CR.Iso{ución!Ministeria{ gro.1C1 -2017-!MIN.Jl!M - Ministerio del

Iso{ución!Ministeria{ gro.1C1 -2017-!MIN.Jl!M. 19 ABR 2017. Vistos; el Memorando W 229-2017-MINAM-VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental;.
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CR.Iso{ución!Ministeria{ gro .1C1 -2017-!MIN.Jl!M Lima,

1 9 ABR 2017

Vistos; el Memorando W 229-2017-MINAM-VMGA, del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe W 273-2017-MINAM/SG-OAJ, de la Oficina de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y, CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Legislativa W 30248 se aprueba la Enmienda al Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación, adoptada por decisión 111/1,durante la tercera reunión de la Conferencia de las Partes realizada el 22 de septiembre de 1995, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, a través del Decreto Supremo W 067-2005-RE se ratifica el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos persistentes, suscrito el 22 de mayo de 2001, en la ciudad de Estocolmo, Reino de Suecia; Que, asimismo, mediante Resolución Legislativa W 28417 se aprueba el Convenio de Rotterdam para la aplicación del procedimiento de consentimiento fundamentado previo a ciertos plaguicidas y productos químicos peligrosos objeto de comercio internacional, adoptado el 10 de setiembre de 1998, en la ciudad de Rotterdam, Países Bajos; Que, según lo previsto en el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, el Viceministerio de Gestión Ambiental, actúa como punto focal de los tratados, convenios, convenciones que así se establezca, en el ámbito de competencia del Viceministerio, supervisando el cumplimiento de sus disposiciones, incluida la elaboración periódica de los informes nacionales sobre los mismos; •

.. Que, mediante carta de fecha 22 de febrero de 2017, los representantes de los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo cursan invitación al Ministerio del Ambiente para participar en las reuniones de las Conferencias de las Partes de los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo, las cuales se llevarán a cabo en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 24 de abril al 5 de mayo de 2017; Que, a través del Memorando W 229-2017-MINAM-VMGA, el Viceministro de Gestión Ambiental informa que participará en el Segmento de Alto Nivel de las Reuniones de las Conferencias de las Partes de los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo, del 3 al 6 de mayo de 2017, el mismo que tiene por objeto posicionar las prioridades nacionales como parte de los desafíos regionales de los referidos Convenios; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario, cuyos gastos de participación serán cubiertos por la Secretaría de los Convenios de Basilea, Rotterdam y Estocolmo;

Que, según lo previsto en el artículo 26 de la Ley W 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Ministro puede encargar a un Viceministro para que, con retención de su cargo, desempeñe el de otro Viceministro por ausencia del titular; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 11 del Decreto Supremo W 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado, serán autorizados mediante Resolución de Titular de la Entidad correspondiente, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado del Director de la Oficina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley W 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo W 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley W 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo W 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo W 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaJe, en comlslon de servicIos, del señor MARCOS GABRIEL ALEGRE CHANG, Viceministro de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 3 al 6 de mayo de 2017, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, el funcionario cuyo viaje se autoriza mediante el artículo precedente, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Ministerio del Ambiente. Artículo 3.- Encargar las funciones del Viceministro de Gestión Ambiental al señor WILLlAN FERNANDO LEON MORALES, Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales del Ministerio del Ambiente, en adición a sus funciones, a partir del 3 de mayo de 2017, yen tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4.- El viaje autorizado no irrogará gastos con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, ni otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Transcribir la presente resolución al Viceministerio de Gestión Ambiental, al Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, así como a la Oficina General de Administración, para los fines correspondientes. Regístrese

y comuníquese.