Estado Libre Asociado de Puerto Rico 17ma Asamblea Legislativa
6ta Sesión Ordinaria
SENADO DE PUERTO RICO COMISIÓN DE GOBIERNO, EFICIENCIA GUBERNAMENTAL E INNOVACIÓN ECONÓMICA 18 DE SEPTIEMBRE DE 2015 INFORME RECOMENDANDO LA NO APROBACIÓN DEL P. DEL S. 1201 AL SENADO DE PUERTO RICO Vuestra Comisión de Gobierno, Eficiencia Gubernamental e Innovación Económica tiene a bien recomendar a este Alto Cuerpo la no aprobación del P. del S. 1201.
Tabla de Contenido Introducción ..................................................................................................................... 3
Resumen Ejecutivo del Proyecto ............................................................................................................ 3
Informe ............................................................................................................................ 4
Alcance del Informe ............................................................................................................................. 4 Análisis de la Medida ........................................................................................................................... 5
Conclusión/Recomendaciones ........................................................................................ 15
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Introducción Resumen Ejecutivo del Proyecto Propósito del P. del S. 1201
El Proyecto del Senado 1201 propone que, de acuerdo a un supuesto mandato del Pueblo de Puerto Rico, mediante una elección general se seleccionen “congresistas” que representen a Puerto Rico y exijan su admisión como un Estado de la Unión. Estos “congresistas” se seleccionarían en la elección general de 2016.
Por qué el P. del S. 1201 no debe ser aprobado
Al Proyecto del Senado 1201 levanta, al menos, las siguientes objeciones fundamentales:
La propuesta carece de legitimidad democrática ya que Puerto Rico no ha favorecido la estadidad en un proceso justo.
Solamente electores en un estado ya anexado pueden elegir senadores o representantes al Congreso.
Aún si Puerto Rico pidiera la estadidad en las urnas, enviar seudo-congresistas a Washington no sería la forma válida de intentar la admisión como estado. Quienes lo han intentado en tiempos recientes no han tenido éxito. Lo que hace falta para lograr la estatidad es la voluntad de la mayoría de los electores puertorriqueños y la voluntad política del Congreso.
Agencias federales como la U.S. Government Accountability Office (GAO), han determinado que la estadidad sería un duro golpe a la economía de Puerto Rico. El impacto sustancial de aplicar los impuestos federales en Puerto Rico no se compensaría con el esperado aumento en fondos federales. La estadidad tendría un costo de aproximadamente 900 millones de dólares anuales, sin tomar en cuenta el golpe económico de la pérdida de la manufactura y la reducción en el empleo público.
Ante esas realidades, entendemos que el Proyecto del Senado 1201: no es buena política pública, no representa la voluntad del pueblo libremente expresada, no es un mecanismo legítimo y facilitaría un golpe mortal a la economía del País. Es un mal medio para un terrible fin.
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Informe Alcance del Informe Metodología
Esta Comisión evaluó el Proyecto del Senado 1201 conforme a la normativa jurídica y la condición política de Puerto Rico y los Estados Unidos. Utilizó la literatura científica y política sobre el tema del estatus político de Puerto Rico, los diferentes informes producidos por el Gobierno de los Estados Unidos y el Gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. También hizo referencia a materiales primarios tales como leyes para la admisión de estados, tratadistas jurídicos y récords de los debates congresionales. Finalmente, hizo referencia a la jurisprudencia aplicable en la esfera federal y en la esfera estatal.
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Análisis de la Medida El “Plan Tenesí”
De su exposición de motivos se desprende que el P. del S. 1201, parte de la premisa falsa de un supuesto triunfo de la estadidad en la consulta plebiscitaria celebrada en 2012. El Proyecto del Senado 1201 no es otra cosa que una forma de implementar lo que se ha llamado en Puerto Rico el “Plan Tenesí”. El supuesto plan consiste en que un territorio alcance la estatidad mediante el proceso de presión que supone la elección de congresistas de un territorio cuál si se tratase de un estado de la Unión. Esto, sin haber sido electos bajo ninguna ley de los Estados Unidos. De esa forma se espera demostrar, sin legitimidad electoral, que se cuenta con amplio apoyo para “forzar” la estadidad. Hay dos formas para seleccionar tales seudo-congresistas (“shadow congressmen”). Una es que la Asamblea Legislativa los seleccione. La otra es que sean electos por el pueblo mediante elección democrática. La presente medida propone una elección general de pueblo simultánea con las elecciones generales de 2016. Ésta propuesta carece de fundamentos jurídicos, electorales y políticos.
