N° 6204 PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
CRÓNICA
JUDICIAL
CRÓNICA JUDICIAL
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
1
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ Presidente Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
Demandan voluntad política para culminar implementación del NCPP Presidente del PJ, Duberlí Rodríguez Tineo, durante reunión de Política Criminal
El presidente del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez Tineo, pidió al Ejecutivo voluntad política para concluir la implementación del Nuevo Código Procesal Penal (NCPP) en el año 2020, en los distritos judiciales donde aún está pendiente su apliFDFLyQ D ¿Q GH PHMRUDU HO servicio de justicia penal. La autoridad judicial expresó su temor de que el Ejecutivo postergue más allá del 2020, por problemas de presupuesto, la entrada en vigencia del código en la Corte de Lima, una de las que concentra mayor carga procesal. Rodríguez Tineo abogó para
que el Ejecutivo disponga de un presupuesto adecuado, principalmente para el Ministerio Público y la Policía Nacional, que son los entes que realizan las investigaciones. De acuerdo con el último cronograma de implementación, en Lima Norte el NCPP entrará en vigencia en julio de este año, en Lima Este el 2019, mientras que en Lima y Lima Sur el 2020. Rodríguez Tineo explicó la necesidad de poner en vigencia esta norma procesal para evitar los problemas suscitados en estos distritos judiciales donde es aplicado, simultáneamente, el Código de Procedimientos Penales
de Dios), que involucre a una JUDQ FDQWLGDG GH ¿VFDOHV policías y con apoyo de las Fuerzas Armadas, y la implementación de una política social. “Tenemos que dar señales de que el Estado sabe defenderse, de lo contrario, la lucha contra la minería ilegal será una batalla perdida”, remarcó. En ese sentido, exhortó a las autoridades a comprometerse para que cada uno, desde su respectivo sector, realice las acciones pertinentes para evitar que después de realizado, los mineros ilegales vuelvan a instalarse en la de 1940 y el NCPP del 2004, zona. principalmente en “casos emblemáticos”. RECONOCIMIENTO Este planteamiento lo hizo Por otro lado, La Organizadurante la decimotercera ción de Estados Americanos reunión del Consejo Na- (OEA) distinguirá al presicional de Política Criminal dente del Poder Judicial, Du(Conapoc) realizada en el berlí Rodríguez Tineo, como Ministerio de Justicia y De- Embajador de Buena Volunrechos Humanos, con la tad por la Justicia Ambiental participación de los repre- en mérito al impulso sobre sentantes de las diferentes esa materia por parte del instituciones que conforman poder del Estado a su cargo. este organismo. $WUDYpVGHXQR¿FLRHOVHcretario general de la OEA, MEGAOPERATIVO Luis Almagro, comunicó a Asimismo, para erradicar la la máxima autoridad judicial minería ilegal, Rodríguez Ti- sobre la decisión de entreneo planteó la ejecución de garle la referida distinción un gran “megaoperativo” en en su sede institucional de Puerto Maldonado (Madre Washington D.C.
2
CRÓNICA
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE MG. ALDO ENRIQUE ZAPATA LÓPEZ PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
1. REMATE JUDICIAL
Telf: 481030 - 239182
PRIMER REMATE JUDICIAL (EXP. N° 00551-2016-0-1706-JR-CO-08) En los seguidos por SCOTIABANK PERÚ S.A.A. contra TRAVELERS GROUP M & L SAC, EDWIN BUSTAMANTE MOSCOL sobre EJECUCIÓN DE GARANTÍAS (Exp. 00551-2016), el Martillero Público Frany Heber Díaz Díaz con Reg. N° 278, por orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de Chiclayo - Lambayeque, Juez Sandro O. Aguilar Gaitán y Esp. Legal Jessica Ivonne Sánchez Marcelo, por Resolución 9 ha dispuesto sacar a Remate Público en PRIMERA CONVOCATORIA los siguientes predios: PREDIO 1: el predio UBICADO EN LA MZ. “L” LOTE 27 URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL SAN MIGUEL, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE cuyo dominio y otros corren inscritas en la Partida Registral N° P10046834 del Registro de Registro de Predios de la Zona Registral N° II-Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: S/. 129,726.83 SOLES. BASE DE REMATE: S/. 86,484.42 (ochenta y seis mil cuatrocientos ochenta y cuatro con 42/100 Soles); que son las 2/3 partes de la tasación. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento 00006- HIPOTECA.- A favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por S/. 100,000.00 Soles. PREDIO 2: el predio UBICADO EN LA MZ. “L” LOTE 28 URBANIZACION POPULAR DE INTERES SOCIAL SAN MIGUEL, DISTRITO DE JOSE LEONARDO ORTIZ, PROVINCIA DE CHICLAYO, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE cuyo dominio y otros corren inscritas en la Partida Registral N° P10046835 del Registro de Registro de Predios de la Zona Registral N° II -Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN: S/. 130,681.78 SOLES.-. BASE DE REMATE: S/. 87,121.18 (ochenta y siete mil ciento veintiuno con 18/100 Soles); que son las 2/3 partes de la tasación. CARGAS Y GRAVÁMENES: Asiento 00006- HIPOTECA.- A favor de SCOTIABANK PERU S.A.A. hasta por S/. 100,000.00 Soles.-. DIA Y HORA: PREDIO 1: VIERNES 01 DE JUNIO DEL 2018 A LAS 09:30 HORAS. PREDIO 2: VIERNES 01 DE JUNIO DEL 2018 A LAS 10:00 HORAS. LUGAR DE REMATE: Sito en la calle San José N° 1052 - 2o piso del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque LOS POSTORES: Adjuntar arancel judicial (Código 07153) consignando N° Exp., juzgado, copia del DNI, copia del RUC y poderes; asimismo, entregarán Una cantidad no menor al 10% del valor de la tasación, (PREDIO 1 S/. 12, 972.68 Y PREDIO 2 S/. 13, 068.17). Es necesario mencionar que le postor que ofrezca adquirir todos los predios será preferido, siempre y cuando el precio no sea inferior a la suma de las ofertas individuales, de conformidad con el inciso 2 del art. 736 del Código Procesal Civil. De ser el caso, el adjudicatario deberá depositar el saldo del precio, dentro de tercer día de cerrada el acta, bajo apercibimiento de declararse la nulidad de l remate. Los honorarios del Martillero Público serán a cargo del adjudicatario una vez cerrada el acta de remate. (Art. 732° del C.P.C, Ley 27728 y Art. 18° del Reglam. D.S. 008-2005-JUS) y están afectos al IGV. Frany H. Díaz
Díaz Martillero Público Reg. 278 Celular 995738170 (RPM #995738170) correo
[email protected]. FRANY H. DÍAZ DÍAZ MARTILLERO PÚBLICO REG. 278 JESSICA YVONNE SANCHEZ MARCELO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO COMERCIAL CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 672272 F/ 5900 FP/ 21, 22, 23, 24, 25, 28 may. S/. 130.00
REMATE JUDICIAL EN PRIMERA SUBASTA PÚBLICA Expediente N° 00227-2015-0-1706JR-CO-080.- Por disposición del Señor Juez del Octavo Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Lambayeque, que despacha el Dr. SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN, con intervención de la Especialista Legal Dra. JESSICA IVONNE SANCHEZ MARCELO, en los Autos seguidos por SCOTIABANK PERÚ S.A.A. contra DROGUERIA SHIROFARMA S.A.C y OTROS, sobre EJECUCIÓN DE GARANTIAS, de conformidad con lo dispuesto por Ley N° 28371, que modifica los artículos 731° y 732° del Código Procesal Civil, concordante con el Reglamento de la Ley el Martillero Público, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-JUS, ha facultado al Martillero Público SUJEILY ENITH CAMACHO FERNANDEZ, con Registro Sunarp N° 276 para ejercer el cargo a nivel nacional; se procederá a llevar a cabo el REMATE PÚBLICO JUDICIAL en PRIMERA CONVOCATORIA consistente en: -DESCRIPCIÓN DEL INMUEBLE: Predio urbano ubicado en Mz. “54” Lote 11, Sección 101, (Calle Mariscal Sucre N° 416) - Distrito de Monsefú, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, cuyo dominio, área, linderos, medidas perimétricas, cargas, gravámenes y demás características corre inscrito en la Partida Registral N° P10167443, del Registro de Propiedad Inmueble (Registro de Predios) de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo. -CARGAS Y GRAVÁMENES: 1) INSCRIPCIÓN DE CARGAS, inscrita en el asiento D00002, Carga Técnica, al no cumplir con el porcentaje mínimo de área libre conforme lo establece el informe técnico de verificación, legalizado por notario con fecha 12/11/2012. 2) INSCRIPCIÓN DE HIPOTECA, inscrita en el asiento D00005, a favor de SCOTIABANK PERÚ S.A.A. Hasta por la suma de US$. 49,424.50 (Cuarenta y Nueve Mil Cuatrocientos Veinticuatro y 50/100 Dólares Americanos). 3) INSCRIPCIÓN DE EMBARGO, inscrita en el asiento D00006, a favor de CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO TRUJILLO S.A., hasta por la suma de S/. 20,000.00 (Veinte Mil y 00/100 Soles). -VALOR DE TASACIÓN: Valorización para efectos de remate Ascendente a la suma de S/. 296,574.82 (Doscientos Noventa y Seis Mil Quinientos Setenta y Cuatro con 82/100 Soles). -BASE DEL REMATE: Deducido conforme a Ley, monto ascendiente a S/. 197,716.54 (Ciento Noventa y Siete Mil Setecientos Dieciséis con 54/100 Soles), equivalentes a las dos terceras partes del valor de la tasación. -DÍA, HORA Y LUGAR DEL REMATE: Miércoles 06 de Junio del 2018, a horas 11:00 de la mañana, en el local de la Sala de Remates ubicada en la Calle San José N° 1052 - 2do. Piso - Cercado de Chiclayo (actualmente calle San José N° 1070, Segundo Piso-Sede Antigua o Tercer piso-
Edificio Nuevo). -CONDICIONES DEL REMATE: A) LOS POSTORES: 1. Al momento del acto de remate Oblarán (Garantía) el 10% del valor de la tasación del inmueble en efectivo o en cheque de gerencia negociable, girado a nombre del postor, es decir la suma de S/. 29,657.48. 2. Presentarán en el acto de remate el arancel judicial por participación en remate, que deberán adquirir en el Banco de la Nación (Código 07153), indicando número de Expediente, Juzgado y DNI/RUC. 3. Informes al teléfono # 978436514. B) EL ADJUDICATARIO: 1. A la firma del acta de remate deberá pagar los honorarios del Martillero Público más IGV, de conformidad con el artículo 18 de D.S. N° 008- 2005-JUS. y al Art. 732 del CPC.2. Deberá consignar dentro del tercer día hábil posterior a la fecha de remate en el Banco de la Nación el saldo para completar el monto ofertado, bajo apercibimiento de declararse la nulidad del remate a lo dispuesto por el artículo 741 del Código Procesal Civil. CHICLAYO, 10 DE ABRIL DE 2018 SUJEILY ENITH CAMACHO FERNANDEZ MARTILLERO PÚBUCO REGISTRO N° 276 – SUNARP JESSICA YVONNE SANCHEZ MARCELO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO COMERCIAL CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6725312 F/ 5903 FP/ 21, 22, 23, 24, 25, 29 may. S/. 117.00
SEGUNDO REMATE JUDICIAL Exp. 00665-2016-0-1706-JR-CO-08, en los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE TRUJILLO S.A. contra VICKY BETSABE RIVAS GARAY, sobre Ejecución de Garantías. El Octavo Juzgado Especializado en lo Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo que Despacha el Sr. Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Especialista Legal Dra Jessica Ivonne Sánchez Marcelo; ha dispuesto sacar a remate en SEGUNDA CONVOCATORIA el siguiente bien inmueble: INMUEBLE: Ubicado en la Manzana J, Lote 17 de la Urbanización Popular de Interés Social Las Mercedes, Distrito, Provincia de Ferreñafe y Departamento de Lambayeque inscrito en la Partida N° P10055701, Zona Registral N° II, Sede Chiclayo, Oficina Registral. VALOR DE TASACIÓN: Asciende a la suma de suma de US$. 20,684.00 (VEINTE MIL SEISCIENTOS OCHENTICUATRO Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). BASE DEL REMATE: Se efectúa sobre las dos terceras partes del valor de la tasación menos las deducciones de Ley, la misma que asciende a la suma de US$ 11,720.93 (ONCE MIL SETECIENTOS VEINTE Y 93/100 DÓLARES AMERICANOS). DIA Y HORA DE REMATE: 15 de junio del año 2018 a horas11:00 de la mañana. CARGAS Y GRAVAMENES: HIPOTECA: (Inscrita en el Asiento 00008 de la Partida N° P10055701). La propietaria constituye hipoteca a favor de la Caja Municipal De Ahorro y Crédito de Trujillo S.A., hasta por la suma de S/. 57,915.00 Nuevos Soles, según Escritura Pública N° 551, de fecha 05/02/2014, ante Notario Antonio Enrique Vera Méndez. LUGAR DEL REMATE: Sala de remates, sito en la Calle San José N° 1070, Ciudad de Chiclayo. LOS POSTORES: Oblaran en efectivo o en cheque de gerencia girado a su nombre el 10% del valor de la tasación, adjuntar la tasa judicial correspondiente a la orden del Octavo Juzgado Civil Comercial de
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV Chiclayo, debiendo consignarse en la misma el número de expediente, el acto procesal a realizar y copia de D.N.I. y firmas El presente remate estará a cargo del Martillero Público Cesar Armando Zapata Obando, con Reg. 241. Los HONORARIOS DEL MARTILLERQ será de cargo del adjudicatario según la tabla establecida en el Decreto Supremo N° 008-2005-JUS más IGV. CEL. 947400080 Chiclayo, 12 de abril del 2018 CESAR ARMANDO ZAPATA OBANDO MARTILLERO PUBLICO REG. N° 241 JESSICA YVONNE SANCHEZ MARCELO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO CIVIL ESPECIALIZADO CIVIL COMERCIAL CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6722676 F/ 5898 FP/ 21, 22, 23 may. S/. 50.00
TERCERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO JUDICIAL Exp. N° 117-2012 .- Por disposición del Sr. Juez del Octavo Juzgado Civil Subespecialidad Comercial de Chiclayo, Dr.: SANDRO OMAR AGUILAR GAITAN y Especialista Legal: BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES en los Autos seguidos sobre EJECUCION DE GARANTIAS por BANCO DE CREDITO DEL PERU con JUAN SEGUNDO CHAVARRY MENDOZA, con participación del Martillero Publico: JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS de Registro Nacional Noventa y cinco, se procederá a llevar a cabo el REMATE PUBLICO JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA, de» siguiente inmueble, dado en Garantía: Ubicado en la Av. Mariano Cornejo N° 284, Manzana 53, Lote 2, Tienda N° Q3, Primer Piso, de! Asentamiento Humano “San Lorenzo”, del Distrito de José Leonardo Ortiz, Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida N° P10128747, con Antecedente: Partida N° P10116227- Registro de Predios, Zona Registral N° II- Sede Chiclayo- SUNARP. Con una VALORIZACION (Tasación) de US$ 104,100.00 (Ciento cuatro mil, cien y 00/100 Dólares Americanos) y un PRECIO BASE DE REMATE, deducido conforme a Ley de: US$ 50,141.50 (Cincuenta mil, ciento cuarenta y uno y 50/100 Dólares Americanos) ÁFECTACIONES: 1) HIPOTECA.- A favor de Banco de Crédito del Perú hasta US$ 60,000.00 (Inscrito en el Asiento 00007 de la Partida N° P10128747).DIA y HORA DEL REMATE.- El 15 de Junio del 2018, a las 3.00 de la Tarde.LUGAR DEL REMATE.- En la Sala de Remates sito en la Calle San José N° 1052, con ingreso por Calle San José N° 1070, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, Sede Antigua de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque.POSTORES: Oblaran (Garantía) el 10 % de Tasación del Inmueble, en EFECTIVO o Cheque de Gerencia NEGOCIABLE y girado a nombre del postor y presentaran Arancel Judicial respectivo (Indicando N° de Expediente, Juzgado y DNI/ RUC), el mismo que previo al inicio del Remate deberá ser VALIDADO (SELLADO) en la Oficina de REFEJ- REMAP.- De ser el caso, el Adjudicatario deberá depositar el saldo del precio de adjudicación dentro del plazo de 3 días, de conformidad con lo señalado por el Artículo 739° del Código Procesal Civil, con la advertencia de quedar sujeto a lo previsto en el Artículo 741° del acotado código.- ADJUDICATARIO: Cancelara los honorarios del Martillero, según arancel más Í.G.V. (Art. 732 del C.P.C.).- Informes al # 998084468.JORGE LUIS MANTILLA HUERTAS Martillero Publico Registro Nacional N° 95.DRA. BETTY DEL SOCORRO VARIAS CESPEDES ESPECIALISTA LEGAL OCTAVO JUZGADO CIVIL COMERCIAL CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6722062 F/ 5895 FP/ 21, 22, 23 may. S/. 40.00
CRÓNICA
EDICTO DE REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA Expediente N° 0723 - 2015 - O - 1706 - JR - CO - 08, CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE PIURA SAC contra MARITZA YNES VALLEJOS CHAPOÑAN, JUAN FRANCISCO VALLEJOS CASTILLO, CHAPOÑAN DE VALLEJOS BLANCA LUISA Y SEVECAR REPRESENTACIONES EIRL, sobre Ejecución de Garantías a Cargo del Octavo Juzgado Civil Comercial de Lambayeque a cargo del Señor Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán y Especialista Legal Dra. Jessica Ivonne Sánchez Marcelo, han facultado al Martillero Publico Reg.:127 Pablo Colbert Rojas Tamayo, sacar a REMATE JUDICIAL EN TERCERA CONVOCATORIA del Bien Inmueble Ubicado Calle Leticia N° 462, del Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, sus medidas y linderos perimétricos corren inscrita en la Partida Electrónica N° 02024059, Ficha N° 33756 de la Zona Registral N° II Sede Chiclayo, Área 360.00 Mt2. TASACION COMERCIAL: US$ 302,400.00 D.A (Trescientos Dos Mil, Cuatrocientos con 00/100 Dólares Americanos). BASE DE REMATE: US$ 145,656.00 D.A (Ciento Cuarenta y Cinco Mil, Seiscientos Cincuenta y Seis con 00/100 Dólares Americanos), que equivale al precio base del remate en primera convocatoria reducido 2/15%. por ser en tercera convocatoria. CARGAS Y GRAVAMENES: 1.Constitución de Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Piura S.A.C, hasta por la suma US$ 291,100.00 Dólares Americanos, Escritura Publica N° 3094 de fecha 13/09/2011, Notario Público Antonio Vera Méndez, As D00001 de la Partida Electrónica N° 02024059; 2.Rectificación de Oficio de conformidad con el Art. 82 del reglamento General de los registros Públicos, se procede a rectificar el asiento D00001, de la presente partida, el titulo fue presentado el 25/11/2014, As D00002. DIA Y HORA: LUNES 28 DE MAYO DEL 2018 A HORAS 11:30 A.M. LUGAR DE REMATE: Sala de remates ubicado en la Calle San José N° 1052, Segundo Piso, de la ciudad de Chiclayo. LOS POSTORES: Entregaran el 10% del monto de la valorización comercial del inmueble [equivalente a US$ 30,240.00 Treinta Mil Doscientos Cuarenta con 00/100 Dólares Americanos], en efectivo o cheque de gerencia, adjuntando arancel judicial N° 07153: consignando número de expediente, juzgado o identificación del postor, copias y DNI LA COMISION DEL MARTILLERO PUBLICO ES CANCELADA POR EL ADJUDICATARIO; Lambayeque Abril del 2018, Pablo Colbert Rojas Tamayo, Martillero Publico Reg.:127 Email: subasta_
[email protected] Cel: RPC 993766643 / 961654569.PABLO COLBERT ROJAS TAMAYO MARTILLERO PUBLICO REG. 127 JESSICAA YVANNE SANCHEZ MARCELO SECRETARIA JUDICIAL OCTAVO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL- COMERCIAL CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6721909 F/ 5893 FP/ 18, 21, 22 may. S/. 43.00
PRIMERA CONVOCATORIA A REMATE PÚBLICO En los seguidos por VÍCTOR ALCIBÍADES MARRUFFO ZELADA contra MIGUEL DE LOS SANTOS CHANTA MORAN, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO, Expediente N° 01701-20150- 1706-JP-CI-01, el Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, Jueza GIULLIANA VICTORIA VÁSQUEZ CARRASCO, Secretario Judicial WILSON GONZALES SAMILLAN, ha facultado al Martillero Público Aldo Martín Zamora Millones, con Reg. N° 211, REMATAR EN PRIMERA CONVOCATORIA el bien inmueble sito en Calle Francisco Cabrera N° 1065, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida Electrónica N° 02186236 del Registro de Propiedad Inmueble de Chiclayo (Descripción: Según informe pericial se trata de un terreno con un cerco
JUDICIAL de ladrillo y una puerta de ingreso en la parte frontal, sin construcciones o instalaciones fijas y permanentes. Área de terreno: 136 m2 según inscripción en Registros Públicos). VALOR DE TASACIÓN: S/. 325,073.51 (TRESCIENTOS VEINTICINCO MIL SETENTA Y TRES CON 51/100 SOLES). PRECIO BASE: S/. 216,715.67 (DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL SETECIENTOS QUINCE CON 67/100 SOLES, equivalente a las dos terceras partes de su valorización. AFECTACIONES.- a) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCIÓN, hasta por la suma de S/. 30,000.00, sobre el inmueble insudo en la présenle partida registral, mediante Resolución Judicial N° 01, de techa 25.09.2015, emitida por el Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado Civil de Chiclayo, en el Exp. 1704-2015-43, seguido por Víctor Alcibíades Marrufo Zelada contra Miguel de los Santos Chanta Moran, sobre Medida Cautelar, según Asiento D00001 de la Partida Electrónica N° 02186236. DÍA Y HORA: 15 de junio del 2018 a horas 03:05 p.m. LUGAR: Sala de Remates de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (Sede Antigua), en calle San losé N° 5070 - 7- Piso Chiclayo POSTORES: Presentar A) Documento de identidad, 8) Arancel judicial por derecho de participación de remate (código 07153) correspondiente, consignado número de expediente, juzgado, documento de identidad (debidamente validado por la oficina de RLPEJ, ubicada frente a Sala de Remates); y, C) Depositar en efectivo o cheque de gerencia (NEGOCIABLE) girado a su nombre una cantidad no menor al 10% del valor de tasación (S/. 32, 507.35). Adjudicatario pagará honorarios del martillero público. Informes: 978171100. ALDO MARTIN ZAMORA MILLONES MARTILLERO PUBLICO REG. N° 211 WILSON GONZALES SAMILLAN SECRETARIO JUDICIAL 1° JUZGADO DE PAZ LETRADO CIVIL CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6716623 B/ 9754 FP/ 17, 18, 21, 22, 23, 24 may. S/. 76.00
PRIMER REMATE PÚBLICO JUDICIAL Expediente N° 00347-2017, en los seguidos por BBVA BANCO CONTINENTAL contra ABEL RICARDO ESTELA MANRIQUE y MILAGRITOS ELIZABETH FONSECA CERVERA sobre Ejecución de Garantías, el 8o Juzgado Civil Sub Especialidad Comercial de Chiclayo, que despacha el Señor Juez Dr. Sandro Omar Aguilar Gaitán, Secretario Judicial Dra. Yessenia Gordillo Carbonel, ha dispuesto CONVOCAR a PRIMER REMATE PÚBLICO Un Inmueble de Dos Pisos y Semi Sótano con un Área Superficial de 165.00 metros cuadrados, ubicado en Manzana H, Lote 6, Habilitación Urbana El Santuario, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de Lambayeque, inscrito en la Partida No. 11076092 del Registro de Predios de la Zona Registral No. II- Sede Chiclayo. VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: de US $. 139,832.24 (Ciento treintinueve mil Ochocientos treintidós con 24/100 Dólares Americanos) BASE DE REMATE: de US$. 93,221.49 (Noventitrés mil Doscientos veintiuno con 49/100 Dólares Americanos), equivalente a las dos terceras partes de la Tasación Comercial. GRAVAMENES Y CARGAS: 1) Hipoteca, constituida por la sociedad conyugal propietaria del inmueble inscrito en la presente Partida a favor del Ejecutante BBVA BANCO CONTINENTAL hasta por la suma de US$. 125,000.00 Dólares Americanos, según se desprende de la Escritura Pública No. 1072 de fecha 30/04/2015, otorgada ante Notario Público Carlos Caballero Burgos, en la ciudad de Chiclayo, inscrita el 25.05.2015, as. D00008 de la indicada Partida No. 11076092. DIA Y HORA DEL REMATE: el día martes 29 de mayo del 2018 a las 11:30 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de Remates ubicada en la Calle San José No. 1070, Chiclayo. LOS POSTORES: Oblarán el 10% de
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
3
la Tasación Comercial en efectivo o Certificado de Depósito Judicial o Cheque de Gerencia Negociable y presentarán la tasa judicial por derecho a participar en remate judicial de bienes inmuebles previamente validado ante el Área del REPEJ-REMAP de esta Corte Superior de Justicia, a la orden del Juzgado respectivo con el número de expediente y número de Documento Nacional de Identidad o del RUC tratándose de personas jurídicas debiendo además presentar en el acto de remate vigencia de poderes reciente. (Al acto de remate presentarse con original y copia del arancel y DNI). Funcionario que efectuará el Remate.CARLOS ALFONSO NAVARRETE ROLDAN ABOGADO MARTILLERO PUBLICO REG. PROF. No. 105 Dra. Yessenia Gordillo Carbonel Secretario Judicial 8o Juzgado Especializado Civil Comercial CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6719353 F/ 5887 FP/ 17, 18, 21, 22, 23, 24, may. S/. 102.00
2. EDCITOS CLASIFICADOS INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS
RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN Por ante el Juzgado de Paz Letrado de Lambayeque, en el Expediente N° 8322018, seguido por don VICTOR RAUL VIDAURRE BANCES, sobre Rectificación de Partida de Defunción, la Señora Juez Dra. VERONIKHA SANTA CRUZ RONDOY, con la asistencia del Especialista Judicial, Dr. SANTOS AMERICO FLORES RAMOS, se ha presentado don VICTOR RAUL VIDAURRE BANCES, a fin de solicitar la INSCRIPCION de la Partida de Defunción de su señora madre SABINA BANCES CHAPILLIQUEN, fallecida el 25 de noviembre del año 1993 en San José, cuya partida no fue inscrita a en la Municipalidad de SAN JOSE. Lo que se hace de conocimiento público para los fines de ley. Lambayeque, 15 de mayo de 2018 ABOG. SANTOS FLORES RAMOS ESPECIALISTA FC JUZGADO DE PAZ LETRADO LAMBAYEQUE PODER JUDICIAL- CSJL P/ 6721774 B/ 9795 FP/ 18, 21, 22 may. S/. 18.00
PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO Expediente N° 01019-2017-0-1706JR-CI-03 seguido por GIANINA MABEL MONTENEGRO SANDOVAL, contra RUPERTO GUEVARA JACINTO Y MALENA GRANJA MAZA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, el Juez del Tercer Juzgado Especializado Civil Chiclayo Dr. Juan Francisco García Mayor, Secretaria Flor de María Rivera Silva, ha dispuesto la publicación por edictos de un extracto de la Demanda y Resolución Número OCHO de fecha tres de mayo del dos mil dieciocho. SE RESUELVE: ADMITIR A TRÁMITE en vía PROCESO ABREVIADO la demanda de PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO interpuesta por GIANINA MABEL MONTENEGRO SANDOVAL contra RUPERTO GUEVARA JACINTO Y MALENA GRANJA MAZA, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA; DEMANDA: Solicita se declare FUNDADA LA DEMANDA interpuesta por la demandante así como se le declare propietaria del lote de terreno ubicado en Mz. “E” Lote 3 sector 23 del distrito de Pomalca, para que pueda ser inscrita en SUNARP. En consecuencia; PUBLÍQUESE un extracto de la demanda
4
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
y auto admisorio por el término de TRES DIAS HABILES en el diario oficial el peruano y en el diario de mayor circulación de la región.Chiclayo, 16 de Mayo del 2018 FLOR DE MARIA RIVERA SILVA ESPECIALISTA LEGAL TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6722738 B/ 9800 FP/ 21, 22, 23 may. S/. 30.00
SUCESION INTESTADA SUCESIÓN INTESTADA Ante el Juzgado de Paz Letrado de Tumán, que despacha la Sra. Juez Pilco Shaga Maria Liliana, en el Expediente N° 0002-2018, mediante resolución tres de fecha 26 de abril del 2018, RESUELVE: ADMITIR a tramite en vía PROCESO NO CONTECIOSO la solicitud de SUCESIÓN INTESTADA de quien de vida fuera don PORFIRIO CHÁVEZ ESPINOZA, fallecido el día veintiuno de mayo del dos mil diecisiete, presentada por su esposa doña MARÍA AMALIA BAUTISTA ORTIZ; con conocimiento del representante del Ministerio Publico; NOTIFÍQUESE con la presente a los presunto herederos y, Efectúese la ANOTACIÓN PREVENTIVA de la presente solicitud de sucesión intestada en el Registro de Declaración de Herederos y en los demás registros donde el causante tuviera inscritos bienes o derechos; Por ofrecidos los medios probatorios que se indica; agregándose A los autos los anexos que se presentan; Chiclayo, 17 de mayo del 2018 ROSA CHING CASTAÑEDA SECRETARIA JUDICIAL JUZGADO DE PAZ LETRADO DE TUMÁN CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6726433 B/ 9822 FP/ 22 may. S/. 7.00
