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.2017.M|NCETUR/SG/OGA

San lsidro,

Visto, el Memorándum No 149 -2017-MINCETUR/SG/0GA-0ASA, de

8

de enero de 2017

fecha3¡ deenerode2017,

emilido por la Dhectora de la oflcina de Abastec¡miento y Servicios Aux¡liares del MINCETUR, que adjunta el lnforme Técnico No 03.2017-¡,'IINCETUR/SG/OGA-OASA-SDPCP,

de fecha 30 de enero de 2017, emitida por

el Sub Director de Programación y Control Patrimonial, y; CONSIDERANDO:

Que, la Ley No 29151, "Ley General del Sistema Nac¡onal de Bienes Eslatales', se aprueban las normas que regulan el ámbito, organización, atribuciones y funcionamiento del Sistema Nacional de Bienes Estatales; Que, los incisos j)y k.1)del artlculo l0 del Reglamento de la Ley N" 29l Sl

-

"Ley Generaldel Sistema

Nacional de Bienes Estatales", aprobado mediante Decreto Supremo N0 007-2008-VIVIENDA

y

sus

modificatorias, establece como funclones, atribuciones y obligac¡ones de las entidades públicas aprobarel alta

y la baja de sus bienes muebles y los actos de adquisición, administración y disposición; Que, el artfculo 11 del referido reglamento señala que, la planiflcación, coordinación y ejecución de las acciones referidas al registro, admin¡stración, supervisión y disposición de los bienes de propiedad de la Entidad y de los que se encuentran bajo su admin¡stración, son de responsabilidad de la Unidad Orgánica existente para tal fin;

-Procedimiefltos de Gestión de los Bienes Que, el numeral 6.2.'1 de la Dhectiva N0 001-20'1SiSBN Muebles Estatales', señala que "La baja es la cancelación de la anotac¡ón en el regisko patrimonial de la entidad respecto de sus blenes, lo que conlleva, a su vez, la extracción contable de los mismos b¡enes, la que se efectuará conforme a la normatividad del S¡stema Nacional de Contabilidad': Que, así mismo, de acuerdo a lo establecido en el numeral6.2.2 Causales, de la precitada Dkectiva, se ha eslablecido que la causal para proceder a solicitar la baia de bienes es, Mantenimlento o reparación

0ner0sa; Que, mediante ¡nforme Técnico No 03-2017-MINCETUR/SG/0GA-0ASA-SDPCP, de fecha 30 de enero de 2017, el Sub Director de Programación y Control Patrimonial, en el punto Vll. de su informe referente a Conclus¡ones y Recomendac¡ones, se pronuncia favorablemente sobre la baja de los Registros Conlables y

Patrimoniales del MINCETUR, de Un (01)vehfculo de olaca de rodaje No. EGD-787, de propiedad del

MlNCETUR,quetieneunaantigüedadsuperioradiez(10)años,porlacausalde'MantenimientooreparaciÓn

onerosa'por un valor contable al 31.12.2016, ascendente a S/.

'1.00 (Un y 00/100 Sol);

propuesto para la Que, el vehículo de placa de rodaje No. EGD-787, de propiedad del MINCETUR, y a lo establecido en (10) conformidad años de gestión mobil¡aria de baja, tien€ una antigüedad superior a diez puede ser el ArtÍculo 10 de la Ley 30518 "Ley de Presupuesto del sector Público para el año flscal 2017" renovado;

-

Ley General del Que, de conformidad con lo establecido en el Reglamento de la Ley N0 29151 Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado por Decreto Supremo N" 007'2008-VIVIENDA, modificado por Decrelo supremo N" 007-2010-VIVIENDA; la Directiva N" 001-20',1S-SBN "Procedimientos de Gestión de los Bienes Muebles Estatales", aprobada por Resolución No 046'2015/SBN"; SE RESUELVE:

ARTICULO,lo.. Apmbar la baja del patrimonio del MINCETUR, por causal de Mantenimiento o reparación onerosa, de Un (01)vehlculo, por un valor total de Un Sol (Si. 1,00), cuyas característicasJ valores se detallan en el Anexo No. 1 'bescripción de las caracterÍsticas y valores del vehículo del MINCETUR a darse de baia", que forma parte de la presente Resolución,

ARTICULO 20.. Disponer que la Of¡cina de Abastecimientos y Servicios Auxiliares y la Oficina de Admin¡stración Financiera, efectúen los registros contables conespondientes;

ARTICULO 30.. Remitase copia de la presente Resolución Directoral a: i) la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - sBN, dentro de los diez (10) dias hábiles de emitida, de conformidad a lo establecido en el artículo 121-A del Decreto supremo No 013-2012-VIVIENDA y por el numeral 6.2.7 de la Directiva No 00'1-2015/SBN; Turismo

-

y ii) al Órgano de Control Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y

¡,4INCETUR, para los flnes que estime pertinente realizar.

Regístrese y Comuniquese,

No. 1 N' 79 -2017-MTNCETUR/56/OGA

ANEXO DE



RESOLUOÓN DTRECTORAL

.DESCRIPCIÓ DE I¡S CARACTERfSTICAS

Y VALORES DE VEHfCULO DEL MINCETUR

códi8o Patrlmonl.l

5782500ü'029

Descrlpclón

Camloneta

Merca

Toyota

Moddo

Land Cru¡ser Prsdo GX GSL

Serie/ Chasls

tTE8t29J355002175

Motor

2TR0075614

Placa

EGD.787

Color

AruL Oscuro Metállco

Doc.

NEA

Cuerta Contable

15.03.0101

Valor Adquisiclón

s/. 110.075.30

DcDreciaclón Anterlor

y.

DeDreclaclón Mes

0.00

D€Drlclaclón Acumulada

t/.

Valor Neto

v. 1.00

causal

l\ilanten¡mlento o ReDsración Onemsa

{OO2

110.074.30 110,074.30

* / \

..,

A DARSE DE BAJA"