Normas para elegir Senadores y Representates al Congreso en la Constitución de los Estados Unidos
Sabido es que la Sección 3 del Artículo IV de la Constitución de los Estados Unidos delega exclusivamente en el Congreso la autoridad para admitir nuevos estados. “New states may be admitted by the Congress into this Union.” Secc. 3, Art. IV, Const. EE.UU. Por otra parte, dicha Constitución dispone que la Cámara de Representantes será compuesta por miembros electos por el Pueblo de los respectivos estados. Igualmente, el Senado de los Estados Unidos se compondrá de dos senadores de cada estado. “The House of Representatives shall be composed of Members chosen every second year by the People of the several States.” Secc. 2, Art. I, Const. EE.UU. Finalmente, el Congreso no puede alterar la cualificaciones dispuestas en la Constitución federal con respecto a quiénes serán miembros del Senado o de la Cámara; y mucho menos los estados pueden alterarlas. Powell v. McCormack, 395 U.S. 486 (1969). Huelga afirmar que una jurisdicción que no es estado, como Puerto Rico, no tiene autoridad alguna para elegir supuestos senadores o representantes al Congreso de los Estados Unidos, pues ello incumpliría como mínimo estas disposiciones constitucionales. Además, la medida propone un plan contrario a la voluntad democrática del pueblo puertorriqueño.
El “Plan Tenesí” no es una opción legítima para atender el
Quienes promueven implementar el llamado “Plan Tenesí” justifican en los confusos resultados del “plebiscito” de 2012, cuentan con el aval del Congreso. Por lo tanto, no constituye proyecto legítimo sobre el cual pueda comprometerse participación electoral del pueblo puertorriqueño.
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lo no un la
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estatus
En marzo de 2011, el President's Task Force on Puerto Rico (conocido en español como el Grupo de Trabajo de Casa Blanca) rindió su informe sobre el futuro político de Puerto Rico. En su informe, el Task Force estableció varias guías de consenso para la solución del estatus político de Puerto Rico. Hagamos un breve análisis de sus propuestas. El Informe recomendó que se llevaran a cabo uno o dos “plebiscitos” entre las diferentes alternativas de estatus en igualdad de condiciones. El documento enumeró las siguientes alternativas: estadidad, independencia, libre asociación o Estado Libre Asociado. También propuso que se organizara un proceso de dos rondas que consultaría primero la contestación de Puerto Rico de ser parte de Estados Unidos. Si prevaleciera una respuesta negativa a dicha pregunta entonces en una segunda ronda la preferencia entre las alternativas de libre asociación o independencia. Si la respuesta fuese positiva, la segunda votación sería entre la estadidad y el Estado Libre Asociado. Report by The President’s Task Force on Puerto Rico’s Estatus, págs. 26-29 (2011). El llamado “plebiscito” del 2012, realizado en virtud de la Ley 2832011, según enmendada, no siguió las recomendaciones del Task Force. De hecho, la papeleta que se aprobó mediante esta Ley proveyó dos preguntas:1) si se estaba de acuerdo con mantener el estatus actual 2): la preferencia entre estadidad, libre asociación o independencia. En efecto, en esa segunda pregunta los defensores del Estado Libre Asociado no encontraban espacio adecuado para expresarse. Además, se podía votar en la segunda pregunta sin importar como el elector hubiera votado en la primera pregunta. De esta forma el resultado de la primera pregunta en ninguna manera establecía un vínculo entre la siutuacion política actual. Era meramente un concurso de simpatía. Esta papeleta violaba varios de los principios expuestos en el informe del Task Force. Primeramente, el diseño