Autorizan Transferencia de Partidas a favor de diversas entidades destinadas a las acciones del FORSUR DECRETO SUPREMO Nº 046‐2009‐EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 29078 y modificatorias, se crea el Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007, denominado FORSUR, adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros, con autonomía económica, financiera y técnica, constituyéndose para dicho efecto en Unidad Ejecutora de la Presidencia del Consejo de Ministros, con el objeto de lograr la rehabilitación y reconstrucción de las zonas declaradas en estado de emergencia a través del Decreto Supremo Nº 068‐ 2007‐PCM y sus ampliaciones; Que, el FORSUR ha elaborado el “Plan de Reconstrucción del Sur” con el objetivo de lograr la reconstrucción económica, social y ambiental de las zonas afectadas por los sismos del 15 de agosto del 2007, el cual servirá de guía y herramienta articuladora de las acciones que se han propuesto ejecutar las distintas instancias de los Gobiernos Nacional, Regional y Local, las organizaciones privadas y las asociaciones de pobladores, con el propósito de restituir la infraestructura pública dañada por los sismos del 15 de agosto del 2007; Que, mediante el Decreto de Urgencia N° 005‐2009 se dictan disposiciones extraordinarias para viabilizar y facilitar la ejecución inmediata de los proyectos que son declarados de necesidad nacional según el artículo 2° y el Anexo del citado Decreto de Urgencia, los cuales forman parte del Plan de Reconstrucción del Sur, y se autoriza un Crédito Suplementario en el Sector Público para el año fiscal 2009, hasta por la suma de S/. 146 260 000,00, con cargo a los recursos del Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto de 2007, a favor del pliego Ministerio de Economía y Finanzas ‐ Reserva de Contingencia, para el financiamiento de los proyectos declarados prioritarios conforme a dicha norma; Que, asimismo, el artículo 4° del Decreto de Urgencia N° 005‐2009 autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas a efectuar en el marco del artículo 45° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las transferencias de recursos directamente a las Unidades Ejecutoras de los proyectos declarados prioritarios, con cargo a los recursos del Crédito Suplementario autorizado por dicha norma, previa solicitud de la Presidencia del Consejo de Ministros, la cual para tal efecto remite un informe que especifique las Unidades Ejecutoras de los proyectos y los montos correspondientes, conforme al mencionado Anexo; Que, en este sentido, en aplicación del artículo 4° del Decreto de Urgencia N° 005‐2009, la Presidencia del Consejo de Ministros mediante los Oficios N°s 315 y 343‐2009‐PCM/DM solicita una Transferencia de Partidas por la suma total de S/. 62 246 855,00, con cargo a los recursos del FORSUR previstos en la Reserva de Contingencia, a favor de las diversas Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Locales y conforme a los montos señalados en dichos oficios, manifestando asimismo que, de acuerdo al citado Decreto de Urgencia, la Presidencia del Consejo de Ministros no requiere contar con los Acuerdos de Directorio del FORSUR para solicitar dicha transferencia de recursos; Que, la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas tiene previsto los recursos para dar atención a los gastos señalados en los considerandos precedentes, por lo que resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, aprobado por la Ley Nº 29289, a favor de las diversas Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Locales que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo hasta por la suma de S/. 62 246 855,00;
De conformidad con lo establecido por el artículo 45º de la Ley Nº 28411 ‐Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y la Ley Nº 29078 y modificatorias; DECRETA: Artículo 1º.‐ Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, hasta por la suma de SESENTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 62 246 855,00), conforme a la relación establecida en el Anexo que forma parte del presente Decreto Supremo, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General FUNCION 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de Contingencia PROGRAMA FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia ACTIVIDAD 000010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO Y GENÉRICA DEL GASTO GASTOS CORRIENTES 0. Reserva de Contingenci 62 246 855,00 ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ TOTAL 62 246 855,00 ============ A LA: SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGOS : Gobierno Nacional FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO Y GENÉRICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 6. Adquisición de Activos no financieros 48 499 848,00 ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ SUBTOTAL 48 499 848,00 ============ SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS PLIEGOS : Gobiernos Locales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios (En Nuevos Soles) CATEGORÍA DEL GASTO Y GENÉRICA DEL GASTO GASTOS DE CAPITAL 6. Adquisición de Activos no financieros 13 747 007,00 ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐
SUBTOTAL TOTAL
13 747 007,00 ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ 62 246 855,00 ============
Artículo 2°.‐ Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente transferencia de partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1º de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección Nacional del Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3º.‐ Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DISTRIBUCIÓN GOBIERNO NACIONAL Y GOBIERNOS LOCALES FUENTE DE FINANCIAMIENTO: RECURSOS ORDINARIOS (EN NUEVOS SOLES) CODIGO
PROYECTO
088924
CONSTRUCCION DEL NUEVO ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE CHINCHA
48,499,848
I TOTAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
48,499,848
088925
REHABILITACION DEL CEMENTERIO DEL CARMEN DEL DISTRITO DE SAN JUAN BAUTISTA, AFECTADO POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007 REHABILITACION DEL CEMENTERIO GENERAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN BAUTISTA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ICA, AFECTADO POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007
088926
II TOTAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN JUAN BAUTISTA
088927
RECONSTRUCCION DE CERCO PERIMETRICO DE LA IEP N° 20725 SAN LORENZO DE PUTINZA DE LA LOCALIDAD DE PUTINZA , PROVINCIA DE YAUYOS, AFECTADA POR EL TERREMOTO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007 RECONSTRUCCION DE 06 AULAS, DIRECCION Y SALA DE PROFESORES DE LA INSTITUCION EDUCATIVA N° 20741 SEÑOR DE LOS MILAGROS DE CATAHUASI , AFECTADO POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007 REHABILITACION DE 2 AULAS, CONSTRUCCION DE DIRECCION Y SERVICIOS HIGIENICOS DE LA INSTITUCION EDUCATIVA NIVEL PRIMARIO N° 20956‐4 CHAUCHAS‐ AZANGARO, AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007
088928
088929
088930
088931
088932
088933
088934
RECONSTRUCCION DE 01 AULA, Y S.S.H.H. DE LA IE. N° 20729, AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007 , DISTRITO DE QUINCHES , PROVINCIA DE YAUYOS, DEPARTAMENTO DE LIMA RECONSTRUCCION DE UN (01) AULA, Y S.S.H.H. DE LA IE. N° 20950, AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007 , DEL DISTRITO DE OMAS, PROVINCIA DE YAUYOS, DEPARTAMENTO DE LIMA RECONSTRUCCION DE 02 AULAS, 01 DIRECCION Y S.S.H.H. DE LA IE. N° 20773, AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007, EN EL ANEXO DE SAN JUAN DE MALLEURAN , DISTRITO DE QUINCHES, PROVINCIA DE YAUYOS RECONSTRUCCION DE 01 AULA, Y S.S.H.H. DE LA IE. N° 20172, AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007 , DISTRITO DE SAN PEDRO DE PILAS, PROVINCIA DE YAUYOS, DEPARTAMENTO DE LIMA RECONSTRUCCION DE SEIS ( 06) AULAS Y S.S.H.H. DE LA IE. N° 20730, SAN JUAN DE LA MATA MICHUY R., DE LA LOCALIDAD DE QUINCHES DE LA PROVINCIA DE YAUYOS , AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007
MONTO
743,790
991,827
1,735,617 183,967
354,176
56,976
59,051
61,040
115,738
60,250
275,158
088935
RECONSTRUCCION DE 03 AULAS Y AUDITORIO DE LA I.E.P. N° 20733 DE LA LOCALIDAD DE TANTA , PROVINCIA DE YAUYOS , AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007
213,691
088936
RECONSTRUCCION DE 03 AULAS Y S.S.H.H. DE LA I.E. N° 20219 AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007, DISTRITO DE CHOCOS, PROVINCIA DE YAUYOS, DEPARTAMENTO DE LIMA
150,538
088937
RECONSTRUCCION DE 03 AULAS Y S.S.H.H. DE LA I.E. N° 20727 AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007, DE LA LOCALIDAD DE QUINOCAY, PROVINCIA DE YAUYOS
145,301
088938
RECONSTRUCCION DE 02 AULAS Y S.S.H.H. DE LA I.E. N° 510 AFECTADA POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007, DISTRITO DE LARAOS, PROVINCIA DE YAUYOS, DEPARTAMENTO DE LIMA III TOTAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE YAUYOS HABILITACION URBANA DUNAS DE VILLA
104,286
1,780,172 3,610,000
IV TOTAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE PISCO
3,610,000
089031
REHABILITACION DEL CEMENTERIO GENERAL DEL DISTRITO DE OCUCAJE
1,871,113
V TOTAL MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ICA
1,871,113
089032
REHABILITACION DE LA TROCHA CARROZABLE QUERCO‐PAMPACANCHA VI TOTAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE QUERCO REHABILITACIÓN DEL CAMINO VECINAL CUSICANCHA‐QUISUARPAMPA VII TOTAL MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUAYACUNDO ARMA
2,731,868 2,731,868 2,018,237 2,018,237
089030
089033
TOTAL GENERAL I+II+III+IV+V+VI+VII
62,246,855