3. NOTIFICACIONES POR EDICTOS DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO EXPEDIENTE N°: 1878-2017-0-1703JR-FC-01 JUEZ: DR. JACINTO HERNÁNDEZ MENDOZA SECRETARIA: KELLY J. MUNDACA CASTAÑEDA En el presente proceso seguido por TEODOSA PEÑA JIMENEZ, contra SUCESORES DE CIRILO GARCIA CAMPOS, sobre DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO, se ha dispuesto la notificación por edictos de las resoluciones siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS: 1). ADMITIR a TRAMITE vía PROCESO DE CONOCIMIENTO la demanda interpuesta por TEODOSA PEÑA JIMENEZ, contra PASCUALA GARCIA GONZALES, NICANOR GARCIA PEÑA Y DEMAS SUCESORES DE CIRILO GARCIA CAMPOS, sobre RECONOCIMIENTO JUDICIAL DE UNION DE HECHO; 2). TENGASE por ofrecidos los medios probatorios; señalando su domicilio procesal; agréguese a los autos los anexos presentado; 3). COFERIR TRASLADO a los demandados NICANOR GARCIA PEÑA y PASCUALA GARCIA GONZALES por el plazo de TREINTA DIAS, a fin de que se apersonen al proceso y contesten la demanda, bajo apercibimiento de seguirse en su rebeldía, para los cual se deben librar los exhortos respectivos; 4). NOTIFIQUESE a los HEREDEROS DEL EXTINTO CIRILO GARCIA CAMPOS, con un extracto de la presente resolución, a fin de que se apersonen
CRÓNICA al proceso y absuelva la demanda en el plazo especial de CUARENTA Y CINCO DIAS, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; la publicación de los edictos se hará por TRES DIAS hábiles, tanto en el diario oficial “LA REPUBLICA”, como en Radio Marañón-JAEN; 5). AL PRIMER OTROSI; Por otorgadas las facultades de presentación judicial al letrado que autoriza el escrito; al segundo, tercero y cuarto otrosí; Agréguese a los autos y téngase presente. NOTIFIQUESE. Jaén, 31 de Enero del año 2018 JACINTO HERNANDEZ MENDOZA JUEZ JUZGADO DE FAMILIA JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6726330 B/ 1941 FP/ 21, 22, 23 may. S/. 34.50
ALIMENTOS En el Expediente N° 00604-2017-01706-JP-FC-03, seguido por KARY YANET VALLE BALCAZAR, contra MARGARITO REYES VENTURA, sobre ALIMENTOS, la SRA. JUEZ DEL TERCER JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA, mediante la secretaría del DR. LUIS ARTURO VERA PURISACA, ha dispuesto notificarlo con lo siguiente: RESOLUCION UNO. Chiclayo, seis de febrero del dos mil diecisiete. (...) NOTIFÍQUESE al demandado, mediante EDICTOS (...), para que en el plazo de QUINCE DIAS comparezca al proceso y señale domicilio (...) DRA. YNGRID ARACELI VERA MONTENEGRO, Juez. DR. LUIS ARTURO VERA PURISACA, Secretario. Chiclayo, 09 de mayo de 2018 LUIS ARTURO VERA PURISACA SERETARIO JUDICIAL 3° JUZGADO DE PAZ LETRADO DE FAMILIA CSJLA- PODER JUDICIAL P/ 6716640 B/ 9756 FP/ 21, 22, 23 MAY. S/. 15.00
TENENCIA Y CUSTODIA DE MENOR Ante el Quinto Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo, que despacha actualmente el Señor Juez LUIS ENRIQUE ALVAREZ SAENZ, con intervención del Secretario Marco Steve Vásquez Pinedo, en el Expediente N° 00894-2015, mediante resolución UNO de fecha 25 de marzo del 2015 se resuelve: 1) ADMITIR a trámite en vía de proceso único, la demanda interpuesta por don MANUEL IVAN GOICOCHEA ODAR contra doña ROSA ESTHER MEZA LINARES sobre TENENCIA Y CUSTODIA DE MENOR y Régimen de Visitas Téngase por señalado su domicilio real y procesal, por ofrecidos los medios probatorios que se indican y confiérase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS a fin de que la emplazada se apersone al proceso y conteste la demanda en el término legal, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía, con conocimiento del fiscal. Resolución NUEVE de fecha veinte de abril del año dos mil dieciocho se resuelve NOTIFICAR mediante EDICTOS con la resolución número uno(auto admisorio) de fecha veinticinco de marzo del año dos mil quince, demanda, anexos y la presente resolución a ROSA ESTHER MEZA LINARES, en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, publicación que se hará por TRES DÍAS hábiles, a fin de que se apersone al proceso y conteste la demanda dentro del plazo de ley, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. Chiclayo, 15 de mayo de 2018 MARCO STEVE VASQUEZ PINEDO 5° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE FAMILIA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6719316 B/ 9784 FP/ 18, 21, 22 may. S/. 26.00
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO El 4o Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo que despacha el Juez Dr. Rivera, Secretario Abog. Rodrigo; con motivo del Exp.Nro.2586-2018, seguido por MARIA CONSUELO GASTELO MANAY, contra la SUCESION DE DON SEGUNDO FLORO TORRES VERA, sobre DECLARACION JUDICIAL DE UNION DE HECHO, mediante resolución número CUATRO, de fecha 20 de Abril del 2018, se resolvió admitir a trámite la demanda vía proceso Abreviado, disponiéndose NOTIFICAR por EDICTOS a la Sucesión de don SEGUNDO FLORO TORRES VERA por el término de tres días hábiles, en los Diarios El Peruano y La República, para que en el plazo de TREINTA DIAS comparezcan al proceso, a fin de notificarle la demanda, anexos y resolución admisoria, bajo expreso apercibimiento de nombrársele Curador Procesal.Chiclayo, 15 de Mayo del 2018. JOSE RODRIGO MARTINEZ SECRETARIA JUDICIAL 4° JUZGADO ESPECIALIZADO FAMILIA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6721674 B/ 9791 FP/ 18, 21. 22 may. S/. 20.00
DESALOJO POR OCUPACION PRECARIA La Juez (P) del 2o Juzgado Civil de Chiclayo, Dra. Magali J. Soto Bardales, y Esp. Legal Enrique N. Cadena Bances, en el Exp. N° 22542016-0-1706-JR-CI-02, seguidos por OLGA IRIS QUIÑONES ROMERO DE RISI contra SUCESIÓN DE RAÚL ALFREDO BENAVENTE CUMPA sobre DESALOJO ha ordenado NOTIFICAR POR EDICTOS a la sucesión de Raúl Alfredo Benavente Cumpa, con extracto de la demanda: ADMITIR la demanda sobre DESALOJO POR OCUPACION PRECARIA interpuesta por Olga Iris Quiñones Romero de Risi contra Raúl Alfredo Benavente Cumpa; vía PROCESO DE SUMARISIMO por ofrecidos sus medios probatorios, y notificar con la resolución número seis que: RESUELVE: EMPLAZAR mediante EDICTOS a los SUCESORES de: RAÚL ALFREDO BENAVENTE CUMPA; PUBLÍQUESE el extracto de la demanda Interpuesta, por el término de TRES DIAS Y CON UN INTERVALO ENTRE UNA Y OTRA DE DOS DÍAS, en el diario oficial de esta ciudad, “La República” y “El Peruano”; los que tendrán un plazo no mayor de TREINTA DIAS, para apersonarse al proceso y contestar la demanda, bajo apercibimiento de nombrárseles CURADOR PROCESAL; notifiquese conforme a ley. Chiclayo, 15 de mayo del 2018. ENRIQUE NEPTALI CADENA BANCES SECRETARIO JUDICIAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL CSJLA PODER JUDICIAL P/ 6718678 B/ 9781 FP/ 17, 22, 25 may. S/. 21.00
TENENCIA Y CUSTODIA DE MENOR Ante el Quinto Juzgado Especializado de Familia de Chiclayo, que despacha actualmente el Señor Juez LUIS ENRIQUE ALVAREZ SAENZ, con intervención del Secretario Marco Steve Vásquez Pinedo, en el Expediente N° 00894-2015, mediante resolución UNO de fecha 25 de marzo del 2015 se resuelve: 1) ADMITIR a trámite en vía de proceso único, la demanda interpuesta por don MANUEL IVAN GOICOCHEA ODAR contra doña ROSA ESTHER MEZA LINARES sobre TENENCIA Y CUSTODIA DE MENOR y Régimen de Visitas Téngase por señalado su domicilio real y procesal, por ofrecidos los medios probatorios que se indican y confiérase traslado de la demanda por el término de CINCO DÍAS a fin de que la emplazada se apersone al
proceso y conteste la demanda en el término legal, bajo apercibimiento de seguirse el proceso en rebeldía, con conocimiento del fiscal. Resolución NUEVE de fecha veinte de abril del año dos mil dieciocho se resuelve NOTIFICAR mediante EDICTOS con la resolución número uno(auto admisorio) de fecha veinticinco de marzo del año dos mil quince, demanda, anexos y la presente resolución a ROSA ESTHER MEZA LINARES, en el Diario Oficial “El Peruano” y “La República”, publicación que se hará por TRES DÍAS hábiles, a fin de que se apersone al proceso y conteste la demanda dentro del plazo de ley, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento. Chiclayo, 15 de mayo de 2018 MARCO STEVE VASQUEZ PINEDO 5° JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL DE FAMILIA PODER JUDICIAL- CSJLA P/ 6719316 B/ 9784 FP/ 18, 21, 22 may. S/. 26.00
4. EDICTOS PENALES EDICTOS Expediente N° 06242-2006-0-1706-JRCI-03 seguido por CLARA CARDENAS DE MANCILLA, contra OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL, sobre IMPUGNACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA, el Juez del Tercer Juzgado Especializado Civil Chiclayo Dr. Juan Francisco García Mayorga y la intervención de la Secretaria Flor de María Rivera Silva, se ha dispuesto mediante RESOLUCION NUMERO CUARENTA Y TRES de fecha dos de mayo del presente año, la publicación por edictos para la notificación de la presente Resolución. RESOLUCION CUARENTA Y TRES: RESUELVE: DECLARA LA SUSPENSISION DEL PRESENTE PROCESO, POR TREINTA DIAS, hasta que se apersonen los sucesores procesales de la demandante Clara Cárdenas de Masilla y presenten la sucesión intestada de su causante, debidamente inscrita en Registros Público, bajo apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento, NOTIFIQUESE la presente resolución (43) POR EDICTOS en los diarios oficiales El Peruano y la República por el término de TRES DÍAS HÁBILES. Chiclayo. 14 de Mayo del año 2018 FLOR DE MARIA RIVERA SILVA ESPECIALISTA LEGAL TERCER JUZGADO ESPECIAILZADO CIVIL PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 1227-2018-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL. DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DE LA DR. REYNERIO DIAZ TARRILLOY EMPLAZA AL IMPUTADO JORGE LUIS ORTIZ SUAREZ, CON DNI N° 44880779 , SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE YNGA Y N° 183 - PP.JJ. SANTA ROSA DE CH1CLAYO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACTON PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José Leonardo Ortiz, nueve tie marzo De 1 dos mil dieciocho. - SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra JORGE LUIS ORTIZ SUAREZ RODRIGUEZ, por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de Ministerio de
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV Transportes y Comunicaciones para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DEL 2018 AHORAS 10.00 DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la ¿finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fi seal. 4. NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica, INFORMÁNDOS E que si no concurre se REMITIAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar Leonardo Ortiz es un ente corporativo. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA JLO FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL Inst. No 1551 -2018-0 -1706-JR-PE-20EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : EDWIN ALEXANDER FLORES BARBOZA, con domicilio CALLE PRIMERO DE MAYO N° 319 - CENTRO POBLADO URRUNAGA - JLO. RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo deI dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por el Señor Fiscal Adjunto Provincial de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dr. Edgar Juvenal Camacho Olano, contra el imputado EDWIN ALEXANDER FLORES BARBOZA, por el delito CONTRA LA SEGURIDAD PÚBLICA en su figura de PELIGRO COMÚN en su modalidad de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD en agravio de El Estado, representado por el Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MANANA (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la señora representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el
CRÓNICA
artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. José L. Ortiz, 04 abril de 2018 ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL Cuaderno judicial N°: 01428-2017-01706-)R-PE-7° JUZGADO: 7mo. juzgado de Investigación Preparatoria. IMPUTADOS: josé del Carmen Farro Olivos, Manuel Alejandro Sánchez Neira, Edgar Wilberto Quiroz Coronado, Juan Carlos Barturen Rojas y Germán Walter Chapoñan Mel DELITO: Peculado. AGRAVIADOS: Gobierno Regional de Lambayeque. ESP. DE JUZGADO: Zoila Regalado Guevara. JUEZ: Mary Isabel Nuñez Cortijo. Por el presente edicto, La Señora juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA a los acusados JUAN CARLOS BARTUREN ROJAS y GERMAN WALTER CHAPOÑAN MEL, con la resolución judicial SEIS, de fecha veintidós de Marzo de dos mil dieciocho la misma que dispone: 1.REPROGRAMAR la presente audiencia para el día ONCE DE jUNIO DEL DOS MIL DIECOCHO A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANAHORA EXACTA, EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO ONCE- Segundo Piso, del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo ubicado en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (Av. José Leonardo Ortiz N° 155Chiclayo), se NOTIFICA en este acto al representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento en caso no concurra a la audiencia reprogramada, de aplicarse el artículo 144.2 del Código Procesal Penal y en caso de inconcurrencia de la Abogada Defensor Público, se aplicará el artículo 85.1 del Código Procesal Penal. 2.NOTIFICAR con la presente acta de audiencia a los imputados: JUAN CARLOS BARTUREN ROJAS, para que concurra en la fecha y hora programada, debiéndose notificar mediante Edictos en el Diario La República y en su domicilio procesal si en caso tuviere y GERMAN WALTER CHAPOÑAN MEL, para que concurra en la fecha y hora programada, debiéndose notificar en su domicilio real ubicado en Av. Fernando Belaunde N° 840 Urb. La Primavera sin perjuicio que se notifique mediante llamada telefónica al número 979808072 y por Edictos en el Diario La República, y en su domicilio procesal si en caso tuviere. 3.MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados a asistir a la audiencia reprogramada. Por Haberse ordenado así en el Cuadernillo Judicial N° 1428-201 7-0-1 706-JR-PE-07, seguida en contra de los imputados josé Del Carmen Farro Olivos y Manuel Alejandro Sánchez Neira y Otros por el delito de peculado en agravio de Gobierno Regional de Lambayeque. MARIA MERCEDES DOMINGUEZ HUAMAN JUEZ JUZGADO DE NCCP CHICLAYO PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 22, 2,3 24 may.