de la papeleta de 2012 no puso a las alternativas a competir en igualdad de condiciones. Reflejó una preconcepción de la Asamblea Legislativa de ese entonces de que el Estado Libre Asociado no era un estatus legítimo. Por esa razón, se aisló al Estado Libre Asociado en la primera parte de la papeleta. Se le llamó “el estatus territorial actual” y se le excluyó de la segunda parte de la papeleta. Al excluir en la segunda pregunta al Estado Libre Asociado, se violó el espíritu y letra de la recomendación de Task Force de que las cuatro (4) alternativas compitieran en igualdad de condiciones. Segundo, el Task Force propuso en su informe varias alternativas aceptables en un proceso electoral de varias consultas. Por ejemplo, hacer una ronda para consultar al pueblo sobre su
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predilección con respecto a alternativas diferentes al Estado Libre Asociado, y que de esa ronda surgiera la alternativa que competiría con el Estado Libre Asociado. El informe discutió cinco (5) alternativas viables de procesos plebiscitarios. El “plebiscito” de 2012 no incluyó ninguna de las cinco (5) propuestas del Task Force. Tercero, la papeleta de 2012 no incluyó ninguna posibilidad de un Estado Libre Asociado mejorado. Se han planteado alternativas importantes para mejorar nuestra relación política actual dentro de su propia naturaleza. Entre esas alternativas existe la aplicación del Capítulo 9 de la Ley de Quiebras Federal 1, una exención de las leyes de cabotaje, paridad de fondos de Medicare, el voto presidencial, control de Puerto Rico sobre las leyes de propiedad intelectual o facultades expandidas para realizar acuerdos internacionales. Sin embargo, ninguna de esas alternativas estaba en la papeleta. Evidentemente, el “plebiscito” no estaba diseñado para producir una decisión justa, ni para cumplir los estándares mínimos de una consulta legítima, descritos por el Task Force presidencial. Estaba diseñado para poder manipular sus resultados. El Task Force no contempló lo que se hizo en Puerto Rico en el llamado “plebiscito” de 2012. Es más, el Task Force presidencial en ningún momento mencionó o consideró el llamado “Plan Tenesí” como una alternativa. De hecho, se mencionó hasta la Asamblea Constitucional de Estatus y un proceso de negociación directa como el Comité Ad-Hoc de 1975. Todo menos el “Plan Tenesí”. El proyecto bajo consideración va en contra de la voluntad del pueblo puertorriqueño. Adoptar el “Plan Tenesí” a base de los resultados del “plebiscito” del 2012 sería representar falsamente la voluntad mayoritaria del pueblo de Puerto Rico que no endosa la estadidad
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Aún en un proceso amañado, como el de noviembre de 2012, la estadidad no obtuvo el favor de la mayoría del electorado. Los resultados informados por la Comisión Estatal de Elecciones para la primera pregunta fueron 54%-46% en contra del estatus político actual, que la propia papeleta impuesta al electorado definió peyorativamente como “territorial”. Con respecto a la segunda pregunta, los resultados fueron 61.2% a favor de la estadidad, 33.2% para el estado libre asociado soberano y 5.5% para la independencia. Sin embargo, dicho cómputo ignora la cantidad significativa de votos en blanco que los electores emitieron. Es de conocimiento público que el Partido Popular Democrático, que defiende el Estado Libre Asociado, pidió un voto en blanco como protesta a la manipulación de aquel proceso. Si se consideran los votos en blanco obtenidos, el resultado del referéndum cambia dramáticamente: la estadidad sólo obtuvo el 44.4%, el estado libre
Véase, e.g., H.R.870 - Puerto Rico Chapter 9 Uniformity Act of 2015, presentado en el Congreso de los Estados Unidos.
