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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
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I. COMUNIDAD DE MADRID
B) Autoridades y Personal Consejería de Economía y Hacienda 3
ORDEN de 26 de febrero de 2015, del Consejero de Economía y Hacienda, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Asuntos Sociales, de conformidad con el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, por el procedimiento de Concurso de Méritos.
El artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, prevé la posibilidad de efectuar convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo de esta Administración, entre funcionarios de la Administración del Estado y de otras Comunidades Autónomas, bien por la especialidad de las actividades encomendadas, bien por que las necesidades del servicio así lo aconsejen, siempre que esta posibilidad esté prevista en la correspondiente relación de puestos de trabajo. Al resultar necesaria la cobertura del puesto de trabajo que se indica en el Anexo y concurriendo las circunstancias señaladas, la Consejería de Asuntos Sociales ha propuesto la provisión de dicho puesto al amparo del precepto citado, por el procedimiento de Concurso de Méritos previsto en los artículos 49 y siguientes de la Ley 1/1986, de 10 de abril. Por ello, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2001 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de noviembre), por el que se delega la competencia a la que se refiere el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, RESUELVO Primero Objeto Se aprueba convocatoria pública para la provisión del puesto de trabajo que figura en Anexo, de conformidad con lo establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, mediante el procedimiento de Concurso de Méritos. Segundo La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 24 de abril); la Orden 923/1989, de 20 de abril, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban las bases generales que han de regir en las convocatorias para provisión de puestos de trabajo por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de abril); la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el sistema general que ha de regir en las diferentes convocatorias que se publiquen para los concursos de provisión de puestos de trabajo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre); la Orden 2066/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de agosto); la Resolución de 27 de octubre de 2011, de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la emisión de los Certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de noviembre de 2011); y, en lo no previsto por las anteriores, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración Gene-
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Normativa aplicable
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ral del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado (“Boletín Oficial del Estado” de 10 de abril). Tercero Requisitos y condiciones de participación 1. Se recogen en el Anexo los requisitos indispensables que han de reunirse para el desempeño del puesto de trabajo que se convoca, en cuanto a Administración de pertenencia, Grupo de clasificación profesional, Cuerpo, Escala y/o especialidad y titulación específica exigida en su caso. 2. Podrán participar en este procedimiento los funcionarios que, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, se encuentren en servicio activo o quieran reingresar a dicha situación, con arreglo, en este caso, a lo dispuesto en la normativa vigente, debiendo manifestarlo expresamente en la solicitud. Podrán, asimismo, participar los funcionarios que, en la misma fecha, se encuentren en situación de servicios especiales. 3. Los funcionarios en situación de servicio activo podrán participar si, en la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, han transcurrido dos años desde la toma de posesión del último destino obtenido por sistema de concurso, salvo que opten a puestos adscritos en la misma Consejería en que estén prestando servicio, sean titulares de un puesto obtenido por el sistema de Libre Designación o se encuentren en alguno de los supuestos de adscripción provisional previstos en el artículo 53 bis de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid. A efectos del cómputo de los dos años al que se alude en el párrafo anterior, a los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo, Escala y/o especialidad por promoción interna y permanezcan en el puesto de trabajo que venían desempeñando se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo, Escala y/o especialidad de procedencia. 4. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar podrán participar si llevan más de dos años en dicha situación en la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, indicando expresamente en la solicitud que desean reingresar al servicio activo. 5. Los funcionarios procedentes de la situación de suspenso deberán haber cumplido el período de suspensión. 6. Los requisitos y condiciones de participación expresados en este apartado han de poseerse en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria y mantenerse hasta la resolución del procedimiento. Cuarto 1. Las solicitudes se formularán de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio, por la que se aprueban nuevos modelos de impresos relativos a los procesos de provisión de puestos de trabajo de personal funcionario. 2. Las solicitudes irán acompañadas de la documentación original o copia cotejada acreditativa de los méritos, preferentes y no preferentes que se aleguen. 3. Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que soliciten el puesto convocado, incluidos aquellos que estén ocupando un puesto de trabajo de forma provisional en la Comunidad de Madrid, deberán adjuntar a su solicitud el Anexo que acompaña a la presente Orden, debidamente cumplimentado y firmado por el titular del órgano encargado del Registro de Personal de su Administración de origen, en el que se acredite el cumplimiento, en la fecha de entrada en vigor de la presente convocatoria, de los requisitos exigidos. 4. Los Certificados de Registro de Personal de los interesados relativos a su situación y destinos en la Comunidad de Madrid serán emitidos de conformidad con lo previsto en la Resolución de 27 de octubre de 2011 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de noviembre), de la Directora General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se dictan instrucciones para la emisión de los Certificados de Registro de Personal en los procedimientos de provisión, por los sistemas de Concurso de Méritos y Libre Designación, de puestos de trabajo de la Comunidad de Madrid reservados a personal funcionario de carrera no docente, sin que deban ser solicitados ni aportados por el interesado.
