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Difamación y privacidad El Centro Legal de Prensa Estudiantil (SPLC) responde las preguntas más frecuentes que recibe sobre difamación y leyes de privacidad
¿Se puede evitar un juicio por difamación clasificando a una declaración como “opinión”?
R:
No necesariamente. Una opinión que declare por ejemplo, “el entrenador debe ser reemplazado”, no puede ser el fundamento de un reclamo por difamación. Pero si la opinión implica un hecho que resulta falso, por ejemplo, “en mi opinión, el entrenador debería ser reemplazado porque compró su licenciatura universitaria en EBay”, entonces esa etiqueta de “opinión” no es una protección. ¿Es responsable nuestra publicación por citas difamatorias de terceros, o declaraciones difamatorias que terceros hacen en cartas al editor?
R:
En medios impresos o en transmisiones, sí. El hecho de que una declaración surja de alguien que no es parte del personal no tiene ninguna importancia. Si lo publica, es suyo, y si la declaración contiene hechos falsos y causa daños, entonces tanto su publicación como el autor pueden ser responsables por difamación. En la web, la ley federal de decencia en las comunicaciones ofrece cierta protección ante la responsabilidad por comentarios que hayan dejado terceros, pero no al contenido creado por el personal de la publicación. ¿Necesitamos autorización de los padres para publicar nombres e imágenes de menores de edad?
R:
Existe un mito extendido que los menores no pueden aceptar ser entrevistados ni fotografiados. Pero, de hecho, no hay ley federal ni estatal que requiera autorización de los padres, con excepción de dos estados, New Jersey y Maine, que requieren la firma del padre para que el estudiante pueda ser fotografiado o nombrado en un sitio web operado por la escuela. En casos extremos, como por ejemplo, nombrar a un estudiante que admita el uso de sustancias prohibidas o un comportamiento delictivo, es una política editorial cautelosa; sin embargo, la legislación no requiere que se obtenga la aprobación del padre de familia. ¿Qué sucede con FERPA (la enmienda “Buckley”)?
R:
FERPA, la ley sobre derechos educativos y privacidad de la familia, permite que una escuela o universidad divulge “información básica del directorio” sobre los estudiantes, incluyendo fotos, a menos que el estudiante (o los padres de un estudiante menor de edad) firmen por escrito un documento para optar que no. Ningún tribunal ha tratado si un medio de comunicación estudiantil se encuentra obligado a cumplir con la opción de negativa; FERPA regula la divulgación de la información de las escuelas y sus empleados, pero no la de los estudiantes, aunque muchos cumplan por cortesía. ¿Pueden impedirnos tomar y distribuir fotos o videos de personas en lugares públicos?
R:
Por regla general, cuando alguna persona hace algo en un área visible al público no tendrá motivos para esperar tener privacidad ni podrá quejarse si la fotografían o filman. La excepción es que la semejanza de una persona no puede ser asociada con la aprobación comercial sin autorización.
Para mayor información sobre sus derechos y responsabilidades como estudiante de periodismo, póngase en contacto con Student Press Law Center (703) 807-1904
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