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asociado soberano obtuvo 24.2%, la independencia 4.0% y los votos en blanco 26.5%. Claramente, la estadidad no obtuvo un mandato en el “plebiscito”, aún en un proceso que tuvo un diseño claro, para manufacturar un resultado favorable a la estadidad. Aún así, más de la mitad de los electores (54.7%) rechazó la estadidad. No es legítimo el uso de fondos públicos para defender el resultado de un proceso pues fue diseñado para generar un resultado artificial en cuanto a la opinión mayoritaria. Tampoco le conviene a los estadistas que se dejen dudas sobre el respaldo a la estadidad. Adoptar el llamado “Plan Tenesí” a base de estos resultados sería representar falsamente la voluntad mayoritaria del pueblo de Puerto Rico expresada en las urnas. Comisionado Residente Pierluisi acepta que el “plebiscito” de 2012 no es concluyente
El “Plan Tenesí” ni siquiera es efectivo para pedir la estadidad
Cómo realmente se logró la estadidad
A raíz del plebiscito de 2012, no debe sorprender a nadie que el Comisionado Residente Pedro Pierluisi haya radicado en 2015 legislación ante el Congreso mediante la cual se consultaría al Pueblo de Puerto Rico sobre si desea o no ser estado de la Unión, el H.R. 727. La Sección 3 de dicho proyecto de ley establece que Puerto Rico debería ser consultado sobre si acepta o no la estadidad.2 El Comisionado Residente, sabe que el plebiscito de 2012 no tiene credibilidad alguna en el Congreso y un “Plan Tenesí” tendría menos. La inmensa mayoría de los estados (31 de los 37 anexados luego de la ratificación de la Constitución) no alcanzaron la estadidad mediante un “Plan Tenesí”. Los pocos que sí utilizaron el “Plan Tenesí” obtuvieron la estadidad, no por dicho Plan, sino porque las condiciones políticas en el Congreso les fueron favorables. Como veremos a continuación, es la voluntad política del Congreso la que hace viable la estadidad después. Bajo ninguna circunstancia habrá esa voluntad política si no existe un reclamo diáfano del pueblo de Puerto Rico. El “plebiscito” de 2012 no es ese reclamo diáfano. Con contadas excepciones, luego de la adopción de la Constitución de los Estados Unidos todos los estados han alcanzado la anexión después de constituirse como territorios incorporados. Sólo la República de Texas y, según entienden algunos, la República de Vermont (cuyo territorio reclamaba New York, a cuya anexión como estado separado consintió expresamente), alcanzaron la estadidad siendo repúblicas independientes. Kentucky, West Virginia y Maine fueron creados siendo parte de otros estados federados. En total, 32 de los 50 estados eran territorios incorporados originalmente.
Véase H.R.727 - Puerto Rico Statehood Admission Process Act , secc. 3 (a) (February 4, 2015) (“ Vote.—The State Elections Commission of Puerto Rico is authorized to provide for a vote on the admission of Puerto Rico into the Union as a State within one year of the date of enactment of this Act, in accordance with rules and regulations determined by the Commission, including qualifications for voter eligibility. The ballot shall ask the following question: “Shall Puerto Rico be admitted as a State of the United States? Yes__ No__”). 2
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El proceso usual para la anexión como estado federado era que territorios que le pertenecían al Gobierno federal, a medida que ganaban población, se organizaban políticamente, y entonces podían solicitar (o el Congreso podía conceder) la estadidad. Dicha concesión podía estar sujeta a ciertas exigencias del Congreso. Por ejemplo, la Ordenanza del Noroeste del 1787 disponía que entre tres a cinco estados se formarían del territorio una vez sus habitantes excedieran los 5,000 habitantes y se organizaran. Se aceptarían como estados una vez sus habitantes excedieran los 60,000. Pero de igual forma la Constitución les aplicaba plenamente a los habitantes de estos territorios ya que eran parte de Estados Unidos y por lo general eran ya ciudadanos estadounidenses. El proceso usual: la ley habilitadora
En la mayoría de los casos, el Congreso fue el que estableció un proceso para la redacción de una constitución estatal e impuso condiciones para la admisión. Se establecía una ley habilitadora (Enabling Act) que facultaba a los habitantes a redactar una constitución. Una vez se proclamara la admisión, se admitían como estados. El primer ejemplo de esas leyes habilitadoras fue el Enabling Act of 1802 que estableció las condiciones para que diferentes partes del Territorio del Noroeste se conviertieran en estados. Las leyes habilitadoras podían establecer condiciones para la admisión a la Unión. Por ejemplo, Utah había sido colonizado por miembros de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días. Esa Iglesia en ese momento practicaba la poligamia. Utah no fue admitido hasta que su constitución estatal prohibiera la poligamia, por mandato explícito del Congreso. Utah Enabling Act, 28 Stat. 107, secc. 3 (1894). La controversia sobre ese asunto fue tal que Utah fue aceptado como estado en 1896, 50 años después de su colonización y organización política. Por su parte, el Estado de Nuevo México tuvo que comprometerse a que la enseñanza pública fuera realizada exclusivamente en inglés. New Mexico Enabling Act, 36 Stat. 557, secc. 20.
