No MINISTERIO DE SALUD
859 - 20121)1/N5A
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he 2012
Vistos, los Expedientes N° 12-036042-009 y N° 12-036042-010, que contienen el Informe NI° 227-2012-0GPP-OPI/MINSA, remitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los artículos 1° y 2° de la Resolución Ministerial N° 2742012/MINSA, de fecha 10 de abril de 2012, se creó y conformó el Grupo de Trabajo responsable de realizar la liquidación técnica y financiera de los proyectos de inversión, culminados y no culminados, a cargo de la Unidad Ejecutora 001 Administración Central del Ministerio de Salud, así como buscar soluciones en torno a las observaciones encontradas respecto de éstos; Que, el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° 274-2012/MINSA, estableció que el citado Grupo de Trabajo deberá instalarse en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles contados a partir de la notificación de la citada Resolución Ministerial y que el plazo de vigencia de dicho Grupo de Trabajo para el cumplimiento de las funciones encargadas en el artículo 1° de la precitada Resolución seria de noventa (90) días calendario contados a partir de la instalación, el mismo que podrá prorrogarse en base a sus resultados; Que, mediante el documento de visto, el Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto sustenta la necesidad de ampliar en noventa (90) días adicionales el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo conformado mediante el artículo r de la Resolución Ministerial N° 274-2012/MINSA, a fin que se culmine el proceso de liquidación y cierre de los 732 proyectos de inversión pública; Que, mediante el Informe N° 405-2012-OGPP-OPI/MINSA, la Dirección nenor! de lo nficina 2e el de Planaarnianto y Prtisupuesto, intézma que e! citodn nstaló el día 18 de abril de 2012; Grupo de Trabajo se instaló. Que, respecto a la vigencia del citado Grupo de Trabajo, debe tenerse en cuenta que conforme a lo dispuesto en la Resolución Ministerial N° 274-2012/MINSA, se establecieron plazos tanto para la instalación como para la vigencia de dicho Grupo
de Trabajo, siendo que el plazo de vigencia se computa en días calendario a partir de la fecha de instalación y estando a que el citado Grupo de Trabajo se instaló el día 18 de abril de 2012, el plazo de vigencia habría vencido el 17 de julio de 2012, sin embargo y considerando que el pedido de ampliación fue formulado encontrándose vigente el plazo antes señalado y estando a que urge culminar el proceso de liquidación técnica y financiera de los proyectos de inversión pública a cargo de la Unidad Ejecutora 001 - Administración Central del Ministerio de Salud, resulta necesario ampliar, con eficacia anticipada, el plazo de vigencia de! referido Grupo de Trabajo; Que, el numeral 17.1 del Artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesiones derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto. Que, en atención a lo expuesto y considerando que el acto con eficacia anticipada cuenta con la autorización correspondiente, resulta conveniente ampliar con eficacia anticipada al 18 de julio de 2012, en noventa (90) días hábiles adicionales el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo, conformado mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial NI° 274-2012/MINSA, por lo que corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo previsto en el literal I) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud y en el numeral 17.1 del artículo 17° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: 0. CESPEDES la.
Artículo 1°.- Ampliar, con eficacia anticipada al 18 de julio de 2012, en noventa (90) días hábiles adicionales el plazo de vigencia del Grupo de Trabajo conformado mediante el artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 274-2012/MINSA, para el cumplimiento de las funciones encargadas en el artículo 1° de la citada Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Precisar que el Grupo de Trabajo conformado mediante el articulo
2° de la Resolución Ministerial N° 274-2012/MINSA, será presidido por un representante de la Oficina General de Administración del Ministerio de Salud.
Regístrese y comuníquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOS Ministra de Salud