bases reguladoras plan de empleo 2014-2015 - Ayuntamiento de

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Gobierno del Principado de Asturias

Cofinanciado por el Programa Operativo del Fondo Social Europeo del Principado de Asturias 2014-2020 en un porcentaje del 80%

BASES REGULADORAS QUE REGIRÁN EL PROCESO SELECTIVO DE LAS PERSONAS A CONTRATAR EN EL MARCO DEL PLAN DE EMPLEO 2014/2015 CONVOCATORIA PRIMERA.-Objeto Es objeto de las presentes bases reguladoras la selección de personas desempleadas sobre la base de la Resolución de 22 de mayo de 2014 de la Consejería de Economía y Empleo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a Ayuntamientos del Principado de Asturias para la ejecución de Planes de Empleo del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, así como la Resolución de 5 de junio de 2014 del Servicio Público de Empleo por la que se aprueba la convocatoria 2014/2015 de concesión de subvenciones a ayuntamientos del Principado de Asturias en materia de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias. Dentro de la Línea de actuación Planes de Empleo, se convocan plazas con destino a la contratación de 119 personas. Las contrataciones tendrán carácter laboral temporal, y al menos, la mitad del número mínimo de los contratos a formalizar por cada ayuntamiento beneficiario, lo habrá de ser con personas que a fecha de inicio de contrato sean mayores de 45 años, salvo excepciones expresamente autorizadas.

Puestos de trabajo ofertados. Ocupación Auxiliar administrativo/a Auxiliar de información/Ordenanza Operario/a Carpintero/a Oficial mantenimiento de edificios Pintor/a Informático/a Animador/a Sociocultural Delineante Ingeniero/a técnico/a industrial con título de técnico/a superior en Prevención de Riesgos Laborales Trabajador/a Social Maestro/a Licenciado/a en Derecho Archivero/a Bibliotecario/a Técnico/a de inserción laboral Técnico/a Turismo Licenciado/a en Sociología

Nº de puestos

31 28 7 2 1 4 13 4 2 4 3 7 5 2 2 2 2

SEGUNDA .-Requisitos de participación Para participar en el proceso selectivo, las personas aspirantes deben cumplir los siguientes requisitos mínimos de carácter general:

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-Tener la nacionalidad española o ser nacional de otros Estados en los términos previstos en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público (articulo 57), y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, reguladora de los “Derechos y Libertades de los extranjeros en España y su integración social” que establece en su articulo 10.2 que, los extranjeros podrán acceder como personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas de acuerdo a los principios de igualdad, mérito capacidad y publicidad. A tal efecto podrán presentarse a las ofertas de empleo que convoque la Administración Pública, pudiendo acceder a los puestos convocados y reservados para personal laboral siempre que reúnan los requisitos legales para su contratación. −Tener 16 años cumplidos y no exceder el límite de edad previsto para la jubilación forzosa en la Administración Local de conformidad con la legislación vigente. −Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de los puestos convocados y por tanto no padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desempeño de la función a desarrollar. -No hallarse incurso/a en causa de incompatibilidad con arreglo a la legislación vigente, ni haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas. -Estar en posesión de la titulación equivalente o superior a la exigida en el apartado 5 de esta misma cláusula para cada una de las plazas ofertadas, o de la formación para el empleo acreditativa de sus conocimientos específicos sobre la ocupación a la que opta. Además de los requisitos mínimos de carácter general, se establecen los siguientes requisitos específicos para cada puesto de trabajo: 1.- Llevar empadronados/as en cualquier municipio del Principado de Asturias al menos tres meses, a fecha 13 de junio de 2014. 2.- Pertenecer al colectivo de Parados de Larga Duración. A los efectos de la presente convocatoria se consideran parados de larga duración las personas que en los dieciséis meses inmediatamente anteriores a 4 de agosto de 2014, no hayan estado ocupadas más de ciento veinticuatro días, o tratándose de menores de veinticinco años, que en lo ocho meses inmediatamente anteriores a 4 de agosto no hayan estado ocupadas más de sesenta y dos días. Para el cómputo de días, se tendrán en cuenta las fechas de alta y baja que figuran en el informe de vida laboral de las personas desempleadas. En los supuestos de jornada a tiempo parcial se tendrá en cuenta el equivalente en días trabajados que bajo tal epígrafe figuran en el certificado de vida laboral. 3.- No ser perceptor de prestación por desempleo de nivel contributivo, a fecha 4 de agosto de 2014. No se considera que cumplan la condición quienes tuvieran la prestación meramente suspendida. 4.- Estar inscrito como demandante de empleo no ocupado en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias, a fecha de formalización del contrato. Exclusiones : Quedan excluidas, aquellas personas que hubieran tenido una relación laboral con el Ayuntamiento de Oviedo, de duración superior a 4 meses que hubiera sido subvencionada por la Administración del Principado de Asturias al amparo de alguno de los siguientes programas:

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Convocatoria 2013 de concesión de subvenciones con destino a entidades locales del Principado de Asturias en materias de ámbito competencial del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias en la siguiente línea de actuación: Planes locales de empleo (convocatoria aprobada por Resolución del Servicio Público de Empleo de 22 de mayo de 2013, BOPA de 27 de mayo).

5.- Requisitos específicos referidos a cada ocupación: Puestos solicitados y servicio de adscripción Auxiliar administrativo/a (distintos servicios municipales)

Nº puestos 31

Auxiliar de información /Ordenanza (distintos servicios municipales) Operario/a (Deportes, Patrimonio, Área de Promoción Económica) Carpintero/a (Edificios y Patrimonio)

28

Oficial Mantenimiento de Edificios (Edificios y Patrimonio)

1

Pintor/a (Edificios y Patrimonio, Deportes)

4

Informático/a (distintos servicios municipales)

13

Animador/a Sociocultural (Bibliotecas, Juventud)

4

Delineante (Licencias; Proyectos, obras y transportes)

2

7

2

Requisitos Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente. Ser mayor de 45 años a 1 de octubre de 2014 Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente. Ser mayor de 45 años a 1 de octubre de 2014 Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente. Permiso de conducción clase B en vigor. Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente. Ser mayor de 45 años a 1 de octubre de 2014. Permiso de conducción clase B en vigor. Tres años de experiencia en la ocupación. Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente. Ser mayor de 45 años a 1 de octubre de 2014. Permiso de conducción clase B en vigor. Tres años de experiencia en la ocupación. Estar en posesión del título de Graduado Escolar o equivalente. Ser mayor de 45 años a 1 de octubre de 2014. Permiso de conducción clase B en vigor. Tres años de experiencia en la ocupación. Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos: Técnico/a Superior en Desarrollo de Aplicaciones Informáticas, Técnico/a Superior en Desarrollo de Aplicaciones Multiplataforma o equivalente. Estar en posesión del título de Técnico/a Superior en Animación Sociocultural. O estar en posesión del título de Bachiller y haber superado un curso de formación para el empleo de un mínimo de 200 horas relacionado con la ocupación Estar en posesión del título de Técnico/a Superior en Proyectos de Edificación, o Técnico/a Superior en proyectos de obra civil, o Técnico/a especialista, rama Delineación, en la especialidad edificios y obras, o Técnico/a

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Ingeniero/a Técnico Industrial con título de Técnico/a Superior en Prevención de Riesgos Laborales (Alumbrado, Prevención de Riesgos Laborales, Seguridad Ciudadana) Trabajador/a Social (Servicios Sociales) Maestro/a (Área de Promoción Económica, Educación, Centro Municipal de la Mujer) Licenciado/a en Derecho (Comercio, Mercados y Consumo, Gestión del Patrimonio y Vías, Licencias, Seguridad Ciudadana, Tesorería) Archivero/a Bibliotecario/a (Archivo, Bibliotecas)

4

Técnico/a de inserción laboral (Área de Promoción Económica)

2

Técnico/a Turismo (Turismo, Congresos) Licenciado/a en Sociología (Centro Municipal de la Mujer, Servicios Sociales)

2

3 7

5

2

2

Especialista, rama Delineación, en la especialidad Diseño industrial. Estar en posesión del título de Ingeniero/a Técnico/a Industrial, o su Grado equivalente, con título de Técnico Superior en PRL, especialidades Ergonomía, Seguridad e Higiene, o Master en PRL. Estar en posesión del título de Diplomado/a en Trabajo Social, o su Grado equivalente. Título de Maestro/a: especialidad de Educación Primaria, o Grado en la misma titulación. Profesor/a de EGB. Estar en posesión del título de Licenciado/a en Derecho, o su Grado equivalente.