Ocasiones en que el “Plan Tenesí” ha sido parte del proceso de admisión de un estado
En algunos casos, como demostración de la organización de un territorio, las poblaciones organizaban sus gobiernos eligiendo gobernadores y legisladores, y luego enviaban representantes al Congreso. Esto ocurrió principalmente en los territorios admitidos al principio de la historia de los Estados Unidos ya que los medios de comunicación eran escasos y poco eficaces. Antes de la Guerra Civil de los Estados Unidos, la lucha ideológica más controversial era sobre la esclavitud. Se había logrado un balance entre los estados. Para mantener ese balance entre estados esclavistas y estados “libres”, el Congreso estableció una política para que sólo se aceptarían estados conjuntamente: uno libre y otro esclavista.
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Por esa razón, estados libres o esclavistas que ya estaban organizados no se admitían inmediatamente hasta que otro estado de la persuasión opuesta fuera admitido. Los seis (6) estados comúnmente citados como que fueron aceptados por el Plan Tennesse son Tenesí, Michigan, Iowa, California, Oregon y Alaska. De esos seis (6) estados aceptados bajo el “Plan Tenesí”, cuatro (4) fueron admitidos durante la pugna sobre estados esclavistas y estados no esclavistas. Tenesí, el primero, envió sus representantes al Congreso para demostrar que estaban organizados. El Congreso no demoró en aceptarlos. Luego de eso, Michigan e Iowa fueron aceptados como estados libres junto a Arkansas y Texas, conforme a los términos del Acuerdo de Missouri que codificó el balance entre estados libres y esclavistas en 1820. Posteriormente, se formó una pugna sobre si aplicaría dicho acuerdo a los territorios adquiridos durante la guerra mexicanoamericana de 1848. El congresista David Wilmot intentó legislar infructuosamente para que los territorios conquistados fueran libres. California y Oregon enviaron sus “congresistas” a Washington, D.C. Pero sólo fueron admitidos a la Unión como parte de un Acuerdo de 1850 que actualizó las condiciones del Acuerdo de Missouri entre estados libres y esclavistas. California y Oregon se convirtieron en estados federados una vez las condiciones políticas permitieron un consenso en Washington sobre su admisión. Sin el ambiente político, ninguno de esos estados que recurrieron al “Plan Tenesí” hubiera sido aceptado. Michael F. Holt, The Rise and Fall of the American Whig Party, cap. 14 (1999). Algunos utilizan a Kansas como ejemplo de un estado que fue aceptado por causa del “Plan Tenesí”. Sin embargo, la estadidad de Kansas también fue matizada por las luchas esclavistasabolicionistas. En 1854 se aprobó la Ley Kansas-Nebraska que revocó el Acuerdo de 1850. Se permitiría a las poblaciones de los Territorios elegir si serían esclavistas o libres. La aprobación de la Ley Kansas-Nebraska desató una guerra civil, conocida como Bleeding Kansas, siete (7) años antes del comienzo de la guerra civil entre los estados fieles a la Unión y los estados fieles a la Confederación. Los respectivos bandos desataron violencia y hubo masacres de todo tipo. Cada bando aprobó su propia constitución para el futuro estado de Kansas. Eventualmente, se redactaron 4 constituciones diferentes, aceptándose por el Congreso la Constitución de Wyandotte en 1861 luego de que las fuerzas esclavistas fueran derrotadas y las delegaciones sureñas abandonaron el Congreso una vez sus estados se separaron de la Unión. Kansas fue aceptado cuando hubo paz en el territorio y la oposición congresional, que favorecía la esclavitud, literalmente abandonó el Congreso. El conflicto entre las cuatro (4) diferentes