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Solicitudes
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Quinto Méritos 1. Los méritos alegados por los candidatos se valorarán de acuerdo a lo previsto en la normativa aplicable. 2. En particular, la valoración del trabajo desarrollado se realizará teniendo en cuenta los puestos de trabajo de los que haya sido titular el aspirante como funcionario de carrera en los cinco años inmediatamente anteriores a la entrada en vigor de la convocatoria, de acuerdo con los certificados emitidos al efecto por el Registro de Personal. 3. Las funciones desempeñadas en la Comunidad de Madrid se acreditarán, a efectos de la valoración de los méritos no preferentes, de acuerdo con el modelo aprobado por la Orden 2066/1998, de 30 de julio. 4. Las funciones desempeñadas en otras Administraciones Públicas se acreditarán mediante certificación emitida por el órgano competente de la Administración de que se trate. Sexto Presentación y plazo 1. De conformidad con lo establecido en el artículo 1, base sexta, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General Técnica de la Consejería de Asuntos Sociales y se presentarán, en el plazo de quince días hábiles a contar desde la fecha de entrada en vigor de esta convocatoria, en el Registro de dicha Consejería o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Durante el plazo de presentación de solicitudes los concursantes podrán aportar cualquier documentación que consideren oportuna para la valoración de sus méritos. 2. En ningún caso podrán valorarse méritos que no hayan sido debidamente acreditados en el plazo de presentación de instancias. Séptimo Trámite de alegaciones 1. Finalizada la valoración de la documentación presentada y con anterioridad a la propuesta de adjudicación de la Junta de Méritos, se publicará en los tablones de anuncios de la Consejería de adscripción del puesto la relación provisional de los aspirantes admitidos y no admitidos al proceso de provisión, con indicación de la puntuación obtenida en cada uno de los méritos preferentes y no preferentes alegados, así como la puntuación obtenida por ambos conceptos. Dicha relación se podrá consultar en la página web de la Comunidad de Madrid. 2. Los interesados podrán formular las alegaciones que consideren oportunas contra la referida relación, dirigidas a la Junta de Méritos, en el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de su exposición en los tablones de anuncios. Octavo Puntuación mínima
Noveno Desistimientos y renuncias 1. Los participantes solo podrán desistir de su solicitud hasta la fecha de finalización del plazo concedido para formular alegaciones contra la lista provisional de admitidos y excluidos al que hace referencia el apartado séptimo de esta Orden. 2. El destino adjudicado será irrenunciable.
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1. El puesto de trabajo convocado no podrá declararse desierto cuando existan concursantes que, habiéndolo solicitado, hayan obtenido una puntuación mínima de 10 puntos. 2. Sin embargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 1, base undécima, apartado 4, de la Orden 923/1989, de 20 de abril, la Junta de Méritos podrá proponer, de manera motivada, la adjudicación del puesto a un candidato que no llegue a la puntuación mínima señalada, siempre que dicho candidato haya acreditado un nivel adecuado y previo informe favorable de la unidad de adscripción del puesto.
