corte suprema de justicia - Diario Oficial El Peruano

30 nov. 2016 - procesos tramitados en el Distrito Judicial de La Libertad. Artículo Tercero ... de las Salas Especializadas de la Corte Suprema. Por lo expuesto ...
611KB Größe 9 Downloads 29 vistas
605438

NORMAS LEGALES

Tercero. Que habiéndose autorizado mediante resolución del 14 de setiembre de 2015, la realización de la “Mesa de Gestión para la Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo”, resulta necesario que se apruebe el proyecto de “Protocolo para la realización de la Mesa de Gestión para la Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo”. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 9192016 de la cuadragésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Alvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el documento denominado “Protocolo para la realización de la Mesa de Gestión para la Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo”, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Mesa de Gestión se llevará a cabo el 12 de diciembre del año en curso, a las 9:00 horas, en la Sala de Juramentos del Palacio Nacional de Justicia; cursándose las invitaciones respectivas. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Responsable Técnico del Programa Presupuestal 0099: Celeridad en los Procesos Judiciales Laborales; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1458863-6

Disponen que la Gerencia General del Poder Judicial proponga al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las medidas de urgencia que resulten necesarias para el adecuado funcionamiento del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 300-2016-CE-PJ Lima, 16 de noviembre de 2016 VISTOS: El Oficio Nº 1479-2016-GG-PJ, cursado por el señor Gerente General (e) del Poder Judicial; y, el Informe N° 006-2016-GCJ-GG/PJ, elaborado por el señor Gerente de Centros Juveniles de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el señor Gerente General (e) del Poder Judicial pone en conocimiento de este Órgano de Gobierno la situación actual del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo, solicitando que se declare en estado de emergencia o alguna otra situación que se considere pertinente, teniendo en cuenta las conclusiones y recomendaciones señaladas en el Informe N° 006-2016-GCJ-GG/PJ, elaborado por la Gerencia de Centros Juveniles, en el cual se indica que el referido Centro Juvenil alberga una población superior a 230 internos, de los cuales 50 han sido trasladados por diversos motivos a otros Centros Juveniles que se encuentran en diferentes departamento del país, teniendo en cuenta que

Miércoles 30 de noviembre de 2016 /

El Peruano

por su infraestructura dicho centro debe albergar a 50 adolescentes infractores; por lo que, la sobrepoblación y hacinamiento origina problemas en su administración, a lo que se aúna su insuficiente infraestructura . Segundo. Que ante dicha situación, se debe precisar que la sobrepoblación del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo podría conllevar a adoptar acciones que vulneren derechos fundamentales de los adolescentes; por lo que, debe tomarse medidas de urgencia, a fin de evitar el internamiento de adolescentes en conflicto con la ley penal que provengan de otros Distritos Judiciales. Tercero. Que, de otro lado, también se solicita el cierre temporal del Centro Juvenil para la recepción de adolescentes con sanción de internación por el plazo de un año, para lo cual se solicita que los jueces a nivel nacional se abstengan de disponer internamientos como consecuencia de la imposición de esta medida socioeducativa, en el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo, debiendo optarse por derivarlos a los 8 Centros Juveniles restantes, priorizando la cercanía del domicilio de los adolescentes o el perfil de riesgo que presenten. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 9232016 de la cuadragésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores De Valdivia Cano, Lecaros Cornejo, Ruidías Farfán, Vera Meléndez y Alvarez Díaz; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial proponga al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, las medidas de urgencia que resulten necesarias, para el adecuado funcionamiento del Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo. Artículo Segundo.- Disponer que el Centro Juvenil de Diagnóstico y Rehabilitación de Trujillo sólo albergue adolescentes infractores, cuya internamiento derive de procesos tramitados en el Distrito Judicial de La Libertad. Artículo Tercero.- Disponer que la Gerencia General del Poder Judicial emita informe para establecer que los Centros Juveniles de Diagnóstico y Rehabilitación dependan administrativamente de la respectiva Corte Superior. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencia de Centros Juveniles; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1458863-7

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Conforman la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 340-2016-P-PJ Lima, 29 de noviembre de 2016 VISTA: La Resolución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 21 de noviembre del presente año, mediante la cual se concedió licencia al señor Juez Supremo Titular Francisco Artemio Távara Córdova, del 22 al 29 de noviembre del año en curso, por motivos de salud.