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constituciones significó que Kansas no fue aceptado mediante el “Plan Tenesí”, ya que en realidad había un conflicto entre constituciones y delegaciones. James McPherson, Battle Cry of Freedom, cap. 5 (2003). Es decir que por sí solo, el “Plan Tenesí” no fue el camino aceptado para la estadidad. Fue necesario el reclamo de la población del estado combinado con la voluntad política del Congreso para concederla, en el agrio contexto histórico previo a la guerra civil. Alaska y el “Plan Tenesí”
El último estado admitido a la Unión en seguir el “Plan Tenesí” fue Alaska. Es el ejemplo que mejor simboliza la futilidad y el carácter confrontacional de esta estrategia: una jurisdicción envíe seudocongresistas al Congreso, y allá no se les toma con seriedad (véase la triste suerte de Washington, D.C. y su “Plan Tenesí”, infra). El territorio de Alaska fue comprado a Rusia en 1867. Fue colonizado por personas en búsqueda de oro y por militares. Su búsqueda de la estadidad fue complicada por consideraciones partidistas. Un artículo de la reconocida revista Congressional Quarterly de esa época resume brevemente los requisitos y el proceso para la estadidad según entonces era entendido por el Congreso. Citan de un informe senatorial que expone tres requisitos, a saber: que los habitantes del territorio crean en la democracia, que una mayoría del electorado apoye la estadidad y que el propuesto territorio pueda asumir el costo económico de un gobierno estatal y su participación del costo del gobierno federal. “Statehood Considered by Congress since 1947”, CQ Almanac 1957. En 1946 se celebró un plebiscito en Alaska en el que la estadidad triunfó con aproximadamente 60% del voto. Posteriormente, se radicó en la Cámara de Representantes federal legislación para admitir a Alaska como estado. En 1948 el proyecto de admisión obtuvo el aval del Comité Congresional correspondiente. En 1950 la Cámara aprobó legislación y el Comité senatorial correspondiente recomendó su aprobación pero nada ocurrió. En 1952 ocurrió lo mismo pero el informe se devolvió a comité por el Senado en pleno. Es en estas circunstancias que Alaska implementa el “Plan Tenesí”. Hawaii, en una situación similar opto por no seguirlo. “Statehood Considered by Congress since 1947”. Id. Las razones para que Hawaii y Alaska no se convirtieran en estados de la Unión de inmediato fueron políticas. Los senadores sureños, para quienes la resistencia a la integración racial era su tema principal, se oponían a añadir cuatro (4) senadores de regiones que no veían con buenos ojos la segregación. Legisladores de otros
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estados no veían con buenos ojos que se diluyera sus votos con la llegada de senadores y representantes de nuevos estados. Además, la situación política de esos territorios entonces era que Alaska usualmente votaba demócrata y Hawaii republicano. Ambos partidos estaban separados por márgenes estrechos en el Congreso. El Presidente Eisenhower, republicano, impulsaba la estadidad para Hawaii pero planteaba objeciones de defensa nacional para la estadidad para Alaska. “Statehood Considered by Congress since 1947”; id. La existencia de voluntad política, y no el mecanismo de presión utilizado, es lo que consiguió la estadidad. En ese momento la duda sobre la integración de un estado republicano con uno demócrata o viceversa detuvo la estadidad. “Statehood Shenanigans,” New York Times, 10 de febrero de 1958. El fracaso del “Plan Tenesí”: Washington, D.C.