Licenciado/a con formación mínima de 200 horas en Archivística o Biblioteconomía, o Grado en Información y Documentación. Estar en posesión de Diplomatura, y con experiencia de un año en orientación laboral para el empleo y/o recursos humanos y/o en programas de inserción y acompañamiento al empleo. Estar en posesión del título de Grado en Turismo o equivalente. Estar en posesión de la licenciatura en Sociología, o su Grado equivalente.

TERCERO. Lugar y plazo de presentación de la documentación Las solicitudes se presentarán en el modelo normalizado (Anexo I) en el Centro de Formación Ocupacional de la Corredoria, sito en la calle Francisco Pintado Fe, s/n. 33011 Oviedo; o en la página Web del Ayuntamiento de Oviedo www.oviedo.es, acompañadas de la documentación que se especifica en el anexo II. El plazo de presentación por los candidatos/as de la solicitud y de la documentación que se indica en el Anexo II será de 10 días hábiles a partir del primer día hábil siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria, que se efectuará en prensa, en página Web municipal y en las oficinas del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias de Oviedo.

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CUARTA.- Órgano de selección Para la composición del Órgano de Selección se estará a lo dispuesto en la ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, y en los términos propuestos en los criterios de Bases reguladoras que regirán el proceso de selección de las personas a contratar dentro del Plan Local de Empleo 2014-2015, aprobados por la Federación Asturiana de Concejos. El órgano de selección tendrá la siguiente composición: Presidente/a: El Jefe del Servicio del Área Social como titular, la Adjunta al Jefe de Servicio del Área Social, la Coordinadora de Programas de Información y Orientación para el Empleo, la Coordinadora de Programas de Formación, Empleo y de apoyo a la Inserción Laboral, como suplentes. Vocales: Cuatro designados por el órgano competente entre empleados públicos, y que al menos uno trabaje en el área objeto de la contratación, de los cuales dos se nombrarán previa consulta y oídos los sindicatos firmantes del convenio de la Federación Asturiana de Concejos. Secretario/a: Secretario del Ayuntamiento o empleado público en quien delegue. Los miembros de la Comisión de Selección de contratación podrán contar con la presencia de asesores, con voz pero sin voto, en las reuniones que se celebren. Podrán designarse suplentes que actuarán, en su caso, en sustitución de los titulares. El órgano de selección será colegiado y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombre y mujer. La pertenencia a dicho órgano de selección será siempre a título individual no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

QUINTA.- Admisión - exclusión de aspirantes Se entenderán admitidos al proceso selectivo aquellos aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la base segunda. Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación del anexo II se publicará la lista de admitidos y excluidos, con indicación del motivo de la exclusión. El plazo de subsanación, si ésta fuera posible, será de tres días hábiles. Transcurrido ese plazo sin efectuarla, se tendrá a la persona interesada por desistida de su petición. Finalizado el plazo de subsanación se publicará la lista de las personas admitidas para la realización de la prueba o pruebas indicándose el día, hora y lugar de celebración de la misma.

SEXTA.- Proceso Selectivo. Los/as aspirantes que cumplan los requisitos exigidos deberán participar en el proceso selectivo que comprenderá:

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1. Realización de una o varias pruebas de carácter eliminatorio relacionadas con la ocupación a desarrollar. La prueba o en su caso, el conjunto de las pruebas, se puntuará de 0 a 20 puntos, considerándose el/la candidato/a que obtenga, al menos, un 50 % de la puntuación de cada una de las pruebas como apto/a. No obstante, el órgano de selección podrá acordar rebajar el mínimo exigido para superar la prueba, en aquellos casos en que no existan candidatos o estos sean insuficientes para continuar o concluir el proceso de selección. Cuando el órgano de selección acuerde realizar más de una prueba se concederá un plazo de 1 día hábil para presentar alegaciones tras la publicación de la lista con el resultado de cada prueba. Tras la realización de la o las pruebas se publicará la lista provisional con los resultados obtenidos y con las valoraciones a que se refiere el punto 2 de la presente base, otorgándose un plazo para efectuar alegaciones, en su caso, de tres días hábiles a contar desde el primero siguiente a la publicación. 2. Aquellos aspirantes que hayan superado la prueba o pruebas selectivas se les priorizará y valorará, si se encuentran en alguna de la siguientes situaciones: 1º) Mujeres victimas de violencia de género: 5 puntos 2º) Estar empadronado en el municipio de Oviedo, antes de 13 de junio de 2014: 4 puntos. 3º) Personas con discapacidad: 1 punto. Siempre que dicha discapacidad sea compatible con el puesto. Esto se acreditará antes de la contratación. Tras la resolución de alegaciones se publicará la lista definitiva. En el caso de que se produzca un empate entre varios/as aspirantes, tendrá preferencia, por este orden: 1º.-Quien lleve mayor tiempo en situación de desempleado/a. 2º.-Quien tenga más edad. 3º.-Por sorteo, efectuado en presencia de los aspirantes. El hecho de presentar la Solicitud, e incluso de superar las pruebas, no creará derecho alguno al aspirante seleccionado en caso de incumplimiento de requisitos o de observarse inexactitud o falsedad en la documentación aportada.

