BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 79
Martes 2 de abril de 2013
Sec. I. Pág. 24943
I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD 3521
Resolución de 1 de abril de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la por la que se actualiza el anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICO-CCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico.
La Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera, por la que se define el principio de prudencia financiera aplicable a las operaciones de endeudamiento de las comunidades autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de autonomía que se acojan a la línea de financiación directa ICOCCAA 2012 y al Fondo de Liquidez Autonómico establece en su artículo tercero que «el coste total máximo de las operaciones de endeudamiento, incluyendo comisiones y otros gastos no podrá superar los tipos fijos o los diferenciales máximos aplicables que publique mensualmente mediante Resolución la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Los costes máximos publicados permanecerán en vigor mientras no se publiquen nuevos costes». Conforme a dicha obligación de actualización mensual de los tipos fijos o diferenciales máximos aplicables, se publica un nuevo anexo que sustituirá al anexo incluido en la Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera. Madrid, 1 de abril de 2013.–El Secretario General del Tesoro y Política Financiera, Íñigo Fernández de Mesa Vargas. ANEXO
Vida media de la operación (Meses)
Tipo fijo máximo
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14
2,65 2,72 2,72 2,66 2,99 3,24 3,35 3,40 3,51 3,63 3,76 3,84 3,92 4,01
Diferencial Diferencial máximo sobre máximo sobre euribor 12 meses euribor 6 meses
328 338 346
290 300 304 315 325 337 344 351 360
Diferencial máximo sobre euribor 3 meses
Diferencial máximo sobre euribor 1 mes
257 248 280 303 313 316 327 337 349 357 363 372
273 273 268 259 291 314 324 327 338 348 360 367 374 383
cve: BOE-A-2013-3521
Diferenciales máximos aplicables al mes de abril de 2013 a efectos de cumplimiento del apartado tercero de la Resolución de 4 de marzo de 2013, de la Secretaría General del Tesoro y Política Financiera
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO Núm. 79
Martes 2 de abril de 2013
Tipo fijo máximo
15 16 17 18 19 20 21 22 23 Plazo ≥ 24
4,09 4,18 4,27 4,35 4,43 4,48 4,53 4,58 4,63 4,75
Diferencial Diferencial máximo sobre máximo sobre euribor 12 meses euribor 6 meses
354 363 370 377 384 388 391 395 399 409
369 378 385 393 400 404 408 412 417 427
Diferencial máximo sobre euribor 3 meses
Diferencial máximo sobre euribor 1 mes
381 391 398 405 412 416 421 425 429 441
392 402 409 416 423 427 432 436 440 453
cve: BOE-A-2013-3521
Vida media de la operación (Meses)
Sec. I. Pág. 24944
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X