EPIC TO EXPEDIENTE: N°4921-2015-79-1706-JRPE-01 JUZGADO: JUZGADO UNIPERSONAL DE JOSE LEONARDO ORTIZ. JUEZ: FRANCESKA PUICAN LUNA ESPECIALISTA JUDICIAL: DENISSE CIEZA SAMILLAN El Juzgado Penal Unipersonal de José Leonardo Ortiz, mediante resolución número cuatro de fecha cuatro de mayo del año dos mil dieciocho cita y emplaza a MILCIADES CABRERA REQUEJO, para que se ponga a derecho y defienda de los cargos formulados en su contra,
JUDICIAL en el proceso signado con número de expediente N° 4921-2015-79-1706-JR-PEOl, proceso seguido contra el acusado JAVIER MARCIAL RODRIGUEZ CARRILLO como presunto autor del delito Contra La Familia - Omisión De Asistencia Familiar, en agravio Juan Carlos Rodríguez Mendiz, para que concurra a la audiencia de JUICIO ORAL REPROGRAMADA para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO A HORAS DIEZ CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA en la Sala de Audiencias del Juzgado Unipersonal de José Leonardo Ortiz; bajo apercibimiento de ser declarado reo contumaz en caso de inconcurrencia injustificada y, disponerse el archivo provisional de la causa conforme al incisp-5 del artículo 79 del Código Procesal Penal. Secretaria: Denisse Cieza Samillán. FRANCESKA PUICAN LUNA JUEZ JUZGADO UNIPERSONAL UNIPERSONAL TRANSITORIO PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 22, 23, 24 MAY.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 587-2018-0-1706-JRPE-02 JUEZ: VASQUEZ RUIZ MARISOL ESPECIALISTA: ANGELA BACA MOZO MINISTERIO PUB.: HAYDEE BRAVO CHAVEZ IMPUTADO: JOSE BERNARDO QUESQUEN MORALES DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR AGRAVIADA: ANGELICA MARIA ÑIQUEN SANCHEZ ESPECIALISTA DE AUDIENCIA: YESENIA DEL MILAGRO SIGUEÑAS REYES Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA a la parte agraviada ANGELICA MARIA ÑIQUEN SANCHEZ, con la resolución número TRES de fecha 03 de Mayo del 2018, la misma que dispone: SE RESUELVE: •DECLARAR NO INSTALADA LA PRESENTE AUDIENCIA. •REPROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA DOCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS 8:15 DE LA MAÑANA EN LA SALA N° 02 del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo: ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - Centro Cívico - Chiclayo - 2do piso, quedando debidamente notificadas las partes procesales asistentes. •NOTIFICAR A PARTE AGRAVIADA en el domicilio ubicado en avenida circunvalación N° 924, distrito de Santa Rosa, provincia de Chiclayo, Departamento de Lambaveque, sin perjuicio de ello notifíauesele VIA EDICTO, por el plazo de tres días en el diario oficial de publicaciones. SE DISPONE cursar OFICIO al jefe de la Central de Notificaciones, a fin que la asistente de comunicaciones responsable de la notificación, informe el motivo porque no ha sido posible la notificación teniendo en cuenta que en sede fiscal ha sido posible la misma, debiéndose anexar copia de la cédula de notificación, bajo apercibimiento de poner de conocimiento del Órgano de Control en caso de proceder a lo solicitado. NOTIFICAR, a todas las partes que no han concurrido a la presente audienci, bajo los apercibimientos decretados en autos. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ 2 JUZGADODE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO Expediente N° 2107- 2017 -0- JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: RICHARD MIGUEL MONTERO BOBADILLA Delito: CONDUCCION ESTADO
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
5
DE EBRIEDAD Agraviado: EL ESTADO SE NOTIFICA A: RICHARD MIGUEL MONTERO BOBADILLA, con domicilio en parque Villa Sol N° 182 Paraguay N° 182 - Caserío Campo Nuevo- Chongoyape REQUERIMIENTO FISCAL: De los actuados se advierte que personal policial intervino al imputado cuando conducía un vehículo quien se encontraba en evidente estado de ebriedad, motivo por el cual se puso a disposición de la comisaría del sector para las investigaciones del caso, es así que el certificado de dosaje etílico arrojó 0.86 gr. RESOLUCION NUMERO: UNO Citar audiencia de incoación de proceso inmediato para el 12-06 -18 hora 10:00 am Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortíz. José L. Ortíz, 23 Febrero 2018. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO EXPDIENTE N°: 2017 -0- JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. IMPUTADO: PIERO ALFREDO VILCHERREZ MENESES DELITO: CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: EL ESTADO SE NOTIFICA A : PIERO ALFREDO VILCHERREZ MENESES con domicilio en calle César Vallejos N° 250 PJ Micaela Bastidas- José L. Ortiz REQUERIMIENTO FISCAL: De los actuados se advierte que personal policial intervino al imputado cuando conducía un vehículo quien se encontraba en evidente estado de ebriedad, motivo por el cual se puso a disposición de la comisaría del sector para las investigaciones del caso, es así que el certificado de dosaje etílico arrojó 0.92 gr. RESOLUCION NUMERO : UNO Citar audiencia de incoación de proceso inmediato para el 12-06 -18 hora 10:30 am Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortíz . José L. Ortíz; 23 Febrero 2018 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO Expediente N° 2107- 2017 -0- JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz - Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: RICHARD MIGUEL MONTERO BOBADILLA Delito: CONDUCCION ESTADO DE EBRIEDAD Agraviado: EL ESTADO SE NOTIFICA A : RICHARD MIGUEL MONTERO BOBADILLA, con domicilio en parque Villa Sol N° 182 Paraguay N° 182 - Caserío Campo Nuevo- Chongoyape REQUERIMIENTO FISCAL: De los actuados se advierte que personal policial intervino al imputado cuando conducía un vehículo quien se encontraba en evidente estado de ebriedad, motivo por el cual se puso a disposición de la comisaría del sector para las investigaciones del caso, es así que el certificado de dosaje etílico arrojó 0.86 gr, RESOLUCION NUMERO : UNO Citar audiencia de incoación de proceso inmediato para el 12-06 -18 hora 10:00 am Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortíz. José L. Ortiz, 20 de abril de 2018 CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE CAUSAS
6
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO Expediente N°: 20692018 -0- JR-PE-01 CASP Juzgado: 2 Juzgado de Investigación Preparatoria José Leonardo Ortiz Lambayeque Especialista: César Augusto Salazar Piscoya. Imputado: ODILIO CHAMIK LOPEZELIEZER ELIEZER KUNKUMAS SHIMBUKAT ELIO PAATI TSEJEMEDUAR TERRONES GUEVARADELITO: LESIONES LEVES AGRAVIADO: ELIEZER KUKUMAS SHIBUKAT. EDUAR TERRONES GUEVARA SE NOTIFICA A : ELIEZER KUNKUMAS SHIMBUKAT. EDUAR TERROES GUEVARA - ODILIO CHAMIK LOPEZ- ELIO PAATI TSEJEM, con domicilio en calle Panamá N° 2639 - 2do Piso- - ó calle Panamá y Colombia REQUERIMIENTO FISCAL: Según el acta de intervención policial N° 1379 se conoce que el día 15-10-17 a las 20.45 se presentó Eduar Terrones Guevara, a la Comisaria de José Leonardo Ortíz, con una herida sangrante en la espalda, manifestando haber sido víctima de lesiones con arma blanca por parte de una fpemina, razón por la cual fue trasladado al Hospital Las Mercedes , posteriormente el mismo día a las 21. 20 horas se presentó a la misma dependencia la persona de Eliezer Kunkumas Shimbukat junto a Elio Paarto Tsejem manifestando el primero haber sido víctima de lesiones por arma blanca, motivo por el cual fue trasladado a una Posta Médica. Según Eduar Terrones Guevara fueron los otros dos nombrados quienes junto a una tercera persona no identificada los que lo lesionaron, precisando que fue Eliezer Kunkumas quien lo lesionó con el arma blanca, Se realizó una constatación en el domicilio en la Av Panamá N° 2630 PJ luján. El Representante solicita se le imponga a los acusados Elio Paarti Tsejem, Eliezer Kunkumas Shimbubat y Eduard Terrones Guevara tres años un mes y quince días de pena privativa de libertad y a Odilio Chamkik López la pena de dos año seis meses de pena privativa de libertad y al pago de ochocientos soles por concepto de reparación civil RESOLUCION NUMERO : UNO Procedente el requerimiento de acusación para el 12.06.18 hora 11.00 am Sala de Audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación Preparatoria de José L. Ortíz . CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23,2 4 may.
EDICTO PENAL EXPEIDENTE N°: 10375-2016-0-1706JR-PE-07 JUZGADO: 7mo. Juzgado de Investigación Preparatoria. IMPUTADO: Benjamín Núñez Cholan DELITO: Actos contra el Pudor AGRAVIADO: Menor de Iniciales J.F.T.T JUEZ: Mary Isabel Núñez Cortijo ESP. DE JUZGADO: Karina Ramirez Mimbela ESP. DE AUDIENCIAS: Mariajosé Muñoz Falla Por el presente edicto, La Señora Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al acusado BENJAMIN NÚÑEZ CHOLAN, con la resolución judicial SIETE, de fecha veintiséis de enero de dos mil dieciocho la misma que dispone: 1.REPROGRAMAR la presente audiencia para el día DOCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECOCHO A HORAS OCHO CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANAHORA EXACTA, EN LA SALA DE AUDIENCIAS NÚMERO ONCE- Segundo Piso, del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo ubicado en la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (Av. José Leonardo Ortiz N°
CRÓNICA 155- Chiclayo), se NOTIFICA en este acto al representante del Ministerio Público, bajo apercibimiento en caso no concurra a la audiencia reprogramada, de aplicarse el artículo i 44.2 del Código Procesal Penal y en caso de inconcurrencia de la Abogada Defensor Público, se aplicará el artículo 85.1 del Código Procesal Penal. 2.NOTIFICAR con la presente acta de audiencia al imputado BENJAMIN NÚÑEZ CHOLAN, en su domicilio consignado ficha RENIEC ubicado en Caserío Nuevo Moyobamba Del Distrito De Nueva Cajamarca Provincia De Rioja Departamento De San Martín, para tal efecto notifíquese mediante exhorto al Teniente Gobernador del Caserío Nuevo Moyobamba, Juez de Paz de Nueva Cajamarca y a la Comisaría de Nueva Cajamarca, sin perjuicio que se notifique mediante Edictos por tres días consecutivos en el Diario La República, debiéndose tomar en cuenta dicha notificación solo si algunas de las cédulas de notificación son devuelvas “ motivadas” Debiendo remitirse la cédula de Notificación y sus anexos a través del correo electrónico institucional a la Central de notificaciones de la Corte Superior Competente, bajo apercibimiento de que en caso de incumplimiento de no devolver en forma oportuna el diligenciamiento de las cédulas remitidas, se informará y remitirá copias al Órgano de Control de la sede institucional a la que pertenece la Central de notificaciones encargada de su diligenciamiento y devolución. 3.REPRESENTANTE LEGAL DE LA AGRAVIADA: NANCY MEDAL1T TORRES MONJE, para que concurra en la fecha y hora programada, debiéndose notificar en su domicilio real ubicado (según Ficha RENIEC) avenida del Ejército N°194 - Nueve de Octubre Chiclayo. 4.MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados a asistir a la audiencia reprogramada. 5.REMITIR COPIAS al Órgano de Control de la Corte Superior de Justicia de San Martín, a fin de que inicie las investigaciones correspondientes debido a la no devolución y descargo de las cédulas de notificación del imputado, oportunamente por parte de la Central de notificaciones de dicha localidad. Por Haberse Ordenado así en el Expediente N° 10375-2016-0-1706-JRPE-07, seguida investigación en contra de Benjamín Núñez Cholan por el delito Contra la Libertad Sexual en la modalidad de Actos contra el Pudor en agravio de la menor de iniciales J.F.T.T. MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO JUEZ 7° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO EXPEDIENTE N°: 00736-2015-12-1703JR-PE-01. JUEZ: MARÍA ELIZABETH CAMPOS IDROGO. ESP. DE JUZGADO: PRETELL ALEJANDRIA NIDYA MELISSA IMPUTADO: LEIVER YONATHAN VILLEGAS FLORES. AGRAVIADO: BERTHA BRIGITH VILLEGAS MARTÍNEZ. DELITO: OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR. Por intermedio de la presente el señor Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de la ciudad de Jaén Dr. MARÍA ELIZABETH CAMPOS IDROGO, asistido de la especialista judicial Pretell Alejandría Nidya Melissa, se ha dispuesto notificar mediante edictos al acusado LEIVER YONATHAN VILLEGAS FLORES, con la RESOLUCIÓN NÚMERO DIEZ, de fecha 05 de marzo de 2018 que resuelve: DECLARAR DE OFICIO LA REHABILITACIÓN; en consecuencia, se DECLARA REHABILITADO al sentenciado LEIVER YONATHAN VILLEGAS FLORES por el delito de OMISIÓN DE ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de BERTHA BRIGITH VILLEGAS MARTÍNEZ; CONSENTIDA O EJECUTORIADA que sea la misma, se
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
dispondrá la restitución de los derechos suspendidos o restringidos por la sentencia y se ordena la cancelación provisional por el término de cinco años de los antecedentes penales. DRA. MARIA ELIZABETH CAMPOS IDROGO JUEZ (T) 1° JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA P.J. - NCPP-JAÉN FP/ 22, 23, 24 may. EDICTOS Expediente N° 06242-2006-0-1706-JRCI-03 seguido por CLARA CARDENAS DE MANCILLA, contra OFICINA DE NORMALIZACION PREVISIONAL, sobre IMPUGNACION DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA, el Juez del Tercer Juzgado Especializado Civil Chiclayo Dr. Juan Francisco García Mayorga y la intervención de la Secretaria Flor de María Rivera Silva, se ha dispuesto mediante RESOLUCION NUMERO CUARENTA Y TRES de fecha dos de mayo del presente año, la publicación por edictos para la notificación de la presente Resolución. RESOLUCION CUARENTA Y TRES: RESUELVE: DECLARA LA SUSPENSISION DEL PRESENTE PROCESO, POR TREINTA DIAS, hasta que se apersonen los sucesores procesales de la demandante Clara Cárdenas de Masilla y presenten la sucesión intestada de su causante, debidamente inscrita en Registros Público, bajo apercibimiento de NOMBRARSELE CURADOR PROCESAL en caso de incumplimiento, NOTIFIQUESE la presente resolución (43) POR EDICTOS en los diarios oficiales El Peruano y la República por el término de TRES DÍAS HÁBILES. Chiclayo. 14 de Mayo del año 2018 FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO Expediente N° 01746-2015-FT sobre Violencia familiar seguido por Katherin Milagros Sialer Huaman contra Juan Carlos Garcia Sandoval. La señora Juez del Juzgado Permanente de Familia de Lambayeque, Carmen Julia Ubillus Chunga, ha dispuesto la publicación de un extracto de la siguiente resolución: Resolución admisoria: Lambayeque, veinticuatro de septiembre del dos mil diecisiete; ADMITIR A TRÁMITE VIA PROCESO UNICO la demanda de violencia familiar, interpuesta por el Ministerio Publico en representación de Katherin Milagros Sialer Huaman contra Juan Carlos Garcia Sandoval. TENER POR OFRECIDOS los medios probatorios que se precisa, NOTIFICAR vía edictos al demandada Juan Carlos Garcia Sandoval por el plazo de CINCO DÍAS a efecto que se apersone al proceso y conteste la demanda incoada en su contra, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Chiclayo, 16 de Mayo del 2018. AGUSTIN SANTIAGO POLAR CHAVEZ SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO DE FAMILIA PERMANENTE LAMBAYEQUE CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may. EDICTO Exp. 00397-2014-0-1714-IM-FC-01/IFT/ CILF JUZGADO DE FAMILIA TANSITORIO DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ JUEZ: RUTH LUCESMISTH DIAZ OLIVA ESPECIALISTA: GLADYS YESSENIA NUNTON CASTRO Por el presente edicto, la señora Juez del Juzgado de Familia Transitorio de José Leonardo Ortiz, notifica la presente resolución número VEINTIUNO y resolución DIECINUEVE, habiéndose ordenado lo siguiente: RESOLUCIÓN NÚMERO VEINTIUNO, JOSE LEONARDO ORTIZ DIEZ DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO: con el escrito presentado por el demandante; (I).CORRÍJASE en lo sucesivo, así como en el Sistema Integral de Justicia, el apellido paterno del recurrente así como de su menor hija, siendo lo correcto HEYNER CAYATOPA VASQUEZ y LUCERO
ALONDRA CAYATOPA MALPARTIDA; (II).- REQUIÉRASE al demandante CUMPLA con apersonarse a éste juzgado a fin de realizar el diligenciamiento para la publicación de Edictos en el Diario “EL PERUANO”. RESOLUCIÓN NUMERO DIECINUEVE, JOSE LEONARDO ORTIZ CUATRO DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO: Dado cuenta: con el presente proceso, que en autos se aprecia, que el presente proceso no se ha realizado las publicaciones por edictos conforme a lo establece los artículos 167 y 168 del Código Procesal Civil, y a la razón que antecede PUBLÍQUESE un extracto de la demanda, por tres días consecutivos, para que en el plazo de TREINTA DIAS, comparezcan aquellas personas que tengan interés en el presente proceso, cumplido que sea sin que se haya presentado oposición alguna; VUELVAN LOS AUTOS A DESPACHO PARA SENTENCIAR. NOTIFIQUESE con arreglo a ley.DEMANDA: HEYNER CAYATOPA VASQUEZ, interpone demanda de DECLARACIÓN DE UNIÓN DE HECHO contra su menor hija LUCERO ALONDRA CAYATOPA MALPARTIDA. PETITORIO: Al amparo del Art. I del Título Preliminar del Código Procesal Civil, invocando legitimidad e interés para obrar, mediante la presente recurro a vuestra judicatura con la finalidad de promover formal demanda de Declaración de Unión de Hecho - Pretensión Principal-, acción que la dirijo contra la Sucesión de quien en vida fue mi conviviente MALPARTIDA MAIZ, EDITH AZUCENA, con la finalidad de que declare judicialmente la convivencia, desde el año 2004 hasta el día 28 de noviembre del año 2012, habiendo convivido libremente por espacio de 8 años - esto es ambos sin impedimento matrimonial; asimismo, con pretensión originaria accesoria subordinada, solicito lo siguiente: a)Primera Pretensión Se declare como bien la Sociedad de Bienes, el Inmueble ubicado en la MZ “O” - Lote N° 05, del AA.HH- PARAISO DEL NORTE- José Leonardo OrtizChiclayo- Lambayeque. Adquirido por el recurrente y su extinta conviviente, dentro del desarrollo de la relación convivencial. MEDIOS PROBATORIOS: Documentales: a)Copia del documento de Traspaso de un lote del sector 6 del AA.HH. “PARAISO DEL NORTE”, celebrado entre el recurrente y su extinta conviviente, y, don Eladio Barbosa Silva, por la transferencia del inmueble ubicado en Mz. “O” - Lote “05” - AA.HH. “PARAISO DEL NORTE”José Leonardo Ortiz. b)Acta de Defunción de doña Edith Azucena Malpartida Maiz. c)Declaración Jurada notarial de convivencia, de fecha 01 de junio del 2007, suscrita entre CAYATOPA VASQUEZ HEYNER y MALPARTIDA MAIZ, EDITH AZUCENA. d)Documento de Verificación de fecha 04 de octubre de 2013, expedido por el teniendo gobernador del AA.HH. “PARAISO DEL NORTE”- José Leonardo Ortiz. e)Certificado de Inscripción del recurrente Heyner Cayotopa Vásquez. f)Acta de Nacimiento de mi menor hija LUCERO ALONDRA CAYATOPA MALPARTIDA. g)Copia de DNI de mi menor hija LUCERO ALONDRA CAYATOPA MALPARTIDA. h)Certificado Negativo de Inscripción de Sucesión Intestada, expedido por la Zona Registral N° II- sede Chiclayo. i)Certificado Negativo de Inscripción de Testamento, expedido por la Zona Registral N° II- sede Chiclayo. j)Certificado N° 2013/119078, expedido por la Zona Registral N° II- Sede Chiclayo. k)Copia certificada del documento privado denominado traspaso de un lote del sector 6 del AA.HH “Paraíso del Norte”. l)Copia Certificada de la declaración jurada de convivencia. José L. Ortiz, 15 de mayo del 2018 RUTH LUZCELINA DIAZ OLIVA JUEZ SUPERNUMERARIO JUZGADO DE FAMILIA TRANSITORIO - J.LORTIZ PODER JUDICIAL – CSJLA FP/ 22, 23, 24 may.
