond¡c¡onei de seguridad exigiOlei á'esieiipo de establec¡m¡entos;

Que' de la evaluación de la solvenc¡a económ¡ca de la sol¡c¡tante y de los soc¡os, directores, gerentes y apoderados con facuttades inscritas, según consta det Informe Econémico - F¡"r"i¡áio -ñ; osi_rdi3 ¿" Renovac¡ón de AutorizaciÓn Expresa, dé fecha 07.03.2013, la sotic¡tante y tas personas ¡n¿-¡cao"" cumplen con los criterios de evaluac¡ón establec¡dos en ta Direct¡va N" oor-áoo7-tlitN¿erun¡¡ür¡óó¡órrlr, "ntái deb¡éndose precisar de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15. de la Ley N. 27153 v normas modificatorias que dicha evaluación es pemanente en tanto el t¡tular de la Joi¡rr.¡á r"n-t""gá r"

í¡g;"

autorización conced¡da;

Que, en observanc¡a de lo establec¡do en los art¡culos 19'y siguientes de la Ley N. 27153 soricitante cumpre con presenrar ra pótiza cíe óauc¡on ñ; lozóz-óo--zbiil, otorgada por SECREX Cía de irédito y carantías, a favor del M¡n¡sterio

T99Ig{91a., ra 21.07.2013, Turismo

v

normas

i"'?"n"

de Comerc¡á ex"rio, y

-

MTNCETUR por ta suma de Trescientos cúarenta mit cuatroc¡entos y oonoo 1Si. soles, vigente hasra er 21.07.2014, por ras. máquinas autorizadas pára

saOjóóoo)

;;""o.

su éxpbtación en ra sara ¿á ir"sos

':P4LAcfo RorAL HUANUco',, en iespatdo de tas ourisacionei áslm¿;;;;j'ilü"-r",ii"""?ii"i'",iiio* de la apl¡cac¡Ón del mencionado cuerpo legal, la mismá que ha siáo remitioa at área dé MINCETUR para su custodia y llnes conespondientes;

"dri"i.1rr"d;;'"]

Que,ener Informe Técn¡co N" 962-2013-MTNCETUR /MT/DGJCMT/DFCS-NSRT, de fecha 04.11.2013, que ra sara de juegos. cumpre con ro d¡spuesto en er Decreto súpiero ñ"-ói+ioroMINCETUR que aprobó er Regramenio para tá rrpi"r"nia"ion a"r 9" :ryig¡: Tecn¡ca; co;plemenrarias sistema un¡ficado de controlen tiempo realSUoTR'a que se re¡áre'la pr¡mera D¡spos¡c¡ón Finalde la Ley N. 277 y la Resoluc¡ón de Superintendencia N. i4'2OO3-SUNAT; se- ha- verif¡cado

Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracc¡ones y sanciones, der Decreto supremo N" oit20rb-MrNcETUn, i"i"n"¡oüra ar riturar ¿euná saa-iáóári."a", con.una^multa-de c¡nco (05) ulT por cada mágu¡na lragamonedas que no se encuentre interconectada con un

Modelo SUCTR:

__-__ggg, T".d¡ante Exped¡ente.-N'_ 755017-2013-MTNCETUR, de fecha 17.10.20'rg, ra emDresa REcREATrvos slors DEL pAcrFrco S.A.c. cumptió.ón fñ."niá, pr"n ¿" páun"-on áL a al que hace.referencia er rirerar t) der numerar r4.1'der arríiuro 1¡¡""ri. ñ. zii-sá,':i_üdr"'iJ,iiil u glql:ola9!ón de los iuegos de cas¡no y.máquinas tragamonedas; mooincado mediante el artícuto 6. de la Lev N" 29907, "Lev para ra prevención de ra Ludopatia e_n ias sar". ¿" ,aqrr". 'l1"del Regtamento aprobado mediante Decreto

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id;;ffi"".",;;i;:tr,"

Supremo ñ" óOi¿Oi S_'[a¡f.¡CefUn:

Que, d€ acuerdo con ro dispuesto en erart¡curo 17'de ra Ley N.27153 y normas modificatorias, er prazo de las autorizac¡ones expresas concedidas por ra óirección Generar de Juegos de casino y Máqu¡nas Tragamonedas es de cinco (b5) años, pudiendoGr iánouao" por' pra.o" o" cuatro (4) años; "¿i¡"iáe"

. de

vigencia

.r".iu"."i

0

fr*¿ofrot¿o guuf*o/ ...t De conformidad con las Leyes Nros. 27'153, 27796 y 27444'Ley del Proced¡miento Administrativo General'y el Decreto Supremo Nro. OO9-2002-MINCETUR, estando a lo opinado en el Informe Económ¡co Financieró N" 037-2013 de Renovación de Autorizac¡ón Expresa; Informe Técn¡co N' 962-2013MINCETUR /MT/DGJCMT/DFCS-NSRT; y Legal N" 278-2013-MINCETUR^/MT//DGJCMT/DAR GED; SE RESUELVE:

l'.-

Renovar la autorización expresa conced¡da a la empresa RECREATIVOS SLOTS DEL para la explotación de máquinas tragamonedas en la sala de juegos "PALACIO ROYAL PACIFICO S.A.G., HUÁNUCO', ub¡cada en el Jr. Damaso Beraún N' 795 y 28 de Julio N" 1005, Distrito, Provincia y Departamenlo de Huánuco, con código de reg¡stro N" 1207310006, por un plazo de cuatro (4) años, en observancia de lo normado en elartículo 17" de la Ley N" 27153 y normas modificatorias.

Artículo

Artfculo 2'.- La presente autorización faculta a la empresa la explotac¡ón de ochenta y giete (87) máquinas tragamonedaj y doscientas setenta y tres (273) memorias de sólo lectura, según detalle conlenido en los ANEXOS I y ll que foman parte integrante de la presente resolución.

Art¡culo 3..- De acuerdo mn lo dispuesto en el artículo '14.2 de la Ley N' 27153 y normas mod¡f¡catorias, todos los requ¡sitos y cond¡c¡ones que sirv¡eron de base para la presente autorizac¡Ón. deben mantenerse durante el ptaio de vigencia de la misma, bajo ap€rc¡bimiento de cancelarse la autorizac¡ón conced¡da y disponerse lá clausura dá establec¡m¡ento destinado a la explotac¡ón de máqu¡nas tragamonedas' Artículo 4o.- De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 6 del Anexo ll del Cuadro de Infracciones y "Nomas Técnicas sanc¡ones, del Decreto supremo N'ots-zoto-¡¡lNcEruR, que aprobó el Reglamento de se reafSUCTR" a t¡empo en de control un¡f¡cado s¡stema para del la implementac¡ón Complementarias -que riiéie ta p¡mera'Disposición Final de ta Ley N" 27796 y la Resolución de Superintendencta N' 145¿003(05) UIT SUNAT, de fecha 25.07.2003, se sancionará aÍttular de uná sala tragamonedas con una mutta de c¡nco por cada máquina tragamonedas que no se encuenlre ¡nterconectada con un Modelo SUCTR

de Artículo S..- De conformidad con lo establec¡do en el articulo 7' del citado cuerpo legal, los t¡tulares

de explotac¡ón conced¡da por la D¡recciÓn General de Jueg-os de Cas¡no y -Máqu¡nas óul¡éáá"" á obt"t"t las normas que sobre.t:l1T:':lj-":s:'.t19:!:,1!l:1"i ot.", establezcan tai municipalidades en sus respecl¡vas jurisdicciones para el otorgam¡ento de

autorizac¡ón

,;ñ;ü;;";"rá"tt.i

munic¡pal a que hub¡ere lugar. la l¡cenc¡a "nii"

por el Tribunal Aftículo 6..- De acuerdo con lo dispuesio en la sentencia de fecha 02.02.2006, expedida

const¡tuye precedente const¡tuc¡onal (Exped¡ente N" 4227-2OO$i>A¡TC), la misma que. bajo responsabilidad pao toáos los poderes puUticos, tos áiplota