N° Lima,
425
-2016-VIVIENDA
2 3 DIC. 2016
CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, mediante la Resolución Ministerial N° 344-2015· VIVIENDA se aprobó el Presupuesto Institucional de Aperturá correspondiente al Año ·F-fiscal 2016 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/4 760 180 049,00, incluyendo el detalle de gastos a nivel de Unidad .. Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto; y el detalle de los recursos que 10 financian, salvo los de Recursos Ordinarios, a nivel de Tipo de Transacción, Genérica, Subgenérica y Específica de Ingreso; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 351-2016-EF, se una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de S/ 1 782 238,00 en la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios,. del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a favor de diversos pliegos de los Gobiernos Locales, para financiar la ejecución de tres (03) proyectos de inversión pública de saneamiento rural, conforme se indica en el citado artículo y en el Anexo del referido Decreto Supremo; ~utoriza
Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del citado Decreto Supremo, · establece que el Titular de los Pliegos habilitador y habilitados en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 de la misma norma, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del dispositivo legal. Asimismo, .:establece que, copia de la Resolución que aprueba la desagregación será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el · numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF Y sus modificaciones; Que, en ese sentido, con Memorando N° 2405-2016NIVIENDA-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hizo suyo el Informe N° 5562016NIVIENDA-OGPP-OP de la Oficina de Presupuesto, en el cual se emite opinión . fc:¡vorable y propone el proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la desagregación de los recursos autorizados por el Decreto Supremo N° 351-2016-EF, por la suma de S/1 782 238,00, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, destinada a financiar la ejecución de tres (03) proyectos de inversión . pública de saneamiento rural;
, "" Que, en consecuencia es necesario aprobar la desagregación de los 'recursos autorizados por el Decreto Supremo N° 351-2016-EF, por la suma de -8/1 782 238,00, con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, , 'destinada a financiar la ejecución de tres (03) proyectos de inversión pública de , 'saneamiento rural; toda vez, que la misma se enmarca dentro de lo establecido por el citado Decreto Supremo; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley' N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF Y sus modificaciones; la Ley N° 30372, Ley de , ,Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y el Decreto Supremo N° 176, ',?016-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Desagregación de recursos 'Apruébese la desagregación de los recursos autorizados por el Decreto Supremo N° 351-2016-EF, hasta por la suma de SI 1 782 238,00 (UN MILLON SETECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO Y 00/100 ~~'