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV EDICTO Expediente N° 0451-2014-FT sobre Violencia familiar segjidc Dor Ministerio Publico contra Consuelo Vidaurre Farroñan. La señora Juez del Juzgado Permanente de Familia de Lambayeque, Carmen Julia Ubillus Chunga, ha dispuesto la publicación de un extracto de la siguiente resolución: Resolución siete, resolución admisoria, y denuncia fiscal: Lambayeque, trece de octubre del dos mil diecisiete; Que al prestar declaración a nivel policial la agraviada ha manifestado ser victima de los constantes maltratos físicos y psicológicos por parte de su madre, quien afirma que el día 27 de abril del dos mil catorce sin motivo le ha bofeteado en su rostro, jalarle los cabellos y arrojarla al piso, para ser defendida por su hermana y la suegra de está, agrega que estas agresiones se dan de manera reiterada y por esta razón decidió denunciarla. ADMITIR A TRÁMITE VIA PROCESO UNICO la demanda de violencia familiar, interpuesta por el Ministerio Publico contra Consuelo Vidaurre Farroñan. “ENEF: POR OFRECIDOS los medios probatorios que se precisa. NOTIFICAR vía edictos a la demandada Consuelo Vidaurre Farroñan por el plazo de CINCO DÍAS a efecto que se apersone al proceso y conteste la demanda incoada en su contra, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Chiclayo, 16 de Mayo del 2018. AGUSTIN SANTIAGO POLAR CHAVEZ SECRETARIA JUDICIAL JUZHADO DE FAMILIA PERMANENTE DE LAMBAYEQUE CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO ESPECIALISTA KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 4867-2018 EL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DE LA DRA. SARA VERA ZULOETA. CITA Y EMPLAZA AL IMPUTADO DANI FERNANDO DAVILA SANCHEZ, CON DNI N° 44418279, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE PROLONG. INCA ROCA LT. 11 CENTRO DE REQUE REQUE.; PARA OUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 1 DEL PRIMER JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUIENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO [osé Leonardo Ortiz, nueve de mayo, del dos mil dieciocho.SE RESUELVE: CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditado , obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos que se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía. NOTIFÍQUESE a los sujetos procesales, incluida la parte agraviada y advirtiendo de autos que el imputado no tiene abogado defensor, Y : CÍTESEpara el día CATORCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DICIOCHO a horas 10.00 DE LA MAÑANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar
CRÓNICA
de control de acusación en la PRIMERA Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo s/n cuadra 10 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada. José I. Ortiz, 15 de mayo del 2018 ESPECIALISTA: KARINA GONZALES PARESES. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL EXPEIDENTE: 07634-2016-0- 1706-JRPE-09 JUZGADO: 9° JUZGADO DE INV. PREPARATORIA ESPECIALIZADO EN DELITOS AD. TRIB. MCDO Y AMB. JUEZ: JORGE MARCELINO PEREZ TORO ESPECIALISTA LEGAL:JORGE JAVIER PISFIL MONTALVAN El Juez del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, De Mercado y Ambientales, NOTIFICA a ENRIQUE RUBIO ALTAMIRANO con la RESOLUCIÓN N° TRES de fecha 25.10.16, emitida por el 9° Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, en el Expediente N° 076342016-0-1706-JR-PE-09 (Expediente de origen N° 4290-2016-0-2001-JR-PE01), a través de la cual se tiene por COMUNICADA LA DISPOSICIÓN DE FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA contra María Elena Castro Rivadeneira y Enrique Rubio Altamirano, como presuntos autores del delito Contra los Recursos Naturales en su modalidad de delito Contra los Bosques o Formaciones Boscosas, en agravio del ESTADO - MINISTERIO DEL AMBIENTE; asi también se le NOTIFICA con la Resolución N° Cinco de fecha 15.01.18 y con el REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN, por el plazo perentorio de 10 DIAS HÁBILES, a efectos de que pueda por escrito: 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de criterio de oportunidad, 6) ofrecer prueba para el juicio, 7)objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados y, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. Y a la vez se le CITA Y EMPLAZA, a fin de que concurra a la reprogramación de la AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN, para el día CUATRO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A LAS DIEZ CON QUINCE MINUTOS DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias N° VEINTE del Noveno Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente, Especializado en Delitos Aduaneros, Tributarios, de Mercado y Ambientales, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 115 (Primer Piso) - Chiclayo. JORGE MARCELINO PEREZ TORO JUEZ 9° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DELITOS AMBIENTALES Y ADUANEROS PODER JUDICIAL- CSJLAMB FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL: JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL DE JLO JUEZ: DRA. FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA ESPECIALISTA JUDICIAL: DANTE QUIÑONES YAHIRO
JUDICIAL Se NOTIFICA al acusados JOSÉ BARBOZA LEVANO, GABRIEL GUTIERREZ DIAZ, LUIS MANUEL BUENO SOTO, EFRAIN MERINO ALVA, LUIS MIGUEL ARBAIZA COLICHON y JULIO HERNANDEZ ROMERO, con la resolución número TRES de fecha 24/04/2018, mediante la cual se ha resuelto: PROGRAMAR la audiencia de juicio oral para el día CUATRO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOS V CUARENTA DE LA TARDE, diligencia que se realizara en la SALA DE AUDIENCIAS DEL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE JOSE LEONARDO OR7TZ- sito - Calle Virrey Toledo N° 1080 -Atusparias - José Leonardo Ortiz, bajo apercibimiento de ser declarado REO CONTUMAZ, reservarse el proceso y ordenarse su conducción compulsiva en caso de inasistencia. por haberse dispuesto así en el proceso N° 6780-2013-15-JR-PE; en el proceso seguido contra el acusados JOSE BARBOZA LEVANO, GABRIEL GUTIERREZ DIAZ, LUIS MANUEL BUENO SOTO, EFRAIN MERINO ALVA, LUIS MIGUEL ARBAIZA COLICHON Y JULIO HERNANDEZ ROMERO, como presunto autor del delito de FRAUDE PROCESAL Y OTRO ilícito previsto en el artículo N° 196° - A incisos 1) y 2) del código penal, delito previsto y sancionado por el articulo N° 185° del texto punitivo de este juzgado competente a tenor de lo dispuesto en el artículo 28° numeral 2 de la norma acotada. FRANCESKA EMPERATRIZ PUICAN LUNA JUEZ JUZGADO PENAL UNIPEROSNAL TRANSITORIO JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL EXP. N° 9147-2016-0- 1706-JR-PE-7°-JIPKPCH. EL SETIMO JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE. JUEZ: Dra. MARY NUÑEZ ORTIJO. SE NOTIFICA por el presente a los imputados REQUELME VARGAS RIOS y ROSMERY MAGALI VENTURA BAZAN con el contenido de la resolución número ocho, que dispone. REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día CINCO DE JUNIO DEL AÑO EN CURSO; a horas OCHO DE LA MAÑANA (hora exacta): acto a realizarse en la sala de audiencias número ONCE, ubicada en Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - 2do piso - Centro Cívico de esta ciudad. Precísese que durante la audiencia: a) No está permitido la actuación de diligencias de investigación o de pruebas específicas, salvo el trámite de prueba anticipada y la presentación de prueba documental para decidir cualquier solicitud señalada en el artículo 350° del Código Procesal Penal; b) No se admitirá la presentación de escritos, bajo apercibimiento para los abogados defensores de los imputados de ser subrogados , asumiendo la defensa los defensores públicos y del representante del Ministerio Publico de proceder conforme al artículo 144 inciso 2 del Código Procesal Penal, en caso de inasistencia injustificada. Por haberse ordenado así en la Instrucción N° 6147-2016-0-1706-JR-PE-70- que se sigue por el delito de usurpación en agravio de José Luis Etelvino Vilchez Vasquez. Secretaria: Kelly Juiliana Puescas Chunga. MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO JUEZ 7° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO JUZGADO: JUZGADO PENAL COLEGIADO SUPRAPROVINCIAL JAEN JUEZ: DRA. ESMERALDA G. CARLOS PERALTA CITA Y EMPLAZA al acusado FELIX SAAVEDRA LEON, identificado con DNI 42192866, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
7
su contra en el Cuaderno Judicial No 8492017-5-1703, por el Delito ACTOS CONTRA EL PUDOR, en agravio de S.B.O, para que tenga Conocimiento de la audiencia de Juicio Oral para el día CINCO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, a horas NUEVE DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesfo así en el Expediente N° 849- 2017-5-1703-JPCSJ, seguido confra FELIX SAAVEDRA LEON en agravio de MENOR DE INICIALES S.B.O por el delito de ACTOS CONTRA EL PUDOR. ESMERALDA GUISELA CARLOS EPRALTA DIRECTORA DE DEBATES JUZGADO COLEGIADO DE JAEN PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL INST. N° 3844 - 2018 -0 -1706 - JR PE - 01 ESPECIALISTA LEGAL: DRA. ELVIA MANAYALLE MANAY MOTIVO: NOTIFICACION LA SEÑORITA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA A: LEON RAMOS EDWING OSMIN CON DOMICILIO EN LA CALLE NICOLAS DE AYLLON 1094 - P.JOVEN URRUNAGA JLO Y ANA MARIA RUBIÑOS GAMARRA CON DOMICILIO EN LA CALLE NICOLAS AYLLON N° 251 - JLO. RESOLUCION NUMERO: UNO CITAR A AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN requerido por la fiscal provincial de la segunda fiscalía provincial penal corporativa de José Leonardo Ortiz , Dra. Rodríguez Ramos Verónica, CONTRA el imputado LEON RAMOS EDWING OSMIN por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de AGRESIÓN CONTRA LA MUJER O INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR EN EL CONTEXTO DE VIOLENCIA FAMILIAR, en agravio de RUBIÑOS GAMARRA ANA MARÍA, para el día CINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DIEZ DE LA MAÑANA (HORA EXACTA) en la sala de audiencias número uno de los juzgados de investigación preparatoria del módulo básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - atusparias, con la presencia obligatoria de la fiscal y el abogado defensor público del acusado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1 de nuevo código procesal penal, modificado por la ley 3007, por tratarse de una audiencia de carácter irremplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. JOSE LEONARDO ORTIZ 10 DE MAYO 2018 ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL INST. N° 3818 - 2018 -0 -1706 - JR PE - 01 ESPECIALISTA LEGAL: DRA. ELVIA MANAYALLE MANAY MOTIVO: NOTIFICACION LA SEÑORITA JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA A: FERNANDEZ MONTANO JOSE NILTON CON DOMICILIO EN LA CALLE PORCUYA N° 185 - PP.JJ. TUPAC AMARU - CHICLAYO Y ALARCON
8
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
SANCHEZ MARIA CONSUELO CON DOMICILIO EN LA CALLE AMPLIACION SANTA LUCIA MZ O LT 09, JLO. RESOLUCION NUMERO: UNO CITAR A AUDIENCIA PRELIMINAR DE CONTROL DE ACUSACIÓN requerido por el fiscal provincial de la Primera fiscalía provincial penal corporativa de José Leonardo Ortiz , Dr. Rober Edwin Becerra Pérez, CONTRA el imputado LEON RAMOS EDWING OSMIN por el delito CONTRA LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD en la modalidad de LESIONES, en agravio de ALARCON SANCHEZ MARIA CONSUELO, para el día CINCO DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DIEZ DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta) en la sala de audiencias número uno de los juzgados de investigación preparatoria del módulo básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - atusparias, con la presencia obligatoria de la fiscal y el abogado defensor público del acusado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicara el articulo 85° inciso 1 de nuevo código procesal penal, modificado por la ley 3007, por tratarse de una audiencia de carácter ¡rremplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. JOSE LEONARDO ORTIZ 10 DE MAYO 2018 ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE: 3779-2018-0-1706-JRPE-02 JUZGADO: 2a JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ-CHICLAYO ESPECIALISTA: CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA IMPUTADO: GUIDINO PORTILLA MAYKOL DELITO: OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: DUIDUNI PERALTA KIARA YERALDINE SE NOTIFICA A: GUIDINO PORTILLA MAYKOL, CON DOMICILIO EN CALLE ARGENTINA N9 119 - PARTE BAJA PAITA - PIURA REQUERIMIENTO FISCAL.- Que de los copias certificadas remitidas a este Ministerio que en la tramitación del Expediente 603-2014-0-1714-JP-FC01, Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de José Leonardo Ortiz, que la persona de NELY PERALTA CIEZA interpuso una demanda de AUMENTOS - PENSIÓN ALIMENTICIA contra AAAYKOL GUIDINO PORTILLA a favor de la menor KIARA YERALDINE DUIDINO PERALTA proceso judicial del cual mediante Audiencia Unica Resolución N° CINCO de fecha 19.10.2015 SE DECLARA FUNDADO EN PARTE !a demanda de Alimentos, ordenando que el obligado acuda una pensión alimenticia mensual y adelantada por la suma de s/270.00 a favor a su menor hija; no obstante ello, se practicó una liquidación de fecha 10.02.2016 correspondiente al periodo de diciembre 2014 o Febrero de 2016 ascendente a un importe total de S/. 4,026.91 nuevos soles incluido los intereses legales, y siendo de! caso que esta liquidación fue debidamente APROBADA mediante resolución Nro. 07 de fecha 30.09.2016 y notificada al ahora imputado en su domicilio real y procesal conforme a la cédula de entrega Nro. 0018672-2016 y cédula de notificación 10922-2016-JP- FC. RESOLUCION NÚMERO: UNO.- Citar audiencia de control de Incoación del Proceso Inmediato para el día 06-06-2018 hora 03:30 pm sala de audiencia N° 02 de los Juzgados de Investigación preparatoria de José Leonardo Ortiz. José L. Ortiz, 17 de abril del 2018. CESAR AUGUSTO SALAZAR PISCOYA ESPECIALISTA DE JUZGADO MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
CRÓNICA EDICTO JUZGADO: JUZGADO PENAL COLEGIADO DE JAEN JUEZ: DR. JOSE LUIS TORRES BALLENA CITA Y EMPLAZA al acusado JOSE RAMIREZ ROGRIGUEZ, identificado con DNI 78374458, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial N° 658-2016-14-1703-JR-PE01, seguido contra JOSE RAMIREZ ROGRIGUEZ y otros- por el delito de VIOLENCIA CONTRA LA AUTORIDAD PARA IMPEDIR EL EJERCICIO DE FUNCIONES en agravio de ESTADO., para que tenga Conocimiento de la audiencia Única de Proceso Inmediato para el día SEIS DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, la misma que se realizará en Poder Judicial de Jaén, en la Sala de Audiencia del Juzgado Penal Colegiado, ubicado en CALLE MARISCAL CASTILLA N° 490-JAÉN, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. JOSE LUIS TORRES BALLENA DIRECTOR DE DEBATE JUZGADO COLEGIADO PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL JUZGADO: PENAL UNIPERSONAL PERMANENTE -CUTERVO. CUADERNO: 231-2013- JPUP-C- CSJLA /PJ JUEZ: DR. NICOLAS INOÑAN VENTURA. ESPECIALISTA: LILY MARLENY REAÑO CAMPOS CITA Y EMPLAZA a: ROMALDO GUEVARA TORRES, identificado con DNI para que se ponga a derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra, derivado del Expediente N°.2312013-JPUPC, por el delito de OFENSAS CONTRA EL PUDOR, en agravio de menor de iniciales G.A.T.F. A quien además se le hace de conocimiento que mediante Resolución número ocho, de fecha veintitrés de abril del dos mil dieciocho, se ha resuelto: REPROGRAMAR EL JUICIO ORAL, para el día SEIS DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO, A HORAS DOS Y CUARENTA MINUTOS DE LA TARDE (02:40 PM) HORA EXACTA. BAJO APERCIBIMIENTO de que en caso de inconcurrencia del acusado, se declarado reo contumaz, y se ordenara su ubicación y captura a nivel nacional. Cutervo, 23 de abril del 2018 NICOLÁS INOÑAN VENTURA JUEZ NCPP- CSJLAMB FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO EXPEDIENTE: 2524-2017 -PJIP-J. IMPUTADO: DOMINGUEZ TUMBAY LEON DELITO: OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: DOMINGUEZ LOZANO ELITA JANET El señor Juez Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Jaén, mediante el presente EDICTO NOTIFICA AL IMPUTADO: LEON DOMINGUEZ TUMBAY; con el requerimiento de proceso Inmediato con RES N° 01 de fecha 26 de diciembre del dos mil diecisiete, dado cuenta con el requerimiento del proceso Inmediato presentado por la señor Representante del Ministerio Público, y de conformidad con lo establecido por el articulo 447 numeral 1 del Código Procesal Penal, modificado mediante decreto legislativo N° 1194; si bien dicha normatividad procesal señala que la audiencia se debe convocar en el termino de cuarenta y ocho horas, pero advirtiéndose en el presente caso que el domicilio del imputado se encuentra ubicado en el lugar distante a esta ciudad de Jaén; a efecto de garantizar el ¡rrestricto derecho de defensa, se debe fijar la audiencia dentro de un margen de tiempo prudente y razonable. CORRASE TRASLADO A LAS PARTES PROCESALES; SE RESUELVE:
