Disposición 4726 del BOE núm. 109 de 2014 - BOE.es

5 may. 2014 - 口 Materias líquidas inflamables con números ONU 1202, 1203, 1223, 3475 y el carburante de aviación clasificado bajo los Nº ONU 1268 ó ...
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 109

Lunes 5 de mayo de 2014

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE FOMENTO 4726

Resolución de 11 de abril de 2014, de la Dirección General de Ferrocarriles, por la que se convocan exámenes para la obtención y para la renovación de los certificados de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril.

El Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable, ha impuesto a las empresas que transporten mercancías peligrosas por estos medios o que sean responsables de las operaciones de carga o descarga ligadas a dichos transportes, la obligación de contar con, al menos, un consejero de seguridad, que deberá haber superado los exámenes regulados por la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carreteras, por ferrocarril o por vía navegable. Según dispone el artículo 5 de la citada orden ministerial, el certificado tendrá una validez de cinco años y se renovará por períodos de cinco años si, durante el último año anterior a la expiración del certificado, su titular supera una prueba de control. En su virtud, esta Dirección General ha resuelto convocar exámenes, globales y por especialidades, para la obtención y para la renovación del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril, con arreglo a las siguientes bases: Primera.  Ámbito de la convocatoria. Se convocan, en el ámbito territorial de todo el Estado español, exámenes para las modalidades: Global (todas las especialidades), y para las demás especialidades, para la obtención y renovación del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril. Dichos exámenes se realizarán en Madrid, conforme se establece en la base séptima de esta resolución. Segunda.  Exámenes para la obtención del certificado. Las modalidades de exámenes, su estructura y forma de calificación serán las establecidas en la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable. Las pruebas de los exámenes que deberán superar los aspirantes versarán sobre las obligaciones que corresponden al consejero de seguridad, determinadas por el citado Real Decreto 1566/1999, de 8 de octubre, y sobre las materias recogidas en su anexo. Tercera.  Prueba para la renovación del certificado.

Cuarta.  Requisitos de los aspirantes. Para concurrir a los exámenes convocados será preciso ser residente en España. Para participar en la prueba de control para la renovación del certificado será preciso, además, que el certificado a renovar esté en vigor y dentro de su último año de validez, el

cve: BOE-A-2014-4726

La prueba de control para la renovación de los certificados consistirá solamente en la realización de la primera de las pruebas establecidas en el artículo 2 de la citada Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, y en las mismas condiciones que las requeridas para el examen de acceso.

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día de la celebración de los exámenes. En caso contrario, la solicitud para tomar parte en los mismos deberá estar referida a los exámenes de acceso para la obtención de un nuevo certificado de consejero de seguridad. Quinta. Solicitudes. La solicitud para tomar parte en los exámenes de acceso de esta convocatoria, debidamente cumplimentada de conformidad con el modelo adjunto a esta resolución, se dirigirá a la Dirección General de Ferrocarriles, sita en la plaza de los Sagrados Corazones, n.º 7, 28071 Madrid, en el plazo de treinta días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud deberá acompañarse de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en su defecto, de un certificado de empadronamiento expedido por el correspondiente Ayuntamiento y, en el caso de renovación del certificado, además se adjuntará una fotocopia del mismo. En el supuesto de que se indique en la solicitud para la obtención del certificado más de una especialidad, o se presente más de una solicitud para la misma convocatoria, se entenderá que la opción elegida es la de la modalidad global, para todas las especialidades. Sexta.  Admisión de aspirantes. Finalizado el plazo para presentación de solicitudes, esta Dirección General dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión y la hará pública en su tablón de anuncios, así como en la página web del Ministerio de Fomento (www.fomento.gob.es). Los aspirantes excluidos, así como los que no figuren o figuren con algún dato erróneo en las relaciones de admitidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la exposición de tal resolución, para subsanar el defecto observado. Una vez finalizado el plazo para subsanar defectos, esta Dirección General dictará resolución declarando aprobadas las listas definitivas de aspirantes admitidos y de aspirantes excluidos, con indicación de la causa que motiva su exclusión y las hará públicas en su tablón de anuncios, así como en la página web del Ministerio de Fomento (www.fomento.gob.es). Séptima.  Lugar, fecha y hora de realización de los exámenes. Tribunal calificador. Las pruebas de los exámenes se realizarán el día 4 de octubre de 2014 en Madrid, en el lugar y horas que se indicarán oportunamente mediante resolución de esta Dirección General publicada en el «Boletín Oficial del Estado». La composición del Tribunal que juzgará las pruebas de los exámenes se hará pública, asimismo, en la citada resolución, exponiéndose la misma en su tablón de anuncios, así como en la página web del Ministerio de Fomento (www.fomento.gob.es). Octava.  Vigencia de la normativa de transporte ferroviario y de otras materias relacionadas con el contenido de los exámenes. La normativa a considerar en el desarrollo de los exámenes será el Reglamento relativo al transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril (RID) vigente a la fecha de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

La expedición de los certificados de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril a los aspirantes que resulten APTOS en los exámenes convocados mediante esta resolución devengará la tasa por expedición de títulos al personal ferroviario establecida en el artículo 69.4.b de la Ley 39/2003, de 17 de noviembre, del Sector Ferroviario. Madrid, 11 de abril de 2014.–El Director General de Ferrocarriles, Miguel Pozo de Castro.

cve: BOE-A-2014-4726

Novena. Tasas.

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ANEXO Solicitud de participación en las pruebas para la obtención y para la renovación de los certificados de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por ferrocarril 1

DATOS DEL SOLICITANTE

PRIMER APELLIDO

DNI/NIE

SEGUNDO APELLIDO

FECHA NACIMIENTO

NOMBRE

LOCALIDAD

PROVINCIA

NACIONALIDAD

DOMICILIO

LOCALIDAD

TELEFONO FIJO

2

PROVINCIA

TELEFONO MOVIL

C. POSTAL

CORREO ELECTRONICO

OBJETO DE LA SOLICITUD

 2.1.- Obtención del certificado  2.1.1.- Global para todas las especialidades por ferrocarril.  2.1.2.- Para una de las siguientes especialidades (1)  Clase 1 (materias y objetos explosivos).  Clase 2 (gases).  Clase 7 (materias radiactivas).  Clases 3, 4.1, 4.2, 4.3, 5.1, 5.2, 6.1, 6.2, 8 y 9 (Materias sólidas y líquidas contenidas en el RID)  Materias líquidas inflamables con números ONU 1202, 1203, 1223, 3475 y el carburante de aviación clasificado bajo los Nº ONU 1268 ó 1863  2.2.- Renovación del certificado - Número y clase del certificado a renovar ........................................................................................................ - Fecha de expedición del certificado ................................................................................................................ (1)

Si se marca más de una especialidad se entenderá que opta al examen global para todas las especialidades

3

DOCUMENTACION ADJUNTA

 DNI/NIE  Certificado de empadronamiento 4 SOLICITUD, DECLARACIÓN, LUGAR, FECHA Y FIRMA El/la abajo firmante DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, ser ciertos cuantos datos figuran en la presente solicitud, y SOLICITA ser admitido a las pruebas arriba señaladas

Sr. Director General de Ferrocarriles. Plaza de los Sagrados Corazones, n.º 7, 28071 Madrid.

http://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2014-4726

En……………………………… a ………… de …………………………….. de 20…. El/La Solicitante