SÉPTIMA.- Publicación de listas Toda la información derivada del proceso selectivo se publicará en el tablón de anuncios del Centro de Formación Ocupacional del Ayuntamiento de Oviedo situado, en la C/ Francisco Pintado Fe de La Corredoria, y en la página Web del Ayuntamiento de Oviedo, www.oviedo.es.

OCTAVA.- Reclamaciones Las incidencias y reclamaciones que se pudieran suscitar, derivadas de los procesos de selección, serán resueltas por el órgano de selección.

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NOVENA.- Contratación Finalizadas las pruebas selectivas, se propondrá a la Alcaldía-Presidencia la contratación del/los aspirante/s que haya/n obtenido mayor puntuación en el conjunto del proceso selectivo, formalizándose contrato de trabajo temporal, resultando de aplicación el Convenio Colectivo suscrito al efecto por la Federación Asturiana de Concejos y los sindicatos firmantes del AEPA. El Ayuntamiento de Oviedo se pondrá en contacto con los/as candidatos/as seleccionados/as, reclamándoles la documentación pertinente para la formalización de los contratos de trabajo. En este momento las personas a contratar deberán presentar: - Documento acreditativo de estar inscrito como demandante de empleo no ocupado en cualquier oficina del Servicio Público de Empleo del Principado de Asturias. - Anexo I-f de la convocatoria cumplimentado y firmado por las personas propuestas para ser contratadas (autorización firmada por las personas contratadas para que por la Administración del Principado de Asturias puedan ser objeto de consulta los datos de carácter laboral, personal o económico que sobre los mismos obrasen en cualquier base de datos propia o de cualquier otro Organismo o Administración Pública a la que la Administración del Principado de Asturias tuviera acceso -siempre dentro del ámbito de interés de la acción subvencionada -, así como la acreditación de que las personas contratadas fueron informadas del carácter subvencionado de sus contratos en el modelo establecido). La bolsa de empleo estará constituida por aquellas personas que, una vez finalizado el proceso selectivo, hayan sido seleccionadas pero, debido a su puntuación no hayan obtenido plaza. A tal fin y en caso de producirse vacantes, estas se cubrirán por estricto orden de puntuación. En el caso de que un trabajador cause baja, la elección del trabajador sustituto deberá recaer sobre el siguiente aspirante de la bolsa de empleo constituida tras el proceso de selección inicial, siempre que este cumpla los requisitos establecidos en la base segunda. Si aquella bolsa no existiera o se hubiera agotado, habría de realizarse un nuevo proceso selectivo en el que se observen las obligaciones detalladas en los apartados precedentes.

DECIMA-Recursos.Esta Convocatoria y sus Bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos en la Ley 30/l992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común. Contra las resoluciones y actos de los Tribunales y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, podrá interponerse recurso de Alzada ante la Junta de Gobierno Local.

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ANEXO I. AYUNTAMIENTO DE OVIEDO. PLAN DE EMPLEO 2014-2015 SOLICITANTE:

Apellidos y Nombre

DNI

E-mail

Teléfonos fijo y móvil

Discapacidad:

Discapacidad compatible:

SI .............. %

NO

SI

PUESTOS QUE SE CONVOCAN: (Señale con opte)

Edad

Domicilio (calle o plaza)



Fecha de nacimiento

Piso Localidad.Código Postal

Adaptaciones solicitadas en caso de discapacidad:

NO la plaza a la que se presenta. Se presentará un impreso cumplimentado por cada puesto al que