Los habitantes de Washington D.C. tienen voto presidencial, pagan impuestos federales y su gobierno local está sujeto a los mandatos del Congreso en cuanto a su gobierno interno; incluso han tenido una junta de control fiscal nombrada por el gobierno federal sin su consentimiento. El movimiento pro estadidad de Washington D.C. tiene mucha fuerza. El Presidente Obama está a favor. “President Obama on D.C. Statehood: ‘I’m for It’”, New York Times, 21 de julio de 2014. Un comité senatorial celebró audiencias con el apoyo del entonces Portavoz de la Mayoría Demócrata pero nada ocurrió. “D.C. Statehood to Get Hearing on Capitol Hill”, New York Times, 8 de septiembre de 2014. Sin embargo, el ambiente del Congreso nunca ha sido favorable. Washington, D.C. ha tomado medidas extremas para intentar alcanzar la estadidad. En 1982 Washington, D.C. aprobó una constitución estatal que el Congreso nunca ha aceptado. Para luchar por su admisión, Washington ha recurrido al llamado “Plan Tenesí” y envia al Congreso dos senadores y un representante desde 1990. No ha logrado nada. Periódicamente aparecen artículos detallando su impotencia política. “Shadow Delegation Toils in Obscurity for D.C.'s Day in the Sun”, The Washington Post, 16 de enero de 2007. “D.C.’s ‘shadow senator’ will take statehood cause to Des Moines this weekend”, The Washington Post, 11 de febrero de 2015. Washington, D.C. lleva 25 años utilizando el “Plan Tenesí”. Se especula que una razón importante para la oposición a su admisión como estado es que el Distrito de Columbia sería un estado demócrata que añadiría dos senadores demócratas al Gobierno federal. “First D.C. Statehood Bill in 20 Years Gets a Senate Hearing”, Governing Magazine, 16 de septiembre de 2014.
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Sin voluntad política en el Congreso, los esfuerzos de Washington, D.C. fracasarán consistentemente. El Territorio Incorporado
La estrategia de la estadidad a la fuerza que representa el recurrir a estrategias como el “Plan Tenesí” conlleva otra consecuencia negativa: la aplicación de impuestos federales sin que se nos admita como estado. Esa es la consecuencia de la incorporación territorial. El camino a la estadidad históricamente ha sido la incorporación. Hawaii y Alaska fueron territorios incorporados por décadas hasta que lograron su anexión. Todo ese tiempo pagaron impuestos federales. Sin embargo, Puerto Rico no se ha puesto decisivamente en el camino de la estadidad. Si Puerto Rico votara a favor de la estadidad, el Congreso podría convertirnos en un territorio incorporado indefinidamente. Eso nos sometería a las consecuencias contributivas nefastas de la estadidad sin sus capacidades políticas. La búsqueda irresponsable de la estadidad nos podría colocar en esa difícil posición. Esto atrasaría aún más los esfuerzos por salir de la crisis económica que aqueja a Puerto Rico hoy.
Las contribuciones federales y la economía
En 2014 el Government Accounting Office expuso un análisis fiscal de las consecuencias de la estadidad. Sus conclusiones son reveladoras y no son positivas para la estadidad ni para el territorio incorporado. Government Accounting Office, Puerto Rico: Information on How Statehood Would Potentially Affect Selected Federal Programs and Revenue Sources (2014). La imposición de la carga contributiva de la estadidad tendría efectos nefastos sobre nuestra economía. Aún con el crédito al trabajo federal, los puertorriqueños pagarían 2,200 a 2,300 millones de dólares adicionales en contribución sobre ingreso. GAO, págs. 104-108. Las corporaciones pagarían entre 5,000 a 9,300 millones, provocando la salida de 25,000 millones de dólares en actividad económica y poniendo en peligro 100,000 empleos. Además, le restaría 2,000 millones de dólares a las maltrechas finanzas del gobierno con la salida de sus contribuciones sobre ingreso y el pago del arbitrio de Ley 154-2011 de 4%. Aún con la salida de esas corporaciones foráneas, los impuestos sobre las corporaciones impondrían una carga de hasta 3,400 millones en nuestra economía. GAO, págs. 105-109. El informe del GAO no toma en cuenta la imposición de arbitrios federales sobre la actividad económica de Puerto Rico. Sin embargo, Puerto Rico consume casi mil millones de galones de gasolina al año. Podemos estimar que se pagarían 200 millones en arbitrios sobre el petróleo. Estimados similares nos llevarían a
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concluir que Puerto Rico pagaría en arbitrios cerca 500 millones de dólares y su efecto multiplicador agravaría la situación económica. El saldo sería de entre 2,700 a 6,200 millones de dólares en impuestos federales. El efecto económico de la estadidad o el territorio incorporado
La pérdida de la autonomía fiscal también significaría el fin de la triple exención contributiva. El ya maltrecho valor de nuestros bonos y nuestro acceso a los mercados se vería aún más reducido. Perderíamos la oportunidad de hacer nuestras propias leyes contributivas. Además pondría fin al programa de incentivos turísticos y a los hospitales. Los recursos que producen los impuestos que hoy cobramos y manejamos no estarían disponibles. La entrada de 500 a 1,400 millones de dólares en fondos adicionales de Medicaid no compensaría el final del arbitrio de 4% que produce casi 2,000 millones de dólares. En una economía ante una crisis fiscal, es casi impensable que la imposición de contribuciones federales sea una alternativa viable para Puerto Rico. En el sector público, la estadidad también tendría efectos nefastos. El recorte de al menos 2,000 millones de dólares en contribuciones sobre ingreso y demás impuestos locales para compensar la imposición de impuestos federales, significaría el despido de al menos 40,000 empleados públicos permanentes. Convertir a Puerto Rico en un territorio incorporado tendría estos costos, sin las capacidades políticas de la estadidad. La lucha desbocada por la estadidad, sin un análisis cuidadoso de sus costos y beneficios, conllevaría un golpe fatal a nuestra economía.