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Décimo Personal seleccionado Los funcionarios de otras Administraciones Públicas que sean seleccionados para la cobertura de puestos de trabajo convocados por la Administración de la Comunidad de Madrid no adquirirán la condición de funcionarios de la misma, pero se integrarán en dicha Administración en la forma prevista en el artículo 55.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 84.3 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Undécimo Entrada en vigor La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Duodécimo Recursos La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente en derecho, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Dado en Madrid, a 26 de febrero de 2015.
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El Consejero de Economía y Hacienda, PD (Acuerdo del Consejo de Gobierno de 15 de noviembre de 2001, BOCM de 16 de noviembre), ENRIQUE OSSORIO CRESPO
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LISTADO DE PUESTOS DE TRABAJO VINCULADOS A UNA CONVOCATORIA DE CONCURSO DE MÉRITOS, ARTÍCULO 55, DE LA CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES
47152 ASISTENTE SOCIAL ESPECIALISTA
Unidad Orgánica
Grupo
ORGANISMO AUTONOMO INSTITUTO MADRILEÑO DE LA FAMILIA Y EL MENOR SUBDIRECCION GENERAL RECURSOS Y PROGRAMAS AREA DE PROTECCIÓN DEL MENOR SECCION DE ACCIÓN TUTELAR
Localidad........:
Madrid
Turno/Jornada:
MAÑANA
B
NCD
Específico
22
8.945,28
Administración Pública Cuerpo Escala Especialidad
Admon
C. MADRID/ADMON. ESTADO/CCAA TÉCNICOS Y DIPLOMADOS ESPECIALISTAS ASISTENTES SOCIALES
E
EQUIVALENTE
MERITOS
EXPERIENCIA EN LA INSTRUCCIÓN, TRAMITACIÓN Y SEGUIMIENTO DE EXPEDIENTES DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES, ESPECIALMENTE EN MATERIA DE FAMILIA Y PROTECCIÓN DE MENORES EXPERIENCIA EN PARTICIPACIÓN EN EQUIPOS DE TRABAJO DEL ÁREA DE SERVICIOS SOCIALES EXPERIENCIA EN EL MANEJO DE WORD Y EXCEL
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Puesto/Denominación
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ANEXO CERTIFICADODEREGISTRODEPERSONAL D./Dª. CARGO: CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este Registro de Personal, el funcionario de carrera abajo indicado tieneacreditadoslossiguientesextremosenlafechadeentradaenvigordelaconvocatoriaqueseindica(*):
DATOSPERSONALES ApellidosyNombre……………………………….…………………………………….………………N.I.F..………...……..………………………… Cuerpo/Escalay/oEspecialidad…..…………………………………………………………………………………………………………………….. Subgrupo…………………………………………………………………………………………………….N.R.P………………………………………….. Administracióndeorigen……………………………….…………………………..…..Fechadetomaposesión…………………………… SITUACIÓNADMINISTRATIVA Servicioactivo Otrassituaciónadministrativa…………………………………………………………………………………………………. Fechadeinicio…………/…………/……………. DESTINOACTUAL ADMINISTRACIÓN (Estatal,AutonómicaoLocal)
CENTRODIRECTIVO (Ministerio,ConsejeríaoA.Local)
NCD
FECHAINICIO
OCUP.(1)
DESTINOSANTERIORES ADMINISTRACIÓN (Estatal,AutonómicaoLocal)
CENTRODIRECTIVO (Ministerio,ConsejeríaoA.Local)
NCD
OCUP.(1)
FECHAINICIO
FECHAFINAL
(1)DebehacerseconstarsielpuestohasidoocupadocomoTitular(T)oprovisional(P)
GRADO GRADOPERSONALCONSOLIDADO:
FECHACONSOLIDACIÓN:
ANTIGÜEDAD AÑOS
MESES
DÍAS
(*)CERTIFICACIÓNqueexpidoapeticióndelinteresadoyparaquesurtaefectoenelprocesoconvocadoporOrdendelConsejerodeEconomíay HaciendadelaComunidaddeMadriddefecha………………………………(BOCM..…/..…./………).
Madrid,……..de………..de20……. Firma
(03/7.023/15) http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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