El Peruano / Miércoles 30 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

CONSIDERANDO: Primero.- Que mediante Resolución Administrativa N°336-2016-P-PJ de fecha 21 de noviembre de 2016, se dispuso Incorporar al señor Juez Supremo Titular Francisco Artemio Távara Córdova a la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del 21 de noviembre del presente año. Segundo: Que al culminar el día de la fecha la licencia del señor Juez Supremo Titular Francisco Artemio Távara Córdova, es necesario dictar las medidas administrativas del caso. Tercero.- Que conforme a lo previsto en el artículo 76 inciso 5 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del señor Presidente del Poder Judicial designar a los señores Jueces integrantes de las Salas Especializadas de la Corte Suprema. Por lo expuesto: SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que a partir del 30 de noviembre del año en curso, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, quedará conformada de la siguiente manera: SALA CIVIL PERMANENTE SUPREMA DE JUSTICIA

DE

LA

CORTE

1.- Sr. Francisco Artemio Távara Córdova (Presidente) 2.- Sra. Janet Ofelia Lourdes Tello Gilardi 3.- Sra. Columba María del Socorro Melania del Carpio Rodríguez 4.- Sra. Diana Lily Rodríguez Chávez 5.- Sr. Carlos Alberto Calderón Puertas Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Tercero.- Notificar la presente resolución a la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema, a la Corte Superior de Justicia de Tacna, a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Administración de la Corte Suprema, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. RAMIRO DE VALDIVIA CANO Presidente 1458740-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Encargan la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 509-2016-P-CSJV/PJ Ventanilla, 24 de noviembre de 2016. VISTOS: Resolución Administrativa N° 243-2015-CEPJ, Resolución Administrativa N° 500-2016-P-CSJV/PJ y N° 507-2016-P-CSJV/PJ; y, CONSIDERANDO: Primero: Por Resolución Administrativa N° 507-2016-P-CSJV/PJ emitida en la fecha, la Presidencia concede licencia por motivos especiales al señor doctor Christian Arturo Hernández Alarcón, Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, por el día 25 de noviembre de 2016, a efecto de que participe como expositor en el Foro: “Logros,

605439

Retos y Desafíos de la Ley N° 30364”, organizado por la Comisión Distrital de Implementación de la referida Ley, de la Corte Superior de Justicia de Apurímac. Segundo: De otro lado, la Resolución Administrativa N° 500-2016-P-CSJV/PJ, reprograma las vacaciones del señor magistrado Alfredo Miraval Flores, Juez Superior Titular integrante de la Primera Sala Penal de Apelaciones y Jefe de la Unidad Desconcentrada de Quejas, Investigaciones y Visitas de la ODECMA de Ventanilla, por el período del 21 al 27 de noviembre de 2016. Tercero: El artículo 36° del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial aprobado por Resolución Administrativa N° 243-2015-CE-PJ indica textualmente que “cuando se produzca el impedimento del Jefe de la ODECMA asumirá el responsable de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y en caso de impedimento de éste asume el responsable de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial o viceversa”; por lo que, en atención a las vacaciones concedidas al señor doctor Aflredo Miraval Flores, a quien le correspondería encargarse de la Jefatura de la Odecma de Ventanilla, resulta necesario designar al Juez Superior a cargo de la Jefatura de la Unidad Desconcentrada de Defensoría del Usuario Judicial, a efecto de que se encargue de la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, por el 25 de noviembre de 2016. Por lo antes expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- ENCARGAR la Jefatura de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, a la señora doctora OLGA LIDIA INGA MICHUE, Jueza Superior Titular de este Distrito Judicial, por el 25 de noviembre de 2016, sin dispensa de la labor jurisdiccional como Presidenta de la Primera Sala Penal de Apelaciones de Ventanilla. Artículo Segundo.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Presidencia del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Ventanilla, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla y de los Magistrados interesados, para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELICEA INES ZUÑIGA HERRERA DE LEGUA Presidenta 1458240-1

ORGANISMOS AUTONOMOS

INSTITUCIONES EDUCATIVAS Otorgan duplicado de diploma de Bachiller en Ciencias de la Comunicación de la Universidad Nacional del Centro del Perú UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 0125-CU-2015 Huancayo, 31 de diciembre de 2015 EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