Ocupación Auxiliar administrativo/a Operario/a Carpintero/a Oficial mantenimiento de edificios Pintor/a Informático/a Animador/a Sociocultural Delineante Ingeniero/a Técnico/a Industrial con título de Técnico/a Superior en PRL

Ocupación Trabajador/a Social Maestro/a Licenciado/a en Derecho Archivero/a Bibliotecario/a Técnico/a de Inserción Laboral Técnico/a Turismo Licenciado/a en Sociología Auxiliar de información/Ordenanza

EXPONE que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las Bases que regulan el proceso selectivo DECLARA: -Que no padece enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de las funciones propias del puesto de trabajo. -Que no ha sido separado mediante expediente administrativo disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas ni se halla inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme -Que no es perceptor de una prestación de nivel contributivo en situación de suspensión. SOLICITA su admisión para participar en el proceso selectivo, y declara bajo su responsabilidad que son ciertos los datos consignados en ella. La falsedad u ocultación de los datos exigidos en esta convocatoria son causa de exclusión, habilitando al Ayuntamiento de Oviedo para que compruebe su veracidad por los medios que considere oportunos. AUTORIZA al Ayuntamiento de Oviedo a: -Comprobar el empadronamiento en el municipio de Oviedo. -Comprobar si el solicitante ha estado anteriormente trabajando en el Ayuntamiento de Oviedo, en el marco de los programas que señala la base 2ª, apartado 4º, párrafo final: exclusiones. -Solicitar al Servicio Público de Empleo Estatal si es o no perceptor de prestación por desempleo de nivel contributivo. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) se le informa que los datos de carácter personal facilitados a través del presente formulario, así como la documentación aportada, serán incluidos en un fichero titularidad del Ayuntamiento de Oviedo con la finalidad de tramitar y gestionar su participación en el Plan de Empleo 2014-2015. Asimismo, los datos podrán ser utilizados para enviarle información municipal que pueda ser de su interés a través de correo postal y/o medios electrónicos (SMS o correo electrónico). Los datos serán tratados de manera confidencial y solo serán cedidos a otras entidades cuando se cumplan las exigencias establecidas en la legislación vigente de Protección de Datos. Las personas interesadas podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición en los términos previstos en la precitada Ley, mediante comunicación escrita dirigida al responsable del fichero: Asesoría Jurídica - Ayuntamiento de Oviedo - Plaza de la Constitución, 1 - 33071 OVIEDO (Asturias).



Si no desea recibir información municipal a través de SMS o correo electrónico marque la casilla. Oviedo, a _____de ________________de 2.014

FIRMA DEL SOLICITANTE:

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ANEXO II DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR Para ser admitido al proceso selectivo 1. Anexo I. Modelo normalizado, cumplimentado y firmado. Un ejemplar por cada puesto al que se opte. 2. Original y copia del DNI., pasaporte o permiso de residencia en vigor. 3. Original y copia de la titulación, y/o de la formación, y/o de certificados de funciones, y/o contratos que acrediten la experiencia requerida en las bases, que se indica en el cuadro del apartado 5, base 2ª para cada puesto. 4. En caso de pertenecer a un municipio asturiano distinto al de Oviedo, el solicitante aportará certificado o volante de empadronamiento del municipio asturiano donde se encuentre empadronado, en los tres meses anteriores a la fecha de 13 de junio de 2014. 5. Informe de Vida Laboral actualizado a fecha de presentación de solicitud. 6.

Fotocopia, en su caso, de la documentación que acredite una situación de violencia de género: A) Resolución judicial acreditativa de la existencia de episodios de violencia de género. B) Orden de protección dictada a favor de la víctima. No obstante, las mujeres víctimas de violencia de género que no puedan acreditar dicha situación por alguno de los cauces anteriormente descritos, podrán justificarla a través de un informe de la consejería competente en materia de igualdad, o de otros organismos públicos que certifiquen la existencia de episodios de violencia de género. Deberá incluir un plan individual de atención, elaborado por órgano competente, en el cual se concreten los apoyos destinados a dichas víctimas. Al efecto, tanto la resolución judicial como la orden de protección tendrán que haber recaído en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. Igualmente el informe de acreditación, habrá de ser realizado dentro de los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

7. Permiso de conducir en vigor, en los casos en que se solicite. 8. Fotocopia, en su caso, del certificado acreditativo de discapacidad igual o superior al 33% del solicitante, expedido por el IMSERSO u Organismo Autónomo equivalente.

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