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
PROGRAMAR LA PRESENTE AUDIENCIA PARA EL DÍA SIETE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO A HORAS DOCE DEL DIA (12:00 MI), Diligencia que se llevará a cabo en la Sala de Audiencia de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, ubicado en la intersección de las calle Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén. Por haberse ordenado así en el Expediente, me dirijo a Usted, remitiendo N° seguido contra LEON DOMINGUEZ TUMBAY por el delito de DE OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de ELITA JANET DOMINGUEZ LOZANO. FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL 2e JUZG. INVEST. PREPARATORIA EXPEDIENTE: 2546-2018-0-1706-JRPE-02 JUEZ: MARISOL VASQUEZ RUIZ ESPECIALISTA: JOSE JULIO GUEVARA VALDERRAMA MINISTERIO PUB.: DAVID RICARDO GUERRERO SAAVEDRA IMPUTADO: JULINHO ORGEL SUAREZ IZQUIERDO DELITO: CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD AGRAVIADO: MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES ESP. DE AUDIENCIAS: YESSENIA SIGUEÑAS REYES Por el presente Edicto, la Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado JULINHO ORGEL SUAREZ IZQUIERDO, con la resolución número dos de fecha 02 de mayo :le 2( 18, la misma que dispone: •DECLARAR FRUSTRADA LA PRESENTE AUDIENCIA por no estar válidamente notificado el imputado. •REPROGRAMAR la presente audiencia de INCOACIÓN DE PROCESO INMEDIATO para el día SIETE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO CON CINCO MINUTOS DE LA MAÑANA (HORA EXACTA), en la Sala de Audiencias Número dos del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicada en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155 - 2do Piso- Centro Cívico Chiclayo. •NOTIFICAR a las partes inconcurrentes, con los mismos apercibimientos decretados en autos. •NOTIFICAR al imputado en su domicilio señalado por la Representante del Ministerio Publico, esto es,, ubicado en SECTOR CONCHUCOS MZ “A” LOTE S/N- PATAPO; sin perjuicio de notificarse mediante edictos, debiéndose adjuntar copias del requerimiento fiscal, y la presente acta de audiencia. MARISOL VASQUEZ RUIZ JUEZ 2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 4381- 2018- 0- 1706JR-PE-01 JUZGADO: 1 Juzgado de Investigación Preparatoria-JLOESPECIALISTA: Milagros Manayalle Manay IMPUTADO: ERIK JOEL TUÑOQUE CARRASCO DELITO: MICROCOMERCIALIZACIÓ O MICROPRODUCCIÓ AGRAVIADO: EL ESTADO SE NOTIFICA: ERIK JOEL TUÑOQUE CARRASCO, con domicilio real calle: Víctor Sánchez Ruiz 340 DEL PJ 1° de Mayo, distrito de José Leonardo Ortiz provincia de Chiclayo y Departamento de Lamabayeque. REQUERIMIENTO FISCAL: El día 09 de marzo de 2018, a horas 19.40, personal policial del grupo operativo de la CPNP Atusparia venía realizando palrullaje policial preventivo por la jurisdicción. En circunstancias que se encontraban por la intersección de las calles Chiclayo y España, en el lugar conocido como “l.a Isla”, intervinieron a ERIK JOEE TUÑOQUE CARRASCO (30), el que al notar la presencia policial habida intentado darse a la fuga. Razón por la cual, una vez intervenido, al efectuársele el registro
personal se le encontró en su bolsillo delantero, lado izquierdo, del pantalón jeans color azul de marca Lioner’s” que vestía, una bolsa pequeña de polietileno, color transparente, conteniendo en su interior noventa y cinco envoltorios tipo “kete”, con una sustancia pardusca pulverulenta, con olor y características al parecer pbc. El representante del Ministerio Público solicita se le imponga un año de pena privativa de libertad de tres años y el pago de mil soles por concepto de reparación civil. RESOLUCIÓN NUMERO UNO José L. Ortíz, treinta de abril Del año dos mil dieciocho.SE RESUELVE: Declarar procedente el requerimiento de acusación directa. Audiencia 07-06-18 hora 11:00 de la mañana Sala de Audiencia N° 01 del Juzgado de Investigación Preparatoria de José L. Ortiz. José L. Ortiz, 14 de mayo de 2018 ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDCITO EXPEIDENTE N°: 4061- 2018 - 0 - 1706JR-PE-01 JUZGADO: 7 Juzgado de Investigación Preparatoria- JLO’ ESPECIALISTA: Milagros Manayalle Manay IMPUTADO: José Tabaco Maldonado DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: Procurador Público- Poder Judicial SE NOTIFICA: JOSE TABACO MALDONADO , con domicilio real calle: 276 CP/M Urrunaga V Sector, distrito de José Leonardo de Chiclayo y departamento de Lambayeque REQUERIMIENTO FISCAL : Conforme consta en el acta de intervención policial el 26 de enero del 2018, a las 23.25 hoi’as aproximadamente, personal policial se constituyó hacia el inmueble sito en el PP.JJ. San Juan de Dios Mz. B- Lt. 19 del distrito de José Leonardo Ortiz entrevistándose con la denunciante Kelly Milagros MUNDACA DÍAZ, quien refirió que momentos antes habida estado en ias afueras de su domicilio su ex conviviente José Gabriel TABACO MALDONADO, el mismo que tenia la intención de agredirla, lanzándole ladrillos en el techo de su domicilio, gritando e insultando palabras soeces; motivo por el cual efectivo policial se dirigió hacia el domicilio del acusado, el mismo que se encontraba con signos de haber ingerido bebidas alcohólicas, teniendo una actitud desafiante al momento de la intervención. El representante del Ministerio Público solicita se le imponga un año de pena privativa de libertad de un año y el pago de quinientos soles por concepto de reparación civil. RESOLUCIÓN NUMERO UNO José L. Ortiz, veintisiete de abril Del año dos mil dieciocho.SE RESUELVE: Declarar procedente el requerimiento de acusación directa. Audiencia 07-06-18 hora 09:00 de la mañana Sala de Audiencia N° 01 del Juzgado de Investigación Preparatoria de José L. Ortiz José L. Ortiz, 14 de mayo de 2018 ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may. EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 4262- 2018 - 0 - 1706JR-PB-01 JUZGADO: 1 Juzgado de Investigación Preparatoria-JLOESPECIALSITA: Milagros Manayalle Manay IMPUTADO: Edilberto Cayao Villalobos DELITO: LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR AGRAVIADO: MARLENE MONDRAGON VERGARA SE NOTIFICA A: Edilberto Cayao Villalobos , con domicilio real calle: 276 CPM Urrunaga V Sector, distrito de José
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV Leonardo de Chiclayo y departamento de Lambayeque REQUERIMIENTO FISCAL :Se imputa a EDILBERTO CAYAO VILLALOBOS haber agredido física y psicológicamente a la denunciante MARLENE MONDRAGON VERGARA el día 28 de mayo de 2017.a las 22:00 aproximadamente, en circunstancias que su ex conviviente llego a su casa en estado de ebriedad a querer llevar a su menor hijo José Gabriel Cayao Mondrago (05), siendo así que su ex conviviente se puso malcriado y le propino un golpe en su boca y empezó a agredirla verbalmente con palabras soeces insultándola de puta y perra, dichos hechos son constantes cuando el imputado esta mareado.. El representante del Ministerio Público solicita se le imponga un año de pena privativa de libertad de un año y el pago de cuati’ocientos soles por concepto de reparación civil. RESOLUCIÓN NUMERO UNO José L. Ortíz, treinta de abril Del año dos mil dieciocho.SE RESUELVE: Declarar procedente el requerimiento de acusación directa. Audiencia 07-06-18 hora 10:00 de la mañana Sala de Audiencia N° 01 del Juzgado de Investigación Preparatoria de José L. Ortiz José L. Ortiz, 14 de mayo de 2018 ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO ESPECIALIZTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 1096-2018-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO, A CARGO DE LA DR. REYNERIO DIAZ TARRILLOY EMPLAZA AL IMPUTADO ROGELIO RODRIGUEZ MEDINA CON DN1 N° 46552602, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE AV. ALRGENTINA N° 1022 - PP.JJ. MEMDIO MUNDO - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO |osé Leonardo Ortiz, cinco de marzo De 1 dos mil dieciocho.- SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra ROGELIO RODRIGUEZ MEDINA, por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el día OCHO DE JUNIO DEL AÑO DEL 2018 AHORAS 09.00 DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortlz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la ¿finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por
CRÓNICA
EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5. - Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica, INFORMÁNDOS E que si no concurre se REMITIAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar Leonardo Ortiz es un ente corporativo. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA- JLO FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL EXPEDIENTE N°: 2550-2018-0-1706-JRPE-7° JIP-MMF IMPUTADO: Jhonny Williams Aspillaga Puelles DELITO: Lesiones leves por violencia familiar AGRAVIADO: Araceli Pérez Sanchez ESPECIALISTA: Patricia Failoc Su JUEZ: Mary Isabel Núñez Cortijo Por el presente edicto, la Señora Juez del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, NOTIFICA al imputado Jhonny Williams Aspillaga Puelles, con la resolución judicial número uno de fecha diecinueve de marzo del presente año y resolución número dos de fecha veintitrés de abril de dos mil dieciocho, la misma que dispone: 1.CONFERIR TRASLADO DE REQUERIMIENTO ACUSATORIO A LOS DEMAS SUJETOS PROCESALES POR EL PLAZO PARENTORIO DE DIEZ DIAZ HABILES a efectos de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa 39 solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento^) instar la aplicación de un criterio de oportunidad,6) ofrecer la prueba para el juicio,7)objeta_ la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8)proponer los hechos que aceptan y que el juez dará por acreditados , obviando su actuación prol)ator¡a en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, y 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia de control de acusación. 2.PRECISAR que la Carpeta Fiscal con todos los elementos de convicción que ese encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso para los fines que corresponda, asimismo SE DISPONE DESIGNAR ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO para que asuma la defensa del imputado Jhonny Williams Aspillaga Puelles, dejando a salvo su derecho de sustituirlo por abogado de su libre elección, comunicándole en forma inmediata al juzgado. REPROGRAMAR la presente AUDIENCIA PÚBLICA DE CONTROL DE ACUSACIÓN para el día OCHO DE JUNIO DE DOS MIL DIECIOCHO A HORAS OCHO CON DIEZ MINUTOS DE LA MAÑANAHORA EXACTA, en la sala de audiencias número Once- Segundo Piso, del Sétimo Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, quedando notificados los sujetos procesales concurrentes con los apercibimientos conforme a ley. 1.SE DISPONE la notificación de los siguientes sujetos procesales: 4.1 IMPUTADO: JHONNY WILLIAMS ASPILLAGA PUELLES, para que concurra en la fecha y hora programada, debiéndose notificar mediante Edictos, poniendo de conocimiento la presente resolución así como la resolución número uno de fecha diecinueve de marzo de dos mil dieciocho, sin perjuicio que se notifique en su domicilio consignado en ficha Reniec ubicado en Mz. A Lt. 11 Pueblo Joven Primero de Junio del distrito de La Victoria-
JUDICIAL Chiclayo. 4.2. PARTE AGRAVIADA: ARACELI PEREZ SANCHEZ, que concurra en la fecha y hora programada, debiéndose notificar en su domicilio real y procesal. 2.MANTENER subsistentes los mismos apercibimientos establecidos en autos conforme a ley; ello ante la inconcurrencia de los sujetos procesales obligados para su asistencia a la audiencia convocada. MARY ISABEL NUÑEZ CORTIJO JUEZ 7° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PODER JUDICIAL- CSJLA FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL JUZGADO: TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL JAEN JUEZ: DR. EDGARDO H. ASENJO TAMAY CITA Y EMPLAZA al acusado SANTIAGO CALDERON MARTINEZ, identificado con DNI 43766241, para que se ponga a Derecho y se defienda de los cargos formulados en su contra en el Cuaderno Judicial No 2203-2017-83- 1703, por el Delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, en agravio de LA SOCIEDAD, para que tenga Conocimiento de la audiencia Única de Proceso Inmediato para el día OCHO DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO. A HORAS NUEVE Y TREINTA DE LA MAÑANA, en la Sala de Audiencias de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque - Sede Jaén, ubicado en la intersección de las calles Huamantanga y Mariscal Castilla de la ciudad de Jaén, bajo apercibimiento de ser declarado Reo Contumaz, archivarse provisionalmente y ordenarse su captura a nivel nacional, en caso de su inconcurrencia injustificada. Por haberse dispuesto así en el Expediente N° 22032017-83-1703- TJPUJ, seguido contra SANTIAGO CALDERON MARTINEZ en agravio de LA SOCIEDAD por el delito de OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR. EDGARDO ASENJO TAMAY JUEZ DEL TERCER JUZGADO PENAL UNIPERSONAL CSJLA- JAEN FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL Inst No 4498-2018-0 -1 706-JR-PE-l EMM. ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANA YALLE MAN AY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ CITA, LLAMA Y EMPLAZA a: CARLOS EDUARDO MIMBELA ZAPATA, con domicilio en la CALLE MIRAFLORES N° 1184 - P.J. SANTA ROSA - CHICLAYO. RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Seis de Abril del dos mil dieciocho. DECLARAR PROCEDENTE LA ACUSACIÓN DIRECTA Y CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DÍAS ÚTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer los hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9} proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a la acusada Carlos Eduardo Mimbela Zapata, quien se encuentra obligado a
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
9
concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía; asimismo, apareciendo de autos que el acusado no ha nombrado abogado defensor particular, sin perjuicio de que lo haga en el plazo de cuarenta y ocho horas, a efecto de no vulnerar su derecho a la defensa y evitar nulidades posteriores, teniendo en cuenta además que la audiencia de control de acusación es de carácter inaplazable a tenor de lo dispuesto por el artículo 351.2° del Código Procesal Penal, modificado por el Decreto Legislativo N° 1307: OFÍCIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito para que designe un defensor público que asuma la defensa del acusado en la anotada diligencia, adjuntándose copia de la presente resolución y de la acusación fiscal; y, por el principio de celeridad procesal y lo recargado de la agenda: CÍTESE para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas NUEVE DE LA MANANA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NÚMERO UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor público del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto otro defensor público con conocimiento de la Dirección Distrital de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en Chiclayo. COMUNIQUESE al representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos 1° y 2° del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios reales y procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Carlos Eduardo Mimbela Zapata y agraviado Lelis Carranza Peralta mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento; al otrosí digo de la acusación: téngase presente. Notifíquese con las formalidades de ley.José Leonardo Ortiz. 15 de Mayo 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL Inst. No 1582 -2018-0 -1706-JR-PE-20EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .ELVIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : ROBERT SALAZAR GIL, con domicilio en la CALLE CAROLINA N° 227 - CPM. URRUNAGA DE JLO. RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo del dos mil dieciocho.
