Bancos Evaluación por Producto / Crédito Simple (PyMES) Periodo: Enero - Diciembre 2015 CONSULTAS, RECLAMACIONES Y CONTROVERSIAS Detalle Posición (en función a la calificación)
SANCIONES Detalle
Instituciones
Total de Reclamaciones
1
Índice de Reclamación
Monto de Multa Promedio
Total Por cada 10 mil contratos
9
Supervisión de Condusef Detalle Calificación 0 - 10
Prácticas No Sanas
5.9
S/I
($)
4.3
0
-
Resolución favorable
Inconformidad con el saldo del crédito o del monto de las amortizaciones
Actualización de historial crediticio no realizada
1
1
RECLAMACIONES EN CONDUSEF Periodo: Enero - Diciembre 2015 Bancos Crédito Simple (PyMES) En Condusef
Instituciones
Total de reclamaciones
Principales causas de reclamación
Índice de Reclamación Por cada 10 mil contratos
( %)
Gestión de Cobranza Gestión REDECO
4.3
62.5
1
9
SANCIONES Periodo: Enero - Diciembre 2015 Bancos Crédito Simple (PyMES) Leyes Aplicables
Instituciones
Total de Sanciones
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros
Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros
Motivos
Motivos
Motivos
Monto ($)
Sanciones (#)
Monto ($)
Sanciones (#)
Monto ($)
0
-
0
-
0
-
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros: Omite presentar el Informe Trimestral de Consultas y Reclamaciones de la UNE, Omite presentar documentos y/o elementos en el Procedimiento Conciliatorio, Omite presentar el Informe Inicial y/o Informe Adicional en el procedimiento Conciliatorio, No compareció a la audiencia de conciliación a la que fue citada, Incumplimientos varios que no alcanzan el 10% por incidencia, Omite proporcionar información de constitución y/o datos de la UNE, Omite proporcionar información general.
Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Servicios Financieros: Emitir tarjeta de crédito sin solicitud del usuario, No dar cumplimiento a requerimientos o dar cumplimiento de manera extemporánea, Contratos de Adhesión que incumplen con la normativa, no se realizan modificaciones y omite registrar en el RECA, estados de cuenta y otros elementos. Publicidad que no contiene la forma y términos establecidos en la normativa aplicable, Sin información de comisiones en página web o sucursal.
Ley de Instituciones de Crédito: No canalizar vía telefónica al usuario ante la compañía de seguros correspondiente para la cancelación inmediata del seguro que el banco le comercializó, No cumplir con el procedimiento para dar por terminado un contrato, Proporcionar al usuario información engañosa y que lo indujo a error sobre las operaciones y servicios financieros, Condicionar la contratación de una operación o servicio, a la contratación de otra operación o servicio
SUPERVISIÓN DE CONDUSEF Periodo: Enero - Diciembre 2015 Bancos Crédito Simple (PyMES) Instituciones
Ley de Instituciones de Crédito
Sanciones (#)
0
Evaluación de la Información del Producto
Evaluación de Supervisión
Evaluación General
3.1
7.7
5.9
Cláusulas Abusivas Particulares*
Observaciones de Condusef En General
S/I
19
Calificación General por Producto
IDATU Calificación por producto
Calificación (0 - 10)
Calificación (0-10
8.72
9.46
Observaciones de Condusef en General Febrero 2013: Recomendación dirigida a la Asociación de Bancos de México: Se recomienda a la Asociación de Bancos de México que las Instituciones Financieras se abstengan de incluir en su publicidad, términos y condiciones que difieran con el contrato, expresar la tasa de interés en términos anuales, difundir el CAT con la finalidad de favorecer la comparación de productos, así como evitar competencia desleal en su material publicitario. Agosto 2013: Recomendación dirigida a la Asociación de Bancos de México: Se recomienda a la Asociación de Bancos de México que las Instituciones Financieras permitan a los titulares de tarjetas de crédito dar por terminado el contrato de adhesión con una solicitud presentada a la Entidad, incluso si existiera un saldo pendiente, donde el contrato sólo continuará en vigor para efectos del pago del principal con los intereses y accesorios que del crédito, así como se fomente la movilidad de Usuarios de tarjetas de crédito entre las Instituciones Financieras.
OBSERVACIONES DE CONDUSEF Bancos Periodo:Enero - Diciembre 2015 Crédito Simple (PyMES)
Banco Regional de Monterrey, S.A., Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero. Producto
Descripción
Tipo
CARÁTULA
No señala el tipo de seguro.
CARÁTULA
No establece la forma de consulta del estado de cuenta.
CONTRATO
No establece los medios de disposición.
CONTRATO
No señala la fecha de corte para el cálculo de los intereses.
CONTRATO
No indica la metodología para el cálculo de los intereses.
CONTRATO
No indica el procedimiento mediante el cual se llevaran a cabo la modificaciones al contrato.
CONTRATO
No incluye la leyenda que se refiere a la no modificación de comisiones y tasas de interés.
CONTRATO
No se establece la facultad del usuario para no aceptar las modificaciones en un plazo de 30 días.
CONTRATO
No se indica la fecha límite de pago.
CONTRATO
No se indican las condiciones para llevar a cabo pagos adelantados o anticipados.
CONTRATO
No tiene normatividad vigente.
CONTRATO
No establece los requisitos para que el usuario pueda consultar saldos transacciones y movimientos.
CONTRATO
No incluye una sección especial con la autorización del usuario para revisar el reporte de crédito.
CONTRATO
No incluye una sección especial con la autorización del usuario para el intercambio de información con fines mercadotécnicos.
Estatus
Vigente
Vigente
Vigente Vigente
Vigente
Crédito Simple (PyMES)
Vigente Vigente Vigente Vigente Vigente Vigente Vigente
CONTRATO
No entrega tabla de amortización.
CONTRATO
No cuenta ni señala donde consultar el anexo de disposiciones legales.
ESTADO DE CUENTA
Las tasas de interés no están expresadas en términos porcentuales anuales.
ESTADO DE CUENTA
Contiene abreviaturas que no se explican al usuario.
ESTADO DE CUENTA
Las tasas de interés no están resaltadas.
Vigente
Vigente
Vigente Vigente Vigente Vigente
Nota: Algunos productos son ofertados por la SOFOM E.R. del Grupo Financiero. Sin Evaluar (SE) No Disponible (ND) Sin Identificar (S/I) * “Estas cláusulas fueron detectadas en los ejercicios de evaluación en materia de transparencia financiera 2013, previo a la entrada en vigor de la reforma financiera, por lo que deben considerarse como una recomendación de esta Comisión Nacional. Sin embargo, una vez emitidas las disposiciones correspondientes se podrá ordenar, en su caso, que se eliminen de los contratos.”
Vigente