MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
SUBSECRETARÍA Secretaría General Técnica S.G.Recursos Humanos y Organización
SUBSECRETARÍA S.G.Recursos Humanos
CONVOCATORIA PARA LA SOLICITUD DE PLAZA Y ADMISIÓN DE NIÑOS EN LA ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL DE PRIMER CICLO (0 a 3 AÑOS) PARA LOS EMPLEADOS PUBLICOS DE LOS MINISTERIOS DE ECONOMÍA Y HACIENDA E INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO, CON DESTINO EN EL COMPLEJO CUZCO PARA EL CURSO 2008-2009. La presente Convocatoria se realiza en base al Acuerdo firmado con fecha 19 de abril de 2005, entre los Ministerios de Economía y Hacienda y el de Industria, Turismo y Comercio para la gestión conjunta de la Escuela de Educación Infantil, situada el Pº de la Castellana 160-162, Complejo Cuzco. PRIMERO.Su objetivo y finalidad esencial es la prestación de un servicio integral de educación en el primer ciclo de educación infantil, que atenderá todas las facetas del aprendizaje, motricidad, control corporal, primeras manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, pautas elementales de convivencia, relación social y descubrimiento del entorno inmediato. 1.-Podrán solicitar plaza en la Escuela de Educación Infantil los empleados públicos, funcionarios o laborales del Ministerios de Economía y Hacienda, destinados en Complejo Cuzco, excluidos los Organismos Autónomos; y del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, destinados en: Complejo Cuzco, Paseo de la Castellana nº 135, Capitán Haya nº 41 y José Lázaro Galdiano nº 6, excluidos los Organismos Autónomos. 2.- No obstante, también podrán solicitar plaza en esta convocatoria, el personal del Ministerio de Economía y Hacienda destinados en la D.G. de Seguros, D.G. Catastro, D.G. de Costes de Personal y Pensiones Públicas, S.G. de Compras, Junta Consultiva de Contratación Administrativa, para que, en el caso de que las plazas convocadas para el personal del punto 1 no se cubrieran en su totalidad. 3.-El personal que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por cuidado de hijo, con reserva de puesto de trabajo, tendrá derecho a solicitar plaza en la Escuela de Educación Infantil siempre que coincida con 1
su reingreso al servicio activo en el Departamento y reúna los requisitos exigidos al respecto. 4.-La incorporación a la Escuela de Educación Infantil de los niños y niñas admitidos se realizará, al menos, con tres meses de edad cumplidos.
SEGUNDO.- SOLICITUD DE PLAZA Y TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES 1.-PLAZAS CONVOCADAS Previa a cada convocatoria, en el mes de marzo se requiere a los padres de los niños que asisten al centro, para que expresen su deseo de continuar ocupando plaza en la Escuela para el curso siguiente, por escrito con fecha y firma entendiendo que renuncian a la plaza si no contestan en el plazo previsto. (Aquel que renunciara a la plaza, perderá automáticamente los derechos adquiridos). Las plazas que quedan disponibles en cada grupo son las que se ofrecen en la presente convocatoria. Para el curso 2008-2009 las plazas que se convocan son las siguientes: EDAD 0 - 1 (nacidos en 2008) 1 - 2 (nacidos en 2007) 2 - 3 (nacidos en 2006)
NÚMERO PLAZAS MITYC MEH 10 6 7 3 5 3
2.-SOLICITUD DE PLAZA Los impresos de solicitud de plaza y los criterios y baremos de admisión se podrán recoger en la Escuela de Educación Infantil, Paseo de Castellana nº 162, en horario de 9 a 11,30 horas, asimismo podrán obtenerse en la Intranet de los respectivos Ministerios. 9 Se presentará una única instancia por alumno debidamente registrada. 9 Plazo de presentación de solicitudes: del 8 al 21 de mayo. 9 Lista provisional de admitidos: el 6 de junio. Se publicará una lista provisional con los niños admitidos y con los no admitidos y sus causas, a la que se dará suficiente publicidad, abriéndose tres días hábiles de plazo para posibles reclamaciones. 9 Lista definitiva de admitidos: se publicará el 18 de junio. 9 No podrá solicitarse plaza para niños que aún no hayan nacido. 2
9 Las solicitudes de plaza y la documentación complementaria para el curso 2008-2009, se presentarán en la ESCUELA DE EDUCACIÓN INFANTIL, Paseo de la Castellana, 160-162 – 28071 Madrid.