10
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
SE RESUELVE: DECLARAR PROCEDENTE LA ACUSACIÓN DIRECTA Y CORRER TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo perentorio de DIEZ DIAS UTILES, a efecto de que puedan por escrito 1) observar formalmente la acusación, 2) deducir excepciones y otros medios de defensa, 3) solicitar la imposición o revocación de una medida de coerción o la actuación de prueba anticipada, 4) pedir el sobreseimiento, 5) instar la aplicación de un criterio de oportunidad, 6) ofrecer pruebas para el juicio, 7) objetar la reparación civil ofreciendo los medios de prueba pertinentes, 8) proponer lo hechos que aceptan y que el Juez dará por acreditados, obviando su actuación probatoria en juicio, 9) proponer acuerdos acerca de los medios de prueba que serán necesarios para que determinados hechos se estimen probados, 10) plantear cualquier otra cuestión que tienda a preparar mejor el juicio; todo ello con el objeto de ser debatido en la audiencia preliminar de control de acusación. PRECISAR que la carpeta fiscal con todos los elementos de convicción se encuentra en las oficinas de la Fiscalía encargada del caso, para los fines que correspondan. IMPONER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE al acusado Robert Salazar Gil, quien se encuentra obligado a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibimiento de ser conducido compulsivamente por la policía; asimismo, teniendo en cuenta que la audiencia de control de acusación es de carácter inaplazable a tenor de lo dispuesto por el artículo 351.2° del Código Procesal Penal, modificado por el Decreto Legislativo N° 1307: OFÍCIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos con sede en este distrito para que designe un defensor público que asuma la defensa del acusado en la anotada diligencia, en caso de inasistencia de su abogado defensor particular Dr. José Asunción Pérez Fernández, adjuntándose copia de la presente resolución y de la acusación fiscal; y, por el principio de celeridad procesal y lo recargado de la agenda: CÍTESE para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas DOCE DEL MEDIODÍA (hora exacta) a efecto de realizar la audiencia preliminar de control de acusación en la Sala de Audiencias NUMERO DOS de los Juzgados de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo N° 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria del Fiscal y el abogado defensor del acusado, bajo apercibimiento en caso de inconcurrencia injustificada de este último de excluirlo de la defensa y designar en ese mismo acto al defensor público que asigne la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. COMUNIQUESE a la representante del Ministerio público que deberá concurrir a la audiencia con el íntegro de la carpeta fiscal, con la finalidad que las partes puedan entregar en ese mismo acto las pruebas ofrecidas y admitidas por el juez, en tanto que las pruebas declaradas inadmisibles nuevamente serán incorporadas a la carpeta fiscal. PRECÍSESE que las resoluciones dictadas oralmente en la audiencia preliminar, se entenderá notificadas a las partes asistentes y también a quienes hayan sido citados aunque no hayan concurrido, como lo dispone el artículo 16°, incisos Io y 2o del Reglamento de Notificaciones, Citaciones y Comunicaciones bajo las normas del Código Procesal Penal, aprobado por Resolución Administrativa N° 096-2006CE-PJ. NOTIFÍQUESE a las partes en sus respectivos domicilios procesales o casillas electrónicas señalados en autos, incluida a la parte agraviada; además al acusado Robert Salazar Gil mediante edicto con un extracto de la acusación fiscal que se publicará en el diario oficial “La República”; asimismo, requiérase a todos los sujetos procesales el señalamiento obligatorio de domicilio procesal electrónico constituido por la casilla electrónica asignada por el Poder Judicial para las futuras notificaciones, bajo apercibimiento de multa en caso de incumplimiento. Notifíquese con las formalidades de ley. José Leonardo Ortiz. 04 abril 2018.
CRÓNICA ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO EXPEDIENTE N° 2989-2018-0 El Juez del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, cita y emplaza al imputado Raúl Jossepi Barrionuevo Sampi, a fin de que concurra a la audiencia de Incoación de Proceso Inmediato que ha sido reprogramada para el día ONCE DE JUNIO DEL DOS MIL DIECIOCHO. A HORAS DOCE Y TREINTA DE LA TARDE, a realizarse en la Sala de audiencias número TRES, del Tercer Juzgado de Investigación Preparatoria de Chiclayo, ubicado en la Av. José Leonardo Ortiz N° 155, Segundo Piso - Chiclayo, en el Expediente N° 2989-2018-0, proceso seguido contra el imputado precitado, por el delito contra la Seguridad Pública, en su figura de CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD, en agravio de EL ESTADO; lo que notifica de acuerdo a ley. VICTOR TORRES SANCHEZ JUEZ 3° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA PJ- NCPP- CSJLAMB FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO PENAL Inst. No 1586 -2018-0 -1706-JR-PE-20EMM.ESPECIALISTA LEGAL: Dra .EL VIA MANAYALLE MANAY. MOTIVO: NOTIFICACIÓN EL SEÑOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARA TORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ. CITA, LLAMA Y EMPLAZA a : PERCY CARHUATANTA VALLEJO, con domicilio en PROLONGACIÓN ABRAHAM LINCOL N° 390 - URRUNAGA - JLO RESOLUCIÓN NUMERO: UNO Trece de Marzo del dos mil dieciocho. CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO requerido por la Señorita Fiscal Provincial de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de José Leonardo Ortiz, Dra. Juana Edith Vásquez Serrano, contra el imputado por el DELITO CONTRA LA FAMILIA, en la modalidad de OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR - INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de su menor hijo ÁNGEL HIPÓLITO CARHUATANTA BRAVO, representado por su madre Juana Guisela Bravo Salas, para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO a horas ONCE DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS (hora exacta), en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080 - Atusparias, con la presencia obligatoria de la señorita representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076 y Decreto Legislativo N° 1307, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. José Leonardo Ortiz. 04 de Abril 2018. ELVIA MILAGROS MANAYALLE MANAY ESPECIALISTA DE CAUSA JUZGADO PENALINVESTIGACON PREPARATORIA MBJ- JLO CSJLA- PODER JUDICIAL FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO URGENTE ESPECIALISTA KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 1045-2018-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DEJOSE
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
LEONARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DE LA DR. REYNERIO DIAZ TARRILLOY EMPLAZA AL IMPUTADO JERLIS GONZALES DIAZ CON DNI N° 48526905, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE SAN ANTONIO N° 2402 PP.JJ. NUEVO SAN LORENZO - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIG ACION PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO LO SIGUENTE: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO José L. Ortiz, cinco de marzo De 1 dos mil dieciocho.SE RESUELVE: 1.- CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra JERLIS GONZALES DIAZ, por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DEL 2018 AHORAS 09.00 DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080- Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la ¿finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fiscal. 4.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5.- Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica, INFORMÁNDOS E que si no concurre se REMITIAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público corporativo. KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA JLO FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO ESPECIALISTA. KARINA GONZALES PAREDES EN EL EXP. N° 1225-2018-0 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE JOSE LEON ARDO ORTIZ. DE CHIC LAYO. A CARGO DE LA DR. REYNERIO DIAZ TARRILLOY EMPLAZA AL IMPUTADO JUNIOR ANDRE VILLACORTA ÑAÑEZ, CON DNI N° 73872041, SOLTERO, CON DOMICILIO EN CALLE HUSARES DEJUNIN N° 1058 (O) HUSARES DEJUNIN 1056 - URBANIZACION URRUNAGA - JLO.; PARA QUE SE PRESENTE A LA SALA DE AUDIENCIA N° 2 DEL SEGUNDO JUZGADO DE INVETIGACION PREPARATORIA DEJOSE LEONARDO ORTIZ. EL SEÑOR JUEZ A DISPUESTO TOSIGUEME: RESOLUCIÓN NÚMERO: UNO )osc Leonardo Ortiz, nueve de marzo De 1 dos mil dieciocho.- SE RESUELVE:
1.-CITAR a AUDIENCIA UNICA DE INCOACION DE PROCESO INMEDIATO EN CASO DE DELITOS DE FLAGRANCIA, CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD - DROGADICCIÓN requerido por el Ministerio Publico, contra JUNIOR ANDRE VILLACORTA ÑAÑEZ, por la presunta comisión del delito conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad en agravio de Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el día ONCE DE JUNIO DEL AÑO DEL 2018 AHORAS 09.30 DE LA MAÑANA, en la sala de audiencias del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz con sede en la Av. Virrey Toledo 1080Atusparias, con la presencia obligatoria del señor representante del Ministerio Público, el abogado defensor del imputado, del propio imputado; bajo apercibimiento en caso de inasistencia del abogado defensor del procesado se aplicará el artículo 85° inciso 1) del Nuevo Código procesal Penal, modificado por la Ley 30076, por tratarse de una audiencia de carácter inaplazable como lo establece el artículo 447.4 del código procesal penal modificado por el decreto legislativo 1194. 2.OFICIESE al Coordinador de la Defensoría Pública del Ministerio de Justicia con sede en este distrito con la ¿finalidad de que DESIGNE Abogado defensor Penal Público que asuma la defensa del investigado, en la anotada diligencia que es de carácter inaplazable, bajo apercibimiento de remitirse copias a la Coordinadora de la Defensoría Pública de Lambayeque Dra. Erlita Gelacio Llontop. 3.- Para evitar cualquier situación imprevista NOTIFIQUESE al imputado por EDICTO a la brevedad posible en el diario oficial la República, sin perjuicio de ser notificado por medio telefónico, si ello se encuentra consignado en el requerimiento fi seal. 4.NOTIFÍQUESE al imputado en su domicilio real, bajo apercibimiento de remitir copias al órgano de control es caso que el notificador no devuelva los cargos de notificación antes de la audiencia.5. - Al señor Fiscal notifíquesele en su local Institucional o casilla electrónica, INFORMÁNDOS E que si no concurre se REMITIAN copias al Órgano de Control del Ministerio Público, y si no puede concurrir deberá coordinar Leonardo Ortiz es un ente corporativo. José I. Ortiz, 02 de abril del2018 KARINA GONZALES PAREDES ESPECIALISTA DE CAUSAS JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA MODULO BASICO DE JUSTICIA JLO FP/ 22, 23, 24 may.
EDICTO Por el presente Edicto, el Juez Coordinador de los Actos de Disposición de los Bienes Materia del Delito y Efectos Decomisados, el Dr. Jorge Luis Rojas Cruz, en el procedimiento para realizar los actos de disposición de bienes materia del delito y efectos decomisados en atención a lo dispuesto por el “Reglamento de Bienes Materia del Delito y Efectos Decomisados” aprobado mediante RA N° 133-2014CE-PJ y la RA N° 080-2018-P-CSJLA/ PJ; se ordena en la Res. N° 003-2018 la publicación de los bienes materia de delito y efectos decomisables pasibles de disposición, que a continuación se detallan, para poner en conocimiento a la ciudadanía en general, con la finalidad que en un plazo de (15) días hábiles, todo aquel que acredite derecho alguno sobre los referidos bienes, pueda solicitar la entrega de los mismos: Para mayor información apersonarse a la Oficina de Servicios Judiciales sito en calle la San José N° 1070 (Tercer Piso) Chiclayo, 18 de mayo de 2018 FP/ 22, 23, 24 may. (A continuación LISTA DE INVENTARIO)
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
EXPEDIENTE
CRÓNICA
JUDICIAL
11
ESTADO
DEPENDENCIA JUDICIAL
BOLSO COLOR NEGRO (CUERO) CON FORRO INTERIOR REFORZADO CON CINTAS DE EMBALAJE COLOR METALICO Y BEIGE
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
PASTILLA DE AUTORADIO COLOR NEGRO - MOISFT 50WX4 CON PUERTO USB
REGULAR
MOCHILA COLOR NEGRO CON DISEÑOS COLOR VERDE Y MARRON CON DOS TIRAS
REGULAR
2 GORRAS (UNA DE COLOR AZUL Y NEGRO Y OTRA DE COLOR NEGRO, VERDE Y AMARILLO CON DISEÑO DE MURCIELAGO)
REGULAR
MOCHILA COLOR NEGRO Y LINEAS AZULES
REGULAR
REPLICA DE PISTOLA MARCA PIETRO BERETTA MOD 22FS CALS MADE IN CHINA M9
REGULAR
CUADERNO TAMAÑO A4 COLOR NEGRO
REGULAR
155-2016
CUCHILLA PLEGABLE DE ACERO INXIDABLE DE APROX. 17 CM CON CACHA PLASTICA COLOR CREMA CON RALLAS NEGRAS
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
84-2017
REVOLVER DE FOGUEO (JUGUETE) ESTRUCTURA DE PLASTICO COLOR ROJO Y NEGRO DE MATERIAL SINTETICO - FUNCIONA CON FULMINANTES DE FOGUEO
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
2867-2015
2120-2015
5133-2015
DESCRIPCION
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
1° JUZ. FAMILIA
1° JUZ. FAMILIA
0055-2011
CASACA COLOR BLANCO
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
3169-2010
CASACA CREMA CON MARRON
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
2594-2011
CUCHILLO DE METAL DESPLEGABLE, CUCHILLO CON MANGO, CUCHILLO CON CACHA FORRADA CON CINTA NEGRA, CADENA DE METAL, PANTALON JEANS COLOR AZUL, PANTALON JEANS COLOR NEGRO Y MOCHILA DE TELA COLOR BIEGE
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
1197-2008
ENCENDEDOR EN FORMA DE ARMA DE FUEGO
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
690-2010
BILLETERA COLOR MARRON Y GORRA COLOR NEGRO
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
126-2008
CUCHILLO Y 3 LLAVES
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
1722-2008
2 CASSETTE Y HOJA DE TRANSCRIPCION
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
517-2007
