Decreto de Urgencia que prorroga el plazo del Decreto de Urgencia Nº 049‐2009 DECRETO DE URGENCIA Nº 123‐2009 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Núm. 049‐2009, se declaró de necesidad pública la ejecución de las obras de irrigación del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos, declarándose además la intangibilidad de los terrenos que conforman el área física de dicho Proyecto a que se refiere el Decreto Supremo Núm. 017‐99‐AG, sus normas modificatorias y complementarias; Que, con la finalidad de proteger la intangibilidad de los terrenos que conforman el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos, mediante el Decreto de Urgencia Núm. 049‐2009, se estableció un conjunto de disposiciones procesales para que los representantes legales del Proyecto Especial gestionen y tramiten la inmediata desocupación de dichas áreas, por parte de las personas que ilegalmente las ocupan, disponiéndose como plazo de vigencia del referido dispositivo hasta el 31 de diciembre de 2009; Que, las normas del Decreto de Urgencia Núm. 049‐2009 se vienen implementando ante las entidades administrativas y jurisdiccionales competentes, pero se han presentado circunstancias imprevisibles de nuevas o inminentes invasiones, que extienden la duración de las condiciones esenciales que fundamentaron la emisión del mencionado Decreto de Urgencia y que, por tanto, hacen indispensable ampliar la vigencia del referido dispositivo, a fin de asegurar la intangibilidad de los terrenos que conforman el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos, evitando así el grave riesgo que tales circunstancias implican para las actividades económicas privadas y públicas vinculadas a la zona de influencia del referido Proyecto Especial y que son de interés nacional; De conformidad con el inciso 19) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo de dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.‐ Prórroga de la vigencia del Decreto de Urgencia Núm. 049‐2009 Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2010, la vigencia del Decreto de Urgencia Núm. 049‐2009 que declara de necesidad pública la ejecución de las obras de irrigación y la intangibilidad de los terrenos que conforman el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético Olmos. Artículo 2.‐ Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil nueve. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura
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