3.-LISTA DE ESPERA Las solicitudes que no hayan podido ser atendidas y las que se presenten con posterioridad a la adjudicación de las plazas, formarán una “Lista de Espera” y serán valoradas sólo en el supuesto de que se produzca alguna vacante. La fecha de presentación de solicitudes no supondrá prioridad o mérito preferente alguno en la baremación. 4.-COMISIÓN DE SEGUIMIENTO El proceso de admisión y baremación de instancias se realizará por la Comisión de seguimiento. En el caso de que se perdiera voluntariamente la condición de empleado público del Ministerio correspondiente, que da derecho a la solicitud de plaza en la Escuela, se estará a lo dispuesto a continuación: a) Si el curso no hubiera dado comienzo, el alumno causará baja automática. b) Si el curso ya se hubiera iniciado, el alumno podrá terminar dicho curso, a petición expresa de los padres, no pudiendo en su caso admitirse a dicho alumno en el curso siguiente. Lo anterior será de aplicación igualmente a los empleados de los ministerios cuyo domicilio de trabajo sea trasladado y deje de corresponderse con los enumerados en el apartado Primero, 1 y 2.
TERCERO.-CRITERIOS Y BAREMOS DE ADMISIÓN 1.- INGRESOS FAMILIARES: Se entenderán ingresos de la unidad familiar los procedentes de ambos progenitores, tomando los ingresos brutos si la declaración es conjunta o la suma de ambos si se ha optado por declaraciones separadas. La documentación de IRPF y certificados de renta que se mencionan corresponderán al ejercicio 2007. En el caso de que algún solicitante no hubiera percibido haberes por el año completo, se elevarán a un año las retribuciones que le correspondan en el puesto de trabajo que desempeñen al finalizar el plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria. 3
TRAMOS DE PUNTUACIÓN
Hasta 21.000 € De 21.001 € hasta 31.000 € De 31.001 € hasta 41.000 € De 41.001 € hasta 51.000 € De 51.001 € hasta 61.000 € Más de 61.000 €
10 Puntos 8 Puntos 6 Puntos 4 Puntos 2 Puntos 1 Punto
Documentación necesaria: 9 9 9 9 9
Declaración IRPF conjunta o las dos individuales. Certificados de haberes de ambos progenitores. Certificación de la AEAT de no estar obligado a hacer declaración. Libro de familia. En el caso de que el solicitante no hubiera trabajado el año 2007 completo, fotocopia de la nómina del mes anterior a finalizar el plazo de presentación de solicitudes. Se entenderán como únicos ingresos de la unidad familiar los procedentes de un sólo progenitor, en los siguientes supuestos:
9 Si ha fallecido uno de los progenitores. 9 Si hay sentencia judicial firme, de separación, nulidad matrimonial o divorcio. 9 Si en el libro de familia figura un solo progenitor. Documentación necesaria: 9 Libro de familia. 9 Certificado de defunción de uno de los progenitores. 9 Copia de sentencia judicial.
2.- SITUACIÓN LABORAL DE LOS PADRES O TUTORES. 1º.- Los niños cuyos padres o tutores se encuentren en alguna de las situaciones que se indican a continuación durante al menos dos días a la semana: 4 puntos. a) Padres o tutores trabajando ambos en jornada de mañana y tardes. b) Un solo progenitor responsable del niño que trabaje en jornada de
mañana y tarde. c) Uno de los padres o tutores trabajando en jornada de mañana y tarde
y el otro con minusvalía reconocida del 65% o más o una enfermedad grave de larga duración que impidan atender al niño, debidamente acreditados.