CASSETTE CON ESTUCHE
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
1823-2008
CELULAR SAMSUNG COLOR CELESTE
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
1513-2008
CUCHILLO DE ACERO CON MANGO MARRON
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
1245-2009
CUCHILLO DE ACERO CON MANGO MARRON
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
2595-2011
BILLETERA LACOSTE COLOR NEGRO CON FRANGA MARRON
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
184-2015
CUCHILLO MARCA FACUSA DE 30 CM DE LARGO CON CACHA DE MADERA
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
669-2014
SHORT DE ALGODON COLOR NEGRO
REGULAR
1° JUZ. FAMILIA
3185-2015
CUCHILLO DE 30 CM APROX. CON MAGO DE MADERA COLOR MARRON CLARO
REGULAR
2° JUZ. FAMILIA
1492-2013
POLO DEPORTIVO COLOR VERDE, VIVIDI COLOR BLANCO Y PANTALON DE BUZO COLOR AZUL
REGULAR
2° JUZ. FAMILIA
1770-2013
MACHETE
REGULAR
2° JUZ. FAMILIA
1716-2011
CASACA PLOMA A RAYAS, PAR DE ZAPATILLAS NEGRAS, GEL DE DUCHA MARCA NIVEA FOR MEN, JABON LIQUIDO MARCA PROTEX, ANTITRANSPIRANTE MARCA BROT, CAJA DECORATIVA DE TAMPONES POR 10 UNIDADES
REGULAR
2° JUZ. FAMILIA
3221-2011
2 CUCHILLOS USADOS
REGULAR
2° JUZ. FAMILIA
2464-2014
CELULAR SAMSUNG COLOR NEGRO C33001
REGULAR
2° JUZ. FAMILIA
CANGURO DE CUERINA COLOR NEGRO CON TRES COMPARTIMIENTOS
REGULAR
6 LLAVES (CINCO CON MANGO NEGRO Y UNA MARCA CV)
REGULAR
ACCESORIO RECTANGULO DE PLASTICO COLOR NEGRO
REGULAR
DESARMADOR DE METAL MEDIANO CON MANGO COLOR AMARILLO
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
1887-2015 LLAVE MIXTA MEDIANA ENCENDEDOR COLOR AMARILLO (SIN GAS)
1826-2015
REGULAR DETERIORADO
BILLETERA DE CUERINA COLOR MARRON
REGULAR
CELULAR COLOR ROJO Y NEGRO CON BATERIA Y CHIP
REGULAR
LLAVES DE METAL DOMICILARIAS SUJETOS A UNA CORREA DE COLOR NARANJA
REGULAR
PISTOLA REPLICA COLOR NEGRO (JUGUETE)
DETERIORADO
METRO Y MEDIO SE SOGA DELGADA
DETERIORADO
3° JUZ. FAMILIA
3° JUZ. FAMILIA
1986-2015 3659-2016
BILLETERA AL PARECER DE CUERO COLOR NEGRO
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
2719-2016
CUCHILLO DE METAL (APROX. 30 CM) CON CACHA DE COLOR MARRON
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
BILLETERA AL PARECER DE CUERO COLOR MARRON
REGULAR
CELULAR COLOR BLANCO CON PANTALLA NEGRA ROTA (NO SE COMPRUEBA FUNCIONAMIENTO)
REGULAR
AUDIFONOS COLOR NEGRO (NO SE COMPRUEBA FUNCIONAMIENTO)
REGULAR
BOLSO PEQUEÑO COLOR NEGRO
REGULAR
MONTURA DE LENTES COLOR AZULINA (SIN VIDRIO O LUNAS)
REGULAR
VARIOS PAPELES (ACTAS DE REGISTRO, CONSTANCIAS) ROTAS
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
3844-2016
3° JUZ. FAMILIA
2720-2016
12
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
CRÓNICA
EXPEDIENTE
6816-2016
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
DESCRIPCION FUNDA DE ALMOHADA DE MATERIAL SINTETICO SABANA DE MATERIAL SINTETICO CACHAS DE MADERA PEQUEÑAS COLOR BLANCA
ESTADO
DEPENDENCIA JUDICIAL
DETERIORADO
3° JUZ. FAMILIA
REGULAR
493-2017
3° JUZ. FAMILIA FUNDA DE ALMOHADA DE MATERIAL SINTETICO
REGULAR
3049-2011
REVOLVER DE FOGUEO (JUGUETE) Y BOLSA SINTETICA DE COLOR AZUL
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
204-2013
2 COBERTORES COLOR ROJO, MOCHILA, REPLICA DE ARMA DE FUEGO, LLAVE DE PUERTA, ENCENDEDOR, PASADORES Y PASAMONTAÑA
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
1970-2012
MADERA DE 30CM
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
CUCHILLO DE ACERO CON MANGO MARRON NEGRO
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
CUCHILLO FACUSO
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
685-2011 1892-2013 0039-2014
CUCHILLO DE MANGO DE MADERA CON UNA HOJA DE METALDE 30CM
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
2425-2013
CUCHILLO DE MANGO DE MADERA CON UNA HOJA DE METALDE 30CM
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
2099-2014
ARMA DE JUGUETE (SEGÚN OFICIO ES FOGEO) CALIBRE 22, SIN MARCA DE 5.2 CM DE LONGITUD ANIMA LISA TAMBOR CON CAPACIDAD PARA 8 CARTUCHOS
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
3010-2014
SHORT BERMUDA DE TELA TIPO SEDA, RAYADO COLOR VERDE-BLANCO RAYAS GRISES Y AZULES CON INCRIPCION BORDADA "VILLA AZUL"; CALZONCILLO DE ALGODON COLOR PLOMO MARCA CREACIONES VARDI
REGULAR
3° JUZ. FAMILIA
CELULAR COLOR NEGRO PLATEADO CON CAMARA
REGULAR
BATERIA DE CELULARCOLOR NEGRO
REGULAR
CABLE USB COLOR BLANCO
REGULAR
2069-2015
4° JUZ. FAMILIA AUDIFONO COLOR NEGRO
REGULAR
4006-2011
CELULAR E71 XPRESS MUSIC Y BILLETERA COLOR MARRON
REGULAR
4748-2009
4 CAJAS DE TRUZA DE HOMRE, 6 PARES DE MEDIA DE NIÑA, 4 PARES DE MEDIAS DE HOMBRE
REGULAR
4° JUZ. FAMILIA
CELULAR NOKIA CON CHIP Y BATERIA, 01 BILLETERA COLOR MARRON
REGULAR
4° JUZ. FAMILIA
684-2011
4° JUZ. FAMILIA
1925-2011
6 CUCHARAS DE METAL, 2 TIJERAS MEDIANAS, 2 MAQUINAS DE AFEITAR DESCARTABLES, BOTELLA
REGULAR
4° JUZ. FAMILIA
448-2007
BILLETERA MARRON Y LLAVERO CON TRES LLAVES
REGULAR
4° JUZ. FAMILIA
1255-2015
BILLETERA DE CUERINA COLOR VERDE DESPINTADO
REGULAR
6° JUZ. FAMILIA
7315-2008
2 PLACAS DE VEHICULOS N° PQG 857
REGULAR
JUZ. PENAL LIQUIDADOR
5725-2001
01 TANQUE GASOLINA DE MOTOR COLOR ROJO, 01 RELOJ DE PULSERA MARCA PERUCCI
MALO
JUZ. PENAL LIQUIDADOR
6327-2008
MOTOCICLETA LINEAL MARCA SUMOTO PLACA S/N MODELO GL 125 COLOR ROJO
REGULAR
JUZ. PENAL LIQUIDADOR
5736-2011
MOTOCICLETA LINEAL MARCA RTM PLACA NC-44896 MODELO 150GY
REGULAR
JUZ. PENAL LIQUIDADOR
265-2004
TELEVISOR MARCA SONY DE 21" SERIE 4046699
MALO
JUZ. PENAL LIQUIDADOR
1288-2012
CUCHILO DE COCINA MARCA STAINLESS
REGULAR
JUZ. PAZ LETRADO FALTAS
796-2011
CUCHILLOS
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
532-2010
CELULAR MARCA MOTOROLA COLOR PLOMO
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
570-2010
FRASCO PEQUEÑO ROTO CON UN CASQUILLO DE BALA SOTO
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
596-2010
CELULAR MARCA MOTOROLA COLOR PLOMO CON CARGADOR, SIN SHIP, SIN BATERIA (C1), CARGADOR (C7)
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
786-2014
CELULAR MARCA MOVISTAR, COLOR BORDE AZUL,FONDO NEGRO SIN CARCASA POSTERIO, 01 BATERIA
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
483-2014
CELULAR MARCA NOKIA CON SHIP Y BATERIA SIN TAPA EXTERNA Y BILLETERA COLOR NEGRO CON FRANJA ROJA DE MADERA RENZO COSTA
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
73-2015
TELEVISOR MARCA SAMSUNG DE 55" SERIE Z5E73CYCCO1412Z EN MAL ESTADO DE CONSERVACION PANTALLA ROTA Y BASE DEL TELEVISOR EN MAL ESTADO
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
458-2011
CUCHILLO
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
213-2011
CUCHILLO SIN MANGO CON FILO PUNTIAGUDO Y CON DIENTES TIPO SERRUCHO
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
245-2011
CUCHILLO DE APROXIMADAMENTE DE 36 CM CON MANGO DE COLOR AMARILLO
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
464-2008
CELULAR MODELO GTSS310L SERIE S5310LGSMH COLOR BLANCO HUMO CON FILETES PLAREADOS, 01 BATERIA Y CARGADOR; 01 CELULAR SAMSUNG MODELO GT-CT3300 SERIE R21C51TZBRW COLOR PALO ROSA, CARGADO Y BATERIA
REGULAR
JUZ. CIVIL/MIXTO MBJ-JLO
074-2015
BILLETERA DE CUERO; CELULAR MARCA LG COLOR BLANCO IMEI N° 3566620557089432 BATERIA Y SHIP; CELULAR MARCA MOTOROLA COLOR NEGRO CON IMEI N° 354992051342095 CON FUNDA COLOR AZUL BATERIA Y SHIIP
REGULAR
JUZ. TRANS. FAMILIA MBJ-JLO
0065-2010
CUCHILLO DE MANGO DE MADERA CON PUNTA DE ACERO
REGULAR
JUZ. MIXTO MOTUPE
3871-2010
1 PATA DE CABRA Y 1 MOCHILA
REGULAR
SIN INFORMACION
933-2012
1 RESORTE, 2 FIERROS CHICOS CILINDRICOS, CASCARON DE ARMA DE FUEGO, FIERRO CHICO ALARGADO, PARTE DE UN ENCENDEDOR
REGULAR
SIN INFORMACION
1190-2011
POLO DE COLOR ROJO, TALLA PEQUEÑA
REGULAR
SIN INFORMACION
225-2011
CIZALLA DE FIERRO COLOR AMARILLO, MARCA STANLEY
REGULAR
SIN INFORMACION
CRÓNICA
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
EXPEDIENTE
JUDICIAL
DESCRIPCION
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
ESTADO
DEPENDENCIA JUDICIAL
000-2000
CELULAR DE COLOR NEGROCON AMARILLO, SIN CARGADOR CON BATERIA Y SHIP N- I03090744425864.03; LLAVERO DE UN ANGELITO CON TRES LLAVES; CADENA CON LA INSCRIPCCION YO 12 FONDO CRISTAL; 2 PASADORES DE COLOR NEGRO Y CORREA DE LONA DE COLOR BEIGS
REGULAR
SIN INFORMACION
000-2000
DESARMADOR COLOR VERDE CON NEGRO CON PUNTA INTERCAMBIABLE DE PLANO A ESTRELLA; CELULAR DE COLOR ROJO CON NEGRO BATERIA Y CHIP SIN CARGADOR; LLAVERO DE FORMA DE CRUZ CON INSCRIPCCION DE RECUERDO DE FALLECIMIENTO CON 04 LLAVES
REGULAR
SIN INFORMACION
000-2000
ARMA DE JUGUETE CON INSCRIPCION MADE IN CHINA
REGULAR
SIN INFORMACION
227-2009
FALDA DE COLOR NEGRO
REGULAR
SIN INFORMACION
200-2009
PAR DE ZAPATOS MARRONES
REGULAR
SIN INFORMACION
186-2009
CUCHILLO FACUSA DE 30CM
REGULAR
SIN INFORMACION
679-2009
LENTES MARCA TRUNFOO
REGULAR
SIN INFORMACION
682-2006
POLO MANGA CERO, 01 PAR DE SANDALIAS, UNA TRUZA DE NIÑA UN PANTALON BUZO AZUL
REGULAR
SIN INFORMACION
466-2010
PANTALON PIJAMA DE NIÑA
REGULAR
SIN INFORMACION
776-2008
PANTALON JEAN AZUL MARCA LAMASRH Y PANTALON JEAN AZUL MARCA JAFETS
REGULAR
SIN INFORMACION
280-2007
FIERRO Y CHAPAS DE PUERTA
REGULAR
SIN INFORMACION
535-2010
SHORT DE NIÑA COLOR ROSADO Y TRUZA ROSADA DE NIÑA
REGULAR
SIN INFORMACION
0039-2004
MOCHILA PEQUENA COLOR NEGRO, FALDA AZUL, CAMISA COLOR AMARILLO Y TRUZA COLOR BLANCO
REGULAR
SIN INFORMACION
MOTOCICLETA LINEAL MARCA HONDA PLACA NL -11521 GL 125 SERIE LWBPCJ1F971050078 COLOR PLATA
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
13
S/N
MOTOCICLETA LINEAL MARCA HONDA PLACA NC 1022 COLOR AZUL CON BLANCO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
MOTOCICLETA LINEAL MARCA ZONMSHEN PLACA MC-9063 COLOR ROJO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
MOTOCICLETA LINEAL PLACA MI 1663 COLOR ROJO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
MOTOCICLETA LINEAL MARCA RTM COLOR NEGRO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
MOTOCICLETA MARCA ZONGHEN COLOR ROJO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
MOTOCICLETA LINEAL MARCA HONDA COLOR BLANCO HUMO MODELO GG125
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
BICICLETA COLOR VERDE MARCA WINNER
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
BICICLETA COLOR GUINDA CON NEGRO MARCA MONDRAK
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
BICICLETA COLOR ROJO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
BICICLETA COLOR NEGRO (CON SOLO UNA LLANTA POSTERIOR) MARCA JAFI
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
ARADO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
3 BOTELLAS DE CERVEZA VACIAS
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
MOCHILA MARCA TOTTO CONTIENE ROPA EN SU INTERIO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
BOLSA CON UNA CUERDA
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
BOLSA CON PRENDAS
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
MOCHILA MARCA NIKE, 2 CUCHILLOS, DESARMADOR Y 1 CUADERNO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
BILLETERA DE CUERO, COPIA DE CONSTANCIA DE OPERATIVIDAD VEHICULAR, RECORTE DE PAPEL Y LLAVERO CON UNA LLAVE
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
BILLETERA COLOR LILA
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
GORRA DE COLOR NEGRA MARCA ADIDAS Y LLAVERO CON 3 LLAVES
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
5 CUCHILLOS
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
2 PISTOLAS DE JUGUETES DE METAL, 01 PISTOLA DE JUGUETE DE PLASTICO
REGULAR
SIN INFORMACION
S/N
CUCHILLO TIPO ESPADA ARMADO
REGULAR
SIN INFORMACION SIN INFORMACION
S/N
DVD MARCA SAMSUNG
MALO
S/N
TELEVISOR MARGA LG DE 21" COLOR GRIS
MALO
SIN INFORMACION
009-2004
GORRA COLOR ROJO
REGULAR
SIN INFORMACION
690-2011
BILLETERA MARRON Y billetera llaves
REGULAR
SIN INFORMACION
691-2011
CELULAR MARCA MOTOROLA CON CHIP SIN BATERIA Y BILLETERA COLOR NEGRO
REGULAR
SIN INFORMACION
418-2011
CELULAR MARCA VERY KOOL, BILLETERA, DNI N° 70867314, JUEGO DE LLAVES
REGULAR
SIN INFORMACION
308-1999
VHS PANASONIC
MALO
SIN INFORMACION
948-2006
TELEVISOR MARCA SAMSUNG DE 21" COLOR PLATEADO CON NEGRO
MALO
SIN INFORMACION
14
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
ODECMA inicia ciclo de ponencias con reconocidos magistrados
Con la ponencia “Beneficios penitenciarios a propósito de la crisis carcelaria”, a cargo del Juez superior de la Segunda Sala Penal de Apelaciones de Lambayeque, Erwin Guzmán Quispe Díaz, se inició el ciclo de conferencias magistrales organizadas en el marco de las celebraciones por el noveno aniversario de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura (ODECMA) en Lambayeque. La inauguración del ciclo de conferencias, realizada en el auditorio de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, estuvo a cargo del jefe de la ODECMA, el juez superior titular, Cástulo Rojas Díaz. Más tarde, el juez superior titular de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque,
Pablo Díaz Piscoya conferenció a cerca de “La nulidad manifiesta del acto jurídico a propósito del IX Pleno Casatorio Civil”.
de la CSJLA, el juez superior Heriberto Gálvez Herrera, integrante de la Sala Mixta Penal y Liquidadora de Moyobamba (San Martín) dará la ponencia “Interpretación de Incumplimiento de deberes en el procedimiento administrativo sancionador”; luego a las 5.30 p.m. “Prescripción y caducidad del procedimiento administrativo disciplinario” será la ponencia a cargo del Fiscal Supremo Víctor Rodríguez Monteza. Para participar de estas ponencias, dirigidas para jueces, trabajadores del Poder Judicial y estudiantes universitarios, pueden solicitar su inscripción a través del teléfono 599260, anexos 22064. Los organizadores anuncian OTRAS PONENCIAS Para el próximo viernes 25 de que tendrán una certificación mayo desde las 4.30 p.m. en de participación en cada una el auditorio de la sede central de las conferencias.
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
CRÓNICA
JUDICIAL
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
15
16
Chiclayo, martes 22 de mayo del 2018
CRÓNICA
JUDICIAL
PRECIO POR PALABRA: 0.030 INCLUDO IGV
Derroche de arte y talento judicial