MINISTERIO E SALUD
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Visto, el expediente N° 13-038936-001 que contiene el Informe N° 164-2013EGC-ODRH-OGGRH/MINSA, el Jefe de Equipo de Gestión de Capacidades de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante documento de fecha 1 de febrero del 2013, el Centro de Enseñanza e Investigación del Hospital Oído, Nariz y Garganta, de Curitiba, informa sobre la aceptación de la estancia formativa del médico residente Roger Ernesto RUEDA ZEGARRA en el Instituto Paranaense de Otorrinolaringología, del 1 de mayo al 30 de junio de 2013, en la ciudad de Curitiba, República Federativa del Brasil; Que, con escrito de fecha 25 de marzo de 2013, don Roger Ernesto RUEDA ZEGARRA, médico residente del tercer año de la Especialidad de Otorrinolaringología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Sede Docente del Hospital Nacional Dos de Mayo del Ministerio de Salud, solicita licencia por capacitación en el extranjero para realizar la rotación externa del 1 de mayo al 30 de junio de 2013, señalando en el Compromiso de Retorno que el interesado financiará los gastos correspondientes; RTIN EL
Que, mediante Oficio N° 945-2013-DG-OEA-OP-ESCR-HNDM, emitido por el Director General del Hospital Nacional Dos de Mayo del Ministerio de Salud, solicita se autorice la licencia por capacitación en el extranjero del médico residente Roger Ernesto RUEDA ZEGARRA, y adjunta el Acta 12-2013 de fecha 12 de abril del 2013, del Comité de Becas y Capacitación del mencionado hospital, en el cual se aprobó la Rotación Externa formulada por el citado profesional, del 1 de mayo al 30 de junio de 2013: Que, de acuerdo al numeral 3.9 del Reglamento del Comité de Becas y Capacitación del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 541-95SA/DM, el Comité de Becas y Capacitación del Ministerio de Salud en Sesión CB-CI 017-2013 del 30 de abril de 2013, aprobó la licencia por capacitación en el extranjero, en la modalidad de rotación externa, del 1 de mayo al 30 de junio de 2013 y ha otorgado un día anterior y un día posterior a la realización del evento, para el desplazamiento respectivo;
Que, mediante el documento de visto, el Jefe de Equipo de Gestión de Capacidades de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, emite opinión favorable respecto a la licencia por capacitación en el extranjero solicitado por el mencionado profesional, por lo que se debe emitir el acto resolutivo pertinente; Con el visado del Jefe de Equipo de Gestión de Capacidades y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el artículo 19° del Reglamento del Sistema Nacional de Residentado Médico, aprobado por Resolución Suprema N° 002-2006-SA, en el numeral 3.9 del Reglamento del Comité de Becas y Capacitación del Ministerio de Salud, aprobado por Resolución Ministerial N° 541-95-SA/DM, en el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 949-2003-SA/DM, en el artículo 1' de la Resolución Ministerial N° 088-2004/MINSA y en el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1025 sobre Normas de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar la licencia por capacitación con goce de haber, en la modalidad de Rotación Externa, de don Roger Ernesto RUEDA ZEGARRA, médico residente del tercer año de la Especialidad de Otorrinolaringología de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, en la Sede Docente del Hospital Nacional Dos de Mayo del Ministerio de Salud, para realizar una estancia formativa en el Instituto Paranaense de Otorrinolaringología, en la ciudad de Curitiba, República Federativa del Brasil, del 30 de abril al 1 de julio de 2013. Artículo 2°.- Disponer que el profesional citado en el articulo 1° de la presente Resolución Directoral, dentro de los (quince) 15 días posteriores a su retorno, remita al Titular del Hospital Nacional Dos de Mayo, con copia a la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, un informe detallado de su rotación y efectúe una exposición sobre el contenido del evento al que acudirá. Artículo 3°.- El Titular del Hospital Nacional Dos de Mayo gestionará ante la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Salud, lo dispuesto en el artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 088-2004/MINSA. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución Directoral no irrogará gasto al Estado ni otorgará derecho a exoneraciones o liberalización de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese y comuníquese,
1 E. LARREA Director General Mima General de Cestón do Recursos Humanas MINISTERIO DE S' 4LUO