4
2º.- Los niños cuyos padres o tutores se encuentren en alguna de las situaciones que se indican a continuación: 3 puntos. a) Padres o tutores trabajando ambos en jornada de mañana o tarde. b) Un solo progenitor responsable del niño que trabaje en jornada de mañana o tarde. c) Uno de los padres o tutores trabajando en jornada de mañana o tarde y el otro con minusvalía reconocida del 65% o más o una enfermedad grave de larga duración que impidan atender al niño, debidamente acreditados. Documentación necesaria: 9 Libro de familia. 9 Certificado del Centro Directivo o Empresa sobre la jornada laboral y el domicilio del trabajo. 9 Declaración del I.R.P.F. 9 Certificado médico que acredite la enfermedad para atender al niño. 9 Certificado del IMSERSO del grado de discapacidad. 3.- SITUACIÓN FAMILIAR. a) Situación de Familia Numerosa: 3 puntos. b) Existencia de hermanos matriculados en la Escuela durante el Curso
2008/2009: 3 puntos. c) Si los solicitantes han nacido en parto múltiple: 2 puntos por cada uno.
Documentación necesaria 9 Certificado del Director de la Escuela de Educación Infantil. 9 Libro de familia numerosa. Por estar a cargo de un sólo progenitor: 2,5 Puntos. Se considerará esta situación en los siguientes supuestos: 9 Si ha fallecido uno de los progenitores. 9 Si hay sentencia judicial firme, de separación, nulidad matrimonial o divorcio. 9 Si en el libro de familia sólo figura un progenitor. Documentación necesaria: 9 Libro de familia. 9 Certificado de defunción. 9 Copia de sentencia judicial.
5
4.- SITUACIONES NO PREVISTAS: máximo 2 puntos a criterio del órgano de admisión. 9 Por otras situaciones no previstas en este baremo, debidamente justificadas. Documentación necesaria: 9 Documentación presentada por el interesado justificativa de dicha situación, sin perjuicio de que pueda exigirse otra documentación complementaria. Una vez aplicado el baremo, las situaciones de empate si las hubiere, se resolverán favorablemente en función de la renta más baja. Si no se presenta la documentación acreditativa de la situación que se alega, se aplicará puntuación 0 en el apartado correspondiente del baremo de admisión. Las copias de la documentación presentada serán comprobadas y cotejadas con el original, verificándose su autenticidad por la persona responsable de la recepción. La comprobación de la inexactitud de los datos contenidos en la solicitud o en la documentación adjunta podrá suponer la anulación de la plaza concedida, en el momento en que se produzca dicha comprobación y previa audiencia del interesado.
CUARTO: HORARIO y ASISTENCIA
La Escuela permanecerá abierta todo el año y funcionará de lunes a viernes, excepto al menos la primera quincena del mes de agosto que, por razones técnicas y de mantenimiento de las instalaciones, permanecerá cerrada. El horario general de funcionamiento de estas Aulas será el siguiente: 9 general: 8:30 a 15:15. 9 ampliado de tarde: 15:15 a 18:00 (de Lunes a Jueves) Del horario ampliado de tarde solo podrán beneficiarse aquellos empleados públicos que justifiquen, mediante el correspondiente certificado, la jornada de tarde. Los niños que hubieran obtenido plaza para incorporarse a partir de los 3 meses, podrían retrasar su incorporación hasta los 4 meses, previa comunicación de los padres al centro.
6
El niño que por cualquier circunstancia, dejara de acudir a la Escuela durante el curso (salvo por los períodos vacacionales de los padres), conservará la plaza durante un plazo máximo de quince días a solicitud de los padres o tutores, salvo en los supuestos de prescripción facultativa debidamente justificados. Transcurridos los quince días de ausencia, y no mediando aviso al respecto por parte de los padres, se entenderá que renuncia a la plaza cubriéndose ésta por el sistema previsto. La faltas reiteradas de asistencia, puntualidad, y todas aquellas que afecten al normal funcionamiento de la Escuela, serán estudiadas por la Comisión de Seguimiento de la prestación del servicio, la cual se reservará la potestad de comprobar trimestralmente la asistencia y de imponer las sanciones pertinentes, pudiendo en su caso suponer la pérdida de la plaza en la Escuela. Madrid, 7 de Mayo de 2008
7