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18 jun. 2011 - el deceso de su cónyuge don FRANCISCO CEPEDA VASQUEZ, presentando para tal efecto, copia legalizada del Acta de Defunción, ...
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MINISTERIO DE SALUD



-~J .pe¡. de .. ~..deI. .. ~/r Visto, el Informe N° 1238-2015-ERP-ByP, de fecha 27 de agosto del 2015, contenido en el Exped iente W 15-061961-001 , sobre su bsidio por fallecimiento , solicitado por doña DINA LEON FALCON VDA. DE CEPEDA; CONSIDERANDO: Que, con escrito de fecha 25 de junio del 2015, que obra a fojas 08 , doña DINA LEON FALCON VDA. DE CEPEDA identificada co n D.N.I. W 08469171 solicita se le co nceda el subsid io por fallecimiento , por el deceso de su cónyuge don FRANC ISCO CEPEDA VASQUEZ, presentando para tal efecto, copia legalizada del Acta de Defunci ón, expedido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil RENIEC, de la Oficina Registral del distrito de Independencia, que obra a fojas 07, donde se señala como fecha de fallecimiento el dia 14 de mayo del 2015, y copia certificada del Acta de Matrimonio N° 07360556, exped ido por el Reg istro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC, Comas 11, que obra a fojas 05 , con lo que acred ita su condición de cónyuge del ca usa nte; Que, de acuerdo al Informe Situacional Actua l W 2117-2015-SERL-EIE-OARH-OGGRH , expedido el 16 de julio del 20 15, por el Equipo de Ingreso y Escalafón , que obra fojas 01, el causa nte don FRAN CISCO CEPEDA VASQUEZ, fue pension ista de la Administración Central del Mini sterio de Salud , con el cargo de Técnico Administrativo 1, Nivel STA; 0

Que, el inciso j) del articu lo 142 del Reg lamento del Decreto Legislativo W 276, aprobado por Decreto Supremo W 005-90-PCM , dispone el otorgamiento del su bsid io por fallecim iento del servidor y sus familiares directos, y el articulo 144 0 establece el otorgamiento de tres remuneraciones totales en el caso de fallecim iento del se rvidor y de dos remuneraciones totales en caso de fallecimiento del cónyuge, hijo o padres del se rvidor; Que, no obstante de la lectura del precitado articulo, se co lige que éste so lo se aplica a los servidores activos de la Administración Pública, de tal manera que el articu lo 149° del mi smo dispOSitivo lega l, ha extendido los alcances de dicho subsid ios a los cesa ntes, al se ñalar que "Los funcionarios, servidores contratados y perso nal cesante de la entidad tend rán acceso a los programas de bienestar y/o incentivos en aspectos que co rresponda n"; Que, med iante Resolu ción de Sala Plena W 00 1-2011 -SERVIR/TSC , pub licada el 18 de junio del 2011 , en el Diario Oficial "El Peruano", el Tribun al del Servicio Civil aco rdó establecer, como precedente administrativo de obse rvancia obligatoria , la aplicación de la Remuneración Total , para el cálculo de beneficios , bonificaciones , subsid ios y asignaciones por servicios al Estado; Que, a través del Informe Legal W 524-2012-SER VIR/GPGSC , expedido con fecha 21 de diciem bre del LLO B 2012 , por la Gerencia de Politicas de Gestión del Servicio Civi l, se precisa la estructura del sistema de

. pago y base de cálc ulo de derechos, del régimen de carre ra administrativa regu lado por el Decreto Legislativo W 276;

Que, mediante Informe Técnico W 356-2014-SERVIR/GPGSC de fecha 06 de junio del 2014, emitido por la Gerencia de Políticas de Gestión del Servicio Civil de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, ente rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, señala lo siguiente: los precedentes administrativos establecidos por el Tribunal del Servicio Civil en la Resolución de Sala Plena W 001-2011-SERVIRITSC son exigibles a todas las entidades públicas comprendidas en el ámbito del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos a partir del 18 de junio del 2011 , debiendo las entidades tener en cuenta los criterios señalados en el Informe legal W 524-2012SERVIR/GPGSC , mediante el cual se complementó lo indicado en el precedente vinculante del Tribuna l, estableciendo los conceptos que integran la remuneración total ; Que , conforme a lo expuesto , de acuerdo al Informe del Visto , emitido por el Equipo de Remuneraciones y Pensiones, la remuneración total mensual del mencionado ex - pensionista asciende a SI. 130.08 Nuevos Soles, por lo que corresponde reconocer a doña DINA lEON FAlCON VDA . DE CEPEDA, la suma de SI. 390.24 Nuevos Soles, equivalente a tres (03) remuneraciones totales mensuales, por concepto de subsidio por fallecimiento, ocurrido por el deceso de su cónyuge don FRANCISCO CEPEDA VASQUEZ; Con los visados del Jefe de Equipo de Remuneraciones y Pensiones, y del Ejecutivo Adjunto I de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto legislativo W 276, ley de Bases de la Carrera Admin istrativa y Remuneraciones del Sector Público, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N" 005-90-PCM y la ley W 30281, ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; SE RESUELVE:

J. III!NOOZA R.

ARTíCULO 1°._ RECONOCER a favor de doña DINA lEON FAlCON VDA. DE CEPEDA, la suma de TRESCIENTOS NOVENTA CON 24/100 NUEVOS SOLES (SI. 390.24), equivalente a tres (03) remuneraciones totales mensuales de SI. 130.08 Nuevos Soles, por concepto de subsidio por fallecimiento, ocurrido por el deceso de su señor cónyuge don FRANCISCO CEPEDA VASQUEZ , conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente resolución. ARTíCULO 2°._ El egreso que demande el cumplimiento de la presente resolución, estará supeditado a la disponibilidad presupuestal existente en la Especifica de Gasto: 2.2.23.43 de la Meta: 0133, de la Unidad Ejecutora 001 , Pliego 11 - Ministerio de Salud. ARTíCULO 3°._ la Oficina General de Administración a través de la Oficina de Economía, es la encargada de dar cumplimiento a la presente resolución. ARTíCULO 4°. _ NOTIFICAR la presente resolución en el domicilio de la beneficiaria, sito en Jr. Chasquitambo N" 550, Urb. Parque El Naranjal , distrito de los Olivos. ARTíCULO 5°._ Encargar al Archivo Central la incorporación de la presente resolución en el legajo personal de don FRANCISCO CEPEDA VASQUEZ. Regístrese y Com~",,-,,'i-=~