El efecto de la estadidad sobre la gente
En el nivel individual, Puerto Rico exime de contribución sobre ingresos los pagos por desempleo, el seguro social y los primeros 2,000 dólares mensuales en pensiones. Las contribuciones federales se aplican sobre todos esos pagos. Los que ganen más de 917 dólares mensuales tendrán que pagar contribuciones federales. Para los mayores de 60, si ganan más de 1,250 dólares mensuales, tendrán que pagar contribuciones federales. Esa cantidad incluye seguro social y pensiones. El efecto, por ende, sería especialmente fuerte sobre los jubilados. Las corporaciones locales verían sus impuestos sobre ingreso duplicarse. Todo esto sin el aumento que la pérdida de ingresos obligaría a realizar en los impuestos sobre el consumo y sobre la propiedad inmueble para cuadrar la caja. Si distribuimos esa carga en la familia típica de 4 personas, significaría un aumento contributivo federal de entre 3,100 a 7,100 dólares anuales por familia, sin la posibilidad de una reducción en los impuestos estatales.
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Conclusión/Recomendaciones La Comisión realizó un examen exhaustivo de los documentos primarios, la literatura y el record histórico de los Estados Unidos. La estadidad, como se expresó en el informe del Senado federal sobre la estadidad de Alaska, requiere compromiso con valores democráticos, una petición firme de estadidad y la capacidad económica de poder contribuir su parte de la carga fiscal de la nación. Nadie puede dudar del compromiso de Puerto Rico con la democracia. Nuestra vigorosa cultura política así lo demuestra. Pero Puerto Rico no pidió la estadidad. El “plebiscito” de 2012 no refleja nuestra voluntad de crecimiento político porque la estadidad no ganó, y fue un proceso amañado. No es política pública seria utilizar fondos públicos para impulsar una opción de estatus que no cuenta con el aval mayoritario del país. El llamado “Plan Tenesí” tampoco es la forma de solicitar la estadidad. El proceso correcto para solicitar la admisión como estado es a través de una Ley Habilitadora que goce del favor del Congreso. El “Plan Tenesí” no ha sido efectivo a través de la historia, porque la voluntad política del Congreso es crucial. Los electores de Puerto Rico no han solicitado la estadidad y en el Congreso no existe la voluntad para admitir a Puerto Rico a la Unión. Otro requisito para la estadidad es la capacidad económica para contribuir su parte de la carga fiscal de Estados Unidos. Puerto Rico no puede contribuir su parte en impuestos federales sin darle un golpe mortal a su economía. La pérdida de decenas de miles de empleos privados y públicos haría imposible que Puerto Rico cargue con su porción de la carga económica. Ante ese cuadro, nadie debe esperar voluntad política en el Congreso. POR TODO LO ANTES EXPUESTO, esta Comisión de Gobierno, Eficiencia Gubernamental e Innovación Económica, luego del estudio y consideración correspondiente, tiene a bien someter a este Alto Cuerpo, su informe recomendando que el Senado no apruebe el Proyecto del Senado 1201. Respetuosamente sometido,
Ángel R. Rosa Presidente
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